COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
Legislacion educativa
1. Docente Tutor: Dr. Bernardino Acaro
Fecha: 12/05/2020
Universidad Nacional de Loja
Facultad de Educación, el Arte y la
Comunicación
Carrera de Psicología Infantil y Educación
Parvularia
ASIGNATURA
Nombres y Apellidos
Jéssica Lorena Domínguez Herrera
2. Principios Generales de la Ley Orgánica de Educación Intercultural
Art. 2.- Principios. - La actividad educativa se desarrolla atendiendo a los siguientes
principios generales, que son los fundamentos filosóficos, conceptuales y
constitucionales que sustentan, definen y rigen las decisiones y actividades en el ámbito
educativo:
3. 1. Universalidad
La educación es un derecho humano fundamental y es deber ineludible e inexcusable del
Estado garantizar el acceso, permanencia y calidad de la educación para toda la población
sin ningún tipo de discriminación. Está articulada a los instrumentos internacionales de
derechos humanos.
4. 2. Educación para el cambio
La educación constituye instrumento de transformación de la sociedad; contribuye a la
construcción del país, de los proyectos de vida y de la libertad de sus habitantes, pueblos
y nacionalidades; reconoce a las y los seres humanos, en particular a las niñas, niños y
adolescentes, como centro del proceso de aprendizajes y sujetos de derecho; y se organiza
sobre la base de los principios constitucionales.
5. 3. Interés superior de los niños, niñas adolescentes.
El interés superior de los niños, niñas y adolescentes, está orientado a garantizar el
ejercicio efectivo del conjunto de sus derechos e impone a todas las instituciones y
autoridades, públicas y privadas, el deber de ajustar sus decisiones y acciones para su
atención. Nadie podrá invocarlo contra norma expresa y sin escuchar previamente la
opinión del niño, niña o adolescente involucrado, que esté en condiciones de expresarla.
6. 4. Educación en valores
La educación debe basarse en la transmisión y práctica de valores que promuevan la
libertad personal, la democracia, el respeto a los derechos, la responsabilidad, la
solidaridad, la tolerancia, el respeto a la diversidad de género, generacional, étnica, social,
por identidad de género, condición de migración y creencia religiosa, la equidad, la
igualdad y la justicia y la eliminación de toda forma de discriminación.
7. 5. Educación para la democracia
Los establecimientos educativos son espacios democráticos de ejercicio de los derechos
humanos y promotores de la cultura de paz, transformadores de la realidad, transmisores
y creadores de conocimiento, promotores de la interculturalidad, la equidad, la inclusión,
la democracia, la ciudadanía, la convivencia social, la participación, la integración social,
nacional, andina, latinoamericana y mundial.
8. 6. Corresponsabilidad
La educación demanda corresponsabilidad en la formación e instrucción de las niñas,
niños y adolescentes y el esfuerzo compartido de estudiantes, familias, docentes, centros
educativos, comunidad, instituciones del Estado, medios de comunicación y el conjunto
de la sociedad, que se orientarán por los principios de esta ley.
9. 7. Conclusiones por cada principio
1. Universalidad:
Se concluye que la universalidad es una lucha justa por el bien común de todos los
ciudadanos, para que todos tengan la oportunidad de recibir una educación de calidad,
donde el estado deberá respaldar su derecho y respetar sus condiciones sin que exista
ningún tipo de rechazo o discriminación hacia alguna persona.
2. Educación para el cambio:
La educación es imprescindible en la vida de las personas, puesto que ayuda a la
transformación de la sociedad, se centra principalmente en los niños, niñas y adolescentes,
puesto que ellos son el centro del proceso de aprendizaje y quienes en un futuro harán el
cambio en nuestra sociedad, harán que la educación sea mejor e igual para todos.
3. Interés superior de los niños, niñas y adolescentes:
Las instituciones y autoridades, públicas y privadas deberán velar por el interés de los
niños, niñas y adolescentes, serán ellos quienes orienten y garanticen el ejercicio efectivo
de sus derechos. Los niños, niñas y adolescentes tienen todo el derecho de expresar sus
opiniones, y estas instituciones tienen el deber de ajustar sus decisiones y acciones para
su debida y correcta atención.
4. Educación en valores:
Una buena educación de calidad solo se dará si en ella se incluyen los valores, es
importante que los docentes no solo impartan su clase, sino que también transmita la
practica de valores, esto ayudara a los niños desde muy pequeños saber cuáles son y su
importancia en la vida de las personas, puesto que los valores ayudan a promover la
libertad de las personas, la democracia, el respeto a los derechos, la responsabilidad y lo
mas importante, que es el respeto por la diversidad y la eliminación de toda forma de
discriminación, de esta manera sabrán lo importante que es poner en práctica la equidad,
la justica y la igualdad.
10. 5. Educación para la democracia
Se concluye que los establecimientos educativos son espacios donde se respete la
democracia y el ejercicio de los derechos humanos, serán estos los promotores para que
exista una transformación de la realidad de sus estudiantes, transmitirán conocimientos,
promoverán la equidad, la inclusión, la convivencia social la participación, estos
establecimientos serán los encargados de instruir correctamente a los estudiantes sobre la
educación democrática, y como aplicarla en su vida.
6. Corresponsabilidad:
Es importante que durante la formación e instrucción de los niños, niñas y adolescentes
se vea reflejada también la participación no solo del docente sino también de la familia,
centros educativos, comunidad, instituciones del estado. De esta manera estaremos
apoyando a que nuestros estudiantes sean mejores y motivando a que sigan con sus
estudios.