Este documento explica la diferencia entre los derechos humanos y los derechos fundamentales. Los derechos fundamentales son derechos humanos reconocidos por el Estado en su constitución, mientras que los derechos humanos tienen un contenido más amplio e incluyen derechos que no han sido reconocidos como fundamentales. El documento también discute si el acceso a Internet debería considerarse un derecho fundamental y analiza la brecha digital y cómo se ha tratado este tema en el caso peruano, donde se han presentado propuestas para establecer el acceso a Internet como
El derecho de acceso a Internet es el derecho humano (derecho digital) que posee toda persona para acceder a Internet con el fin de ejercer y disfrutar de sus derechos a la libertad de expresión, de opinión y otros derechos humanos fundamentales que conforman la democracia
Internet es el que revolucionó por completo a la humanidad. una vez que accedemos a este sistema se rompe la barrera de espacio y tiempo. el internet se ha convertido en el centro de tecnología universal, donde ha generado cambios culturales desde la democratización de la revolución virtual.
El derecho de acceso a Internet es el derecho humano (derecho digital) que posee toda persona para acceder a Internet con el fin de ejercer y disfrutar de sus derechos a la libertad de expresión, de opinión y otros derechos humanos fundamentales que conforman la democracia
Internet es el que revolucionó por completo a la humanidad. una vez que accedemos a este sistema se rompe la barrera de espacio y tiempo. el internet se ha convertido en el centro de tecnología universal, donde ha generado cambios culturales desde la democratización de la revolución virtual.
El internet se ha vuelto un fenómeno social que sin duda se considera como fundamental en la vida de muchas personas en este tiempo, que al verse obligados a conectarse con este mundo cibernético es también por así llamarlo “entorno social” en donde personas se comunican con otras en cuestión de segundos, y al ser considerado el internet un fenómeno social obliga la participación del derecho, ya que internet debe estar regulado porque está más allá de una política y debe hacerse accesible a todas las personas.
Se aborda el tema de la ética de la información y su incidencia sobre el acceso, poniendo énfasis en el aspecto deontológico.
Se trata de afirmar la idea del compromiso de los profesionales de la información (PI) con el momento histórico en el que les toca desempeñarse.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
1. 1
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN DERECHO
HUMANO Y DERECHO FUNDAMENTAL?
Los derechos fundamentales se encuentran plasmados en las constituciones de
los Estados, debido a la magnitud e importancia que los caracteriza. Se les
denomina así (fundamentales) por la relevancia de los derechos que agrupa el
concepto: aquellos derechos que se consideran vitales para el desarrollo
individual y social de las personas, con independencia de factores como
condición social, religión, preferencia sexual o nacionalidad. Generalmente los
derechos fundamentales son derechos humanos reconocidos por el Estado o
los Estados en cuestión, es decir, son derechos humanos positivados.
La diferencia entre derechos humanos y derechos fundamentales resulta
importante, ya que no todos los derechos humanos han sido reconocidos como
derechos fundamentales. De ahí que podemos afirmar que no todos los
derechos humanos son derechos fundamentales. En definitiva, la expresión
derechos humanos tiene un contenido mucho más amplio que el de derechos
fundamentales.
2. 2ES EL INTERNET UN DERECHO
FUNDAMENTAL? ¿POR QUÉ?
El tema es sumamente importante y es una lástima que no se
discuta con mayor profundidad. Creo que el proyecto no era
ideal pero podía ajustarse para plantear la necesidad de que el
Estado garantice el acceso a Internet como un mecanismo de
protección del ejercicio de derechos que cada día dependen más
de ese acceso. Esta disposición obligaría al Estado no solo a
mejorar la provisión de banda ancha, sino también a facilitar
mecanismos de acceso, especialmente para poblaciones más
vulnerables. Acceso a internet como derecho no es solo conexión
en casa, sino garantizar que exista a través de bibliotecas, casas
de cultura, museos, etcétera. Este derecho supone enfrentar las
deficiencias tecnológicas y las humanas. La superación de la
brecha digital exige acompañamiento integral.
3. 3
¿QUÉ ES LA BRECHA DIGITAL?
La brecha digital se define como la separación que existe entre
las personas (comunidades, estados, países…) que utilizan las
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) como una
parte rutinaria de su vida diaria y aquellas que no tienen acceso
a las mismas y que aunque las tengan no saben cómo utilizarlas.
4. 4
¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO (INTERNET COMO
DERECHO FUNDAMENTAL O DERECHO HUMANO)
EN EL CASO PERUANO. EXPLIQUE.
En nuestro país se han presentado diversas propuestas de ley para establecer el
“internet” como un derecho fundamental, determinar el acceso a este medio
informático como necesidad pública y del Estado. En el Congreso de la República
en el año 2012 se presentó una iniciativa legislativa por parte de la Bancada de
Acción Popular y el Frente Amplio, en la que se cita lo expresado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas-ONU en el año 2011, quién declaró el acceso a
internet como un derecho humano.
“La única y cambiante naturaleza de internet no sólo permite a los individuos
ejercer su derecho de opinión y expresión, sino que también forma parte de sus
derechos humanos y promueve el progreso de la sociedad en su conjunto”.
La mencionada propuesta legislativa fue aprobada en la Comisión de Transporte
y Comunicaciones, pero al día de hoy no ha sido debatida en el Pleno del
Congreso.