5. CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN.
Del latín constitutio, constitución es la acción y
efecto de constituir (formar, fundar, componer,
erigir). La constitución es la esencia de algo que lo
constituye como es y lo diferencia de otras cosas.
Es un texto codificado de carácter jurídico-
político, surgido de un poder constituyente,
que tiene el propósito de constituir la
separación de poderes, definiendo y creando
los poderes constituidos (legislativo, ejecutivo
y judicial
6. Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
La Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos promulgada en 1917 es el
documento fundamental o carta magna,
establecida para regir jurídicamente al país,
fijando los límites y definiendo las relaciones
entre los poderes de la federación.
7. Nuestra Constitución garantiza y protege en sus
primeros veintinueve artículos los derechos
humanos y sus garantías, las constituciones de
casi todos los países se dedican a defender en sus
primeros capítulos las libertades públicas.
El hecho de que nuestra constitución protege los
referidos derechos, tiene especial importancia, ya
que en esta forma los individuos que habitan
dentro del Territorio Nacional, están
salvaguardados en sus Derechos por la ley
suprema del país.
8. En total, el texto constitucional cuenta nueve
Títulos que contienen 136 artículos y 19
transitorios.
El texto sigue los lineamientos clásicos de las
doctrinas políticas al contar con una parte
dogmática, que abarca los primeros 29 artículos
y establece derechos y obligaciones, y una parte
orgánica, contenida en los artículos restantes y
que define la organización de los poderes
públicos. (INSTITUCIONES)
9. 1.Lo dogmático debe entenderse como derechos a
favor de las personas y lo orgánico, que se refiere a
la organización o cómo se organiza la división de
poderes del gobierno(Legislativo, Ejecutivo y Judicial)
1.Concede los derechos no los reconoce.
1.Supremacía sobre todas las leyes.
1.Medios para su cumplimiento (juicio de amparo).
1.Rigidez.
10. 1. Socialista. Es la primera constitución
socialista del mundo, en sus inicios fue una
constitución moderna y de vanguardia
mundial.
1. Federalista y Republicana. Pues es la
forma en como se constituye el país y como
va a estar dividido, así mismo señala la
forma de gobierno que para su ejercicio se
divide en 3 poderes, Ejecutivo, Legislativo y
Judicial.
11. 3. Democrática. Pues reconoce que la
soberanía residirá esencial y
originariamente en el pueblo y solo éste
tendrá el inalienable derecho de alterar o
modificar su forma de gobierno.
3. Garantista. Pues vela por los derechos
fundamentales o garantías individuales de
sus gobernados e inclusive otorga un
mecanismo llamado Juicio de Amparo para
garantizar la protección de esos derechos.
12. 5. Economista. Pues señala como se van a
destinar los recursos de la Nación, de donde
se obtendrán esos recursos y su manera de
captarlos. Desarrolla la Rectoría Económica
del Estado, crea el Banco Central o Banco
de México y obliga a la planeación
democrática del desarrollo.
13. 1. Soberanía popular.
1. Garantías individuales.
1. División de poderes.
1. Sistema representativo y democrático.
1. Régimen federal.
1. Control de los actos de los tres poderes.
1. Separación de la iglesia y del estado.
1. Reconocimiento de los derechos sociales.
14. Poderes de la Federación:
Los poderes de la Federación son 3:
1.Poder Ejecutivo.
1.Poder Legislativo.
1.Poder Judicial.
15. Poder Ejecutivo:
(del latín executus, "que hace cumplir") es una de las
tres facultades y funciones primordiales del Estado.
El Poder Ejecutivo es el poder encargado de la
aplicación general del orden jurídico, mediante la
operación de diversos servicios y agentes que velan por
el cumplimiento de la ley por parte de los ciudadanos y
entes privados. Se distingue así del poder legislativo,
que promulga o revoca leyes, y del poder judicial, que
interpreta, hace respetar o invalida las mismas en los
casos de conflicto particular.
16. Es responsable de la gestión diaria del Estado, y
concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo
con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas;
representa a la nación en sus relaciones
diplomáticas; sostiene a las fuerzas armadas y en
ocasiones aconseja con respecto a la legislación.
En los estados democráticos, el poder ejecutivo
está considerado como administrador y ejecutor de
la voluntad popular a la cual representa y de la que
debe ser su más firme garante.
17. Poder Legislativo:
por definición, es el poder que hace las leyes y
también las modifica, la facultad que implica la
posibilidad de regular en nombre del pueblo los
derechos y las obligaciones de sus habitantes en
consonancia con las disposiciones
constitucionales.
Para ejercer dicha facultad está investida de una
incuestionable autoridad que le otorga la
representación de la voluntad.
18. Las figuras presentes más importantes son el
senado y los diputados.
Montesquieu propuso, en su célebre libro El
espíritu de las leyes, que era necesario que las
funciones del Estado se dividieran entre
distintos poderes (legislativo, ejecutivo y
judicial), para que mediante los arreglos de las
características el poder se autocontrole, a fin de
evitar la tiranía.
19. Poder Judicial:
El poder judicial es un poder del Estado encargado de
administrar la justicia en una sociedad.
Mediante la aplicación de las normas jurídicas en la
resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de
poder público, se entiende a la organización, institución o
conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder
Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales:
juzgados y tribunales, que ejercen la potestad
jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad,
autonomía y poder absoluto dentro de la ley.
20. Según la teoría clásica de Montesquieu de la separación
de poderes, que distingue entre poder legislativo,
ejecutivo y judicial, la división garantiza la libertad del
ciudadano.
Bajo esta separación de poderes, nace el llamado estado
de derecho, en el cual los poderes públicos están
igualmente sometidos al imperio de la ley.
El poder judicial debe ser independiente para poder
someter a los restantes poderes, en especial el ejecutivo,
cuando estos contravengan el ordenamiento jurídico y
convertirse en el encargado de hacer efectivo la idea del
Derecho como elemento regulador de la vida social.
21. 2.2 FUNCIONES DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
2. LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
23. Ámbito de competencia
El ámbito de competencia de la Constitución es
para todas los Estados que conforman el país y a
todos los ciudadanos Mexicanos y ciudadanos de
otros países que se encuentren en territorio
nacional.
24. FINES DE LA CONSTITUCIÓN.
La Constitución es la norma suprema del país, y
todas las autoridades, sea cual fuere su jerarquía,
deben ejercer su actividad de acuerdo con los
mandatos de ella y en concordancia con los
principios que maneja.
26. Toda nuestra organización política descansa sobre
esta idea fundamental:
La Supremacía de la Constitución. Esto quiere decir
que ningún poder en México puede estar sobre la
Constitución; ni el Gobierno Federal, ni los Gobiernos
de los Estados, ni los órganos de los gobiernos
federal o local pueden sobreponerse a la
Constitución; por el contrario, toda autoridad está
limitada por esta ley y sometida a ella.
27. De lo anterior se desprende que México está
organizado legalmente, que su ley suprema
es la Constitución, y, en consecuencia, las
autoridades están obligadas a hacer y dejar
de hacer únicamente lo que ordena dicha ley.
28. Cada poder debe limitarse dentro de los
marcos que la Constitución señala, sin
tener facultades para invadir la esfera de los
otros poderes o los derechos que están
reservados a los particulares.
30. En cada sistema jurídico existe una norma jurídica
fundamental u originaria, surgida de la revolución,
de la conquista, del consenso, etc. A esta norma
por lo general se le denomina ley fundamental o
constitución.
Su característica es que se encuentra en la base de
todo sistema jurídico y ella deriva el resto de
normas del sistema.
31. La ley fundamental o la Constitución, por lo general,
tiene previstos los procedimientos conforme a los
cuales deben ser elaboradas y expedidas el resto
de normas del sistema jurídico.
En términos de jerarquía, esta constitución o ley
fundamental se encuentra al nivel más alto del
sistema y define cuál es la jerarquía que el resto de
las normas del sistema deben tener.
33. El sistema penitenciario se organizará sobre la
base del respeto a los derechos humanos, del
trabajo, la capacitación para el mismo, la
educación, la salud y el deporte; como medios para
lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad
y procurar que no vuelva a delinquir, observando
los beneficios que para él prevé la ley.
Las mujeres compurgarán sus penas en lugares
separados de los destinados a los hombres para tal
efecto.
34. La Federación, los Estados y el Distrito
Federal establecerán un sistema integral de
justicia que sea aplicable a quienes se
atribuya la realización de una conducta
tipificada como delito por las leyes penales y
tengan entre doce años cumplidos y menos
de dieciocho años de edad.
35. Este sistema deberá garantizar los derechos
fundamentales que reconoce esta
Constitución para todo individuo, así como
aquellos derechos específicos que por su
condición de personas en desarrollo les han
sido reconocidos.
36. Las personas menores de doce años que
hayan realizado una conducta prevista
como delito en la ley, solo serán sujetos a
rehabilitación y asistencia social.
La operación del sistema en cada orden de
gobierno estará a cargo de instituciones,
tribunales y autoridades especializados en
la procuración e impartición de justicia para
adolescentes.