El documento describe las características de la jornada nocturna, que se realiza entre las 10 pm y 6 am. Solo se pueden hacer 8 horas de promedio en 15 días. Los trabajadores nocturnos reciben una retribución específica según el convenio, como compensación por descanso o un salario acorde a la naturaleza nocturna del trabajo. Los trabajadores tienen derecho a 30 días de vacaciones no sustituibles por compensación económica, cuya fecha de disfrute debe comunicarse con 2 días de anticipación y no son acumulables