1. UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS
UAPA
ESCUELA DE POSTGRADO
MAESTRÍA EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN, MENCIÓN GESTIÓN DE
CENTROS EDUCATIVOS
ASIGNATURA:
MARCO LEGAL DE LA EDUCACIÓN DOMINICANA.
TEMA:
ENSAYO SOBRE LA EDUCACIÓN COMO DERECHO UNIVERSAL DE
ORDEN PÚBLICO E INTERÉS NACIONAL.
.
ELABORADO POR:
JATNNA MARÍA PERALTA GUZMÁN.
FACILITADORA:
DRA. CEFERINA CABRERA.
SANTIAGO DE LOS CABALLEROS
REPÚBLICA DOMINICANA
29 DE JULIO 2016.
2. La educacióncomoderechouniversalde orden públicoe interés
nacional.
La educación es un factor indispensable que influye en el avance y progreso de
las personas y de las sociedades; esta ha sido de vital importancia en el
desarrollo de los pueblos tanto el aspecto social, político, económico, científico,
cultural y artístico.
La educación es uno de los derechos más primordiales en la vida del hombre
debido a que a través de él se promueve la paz y el respeto de los derechos
humanos. Los programas e instituciones de enseñanza deben de ser asequibles
para cada individuo y sin ningún tipo de discriminación.
El derecho de la educación es el resumen de todos los derechos humanos
porque este es la clave que viabiliza el ejercicio de los demás derechos, tanto de
los civiles como políticos como sociales, económicos y culturales.
Es un servicio público porque su principal función es satisfacer las necesidades
sociales básicas de los seres humanos. Está adoptada como derecho desde la
Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 y en su artículo no. 26
establece que:
“Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al
menos en lo concerniente a la educación elemental y fundamental. La
educación elemental será obligatoria. La educación técnica y profesional
deberá generalizarse; el acceso a la educación superior será igual para
todos, en base al mérito.”
Lo expresado anteriormente se resume en que la educación es un derecho social
el cual debe ser financiado por el estado el cual debe crear las condiciones para
propiciar el proceso de enseñanza y brindar igual de oportunidad para todos.
El derecho a la educación también incluye el derecho a la información,
conocimiento, comunicación; así como el acceso a los diferentes medios y a las
tecnologías existentes.
3. El tema de educación es una prioridad y de interés nacional ya que es la
encargada de preparar y formar a los miembros de la sociedad. Esto se ve
planteado en la ley general de educación 66-97 en su art. 4 la cual sostiene que:
“La educación es un derecho permanente e irrenunciable del ser humano. Para
hacer efectivo su cumplimiento, cada persona tiene derecho a una
educación integral que le permita el desarrollo de su propia individualidad
y la realización de una actividad socialmente útil; adecuada a su vocación
y dentro de las exigencias del interés nacional o local, sin ningún tipo de
discriminación por razón de raza, de sexo, de credo, de posición
económica y social o de cualquiera otra naturaleza.”
Aunque el estado es la principal instancia de velar y fomentar el acceso a la
educación está es una responsabilidad de todos debido a que a través de esta
los seres humanos obtendrán los valores, conocimientos y actitudes que
demanda la sociedad. El estado además de crear las condiciones necesarias
deberá supervisar el desarrollo de los procesos educativos.
Además las familias son los responsables de elegir la educación que ameriten
para sus hijos, así como incentivarlos y velar por su educación ya que de esta
dependerá su futuro y el de su comunidad.
En conclusión es un tema que involucra a todos los seres humanos y que
mientras más conocimientos se tengan más libre se será.
Ninguna persona podría acceder a los derechos sociales, económicos, culturales
y políticos sino tiene educación.
4. Referencias Bibliográficas.
Secretaría de Estado de Educación (1997), Ley General de Educación 66-97.
República Dominicana.
http://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf
http://www.planeducativonacional.unam.mx/CAP_00/Text/00_07a.html