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Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación
Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados
Índice
1. Introducción.
2. Ley Moyano.
3. Educación durante la II República Española.
4. Educación durante la Guerra Civil Española.
5. Entrevista 1: Abuelo (materno).
6. Entrevista 2: Abuela (materna).
7. Educación durante el Franquismo.
8. Entrevista 3: Abuelo (paterno).
9. Entrevista 4: Abuela (paterna).
10. Educación durante el tardofranquismo.
11. Ley General de Educación de 1970.
12. Ley Orgánica que Regula el Estatuto de los Centros Escolares, 1980
(LOECE).
13. Ley Orgánica del Derecho a la Educación, 1885 (LODE).
14. Entrevista 5: Madre.
15. Entrevista 6: Padre.
16. Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, 1990
(LOGSE).
17. Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los centros
docentes, 1995 (LOPEG).
18. Ley Orgánica de Calidad de la Educación, 2002 (LOCE).
19. Ley Orgánica de Educación, 2006 (LOE).
20. Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, 2013 (LOMCE).
21. Entrevista 7: Hermano.
22. Entrevista 8: Yo.
23. Diferencias y semejanzas entre las diversas generaciones.
24. Materiales recopilados de las diferentes épocas educativas.
25. Bibliografía.
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Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados
1. Introducción.
Mi trabajo sobre la reconstrucción de la historia escolar de mi familia parte
históricamente desde la Constitución republicana de 1931, dado que mi antepasado con
mayor edad es mi abuelo, el cual vive desde 1924.
2. Ley Moyano.
Sin embargo no podemos hablar de la educación de nuestros antepasados sin tener en
cuenta la Ley Moyano de 1857, que formó los pilares de una educación pública y
obligatoria. Para ello voy a hablar de ella brevemente.
La Ley de Instrucción Pública promovida por Claudio Moyano, cuando era Ministro de
Fomento, firmada por Isabel II el 9 de septiembre de 1857, se trata de una Ley de
Educación que ha perdurado en la práctica hasta bien entrado el siglo XX.
Su esquema sigue siendo centralista de un control completo por el Estado y supervisado
por la Iglesia. Aquel elabora los programas generales para todas las asignaturas
correspondientes a las diversas enseñanzas, debiendo los Profesores sujetarse a ellos en
sus explicaciones: se exceptúan en las facultades los estudios posteriores a la
licenciatura (establecido en su Art. 84).
En relación a la obligatoriedad y gratuidad de la educación, se declara obligatoria la
enseñanza primaria aunque sólo de seis a nueve años y permitiendo su adquisición no
sólo en las escuelas, sino también en el hogar doméstico. Será relativamente gratuita
pues sólo en esta primera etapa lo será para quienes demuestren la imposibilidad del
pago mediante certificados municipales.
En cuanto a los libros de texto todas las asignaturas de la primera y segunda enseñanza,
las de las carreras profesionales y superiores y las de las facultades hasta el grado de
Licenciado, se estudiarán por libros de texto señalados en listas que el Gobierno
publicará cada tres años (Art. 88). La Iglesia supervisará de que los textos nada
contienen contra la pureza de la Doctrina ortodoxa, tanto en los libros de texto como en
las explicaciones de los Profesores ni que se emitan doctrinas perjudiciales a la buena
educación religiosa (arts. 92, 93, 295, 296).
Respecto a la enseñanza primaria, o primera enseñanza se establecen una serie
de artículos que merecen ser mencionados para comprender los testimonios de los
entrevistados y las sucesivas leyes que se implantarán.
• Articulo 1º La primera enseñanza se divide en elemental y superior
• Art. 2º La primera enseñanza elemental comprende:
Primero. Doctrina cristiana y nociones de Historia sagrada, acomodadas a los
niños.
Segundo. Lectura.
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Tercero. Escritura.
Cuarto. Principios de Gramática castellana, con ejercicios de Ortografía.
Quinto. Principios de Aritmética, con el sistema legal de medidas, pesas y
monedas.
Sexto. Breves nociones de Agricultura, Industria y Comercio, según las
localidades.
• Art. 3º La enseñanza que no abrace todas las materias expresadas, se considerará
como incompleta para los efectos de los artículos 100, 102, 103, 181 y 189.
• Art. 4º La primera enseñanza superior abraza, además de una prudente
ampliación de las materias comprendidas en el artículo 2º:
Primero. Principios de Geometría, de Dibujo lineal y de Agrimensura.
Segundo. Rudimentos de Historia y Geografía, especialmente de España.
Tercero. Nociones generales de Física y de Historia natural acomodadas a las
necesidades más comunes de la vida.
• Art. 5. En las enseñanzas elemental y superior de las niñas se omitirán los
estudios de que tratan el párrafo sexto del art. 2º y los párrafos primero y tercero
del art. 4º, reemplazándose con:
Primero. Labores propias del sexo.
Segundo. Elementos de Dibujo aplicado a las mismas labores.
Tercero. Ligeras nociones de Higiene doméstica.
• Art. 6º La primera enseñanza se dará, con las modificaciones convenientes, a los
sordomudos y ciegos en los establecimientos especiales que hoy existen y en los
demás que se crearan con este objeto: sin perjuicio de lo que se dispone en el
artículo 108 de esta ley.
• Art. 7º La primera enseñanza elemental es obligatoria para todos los españoles.
Los padres o tutores ó encargados enviarán a las escuelas públicas a sus hijos y
pupilos desde la edad de seis años hasta la de nueve; a no ser que les
proporcionen suficientemente esta clase de instrucción en sus casas ó en
establecimiento particular.
• Art. 8º Los que no cumplieren con este deber, habiendo escuela en el pueblo ó a
distancia tal que puedan los niños concurrir a ella cómodamente, serán
amonestados y compelidos por la Autoridad y castigados en su caso con la multa
de 2 hasta 20 reales.
• Art. 9.º La primera enseñanza elemental se dará gratuitamente en las escuelas
públicas a los niños cuyos padres, tutores ó encargados no puedan pagarla,
mediante certificación expedida al efecto por el respectivo Cura párroco y visada
por el Alcalde del pueblo.
• Art. 10º. Los estudios de la primera enseñanza no están sujetos a determinado
número de cursos: las lecciones durarán todo el año, disminuyéndose en la
canícula el número de horas de clase.
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• Art. 11º. El Gobierno procurará que los respectivos Curas párrocos tengan
repasos de Doctrina y Moral cristiana para los niños de las Escuelas elementales,
lo menos una vez cada semana.
Código QR que te lleva a la Ley Moyano.
3. La educación durante la II República Española.
Teniendo en cuenta esta serie de artículos, nos centramos en el contexto de la II
República española, para conocer los sucesos en relación a la educación que tuvieron
lugar durante este periodo que corresponde al más veterano de los entrevistados.
La Constitución republicana de 1931, no consagró un capítulo expresamente para la
educación, pero fue el texto que más extensamente se ocupó de los problemas de la
educación. Proclamaba la escuela única, la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza
primaria, la libertad de cátedra y la laicidad de la enseñanza. Igualmente, establece que
los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial serán funcionarios y que
se legislará en el sentido de facilitar a los españoles económicamente necesitados el
acceso a todos los grados de enseñanza, a fin de que no se hallen condicionados más
que por la aptitud y la vocación.
Con lo que la libertad religiosa es, en la escuela, respeto a la conciencia del niño y del
maestro; se reforma la formación inicial de los docentes, para lo cual se creó mediante
el decreto de 29 de mayo de 1931 las misiones pedagógicas, “encargadas de difundir la
cultura general, la orientación docente moderna y la educación ciudadana en aldeas,
villas y lugares, con especial atención a los intereses espirituales de la población rural”.
Fue una propuesta inspirada probablemente en la ILE (institución libre de enseñanza),
consciente de que la modesta escuela primaria no podía dotar de los bienes de la cultura
a los medios rurales; y se regula la inspección de primera y segunda enseñanza.
Precisamente de ésta normativa de carácter educativo que se aprueba en estos años,
destacan los cambios sobre aquellos temas pendientes hasta entonces. Entre ellos, la
regulación del bilingüismo, permitiendo que en las escuelas primarias se enseñe en
lengua materna, aunque sea diferente del castellano. Se suprime la obligatoriedad de la
enseñanza religiosa, aunque se mantendría en aquellos casos en que los padres lo
desearan y se desvinculaban de impartir ésta asignatura a aquellos maestros que
invocaran la libertad de conciencia.
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Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados
Muestra de ello es el decreto de 13 de mayo de 1931, por el cual se suprimía el Plan
Calleja de bachillerato, restableciendo el Plan de estudios de 1903. Reformando, así
también, la enseñanza media.
Pero no todos estaban de acuerdo con ésta Constitución. Así, una vez aprobada la
Constitución, el 1 de enero de 1932 la iglesia jerárquica española daba a conocer una
pastoral colectiva en la que se rechazaba ésta, afirmando una vez más, su derecho a
enseñar y el de los padres a la elección de los centros docentes que estimaren
convenientes para la educación de sus hijos.
Tal punto llego la situación, que se produjo una “guerra escolar” entre los partidos de la
enseñanza confesional y entre los que propugnaban la enseñanza laica, tuvo su
momento álgido en la intervención directa de la Santa Sede, con Pío IX.
Fue la primera vez que la educación en nuestro país, enfrentaba formalmente el Estado
español y a la Iglesia de Roma.
Aprobada la Constitución, al ministro Fernando de los Ríos le tocó lidiar con la reforma
más drástica y conflictiva: la disolución de la Compañía de Jesús; a las órdenes
religiosas se les prohibió impartir enseñanza mientras a los maestros se les "libera" de la
obligación de dar doctrina religiosa en clase.
Mediante el decreto de 2 de diciembre de 1932, se aporto una concepción más moderna
de esta y haciendo del inspector un especialista técnico-pedagógico, un consejero y un
orientador del maestro. Por otro lado, aquí hubo que enfrentarse al problema derivado
de la ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas, con la que se ordenaba el cierre
de esta enseñanza para el 1 de octubre de 1933, exceptuándose solamente la enseñanza
primaria cuya extinción seria para el 1 de enero de 1934, a tal efecto, se creó la Junta de
Sustitución. La cual se encargaría de sustituir la enseñanza, profesores y edificios
religiosos por laicos.
En 1933 se celebraron las segundas elecciones a Cortes de la República, dando la
victoria a los partidos de derecha (coalición formada por los radicales de Lerroux y por
los católicos de la CEDA de Gil Robles). La mujer estrena el voto femenino y la
derecha -la CEDA de Gil Robles- llega al poder. Los progresistas verán cómo se va
destejiendo parte del sistema diseñado.
Esto supuso que se diera marcha atrás en muchos de los planteamientos educativos
laicos del anterior gobierno. En la enseñanza primaria, se inició un descenso en las
construcciones escolares y un debilitamiento creciente de la reforma pedagógica. Se
prohibió la coeducación en las escuelas primarias.
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Las terceras elecciones de la República, en 1936, dieron la victoria al Frente Popular,
alianza de partidos y organizaciones de izquierdas. A pesar de que entre sus promesas
electorales se incluían profundas reformas educativas, el alzamiento militar, que trajo
consigo la guerra civil y el punto final a la república, no permitió su puesta en práctica.
Diversas instituciones republicanas continuaron con el gran esfuerzo por la cultura y la
lectura popular. Todas ellas promovieron un desarrollo educativo y cultural que, en su
conjunto, dio lugar a un movimiento educativo de gran magnitud, con el fin de seguir su
campaña de alfabetización entre la población.
4. La Educción durante la Guerra Civil Española.
En 1936 dando comienzo a la Guerra Civil Española tuvo lugar La Orden de 19 de
agosto siendo un programa ideológico de lo que debería ser, y cómo hacerse, la
educación nacional. Concretamente, establecía que la escuela de instrucción primaria
debía ser la piedra fundamental del Estado, contribuyendo a la formación del niño en el
aspecto de cultura general, y a la “españolización” de las futuras juventudes.
Su artículo 2º recalca el sentido político-patriótico de la enseñanza, al señalar a los
alcaldes o delegados que éstos designasen, como responsables de que:
a) la enseñanza respondiese a las nuevas conveniencias nacionales;
b) los juegos infantiles, obligatorios, tendiesen a la exaltación del patriotismo
sano y entusiasta de la España Nueva;
c) poner en conocimiento del rectorado respectivo todo manifiesto de debilidad u
orientación opuesta a la sana y patriótica virtud del Ejército y pueblo español "que
siente a España grande y única, desligada de conceptos antiespañolistas que sólo
conducen a la barbarie".
La Educación Primaria también estuvo influida por las orientaciones políticas y
pedagógicas emanadas de la Comisión de Cultura y Enseñanza, presidida por José
María Pemán. Tuvo lugar la censura de muchos libros de lectura y manuales escolares,
de contenido cultural o científico, político y social, cuyo objetivo común fue la
destrucción del modelo republicano de la "escuela única", y el restablecimiento de una
"nueva escuela nacional" de signo confesional, católico, garante de la moral cristiana,
tradicional, de acuerdo con la doctrina social de las últimas Enciclopedias pontificias,
militarista, patriótico y nacionalista.
La Ley sobre Enseñanza Primaria, de 1945, contenía todos los grandes principios del
nacionalcatolicismo.
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Los maestros de la "nueva escuela" daban lecciones de contenidos y valores de lo
nacional, contrarias con el separatismo y el regionalismo independentista, identificando
la tradición con la patria, con lo español, con la historia imperialista de España. El
magisterio de primaria acudía a cursillos de formación para concienciarles sobre los
principios y valores del "Alzamiento Nacional", obedeciendo las órdenes del 17 de julio
de 1937 y 16 de mayo de 1938, que pretendían infundir el rechazo a los principios
democráticos de una república, y se les pedía a los maestros y educadores que
cultivasen las tres virtudes teologales para aplicarlas en la educación: "fe nacional",
"esperanza de imperio", "caridad de raza" (hispana).
La ideología escolar, su metodología y directrices, estaban basadas en la educación
religiosa, patriótica, cívica y física, según quedó plasmado en la Circular de Romualdo
de Toledo, de 5 de marzo de 1938, que fue enviada a la Inspección de Primera
Enseñanza y a los maestros de la Escuela Nacional.
Durante los tres años que dura la confrontación de la guerra civil española, la
vida social, cultural y política del país vive conmocionada, por lo que habrá que esperar
hasta la victoria de los sublevados en 1939, para reanudar la historia del sistema
educativo español.
Teniendo en cuenta lo ocurrido durante esta época que abarca desde 1931 a 1939, y que
incluye don grandes hechos históricos de la historia de España como son el fin de la II
República Española, y la Guerra Civil Española, voy a exponer los testimonios de dos
de mis abuelos que vivieron esta época y bajo las leyes anteriormente citadas.
5. Entrevistado 1.
Parentesco: Abuelo
Nombre: Jacinto Almansa López. Localidad: Villarrobledo (Albacete)
Edad: 91 años Fecha de nacimiento: 9 - 4 -1924
Época de estudio:
Fue al colegio durante la II República 12 de abril 1931, y la Guerra Civil Española
(1936-1939).
Maestro/a:
Su maestro era un varón y con cualificación de docente.
Alumnado:
Con 7 años empezó a ir a la escuela. Su escuela se trataba de un colegio público en el
que las clases se diferenciaban por sexo (40 alumnos por clase) pero no por edad.
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Aunque era una clase con chicos de diferentes edades el maestro los separaba por
edades en pupitres y según la edad que tuvieran les
enseñaba unas cosas u otras dependiendo del nivel.
Enseñanza:
Respecto al horario lectivo iba tanto por la mañana
como por la tarde (6 horas diarias aproximadamente
La enseñanza en la escuela se basaba en leer y una
vez aprendido a leer se enseñaba a escribir.
Al año siguiente (8 años aproximadamente) comenzaban a leer El Quijote. Y al
siguiente año daban clases de cálculo y geografía utilizando mapas.
Recuerda también hacer dictados como: “Hacían dictado: el señor que lleva un arao se
llama labrador se levantan muy temprano para labrar…”
Fue al colegio hasta los 12 años, porque sus padres decidieron que dejara de ir ya que
había días que no tenía escuela debido a las revoluciones políticas de la época.
Materiales:
En relación a los recursos didácticos contaban con pizarras, y libros pero esto tenían que
ser comprados por los alumnos y se dividían por asignaturas.
Castigos:
Respecto a los castigos en el aula, estos consistían en sujetar dos libros, uno en cada
mano en forma de cruz, mirando a la pared. Otra forma de castigo era darles con un
alambre/cable de la luz retorcido.
Formación después de la enseñanza obligatoria:
Con 12 años su padre le dejo elegir el oficio que quería desempeñar, eligiendo ser
carpintero. Empezando así de aprendiz en una carpintería.
Más tarde, con 15-16 aproximadamente, empezó a ir a escuelas nocturnas con el
objetivo de aprender más cálculo. Se trataban de clases gratuitas dedicadas a niños entre
los 15 y los 17-18 años.
Después fue a música durante un par de años. Acabando así su periodo de docencia pues
comenzaba la época de ir a la mili.
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Curiosidades:
Los profesores no se interesaban por aquellos alumnos que necesitaban un mayor apoyo
en el aula. Simplemente discriminaban entre dos tipos de alumnos: el que valía y el que
no valía.
Los padres del entrevistado sabían leer, escribir y hacer cuentas.
6. Entrevistado 2.
Parentesco: Abuela
Nombre: María Martínez Martínez. Localidad: Villarrobledo (Albacete)
Edad: 89 años Fecha de nacimiento: 18 - 1 -1926
Época de estudio:
Estudio la Guerra Civil Española (1936-1939).
Maestro/a: Se trataba de una mujer. Era profesora de todas las asignaturas que se
impartían, así como de todos los grupos de niñas de todas las clases existentes.
Alumnado:
La clase estaba compuesta únicamente por niñas de todas las edades. Distribuían a las
niñas en clases diferentes según lo que sabían y como aprendían, no por edades.
Enseñanza:
Comenzó el colegio a los 7-8 años. No empezó a ir a la escuela antes no decía que ella
no quería ir, pero finalmente sus padres la obligaron.
En la escuela le enseñaron a escribir, leer y calculo.
Sin embargo una vez que aprendió a leer y a escribir, empezó a faltar mucho al colegio
porque su madre le obligaba a irse con ella a aprender a coser a un taller de costura.
Finalmente termino quitándose del colegio y no yendo más.
Materiales:
El aula donde se impartía clase constaba de pizarra y pupitres.
Se escribía con pluma, se utilizaba cuadernos de papel o libretas y los libros debían ser
comprados por los alumnos, sin embargo en algunos casos la profesora prestaba sus
libros.
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Castigos:
Entre los castigos más frecuentes para las alumnas, cuando estas no se aprendían la
lección era no avanzar más en la lección si no seguir estudiándosela día tras día hasta
que se la aprendían y de esa manera podrían avanzar con el tema, dado que cada alumna
iba a su ritmo y no se impartía lo mismo para toda la clase.
Formación después de la enseñanza obligatoria:
Con 12-13 años dejó de ir y empezó a coser en un taller.
Curiosidades:
Al contrario que a los niños (varones) de ese mismo colegio y edades y cursos similares,
a las niñas no les enseñaban geografía.
Cuando comenzó a faltar al colegio, la profesora se interesó por la causa de esas faltas.
7. La educación durante el Franquismo.
Los artículos publicados en la Constitución de 1931 poco duraron con la llegada
de la Guerra Civil, y en consecuencia, con la instauración del franquismo (1938 - 1953).
La Dictadura de Franco rechazó el ideario educativo de la II República y la única idea
que predomina es que la educación debe ser católica y patriótica. Sin embargo, el
régimen político que se impone en España a partir de la Guerra Civil no se preocupa de
diseñar un sistema escolar distinto del preexistente.
En los primeros años, la educación sólo interesa al Gobierno como vehículo transmisor
de ideología, sin importarle en exceso su organización y estructura interna. Así,
proliferan decretos y órdenes ministeriales con una sola idea fija: la educación debe ser
católica y patriótica. Hay, por tanto, un rechazo frontal a la política educativa de la
República.
En los primeros años de la postguerra, siendo Ministro de Educación Nacional Don
Pedro Sáinz Rodríguez, se regula la Segunda Enseñanza: el 20 de septiembre de 1938
aparece Ley de la Reforma de la Segunda Enseñanza. En el preámbulo de la Ley (BOE
del 23-9-38) se detallan las razones que llevan a comenzar la reforma educativa.
Podría caracterizarse el sistema escolar de la posguerra por una serie de rasgos:
1. En primer lugar, se define una enseñanza confesional católica basada en tres
premisas fundamentales: educación de acuerdo con la moral y dogma católicos,
enseñanza obligatoria de la religión en todas las escuelas, y derecho de la Iglesia
a la inspección de la enseñanza en todos los centros docentes.
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2. Se observa igualmente una politización de la educación por medio de una
orientación doctrinaria de todas las materias.
3. En tercer lugar, la educación va a ser considerada como un asunto cuya
competencia corresponde a la sociedad, siendo misión del Estado únicamente la
de coadyuvar a esta labor. Lógicamente, la Iglesia aparecerá como la única
fuerza social capacitada y políticamente legitimada para asumir la función
docente. Se establece así, la subsidiariedad del Estado en materia de educación.
Significa que el Estado se desentiende de la tarea educativa y la deja plenamente
en manos de la Iglesia.
Se produce una ruptura total con la época anterior, rechazándose todos los avances de la
república en cuanto a renovación de los métodos pedagógicos y mejora del nivel
intelectual de la enseñanza. Esta se va a ver influenciada totalmente por los valores
ideológicos que defiende y promulga el Movimiento Nacional: la unidad de la Patria y
la religión católica.
Así, la preocupación en la enseñanza primaria residirá principalmente, en los contenidos
religiosos, morales y patrióticos que impulsan el glorioso Movimiento Nacional, que,
han de tener en la escuela primaria su más fiel expresión y desarrollo y en la necesidad
de restaurar en la escuela primaria la enseñanza de la religión, base indispensable del
orden, vinculo firmísimo de la unidad y grandeza de nuestra patria.
Para ello, era necesaria la “depuración”, es decir, borrar toda idea en la sociedad
contraria a la del Nuevo Estado. La cual no solo alcanzaría el estamento docente y a los
propios alumnos, sino también a los libros de texto e, incluso, a las bibliotecas
escolares. Un ejemplo de la depuración puede ser lo que les ocurrió a los alumnos que
estaban cursando magisterio en el momento en que se iniciaba la guerra. Con el fin de
evitar que siguieran o pudieran estar provistos de ideas liberales, disolutas,
antipatrióticas o ateas, se establecía mediante la orden ministerial de 14 de julio de
1939, que para reanudar sus estudios los alumnos del plan de estudios republicano
debían presentar al solicitar la matricula un informe de las autoridades militares, civiles
y eclesiásticas que acrediten su buena conducta religiosa y patriótica.
También es importante la separación de sexos, debida a la prohibición de la
coeducación. La iglesia se vuelve el árbitro de la educación del Nuevo Estado. Y, por
último, se incrementan el elitismo y la discriminación en la enseñanza, manifestados
principalmente por la existencia de un sistema educativo de doble vía: uno para las
élites de bachillerato y otro para las clases más desfavorecidas.
Por otro lado, la Delegación Nacional de la Sección Femenina, en relación a la
educación tenía encomendada la siguiente función:
La disciplina en la formación para el hogar de las mujeres pertenecientes a los Centros
de Educación, Trabajo, etc., dependientes del Estado, de acuerdo con los respectivos
ministerios. Sin embargo, la formación de la mujer, según la Sección Femenina, tenía
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como objetivo último su dedicación al hogar y a la familia, evitando cualquier
usurpación a las tareas viriles del hombre.
El Decreto de 28 de diciembre de 1939, en su artículo 3º, establecía que el Servicio
Social de la Mujer -que se había creado por Decreto de 7 de octubre de 1937, y su
Reglamento se aprobó por Decreto de 28 de noviembre de 19377 - quedaba adscrito a la
Sección Femenina de la Falange Española, así como las instituciones creadas para el
cumplimiento de dicho Servicio.
Para elaborar una educación acorde al papel que se esperaba de la mujer, se elaboró un
currículo con asignaturas específicas para niñas, tales como Hogar, que comenzaba en la
enseñanza primaria y se mantenía a lo largo de todo el ciclo educativo, con el objetivo
de completar su formación para ser una perfecta ama de casa. La elaboración de un
diseño curricular diferenciado según el sexo, animaba a las mujeres a pensar en
dedicarse al hogar, y a los varones a seguir estudiando.
Otra ley que aparece en el BOE del 31-7-1943, nace como corporación cuyo fin
es realizar y orientar las actividades científicas, culturales y educativas de la Nación
como la norma de servicio que impone la actual Revolución española.
Para ampliar el número de alumnos admitidos, el Gobierno queriendo forzar a estas
Escuelas Especiales, regula mediante decreto del 4 de julio de 1952 (BOE 14-07-1952),
"que tomen medidas especiales para asegurar un número mínimo de alumnos sin que
esto suponga límite máximo en el total de los que puedan ingresar, ya que éste debe
quedar sólo determinado por la preparación que demuestren los aspirantes."
La tercera ley, la que afecta a la Enseñanza Primaria, deberá esperar hasta el 17 de julio
de 1945. Con ella se dotó al clero de una autoridad incluso mayor de la que había
gozado durante la monarquía. En la ley se divide la enseñanza a este nivel en dos etapas
perfectamente diferenciadas: una, general, desde los 6-10 años, y otra de carácter
especial de los 10-12 años. De este modo, la población escolar sufre una grave
discriminación, estableciéndose dos clases de alumnos: los que a los diez años ingresan
en el bachillerato como paso previo hacia la Universidad y los que prosiguen la
enseñanza primaria hacia el mercado de trabajo.
Los principios de dicha ley se establecen en su articulado, entre los cuales cabe
destacar: el derecho de la familia; le corresponde el derecho primordial e inalienable y
el deber ineludible de educar a sus hijos y, consiguientemente, de elegir las personas o
centros donde aquellos han de recibir educación primaria, subordinándola al orden
sobrenatural y a lo que el bien común exija en las leyes del Estado.
Se define la escuela como: comunidad activa de maestros y escolares, instituida por la
familia, la Iglesia o Estado, como órganos de la educación primaria para la formación
cristiana, patriótica e intelectual de la niñez española. Se regula las tres clases de
escuelas aceptadas: publicas nacionales, de la Iglesia y escuelas privadas. Se establece
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las metas de la educación en este nivel: se orientará a los escolares según sus aptitudes
para la formación superior intelectual o para la vida profesional del trabajo en la
industria y el comercio o en las actividades agrícolas. Además la educación primaria
femenina preparara especialmente para la vida del hogar, artesanía e industria
doméstica. La Ley del 17 de julio de 1945 sobre la Educación Primaria (BOE de 18-7-
1945) pretende inculcar la moralidad del momento a los escolares.
8. Entrevistado 3.
Parentesco: Abuelo
Nombre: Domingo Jiménez Orea. Localidad: Villarrobledo (Albacete)
Edad: 75 años Fecha de nacimiento: 10 - 7 -1945
Época de estudio:
Estudio durante la dictadura franquista.
Maestro/a: Se trataba de un hombre. Daba clases en un centro para niños más mayores
entre 15 y 17 años.
Alumnado:
En las aulas a las que asistía había entre 6 o 7 personas. El horario lectivo era de dos a
tres horas diarias. Se impartía en un turno de noche (22:00 horas).
Enseñanza:
En la época en la que él estudió, en 1955 aproximadamente, las escuelas eran públicas.
Sin embargo dado que tenía 15-16 años y con anterioridad no había ido a ningún centro
escolar, ni había recibido ningún tipo de educación básica como leer o escribir, fue a un
centro nocturno en el que impartían clases a niños más mayores que no habían ido
previamente a la escuela.
En el mismo le enseñaban a leer, escribir y cálculo. El resto de asignaturas como
historia, geografía…, solo se impartían en los colegios ordinarios.
Materiales:
Los materiales que utilizaba eran una libreta y una pluma para escribir, y aprendía a leer
gracias a un libro que tenía el profesor.
Formación después de la enseñanza obligatoria:
Posteriormente con 17-18 años aproximadamente, durante el verano fue junto a unos
amigos a un domicilio donde un estudiante de su misma edad pero con mayor grado de
estudios, les daba clases a cambio de un dinero que pagaban entre todos.
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Curiosidades:
No fue a la escuela porque sus padres no quisieron llevarlo y le obligaron a ponerse a
trabajar. Los padres no se preocupaban de que fueran al colegio, ni les preocupaba que
su hijo no aprendiera. Su única preocupación es que su hijo se dedicara a trabajar en el
campo.
9. Entrevistado 4.
Parentesco: Abuela
Nombre: Mariana de la Ossa Sánchez. Localidad: Villarrobledo (Albacete)
Edad: 70 años Fecha de nacimiento: 3 - 8 -1945
Época de estudio:
Estudio la Guerra Civil Española (1936-1939).
Maestro/a: Se trataba de una mujer. Su maestra era monja.
Alumnado:
Su aula se componía de 20 o 25, todas niñas. Los chicos se encontraba en otro edificio,
y solo se reunían niños y niñas en el recreo.
La escuela era prácticamente integrada por el mismo número de hombres que de
mujeres, en este caso. Con un ratio de 20-25 alumnos.
Enseñanza:
La escolarización era obligatoria, aunque en muchos casos
no se cumpliera. Fue a un colegio público, elegido por la
proximidad a la vivienda.
Según su cartilla de notas, se escolarizó el 14-9-1954 con 9
años, hasta el 1956 con 11-12 años.
Fue a un colegio de monjas. Con 9 años comenzó a leer, con las
cartillas de a e i o u.
Posteriormente empezó a ir por la mañana escuela y por la tarde a
talleres de costura.
Su educación en la escuela tuvo lugar hasta los 12 años,
correspondiéndose a la etapa de primaria.
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No continúo con sus estudios porque a partir de los 12 años de edad hasta los 18-20,
existía otra enseñanza elemental pero esta era de pago.
En el centro al que iba les daban de desayunar leche en polvo, pero esto fue durante
poco tiempo.
Una de las maneras de decir la lección era poniéndose en fila, al lado de la mesa de la
profesora, y los alumnos decían individualmente la lección que debían haberse
aprendido para ese día, consistía en si te la sabías volvías a tu sitio y si no te quedabas
de pie en el mismo para volvérselo a decir.
Al día siguiente debías decirle la lección de nuevo si no te la habías sabido el día de
antes. Si a los tres días aun no te la habías aprendido te castigaba de cara a la pared con
los brazos en cruz y te daba con la palmeta (trozo de madera). El que no se supiera la
lección debía aprendérsela para el día siguiente, mientras el resto seguían avanzando.
Materiales:
En relación a los materiales, solo llevaban un libro con el único uso de leer. Y en la
pizarra también ponían oraciones que tenían que leer.
Posteriormente, cuando ya sabían leer, llevaban un cuaderno (libreta aparte) para hacer
las cuentas.
Contaban con una pizarra donde realizan las cuentas y tinteros para escribir.
También tenían un horario en la pared del aula, donde aparecían las horas de cada
asignatura.
Castigos:
Cuando no te sabías la lección no adelantabas con otra nueva, si no que te la tenias que
estudiar día tras día hasta que te la supieras mientras el resto de compañeras si
avanzaban con otras lecciones. Si a los tres días no te la habías aprendido, te daba un
palmetazo y te ponías con los brazos en cruz mirando a la pared, hasta que ella te lo
dijera.
Formación después de la enseñanza obligatoria:
Con 12-13 años dejó de ir y empezó a coser en un taller.
Curiosidades:
Los hombres solían recibir estudios tras la enseñanza primaria los cuales eran estudios
de pago, mientras que las mujeres, la inmensa mayoría, al terminar la enseñanza
primaria, iban a ejercer nuevos oficios como costureras, uno de los más demandados por
mujeres durante esa época.
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Entre la edad del entrevistado 3 y el 4, que hacen referencia a dos de mis
abuelos, pasan cinco años y las leyes sobre educación se encontraban en un continuo
cambio.
10. Educación en el tardofranquismo.
En los últimos años del régimen franquista, concretamente durante 1953 y hasta
1970 se observa una cierta apertura en el mundo de la enseñanza. España empieza a
abrirse al exterior, con los acuerdos con el Vaticano y los Estados Unidos, siendo
Ministro D. Joaquín Ruiz Giménez.
Persisten la confesionalidad y el predominio de la Iglesia, pero remiten un poco el
patriotismo y la preponderancia del adoctrinamiento político sobre lo técnico-
pedagógico. Tres leyes básicas se promulgan en esta etapa:
En primer lugar, la Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media, de 26 de febrero de
1953 (BOE 27-2-53). Esta normativa significa un nuevo enfoque de la educación, algo
menos dogmático y más atento a la calidad intelectual de la enseñanza; además, supone
un primer paso hacia la generalización de la escolaridad hasta los 14 años, aunque se
mantiene la doble vía. En ella se introduce una división del bachillerato en elemental
(formado por cuatro cursos) y superior (dos cursos), seguido del curso preuniversitario,
necesario para el acceso a la Universidad. En ambos se establecía una reválida y para el
curso preuniversitario una prueba de madurez.
Para regular de forma provisional el PREU (sistema de enseñanza-aprendizaje) en el
año 1954 se dicta una Orden Ministerial el 30 de Diciembre de 1952 (BOE 5-1-54),
donde se establecen las líneas fundamentales, ejercicios y materias comunes, a saber:
La segunda ley fundamental, decisiva en este caso para la escolarización real de la
población infantil, fue la de 22 de diciembre de 1953 sobre Construcciones Escolares,
donde se establece un sistema de convenio entre Estado y ayuntamientos y diputaciones
para la construcción de escuelas.
Otra ley a destacar fue la de 20 de julio de 1955 sobre Formación Profesional Industrial,
debido, quizá, al despliegue económico que en estos años se inicia. Dicha ley garantiza
la presencia de la Iglesia casi en los mismos términos que la ley de Ordenación de la
Enseñanza Media, aunque hay que subrayar el cauce independiente que abre a la
formación profesional, en estrecha relación ahora con la industria del país.
La ley crea escuelas de preaprendizaje (formada por dos cursos de duración y exigencia
del certificado de escolaridad para el ingreso), escuelas de aprendizaje (tres años de
duración) y escuelas de maestría (dos años para el titulo de oficial y otros para el de
maestro industrial) al mismo tiempo se consagra la obligación para las empresas de la
cuota de formación profesional que introdujera el decreto de 8 de enero de 1954.
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Coexistirán dentro del sistema los institutos laborales que crearon la ley de Bases de
1949 y las escuelas anteriormente citadas, aunque los primeros, sufrirían un
estancamiento importante hasta su desaparición y las segundas, estimuladas por la
Iglesia, la Organización Sindical y la industria privada fundamentalmente,
experimentaran un notable crecimiento.
En esta época, se sancionan: El Decreto de 6-7-1956 sobre el Bachillerato Laboral
Superior. (BOE 11-8-1956) y se reglamenta que los Bachilleres Laborales puedan
ampliar su formación dentro de la misma línea profesional que han elegido. Se completa
el desarrollo legislativo con el Decreto de 21-12-1956 sobre el Plan de Estudios del
Bachillerato Laboral, (BOE 24-1-1957).
En el Artículo 22 del Decreto se establece que para obtener el título de Bachiller
Laboral Superior los alumnos, tras la aprobación de todas las disciplinas que integran
este Bachillerato se someterán a un examen final presidido por un Catedrático de
Universidad; dicho título será expedido por el Rector del correspondiente distrito
universitario. Se trata, de equiparar el Bachillerato Laboral, en lo que al acceso a las
Escuelas Técnicas Superiores se refiere, al Bachillerato Superior Universitario. La Ley
de 20-7-1957 sobre Ordenación de las Enseñanzas Técnicas, (BOE 22-7-1957),
incorpora las Escuelas Técnicas Superiores y Arquitectura a la Universidad, al mismo
tiempo que las abre a un mayor número de alumnos.
En el preámbulo de la Ley se dice que el acceso a las Escuelas Técnicas Superiores se
efectuará mediante cursos selectivos, sistema que sustituye a los tradicionales exámenes
de ingreso. El artículo 10 sobre el "Ingreso" regula:
1º. Para tener acceso a los cursos de selección para el ingreso de las Escuelas Técnicas
de Grado Superior se exigirá algunos de los títulos siguientes: de Aparejador de Obras o
de Perito en cualquier especialidad de la Enseñanza Técnica; de Bachiller Laboral
Superior o de Bachiller Superior Universitario, con derecho al ingreso en la
Universidad.
2º. La selección para el ingreso tendrá dos fases, a la segunda de las cuales sólo podrán
pasar los aspirantes que hayan aprobado la primera. Dichas fases serán:
Primera.- Un curso selectivo que incluya ciencias matemáticas y naturales, que podrá
seguirse en las Escuelas Técnicas de grado Superior o en las Facultades de Ciencias.
Deberá aprobarse en un plazo máximo de dos cursos académicos. La calificación, única
por curso, será la de 'apto' o 'no apto'. La calificación tendrá plena validez académica
indistintamente para todas las Escuelas Superiores y para las Facultades universitarias.
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Segunda.- Un curso de iniciación en Arquitectura o en Ingeniería, integrado por estudios
de ampliación de Matemáticas y Física, Dibujo y un grupo de materias característico de
las enseñanzas del Centro. Deberá seguirse en la propia Escuela Técnica Superior y
aprobarse en un plazo máximo de dos cursos académicos. La calificación, única por
curso, será la de 'apto' o 'no apto'. El curso de iniciación será común a todas las
especialidades del Centro. Quienes no logren la aptitud sólo podrán comenzar de nuevo,
por una sola vez el curso de iniciación, pero en Escuela Técnica distinta.
En la Ley 19/1962, con fecha 21-7-1962, sobre el acceso de los Bachilleres
Laborales Superiores a las enseñanzas técnicas y universitarias, (BOE 23-7-1962), se
establece la prueba de madurez propia del Bachillerato Laboral Superior.
En la Ley 24/1963, con fecha 2-3-1963, sobre Ordenación de la Enseñanza
Media, (BOE 5-3-1963), se modifica la Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media
del 26-2-1953 en cuanto las pruebas de grado y de madurez. Se elimina la
obligatoriedad de tener el título de Grado Superior para matricularse en el curso
Preuniversitario. Así, se manifiesta en su introducción:
No parece necesario obligar a los alumnos que se encaminen hacia estudios superiores a
someterse a dos pruebas de carácter análogo con sólo un año de diferencia: el examen
de grado superior y las pruebas de madurez.
Con la presente Ley se aspira a conseguir que el título de Bachiller Superior pueda ser
obtenido por dos vías, a elección del alumno:
(a) Sometiéndose al examen de grado superior al final del sexto curso.
(b) Sometiéndose a las pruebas de madurez al terminar el curso preuniversitario, sin
necesidad de grado superior.
En la Ley de 24-4-1963 que regula las pruebas de madurez para el acceso de los
alumnos del Bachiller Laboral Superior, (BOE 16-5-1963), se dice:
La prueba tiene dos partes. La primera parte eliminatoria sirve de Reválida del Bachiller
Laboral Superior en el Centro de enseñanza media y profesional correspondiente. La
segunda parte, similar a las pruebas de madurez del Preuniversitario, se verificará en la
Universidad del Distrito ante un Tribunal formado por el Presidente (Catedrático de
Universidad o E.T.S.), cuatro vocales (Catedráticos de Universidad o E.T.S.), y dos
profesores de Enseñanza Media.
En la Ley de 2-4-1964 sobre reordenación de las Enseñanzas Técnicas, (BOE 1-5-
1964), se regula que los Bachilleres de Grado Superior (o la equivalente en los
Bachilleres Laborales) en cualquiera de sus modalidades, que hayan superado la prueba
de madurez del curso Preuniversitario, tendrán acceso directo a las Enseñanzas Técnicas
de Grado Superior.
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Por último en la Ley de 27-7-1964, se implanta el curso de acceso en Escuelas Técnicas
Superiores para titulados de grado medio del plan 1957, (BOE 10-8-1964), con ello se
inicia el acceso a las Escuelas Técnicas Superiores desde las Escuelas de Grado Medio.
11. Ley General de Educación de 1970.
Establecidas esta serie de leyes, damos lugar a otra de las generaciones de mi
familia, mis padres, cuya época de estudio se relaciona con los años 1972.
Desde 1970, momento en el que entró en vigor la Ley General de Educación con
Franco, y vigente durante los primeros años de democracia, se han sucedido diferentes
leyes educativas (dos con UCD, y cuatro con el PSOE).
Desde 1970, España ha sufrido muchos cambios en educación, como da cuenta de ello
las siete leyes educativas que se han ido aprobando desde el año 1970, pero lo cierto es
que de esas siete, ha habido tres leyes que han sido las más fuertes de la educación en
España. La de 1970, que tuvo vigencia hasta 1990, la LOGSE que derogó la primera, y
la LOE de 2006.
La de 1970 hacer referencia a la Ley General de Educación que se aprobó en el
tardofranquismo, pero llegó a estar vigente hasta 1980. Fue impulsada por el ministro de
Educación José Luis Villar Palasí, y estableció la enseñanza obligatoria hasta los
catorce años.
Por lo que la Educación General Básica o EGB, consistía en 8 cursos de escolarización
obligatoria, dividida en la ley en dos etapas: una primera etapa correspondiente a los
cursos de 1º a 5º; y una segunda etapa de acuerdo a los cursos de 6º a 8º, estructura que
pasó a ser de tres ciclos a partir de 1981.
• Ciclo inicial: 1º y 2º de EGB
• Ciclo medio: 3º, 4º y 5º de EGB
• Ciclo superior: 6º, 7º y 8º de EGB.
Las asignaturas del ciclo superior de E.G.B. que finalizaba a los 14 años, eran:
• Lengua
• Matemáticas
• Ciencias Naturales
• Ciencias Sociales
• Idiomas extranjeros (generalmente Inglés o Francés)
• Plástica
• Religión (o Ética a partir de 1979)
• Educación Física
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Tras ocho años de Educación General Básica, se accedía al llamado Bachillerato
Unificado Polivalente (BUP), o a FP (Formación Profesional). Esta Ley consiguió
modernizar los estamentos educativos en España.
BUP, tenía tres años de duración, y englobaba los estudios secundarios posteriores a la
EGB. Posteriormente se realizaba el Curso de Orientación Universitaria (COU) como
último paso antes de comenzar los estudios universitarios.
Además, los alumnos debían escoger entre dos opciones, ciencias y letras, eligiendo tres
de las cuatro asignaturas que se ofertaban en cada opción, que complementaban a las
asignaturas obligatorias, comunes para ambas ramas.
Las asignaturas que se ofertaban en cada rama eran:
• Opción A: letras: Literatura, Latín, Griego y Matemáticas.
• Opción B: ciencias: Física y Química, Ciencias Naturales, Matemáticas y Literatura.
Ya en el Curso de Orientación Universitaria (C.O.U.) el alumno podía elegir, a partir de
1987, entre dos ramas de ciencias (opción Biosanitaria y Técnica) y dos de letras
(Ciencias Sociales y Humanidades).
Documento BOE-A-1970-852. Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y
Financiamiento de la Reforma Educativa.
12. Ley Orgánica que Regula el Estatuto de los Centros Escolares, 1980
(LOECE).
A continuación tiene lugar la implantación de la LOECE en 1980, por el
gobierno de UCD. Una Ley que estuvo marcada por la constitución y el golpe de
Estado.
Esta Ley, la primera plenamente en democracia, fue elaborada por el gobierno de
Adolfo Suárez con la Constitución de 1978 recién estrenada. El PSOE la recurrió por no
respetar el espíritu de la Constitución, y el TC le dio la razón en bastantes puntos. Tras
la sentencia, la UCD debía haber revisado la Ley de forma profunda, pero el golpe de
Estado del 23-F, y la posterior victoria electoral del PSOE lo evitó. Por ello jamás entró
en vigor.
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13. Ley Orgánica del Derecho a la Educación, 1885 (LODE).
La Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE), publicada en 1985 por el
PSOE, introdujo el Concierto, incorporando por tanto el sistema de colegios
concertados. Desarrolla el precepto constitucional con un marco que, sin derogarse, ha
sido objeto de modificaciones en sucesivas y posteriores leyes.
Entre los diversos artículos establecidos en la LODE, respecto a la novedad que esta
incorpora sobre la inclusión de los colegios concertados, cabe destacar los siguientes:
Artículo 50
Los centros concertados se considerarán asimilados a las fundaciones benéfico-docentes
a efectos de la aplicación a los mismos de los beneficios, fiscales y no fiscales, que
estén reconocidos a las citadas entidades, con independencia de cuantos otros pudieran
corresponderles en consideración a la actividad educativa que desarrollan.
Artículo 51
1. El régimen de conciertos que se establece en el presente Título implica, por parte de
los titulares de los centros, la obligación de impartir gratuitamente las enseñanzas objeto
de los mismos.
2. En los centros concertados, las actividades escolares complementarias y las
extraescolares y los servicios escolares no podrán tener carácter lucrativo. El cobro de
cualquier cantidad a los alumnos en concepto de actividades escolares complementarias
deberá ser autorizado por la Administración educativa correspondiente.
Documento BOE-A-1985-12978. Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del
Derecho a la Educación.
Teniendo en cuenta estas tres nuevas leyes (LGE, LOECE y LODE), dos de las
cuales apenas tuvieron valor, y fijándonos sobre todo en la Ley General de Educación
de 1970 (LGE), que tuvo vigencia hasta 1990, expongo las entrevistas de mis padres
que estudiaron de acuerdo a la misma.
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14. Entrevistado 5.
Parentesco: Madre
Nombre: Adoración Almansa Martínez. Localidad: Villarrobledo (Albacete)
Edad: 49 años Fecha de nacimiento: 04 - 02 -1966
Época de estudio:
Finales del Franquismo y principios de la Democracia (1971-1982).
Maestro/a:
En educación infantil se trataba de una mujer. Maestra titulada.
En educación primaria: tenía maestros diferentes para cada asignatura y eran de ambos
sexos. Todos ellos titulados.
Alumnado:
El ratio de 25-28 alumnos, siendo una clase mixta.
La escuela y aula era prácticamente integrada por el mismo número de hombres que de
mujeres, en este caso. Con un ratio de 20-25 alumnos según el curso.
Enseñanza:
Enseñanza obligatoria de los 6 a 14 años. Fue a un colegio subvencionado, que
posteriormente se declaro concertado, elegido por preferencia de la familia.
Se escolarizó por primera vez en infantil con 5 años. Con 6 años empezó la educación
primaria hasta los 14.
Las asignaturas que impartía eran lengua, matemáticas, geografía, pretecnológicas
(manualidades), dibujo, música, religión y gimnasia (como mínimo 3 horas semanales).
Con el colegio tenían un equipo de baloncesto, jugando contra el resto de los colegios
de su misma edad.
A partir de sexto de primaria elegías inglés o francés como segundo idioma.
En 6º, 7º y 8º curso de primaria, durante una hora semanal escuchaban un programa de
radio y a veces un casete con temas correspondientes a lo que estaban dando y después
debatían sobre el mismo.
A los catorce años continuó sus estudios en un Instituto de su localidad, con el
comienzo de FP (formación profesional), en la rama de administrativo, cursando el
mismo durante sus dos primeros años, correspondientes al primer grado del mismo,
pero sin terminar los dos siguientes que correspondían al segundo grado.
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Con 16 años se quito de la escuela para irse a un taller de costura. Posteriormente con
18 años comenzó a trabajar dejando atrás su etapa de enseñanza.
Materiales:
Entre los materiales que tenía que llevar a clase había: una libreta, libros, blog de
dibujo, ceras para dibujar, bolígrafos y lápices, rotuladores, compás, reglas…, todo
comprado por el alumno.
En la clase había pizarra y radio, así como algún mapa de España en la pared.
Castigos:
El más usual de los castigos era no salir a hacer gimnasia o al recreo, en caso de no
llevar la tarea hecha o “portarse mal”.
Formación después de la enseñanza obligatoria:
Con 16 se quito de la escuela para irse a un taller de costura. Posteriormente con 18
años comenzó a trabajar dejando atrás su etapa de enseñanza.
Curiosidades:
La confirmación (después de tomar la Comunión) tenía lugar en el centro educativo,
impartido por las maestras del centro.
15. Entrevistado 6.
Parentesco: Padre
Nombre: José Luis Jiménez de la Ossa. Localidad: Villarrobledo (Albacete)
Edad: 49 años Fecha de nacimiento: 27 - 02 -1966
Época de estudio:
Finales del Franquismo y principios de la Democracia.
Maestro/a:
Educación infantil: Maestro titulado.
Educación primaria: Maestra titulada. Impartía todas las asignaturas.
Alumnado:
Ratio de 25 alumnos, clase mixta.
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La escuela era prácticamente integrada por el mismo número de hombres que de
mujeres, en este caso. Con un ratio de 20-25 alumnos según el curso.
Enseñanza:
Empezó a ir a “párvulos”, (educación infantil) con 3-4 años hasta los 6 que comenzó la
enseñanza primaria.
Siguió así con la enseñanza obligatoria de los 6 a 14 años. Yendo a un colegio público,
elegido por preferencia de la familia.
Las asignaturas que cursaba son: Lengua, matemáticas, ciencias sociales, ciencias
naturales, inglés, gimnasia, dibujo, y religión.
A los catorce años continuo sus estudios en un Instituto de su localidad, con el
comienzo de FP (formación profesional), en la rama de administración, cursando el
mismo durante sus dos primeros años, correspondientes al primer grado del mismo, y
continuó con los dos siguientes, correspondientes al segundo grado del mismo por las
noches, fuera del centro escolar siendo más adulto.
Materiales:
Libreta, libros, blog de dibujo, ceras para dibujar, bolígrafos y lápices, rotuladores,
compás, reglas,…, todo comprado por el alumno.
En la clase había pizarra, máquina de escribir, mapas…
Castigos:
Tirarle de las patillas, cuando hablaban en clase y palmetazos en la mano.
Formación después de la enseñanza obligatoria:
Con 16 años dejo el grado de FP, habiendo completado los dos primeros años
correspondientes al primer ciclo, porque tuvo que ponerse a trabajar. Con 17 años
retomó los estudios terminando el segundo ciclo de FP en una escuela nocturna
habilitada para ello.
Curiosidades:
Podemos tomar como curiosidad que retomó los estudios con posterioridad, dado que su
intención era la de seguir estudiando, pero por circunstancias familiares tuvo que dejarlo
durante un tiempo.
Pasamos así a la última de las generaciones de mi familia, donde nos
encontramos mi hermano y yo. En esta etapa nos detendremos sobre todo a conocer la
LOGSE, ya que marcará muchas de las leyes educativas aun vigentes.
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16. Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, 1990
(LOGSE).
Una vez derogada la Ley General de Educación de 1970 damos paso a la Ley Orgánica
de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990, denominada LOGSE, poniendo
fin a la LGE y otorgando un gran peso educativo a las comunidades autónomas.
Esta Ley permitió a las comunidades autónomas redactar una parte muy importante de
los contenidos educativos. Se adaptó a un modelo más tecnológico en la educación, y
amplió la escolaridad obligatoria a los 16 años, introduciendo a su vez otra etapa escolar
denominada Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
Con la LOGSE La educación primaria comprende seis cursos académicos de 6 a 12
años, organizado en tres ciclos de dos años cada uno. Es una etapa educativa obligatoria
y gratuita. Su finalidad es promover la socialización de los niños y niñas, favorecer su
incorporación a la cultura y contribuir a la progresiva autonomía de acción en su medio.
La educación se organiza en áreas impartidas por Maestros/as. La metodología didáctica
tiene un carácter personal y se adapta a los distintos ritmos de aprendizaje de cada niño.
La evaluación es continua y global. La promoción de alumnos de un ciclo a otro se
basará en prácticas de refuerzo educativo y adaptaciones curriculares. Los objetivos a
conseguir son expresados en capacidades
Áreas:
Áreas Horas semanales
1º ciclo
2º ciclo 3º ciclo
Conocimiento del Medio 5 4 4
Educación Artística 3 3 3
Educación Física 3 3 3
Lengua Castellana y Literatura 6 4 4
Lengua Extranjera - 3 3
Matemáticas 4 4 4
Religión/Actividades Alternativas 1,5 1,5 1,5
Recreo 2,5 2,5 2,5
Total 25 25 25
Entre las principales innovaciones encontramos:
- Aprendizaje de una lengua extranjera a partir de los ocho años con profesorado
especialista.
- Profesores especialistas en Educación Física.
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- Progresiva incorporación de profesores especialistas en Música.
- Educación más adaptada a las necesidades de los niños y las niñas.
- Un mínimo de 25 alumnos por aula (salvo excepciones por necesidades de
escolarización).
La nueva etapa denominada ESO, siendo esta obligatoria y gratuita comprendía
cuatro cursos, después de la etapa de Educación Primaria. Dividida en dos ciclos de dos
años cada uno: primer ciclo: de 12 a 14 años, y segundo ciclo: de 14 a 16 años.
El objeto del diseño de este nivel educativo radica básicamente en ampliar la educación
obligatoria hasta los dieciséis años a fin de adecuarla a la edad laboral inicial de
cualquier ciudadano español y equiparar el Sistema Educativo español con los de los
países de la Unión Europea.
El acceso al primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria consistía en finalizar
satisfactoriamente la Educación Primaria
Aquellos alumnos que, después de los apoyos, refuerzos o adaptaciones curriculares no
superen la etapa de la Educación Primaria permanecerán un año más en esta etapa
accediendo posteriormente a la Educación Secundaria Obligatoria.
Al finalizar el primer ciclo de ESO, tendrán acceso al segundo. Los alumnos que
después de los apoyos, refuerzos o adaptaciones curriculares no superen el primer ciclo
de esta etapa, permanecerán en el mismo un año (excepcionalmente, dos), accediendo
posteriormente al segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.
Transitoriamente, hasta que el primer ciclo se desarrolle, el acceso al segundo ciclo es
posible desde:
- Graduado Escolar
- Certificado de Escolaridad, cumpliendo dos condiciones: haber cursado
8º de EGB (de la antigua Ley LGE) y tener cumplidos dieciséis años.
En esta etapa educativa se incorporan las siguientes novedades:
- La ratio es de 30 alumnos por unidad escolar.
- La enseñanza en esta etapa tiene carácter comprensivo.
- Como medida ordinaria de atención a la diversidad se establece la
optatividad, que es creciente a lo largo de la etapa, y permite al alumno
elegir algunas de las materias de cada curso.
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- Departamentos de Orientación con orientador -psicólogo o pedagogo- y
dos o tres profesores de apoyo para todo el alumnado y en especial para
aquellos con mayores dificultades de aprendizaje.
- La introducción del área de Tecnología como parte de Formación
Profesional de Base y como aprendizaje general y necesario para
cualquier persona.
- La metodología didáctica se adaptará a las características de cada
alumno, enseñándole a aprender por sí mismo y a trabajar en equipo.
- La evaluación, que será continua e integradora, permitirá repetir un año a
los alumnos que no hayan alcanzado los objetivos del Primer Ciclo, así
como otro más en cualquiera de los cursos del Segundo Ciclo.
- La enseñanza personalizada es uno de los rasgos del nuevo Sistema
Educativo. Algunos alumnos, por sus características personales, precisan
una atención y unos recursos más específicos. Para ello, se ha puesto en
marcha un Programa de Integración en la Educación Secundaria y
programas de diversificación curricular.
El horario y organización de las materias era el siguiente:
Áreas y materias 1º Curso 2º
Curso
3º
Curso
4º
Curso
Lengua Castellana y Literatura 4 3 3 3
Lengua Extranjera 3 3 3 3
Matemáticas 3 3 3 3
Ciencias Sociales, Geografía e
Historia
3 3 3 3
Ética - - - 2
Educación Física 2 2 2 2
Ciencias de la Naturaleza 3 3 4 3
Educación Plástica y Visual 3 2 2 3
<tecnología 2 </tecnología> 2 3 3
Música 2 2 2 3
Optativas 2 2 2 6
Religión/Actividades alternativas 1 2 2 1
Tutoría 1 1 1 1
Total 28 28 30 30
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El currículo de la Educación Secundaria Obligatoria reserva una parte del horario a
materias optativas que pueden ser diferentes en cada Centro. En todos ellos deben
ofrecerse al menos los tres siguientes:
- Segunda lengua extranjera (durante toda la etapa).
- Cultura clásica (al menos en un curso en el segundo ciclo).
- Una materia de iniciación profesional (en el segundo ciclo).
Al final de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, el alumno obtendrá el título
de Graduado en Educación Secundaria, siempre que haya superado esta etapa
satisfactoriamente. En caso de no superarla, le será expedido un Certificado en el que
constarán los cursos realizados y las calificaciones de las materias.
El título de Graduado en Educación Secundaria, le dará acceso a dos opciones que
podrá cursar:
- Bachillerato LOGSE
- Ciclos Formativos de Grado Medio.
Por otro lado se establecieron los programas de garantía social, dedicados a aquellos
alumnos entre 16 y 21 años que no hayan alcanzado los objetivos de la Educación
Secundaria Obligatoria, ni posean titulación alguna de Formación Profesional, con la
posibilidad de realizar algún curso de Garantía Social.
Estos cursos tenían diferentes modalidades, y su duración era de uno o dos cursos
académicos, dependiendo de la modalidad, con la posibilidad de realizar prácticas en
empresas y/o contratación laboral según la modalidad cursada. Entre las modalidades
encontramos:
• Iniciación profesional (en Centros de Educación Secundaria) e iniciación
Profesional para alumnos con necesidades educativas especiales.
• Formación y Empleo (en colaboración con Ayuntamientos).
• Talleres Profesionales (en colaboración con ONGs).
En relación al bachillerato la LOGSE estableció un nuevo bachillerato
caracterizado por formar parte de la Educación Secundaria.
Se podía acceder al mismo a través de alguna de estas opciones:
• El título de Graduado en Educación Secundaria.
• El título de Técnico Auxiliar (FP1).
• 2.º de BUP.
• El título de Técnico (si ha superado un ciclo formativo de Grado Medio).
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Esta etapa escolar, ya no correspondía a una educación obligatoria, y tenía una duración
de dos cursos académicos. Y constaba de estas características:
• Proporciona a los alumnos una madurez intelectual y humana y unos
conocimientos y habilidades que les permite desempeñar sus funciones sociales
con responsabilidad y competencia.
• La incorporación de la Formación Profesional de Base permite al alumno
construir los diversos itinerarios formativos hacia la cualificación profesional.
• El número máximo de alumnos por grupo es de 35.
• Se desarrolla en 4 modalidades, que aseguran una formación básica de carácter
profesional y una madurez personal que facilita la transición de los alumnos a la
vida activa. Dichas modalidades son:
- Artes.
- Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.
- Humanidades y Ciencias Sociales.
- Tecnología.
Cada una de estas modalidades está vinculada a determinadas carreras universitarias.
Dichas opciones se relacionan con una modalidad o modalidades de Bachillerato de la
siguiente forma:
o Opción Científico-Técnica:
- Modalidad de Bachillerato de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud
- Modalidad de Bachillerato de Tecnología.
o Opción Ciencias de la Salud:
- Modalidad de Bachillerato de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud
o Opción Humanidades:
- Modalidad de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales.
o Opción Ciencias Sociales:
- Modalidad de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales.
o Opción Artes:
- Modalidad de Bachillerato de Artes.
Al finalizar esta etapa se obtiene el título de Bachiller en la Modalidad correspondiente.
Dicho título de Bachiller da acceso:
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• Ciclos formativos de Grado Superior.
• Universidad mediante la realización de las correspondientes pruebas de acceso.
Todas las personas mayores de 23 años podrán obtener el título de Bachiller mediante la
superación de una prueba.
Las asignaturas comunes que se impartían y el horario era el siguiente:
1º Curso Horas 2º Curso Horas
Materias
Comunes
Educación Física
Lengua Castellana y
Literatura
Filosofía
Idioma Extranjero
Religión/Activ.alternativas
2 Historia 3
2
3
3
3
1
Historia
Lengua Castellana y
Literatura II
Idioma Extranjero II
Religión/Activ.Estudio
3
3
3
1
Materias
de
modalidad
Tres materias 4* Tres materias 4*
Materias
optativas
Una optativa 4 Dos optativas 4*
Tutoría 1
Total 29 30
La Formación Profesional, iniciada durante la LGE de 1970, contiene una serie
de cambios:
La nueva Formación profesional se justifica por la rapidez de los cambios sociales y
tecnológicos, que hacen precisa una más amplia formación en nuestro alumnado, así
como una mayor capacidad para adaptarse al sistema productivo en constante
transformación. Por otra parte, la puesta en marcha del Mercado Único Europeo exigía
que nuestras titulaciones de Formación Profesional fueran homologadas con las
europeas.
La LOGSE define a la Formación Profesional como el conjunto de enseñanzas que
capacitan para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, formando parte de
todas las etapas educativas.
Conviene señalar, en primer lugar, que además de esta Formación Profesional
Específica, todos los alumnos reciben una Formación Profesional de Base desde los seis
años hasta finalizar cualquier Modalidad de Bachillerato.
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Esta formación se incluye:
• En el área de Conocimiento del Medio, en la Educación Primaria.
• En la Secundaria Obligatoria, en el área de Tecnología, así como a través de
asignaturas optativas de iniciación profesional.
• En el Bachillerato se asegura una Formación Profesional de base a través de las
materias de modalidad y de las materias optativas.
En relación a su nueva estructura, esta está constituida por Ciclos Formativos con una
organización modular.
• La duración de cada Ciclo Formativo será de 1.000 a 2.000 horas.
• Una parte de formación se realiza obligatoriamente en empresas e instituciones.
Los Ciclos Formativos se organizaron en dos niveles:
• Ciclos Formativos de Grado Medio (antes Módulos II).
• Ciclos Formativos de Grado Superior (antes Módulos III).
Una vez concluido y superado un ciclo formativo de Grado Medio tendrá lugar la
obtención del título de Técnico.
El título de Técnico permite el acceso a las modalidades de Bachillerato que se
determinen de acuerdo con su relación con los estudios de Formación Profesional
cursados.
La superación de un ciclo formativo de Grado Superior da derecho a la obtención del
título de Técnico Superior.
El título de Técnico Superior permitirá el acceso directo a los estudios universitarios
que se determinen teniendo en cuenta su relación con los estudios de Formación
Profesional cursados, de acuerdo con la normativa en vigor sobre los procedimientos de
ingreso en la Universidad.
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La LOGSE marca un antes y un después en la educación española, que puede
observarse en la siguiente tabla:
17. Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los centros
docentes, 1995 (LOPEG).
En 1995, tiene lugar la propuesta de una nueva Ley educativa, conocida como
Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los centros docentes
(LOPEG), y propuesta por el PSOE. Esta ley nació con la oposición del profesorado, y
se basó en una mayor autonomía para la participación, la evaluación y el gobierno de los
centros docentes. Entre sus principales objetivos encontramos:
• Fomenta la participación de la comunidad educativa en la organización y
gobierno de los centros educativos y en la definición del Proyecto Educativo.
• Optimiza y refuerza los funcionamientos de los consejos escolares, los claustros
de profesores, asociaciones de padres y madres y su representatividad en el
consejo escolar, y también la representación de los alumnos en el consejo
escolar.
• Pretende garantizar la escolarización de los alumnos con necesidades educativas
especiales en los centros docentes con fondos públicos.
La LOPEG, creó el Instituto Nacional de Calidad Educativa, encargado de la evaluación
general del sistema educativo. A la vez que fomenta y garantiza la participación
democrática de los diferentes sectores de la comunidad educativa; asegura la
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escolarización en centros públicos de alumnos con necesidades educativas especiales; y
promueve la organización de cursos para la formación del profesorado.
Fue conocida como Ley Pertierra, y aprobada con los votos a favor de PSOE, CIU y
PNV. Votaron en contra PP, IU y CC. Esta Ley fue rechazada de pleno por los
sindicatos de profesores, que consideraban que abría la puerta a la privatización de la
enseñanza pública. Sin embargo esta Ley fue vigente hasta el 24 de Mayo de 2006.
18. Ley Orgánica de Calidad de la Educación, 2002 (LOCE).
Con los constantes cambios de gobierno tiene lugar en 2002, una nueva
propuesta de Ley educativa conocida como Ley Orgánica de Calidad de la Educación
(LOCE), y propuesta por el Partido Popular, pero que nunca llegó a su aplicación.
La LOCE, promulgada en 2002 durante el gobierno de José María Aznar nunca llegó a
aplicarse. Esta Ley pretendía reformar y mejorar la educación en España, según el
gobierno, pero lo cierto es que llegó muy tarde, en la segunda legislatura de Aznar, y
fue paralizada en 2004 cuando Zapatero llegó al gobierno.
Código QR, del documento oficial de la presentación de la
LOCE como propuesta de una nueva Ley educativa.
19. Ley Orgánica de Educación, 2006 (LOE).
Una nueva Ley tiene lugar el 3 de Mayo del 2006, elaborada por el Ejecutivo de
José Luis Rodríguez Zapatero, fue publicada en el BOE en mayo de 2006, y aprobada
en el Congreso con amplia mayoría gracias al apoyo de CiU, ERC, PNV, ICV, CC, y
EA., Con la oposición del PP y la abstención de IU.
La LOE organizaba el sistema educativo en etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de
enseñanza de forma que asegure la transición entre los mismos y, en su caso, dentro de
cada uno de ellos.
Las enseñanzas que ofrecía el sistema educativo son:
• Educación infantil.
• Educación primaria.
• Educación secundaria obligatoria.
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• Bachillerato.
• Formación profesional.
• Enseñanzas de idiomas.
• Enseñanzas artísticas.
• Enseñanzas deportivas.
• Educación de personas adultas.
• Enseñanza universitaria.
La educación primaria y la educación secundaria obligatoria constituyen la educación
básica.
La educación secundaria se divide en educación secundaria obligatoria y educación
secundaria postobligatoria. Constituyen la educación secundaria postobligatoria el
bachillerato, la formación profesional de grado medio, las enseñanzas profesionales de
artes plásticas y diseño de grado medio y las enseñanzas deportivas de grado medio.
La enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación
profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior constituyen la
educación superior.
Las enseñanzas de idiomas, las enseñanzas artísticas y las deportivas tendrán la
consideración de enseñanzas de régimen especial.
La enseñanza universitaria se regulaba por sus normas específicas.
Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo se adaptarán al alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo. Dicha adaptación garantizará el acceso, la permanencia y
la progresión de este alumnado en el sistema educativo.
Para garantizar el derecho a la educación de quienes no puedan asistir de modo regular a
los centros docentes, se desarrollará una oferta adecuada de educación a distancia o, en
su caso, de apoyo y atención educativa específica.
Otro de los artículos establecidos en esta Ley, hace referencia a la obligación de los
poderes públicos, los cuales prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores
que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del
profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos educativos, la investigación,
la experimentación y la renovación educativa, el fomento de la lectura y el uso de
bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la
orientación educativa y profesional, la inspección educativa y la evaluación.
De acuerdo a la enseñanza básica que se refiere el artículo 3.3 de esta Ley es
obligatoria y gratuita para todas las personas.
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La enseñanza básica comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma
regular, entre los seis y los dieciséis años de edad. No obstante, los alumnos tendrán
derecho a permanecer en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta los
dieciocho años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso, en las condiciones
establecidas en la presente Ley.
Sin perjuicio de que a lo largo de la enseñanza básica se garantice una educación común
para los alumnos, se adoptará la atención a la diversidad como principio fundamental.
Cuando tal diversidad lo requiera, se adoptarán las medidas organizativas y curriculares
pertinentes, según lo dispuesto en la presente Ley.
De acuerdo al currículo, esta Ley entiende por currículo el conjunto de objetivos,
competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de
cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley.
Con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos
correspondientes, el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias
básicas, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo que
constituyen las enseñanzas mínimas a las que se refiere la disposición adicional primera,
apartado 2, letra c) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a
la Educación.
Los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 55% de los horarios
escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 65% para
aquéllas que no la tengan.
Las Administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas
reguladas en la presente Ley, del que formarán parte los aspectos básicos señalados en
apartados anteriores. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el
currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía y tal como se recoge
en el capítulo II del título V de la presente Ley.
Los títulos correspondientes a las enseñanzas reguladas por esta Ley serán homologados
por el Estado y expedidos por las Administraciones educativas en las condiciones
previstas en la legislación vigente y en las normas básicas y específicas que al efecto se
dicten.
En el marco de la cooperación internacional en materia de educación, el Gobierno,
podrá establecer currículos mixtos de enseñanzas del sistema educativo español y de
otros sistemas educativos, conducentes a los títulos respectivos.
Uno de los puntos que más revuelo causaron fue el de incluir voluntario la
asignatura de religión, eso sí, de oferta obligatoria para los centros educativos. Esta Ley
incluye la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos,
una materia obligatoria y evaluable, en detrimento de Lengua y Literatura, cuyas horas
lectivas se redujeron en 25 horas.
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La crítica más amplia a esta Ley estaba dirigida a la menor exigencia al alumnado, con
la posibilidad de pasar de curso con materias suspendidas. Además, el PP consideró que
Educación para la Ciudadanía suponía la incursión del Estado, como adoctrinador en la
moral de los estudiantes.
20. Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, 2013 (LOMCE).
Finalmente llegamos a la última de las leyes implantadas en nuestro país,
denominada Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), y
reconocida popularmente como la Ley Wert, siendo la más polémica de todas y
naciendo con una amplísima oposición. Fue propuesta el 10 de Diciembre del 2013,
como reforma de la LOE y de la LOGSE, por parte del Partido Popular.
Los cambios más importantes que introduce la LOMCE en el sistema educativo español
según el proyecto presentado por el gobierno son:
Pruebas externas de evaluación (o reválidas): Al finalizar cada etapa educativa los
alumnos serán evaluados mediante pruebas externas, que en la ESO y en el Bachillerato
tendrá el carácter de las antiguas reválidas, ya que si no se superan no podrán pasar a la
etapa siguiente. Con esto, según el proyecto, se pretende, además de valorar
externamente la eficiencia del sistema y “fomentar la competitividad y la cultura del
esfuerzo”.
La prueba final del Bachillerato sustituye a la selectividad, aunque cada universidad o
facultad puede elaborar una prueba de acceso propia, por lo tanto, cada alumno tendrá
que superar dos exámenes para poder entrar. El alumno que suspenda la prueba final de
Bachillerato tendrá, en cambio, la opción de acceder a la Formación Profesional de
grado superior.
Itinerarios en el segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO):
• En 3º de ESO los alumnos tendrán que escoger entre dos itinerarios diferentes,
uno que conduce a la FP y el otro al Bachillerato. Se avanza, entonces, un curso
el momento de tomar esta decisión que la LOE situaba en 4º de ESO.
• Los alumnos que repiten 2º de la ESO dos veces podrán acceder a una
nueva FP llamada “básica” que sustituirá los actuales PCPI (Programas de
Cualificación Profesional Inicial) y en la que los alumnos aprenderán los
rudimentos de un oficio validado con un certificado del Ministerio de Trabajo.
• Los alumnos de 2º y 3º de la ESO que tengan dificultades para seguir el
currículum ordinario se establecen los Programas de Mejora del Aprendizaje y
Rendimiento.
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• El cuarto curso de la ESO tendrá dos opciones: de iniciación al bachillerato y a
la FP.
Las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en troncales, específicas y
de especialización de carácter opcional. El Gobierno determinará los contenidos y el
horario mínimo de las troncales y las comunidades fijarán el currículum de las
específicas y sus criterios de evaluación y las de libre configuración; entre estas últimas,
la lengua cooficial donde la haya, que tendrá un trato equivalente a la lengua castellana.
Determinación del currículum de las “asignaturas troncales” y de las “asignaturas de
especialización de carácter opcional”:
El gobierno central se reserva el establecimiento del currículum de las “asignaturas
troncales” (matemáticas, ciencias, castellano, historia y la lengua extranjera), para
acabar con las “insostenibles” diferencias entre comunidades.
Los contenidos del resto de las asignaturas, llamadas asignaturas específicas y de
especialización de carácter opcional serán elaborados por las comunidades autónomas,
aunque los objetivos y los criterios de evaluación los fijará el ministerio. Por lo que a las
lenguas cooficiales se refiere, que pierden la consideración de asignaturas troncales, el
currículum irá a cargo de la comunidad correspondiente.
Subvención estatal a las escuelas privadas catalanas que acojan alumnos que no
encuentren centros públicos o concertados que tengan “línea en castellano”: El gobierno
central avanzará el dinero para pagar los centros educativos de Cataluña que no sigan el
modelo de inmersión lingüística en catalán que defiende la Generalitat de Catalunya
para los alumnos que acojan que no hayan podido encontrar una escuela pública o
concertada que utilice el castellano como lengua vehicular. Este dinero se descontará de
las transferencias a Cataluña, por lo que en última instancia será la propia Generalitat la
que acabe pagando por estos alumnos.
Se vuelve a dar plena validez académica a la asignatura de religión y se establece una
materia “alternativa fuerte” a la misma que se llamará Valores Culturales y Sociales en
primaria y Valores Éticos en secundaria.
Desaparece definitivamente la materia Educación para la ciudadanía, los alumnos de
primaria y ESO podrán matricularse en religión confesional, una formación alternativa
de valor o en ambas, la cualificación contará en las notas ordinarias, si bien no se tendrá
que examinar de ellas en la evaluación final para la obtención del título.
Se promueve la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos
durante la jornada escolar, al estar obligados por las Administraciones públicas a
promover la actividad física y la dieta equilibrada en los centros de enseñanza.
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El papel del Consejo Escolar (en el que están representados la administración, la
dirección, los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos) sigue siendo el órgano
de gobierno de los centros públicos y de los privados concertados, pero pierde
atribuciones que pasan a la dirección del centro como los presupuestos, los proyectos
educativos o los procesos de admisión de los alumnos. Los centros públicos también
pierden peso a la hora de escoger al director.
Los centros dispondrán de una mayor autonomía para configurar una oferta formativa
propia, ya que podrá especializarse en un área determinada, como ciencias o deportes, o
en un tipo de enseñanza, FP o Bachillerato. De esta manera podrán implantar planes de
mejora optando a fondos extraordinarios aportados por la administración. Esto
significará una rendición de cuentas y más transparencia.
La oferta de plazas se organizará atendiendo a la demanda social (es decir, si los padres
demandan un centro público o un centro privado concertado), por lo que se elimina el
compromiso del Estado de garantizar una plaza en un centro público tanto en primaria
como en la ESO.
Se establecen acuerdos con las escuelas que separan por sexos. El proyecto de ley
establece que las escuelas exclusivas de chicas o de chicos podrán seguir recibiendo
dinero público. Aún y así, siguiendo las recomendaciones del Consejo del Estado la ley
establece que los centros segregados que soliciten el concierto tendrán que justificar que
su modelo segregado es equiparable al del resto de centros que siguen el principio de la
coeducación.
Los cambios curriculares en la Educación Primaria y en la Educación Secundaria
Obligatoria que introduce la LOMCE son los siguientes:
Artículo 6.
2. La fijación de los contenidos comunes necesarios para la adquisición de las
competencias básicas. Los contenidos comunes requerirán el 65% de los horarios
escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 75% para
aquéllas que no la tengan.
Los centros docentes pierden autonomía respecto la LOE, como recoge el Artículo 6.
3. Corresponderá a las Administraciones educativas el establecimiento del currículo de
las distintas enseñanzas reguladas en la presente ley orgánica, respetando e integrando
las enseñanzas mínimas. A estos efectos, las administraciones educativas desarrollarán
los contenidos comunes y podrán establecer directrices pedagógicas, reconociendo en
todo caso cierto grado de autonomía a los centros educativos.
En esta nueva ley los centros educativos tendrán autonomía para diseñar e implantar los
métodos pedagógicos de acuerdo a las directrices hechas previamente por las
administraciones educativas.
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Respecto a la educación primaria, los tres ciclos de primaria de dos cursos cada uno
pasarán a ser 6 cursos sin subdivisión en etapas. De la asignatura de Conocimiento del
medio natural, social y cultural, se crearán dos diferentes: Ciencias de la naturaleza y
Ciencias Sociales. Se elimina la asignatura de Educación para la ciudadanía y los
derechos humanos. Además, el castellano o la lengua cooficial se utilizarán sólo como
instrumento de refuerzo en el aprendizaje de la primera lengua extranjera. El resto de la
composición queda igual.
Se introduce una evaluación a la finalización del tercer curso para comprobar la
adquisición de las competencias básicas. En el caso de no ser superada, el equipo
docente podrá adoptar medidas excepcionales, que incluyen la repetición de curso. Este
es un cambio respecto la LOE, ya que hasta ahora la repetición de curso estaba
contemplada para cualquier curso de la primaria (sólo una vez). Se realizará otra prueba
al concluir la etapa, es decir, en sexto. Esta prueba será definida por la Comunidad
Autónoma correspondiente.
En la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), se introduce en 3º de la ESO dos vías,
la académica y la profesional. Además, en todas las materias y en todos los cursos de la
educación secundaria se trabajarán la comprensión lectora, las TIC, el emprendimiento
y la educación cívica constitucional.
Se introducen programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento. Las
diversificaciones del currículum se comenzarán a establecer desde el segundo curso de
la ESO (antes era desde tercero). La finalidad escursar el cuarto curso de forma
ordinaria y sin adaptación curricular anticipando la adaptación curricular al segundo
curso. En la LOE la adaptación curricular se establece desde tercero hasta la obtención
del título, siendo en si una herramienta para la obtención del graduado escolar en lugar
de una herramienta para prevenir el fracaso escolar.
Se hará una prueba al finalizar la educación secundaria. Será necesaria para la
superación de la ESO. Existirán dos pruebas diferentes, de enseñanza académica y de
enseñanza aplicada, y la elección de una u otra recaerá en el alumno
independientemente de la modalidad escogida en cuarto. La prueba se realizará siempre
y cuando la evaluación en cuarto sea positiva o no haya más de dos asignaturas
suspendidas. Aquellos que no superen la prueba podrán repetirla después de una
solicitud y en cualquier modalidad, a elección del alumno.
Para la obtención del graduado será imprescindible la superación de la prueba final de
cuarto, además de una nota final igual o superior a 5. La nota final se realizará
ponderando (atribuyendo peso) en un 70% a la nota media de todas las materias y un
30% a la nota de la prueba final.
El alumnado que no tenga el título de la ESO podrá exigir un certificado oficial en el
cual constará el número de años cursados y el nivel de adquisición de competencias
básicas.
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Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados
En el Bachillerato habrá tres modalidades, dos de ellas con dos vías a escoger. Las tres
modalidades serán: Arte, Ciencias que tendrá dos variantes (Ciencias e
Ingeniería y Ciencias de la Salud) y de Humanidades y Ciencias Sociales que tendrá dos
vías (Humanidades y Ciencias Sociales). En el primer curso, la composición será de
ciertas materias comunes para todas las modalidades y otras materias dependiendo de la
modalidad escogida. En el segundo curso, la composición cambia y se reducen el
número de materias comunes y se aumenta el número de materias especializadas.
Estas últimas leyes establecidas desde 1990 repercuten en mayor o menor
cantidad en la educación recibida en la tercera y última generación de mi trabajo que se
relaciona con la de mi hermano y la mía. De ahí la importancia de resaltar tan
ampliamente muchos de sus artículos, ya que todas ellas han dejado huella en la
educación actual, siendo esta la que recibo en primera persona, y la que deberé impartir
en unos años.
En relación a ello expongo la entrevista de mi hermano, y la mía propia sobre la
educación recibida de acuerdo a las leyes anteriormente expuestas.
21. Entrevistado 7.
Parentesco: Hermano
Nombre: José Luis Jiménez de la Ossa Almansa.
Localidad: Villarrobledo (Albacete)
Edad: 20 años Fecha de nacimiento: 10 - 4 -1995
Época de estudio:
Bien entrada la Democracia, y durante sucesivos cambios políticos del PSOE y el PP.
Maestro/a:
En infantil mujer. Titulada
En primaria: ambos sexos. Titulados. Pero en su mayoría maestras, y maestro en
especialidades como música y educación física.
Posteriormente durante la ESO, el número de profesores tanto varones como mujeres,
era prácticamente el mismo.
En el ciclo de FP, siendo este de electromecánica, todos los profesores eran hombres.
Alumnado:
Ratio de 20 alumnos, durante infantil y primaria
Ratio de 25-30 alumnos en la ESO.
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Ratio de 15 alumnos en el ciclo de FP. En todas las etapas los docentes eran mixtos.
Enseñanza:
Recibió una primera enseñanza en el jardín de infancia, desde el años a los tres.
Siguió su educación en infantil desde los 3 a los 5. No siendo ninguna de estas dos
etapas obligatoria.
Posteriormente comenzó la enseñanza obligatoria de los 6 a 12 años. Fue a un colegio
público elegido por la cercanía al domicilio. Asignaturas cursadas: lengua, matemáticas,
conocimiento del medio, inglés, educación física, religión, plástica y música.
A los 12 años cambio de centro escolar para ir a un Instituto donde estudiaría la ESO,
durante 4 años hasta los 16. Con asignaturas como: lengua, matemáticas, música o
plástica (a elegir en cada curso la no elegida el anterior), educación física, tecnología,
inglés, ciencias naturales, ciencias sociales y religión a elegir si la querías cursar o no.
En 3º se añadía la asignatura de ciudadanía y física y química, pero solo durante ese
curso. Y en 4º se daba a elegir entre: biología, física y química, tecnología, informática,
taller tecnológico, francés y música o plástica.
Finalmente, al terminar la ESO satisfactoriamente continúo sus estudios en otra ciudad
(Albacete), haciendo un ciclo de FP de Instalación y Mantenimiento Electromecánica de
Maquinaria y Conducción de Líneas.
Materiales:
Libreta, blog de dibujo, flauta, ceras para dibujar, bolígrafos y lápices, rotuladores,
compás, reglas…, todo comprado por el alumno. Los libros eran prestados por el
colegio y el instituto, teniéndolos que devolver al finalizar cada curso.
En la clase había pizarra, mapas, diferentes cartulinas de decoración realizadas por los
alumnos, tanto en inglés como en español. Los niños cambiaban de clase en las
especialidades como música, plástica, inglés o educación física, donde tenían todos los
materiales necesarios en relación a la asignatura. Tanto en primaria como en la ESO.
Castigos:
No salir a hacer gimnasia o al recreo. Otro de los castigos, eran darle un pequeño
“capirote” en la cabeza, durante la etapa de primaria.
En secundaria los castigos eran totalmente diferentes, cuando te portabas mal te echaban
de clase, y en casos algo más problemáticos ibas directamente al despacho del director.
Formación después de la enseñanza obligatoria:
Después de la enseñanza obligatoria realizó un ciclo de FP, y con la parte de prácticas
de ese mismo ciclo consiguió quedarse en la empresa a trabajar.
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Curiosidades:
En ningún momento mis padres dejaron que pensara en dejar los estudios o en solo
acabar la enseñanza obligatoria. Nunca le obligaron a estudiar una cosa u otra, si no que
le dieron a elegir, para que el realizara después de su etapa de ESO aquello que más le
gustara.
22. Entrevistado 8.
Parentesco: Yo
Nombre: Carmen Jiménez de la Ossa Almansa.
Localidad: Villarrobledo (Albacete)
Edad: 21 años Fecha de nacimiento: 25 - 4 -1993
Época de estudio:
Empecé a estudiar bien entrada, pasando por los sucesivos cambios políticos, con sus
respectivas leyes, hasta la actualidad.
Maestro/a:
En infantil mi maestra era una mujer. Titulada
En primaria: tenía maestros de ambos sexos, pero en su mayoría mujeres y los hombres
para especialidades como música, plástica o educación física. Todos los maestros
titulados.
En la ESO, los profesores eran de ambos sexos, y más o menos el mismo número de
hombres que de mujeres.
Durante el bachillerato ocurría lo mismo que en la ESO, pues muchos maestros eran los
mismos.
En el grado en Magisterio de Primaria, sigue ocurriendo lo mismo, los profesores son
tanto hombre como mujeres.
Todos mis profesores son y han sido titulados en aquella materia que imparten.
Alumnado:
Ratio de 20 alumnos durante la etapa de educación infantil.
Ratio de era de 20-25 alumnos durante la etapa de educación primaria.
En la ESO el ratio era prácticamente el mismo, pero se acercaba más a los 25 alumnos.
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Durante el bachillerato el ratio aumento a 30-35 alumnos.
Actualmente, durante el Grado en Magisterio de Primaria, el ratio supera los 60
alumnos.
Enseñanza:
Mi primera enseñanza comenzó en el jardín de infancia, conocido como guardería desde
el año a los tres de edad.
Posteriormente fue al colegio siguiendo en la etapa de infantil hasta los 5 años.
Seguidamente empezaba la enseñanza obligatoria en primaria desde los 6 a los 12 años.
Las asignaturas que se impartían era: lengua, matemáticas, conocimiento del medio,
educación física, música, plática, religión e inglés.
El colegio al que fui era un centro público, elegido por cercanía al domicilio.
Continuaba la enseñanza obligatoria en la ESO, pero en otro centro, elegido por
prioridad del alumno o la familia.
Las asignaturas durante la ESO, fueron: lengua, matemáticas, ciencias sociales, ciencias
naturales, inglés, francés (optativa), educación física, música, plática, tecnología,
religión (obligatoria durante los dos primeros años, y optativa a partir del tercero). Y en
los cursos de 3º y 4º se eliminaban las asignaturas de ciencias naturales y ciencias
sociales, y se impartían como obligatorias en 3º física y química, biología e historia, y
en 4º curso como obligatoria añadida ética, y como optativas tecnología e informática.
Seguidamente empezaba mi etapa fuera de la educación obligatoria, cursando el
bachillerato, en la especialidad de humanidades y ciencias sociales, (entre los tres
disponibles a elegir) cuya duración fue de 2 años. Con su posterior realización de la
prueba de selectividad, denominada en mi años PAEG, que permitía una vez superada
esta satisfactoriamente el ingreso en una centro universitario, a elegir por el alumno, y
concedido según la nota del mismo.
Durante el bachillerato las asignaturas a elegir, dependían de la rama de bachillerato que
cursaras teniendo como comunes en el primer curso: lengua, inglés, filosofía y
ciudadanía, ciencias para el mundo contemporáneo, educación física, y como optativas
de mi rama yo curse en el primer año griego, latín, historia del mundo contemporáneo y
economía. Y durante el segundo años siendo comunes: lengua, inglés, historia de la
filosofía, historia de España, y como optativas: literatura universal, psicología, latín y
griego.
Y finalmente me encuentro cursando un Grado en Magisterio de Primaria, cuya
duración es de 4 años. Las asignaturas a cursas están totalmente relacionadas con la
formación como docente, tocando diversas ramas de conocimiento.
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  • 2. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Índice 1. Introducción. 2. Ley Moyano. 3. Educación durante la II República Española. 4. Educación durante la Guerra Civil Española. 5. Entrevista 1: Abuelo (materno). 6. Entrevista 2: Abuela (materna). 7. Educación durante el Franquismo. 8. Entrevista 3: Abuelo (paterno). 9. Entrevista 4: Abuela (paterna). 10. Educación durante el tardofranquismo. 11. Ley General de Educación de 1970. 12. Ley Orgánica que Regula el Estatuto de los Centros Escolares, 1980 (LOECE). 13. Ley Orgánica del Derecho a la Educación, 1885 (LODE). 14. Entrevista 5: Madre. 15. Entrevista 6: Padre. 16. Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, 1990 (LOGSE). 17. Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los centros docentes, 1995 (LOPEG). 18. Ley Orgánica de Calidad de la Educación, 2002 (LOCE). 19. Ley Orgánica de Educación, 2006 (LOE). 20. Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, 2013 (LOMCE). 21. Entrevista 7: Hermano. 22. Entrevista 8: Yo. 23. Diferencias y semejanzas entre las diversas generaciones. 24. Materiales recopilados de las diferentes épocas educativas. 25. Bibliografía.
  • 3. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados 1. Introducción. Mi trabajo sobre la reconstrucción de la historia escolar de mi familia parte históricamente desde la Constitución republicana de 1931, dado que mi antepasado con mayor edad es mi abuelo, el cual vive desde 1924. 2. Ley Moyano. Sin embargo no podemos hablar de la educación de nuestros antepasados sin tener en cuenta la Ley Moyano de 1857, que formó los pilares de una educación pública y obligatoria. Para ello voy a hablar de ella brevemente. La Ley de Instrucción Pública promovida por Claudio Moyano, cuando era Ministro de Fomento, firmada por Isabel II el 9 de septiembre de 1857, se trata de una Ley de Educación que ha perdurado en la práctica hasta bien entrado el siglo XX. Su esquema sigue siendo centralista de un control completo por el Estado y supervisado por la Iglesia. Aquel elabora los programas generales para todas las asignaturas correspondientes a las diversas enseñanzas, debiendo los Profesores sujetarse a ellos en sus explicaciones: se exceptúan en las facultades los estudios posteriores a la licenciatura (establecido en su Art. 84). En relación a la obligatoriedad y gratuidad de la educación, se declara obligatoria la enseñanza primaria aunque sólo de seis a nueve años y permitiendo su adquisición no sólo en las escuelas, sino también en el hogar doméstico. Será relativamente gratuita pues sólo en esta primera etapa lo será para quienes demuestren la imposibilidad del pago mediante certificados municipales. En cuanto a los libros de texto todas las asignaturas de la primera y segunda enseñanza, las de las carreras profesionales y superiores y las de las facultades hasta el grado de Licenciado, se estudiarán por libros de texto señalados en listas que el Gobierno publicará cada tres años (Art. 88). La Iglesia supervisará de que los textos nada contienen contra la pureza de la Doctrina ortodoxa, tanto en los libros de texto como en las explicaciones de los Profesores ni que se emitan doctrinas perjudiciales a la buena educación religiosa (arts. 92, 93, 295, 296). Respecto a la enseñanza primaria, o primera enseñanza se establecen una serie de artículos que merecen ser mencionados para comprender los testimonios de los entrevistados y las sucesivas leyes que se implantarán. • Articulo 1º La primera enseñanza se divide en elemental y superior • Art. 2º La primera enseñanza elemental comprende: Primero. Doctrina cristiana y nociones de Historia sagrada, acomodadas a los niños. Segundo. Lectura.
  • 4. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Tercero. Escritura. Cuarto. Principios de Gramática castellana, con ejercicios de Ortografía. Quinto. Principios de Aritmética, con el sistema legal de medidas, pesas y monedas. Sexto. Breves nociones de Agricultura, Industria y Comercio, según las localidades. • Art. 3º La enseñanza que no abrace todas las materias expresadas, se considerará como incompleta para los efectos de los artículos 100, 102, 103, 181 y 189. • Art. 4º La primera enseñanza superior abraza, además de una prudente ampliación de las materias comprendidas en el artículo 2º: Primero. Principios de Geometría, de Dibujo lineal y de Agrimensura. Segundo. Rudimentos de Historia y Geografía, especialmente de España. Tercero. Nociones generales de Física y de Historia natural acomodadas a las necesidades más comunes de la vida. • Art. 5. En las enseñanzas elemental y superior de las niñas se omitirán los estudios de que tratan el párrafo sexto del art. 2º y los párrafos primero y tercero del art. 4º, reemplazándose con: Primero. Labores propias del sexo. Segundo. Elementos de Dibujo aplicado a las mismas labores. Tercero. Ligeras nociones de Higiene doméstica. • Art. 6º La primera enseñanza se dará, con las modificaciones convenientes, a los sordomudos y ciegos en los establecimientos especiales que hoy existen y en los demás que se crearan con este objeto: sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo 108 de esta ley. • Art. 7º La primera enseñanza elemental es obligatoria para todos los españoles. Los padres o tutores ó encargados enviarán a las escuelas públicas a sus hijos y pupilos desde la edad de seis años hasta la de nueve; a no ser que les proporcionen suficientemente esta clase de instrucción en sus casas ó en establecimiento particular. • Art. 8º Los que no cumplieren con este deber, habiendo escuela en el pueblo ó a distancia tal que puedan los niños concurrir a ella cómodamente, serán amonestados y compelidos por la Autoridad y castigados en su caso con la multa de 2 hasta 20 reales. • Art. 9.º La primera enseñanza elemental se dará gratuitamente en las escuelas públicas a los niños cuyos padres, tutores ó encargados no puedan pagarla, mediante certificación expedida al efecto por el respectivo Cura párroco y visada por el Alcalde del pueblo. • Art. 10º. Los estudios de la primera enseñanza no están sujetos a determinado número de cursos: las lecciones durarán todo el año, disminuyéndose en la canícula el número de horas de clase.
  • 5. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados • Art. 11º. El Gobierno procurará que los respectivos Curas párrocos tengan repasos de Doctrina y Moral cristiana para los niños de las Escuelas elementales, lo menos una vez cada semana. Código QR que te lleva a la Ley Moyano. 3. La educación durante la II República Española. Teniendo en cuenta esta serie de artículos, nos centramos en el contexto de la II República española, para conocer los sucesos en relación a la educación que tuvieron lugar durante este periodo que corresponde al más veterano de los entrevistados. La Constitución republicana de 1931, no consagró un capítulo expresamente para la educación, pero fue el texto que más extensamente se ocupó de los problemas de la educación. Proclamaba la escuela única, la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza primaria, la libertad de cátedra y la laicidad de la enseñanza. Igualmente, establece que los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial serán funcionarios y que se legislará en el sentido de facilitar a los españoles económicamente necesitados el acceso a todos los grados de enseñanza, a fin de que no se hallen condicionados más que por la aptitud y la vocación. Con lo que la libertad religiosa es, en la escuela, respeto a la conciencia del niño y del maestro; se reforma la formación inicial de los docentes, para lo cual se creó mediante el decreto de 29 de mayo de 1931 las misiones pedagógicas, “encargadas de difundir la cultura general, la orientación docente moderna y la educación ciudadana en aldeas, villas y lugares, con especial atención a los intereses espirituales de la población rural”. Fue una propuesta inspirada probablemente en la ILE (institución libre de enseñanza), consciente de que la modesta escuela primaria no podía dotar de los bienes de la cultura a los medios rurales; y se regula la inspección de primera y segunda enseñanza. Precisamente de ésta normativa de carácter educativo que se aprueba en estos años, destacan los cambios sobre aquellos temas pendientes hasta entonces. Entre ellos, la regulación del bilingüismo, permitiendo que en las escuelas primarias se enseñe en lengua materna, aunque sea diferente del castellano. Se suprime la obligatoriedad de la enseñanza religiosa, aunque se mantendría en aquellos casos en que los padres lo desearan y se desvinculaban de impartir ésta asignatura a aquellos maestros que invocaran la libertad de conciencia.
  • 6. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Muestra de ello es el decreto de 13 de mayo de 1931, por el cual se suprimía el Plan Calleja de bachillerato, restableciendo el Plan de estudios de 1903. Reformando, así también, la enseñanza media. Pero no todos estaban de acuerdo con ésta Constitución. Así, una vez aprobada la Constitución, el 1 de enero de 1932 la iglesia jerárquica española daba a conocer una pastoral colectiva en la que se rechazaba ésta, afirmando una vez más, su derecho a enseñar y el de los padres a la elección de los centros docentes que estimaren convenientes para la educación de sus hijos. Tal punto llego la situación, que se produjo una “guerra escolar” entre los partidos de la enseñanza confesional y entre los que propugnaban la enseñanza laica, tuvo su momento álgido en la intervención directa de la Santa Sede, con Pío IX. Fue la primera vez que la educación en nuestro país, enfrentaba formalmente el Estado español y a la Iglesia de Roma. Aprobada la Constitución, al ministro Fernando de los Ríos le tocó lidiar con la reforma más drástica y conflictiva: la disolución de la Compañía de Jesús; a las órdenes religiosas se les prohibió impartir enseñanza mientras a los maestros se les "libera" de la obligación de dar doctrina religiosa en clase. Mediante el decreto de 2 de diciembre de 1932, se aporto una concepción más moderna de esta y haciendo del inspector un especialista técnico-pedagógico, un consejero y un orientador del maestro. Por otro lado, aquí hubo que enfrentarse al problema derivado de la ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas, con la que se ordenaba el cierre de esta enseñanza para el 1 de octubre de 1933, exceptuándose solamente la enseñanza primaria cuya extinción seria para el 1 de enero de 1934, a tal efecto, se creó la Junta de Sustitución. La cual se encargaría de sustituir la enseñanza, profesores y edificios religiosos por laicos. En 1933 se celebraron las segundas elecciones a Cortes de la República, dando la victoria a los partidos de derecha (coalición formada por los radicales de Lerroux y por los católicos de la CEDA de Gil Robles). La mujer estrena el voto femenino y la derecha -la CEDA de Gil Robles- llega al poder. Los progresistas verán cómo se va destejiendo parte del sistema diseñado. Esto supuso que se diera marcha atrás en muchos de los planteamientos educativos laicos del anterior gobierno. En la enseñanza primaria, se inició un descenso en las construcciones escolares y un debilitamiento creciente de la reforma pedagógica. Se prohibió la coeducación en las escuelas primarias.
  • 7. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Las terceras elecciones de la República, en 1936, dieron la victoria al Frente Popular, alianza de partidos y organizaciones de izquierdas. A pesar de que entre sus promesas electorales se incluían profundas reformas educativas, el alzamiento militar, que trajo consigo la guerra civil y el punto final a la república, no permitió su puesta en práctica. Diversas instituciones republicanas continuaron con el gran esfuerzo por la cultura y la lectura popular. Todas ellas promovieron un desarrollo educativo y cultural que, en su conjunto, dio lugar a un movimiento educativo de gran magnitud, con el fin de seguir su campaña de alfabetización entre la población. 4. La Educción durante la Guerra Civil Española. En 1936 dando comienzo a la Guerra Civil Española tuvo lugar La Orden de 19 de agosto siendo un programa ideológico de lo que debería ser, y cómo hacerse, la educación nacional. Concretamente, establecía que la escuela de instrucción primaria debía ser la piedra fundamental del Estado, contribuyendo a la formación del niño en el aspecto de cultura general, y a la “españolización” de las futuras juventudes. Su artículo 2º recalca el sentido político-patriótico de la enseñanza, al señalar a los alcaldes o delegados que éstos designasen, como responsables de que: a) la enseñanza respondiese a las nuevas conveniencias nacionales; b) los juegos infantiles, obligatorios, tendiesen a la exaltación del patriotismo sano y entusiasta de la España Nueva; c) poner en conocimiento del rectorado respectivo todo manifiesto de debilidad u orientación opuesta a la sana y patriótica virtud del Ejército y pueblo español "que siente a España grande y única, desligada de conceptos antiespañolistas que sólo conducen a la barbarie". La Educación Primaria también estuvo influida por las orientaciones políticas y pedagógicas emanadas de la Comisión de Cultura y Enseñanza, presidida por José María Pemán. Tuvo lugar la censura de muchos libros de lectura y manuales escolares, de contenido cultural o científico, político y social, cuyo objetivo común fue la destrucción del modelo republicano de la "escuela única", y el restablecimiento de una "nueva escuela nacional" de signo confesional, católico, garante de la moral cristiana, tradicional, de acuerdo con la doctrina social de las últimas Enciclopedias pontificias, militarista, patriótico y nacionalista. La Ley sobre Enseñanza Primaria, de 1945, contenía todos los grandes principios del nacionalcatolicismo.
  • 8. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Los maestros de la "nueva escuela" daban lecciones de contenidos y valores de lo nacional, contrarias con el separatismo y el regionalismo independentista, identificando la tradición con la patria, con lo español, con la historia imperialista de España. El magisterio de primaria acudía a cursillos de formación para concienciarles sobre los principios y valores del "Alzamiento Nacional", obedeciendo las órdenes del 17 de julio de 1937 y 16 de mayo de 1938, que pretendían infundir el rechazo a los principios democráticos de una república, y se les pedía a los maestros y educadores que cultivasen las tres virtudes teologales para aplicarlas en la educación: "fe nacional", "esperanza de imperio", "caridad de raza" (hispana). La ideología escolar, su metodología y directrices, estaban basadas en la educación religiosa, patriótica, cívica y física, según quedó plasmado en la Circular de Romualdo de Toledo, de 5 de marzo de 1938, que fue enviada a la Inspección de Primera Enseñanza y a los maestros de la Escuela Nacional. Durante los tres años que dura la confrontación de la guerra civil española, la vida social, cultural y política del país vive conmocionada, por lo que habrá que esperar hasta la victoria de los sublevados en 1939, para reanudar la historia del sistema educativo español. Teniendo en cuenta lo ocurrido durante esta época que abarca desde 1931 a 1939, y que incluye don grandes hechos históricos de la historia de España como son el fin de la II República Española, y la Guerra Civil Española, voy a exponer los testimonios de dos de mis abuelos que vivieron esta época y bajo las leyes anteriormente citadas. 5. Entrevistado 1. Parentesco: Abuelo Nombre: Jacinto Almansa López. Localidad: Villarrobledo (Albacete) Edad: 91 años Fecha de nacimiento: 9 - 4 -1924 Época de estudio: Fue al colegio durante la II República 12 de abril 1931, y la Guerra Civil Española (1936-1939). Maestro/a: Su maestro era un varón y con cualificación de docente. Alumnado: Con 7 años empezó a ir a la escuela. Su escuela se trataba de un colegio público en el que las clases se diferenciaban por sexo (40 alumnos por clase) pero no por edad.
  • 9. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Aunque era una clase con chicos de diferentes edades el maestro los separaba por edades en pupitres y según la edad que tuvieran les enseñaba unas cosas u otras dependiendo del nivel. Enseñanza: Respecto al horario lectivo iba tanto por la mañana como por la tarde (6 horas diarias aproximadamente La enseñanza en la escuela se basaba en leer y una vez aprendido a leer se enseñaba a escribir. Al año siguiente (8 años aproximadamente) comenzaban a leer El Quijote. Y al siguiente año daban clases de cálculo y geografía utilizando mapas. Recuerda también hacer dictados como: “Hacían dictado: el señor que lleva un arao se llama labrador se levantan muy temprano para labrar…” Fue al colegio hasta los 12 años, porque sus padres decidieron que dejara de ir ya que había días que no tenía escuela debido a las revoluciones políticas de la época. Materiales: En relación a los recursos didácticos contaban con pizarras, y libros pero esto tenían que ser comprados por los alumnos y se dividían por asignaturas. Castigos: Respecto a los castigos en el aula, estos consistían en sujetar dos libros, uno en cada mano en forma de cruz, mirando a la pared. Otra forma de castigo era darles con un alambre/cable de la luz retorcido. Formación después de la enseñanza obligatoria: Con 12 años su padre le dejo elegir el oficio que quería desempeñar, eligiendo ser carpintero. Empezando así de aprendiz en una carpintería. Más tarde, con 15-16 aproximadamente, empezó a ir a escuelas nocturnas con el objetivo de aprender más cálculo. Se trataban de clases gratuitas dedicadas a niños entre los 15 y los 17-18 años. Después fue a música durante un par de años. Acabando así su periodo de docencia pues comenzaba la época de ir a la mili.
  • 10. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Curiosidades: Los profesores no se interesaban por aquellos alumnos que necesitaban un mayor apoyo en el aula. Simplemente discriminaban entre dos tipos de alumnos: el que valía y el que no valía. Los padres del entrevistado sabían leer, escribir y hacer cuentas. 6. Entrevistado 2. Parentesco: Abuela Nombre: María Martínez Martínez. Localidad: Villarrobledo (Albacete) Edad: 89 años Fecha de nacimiento: 18 - 1 -1926 Época de estudio: Estudio la Guerra Civil Española (1936-1939). Maestro/a: Se trataba de una mujer. Era profesora de todas las asignaturas que se impartían, así como de todos los grupos de niñas de todas las clases existentes. Alumnado: La clase estaba compuesta únicamente por niñas de todas las edades. Distribuían a las niñas en clases diferentes según lo que sabían y como aprendían, no por edades. Enseñanza: Comenzó el colegio a los 7-8 años. No empezó a ir a la escuela antes no decía que ella no quería ir, pero finalmente sus padres la obligaron. En la escuela le enseñaron a escribir, leer y calculo. Sin embargo una vez que aprendió a leer y a escribir, empezó a faltar mucho al colegio porque su madre le obligaba a irse con ella a aprender a coser a un taller de costura. Finalmente termino quitándose del colegio y no yendo más. Materiales: El aula donde se impartía clase constaba de pizarra y pupitres. Se escribía con pluma, se utilizaba cuadernos de papel o libretas y los libros debían ser comprados por los alumnos, sin embargo en algunos casos la profesora prestaba sus libros.
  • 11. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Castigos: Entre los castigos más frecuentes para las alumnas, cuando estas no se aprendían la lección era no avanzar más en la lección si no seguir estudiándosela día tras día hasta que se la aprendían y de esa manera podrían avanzar con el tema, dado que cada alumna iba a su ritmo y no se impartía lo mismo para toda la clase. Formación después de la enseñanza obligatoria: Con 12-13 años dejó de ir y empezó a coser en un taller. Curiosidades: Al contrario que a los niños (varones) de ese mismo colegio y edades y cursos similares, a las niñas no les enseñaban geografía. Cuando comenzó a faltar al colegio, la profesora se interesó por la causa de esas faltas. 7. La educación durante el Franquismo. Los artículos publicados en la Constitución de 1931 poco duraron con la llegada de la Guerra Civil, y en consecuencia, con la instauración del franquismo (1938 - 1953). La Dictadura de Franco rechazó el ideario educativo de la II República y la única idea que predomina es que la educación debe ser católica y patriótica. Sin embargo, el régimen político que se impone en España a partir de la Guerra Civil no se preocupa de diseñar un sistema escolar distinto del preexistente. En los primeros años, la educación sólo interesa al Gobierno como vehículo transmisor de ideología, sin importarle en exceso su organización y estructura interna. Así, proliferan decretos y órdenes ministeriales con una sola idea fija: la educación debe ser católica y patriótica. Hay, por tanto, un rechazo frontal a la política educativa de la República. En los primeros años de la postguerra, siendo Ministro de Educación Nacional Don Pedro Sáinz Rodríguez, se regula la Segunda Enseñanza: el 20 de septiembre de 1938 aparece Ley de la Reforma de la Segunda Enseñanza. En el preámbulo de la Ley (BOE del 23-9-38) se detallan las razones que llevan a comenzar la reforma educativa. Podría caracterizarse el sistema escolar de la posguerra por una serie de rasgos: 1. En primer lugar, se define una enseñanza confesional católica basada en tres premisas fundamentales: educación de acuerdo con la moral y dogma católicos, enseñanza obligatoria de la religión en todas las escuelas, y derecho de la Iglesia a la inspección de la enseñanza en todos los centros docentes.
  • 12. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados 2. Se observa igualmente una politización de la educación por medio de una orientación doctrinaria de todas las materias. 3. En tercer lugar, la educación va a ser considerada como un asunto cuya competencia corresponde a la sociedad, siendo misión del Estado únicamente la de coadyuvar a esta labor. Lógicamente, la Iglesia aparecerá como la única fuerza social capacitada y políticamente legitimada para asumir la función docente. Se establece así, la subsidiariedad del Estado en materia de educación. Significa que el Estado se desentiende de la tarea educativa y la deja plenamente en manos de la Iglesia. Se produce una ruptura total con la época anterior, rechazándose todos los avances de la república en cuanto a renovación de los métodos pedagógicos y mejora del nivel intelectual de la enseñanza. Esta se va a ver influenciada totalmente por los valores ideológicos que defiende y promulga el Movimiento Nacional: la unidad de la Patria y la religión católica. Así, la preocupación en la enseñanza primaria residirá principalmente, en los contenidos religiosos, morales y patrióticos que impulsan el glorioso Movimiento Nacional, que, han de tener en la escuela primaria su más fiel expresión y desarrollo y en la necesidad de restaurar en la escuela primaria la enseñanza de la religión, base indispensable del orden, vinculo firmísimo de la unidad y grandeza de nuestra patria. Para ello, era necesaria la “depuración”, es decir, borrar toda idea en la sociedad contraria a la del Nuevo Estado. La cual no solo alcanzaría el estamento docente y a los propios alumnos, sino también a los libros de texto e, incluso, a las bibliotecas escolares. Un ejemplo de la depuración puede ser lo que les ocurrió a los alumnos que estaban cursando magisterio en el momento en que se iniciaba la guerra. Con el fin de evitar que siguieran o pudieran estar provistos de ideas liberales, disolutas, antipatrióticas o ateas, se establecía mediante la orden ministerial de 14 de julio de 1939, que para reanudar sus estudios los alumnos del plan de estudios republicano debían presentar al solicitar la matricula un informe de las autoridades militares, civiles y eclesiásticas que acrediten su buena conducta religiosa y patriótica. También es importante la separación de sexos, debida a la prohibición de la coeducación. La iglesia se vuelve el árbitro de la educación del Nuevo Estado. Y, por último, se incrementan el elitismo y la discriminación en la enseñanza, manifestados principalmente por la existencia de un sistema educativo de doble vía: uno para las élites de bachillerato y otro para las clases más desfavorecidas. Por otro lado, la Delegación Nacional de la Sección Femenina, en relación a la educación tenía encomendada la siguiente función: La disciplina en la formación para el hogar de las mujeres pertenecientes a los Centros de Educación, Trabajo, etc., dependientes del Estado, de acuerdo con los respectivos ministerios. Sin embargo, la formación de la mujer, según la Sección Femenina, tenía
  • 13. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados como objetivo último su dedicación al hogar y a la familia, evitando cualquier usurpación a las tareas viriles del hombre. El Decreto de 28 de diciembre de 1939, en su artículo 3º, establecía que el Servicio Social de la Mujer -que se había creado por Decreto de 7 de octubre de 1937, y su Reglamento se aprobó por Decreto de 28 de noviembre de 19377 - quedaba adscrito a la Sección Femenina de la Falange Española, así como las instituciones creadas para el cumplimiento de dicho Servicio. Para elaborar una educación acorde al papel que se esperaba de la mujer, se elaboró un currículo con asignaturas específicas para niñas, tales como Hogar, que comenzaba en la enseñanza primaria y se mantenía a lo largo de todo el ciclo educativo, con el objetivo de completar su formación para ser una perfecta ama de casa. La elaboración de un diseño curricular diferenciado según el sexo, animaba a las mujeres a pensar en dedicarse al hogar, y a los varones a seguir estudiando. Otra ley que aparece en el BOE del 31-7-1943, nace como corporación cuyo fin es realizar y orientar las actividades científicas, culturales y educativas de la Nación como la norma de servicio que impone la actual Revolución española. Para ampliar el número de alumnos admitidos, el Gobierno queriendo forzar a estas Escuelas Especiales, regula mediante decreto del 4 de julio de 1952 (BOE 14-07-1952), "que tomen medidas especiales para asegurar un número mínimo de alumnos sin que esto suponga límite máximo en el total de los que puedan ingresar, ya que éste debe quedar sólo determinado por la preparación que demuestren los aspirantes." La tercera ley, la que afecta a la Enseñanza Primaria, deberá esperar hasta el 17 de julio de 1945. Con ella se dotó al clero de una autoridad incluso mayor de la que había gozado durante la monarquía. En la ley se divide la enseñanza a este nivel en dos etapas perfectamente diferenciadas: una, general, desde los 6-10 años, y otra de carácter especial de los 10-12 años. De este modo, la población escolar sufre una grave discriminación, estableciéndose dos clases de alumnos: los que a los diez años ingresan en el bachillerato como paso previo hacia la Universidad y los que prosiguen la enseñanza primaria hacia el mercado de trabajo. Los principios de dicha ley se establecen en su articulado, entre los cuales cabe destacar: el derecho de la familia; le corresponde el derecho primordial e inalienable y el deber ineludible de educar a sus hijos y, consiguientemente, de elegir las personas o centros donde aquellos han de recibir educación primaria, subordinándola al orden sobrenatural y a lo que el bien común exija en las leyes del Estado. Se define la escuela como: comunidad activa de maestros y escolares, instituida por la familia, la Iglesia o Estado, como órganos de la educación primaria para la formación cristiana, patriótica e intelectual de la niñez española. Se regula las tres clases de escuelas aceptadas: publicas nacionales, de la Iglesia y escuelas privadas. Se establece
  • 14. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados las metas de la educación en este nivel: se orientará a los escolares según sus aptitudes para la formación superior intelectual o para la vida profesional del trabajo en la industria y el comercio o en las actividades agrícolas. Además la educación primaria femenina preparara especialmente para la vida del hogar, artesanía e industria doméstica. La Ley del 17 de julio de 1945 sobre la Educación Primaria (BOE de 18-7- 1945) pretende inculcar la moralidad del momento a los escolares. 8. Entrevistado 3. Parentesco: Abuelo Nombre: Domingo Jiménez Orea. Localidad: Villarrobledo (Albacete) Edad: 75 años Fecha de nacimiento: 10 - 7 -1945 Época de estudio: Estudio durante la dictadura franquista. Maestro/a: Se trataba de un hombre. Daba clases en un centro para niños más mayores entre 15 y 17 años. Alumnado: En las aulas a las que asistía había entre 6 o 7 personas. El horario lectivo era de dos a tres horas diarias. Se impartía en un turno de noche (22:00 horas). Enseñanza: En la época en la que él estudió, en 1955 aproximadamente, las escuelas eran públicas. Sin embargo dado que tenía 15-16 años y con anterioridad no había ido a ningún centro escolar, ni había recibido ningún tipo de educación básica como leer o escribir, fue a un centro nocturno en el que impartían clases a niños más mayores que no habían ido previamente a la escuela. En el mismo le enseñaban a leer, escribir y cálculo. El resto de asignaturas como historia, geografía…, solo se impartían en los colegios ordinarios. Materiales: Los materiales que utilizaba eran una libreta y una pluma para escribir, y aprendía a leer gracias a un libro que tenía el profesor. Formación después de la enseñanza obligatoria: Posteriormente con 17-18 años aproximadamente, durante el verano fue junto a unos amigos a un domicilio donde un estudiante de su misma edad pero con mayor grado de estudios, les daba clases a cambio de un dinero que pagaban entre todos.
  • 15. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Curiosidades: No fue a la escuela porque sus padres no quisieron llevarlo y le obligaron a ponerse a trabajar. Los padres no se preocupaban de que fueran al colegio, ni les preocupaba que su hijo no aprendiera. Su única preocupación es que su hijo se dedicara a trabajar en el campo. 9. Entrevistado 4. Parentesco: Abuela Nombre: Mariana de la Ossa Sánchez. Localidad: Villarrobledo (Albacete) Edad: 70 años Fecha de nacimiento: 3 - 8 -1945 Época de estudio: Estudio la Guerra Civil Española (1936-1939). Maestro/a: Se trataba de una mujer. Su maestra era monja. Alumnado: Su aula se componía de 20 o 25, todas niñas. Los chicos se encontraba en otro edificio, y solo se reunían niños y niñas en el recreo. La escuela era prácticamente integrada por el mismo número de hombres que de mujeres, en este caso. Con un ratio de 20-25 alumnos. Enseñanza: La escolarización era obligatoria, aunque en muchos casos no se cumpliera. Fue a un colegio público, elegido por la proximidad a la vivienda. Según su cartilla de notas, se escolarizó el 14-9-1954 con 9 años, hasta el 1956 con 11-12 años. Fue a un colegio de monjas. Con 9 años comenzó a leer, con las cartillas de a e i o u. Posteriormente empezó a ir por la mañana escuela y por la tarde a talleres de costura. Su educación en la escuela tuvo lugar hasta los 12 años, correspondiéndose a la etapa de primaria.
  • 16. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados No continúo con sus estudios porque a partir de los 12 años de edad hasta los 18-20, existía otra enseñanza elemental pero esta era de pago. En el centro al que iba les daban de desayunar leche en polvo, pero esto fue durante poco tiempo. Una de las maneras de decir la lección era poniéndose en fila, al lado de la mesa de la profesora, y los alumnos decían individualmente la lección que debían haberse aprendido para ese día, consistía en si te la sabías volvías a tu sitio y si no te quedabas de pie en el mismo para volvérselo a decir. Al día siguiente debías decirle la lección de nuevo si no te la habías sabido el día de antes. Si a los tres días aun no te la habías aprendido te castigaba de cara a la pared con los brazos en cruz y te daba con la palmeta (trozo de madera). El que no se supiera la lección debía aprendérsela para el día siguiente, mientras el resto seguían avanzando. Materiales: En relación a los materiales, solo llevaban un libro con el único uso de leer. Y en la pizarra también ponían oraciones que tenían que leer. Posteriormente, cuando ya sabían leer, llevaban un cuaderno (libreta aparte) para hacer las cuentas. Contaban con una pizarra donde realizan las cuentas y tinteros para escribir. También tenían un horario en la pared del aula, donde aparecían las horas de cada asignatura. Castigos: Cuando no te sabías la lección no adelantabas con otra nueva, si no que te la tenias que estudiar día tras día hasta que te la supieras mientras el resto de compañeras si avanzaban con otras lecciones. Si a los tres días no te la habías aprendido, te daba un palmetazo y te ponías con los brazos en cruz mirando a la pared, hasta que ella te lo dijera. Formación después de la enseñanza obligatoria: Con 12-13 años dejó de ir y empezó a coser en un taller. Curiosidades: Los hombres solían recibir estudios tras la enseñanza primaria los cuales eran estudios de pago, mientras que las mujeres, la inmensa mayoría, al terminar la enseñanza primaria, iban a ejercer nuevos oficios como costureras, uno de los más demandados por mujeres durante esa época.
  • 17. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Entre la edad del entrevistado 3 y el 4, que hacen referencia a dos de mis abuelos, pasan cinco años y las leyes sobre educación se encontraban en un continuo cambio. 10. Educación en el tardofranquismo. En los últimos años del régimen franquista, concretamente durante 1953 y hasta 1970 se observa una cierta apertura en el mundo de la enseñanza. España empieza a abrirse al exterior, con los acuerdos con el Vaticano y los Estados Unidos, siendo Ministro D. Joaquín Ruiz Giménez. Persisten la confesionalidad y el predominio de la Iglesia, pero remiten un poco el patriotismo y la preponderancia del adoctrinamiento político sobre lo técnico- pedagógico. Tres leyes básicas se promulgan en esta etapa: En primer lugar, la Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media, de 26 de febrero de 1953 (BOE 27-2-53). Esta normativa significa un nuevo enfoque de la educación, algo menos dogmático y más atento a la calidad intelectual de la enseñanza; además, supone un primer paso hacia la generalización de la escolaridad hasta los 14 años, aunque se mantiene la doble vía. En ella se introduce una división del bachillerato en elemental (formado por cuatro cursos) y superior (dos cursos), seguido del curso preuniversitario, necesario para el acceso a la Universidad. En ambos se establecía una reválida y para el curso preuniversitario una prueba de madurez. Para regular de forma provisional el PREU (sistema de enseñanza-aprendizaje) en el año 1954 se dicta una Orden Ministerial el 30 de Diciembre de 1952 (BOE 5-1-54), donde se establecen las líneas fundamentales, ejercicios y materias comunes, a saber: La segunda ley fundamental, decisiva en este caso para la escolarización real de la población infantil, fue la de 22 de diciembre de 1953 sobre Construcciones Escolares, donde se establece un sistema de convenio entre Estado y ayuntamientos y diputaciones para la construcción de escuelas. Otra ley a destacar fue la de 20 de julio de 1955 sobre Formación Profesional Industrial, debido, quizá, al despliegue económico que en estos años se inicia. Dicha ley garantiza la presencia de la Iglesia casi en los mismos términos que la ley de Ordenación de la Enseñanza Media, aunque hay que subrayar el cauce independiente que abre a la formación profesional, en estrecha relación ahora con la industria del país. La ley crea escuelas de preaprendizaje (formada por dos cursos de duración y exigencia del certificado de escolaridad para el ingreso), escuelas de aprendizaje (tres años de duración) y escuelas de maestría (dos años para el titulo de oficial y otros para el de maestro industrial) al mismo tiempo se consagra la obligación para las empresas de la cuota de formación profesional que introdujera el decreto de 8 de enero de 1954.
  • 18. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Coexistirán dentro del sistema los institutos laborales que crearon la ley de Bases de 1949 y las escuelas anteriormente citadas, aunque los primeros, sufrirían un estancamiento importante hasta su desaparición y las segundas, estimuladas por la Iglesia, la Organización Sindical y la industria privada fundamentalmente, experimentaran un notable crecimiento. En esta época, se sancionan: El Decreto de 6-7-1956 sobre el Bachillerato Laboral Superior. (BOE 11-8-1956) y se reglamenta que los Bachilleres Laborales puedan ampliar su formación dentro de la misma línea profesional que han elegido. Se completa el desarrollo legislativo con el Decreto de 21-12-1956 sobre el Plan de Estudios del Bachillerato Laboral, (BOE 24-1-1957). En el Artículo 22 del Decreto se establece que para obtener el título de Bachiller Laboral Superior los alumnos, tras la aprobación de todas las disciplinas que integran este Bachillerato se someterán a un examen final presidido por un Catedrático de Universidad; dicho título será expedido por el Rector del correspondiente distrito universitario. Se trata, de equiparar el Bachillerato Laboral, en lo que al acceso a las Escuelas Técnicas Superiores se refiere, al Bachillerato Superior Universitario. La Ley de 20-7-1957 sobre Ordenación de las Enseñanzas Técnicas, (BOE 22-7-1957), incorpora las Escuelas Técnicas Superiores y Arquitectura a la Universidad, al mismo tiempo que las abre a un mayor número de alumnos. En el preámbulo de la Ley se dice que el acceso a las Escuelas Técnicas Superiores se efectuará mediante cursos selectivos, sistema que sustituye a los tradicionales exámenes de ingreso. El artículo 10 sobre el "Ingreso" regula: 1º. Para tener acceso a los cursos de selección para el ingreso de las Escuelas Técnicas de Grado Superior se exigirá algunos de los títulos siguientes: de Aparejador de Obras o de Perito en cualquier especialidad de la Enseñanza Técnica; de Bachiller Laboral Superior o de Bachiller Superior Universitario, con derecho al ingreso en la Universidad. 2º. La selección para el ingreso tendrá dos fases, a la segunda de las cuales sólo podrán pasar los aspirantes que hayan aprobado la primera. Dichas fases serán: Primera.- Un curso selectivo que incluya ciencias matemáticas y naturales, que podrá seguirse en las Escuelas Técnicas de grado Superior o en las Facultades de Ciencias. Deberá aprobarse en un plazo máximo de dos cursos académicos. La calificación, única por curso, será la de 'apto' o 'no apto'. La calificación tendrá plena validez académica indistintamente para todas las Escuelas Superiores y para las Facultades universitarias.
  • 19. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Segunda.- Un curso de iniciación en Arquitectura o en Ingeniería, integrado por estudios de ampliación de Matemáticas y Física, Dibujo y un grupo de materias característico de las enseñanzas del Centro. Deberá seguirse en la propia Escuela Técnica Superior y aprobarse en un plazo máximo de dos cursos académicos. La calificación, única por curso, será la de 'apto' o 'no apto'. El curso de iniciación será común a todas las especialidades del Centro. Quienes no logren la aptitud sólo podrán comenzar de nuevo, por una sola vez el curso de iniciación, pero en Escuela Técnica distinta. En la Ley 19/1962, con fecha 21-7-1962, sobre el acceso de los Bachilleres Laborales Superiores a las enseñanzas técnicas y universitarias, (BOE 23-7-1962), se establece la prueba de madurez propia del Bachillerato Laboral Superior. En la Ley 24/1963, con fecha 2-3-1963, sobre Ordenación de la Enseñanza Media, (BOE 5-3-1963), se modifica la Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media del 26-2-1953 en cuanto las pruebas de grado y de madurez. Se elimina la obligatoriedad de tener el título de Grado Superior para matricularse en el curso Preuniversitario. Así, se manifiesta en su introducción: No parece necesario obligar a los alumnos que se encaminen hacia estudios superiores a someterse a dos pruebas de carácter análogo con sólo un año de diferencia: el examen de grado superior y las pruebas de madurez. Con la presente Ley se aspira a conseguir que el título de Bachiller Superior pueda ser obtenido por dos vías, a elección del alumno: (a) Sometiéndose al examen de grado superior al final del sexto curso. (b) Sometiéndose a las pruebas de madurez al terminar el curso preuniversitario, sin necesidad de grado superior. En la Ley de 24-4-1963 que regula las pruebas de madurez para el acceso de los alumnos del Bachiller Laboral Superior, (BOE 16-5-1963), se dice: La prueba tiene dos partes. La primera parte eliminatoria sirve de Reválida del Bachiller Laboral Superior en el Centro de enseñanza media y profesional correspondiente. La segunda parte, similar a las pruebas de madurez del Preuniversitario, se verificará en la Universidad del Distrito ante un Tribunal formado por el Presidente (Catedrático de Universidad o E.T.S.), cuatro vocales (Catedráticos de Universidad o E.T.S.), y dos profesores de Enseñanza Media. En la Ley de 2-4-1964 sobre reordenación de las Enseñanzas Técnicas, (BOE 1-5- 1964), se regula que los Bachilleres de Grado Superior (o la equivalente en los Bachilleres Laborales) en cualquiera de sus modalidades, que hayan superado la prueba de madurez del curso Preuniversitario, tendrán acceso directo a las Enseñanzas Técnicas de Grado Superior.
  • 20. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Por último en la Ley de 27-7-1964, se implanta el curso de acceso en Escuelas Técnicas Superiores para titulados de grado medio del plan 1957, (BOE 10-8-1964), con ello se inicia el acceso a las Escuelas Técnicas Superiores desde las Escuelas de Grado Medio. 11. Ley General de Educación de 1970. Establecidas esta serie de leyes, damos lugar a otra de las generaciones de mi familia, mis padres, cuya época de estudio se relaciona con los años 1972. Desde 1970, momento en el que entró en vigor la Ley General de Educación con Franco, y vigente durante los primeros años de democracia, se han sucedido diferentes leyes educativas (dos con UCD, y cuatro con el PSOE). Desde 1970, España ha sufrido muchos cambios en educación, como da cuenta de ello las siete leyes educativas que se han ido aprobando desde el año 1970, pero lo cierto es que de esas siete, ha habido tres leyes que han sido las más fuertes de la educación en España. La de 1970, que tuvo vigencia hasta 1990, la LOGSE que derogó la primera, y la LOE de 2006. La de 1970 hacer referencia a la Ley General de Educación que se aprobó en el tardofranquismo, pero llegó a estar vigente hasta 1980. Fue impulsada por el ministro de Educación José Luis Villar Palasí, y estableció la enseñanza obligatoria hasta los catorce años. Por lo que la Educación General Básica o EGB, consistía en 8 cursos de escolarización obligatoria, dividida en la ley en dos etapas: una primera etapa correspondiente a los cursos de 1º a 5º; y una segunda etapa de acuerdo a los cursos de 6º a 8º, estructura que pasó a ser de tres ciclos a partir de 1981. • Ciclo inicial: 1º y 2º de EGB • Ciclo medio: 3º, 4º y 5º de EGB • Ciclo superior: 6º, 7º y 8º de EGB. Las asignaturas del ciclo superior de E.G.B. que finalizaba a los 14 años, eran: • Lengua • Matemáticas • Ciencias Naturales • Ciencias Sociales • Idiomas extranjeros (generalmente Inglés o Francés) • Plástica • Religión (o Ética a partir de 1979) • Educación Física
  • 21. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Tras ocho años de Educación General Básica, se accedía al llamado Bachillerato Unificado Polivalente (BUP), o a FP (Formación Profesional). Esta Ley consiguió modernizar los estamentos educativos en España. BUP, tenía tres años de duración, y englobaba los estudios secundarios posteriores a la EGB. Posteriormente se realizaba el Curso de Orientación Universitaria (COU) como último paso antes de comenzar los estudios universitarios. Además, los alumnos debían escoger entre dos opciones, ciencias y letras, eligiendo tres de las cuatro asignaturas que se ofertaban en cada opción, que complementaban a las asignaturas obligatorias, comunes para ambas ramas. Las asignaturas que se ofertaban en cada rama eran: • Opción A: letras: Literatura, Latín, Griego y Matemáticas. • Opción B: ciencias: Física y Química, Ciencias Naturales, Matemáticas y Literatura. Ya en el Curso de Orientación Universitaria (C.O.U.) el alumno podía elegir, a partir de 1987, entre dos ramas de ciencias (opción Biosanitaria y Técnica) y dos de letras (Ciencias Sociales y Humanidades). Documento BOE-A-1970-852. Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa. 12. Ley Orgánica que Regula el Estatuto de los Centros Escolares, 1980 (LOECE). A continuación tiene lugar la implantación de la LOECE en 1980, por el gobierno de UCD. Una Ley que estuvo marcada por la constitución y el golpe de Estado. Esta Ley, la primera plenamente en democracia, fue elaborada por el gobierno de Adolfo Suárez con la Constitución de 1978 recién estrenada. El PSOE la recurrió por no respetar el espíritu de la Constitución, y el TC le dio la razón en bastantes puntos. Tras la sentencia, la UCD debía haber revisado la Ley de forma profunda, pero el golpe de Estado del 23-F, y la posterior victoria electoral del PSOE lo evitó. Por ello jamás entró en vigor.
  • 22. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados 13. Ley Orgánica del Derecho a la Educación, 1885 (LODE). La Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE), publicada en 1985 por el PSOE, introdujo el Concierto, incorporando por tanto el sistema de colegios concertados. Desarrolla el precepto constitucional con un marco que, sin derogarse, ha sido objeto de modificaciones en sucesivas y posteriores leyes. Entre los diversos artículos establecidos en la LODE, respecto a la novedad que esta incorpora sobre la inclusión de los colegios concertados, cabe destacar los siguientes: Artículo 50 Los centros concertados se considerarán asimilados a las fundaciones benéfico-docentes a efectos de la aplicación a los mismos de los beneficios, fiscales y no fiscales, que estén reconocidos a las citadas entidades, con independencia de cuantos otros pudieran corresponderles en consideración a la actividad educativa que desarrollan. Artículo 51 1. El régimen de conciertos que se establece en el presente Título implica, por parte de los titulares de los centros, la obligación de impartir gratuitamente las enseñanzas objeto de los mismos. 2. En los centros concertados, las actividades escolares complementarias y las extraescolares y los servicios escolares no podrán tener carácter lucrativo. El cobro de cualquier cantidad a los alumnos en concepto de actividades escolares complementarias deberá ser autorizado por la Administración educativa correspondiente. Documento BOE-A-1985-12978. Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Teniendo en cuenta estas tres nuevas leyes (LGE, LOECE y LODE), dos de las cuales apenas tuvieron valor, y fijándonos sobre todo en la Ley General de Educación de 1970 (LGE), que tuvo vigencia hasta 1990, expongo las entrevistas de mis padres que estudiaron de acuerdo a la misma.
  • 23. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados 14. Entrevistado 5. Parentesco: Madre Nombre: Adoración Almansa Martínez. Localidad: Villarrobledo (Albacete) Edad: 49 años Fecha de nacimiento: 04 - 02 -1966 Época de estudio: Finales del Franquismo y principios de la Democracia (1971-1982). Maestro/a: En educación infantil se trataba de una mujer. Maestra titulada. En educación primaria: tenía maestros diferentes para cada asignatura y eran de ambos sexos. Todos ellos titulados. Alumnado: El ratio de 25-28 alumnos, siendo una clase mixta. La escuela y aula era prácticamente integrada por el mismo número de hombres que de mujeres, en este caso. Con un ratio de 20-25 alumnos según el curso. Enseñanza: Enseñanza obligatoria de los 6 a 14 años. Fue a un colegio subvencionado, que posteriormente se declaro concertado, elegido por preferencia de la familia. Se escolarizó por primera vez en infantil con 5 años. Con 6 años empezó la educación primaria hasta los 14. Las asignaturas que impartía eran lengua, matemáticas, geografía, pretecnológicas (manualidades), dibujo, música, religión y gimnasia (como mínimo 3 horas semanales). Con el colegio tenían un equipo de baloncesto, jugando contra el resto de los colegios de su misma edad. A partir de sexto de primaria elegías inglés o francés como segundo idioma. En 6º, 7º y 8º curso de primaria, durante una hora semanal escuchaban un programa de radio y a veces un casete con temas correspondientes a lo que estaban dando y después debatían sobre el mismo. A los catorce años continuó sus estudios en un Instituto de su localidad, con el comienzo de FP (formación profesional), en la rama de administrativo, cursando el mismo durante sus dos primeros años, correspondientes al primer grado del mismo, pero sin terminar los dos siguientes que correspondían al segundo grado.
  • 24. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Con 16 años se quito de la escuela para irse a un taller de costura. Posteriormente con 18 años comenzó a trabajar dejando atrás su etapa de enseñanza. Materiales: Entre los materiales que tenía que llevar a clase había: una libreta, libros, blog de dibujo, ceras para dibujar, bolígrafos y lápices, rotuladores, compás, reglas…, todo comprado por el alumno. En la clase había pizarra y radio, así como algún mapa de España en la pared. Castigos: El más usual de los castigos era no salir a hacer gimnasia o al recreo, en caso de no llevar la tarea hecha o “portarse mal”. Formación después de la enseñanza obligatoria: Con 16 se quito de la escuela para irse a un taller de costura. Posteriormente con 18 años comenzó a trabajar dejando atrás su etapa de enseñanza. Curiosidades: La confirmación (después de tomar la Comunión) tenía lugar en el centro educativo, impartido por las maestras del centro. 15. Entrevistado 6. Parentesco: Padre Nombre: José Luis Jiménez de la Ossa. Localidad: Villarrobledo (Albacete) Edad: 49 años Fecha de nacimiento: 27 - 02 -1966 Época de estudio: Finales del Franquismo y principios de la Democracia. Maestro/a: Educación infantil: Maestro titulado. Educación primaria: Maestra titulada. Impartía todas las asignaturas. Alumnado: Ratio de 25 alumnos, clase mixta.
  • 25. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados La escuela era prácticamente integrada por el mismo número de hombres que de mujeres, en este caso. Con un ratio de 20-25 alumnos según el curso. Enseñanza: Empezó a ir a “párvulos”, (educación infantil) con 3-4 años hasta los 6 que comenzó la enseñanza primaria. Siguió así con la enseñanza obligatoria de los 6 a 14 años. Yendo a un colegio público, elegido por preferencia de la familia. Las asignaturas que cursaba son: Lengua, matemáticas, ciencias sociales, ciencias naturales, inglés, gimnasia, dibujo, y religión. A los catorce años continuo sus estudios en un Instituto de su localidad, con el comienzo de FP (formación profesional), en la rama de administración, cursando el mismo durante sus dos primeros años, correspondientes al primer grado del mismo, y continuó con los dos siguientes, correspondientes al segundo grado del mismo por las noches, fuera del centro escolar siendo más adulto. Materiales: Libreta, libros, blog de dibujo, ceras para dibujar, bolígrafos y lápices, rotuladores, compás, reglas,…, todo comprado por el alumno. En la clase había pizarra, máquina de escribir, mapas… Castigos: Tirarle de las patillas, cuando hablaban en clase y palmetazos en la mano. Formación después de la enseñanza obligatoria: Con 16 años dejo el grado de FP, habiendo completado los dos primeros años correspondientes al primer ciclo, porque tuvo que ponerse a trabajar. Con 17 años retomó los estudios terminando el segundo ciclo de FP en una escuela nocturna habilitada para ello. Curiosidades: Podemos tomar como curiosidad que retomó los estudios con posterioridad, dado que su intención era la de seguir estudiando, pero por circunstancias familiares tuvo que dejarlo durante un tiempo. Pasamos así a la última de las generaciones de mi familia, donde nos encontramos mi hermano y yo. En esta etapa nos detendremos sobre todo a conocer la LOGSE, ya que marcará muchas de las leyes educativas aun vigentes.
  • 26. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados 16. Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, 1990 (LOGSE). Una vez derogada la Ley General de Educación de 1970 damos paso a la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990, denominada LOGSE, poniendo fin a la LGE y otorgando un gran peso educativo a las comunidades autónomas. Esta Ley permitió a las comunidades autónomas redactar una parte muy importante de los contenidos educativos. Se adaptó a un modelo más tecnológico en la educación, y amplió la escolaridad obligatoria a los 16 años, introduciendo a su vez otra etapa escolar denominada Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Con la LOGSE La educación primaria comprende seis cursos académicos de 6 a 12 años, organizado en tres ciclos de dos años cada uno. Es una etapa educativa obligatoria y gratuita. Su finalidad es promover la socialización de los niños y niñas, favorecer su incorporación a la cultura y contribuir a la progresiva autonomía de acción en su medio. La educación se organiza en áreas impartidas por Maestros/as. La metodología didáctica tiene un carácter personal y se adapta a los distintos ritmos de aprendizaje de cada niño. La evaluación es continua y global. La promoción de alumnos de un ciclo a otro se basará en prácticas de refuerzo educativo y adaptaciones curriculares. Los objetivos a conseguir son expresados en capacidades Áreas: Áreas Horas semanales 1º ciclo 2º ciclo 3º ciclo Conocimiento del Medio 5 4 4 Educación Artística 3 3 3 Educación Física 3 3 3 Lengua Castellana y Literatura 6 4 4 Lengua Extranjera - 3 3 Matemáticas 4 4 4 Religión/Actividades Alternativas 1,5 1,5 1,5 Recreo 2,5 2,5 2,5 Total 25 25 25 Entre las principales innovaciones encontramos: - Aprendizaje de una lengua extranjera a partir de los ocho años con profesorado especialista. - Profesores especialistas en Educación Física.
  • 27. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados - Progresiva incorporación de profesores especialistas en Música. - Educación más adaptada a las necesidades de los niños y las niñas. - Un mínimo de 25 alumnos por aula (salvo excepciones por necesidades de escolarización). La nueva etapa denominada ESO, siendo esta obligatoria y gratuita comprendía cuatro cursos, después de la etapa de Educación Primaria. Dividida en dos ciclos de dos años cada uno: primer ciclo: de 12 a 14 años, y segundo ciclo: de 14 a 16 años. El objeto del diseño de este nivel educativo radica básicamente en ampliar la educación obligatoria hasta los dieciséis años a fin de adecuarla a la edad laboral inicial de cualquier ciudadano español y equiparar el Sistema Educativo español con los de los países de la Unión Europea. El acceso al primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria consistía en finalizar satisfactoriamente la Educación Primaria Aquellos alumnos que, después de los apoyos, refuerzos o adaptaciones curriculares no superen la etapa de la Educación Primaria permanecerán un año más en esta etapa accediendo posteriormente a la Educación Secundaria Obligatoria. Al finalizar el primer ciclo de ESO, tendrán acceso al segundo. Los alumnos que después de los apoyos, refuerzos o adaptaciones curriculares no superen el primer ciclo de esta etapa, permanecerán en el mismo un año (excepcionalmente, dos), accediendo posteriormente al segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria. Transitoriamente, hasta que el primer ciclo se desarrolle, el acceso al segundo ciclo es posible desde: - Graduado Escolar - Certificado de Escolaridad, cumpliendo dos condiciones: haber cursado 8º de EGB (de la antigua Ley LGE) y tener cumplidos dieciséis años. En esta etapa educativa se incorporan las siguientes novedades: - La ratio es de 30 alumnos por unidad escolar. - La enseñanza en esta etapa tiene carácter comprensivo. - Como medida ordinaria de atención a la diversidad se establece la optatividad, que es creciente a lo largo de la etapa, y permite al alumno elegir algunas de las materias de cada curso.
  • 28. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados - Departamentos de Orientación con orientador -psicólogo o pedagogo- y dos o tres profesores de apoyo para todo el alumnado y en especial para aquellos con mayores dificultades de aprendizaje. - La introducción del área de Tecnología como parte de Formación Profesional de Base y como aprendizaje general y necesario para cualquier persona. - La metodología didáctica se adaptará a las características de cada alumno, enseñándole a aprender por sí mismo y a trabajar en equipo. - La evaluación, que será continua e integradora, permitirá repetir un año a los alumnos que no hayan alcanzado los objetivos del Primer Ciclo, así como otro más en cualquiera de los cursos del Segundo Ciclo. - La enseñanza personalizada es uno de los rasgos del nuevo Sistema Educativo. Algunos alumnos, por sus características personales, precisan una atención y unos recursos más específicos. Para ello, se ha puesto en marcha un Programa de Integración en la Educación Secundaria y programas de diversificación curricular. El horario y organización de las materias era el siguiente: Áreas y materias 1º Curso 2º Curso 3º Curso 4º Curso Lengua Castellana y Literatura 4 3 3 3 Lengua Extranjera 3 3 3 3 Matemáticas 3 3 3 3 Ciencias Sociales, Geografía e Historia 3 3 3 3 Ética - - - 2 Educación Física 2 2 2 2 Ciencias de la Naturaleza 3 3 4 3 Educación Plástica y Visual 3 2 2 3 <tecnología 2 </tecnología> 2 3 3 Música 2 2 2 3 Optativas 2 2 2 6 Religión/Actividades alternativas 1 2 2 1 Tutoría 1 1 1 1 Total 28 28 30 30
  • 29. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados El currículo de la Educación Secundaria Obligatoria reserva una parte del horario a materias optativas que pueden ser diferentes en cada Centro. En todos ellos deben ofrecerse al menos los tres siguientes: - Segunda lengua extranjera (durante toda la etapa). - Cultura clásica (al menos en un curso en el segundo ciclo). - Una materia de iniciación profesional (en el segundo ciclo). Al final de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, el alumno obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria, siempre que haya superado esta etapa satisfactoriamente. En caso de no superarla, le será expedido un Certificado en el que constarán los cursos realizados y las calificaciones de las materias. El título de Graduado en Educación Secundaria, le dará acceso a dos opciones que podrá cursar: - Bachillerato LOGSE - Ciclos Formativos de Grado Medio. Por otro lado se establecieron los programas de garantía social, dedicados a aquellos alumnos entre 16 y 21 años que no hayan alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, ni posean titulación alguna de Formación Profesional, con la posibilidad de realizar algún curso de Garantía Social. Estos cursos tenían diferentes modalidades, y su duración era de uno o dos cursos académicos, dependiendo de la modalidad, con la posibilidad de realizar prácticas en empresas y/o contratación laboral según la modalidad cursada. Entre las modalidades encontramos: • Iniciación profesional (en Centros de Educación Secundaria) e iniciación Profesional para alumnos con necesidades educativas especiales. • Formación y Empleo (en colaboración con Ayuntamientos). • Talleres Profesionales (en colaboración con ONGs). En relación al bachillerato la LOGSE estableció un nuevo bachillerato caracterizado por formar parte de la Educación Secundaria. Se podía acceder al mismo a través de alguna de estas opciones: • El título de Graduado en Educación Secundaria. • El título de Técnico Auxiliar (FP1). • 2.º de BUP. • El título de Técnico (si ha superado un ciclo formativo de Grado Medio).
  • 30. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Esta etapa escolar, ya no correspondía a una educación obligatoria, y tenía una duración de dos cursos académicos. Y constaba de estas características: • Proporciona a los alumnos una madurez intelectual y humana y unos conocimientos y habilidades que les permite desempeñar sus funciones sociales con responsabilidad y competencia. • La incorporación de la Formación Profesional de Base permite al alumno construir los diversos itinerarios formativos hacia la cualificación profesional. • El número máximo de alumnos por grupo es de 35. • Se desarrolla en 4 modalidades, que aseguran una formación básica de carácter profesional y una madurez personal que facilita la transición de los alumnos a la vida activa. Dichas modalidades son: - Artes. - Ciencias de la Naturaleza y de la Salud. - Humanidades y Ciencias Sociales. - Tecnología. Cada una de estas modalidades está vinculada a determinadas carreras universitarias. Dichas opciones se relacionan con una modalidad o modalidades de Bachillerato de la siguiente forma: o Opción Científico-Técnica: - Modalidad de Bachillerato de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Modalidad de Bachillerato de Tecnología. o Opción Ciencias de la Salud: - Modalidad de Bachillerato de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud o Opción Humanidades: - Modalidad de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales. o Opción Ciencias Sociales: - Modalidad de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales. o Opción Artes: - Modalidad de Bachillerato de Artes. Al finalizar esta etapa se obtiene el título de Bachiller en la Modalidad correspondiente. Dicho título de Bachiller da acceso:
  • 31. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados • Ciclos formativos de Grado Superior. • Universidad mediante la realización de las correspondientes pruebas de acceso. Todas las personas mayores de 23 años podrán obtener el título de Bachiller mediante la superación de una prueba. Las asignaturas comunes que se impartían y el horario era el siguiente: 1º Curso Horas 2º Curso Horas Materias Comunes Educación Física Lengua Castellana y Literatura Filosofía Idioma Extranjero Religión/Activ.alternativas 2 Historia 3 2 3 3 3 1 Historia Lengua Castellana y Literatura II Idioma Extranjero II Religión/Activ.Estudio 3 3 3 1 Materias de modalidad Tres materias 4* Tres materias 4* Materias optativas Una optativa 4 Dos optativas 4* Tutoría 1 Total 29 30 La Formación Profesional, iniciada durante la LGE de 1970, contiene una serie de cambios: La nueva Formación profesional se justifica por la rapidez de los cambios sociales y tecnológicos, que hacen precisa una más amplia formación en nuestro alumnado, así como una mayor capacidad para adaptarse al sistema productivo en constante transformación. Por otra parte, la puesta en marcha del Mercado Único Europeo exigía que nuestras titulaciones de Formación Profesional fueran homologadas con las europeas. La LOGSE define a la Formación Profesional como el conjunto de enseñanzas que capacitan para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, formando parte de todas las etapas educativas. Conviene señalar, en primer lugar, que además de esta Formación Profesional Específica, todos los alumnos reciben una Formación Profesional de Base desde los seis años hasta finalizar cualquier Modalidad de Bachillerato.
  • 32. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Esta formación se incluye: • En el área de Conocimiento del Medio, en la Educación Primaria. • En la Secundaria Obligatoria, en el área de Tecnología, así como a través de asignaturas optativas de iniciación profesional. • En el Bachillerato se asegura una Formación Profesional de base a través de las materias de modalidad y de las materias optativas. En relación a su nueva estructura, esta está constituida por Ciclos Formativos con una organización modular. • La duración de cada Ciclo Formativo será de 1.000 a 2.000 horas. • Una parte de formación se realiza obligatoriamente en empresas e instituciones. Los Ciclos Formativos se organizaron en dos niveles: • Ciclos Formativos de Grado Medio (antes Módulos II). • Ciclos Formativos de Grado Superior (antes Módulos III). Una vez concluido y superado un ciclo formativo de Grado Medio tendrá lugar la obtención del título de Técnico. El título de Técnico permite el acceso a las modalidades de Bachillerato que se determinen de acuerdo con su relación con los estudios de Formación Profesional cursados. La superación de un ciclo formativo de Grado Superior da derecho a la obtención del título de Técnico Superior. El título de Técnico Superior permitirá el acceso directo a los estudios universitarios que se determinen teniendo en cuenta su relación con los estudios de Formación Profesional cursados, de acuerdo con la normativa en vigor sobre los procedimientos de ingreso en la Universidad.
  • 33. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados La LOGSE marca un antes y un después en la educación española, que puede observarse en la siguiente tabla: 17. Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los centros docentes, 1995 (LOPEG). En 1995, tiene lugar la propuesta de una nueva Ley educativa, conocida como Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los centros docentes (LOPEG), y propuesta por el PSOE. Esta ley nació con la oposición del profesorado, y se basó en una mayor autonomía para la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes. Entre sus principales objetivos encontramos: • Fomenta la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros educativos y en la definición del Proyecto Educativo. • Optimiza y refuerza los funcionamientos de los consejos escolares, los claustros de profesores, asociaciones de padres y madres y su representatividad en el consejo escolar, y también la representación de los alumnos en el consejo escolar. • Pretende garantizar la escolarización de los alumnos con necesidades educativas especiales en los centros docentes con fondos públicos. La LOPEG, creó el Instituto Nacional de Calidad Educativa, encargado de la evaluación general del sistema educativo. A la vez que fomenta y garantiza la participación democrática de los diferentes sectores de la comunidad educativa; asegura la
  • 34. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados escolarización en centros públicos de alumnos con necesidades educativas especiales; y promueve la organización de cursos para la formación del profesorado. Fue conocida como Ley Pertierra, y aprobada con los votos a favor de PSOE, CIU y PNV. Votaron en contra PP, IU y CC. Esta Ley fue rechazada de pleno por los sindicatos de profesores, que consideraban que abría la puerta a la privatización de la enseñanza pública. Sin embargo esta Ley fue vigente hasta el 24 de Mayo de 2006. 18. Ley Orgánica de Calidad de la Educación, 2002 (LOCE). Con los constantes cambios de gobierno tiene lugar en 2002, una nueva propuesta de Ley educativa conocida como Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE), y propuesta por el Partido Popular, pero que nunca llegó a su aplicación. La LOCE, promulgada en 2002 durante el gobierno de José María Aznar nunca llegó a aplicarse. Esta Ley pretendía reformar y mejorar la educación en España, según el gobierno, pero lo cierto es que llegó muy tarde, en la segunda legislatura de Aznar, y fue paralizada en 2004 cuando Zapatero llegó al gobierno. Código QR, del documento oficial de la presentación de la LOCE como propuesta de una nueva Ley educativa. 19. Ley Orgánica de Educación, 2006 (LOE). Una nueva Ley tiene lugar el 3 de Mayo del 2006, elaborada por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, fue publicada en el BOE en mayo de 2006, y aprobada en el Congreso con amplia mayoría gracias al apoyo de CiU, ERC, PNV, ICV, CC, y EA., Con la oposición del PP y la abstención de IU. La LOE organizaba el sistema educativo en etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza de forma que asegure la transición entre los mismos y, en su caso, dentro de cada uno de ellos. Las enseñanzas que ofrecía el sistema educativo son: • Educación infantil. • Educación primaria. • Educación secundaria obligatoria.
  • 35. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados • Bachillerato. • Formación profesional. • Enseñanzas de idiomas. • Enseñanzas artísticas. • Enseñanzas deportivas. • Educación de personas adultas. • Enseñanza universitaria. La educación primaria y la educación secundaria obligatoria constituyen la educación básica. La educación secundaria se divide en educación secundaria obligatoria y educación secundaria postobligatoria. Constituyen la educación secundaria postobligatoria el bachillerato, la formación profesional de grado medio, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio y las enseñanzas deportivas de grado medio. La enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior constituyen la educación superior. Las enseñanzas de idiomas, las enseñanzas artísticas y las deportivas tendrán la consideración de enseñanzas de régimen especial. La enseñanza universitaria se regulaba por sus normas específicas. Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo se adaptarán al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Dicha adaptación garantizará el acceso, la permanencia y la progresión de este alumnado en el sistema educativo. Para garantizar el derecho a la educación de quienes no puedan asistir de modo regular a los centros docentes, se desarrollará una oferta adecuada de educación a distancia o, en su caso, de apoyo y atención educativa específica. Otro de los artículos establecidos en esta Ley, hace referencia a la obligación de los poderes públicos, los cuales prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos educativos, la investigación, la experimentación y la renovación educativa, el fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y profesional, la inspección educativa y la evaluación. De acuerdo a la enseñanza básica que se refiere el artículo 3.3 de esta Ley es obligatoria y gratuita para todas las personas.
  • 36. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados La enseñanza básica comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los seis y los dieciséis años de edad. No obstante, los alumnos tendrán derecho a permanecer en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta los dieciocho años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso, en las condiciones establecidas en la presente Ley. Sin perjuicio de que a lo largo de la enseñanza básica se garantice una educación común para los alumnos, se adoptará la atención a la diversidad como principio fundamental. Cuando tal diversidad lo requiera, se adoptarán las medidas organizativas y curriculares pertinentes, según lo dispuesto en la presente Ley. De acuerdo al currículo, esta Ley entiende por currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley. Con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas a las que se refiere la disposición adicional primera, apartado 2, letra c) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación. Los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 55% de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 65% para aquéllas que no la tengan. Las Administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas reguladas en la presente Ley, del que formarán parte los aspectos básicos señalados en apartados anteriores. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía y tal como se recoge en el capítulo II del título V de la presente Ley. Los títulos correspondientes a las enseñanzas reguladas por esta Ley serán homologados por el Estado y expedidos por las Administraciones educativas en las condiciones previstas en la legislación vigente y en las normas básicas y específicas que al efecto se dicten. En el marco de la cooperación internacional en materia de educación, el Gobierno, podrá establecer currículos mixtos de enseñanzas del sistema educativo español y de otros sistemas educativos, conducentes a los títulos respectivos. Uno de los puntos que más revuelo causaron fue el de incluir voluntario la asignatura de religión, eso sí, de oferta obligatoria para los centros educativos. Esta Ley incluye la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, una materia obligatoria y evaluable, en detrimento de Lengua y Literatura, cuyas horas lectivas se redujeron en 25 horas.
  • 37. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados La crítica más amplia a esta Ley estaba dirigida a la menor exigencia al alumnado, con la posibilidad de pasar de curso con materias suspendidas. Además, el PP consideró que Educación para la Ciudadanía suponía la incursión del Estado, como adoctrinador en la moral de los estudiantes. 20. Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, 2013 (LOMCE). Finalmente llegamos a la última de las leyes implantadas en nuestro país, denominada Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), y reconocida popularmente como la Ley Wert, siendo la más polémica de todas y naciendo con una amplísima oposición. Fue propuesta el 10 de Diciembre del 2013, como reforma de la LOE y de la LOGSE, por parte del Partido Popular. Los cambios más importantes que introduce la LOMCE en el sistema educativo español según el proyecto presentado por el gobierno son: Pruebas externas de evaluación (o reválidas): Al finalizar cada etapa educativa los alumnos serán evaluados mediante pruebas externas, que en la ESO y en el Bachillerato tendrá el carácter de las antiguas reválidas, ya que si no se superan no podrán pasar a la etapa siguiente. Con esto, según el proyecto, se pretende, además de valorar externamente la eficiencia del sistema y “fomentar la competitividad y la cultura del esfuerzo”. La prueba final del Bachillerato sustituye a la selectividad, aunque cada universidad o facultad puede elaborar una prueba de acceso propia, por lo tanto, cada alumno tendrá que superar dos exámenes para poder entrar. El alumno que suspenda la prueba final de Bachillerato tendrá, en cambio, la opción de acceder a la Formación Profesional de grado superior. Itinerarios en el segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO): • En 3º de ESO los alumnos tendrán que escoger entre dos itinerarios diferentes, uno que conduce a la FP y el otro al Bachillerato. Se avanza, entonces, un curso el momento de tomar esta decisión que la LOE situaba en 4º de ESO. • Los alumnos que repiten 2º de la ESO dos veces podrán acceder a una nueva FP llamada “básica” que sustituirá los actuales PCPI (Programas de Cualificación Profesional Inicial) y en la que los alumnos aprenderán los rudimentos de un oficio validado con un certificado del Ministerio de Trabajo. • Los alumnos de 2º y 3º de la ESO que tengan dificultades para seguir el currículum ordinario se establecen los Programas de Mejora del Aprendizaje y Rendimiento.
  • 38. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados • El cuarto curso de la ESO tendrá dos opciones: de iniciación al bachillerato y a la FP. Las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en troncales, específicas y de especialización de carácter opcional. El Gobierno determinará los contenidos y el horario mínimo de las troncales y las comunidades fijarán el currículum de las específicas y sus criterios de evaluación y las de libre configuración; entre estas últimas, la lengua cooficial donde la haya, que tendrá un trato equivalente a la lengua castellana. Determinación del currículum de las “asignaturas troncales” y de las “asignaturas de especialización de carácter opcional”: El gobierno central se reserva el establecimiento del currículum de las “asignaturas troncales” (matemáticas, ciencias, castellano, historia y la lengua extranjera), para acabar con las “insostenibles” diferencias entre comunidades. Los contenidos del resto de las asignaturas, llamadas asignaturas específicas y de especialización de carácter opcional serán elaborados por las comunidades autónomas, aunque los objetivos y los criterios de evaluación los fijará el ministerio. Por lo que a las lenguas cooficiales se refiere, que pierden la consideración de asignaturas troncales, el currículum irá a cargo de la comunidad correspondiente. Subvención estatal a las escuelas privadas catalanas que acojan alumnos que no encuentren centros públicos o concertados que tengan “línea en castellano”: El gobierno central avanzará el dinero para pagar los centros educativos de Cataluña que no sigan el modelo de inmersión lingüística en catalán que defiende la Generalitat de Catalunya para los alumnos que acojan que no hayan podido encontrar una escuela pública o concertada que utilice el castellano como lengua vehicular. Este dinero se descontará de las transferencias a Cataluña, por lo que en última instancia será la propia Generalitat la que acabe pagando por estos alumnos. Se vuelve a dar plena validez académica a la asignatura de religión y se establece una materia “alternativa fuerte” a la misma que se llamará Valores Culturales y Sociales en primaria y Valores Éticos en secundaria. Desaparece definitivamente la materia Educación para la ciudadanía, los alumnos de primaria y ESO podrán matricularse en religión confesional, una formación alternativa de valor o en ambas, la cualificación contará en las notas ordinarias, si bien no se tendrá que examinar de ellas en la evaluación final para la obtención del título. Se promueve la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos durante la jornada escolar, al estar obligados por las Administraciones públicas a promover la actividad física y la dieta equilibrada en los centros de enseñanza.
  • 39. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados El papel del Consejo Escolar (en el que están representados la administración, la dirección, los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos) sigue siendo el órgano de gobierno de los centros públicos y de los privados concertados, pero pierde atribuciones que pasan a la dirección del centro como los presupuestos, los proyectos educativos o los procesos de admisión de los alumnos. Los centros públicos también pierden peso a la hora de escoger al director. Los centros dispondrán de una mayor autonomía para configurar una oferta formativa propia, ya que podrá especializarse en un área determinada, como ciencias o deportes, o en un tipo de enseñanza, FP o Bachillerato. De esta manera podrán implantar planes de mejora optando a fondos extraordinarios aportados por la administración. Esto significará una rendición de cuentas y más transparencia. La oferta de plazas se organizará atendiendo a la demanda social (es decir, si los padres demandan un centro público o un centro privado concertado), por lo que se elimina el compromiso del Estado de garantizar una plaza en un centro público tanto en primaria como en la ESO. Se establecen acuerdos con las escuelas que separan por sexos. El proyecto de ley establece que las escuelas exclusivas de chicas o de chicos podrán seguir recibiendo dinero público. Aún y así, siguiendo las recomendaciones del Consejo del Estado la ley establece que los centros segregados que soliciten el concierto tendrán que justificar que su modelo segregado es equiparable al del resto de centros que siguen el principio de la coeducación. Los cambios curriculares en la Educación Primaria y en la Educación Secundaria Obligatoria que introduce la LOMCE son los siguientes: Artículo 6. 2. La fijación de los contenidos comunes necesarios para la adquisición de las competencias básicas. Los contenidos comunes requerirán el 65% de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 75% para aquéllas que no la tengan. Los centros docentes pierden autonomía respecto la LOE, como recoge el Artículo 6. 3. Corresponderá a las Administraciones educativas el establecimiento del currículo de las distintas enseñanzas reguladas en la presente ley orgánica, respetando e integrando las enseñanzas mínimas. A estos efectos, las administraciones educativas desarrollarán los contenidos comunes y podrán establecer directrices pedagógicas, reconociendo en todo caso cierto grado de autonomía a los centros educativos. En esta nueva ley los centros educativos tendrán autonomía para diseñar e implantar los métodos pedagógicos de acuerdo a las directrices hechas previamente por las administraciones educativas.
  • 40. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Respecto a la educación primaria, los tres ciclos de primaria de dos cursos cada uno pasarán a ser 6 cursos sin subdivisión en etapas. De la asignatura de Conocimiento del medio natural, social y cultural, se crearán dos diferentes: Ciencias de la naturaleza y Ciencias Sociales. Se elimina la asignatura de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos. Además, el castellano o la lengua cooficial se utilizarán sólo como instrumento de refuerzo en el aprendizaje de la primera lengua extranjera. El resto de la composición queda igual. Se introduce una evaluación a la finalización del tercer curso para comprobar la adquisición de las competencias básicas. En el caso de no ser superada, el equipo docente podrá adoptar medidas excepcionales, que incluyen la repetición de curso. Este es un cambio respecto la LOE, ya que hasta ahora la repetición de curso estaba contemplada para cualquier curso de la primaria (sólo una vez). Se realizará otra prueba al concluir la etapa, es decir, en sexto. Esta prueba será definida por la Comunidad Autónoma correspondiente. En la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), se introduce en 3º de la ESO dos vías, la académica y la profesional. Además, en todas las materias y en todos los cursos de la educación secundaria se trabajarán la comprensión lectora, las TIC, el emprendimiento y la educación cívica constitucional. Se introducen programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento. Las diversificaciones del currículum se comenzarán a establecer desde el segundo curso de la ESO (antes era desde tercero). La finalidad escursar el cuarto curso de forma ordinaria y sin adaptación curricular anticipando la adaptación curricular al segundo curso. En la LOE la adaptación curricular se establece desde tercero hasta la obtención del título, siendo en si una herramienta para la obtención del graduado escolar en lugar de una herramienta para prevenir el fracaso escolar. Se hará una prueba al finalizar la educación secundaria. Será necesaria para la superación de la ESO. Existirán dos pruebas diferentes, de enseñanza académica y de enseñanza aplicada, y la elección de una u otra recaerá en el alumno independientemente de la modalidad escogida en cuarto. La prueba se realizará siempre y cuando la evaluación en cuarto sea positiva o no haya más de dos asignaturas suspendidas. Aquellos que no superen la prueba podrán repetirla después de una solicitud y en cualquier modalidad, a elección del alumno. Para la obtención del graduado será imprescindible la superación de la prueba final de cuarto, además de una nota final igual o superior a 5. La nota final se realizará ponderando (atribuyendo peso) en un 70% a la nota media de todas las materias y un 30% a la nota de la prueba final. El alumnado que no tenga el título de la ESO podrá exigir un certificado oficial en el cual constará el número de años cursados y el nivel de adquisición de competencias básicas.
  • 41. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados En el Bachillerato habrá tres modalidades, dos de ellas con dos vías a escoger. Las tres modalidades serán: Arte, Ciencias que tendrá dos variantes (Ciencias e Ingeniería y Ciencias de la Salud) y de Humanidades y Ciencias Sociales que tendrá dos vías (Humanidades y Ciencias Sociales). En el primer curso, la composición será de ciertas materias comunes para todas las modalidades y otras materias dependiendo de la modalidad escogida. En el segundo curso, la composición cambia y se reducen el número de materias comunes y se aumenta el número de materias especializadas. Estas últimas leyes establecidas desde 1990 repercuten en mayor o menor cantidad en la educación recibida en la tercera y última generación de mi trabajo que se relaciona con la de mi hermano y la mía. De ahí la importancia de resaltar tan ampliamente muchos de sus artículos, ya que todas ellas han dejado huella en la educación actual, siendo esta la que recibo en primera persona, y la que deberé impartir en unos años. En relación a ello expongo la entrevista de mi hermano, y la mía propia sobre la educación recibida de acuerdo a las leyes anteriormente expuestas. 21. Entrevistado 7. Parentesco: Hermano Nombre: José Luis Jiménez de la Ossa Almansa. Localidad: Villarrobledo (Albacete) Edad: 20 años Fecha de nacimiento: 10 - 4 -1995 Época de estudio: Bien entrada la Democracia, y durante sucesivos cambios políticos del PSOE y el PP. Maestro/a: En infantil mujer. Titulada En primaria: ambos sexos. Titulados. Pero en su mayoría maestras, y maestro en especialidades como música y educación física. Posteriormente durante la ESO, el número de profesores tanto varones como mujeres, era prácticamente el mismo. En el ciclo de FP, siendo este de electromecánica, todos los profesores eran hombres. Alumnado: Ratio de 20 alumnos, durante infantil y primaria Ratio de 25-30 alumnos en la ESO.
  • 42. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Ratio de 15 alumnos en el ciclo de FP. En todas las etapas los docentes eran mixtos. Enseñanza: Recibió una primera enseñanza en el jardín de infancia, desde el años a los tres. Siguió su educación en infantil desde los 3 a los 5. No siendo ninguna de estas dos etapas obligatoria. Posteriormente comenzó la enseñanza obligatoria de los 6 a 12 años. Fue a un colegio público elegido por la cercanía al domicilio. Asignaturas cursadas: lengua, matemáticas, conocimiento del medio, inglés, educación física, religión, plástica y música. A los 12 años cambio de centro escolar para ir a un Instituto donde estudiaría la ESO, durante 4 años hasta los 16. Con asignaturas como: lengua, matemáticas, música o plástica (a elegir en cada curso la no elegida el anterior), educación física, tecnología, inglés, ciencias naturales, ciencias sociales y religión a elegir si la querías cursar o no. En 3º se añadía la asignatura de ciudadanía y física y química, pero solo durante ese curso. Y en 4º se daba a elegir entre: biología, física y química, tecnología, informática, taller tecnológico, francés y música o plástica. Finalmente, al terminar la ESO satisfactoriamente continúo sus estudios en otra ciudad (Albacete), haciendo un ciclo de FP de Instalación y Mantenimiento Electromecánica de Maquinaria y Conducción de Líneas. Materiales: Libreta, blog de dibujo, flauta, ceras para dibujar, bolígrafos y lápices, rotuladores, compás, reglas…, todo comprado por el alumno. Los libros eran prestados por el colegio y el instituto, teniéndolos que devolver al finalizar cada curso. En la clase había pizarra, mapas, diferentes cartulinas de decoración realizadas por los alumnos, tanto en inglés como en español. Los niños cambiaban de clase en las especialidades como música, plástica, inglés o educación física, donde tenían todos los materiales necesarios en relación a la asignatura. Tanto en primaria como en la ESO. Castigos: No salir a hacer gimnasia o al recreo. Otro de los castigos, eran darle un pequeño “capirote” en la cabeza, durante la etapa de primaria. En secundaria los castigos eran totalmente diferentes, cuando te portabas mal te echaban de clase, y en casos algo más problemáticos ibas directamente al despacho del director. Formación después de la enseñanza obligatoria: Después de la enseñanza obligatoria realizó un ciclo de FP, y con la parte de prácticas de ese mismo ciclo consiguió quedarse en la empresa a trabajar.
  • 43. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Curiosidades: En ningún momento mis padres dejaron que pensara en dejar los estudios o en solo acabar la enseñanza obligatoria. Nunca le obligaron a estudiar una cosa u otra, si no que le dieron a elegir, para que el realizara después de su etapa de ESO aquello que más le gustara. 22. Entrevistado 8. Parentesco: Yo Nombre: Carmen Jiménez de la Ossa Almansa. Localidad: Villarrobledo (Albacete) Edad: 21 años Fecha de nacimiento: 25 - 4 -1993 Época de estudio: Empecé a estudiar bien entrada, pasando por los sucesivos cambios políticos, con sus respectivas leyes, hasta la actualidad. Maestro/a: En infantil mi maestra era una mujer. Titulada En primaria: tenía maestros de ambos sexos, pero en su mayoría mujeres y los hombres para especialidades como música, plástica o educación física. Todos los maestros titulados. En la ESO, los profesores eran de ambos sexos, y más o menos el mismo número de hombres que de mujeres. Durante el bachillerato ocurría lo mismo que en la ESO, pues muchos maestros eran los mismos. En el grado en Magisterio de Primaria, sigue ocurriendo lo mismo, los profesores son tanto hombre como mujeres. Todos mis profesores son y han sido titulados en aquella materia que imparten. Alumnado: Ratio de 20 alumnos durante la etapa de educación infantil. Ratio de era de 20-25 alumnos durante la etapa de educación primaria. En la ESO el ratio era prácticamente el mismo, pero se acercaba más a los 25 alumnos.
  • 44. Carmen Jiménez de la Ossa Almansa Tendencias Contemporáneas de la Educación Magisterio de Primaria 2ºA Trabajo: Historia escolar de mis antepasados Durante el bachillerato el ratio aumento a 30-35 alumnos. Actualmente, durante el Grado en Magisterio de Primaria, el ratio supera los 60 alumnos. Enseñanza: Mi primera enseñanza comenzó en el jardín de infancia, conocido como guardería desde el año a los tres de edad. Posteriormente fue al colegio siguiendo en la etapa de infantil hasta los 5 años. Seguidamente empezaba la enseñanza obligatoria en primaria desde los 6 a los 12 años. Las asignaturas que se impartían era: lengua, matemáticas, conocimiento del medio, educación física, música, plática, religión e inglés. El colegio al que fui era un centro público, elegido por cercanía al domicilio. Continuaba la enseñanza obligatoria en la ESO, pero en otro centro, elegido por prioridad del alumno o la familia. Las asignaturas durante la ESO, fueron: lengua, matemáticas, ciencias sociales, ciencias naturales, inglés, francés (optativa), educación física, música, plática, tecnología, religión (obligatoria durante los dos primeros años, y optativa a partir del tercero). Y en los cursos de 3º y 4º se eliminaban las asignaturas de ciencias naturales y ciencias sociales, y se impartían como obligatorias en 3º física y química, biología e historia, y en 4º curso como obligatoria añadida ética, y como optativas tecnología e informática. Seguidamente empezaba mi etapa fuera de la educación obligatoria, cursando el bachillerato, en la especialidad de humanidades y ciencias sociales, (entre los tres disponibles a elegir) cuya duración fue de 2 años. Con su posterior realización de la prueba de selectividad, denominada en mi años PAEG, que permitía una vez superada esta satisfactoriamente el ingreso en una centro universitario, a elegir por el alumno, y concedido según la nota del mismo. Durante el bachillerato las asignaturas a elegir, dependían de la rama de bachillerato que cursaras teniendo como comunes en el primer curso: lengua, inglés, filosofía y ciudadanía, ciencias para el mundo contemporáneo, educación física, y como optativas de mi rama yo curse en el primer año griego, latín, historia del mundo contemporáneo y economía. Y durante el segundo años siendo comunes: lengua, inglés, historia de la filosofía, historia de España, y como optativas: literatura universal, psicología, latín y griego. Y finalmente me encuentro cursando un Grado en Magisterio de Primaria, cuya duración es de 4 años. Las asignaturas a cursas están totalmente relacionadas con la formación como docente, tocando diversas ramas de conocimiento.