El documento argumenta que la estabilidad social debe ser la máxima prioridad. Propone que las leyes deben ser duraderas para proveer un orden jurídico estable y confiable que permita alguna paz social. También sugiere que las leyes deben ser perfeccionadas basadas en cómo funcionan en la práctica para resolver los problemas que dieron origen a ellas sin crear nuevos problemas.
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
La estabilidade social
1. LA ESTABILIDADE SOCIAL DEBE PREVALECER POR
ENCIMA DE TODO.
Hay leyes que matan la libre iniciativa o anulan la esperanza de
un porvenir mejor. Lo ideal sería la elaboración de leyes
perdurables por largo espacio de tiempo. Sobre esta frase clara y
terminante el ilustre magistrado y profesor paulista, Dr. Paulo Lúcio
Nogueira, desenvolvió la notable tesis publicada en el "Jornal o
Estado de São Paulo" el 4/03/1990, defendiendo la llamada
"Estabilidad Jurídica " no sólo a través de leyes duraderas, sino
también de decisiones judiciales , concluyendo magistralmente:
solamente cuando haya un orden jurídico estable, confiable y
seguro podremos disfrutar alguna paz social, inclusive con reflejos
en la esfera económica y política.
La lectura de ese trabajo nos invitó a reflexionar sobre la
importancia de que se elaboren normas que vengan a contemplar la
estabilidad social y, de hecho, a resolver los problemas que les
dieron origen, dejando de crear otros, a veces más graves que
aquellos. La leyes humanas no dejan de ser una pálida
manifestación de las Leyes Universales y deben, por lo tanto, ser
observados con criterio los efectos que causan en el escenario social
cuando son efectivamente aplicadas, a fin de que esas leyes sean
perfeccionadas o substituidas - si fuera el caso - cuando no cumples
satisfactoriamente el objetivo para el cual fueron creadas.
Según el pensador latino-americano Carlos Bernardo
González Pecotche, las leyes fueron instituidas por la misma
humanidad para que los hombres puedan, mediante su
conocimiento, vivir en armonía y respetarse mutuamente.... Los
pueblos se rigen por leyes que, según las altas miras invocadas por
la legislación, organizan la vida social humana sobre bases de
orden, disciplina y respeto común.
2. Toquemos ahora el punto referente a las imperfecciones de las
leyes humanas y sus consecuencias en la vida del hombre. Las fallas
humanas, es innegable, dieron origen a todas las injusticias, pues
muchas veces - según Gonzáles Pecotche - se plasman en normas
sociales, en hábitos, en leyes que inundan los códigos y extravían el
pensamiento de quiénes tienen jerarquía de mando, sea cual fuera su
posición, promoviendo equívocos en sus mentes. Las deficiencias
de nuestras leyes e instituciones acarrean diariamente, como bien se
expresa en el trabajo del precitado profesor Paulo Lucio Nogueira -
que inspiro estas líneas - serios disgustos, los que bien se podrían
evitar con sólo tomar las medidas correspondientes.
Entre lo que se debe hacer y lo que demanda la conciencia pública,
desde lo más íntimo de su sentir, está el perfeccionamiento de las
leyes existentes, ya que lógico es pensar que quien las sancionó no
pudo prever lo que luego, cuando esas formas fueron aplicadas,
señalaría la propia realidad como deficiencia.
Entretanto es casi general que los que menos se enteran de las
fallas de que pueden padecer las leyes, como asimismo los
procedimientos usados para s aplicación, son los legisladores y
hombres de Estado. Es bien sabido que estos jamás sienten en carne
propia el rigor injusto y las anormalidades que la poco menos que
desvalida sociedad tienen que padecer.
Hay leyes que matan la libre iniciativa o anulan la esperanza del
hombre en un porvenir mejor. Y hay, también, las que deprimen el
sentir común y apagan la confianza que puede tener el habitante en
las instituciones que forman la estructura jurídica y social de una
nación. Hay leyes injustas y rigorosas que prohíban hasta el último
vestigio de libertad individual.
3. La rigurosidad de las leyes es, en muchos casos,
contraproducente y ocasiona mayores trastornos e inconvenientes a
la sociedad que los se tenían antes de que ellas existieran. Todo eso
porque no se contempla, después de sancionada la ley, cuales son
los males que corrige y cuales los que aparecen con ella.
Hay aquí, pues, una preciosa orientación para el
perfeccionamiento de nuestras leyes: debemos observar, cuando
entran en vigencia esas leyes, los males que corrigen y los que
aparecen con ellas. Es más: se sugiere organizar un archivo de
antecedentes en el cual se reunirían las deficiencias observadas en
nuestras leyes y en nuestra organización institucional y
administrativa.
Los individuos sin responsabilidades son los únicos favorecidos
con la imperfección orgánica de nuestras instituciones y leyes.
Tornase urgente su perfeccionamiento ya que ellas deben amparar
la dignidad humana. Lo deben hacer aquellos que tienen en sus
manos el poder judicial, a fin de que se mantenga viva la llama de la
esperanza del ciudadano en las normas y en las organizaciones que
forman la estructura jurídica y social del país.
Hay elementos que el hombre puede utilizar para perfeccionar las
leyes existentes o para hacer otras más justas. Siendo las leyes que
se sancionan productos, muchas veces, de estudios parciales, los
que no se examinan con la debida atención y conciencia de los maes
que se quiere corregir y dada la falibilidad humana, se sugiere: Toda
ley debería ser sancionada para regir en plazos perentorios. Toda
disposición que, en la práctica, resultase deficiente para la vida
normal de la sociedad, podría así ser subsanada y ampliada la ley
al agregarse lo que la experiencia señalara como omisión.
4. La inteligencia humana puede servir para resolver muchas
situaciones y cuando ello ocurra, tendremos otra clase de
legisladores y hombres de Estado, capaces de dictar leyes justas y
propicias, que eviten los excesos y pongan limites razonables a la
ambición.
Marco Aurélio Bicalho de Abreu Chagas