2. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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1. INTRODUCCIÓN
PISER SAC.; realiza operaciones en el sector de Hidrocarburos y Gas;
desarrollando servicios de inspección en Ensayos No Destructivos, Reparación,
Mantenimiento y Fabricación de herramientas; ubicado en el distrito de Pariñas
provincia de Talara; departamento de Piura. Con la finalidad de mantener su
política de prevención en riesgos laborales; Peruana de Inspección y Servicios
SAC; provee a sus colaboradores las condiciones ambientales óptimas; como es
el caso de los parámetros de luminosidad.
Por tal razón; el presente Informe ha sido elaborado por CSMA CONSULTORES
S.R.L para la empresa PERUANA DE INSPECCIÓN Y SERVICIOS SAC; en
adelante PISER SAC, el servicio brindado consistió en Monitorear el nivel de
Luminosidad en los puntos solicitados por el cliente. La medición se desarrolló el
23 de Setiembre del 2014.; en horarios diurnos.
2. OBJETIVOS
El objetivo general es elaborar el informe de Monitoreo de Luminosidad; en
cumplimiento a la norma de referencia R.M Nº 375-2008 TR y marcos
legales complementarios.
El objetivo específico; es determinar los niveles Lux en comparación con los
límites permisibles establecidos en las normas legales vigentes.
Fomentar una cultura de prevención de lesiones y enfermedades
ocupacionales hacia el trabajador por peligros enfocados a deficiente o
excesiva iluminación.
Incluir recomendaciones de prevención y/o corrección relacionadas con la
mejora continua del Sistema de Gestión de PISER SAC.,
3. MARCO LEGAL
El desarrollo del presente estudio considera la aplicación de los siguientes
requisitos reglamentarios:
3.1 Constitución Política del Perú
Artículo 2, Inciso 22: Establece como derecho fundamental de toda persona, el
derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
3.2 Ley Nº 26842. Ley General de Salud
Artículo 100: La empresa se encuentra obligada a adoptar medidas necesarias
para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores y de
terceras personas en sus instalaciones o ambientes de trabajo.
3. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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3.3 D.S N° 003-98-SA. Normas Técnicas del Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo. (14/04/98)
Se considera enfermedad profesional al estado patológico permanente o temporal
que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que
desempeña o del medio en que se ha visto obligado a trabajar (Artículo 3°)
Concordancia con la definición del Reglamento de la Ley N° 18846, Ley de
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales - D.S. N° 002-72-TR de
fecha 24 de febrero de 1972, que a la letra señala:
Art. 56.- Se considera enfermedad profesional todo estado patológico crónico que
sufra el trabajador y que sobrevenga como consecuencia de la clase de trabajo
que desempeña o hubiese desempeñado o del medio de trabajo causada por
agentes físicos, químicos o biológicos.
Además de las señaladas en el Decreto Supremo serán enfermedades
profesionales las que se reconozcan como tales por Resolución Suprema
refrendado por los Ministros de Salud y Trabajo.
Art. 57.- No se consideran enfermedades profesionales las dolencias de carácter
endémico que prevalecen y se adquieren en el lugar donde se presta el trabajo,
salvo para las personas dedicadas exclusivamente a combatir en razón de su
ocupación.
3.4 Ley Nº 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
Capítulo III Organización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo.
Artículo 36. Servicios de seguridad y salud en el trabajo Todo empleador
organiza un servicio de seguridad y salud en el trabajo propio o común a varios
empleadores, cuya finalidad es esencialmente preventiva. Sin perjuicio de la
responsabilidad de cada empleador respecto de la salud y la seguridad de los
trabajadores a quienes emplea y habida cuenta de la necesidad de que los
trabajadores participen en materia de salud y seguridad en el trabajo, los servicios
de salud en el trabajo aseguran que las funciones siguientes sean adecuadas y
apropiadas para los riesgos de la empresa para la salud en el trabajo:
e) Asesoramiento en materia de salud, de seguridad e higiene en el trabajo y de
ergonomía, así como en materia de equipos de protección individual y colectiva.
i) Colaboración en la difusión de informaciones, en la formación y educación en
materia de salud e higiene en el trabajo y de ergonomía.
Artículo 50. Medidas de prevención facultadas al empleador El empleador
aplica las siguientes medidas de prevención de los riesgos laborales: a) Gestionar
los riesgos, sin excepción, eliminándolos en su origen y aplicando sistemas de
control a aquellos que no se puedan eliminar. b) El diseño de los puestos de
trabajo, ambientes de trabajo, la selección de equipos y métodos de trabajo, la
4. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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atenuación del trabajo monótono y repetitivo, todos estos deben estar orientados a
garantizar la salud y seguridad del trabajador. c) Eliminar las situaciones y agentes
peligrosos en el centro de trabajo o con ocasión del mismo y, si no fuera posible,
sustituirlas por otras que entrañen menor peligro.
Artículo 56. Exposición en zonas de riesgo El empleador debe prever que la
exposición a los agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y
psicosociales concurrentes en el centro de trabajo no generen daños a la Salud de
los trabajadores.
3.5 D.S Nº 005-2012 TR Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo
CAPÍTULO III ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 26.- El empleador está obligado a:
g) Adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar los peligros y los
riesgos relacionados con el trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo.
h) Establecer los programas de prevención y promoción de la salud y el
sistema de monitoreo de su cumplimiento.
Artículo 33.- Los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y
Salud en el Trabajo son:
c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y
factores de riesgo disergonómicos.
Artículo 82.- El empleador debe identificar los peligros y evaluar los riesgos para
la seguridad y salud de los trabajadores en forma periódica, de conformidad con lo
previsto en el artículo 57 de la Ley. Las medidas de prevención y protección deben
aplicarse de conformidad con el artículo 50 de la Ley.
3.6 R.M Nº 375-2008-TR Norma básica de ergonomía y de procedimiento de
evaluación de riesgo disergonómico.
30. En todos los lugares de trabajo debe haber una iluminación homogénea y bien
distribuida, sea del tipo natural o artificial o localizada, de acuerdo a la naturaleza
de la actividad, de tal forma que no sea un factor de riesgo para la salud de los
trabajadores al realizar sus actividades.
31. Los niveles mínimos de iluminación que deben observarse en el lugar de
trabajo son los valores de iluminancias establecidos en la presente norma.
5. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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4. TERMINOS Y DEFINICIONES
4.1.Lux (Lx): Unidad derivada del Sistema Internacional de unidades para la
iluminancia o nivel de iluminación. Equivale a lumen/m2
. Se usa en
fotometría como medida de la intensidad luminosa.
4.2.Luminancia: Densidad angular y superficial de flujo luminoso que incide,
atraviesa o emerge de una superficie siguiendo una dirección determinada.
4.3.Intensidad luminosa: Cantidad de flujo luminoso que emite una fuente por
unidad de ángulo sólido. Su unidad de medida en el SI es la candela (cd).
4.4.Candela: Se define como la Intensidad luminosa de una fuente de luz
monocromática de 540 THz que tiene una intensidad radiante de 1/683
vatios por estereorradián, o aproximadamente 1,464 mW/sr.
4.5.Iluminación: Es una magnitud característica del objeto iluminado, ya que
indica la cantidad de luz que incide sobre una unidad de superficie del
objeto, cuando es iluminado por una fuente de luz.
4.6.Iluminación correcta: Aquella que permite distinguir las formas, los
colores, los objetos en movimiento y apreciar los relieves, y que todo ello,
se haga con facilidad y sin fatiga (confort visual permanente).
5. MONITOREO DE ILUMINACIÓN
El monitoreo de iluminación se realizó en comparación con los LMP indicados
en la normativa legal actualmente vigente.
5.1.Diseño del Plan de Monitoreo
a) Empresa Evaluada : PISER SAC
b) Objetivo: El cliente identificó los puntos de monitoreo y se procedió a
realizar la medición de acuerdo a su solicitud.
c) Centro de Operaciones: Parque Industrial Lote A-224
d) Fecha del Monitoreo: 23 de Setiembre del 2014
e) Periodo de Monitoreo: Se realizaron mediciones diurnas; realizando
tareas en horarios de 08:00 AM hasta las 18:00 horas.
5.2.Metodología de Monitoreo
a) En Gabinete.
Coordinación con el área CSMA para la ejecución del monitoreo.
El cliente proporcionó los puntos a monitorear.
Registro de la magnitud física muestreada en campo.
Análisis de Resultados y Conclusiones.
Elaboración del Informe Final.
b) En Campo.
Ubicación de los puntos de monitoreo.
Toma de muestras y registro de campo.
Toma de datos para la elaboración de un Informe Final.
6. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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c) Se lleva el instrumento (luxómetro) hasta el lugar a medir.
d) Colocar la foto-celda con su cubierta aún puesta.
e) Se verifica el estado del equipo y el nivel de batería (energía).
f) Realizar la calibración en campo:
Se realiza durante el monitoreo de iluminación, antes y después
de cada medición.
Se debe verificar que los sensores estén calibrados y cumplan
con los requisitos de las normas vigentes y deberá ser verificado
por un laboratorio acreditado cada año.
g) Seguidamente encender el equipo para el auto-seteo (auto-calibración
de campo). Una vez que registra cero (0) retirar la cubierta de la fot-
celda e iniciar la medición.
h) Alinear la foto-celda evitando que se generen sombras en el área de
incidencia de la misma.
i) Tomar nota de cualquier situación que pueda estar llegando a opacar
el nivel de iluminación del lugar.
j) Instalación del Luxómetro:
Se ubica el luxómetro en el punto de visión más crítico del plano
de trabajo, de manera que el elemento de medición se encuentre
en posición horizontal, vertical o intermedio que corresponda a la
medición requerida.
El plano ficticio o materializado en el que se efectúa normalmente
la actividad, y sobre el cual se precisa y se mide la iluminancia,
denominado plano de trabajo, se ubica a una altura sobre el nivel
del piso entre 0.7 y 0.75 metros.
Las mediciones deben ser representativas del ambiente en
general y puestos de trabajo.
Las lecturas se realizaron con el usuario de la iluminación en la
posición normal de su actividad.
Se evita hacer “sombra” a la célula o celda fotoeléctrica por parte
del evaluador; así como, el uso de ropa oscura, para eliminar la
influencia de las personas que efectúan la medición y que pueden
afectar los resultados.
Previo a la medición se activa el luxómetro durante unos 3
minutos para estabilizarlo y proceder, posteriormente, a realizar
las mediciones.
k) Identificación de las unidades de iluminación:
Los valores de nivel de iluminancia se expresa en Lux, los
resultados son comparados con los niveles mínimos de
iluminación según la norma de referencia.
l) Medición de iluminación
Coordinación de la logística para la ejecución del monitoreo.
Se seleccionaron puntos de medición: Oficinas administrativas y
talleres.
7. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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Medición directa en campo con el Equipo o Instrumento. Para la
ubicación y realización de muestras en campo se contó con la
participación de un supervisor de campo por parte de la
organización.
El intervalo de tiempo a medir será entre 2 a 5 minutos, periodo
en el cual las actividades operativas deben estar presentes en
forma habitual.
Análisis de Resultados y Conclusiones.
Elaboración del Informe Final.
6. EQUIPO DE TRABAJO
Características del Instrumento Empleado:
Equipo Luxómetro Patrón
Modelo: Light Meter 407026
Rango: 0 - 50000 Lux
Marca: Extech Instruments
Resolución: 1 Lux – 100 Lux
Precisión: +(4% + 2 d) de la escala total
Especificaciones Técnicas:
Circuito Circuito microprocesador de un chip LSI
Pantalla Pantalla LCD de doble función de 0.5" (13 mm) Dígitos extra
grandes de 3-1/2 (1999 cuentas) con ajuste de contraste
Medición y escalas LUX: 0 a 50,000 LUX (3 escalas); Fc: 0
Retención de datos Congela la pantalla
Tipos de luz Sodio, Diurna/Tungsteno, Fluorescente o Mercurio
Estructura del sensor Coseno/ fotodiodo corregido a color cumple con C.I.E.
Almacén de
memoria/Recordar
Graba/Recuerda lecturas Max/Min/Prom
Tasa de muestreo Aprox. 0.4 sec.
Ajuste a cero Botón pulsador
Apagado automático Después de aproximadamente 10 minutes
Salida de datos Interfaz serial RS 232 PC (SW optativo)
Condiciones de
operación
0 °C a 50 °C (32 °F a 122 °F); <80% RH
Fuente de poder Batería 006P 9V CD (tipo servicio pesado).
Consumo de energía Aprox. 5 mA CD. (vida de la batería aprox. 200 hr)
Peso 0.71 lbs. (320 g)
Dimensiones
Instrumento:
7.1 x 2.8 x1.3" (180 x 72 x 32 mm)
Sensor: 3.3 x 2.2 x 0.7" (85 x 55 x 17.5 mm)
8. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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Ítem ÁreaTrabajo Punto de Monitoreo
Referencia
RM 375-2008-TR
Lux Min Lux Max. Lux
Cumple
SI/NO
Observaciones
1 Escritorio Usuario Seguridad 300 301 350 325,5 SI
Mantener Puerta Cerrada, encender
luminaria y colocar cortinas claras en la
ventana
2
Escritorio Usuario Asistente
Administrativo
300 347 385 366 SI
Cerrar la Puerta y mantener encendida la
luminaria
3
Escritorio Auxiliar
Adminisitrativo
300 301 311 306 SI Encender Luminaria.
4
Plano de trabajo: Torno
CPTL-680
500 470 498 484 SI Taller ventilado con amplia luz natural
5
Plano de trabajo: Torno
Havin CW 6636
300 385 491 438 SI Taller ventilado con amplia luz natural
6 Fresadora Nomo 300 1164 1169 1166,5 SI Taller ventilado con amplia luz natural
7
Plano de trabajo: Torno
CPTL-630
500 1809 1977 1893 SI Taller ventilado con amplia luz natural
8 Bench Drilling Machine 500 1309 1415 1362 SI Taller ventilado con amplia luz natural
9 Esmerilador 300 1511 1667 1589 SI Taller ventilado con amplia luz natural
10 Torno pequeño SN 40 500 1145 1625 1385 SI Taller ventilado con amplia luz natural
11
Escritorio Usuario Plano de
trabajo 1
300 1953 1976 1964,5 SI Taller ventilado con amplia luz natural
12
Escritorio Usuario Plano de
trabajo 2
300 1225 1245 1235 SI Taller ventilado con amplia luz natural
13
Escritorio Usuario Plano de
trabajo 3
300 709 806 757,5 SI Taller ventilado con amplia luz natural
14 Escritorio Usuario 300 687 727 707 SI Taller ventilado con amplia luz natural
15 Pasillo 1 50 1112 1118 1115 SI Taller ventilado con amplia luz natural
16 Pasillo 2 50 1885 1902 1893,5 SI Taller ventilado con amplia luz natural
17 Pasillo 3 50 301 307 304 SI
Luminaria ubicadas muy alejadas de la
zona de trabajo.
Talleres
GESTION DE DATOS - LUMINOSIDAD
Almacen
Oficina Adminisitrativas
Taller de Calibraciones
Equipo Empleado: Luxómetro digital 0-50000 Lux
Experto Técnico:
El trabajo fue ejecutado por Ing. CIP Claudia
Moncada Alemán. Se anexan certificados de
competencia.
7. GESTIÓN DE RESULTADOS:
A continuación se muestra en el siguiente cuadro los resultados de las mediciones
realizadas:
11. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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8. CONCLUSIONES
De acuerdo a los valores medidos se concluye lo siguiente:
a. El Servicio consistió en el Monitoreo de iluminación en el puesto de trabajo en
horario diurno.
b. Las mediciones son comparadas con los límites establecidos en la RM Nº 375-
2008-TR “Norma básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de
Riesgo Disergonómico”.
c. El horario de trabajo comprende: 08:00 am a 06:00 PM; realizando sólo
actividades en horario diurno.
d. La empresa realiza actividades administrativas y operativas en el sector de
hidrocarburos, por lo que requiere el uso de Talleres de mantenimiento, calibración
y soldadura.
e. Los Puntos de Monitoreo de Iluminación fueron seleccionados por el cliente.
f. Se realizaron 17 mediciones de iluminación en las diferentes áreas de la
empresa.
g. De las 17 mediciones realizadas, todas cumplen son lo requerido en las normas de
referencia.
9. RECOMENDACIONES DE MEJORA
Continuar sus monitoreos en forma anual; en caso se modifiquen o cambien las
condiciones de trabajo se recomienda realizar sus mediciones en forma semestral.
Dar a conocer los resultados de las mediciones, a los trabajadores que laboran en
los puntos donde se efectuó la medición, para disipar las dudas que se pudieron
originar al momento de efectuar el estudio.
Incluir en la matriz IPERC la cuantificación y controles implementados.
Realizar un mantenimiento de luminarias, y corregir aquellas que se encuentren
muy alejadas de los planos de trabajo como es el caso del área de Almacén.
Señalizar los pasillos del área de Almacén.
Incentivas al área de administración (Asistente administrativo, auxiliar
administrativo y seguridad) en el mantenimiento de puerta cerrada y luz encendida
a fin de evitar que los niveles de iluminación se encuentren afectados.
10. ANEXOS:
ANEXO 01: NIVELES DE ILUMINACIÓN
ANEXO 02: CERTIFICADO DE CALIBRACION DEL EQUIPO
ANEXO 03: COMPETENCIAS DE ESPECIALISTA
13. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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ANEXO Nº 1
TABLA DE NIVELES MÍNIMOS DE ILUMINACIÓN EN EL LUGAR DE TRABAJO
(Según RM 375-2008-TR)
Tarea
visual
Del Puesto
de trabajo
Área de
Trabajo (Lux)
En exteriores: distinguir el área
de tránsito.
Áreas generales exteriores: patios y
Estacionamientos
20
En interiores: distinguir el área
de tránsito, desplazarse
caminando, vigilancia,
movimiento de vehículos
Áreas generales interiores: almacenes
de poco movimiento, pasillos, escaleras,
estacionamientos cubiertos, labores en
minas subterráneas, iluminación de
emergencia
50
Requerimiento visual simple:
inspección visual, recuento de
piezas, trabajo en banco
máquina
Áreas de servicios al personal:
almacenaje rudo, recepción y despacho,
casetas de vigilancia, cuartos de
Compresores y calderos.
200
Distinción moderada de detalles:
ensamble simple, trabajo medio
en banco y máquina, inspección
simple, empaque y trabajos de
oficina.
Talleres: áreas de empaque y ensamble,
aulas y oficinas
300
Distinción clara de detalles:
maquinado y acabados
delicados, ensamble e
inspección moderadamente
difícil, captura y procesamiento
de información, manejo de
instrumentos y equipo de
laboratorio.
Talleres de precisión: salas de cómputo,
áreas de dibujo, laboratorios.
500
Distinción fina de detalles:
maquinado de precisión,
ensamble e inspección de
trabajos delicados, manejo de
instrumentos y equipo de
precisión, manejo de piezas
pequeñas.
Talleres de alta precisión: de pintura y
acabado de superficies, y laboratorios de
control de calidad.
750
Alta exactitud en la distinción de
detalles: Ensamble, proceso e
inspección de piezas pequeñas
y complejas y acabado con
pulidos finos.
Áreas de proceso: ensamble e
inspección de piezas complejas y
acabados con pulido fino.
1000
Alto grado de especialización en
la distinción de detalles.
Áreas de proceso de gran exactitud. 2000
14. MONITOREO DE LUMINOSIDAD
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ANEXO Nº 2
TABLA DE NIVELES MÍNIMOS DE ILUMINACIÓN EN EL LUGAR DE TRABAJO
(Según DS Nº 594, Párrafo III, de los agentes físicos)
Lugar o faena
Iluminación
expresada en LUX
Pasillos, bodegas, salas de descanso, comedores,
servicios higiénicos, salas de trabajo con iluminación
suplementaria sobre cada máquina o faena, salas donde
se efectúen trabajos que no exigen discriminación de
detalles finos o donde hay suficiente contraste.
150
Trabajo prolongado con requerimiento moderado sobre la
visión, trabajo mecánico con cierta discriminación de
detalles, moldes en fundiciones y trabajos similares.
300
Trabajo con pocos contrastes, lectura continuada en tipo
pequeño, trabajo mecánico que exige discriminación de
detalles finos, maquinarias, herramientas, cajistas de
imprenta, monotipias y trabajos similares.
500
Laboratorios, salas de consulta y de procedimientos de
diagnóstico y salas de esterilización.
500 a 700
Costura y trabajo de aguja, revisión prolija de artículos,
corte y
trazado
1000
Trabajo prolongado con discriminación de detalles finos,
montaje y revisión de artículos con detalles pequeños y
poco contraste, relojería, operaciones textiles sobre
género oscuro y trabajos similares.
1.500 a 2.000
Sillas dentales y mesas de autopsias 5.000
Mesa quirúrgica. 20.000