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UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELADE DERECHO
INFORME LEGISLACIÓN PENAL ESPECIAL
Profesora: Nilda Singer
Estudiante: Xiomara Narváez
Sección: F
Saia B 2014
Febrero, 2015
INFORME LEGISLACIÓN PENAL ESPECIAL
Dentro del ámbito de la legislación penal especial venezolana
existen diversas leyes penales orgánicas y leyes penales especiales que
están previstas y que han sido sancionadas en el país, de manera que
conocer, interpretar y comprender cada una de ellas, es de vital importancia
para los juristas , su manejo adecuado permite construir conocimientos
para el abordaje de los diversos delitos tipificados .,
Cabe señalar que entre las leyes penales orgánicas se pueden
mencionar la Ley contra la delincuencia organizada donde se analizan los
diversos tipos de delitos y se establecen las penas para quienes incurran
en los mismos; también se puede señalar la Ley orgánica para la
protección de niños, niñas y adolescentes que considera la regulación
procedimientos especiales que conlleve a la protección familiar de niños,
niñas y adolescentes.
De manera que en este informe se va a dilucidar aspectos
relacionados con ambas leyes, por ejemplo establecer su objeto. En
relación con la Ley contra la delincuencia organizada se abordarán los
conceptos básicos de los daños contra los recursos materiales estratégicos,
delitos contra el orden socioeconómico, delitos del orden público.
En relación con la Ley para la protección de niños, niñas y adolescente
(LOPNA), se abordará el principio de igualdad y no discriminación, principio
de corresponsabilidad, prioridad absoluta, derechos, garantías y deberes.
Así mismo, se harán planteamientos acerca del sistema de responsabilidad
penal de adolescentes, integrantes, legalidad, ámbito de aplicación,
garantías fundamentales.
Con el propósito de alcanzar el objetivo planteado se utilizará como
metodología la revisión bibliográfica y la hermenéutica jurídica que guiará la
interpretación a de las leyes con la finalidad de desarrollar cada uno los
aspectos que debe contener el informe.
La Delincuencia Organizada
En Venezuela frente a la delincuencia organizada se promulga la Ley
Contra la Delincuencia Organizada tiene como objeto según el artículo 1,
prevenir, investigar, perseguir, tipificar y sancionar los delitos ( hecho
antijurídico y doloso castigado con una pena) relacionados con la
delincuencia organizada ( mención a la acción u omisión de tres o más
personas que se asocian por determinado tiempo con la finalidad de
cometer delito establecida en la Ley para obtener un beneficio económico o
de cualquier índole para si o para terceros. También se considera
delincuencia organizada la actividad que realiza una sola persona actuando
como órgano de una persona jurídica o asociativa) en concordancias con
los convenios internacionales suscritos por la nación.
Los delitos a que hace referencia la ley son el trafico de drogas, terrorismo,
secuestro, tráfico de armas, tráfico de inmigrantes , falsificación de billetes y
monedas , fraudes financieros, tobo de bancos, fraudes inmobiliarios,
contrabando, juegos ilegales, piratería, legitimación de capitales, prostitución,
trata de blancas.
Los delitos organizados se realizan a través de grupos estructurados, se
utilizan las denominas entregas vigiladas que usan las autoridades como vía
para investigar la delincuencia organizada. Existen bienes que son activos
de cualquier tipo, corporales o incorporales muebles o inmuebles, tangibles o
intangibles así como documentos o instrumentos legales que acreditan la
propiedad u otros derechos sobre los activos. Producto de la delincuencia
organizada existen bienes que son obtenidos de forma directa o indirecta.
Por otra parte, existen agentes encubiertos que son funcionarios especiales
que asumen identidades diferentes a la de ellos con la finalidad de llegar a
infiltrarse en organizaciones internacionales de delincuencia organizada , lo
que les permiten obtener las evidencias correspondientes para el
correspondiente castigo. Dentro de ley contra la delincuencia organizada
existen delitos graves que son aquellos cuya pena corporal excede a los
seis años de prisión. También la ley contempla una definición básica referida
a la persona interpuesta, se refiere a ella como aquella persona que sin tener
una relación de pertenencia o vinculación a un grupo de delincuencia
organizada sea propietario, poseedor, o tenedor de bienes relacionados
con el delito previsto en ley contra la delincuencia organizada.
El artículo 3 de la ley hace referencia a los delitos contra recursos
materiales estratégicos entre los que se encuentran tráfico de metales,
piedras preciosas, o materiales estratégicos, estableciéndose la pena de
prisión de 3 a 6 años para quienes incurran en dicho delitos.
En relación con los delitos contra el orden socioeconómico la ley
hace mención en su artículo 4 de la legitimación de capitales, hace expresa
mención que quienes sean propietarios o poseedor de bienes, capital ,
haberes, que provengan de de manera directa o indirecta de actividades
ilícitas será castigado con prisión de ocho a doce años y multa equivalente
al incremento patrimonial ilícitamente obtenida. Se señalan las actividades
consideraras dentro de la legitimación de capitales: conversión,
transferencia, traslado por cualquier medio de bienes, capitales, haberes,
beneficios, o excedentes con el objeto de ocultar o encubrir el origen ilícito de
los mismos, ayudar a las personas que participe en la comisión de tales
delitos a eludir las consecuencias jurídicas de sus acciones.
El ocultamiento o encubrimiento. La adquisición, posesión o la
utilización de bienes producto de algún delito previsto en esta ley; el
resguardo, inversión o transformación, custodia o administración de bienes o
capitales provenientes de actividades ilícitas. Señala la ley que los bienes o
haberes objeto del delito de legitimación de capitales serán decomisados o
confiscados.
Entre los delitos contra el orden publico referido por la ley se señalan,
la asociación para delinquir, la misma será castigada con prisión de cuatro a
seis años, así mismo , el terrorismo , es decir la pertenencia a agrupación o
bandas para causar estragos, catástrofes, incendios , estallar minas,
bombas, u otros aparatos explosivos o subvertir el orden institucional o
instituciones democráticas o alterar de manera grave la paz, serán
castigados con prisión de diez a quince años. Existen causas agravantes
para estos delitos contra niños, con uso de disfraces, uso de armas
nucleares, contra naves, buques, contra la persona del presidente, entre
otros.
También señala la ley los delitos de tráfico de armas, que tendrá como
pena prisión de seis a diez años.
Como elementos interesantes en relación con la ley se pueden señalar que:
se diseña en concordancia con los lineamientos de la convención de las
Naciones Unidas contra la delincuencia organizada. ; en ella se establecen
las penalidades y sus tipos para los delitos por ejemplo de extorción,
secuestro. Prevé la garantía jurídica a la sociedad venezolana de liberarla
del flagelo de denominada delincuencia organizada.
En relación con la Ley de Protección de niños, niñas y adolescentes,
es preciso señalar que el objeto está expuesto en el articulo 1 y es regular
los procedimientos especiales en materia de protección familiar de niños,
niñas y adolescentes de carácter administrativo y judicial; como lo son la
conciliación , mediación y otros medios de iniciativa popular para resolver las
controversias familiares , proteger los derechos humanos y garantías de los
niños, niñas y adolescentes; así como promover la paz, la armonía familiar ,
comunitaria y social.
La ley se fundamente en los principios generales de la doctrina de
protección integral. Entre los mismos se puede señalar el principio de
igualdad y no discriminación, lo que quiere decir que los niños, niñas,
adolescentes , sus padres, madres, representantes, responsables o
familiares son considerados iguales y no deben ser discriminados a razón de
su posición socioeconómica, origen étnico, sexo, idioma, creencias
religiosas, nacionalidad o cualquier otra condición.
Existe también como fundamento de la ley, el principio de
corresponsabilidad entendido ésta como la protección integral de los niños,
niñas y adolescentes, b asada en la responsabilidad compartida de la
familia, la sociedad y el Estado.
El principio de prioridad absoluta contemplado en la ley hace
referencia que cuando en la gestión pública concurran niños, niñas y
adolescente en compañía de adultos , deberá otorgarse prioridad absoluta en
cumplimiento de los derechos humanos y garantía de aquellos
especialmente en materia de presupuesto , políticas, y servicios públicos.
El principio de obligaciones generales del Estado se orienta hacia la
obligación indeclinable de tomar todas las medidas administrativas,
legislativa, judiciales, y de cualquier otra índole que sean necesarias y
apropiadas para asegurar que todos los niños y adolescentes disfruten plana
y efectivamente de sus derechos y garantías.
En el título V de la LOPNA, referido al sistema penal de
responsabilidad de adolescentes entendido como el órganos y entidades
que se encarguen del establecimiento de la responsabilidad del adolescente
por los hechos punibles en los cuales incurra, así como en la aplicación y
control de las sanciones correspondientes. El sistema esta integrado por la
sección de adolescentes del tribunal penal; sala de casación penal del
tribunal supremo de justicia; ministerio publico; servicio autónomo de la
defensa pública; policía de investigación; programas entidades de atención.
La ley prevé que ningún adolescente puede ser procesado, ni
sancionado por acto u omisión que al tiempo de su ocurrencia, no este
previamente definido en la ley penal, de manera expresa e inequívoca como
delito o falta. Tiene como ámbito de aplicación todas las personas con
edad comprendida entre doce y menos de dieciocho años al momento de
cometer un hecho punible, aunque en el transcurso del proceso alcance los
dieciocho años o sean mayores de edad cuando sean acusados.
Cuando sean niños los que se encuentren incursos en un hecho
punible sólo se le aplicará medidas de protección de acuerdo a lo prevista
en la ley. A los efectos de aplicación y ejecución de sanciones se distinguen
los adolecentes en dos grupos los que tengan doce años hasta menos de
catorce años y los que tengan catorce años y menos de dieciocho años.
En este mismo orden de ideas, si existe error de edad, es decir que si
en el trascurso del procedimiento se determina que la persona investigada o
imputada es mayor a dieciocho años en el momento de la comisión del
hecho punible, se remitirá lo actuado a la autoridad competente. En el caso
de procesarse como adulto a alguien siendo menor a dieciocho años se
procederá de igual forma.
Continuando con la explicación del ámbito de aplicación de la ley, se
puede mencionar que cuando en un hecho punible concurran personas
adultas y adolescentes, las causas se separarán conociendo en cada paso
la autoridad competente.
Por último , es importante señalar que la aplicación de la ley se hará
en relación al lugar, en este sentido se establece que las disposiciones del
título V se aplicarán a los adolescentes que cometan hecho punible en el
territorio de la República o fuera de ella, según las reglas del código penal.
La ley de Protección del niño, niñas y adolescente contempla
garantías fundamentales entre las que se pueden mencionar: la dignidad, es
decir establece que se debe respetar la dignidad inherente a la persona
humana, el derecho a la igualdad, integridad personal, y el libre desarrollo de
la personalidad. Garantía de proporcionalidad, es decir que las sanciones
deben ser proporcionales al hecho punible atribuido y sus consecuencias.
Garantía de presunción de inocencia, en este sentido se señala que se
presume la inocencia dela adolescente hasta tanto una sentencia firme
determine la existencia del hecho y la participación culpable del imputado,
imponiendo la sanción. Garantía de información, el adolescente investigado o
detenido debe ser informado de los motivos de la investigación y de la
autoridad responsable de la misma, del derecho de no incriminarse y a
solicitar la presencia inmediata de sus padres, responsables y su defensor.
Garantía de derecho a ser oído, referido a que el adolescente tiene
derecho a ser oído en la investigación, juicio y durante la ejecución de la
sanción. Garantía a juicio educativa, el adolescente debe ser informado por
el órgano investigador y por el tribunal sobre el significado de cada una de
las actuaciones procesales.
Otras garantías fundamentales previstas por la ley se refieren a
Garantía de defensa, la defensa es inviolable desde el inicio de la
investigación hasta el cumplimiento de la sanción.; Garantía de
confidencialidad., Garantía del debido proceso; Garantía de única
persecución, Garantía de excepcionalidad de la privativa de libertad,
Garantía de separación de personas adultas, y, Garantía de proceso a
indígenas.
En síntesis, se puede decir que la ley contra la delincuencia
organizada es un intento para contener el desarrollo del flagelo de la
delincuencia en Venezuela compromiso adquirido a partir de acuerdos
delineadas en el marco de las convenciones internacionales que demanda
a los países legislaciones especiales para cumplir con los objetivos
propuestos.
La ley de Protección de niños, niñas y adolescentes es un
instrumento legal busca la protección de los derechos humanos y
garantías de niños, niñas y adolescente en Venezuela.
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Informe legislacion penal especial

  • 1. UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO” FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELADE DERECHO INFORME LEGISLACIÓN PENAL ESPECIAL Profesora: Nilda Singer Estudiante: Xiomara Narváez Sección: F Saia B 2014 Febrero, 2015
  • 2. INFORME LEGISLACIÓN PENAL ESPECIAL Dentro del ámbito de la legislación penal especial venezolana existen diversas leyes penales orgánicas y leyes penales especiales que están previstas y que han sido sancionadas en el país, de manera que conocer, interpretar y comprender cada una de ellas, es de vital importancia para los juristas , su manejo adecuado permite construir conocimientos para el abordaje de los diversos delitos tipificados ., Cabe señalar que entre las leyes penales orgánicas se pueden mencionar la Ley contra la delincuencia organizada donde se analizan los diversos tipos de delitos y se establecen las penas para quienes incurran en los mismos; también se puede señalar la Ley orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes que considera la regulación procedimientos especiales que conlleve a la protección familiar de niños, niñas y adolescentes. De manera que en este informe se va a dilucidar aspectos relacionados con ambas leyes, por ejemplo establecer su objeto. En relación con la Ley contra la delincuencia organizada se abordarán los conceptos básicos de los daños contra los recursos materiales estratégicos, delitos contra el orden socioeconómico, delitos del orden público. En relación con la Ley para la protección de niños, niñas y adolescente (LOPNA), se abordará el principio de igualdad y no discriminación, principio de corresponsabilidad, prioridad absoluta, derechos, garantías y deberes. Así mismo, se harán planteamientos acerca del sistema de responsabilidad penal de adolescentes, integrantes, legalidad, ámbito de aplicación, garantías fundamentales.
  • 3. Con el propósito de alcanzar el objetivo planteado se utilizará como metodología la revisión bibliográfica y la hermenéutica jurídica que guiará la interpretación a de las leyes con la finalidad de desarrollar cada uno los aspectos que debe contener el informe. La Delincuencia Organizada En Venezuela frente a la delincuencia organizada se promulga la Ley Contra la Delincuencia Organizada tiene como objeto según el artículo 1, prevenir, investigar, perseguir, tipificar y sancionar los delitos ( hecho antijurídico y doloso castigado con una pena) relacionados con la delincuencia organizada ( mención a la acción u omisión de tres o más personas que se asocian por determinado tiempo con la finalidad de cometer delito establecida en la Ley para obtener un beneficio económico o de cualquier índole para si o para terceros. También se considera delincuencia organizada la actividad que realiza una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa) en concordancias con los convenios internacionales suscritos por la nación. Los delitos a que hace referencia la ley son el trafico de drogas, terrorismo, secuestro, tráfico de armas, tráfico de inmigrantes , falsificación de billetes y monedas , fraudes financieros, tobo de bancos, fraudes inmobiliarios, contrabando, juegos ilegales, piratería, legitimación de capitales, prostitución, trata de blancas. Los delitos organizados se realizan a través de grupos estructurados, se utilizan las denominas entregas vigiladas que usan las autoridades como vía
  • 4. para investigar la delincuencia organizada. Existen bienes que son activos de cualquier tipo, corporales o incorporales muebles o inmuebles, tangibles o intangibles así como documentos o instrumentos legales que acreditan la propiedad u otros derechos sobre los activos. Producto de la delincuencia organizada existen bienes que son obtenidos de forma directa o indirecta. Por otra parte, existen agentes encubiertos que son funcionarios especiales que asumen identidades diferentes a la de ellos con la finalidad de llegar a infiltrarse en organizaciones internacionales de delincuencia organizada , lo que les permiten obtener las evidencias correspondientes para el correspondiente castigo. Dentro de ley contra la delincuencia organizada existen delitos graves que son aquellos cuya pena corporal excede a los seis años de prisión. También la ley contempla una definición básica referida a la persona interpuesta, se refiere a ella como aquella persona que sin tener una relación de pertenencia o vinculación a un grupo de delincuencia organizada sea propietario, poseedor, o tenedor de bienes relacionados con el delito previsto en ley contra la delincuencia organizada. El artículo 3 de la ley hace referencia a los delitos contra recursos materiales estratégicos entre los que se encuentran tráfico de metales, piedras preciosas, o materiales estratégicos, estableciéndose la pena de prisión de 3 a 6 años para quienes incurran en dicho delitos. En relación con los delitos contra el orden socioeconómico la ley hace mención en su artículo 4 de la legitimación de capitales, hace expresa mención que quienes sean propietarios o poseedor de bienes, capital , haberes, que provengan de de manera directa o indirecta de actividades ilícitas será castigado con prisión de ocho a doce años y multa equivalente al incremento patrimonial ilícitamente obtenida. Se señalan las actividades consideraras dentro de la legitimación de capitales: conversión,
  • 5. transferencia, traslado por cualquier medio de bienes, capitales, haberes, beneficios, o excedentes con el objeto de ocultar o encubrir el origen ilícito de los mismos, ayudar a las personas que participe en la comisión de tales delitos a eludir las consecuencias jurídicas de sus acciones. El ocultamiento o encubrimiento. La adquisición, posesión o la utilización de bienes producto de algún delito previsto en esta ley; el resguardo, inversión o transformación, custodia o administración de bienes o capitales provenientes de actividades ilícitas. Señala la ley que los bienes o haberes objeto del delito de legitimación de capitales serán decomisados o confiscados. Entre los delitos contra el orden publico referido por la ley se señalan, la asociación para delinquir, la misma será castigada con prisión de cuatro a seis años, así mismo , el terrorismo , es decir la pertenencia a agrupación o bandas para causar estragos, catástrofes, incendios , estallar minas, bombas, u otros aparatos explosivos o subvertir el orden institucional o instituciones democráticas o alterar de manera grave la paz, serán castigados con prisión de diez a quince años. Existen causas agravantes para estos delitos contra niños, con uso de disfraces, uso de armas nucleares, contra naves, buques, contra la persona del presidente, entre otros. También señala la ley los delitos de tráfico de armas, que tendrá como pena prisión de seis a diez años. Como elementos interesantes en relación con la ley se pueden señalar que: se diseña en concordancia con los lineamientos de la convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada. ; en ella se establecen las penalidades y sus tipos para los delitos por ejemplo de extorción,
  • 6. secuestro. Prevé la garantía jurídica a la sociedad venezolana de liberarla del flagelo de denominada delincuencia organizada. En relación con la Ley de Protección de niños, niñas y adolescentes, es preciso señalar que el objeto está expuesto en el articulo 1 y es regular los procedimientos especiales en materia de protección familiar de niños, niñas y adolescentes de carácter administrativo y judicial; como lo son la conciliación , mediación y otros medios de iniciativa popular para resolver las controversias familiares , proteger los derechos humanos y garantías de los niños, niñas y adolescentes; así como promover la paz, la armonía familiar , comunitaria y social. La ley se fundamente en los principios generales de la doctrina de protección integral. Entre los mismos se puede señalar el principio de igualdad y no discriminación, lo que quiere decir que los niños, niñas, adolescentes , sus padres, madres, representantes, responsables o familiares son considerados iguales y no deben ser discriminados a razón de su posición socioeconómica, origen étnico, sexo, idioma, creencias religiosas, nacionalidad o cualquier otra condición. Existe también como fundamento de la ley, el principio de corresponsabilidad entendido ésta como la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, b asada en la responsabilidad compartida de la familia, la sociedad y el Estado. El principio de prioridad absoluta contemplado en la ley hace referencia que cuando en la gestión pública concurran niños, niñas y adolescente en compañía de adultos , deberá otorgarse prioridad absoluta en cumplimiento de los derechos humanos y garantía de aquellos especialmente en materia de presupuesto , políticas, y servicios públicos.
  • 7. El principio de obligaciones generales del Estado se orienta hacia la obligación indeclinable de tomar todas las medidas administrativas, legislativa, judiciales, y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar que todos los niños y adolescentes disfruten plana y efectivamente de sus derechos y garantías. En el título V de la LOPNA, referido al sistema penal de responsabilidad de adolescentes entendido como el órganos y entidades que se encarguen del establecimiento de la responsabilidad del adolescente por los hechos punibles en los cuales incurra, así como en la aplicación y control de las sanciones correspondientes. El sistema esta integrado por la sección de adolescentes del tribunal penal; sala de casación penal del tribunal supremo de justicia; ministerio publico; servicio autónomo de la defensa pública; policía de investigación; programas entidades de atención. La ley prevé que ningún adolescente puede ser procesado, ni sancionado por acto u omisión que al tiempo de su ocurrencia, no este previamente definido en la ley penal, de manera expresa e inequívoca como delito o falta. Tiene como ámbito de aplicación todas las personas con edad comprendida entre doce y menos de dieciocho años al momento de cometer un hecho punible, aunque en el transcurso del proceso alcance los dieciocho años o sean mayores de edad cuando sean acusados. Cuando sean niños los que se encuentren incursos en un hecho punible sólo se le aplicará medidas de protección de acuerdo a lo prevista en la ley. A los efectos de aplicación y ejecución de sanciones se distinguen los adolecentes en dos grupos los que tengan doce años hasta menos de catorce años y los que tengan catorce años y menos de dieciocho años.
  • 8. En este mismo orden de ideas, si existe error de edad, es decir que si en el trascurso del procedimiento se determina que la persona investigada o imputada es mayor a dieciocho años en el momento de la comisión del hecho punible, se remitirá lo actuado a la autoridad competente. En el caso de procesarse como adulto a alguien siendo menor a dieciocho años se procederá de igual forma. Continuando con la explicación del ámbito de aplicación de la ley, se puede mencionar que cuando en un hecho punible concurran personas adultas y adolescentes, las causas se separarán conociendo en cada paso la autoridad competente. Por último , es importante señalar que la aplicación de la ley se hará en relación al lugar, en este sentido se establece que las disposiciones del título V se aplicarán a los adolescentes que cometan hecho punible en el territorio de la República o fuera de ella, según las reglas del código penal. La ley de Protección del niño, niñas y adolescente contempla garantías fundamentales entre las que se pueden mencionar: la dignidad, es decir establece que se debe respetar la dignidad inherente a la persona humana, el derecho a la igualdad, integridad personal, y el libre desarrollo de la personalidad. Garantía de proporcionalidad, es decir que las sanciones deben ser proporcionales al hecho punible atribuido y sus consecuencias. Garantía de presunción de inocencia, en este sentido se señala que se presume la inocencia dela adolescente hasta tanto una sentencia firme determine la existencia del hecho y la participación culpable del imputado, imponiendo la sanción. Garantía de información, el adolescente investigado o detenido debe ser informado de los motivos de la investigación y de la
  • 9. autoridad responsable de la misma, del derecho de no incriminarse y a solicitar la presencia inmediata de sus padres, responsables y su defensor. Garantía de derecho a ser oído, referido a que el adolescente tiene derecho a ser oído en la investigación, juicio y durante la ejecución de la sanción. Garantía a juicio educativa, el adolescente debe ser informado por el órgano investigador y por el tribunal sobre el significado de cada una de las actuaciones procesales. Otras garantías fundamentales previstas por la ley se refieren a Garantía de defensa, la defensa es inviolable desde el inicio de la investigación hasta el cumplimiento de la sanción.; Garantía de confidencialidad., Garantía del debido proceso; Garantía de única persecución, Garantía de excepcionalidad de la privativa de libertad, Garantía de separación de personas adultas, y, Garantía de proceso a indígenas. En síntesis, se puede decir que la ley contra la delincuencia organizada es un intento para contener el desarrollo del flagelo de la delincuencia en Venezuela compromiso adquirido a partir de acuerdos delineadas en el marco de las convenciones internacionales que demanda a los países legislaciones especiales para cumplir con los objetivos propuestos. La ley de Protección de niños, niñas y adolescentes es un instrumento legal busca la protección de los derechos humanos y garantías de niños, niñas y adolescente en Venezuela.