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Principios de la Ley Orgánica de Educación Intercultural
1. Principios de la Ley orgánica de
Educación Intercultural
LEGISLACIÓN EDUCATIVA
NOMBRE: Evelyn Geovanna Hidalgo Arévalo
DOCENTE: Dr. Bernardino Acaro Mg. Sc.
FECHA: 19 de mayo del 2020
TEMA
2. PRINCIPIOS
El proceso educativo se desarrolla en
base a los siguientes principios generales,
que son los fundamentos filosóficos,
conceptuales y constitucionales que
sustentan, definen y rigen las decisiones y
actividades en el proceso educativo.
3. UNIVERSALIDAD
El Estado garantizará el acceso, permanencia
y calidad de la educación para toda la
población sin ningún tipo de discriminación.
La educación es un derecho
fundamental de las personas
por lo tanto todos tienen el
derecho de recibirla por igual
sin algún tipo de
discriminación.
Conclusión
4. EDUCACIÓN PARA EL
CAMBIO
La educación constituye
instrumento de transformación
de la sociedad; contribuye a la
construcción del país, de los
proyectos de vida y de la
libertad de sus habitantes,
pueblos y nacionalidades.
5. Por medio de la educación se
puede formar seres humanos
críticos, analíticos, reflexivos,
aptos para desempeñar una
función que contribuya a mejorar
la realidad social .
Conclusión
7. Este principio esta encaminado a
asegurar el desarrollo integral de
los niños, niñas y adolescentes,
así como el cumplimiento de sus
derechos.
Conclusión
8. EDUCACIÓN EN VALORES
La educación debe basarse en la transmisión y práctica de valores que
promuevan la libertad personal, la democracia, el respeto a los derechos,
la responsabilidad, la solidaridad, la tolerancia, el respeto a la diversidad
de género, y la eliminación de toda forma de discriminación.
Este principio tiene como objetivo
promover una educación integral
donde los estudiantes no solo
adquieren conocimientos sino
puedan desarrolla su parte
espiritual y sus sentimientos.
Conclusión
9. EDUCACIÓN PARA LA
DEMOCRACIA
Los establecimientos educativos
son espacios democráticos
promotores de la cultura de paz,
transformadores de la realidad,
transmisores y creadores de
conocimiento, promotores de la
equidad, la inclusión, la
democracia.
10. Conclusión
La comunidad educativa debe
promover el ejercicio de los deberes y
derechos, además promover la
equidad, el respeto, la participación,
la integración social con el fin de vivir
en armonía en la sociedad donde nos
desenvolvemos.
11. CORRESPONSABILIDAD
La educación demanda corresponsabilidad en la formación e instrucción de las niñas, niños
y adolescentes y el esfuerzo compartido de estudiantes, familias, docentes, centros
educativos, comunidad, instituciones del Estado, medios de comunicación y el conjunto de
la sociedad, que se orientarán por los principios de esta ley.
Este principio es muy importante
puesto que gracias a la
cooperación entre todos los
miembros de una comunidad
educativa se puede lograr un
formación eficaz de los
estudiantes.
Conclusión