Este documento presenta la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal en Perú. La ley introduce un marco legal para regular adecuadamente las actividades mineras de pequeños productores y mineros artesanales, con el objetivo de formalizar, promover y desarrollar dichas actividades. Además, establece definiciones y límites para la pequeña minería y minería artesanal, así como beneficios tributarios y requisitos menos estrictos para este sector.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del proyecto de ley de Minería y Metalurgia remitido por el presidente Evo Morales al presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional. El proyecto de ley establece una nueva estructura institucional para el sector minero de acuerdo con la Constitución, cambia el régimen minero a contratos administrativos, y define principios como la igualdad entre los actores mineros productivos aunque con algunas diferencias.
Esta ley modifica varios artículos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería relacionados con los derechos de vigencia, penalidades por incumplimiento de producción mínima, y distribución de ingresos. También establece disposiciones transitorias sobre la aplicación de las nuevas penalidades y distribución de ingresos.
El documento describe el régimen legal minero en Argentina. Desde la década de 1990, se promovió la inversión extranjera en minería mediante préstamos del Banco Mundial y cambios legales. La Constitución y las leyes nacionales establecen un sistema donde el Estado controla los recursos mineros pero las provincias y empresas privadas pueden explotarlos mediante concesiones. El marco legal otorga numerosos incentivos e incentivos fiscales a las empresas mineras. Para mantener los derechos de explotación, las empresas deben pagar
Este documento presenta partes de la Ley de Minería de Bolivia. Establece que los recursos minerales en el suelo y subsuelo del país pertenecen al pueblo boliviano y son administrados por el Estado. Define las actividades mineras como cateo, prospección, exploración y explotación. También establece principios como la prioridad de la industrialización minera, la seguridad jurídica para los inversionistas, y la protección del medio ambiente y los derechos laborales.
La ley establece disposiciones generales sobre la minería y metalurgia en Bolivia. Declara que los recursos minerales pertenecen al pueblo boliviano y establece principios como la función económica y social de la minería, la sustentabilidad, y la protección del medio ambiente y pueblos indígenas. Además, clasifica las diferentes actividades mineras e industriales y establece la estructura institucional para regular el sector minero.
Proyecto de ley de minería y metalurgiaErbol Digital
Fencomin presiona a ALP para que apruebe Ley de Minería sin cambios
El senador Eduardo Maldonado reiteró el pedido de socialización del proyecto normativo, aprobado en grande en la Cámara de Diputados, y propiciar el debate público en las regiones mineras y dejar de tratar la norma en la ALP como un “secreto de Estado”.
http://erbol.com.bo/noticia/social/27032014/fencomin_presiona_alp_para_que_apruebe_ley_de_mineria_sin_cambios
Exposición a cargo del Abog. Alberto Castillo Neyra, de la Dirección de Concesiones Mineras, durante evento "Taller para profesionales de los Gobiernos Regionales", que dio el INGEMMET del 24 al 27 de noviembre de 2014 en la ciudad de Lima.
Este documento resume los principales tipos de contratos mineros regulados por la ley peruana. Estos incluyen la cesión minera, en la cual el concesionario transfiere temporalmente sus derechos a cambio de una compensación; la transferencia minera, mediante la cual el titular transfiere permanentemente la titularidad de la concesión a otro; y el contrato de opción, el cual faculta al opcionista a adquirir exclusivamente los derechos mineros dentro de un plazo determinado.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del proyecto de ley de Minería y Metalurgia remitido por el presidente Evo Morales al presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional. El proyecto de ley establece una nueva estructura institucional para el sector minero de acuerdo con la Constitución, cambia el régimen minero a contratos administrativos, y define principios como la igualdad entre los actores mineros productivos aunque con algunas diferencias.
Esta ley modifica varios artículos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería relacionados con los derechos de vigencia, penalidades por incumplimiento de producción mínima, y distribución de ingresos. También establece disposiciones transitorias sobre la aplicación de las nuevas penalidades y distribución de ingresos.
El documento describe el régimen legal minero en Argentina. Desde la década de 1990, se promovió la inversión extranjera en minería mediante préstamos del Banco Mundial y cambios legales. La Constitución y las leyes nacionales establecen un sistema donde el Estado controla los recursos mineros pero las provincias y empresas privadas pueden explotarlos mediante concesiones. El marco legal otorga numerosos incentivos e incentivos fiscales a las empresas mineras. Para mantener los derechos de explotación, las empresas deben pagar
Este documento presenta partes de la Ley de Minería de Bolivia. Establece que los recursos minerales en el suelo y subsuelo del país pertenecen al pueblo boliviano y son administrados por el Estado. Define las actividades mineras como cateo, prospección, exploración y explotación. También establece principios como la prioridad de la industrialización minera, la seguridad jurídica para los inversionistas, y la protección del medio ambiente y los derechos laborales.
La ley establece disposiciones generales sobre la minería y metalurgia en Bolivia. Declara que los recursos minerales pertenecen al pueblo boliviano y establece principios como la función económica y social de la minería, la sustentabilidad, y la protección del medio ambiente y pueblos indígenas. Además, clasifica las diferentes actividades mineras e industriales y establece la estructura institucional para regular el sector minero.
Proyecto de ley de minería y metalurgiaErbol Digital
Fencomin presiona a ALP para que apruebe Ley de Minería sin cambios
El senador Eduardo Maldonado reiteró el pedido de socialización del proyecto normativo, aprobado en grande en la Cámara de Diputados, y propiciar el debate público en las regiones mineras y dejar de tratar la norma en la ALP como un “secreto de Estado”.
http://erbol.com.bo/noticia/social/27032014/fencomin_presiona_alp_para_que_apruebe_ley_de_mineria_sin_cambios
Exposición a cargo del Abog. Alberto Castillo Neyra, de la Dirección de Concesiones Mineras, durante evento "Taller para profesionales de los Gobiernos Regionales", que dio el INGEMMET del 24 al 27 de noviembre de 2014 en la ciudad de Lima.
Este documento resume los principales tipos de contratos mineros regulados por la ley peruana. Estos incluyen la cesión minera, en la cual el concesionario transfiere temporalmente sus derechos a cambio de una compensación; la transferencia minera, mediante la cual el titular transfiere permanentemente la titularidad de la concesión a otro; y el contrato de opción, el cual faculta al opcionista a adquirir exclusivamente los derechos mineros dentro de un plazo determinado.
Este documento resume el procedimiento ordinario minero (POM) en Perú. Explica que el POM es el conjunto de actos administrativos para otorgar una concesión minera y se rige por la Constitución, leyes y reglamentos mineros. Detalla los requisitos para presentar un petitorio minero, como documentos anexos, datos requeridos y pagos de derechos. Finalmente, resume las instancias resolutorias del POM a nivel administrativo y judicial.
El documento describe varios conceptos y procedimientos relacionados con las concesiones mineras en Perú. Explica qué es una concesión minera, un petitorio minero, el procedimiento ordinario minero y el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico. También cubre temas como el fraccionamiento y acumulación de derechos mineros.
Concesiones de beneficio y autorizacion de beneficiosguilleramos190682
Este documento resume los principales aspectos de las concesiones de beneficio y la minería artesanal en Perú. Las concesiones de beneficio otorgan el derecho a procesar minerales mediante métodos físicos, químicos o físico-químicos. La minería artesanal es una actividad de subsistencia que se realiza a pequeña escala mediante métodos manuales o equipos básicos, y juega un importante papel social y económico en las zonas rurales del Perú. Los gobiernos regionales apoyan la formaliz
Este documento presenta un resumen del Código de Minería de Chile. Establece que el Estado tiene el dominio absoluto de todas las minas en el país, pero que las personas pueden solicitar concesiones mineras de exploración o explotación. Define las concesiones mineras como derechos reales e inmuebles distintos de la propiedad del terreno superficial. También especifica qué sustancias son susceptibles o no de concesión minera y establece normas sobre la comunicación al Estado de la existencia de sustancias no concesibles.
CONTRATO DE CESION Y EXPLOTACION EN EL PROCESO DE FORMALIZACIONCarlos Romero
Este documento describe el proceso de formalización minera en Perú y los diferentes tipos de contratos involucrados. Explica que el contrato de cesión minera permite que un concesionario entregue su concesión a un tercero a cambio de una compensación, mientras que los contratos y convenios de explotación permiten que un titular de derechos mineros autorice a mineros artesanales a extraer minerales de su concesión a cambio de una contraprestación. También resume los avances en el proceso de formalización hasta marzo de 2014,
El documento aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería de Perú mediante Decreto Supremo, el cual consta de quince títulos, cincuenta y cuatro capítulos, doscientos veintiséis artículos, dieciséis disposiciones transitorias y ocho disposiciones finales. Además, establece que las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo No 708 al Decreto Legislativo No 109, contenidas en el Texto Único Ordenado, regir
Este documento describe el marco legal chileno de la minería del cobre. Explica que la ley 17.450 de 1971, que nacionalizó el cobre chileno, se basó en la teoría del dominio patrimonial del Estado sobre los yacimientos mineros. Esta teoría establece que el Estado es el dueño absoluto de los yacimientos. También analiza las leyes posteriores durante las dictaduras de Pinochet y los gobiernos de la Concertación que modificaron el marco legal minero.
Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...Erbol Digital
Alteran el año de un contrato y causan pérdida de $us20 millones a Bolivia
El primer contrato firmado en 2012 después de la nacionalización de Colquiri contempla como “fecha efectiva” de inicio del acuerdo el 1 de octubre de 2011, el mismo contrato, pero aprobado por el Legislativo en abril de 2013, registra como año de inicio el 2012 en lugar de 2011.
http://erbol.com.bo/noticia/economia/12122013/alteran_el_ano_de_un_contrato_y_causan_perdida_de_us20_millones_bolivia
http://erbol.com.bo/
Este documento describe los procedimientos de reducción y fraccionamiento de solicitudes mineras en Perú. Explica que cuando una solicitud se superpone parcialmente con una concesión existente, el solicitante debe reducir el área solicitada para respetar la concesión anterior. También indica que la autoridad minera puede fraccionar una solicitud cuando esta se superpone con otra solicitud o concesión en una o más cuadrículas, rompiendo la colindancia del área solicitada originalmente. Finalmente, enumera los requisitos para realizar un fraccionamiento,
Este documento define conceptos básicos del derecho minero en Perú como concesiones mineras, petitorios mineros, derechos de vigencia, penalidades, organismos reguladores como el INACC y la DGM, y actividades mineras como exploración, explotación, beneficio y transporte. Explica que el derecho minero regula la industria minera nacional y los derechos otorgados por el Estado para la explotación de recursos, y que las concesiones son otorgadas por el INACC para diferentes actividades sujetas a obligaciones como pago de derechos de
1) La Constitución de 1980 y la LOCCM otorgan al Estado el dominio sobre los yacimientos mineros pero establecen leyes que limitan la capacidad del Estado de regular la industria minera y protegen los intereses de las empresas mineras extranjeras. 2) El DL 600 y modificaciones posteriores crearon un sistema que otorga largos períodos de invariabilidad tributaria a las mineras y las exime de pagar muchos impuestos. 3) Varias leyes posteriores continuaron reduciendo los impuestos a las mineras y disminuyendo la transpare
Este documento describe las modificaciones realizadas al Reglamento de Seguridad Minera de Chile de 1985. Se introducen cambios en la definición de términos clave, el alcance de aplicación y las funciones del Servicio Nacional de Geología y Minería en relación a la seguridad en la industria minera. El objetivo es actualizar la normativa para mejorar la protección de la vida e integridad de los trabajadores mineros y las instalaciones.
Este documento presenta una oposición a la concesión ambiental otorgada a 33 petitorios y concesiones mineras en la región de Puno. La oposición se basa en que estos proyectos mineros se ubican en terrenos que son propiedad del Fundo Umbamba, y no cuentan con la autorización de uso de tierra de sus propietarios. Adicionalmente, se argumenta que las actividades mineras podrían causar contaminación ambiental y daños a la propiedad, en contra de la ley peruana. El documento solicita al Director Regional
Este documento presenta los procedimientos especiales relacionados con la actividad minera en Perú, incluyendo: 1) el procedimiento de simultaneidad cuando dos o más peticionarios solicitan la misma área, que involucra un remate público; 2) las restricciones a la actividad minera en áreas protegidas y urbanas, que requieren informes y aprobaciones adicionales; y 3) el proceso de consulta a los pueblos indígenas, que consiste en varias fases de diálogo para llegar a un acuerdo.
Contrato de asociación minas bolivar y porco comibol illapa saErbol Digital
Alteran el año de un contrato y causan pérdida de $us20 millones a Bolivia
El primer contrato firmado en 2012 después de la nacionalización de Colquiri contempla como “fecha efectiva” de inicio del acuerdo el 1 de octubre de 2011, el mismo contrato, pero aprobado por el Legislativo en abril de 2013, registra como año de inicio el 2012 en lugar de 2011.
http://erbol.com.bo/noticia/economia/12122013/alteran_el_ano_de_un_contrato_y_causan_perdida_de_us20_millones_bolivia
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Régimen jurídico de la empresa agraria anexo2agustinc3333
Esta ley establece las normas aplicables a los contratos de arrendamiento rural y aparcería en Argentina. Define qué se considera un arrendamiento rural y una aparcería, establece obligaciones mínimas para arrendatarios y arrendadores, como plazos mínimos de contrato y mantenimiento de la tierra. También prohíbe ciertas cláusulas abusivas y declara la nulidad de aquellas que limiten la libertad del arrendatario. Finalmente, estipula las causales y el procedimiento para la rescisión de los contratos
Este documento resume las modificaciones realizadas al Reglamento Tipo de Copropiedad para Condominios de Viviendas Sociales. En 1997 se publicó el Reglamento Tipo original. Este documento incluye una lista de las páginas del Reglamento Tipo con sus respectivas fechas de modificación, la mayoría en 1998. También incluye el texto de la resolución que aprobó el Reglamento Tipo en 1998 con algunas enmiendas.
Ds 014 92-em texto único ordenado de la ley general de mineríaIvan Apaza Mamani
Este documento presenta el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería del Perú de 1992. En tres oraciones: 1) Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, que consta de quince títulos, cincuenta y cuatro capítulos, doscientos veintiséis artículos y disposiciones transitorias y finales. 2) Establece que las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo No 708 regirán a partir de la entrada en vigencia de dicho decre
Este documento describe el proceso de solicitud de concesiones mineras en Perú. Explica que no se permiten concesiones en áreas protegidas o zonas urbanas, pero sí en áreas de expansión urbana con algunos requisitos. Detalla los pasos para evaluar solicitudes incluyendo informes técnicos y legales, así como publicaciones y aprobaciones requeridas.
Este documento analiza las estrategias BTL (abajo de la línea) utilizadas por McDonald's para comunicarse con los consumidores. Explica que McDonald's se ha enfocado en la publicidad BTL para llegar directamente a diferentes audiencias. También describe algunas campañas BTL específicas de McDonald's, como permitir que las personas jueguen videojuegos en una pantalla gigante cerca de una ubicación y usar flores para formar el logotipo de McDonald's de una manera protegida legalmente. El documento concluye que la publicidad BTL tiene
La matriz de transacción de clientes ayuda a las empresas a enfocar sus esfuerzos en los clientes más valiosos. Analiza factores internos y externos para conocer la competitividad de una empresa y la aceptación de sus productos en el mercado. La matriz clasifica a los clientes y permite evaluar estrategias de CRM midiendo cómo cambia el valor que aporta cada cliente.
Para ingresar a tus cursos en las aulas virtuales, primero debes seguir los siguientes pasos: ingresar tu usuario y contraseña, seleccionar el curso al que quieres acceder, y una vez realizados estos pasos ya podrás navegar libremente por la plataforma de G.B.I.
Este documento resume el procedimiento ordinario minero (POM) en Perú. Explica que el POM es el conjunto de actos administrativos para otorgar una concesión minera y se rige por la Constitución, leyes y reglamentos mineros. Detalla los requisitos para presentar un petitorio minero, como documentos anexos, datos requeridos y pagos de derechos. Finalmente, resume las instancias resolutorias del POM a nivel administrativo y judicial.
El documento describe varios conceptos y procedimientos relacionados con las concesiones mineras en Perú. Explica qué es una concesión minera, un petitorio minero, el procedimiento ordinario minero y el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico. También cubre temas como el fraccionamiento y acumulación de derechos mineros.
Concesiones de beneficio y autorizacion de beneficiosguilleramos190682
Este documento resume los principales aspectos de las concesiones de beneficio y la minería artesanal en Perú. Las concesiones de beneficio otorgan el derecho a procesar minerales mediante métodos físicos, químicos o físico-químicos. La minería artesanal es una actividad de subsistencia que se realiza a pequeña escala mediante métodos manuales o equipos básicos, y juega un importante papel social y económico en las zonas rurales del Perú. Los gobiernos regionales apoyan la formaliz
Este documento presenta un resumen del Código de Minería de Chile. Establece que el Estado tiene el dominio absoluto de todas las minas en el país, pero que las personas pueden solicitar concesiones mineras de exploración o explotación. Define las concesiones mineras como derechos reales e inmuebles distintos de la propiedad del terreno superficial. También especifica qué sustancias son susceptibles o no de concesión minera y establece normas sobre la comunicación al Estado de la existencia de sustancias no concesibles.
CONTRATO DE CESION Y EXPLOTACION EN EL PROCESO DE FORMALIZACIONCarlos Romero
Este documento describe el proceso de formalización minera en Perú y los diferentes tipos de contratos involucrados. Explica que el contrato de cesión minera permite que un concesionario entregue su concesión a un tercero a cambio de una compensación, mientras que los contratos y convenios de explotación permiten que un titular de derechos mineros autorice a mineros artesanales a extraer minerales de su concesión a cambio de una contraprestación. También resume los avances en el proceso de formalización hasta marzo de 2014,
El documento aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería de Perú mediante Decreto Supremo, el cual consta de quince títulos, cincuenta y cuatro capítulos, doscientos veintiséis artículos, dieciséis disposiciones transitorias y ocho disposiciones finales. Además, establece que las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo No 708 al Decreto Legislativo No 109, contenidas en el Texto Único Ordenado, regir
Este documento describe el marco legal chileno de la minería del cobre. Explica que la ley 17.450 de 1971, que nacionalizó el cobre chileno, se basó en la teoría del dominio patrimonial del Estado sobre los yacimientos mineros. Esta teoría establece que el Estado es el dueño absoluto de los yacimientos. También analiza las leyes posteriores durante las dictaduras de Pinochet y los gobiernos de la Concertación que modificaron el marco legal minero.
Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...Erbol Digital
Alteran el año de un contrato y causan pérdida de $us20 millones a Bolivia
El primer contrato firmado en 2012 después de la nacionalización de Colquiri contempla como “fecha efectiva” de inicio del acuerdo el 1 de octubre de 2011, el mismo contrato, pero aprobado por el Legislativo en abril de 2013, registra como año de inicio el 2012 en lugar de 2011.
http://erbol.com.bo/noticia/economia/12122013/alteran_el_ano_de_un_contrato_y_causan_perdida_de_us20_millones_bolivia
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Este documento describe los procedimientos de reducción y fraccionamiento de solicitudes mineras en Perú. Explica que cuando una solicitud se superpone parcialmente con una concesión existente, el solicitante debe reducir el área solicitada para respetar la concesión anterior. También indica que la autoridad minera puede fraccionar una solicitud cuando esta se superpone con otra solicitud o concesión en una o más cuadrículas, rompiendo la colindancia del área solicitada originalmente. Finalmente, enumera los requisitos para realizar un fraccionamiento,
Este documento define conceptos básicos del derecho minero en Perú como concesiones mineras, petitorios mineros, derechos de vigencia, penalidades, organismos reguladores como el INACC y la DGM, y actividades mineras como exploración, explotación, beneficio y transporte. Explica que el derecho minero regula la industria minera nacional y los derechos otorgados por el Estado para la explotación de recursos, y que las concesiones son otorgadas por el INACC para diferentes actividades sujetas a obligaciones como pago de derechos de
1) La Constitución de 1980 y la LOCCM otorgan al Estado el dominio sobre los yacimientos mineros pero establecen leyes que limitan la capacidad del Estado de regular la industria minera y protegen los intereses de las empresas mineras extranjeras. 2) El DL 600 y modificaciones posteriores crearon un sistema que otorga largos períodos de invariabilidad tributaria a las mineras y las exime de pagar muchos impuestos. 3) Varias leyes posteriores continuaron reduciendo los impuestos a las mineras y disminuyendo la transpare
Este documento describe las modificaciones realizadas al Reglamento de Seguridad Minera de Chile de 1985. Se introducen cambios en la definición de términos clave, el alcance de aplicación y las funciones del Servicio Nacional de Geología y Minería en relación a la seguridad en la industria minera. El objetivo es actualizar la normativa para mejorar la protección de la vida e integridad de los trabajadores mineros y las instalaciones.
Este documento presenta una oposición a la concesión ambiental otorgada a 33 petitorios y concesiones mineras en la región de Puno. La oposición se basa en que estos proyectos mineros se ubican en terrenos que son propiedad del Fundo Umbamba, y no cuentan con la autorización de uso de tierra de sus propietarios. Adicionalmente, se argumenta que las actividades mineras podrían causar contaminación ambiental y daños a la propiedad, en contra de la ley peruana. El documento solicita al Director Regional
Este documento presenta los procedimientos especiales relacionados con la actividad minera en Perú, incluyendo: 1) el procedimiento de simultaneidad cuando dos o más peticionarios solicitan la misma área, que involucra un remate público; 2) las restricciones a la actividad minera en áreas protegidas y urbanas, que requieren informes y aprobaciones adicionales; y 3) el proceso de consulta a los pueblos indígenas, que consiste en varias fases de diálogo para llegar a un acuerdo.
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Alteran el año de un contrato y causan pérdida de $us20 millones a Bolivia
El primer contrato firmado en 2012 después de la nacionalización de Colquiri contempla como “fecha efectiva” de inicio del acuerdo el 1 de octubre de 2011, el mismo contrato, pero aprobado por el Legislativo en abril de 2013, registra como año de inicio el 2012 en lugar de 2011.
http://erbol.com.bo/noticia/economia/12122013/alteran_el_ano_de_un_contrato_y_causan_perdida_de_us20_millones_bolivia
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Esta ley establece las normas aplicables a los contratos de arrendamiento rural y aparcería en Argentina. Define qué se considera un arrendamiento rural y una aparcería, establece obligaciones mínimas para arrendatarios y arrendadores, como plazos mínimos de contrato y mantenimiento de la tierra. También prohíbe ciertas cláusulas abusivas y declara la nulidad de aquellas que limiten la libertad del arrendatario. Finalmente, estipula las causales y el procedimiento para la rescisión de los contratos
Este documento resume las modificaciones realizadas al Reglamento Tipo de Copropiedad para Condominios de Viviendas Sociales. En 1997 se publicó el Reglamento Tipo original. Este documento incluye una lista de las páginas del Reglamento Tipo con sus respectivas fechas de modificación, la mayoría en 1998. También incluye el texto de la resolución que aprobó el Reglamento Tipo en 1998 con algunas enmiendas.
Ds 014 92-em texto único ordenado de la ley general de mineríaIvan Apaza Mamani
Este documento presenta el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería del Perú de 1992. En tres oraciones: 1) Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, que consta de quince títulos, cincuenta y cuatro capítulos, doscientos veintiséis artículos y disposiciones transitorias y finales. 2) Establece que las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo No 708 regirán a partir de la entrada en vigencia de dicho decre
Este documento describe el proceso de solicitud de concesiones mineras en Perú. Explica que no se permiten concesiones en áreas protegidas o zonas urbanas, pero sí en áreas de expansión urbana con algunos requisitos. Detalla los pasos para evaluar solicitudes incluyendo informes técnicos y legales, así como publicaciones y aprobaciones requeridas.
Este documento analiza las estrategias BTL (abajo de la línea) utilizadas por McDonald's para comunicarse con los consumidores. Explica que McDonald's se ha enfocado en la publicidad BTL para llegar directamente a diferentes audiencias. También describe algunas campañas BTL específicas de McDonald's, como permitir que las personas jueguen videojuegos en una pantalla gigante cerca de una ubicación y usar flores para formar el logotipo de McDonald's de una manera protegida legalmente. El documento concluye que la publicidad BTL tiene
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Seguridad en internet y telefonía celularPaulavicky33
Este documento describe los riesgos de seguridad en Internet y telefonía celular, como el robo de contraseñas, identidad y uso no autorizado de imágenes personales en Internet, y el alto costo de algunos servicios móviles, mensajes no deseados y contaminación electromagnética de los celulares. Recomienda evitar compartir información personal en línea, usar contraseñas seguras y no encontrarse con desconocidos, así como limitar el uso de celulares cuando sea posible para reducir la exposición a radiaciones.
Este documento presenta una clasificación de los diferentes métodos para regular la natalidad, dividiéndolos en no interventivos e interventivos. Los métodos no interventivos incluyen el ritmo, Billings, temperatura basal y lactancia, los cuales no requieren procedimientos médicos pero tienen altos porcentajes de falla. Los métodos interventivos son más efectivos e incluyen barreras, químicos, hormonales, DIU y esterilización quirúrgica.
El documento resume la historia y características del reggae como género musical originario de Jamaica que se ha difundido por el mundo. Se distingue por su ritmo regular y suave con énfasis en el tercer tiempo y por transmitir mensajes de paz, igualdad y justicia social. También cubre artistas representativos del reggae como Bob Marley y cómo sus letras abordan temas sociales y políticos.
Este documento trata sobre el tema del aborto. Explica los diferentes tipos de aborto, incluyendo aborto espontáneo, inducido, social y tentado. También discute las causas comunes del aborto como miedo, problemas de salud y violación. Detalla los efectos psicológicos y físicos del aborto. La conclusión es que aunque el aborto es legal con ciertos requisitos, quitarle la vida a un bebé es un asesinato. La opinión personal es estar en completo desacuerdo con el aborto.
Este documento es la hoja de vida de Dainer Jose Ramos Ospino, que incluye información personal como su nombre, documento de identidad, fecha y lugar de nacimiento, estado civil, dirección y contacto. También detalla su educación primaria y secundaria, estudios técnicos en administración empresarial, seminarios cursados, perfil profesional y referencias personales y familiares.
Uso de hipervínculos, marcos y video en dwLeonix97
Este documento proporciona instrucciones sobre cómo usar hipervínculos, marcos y video en Dreamweaver. Explica cómo crear hipervínculos entre dos páginas, diseñar páginas web con marcos y agregar video a una página insertando la etiqueta <img dynsrc> y el nombre del archivo de video.
Este documento proporciona información sobre los servicios y programas de una fundación que brinda apoyo a personas con discapacidad. La fundación comenzó en 1993 y ofrece un centro de día con diversos talleres, así como programas de inclusión laboral, prevención del abuso, estimulación de la comunicación a través de animales, y eventos culturales educativos. El objetivo general es promover la inclusión social de las personas con discapacidad a través del desarrollo de sus habilidades y la valorización de sus capacidades.
Este documento describe varios productos tecnológicos que pronto dejarán de existir debido a los rápidos avances tecnológicos, incluyendo la televisión analógica, cámaras fotográficas, celulares Nokia, y computadoras tradicionales de escritorio. La tecnología evoluciona rápidamente, haciendo que los productos se vuelvan obsoletos y sean reemplazados por opciones más nuevas y avanzadas.
Marco conceptual de la contaduría a common framework for accounting standardsrgamez3
El documento describe los esfuerzos de convergencia entre el FASB, el GAAP de EE. UU. y las NIIF, incluida la publicación de una propuesta revisada para el reconocimiento de ingresos. Aunque el objetivo final es un conjunto único de normas contables internacionales, el presidente del IASB no ha visto señales de que la SEC requerirá pronto el uso de IFRS en EE. UU. El FASB ahora propone "comparabilidad global" en las normas.
El documento presenta instrucciones para el diseño de un producto sobre mecánica de fluidos. Se instruye al lector a revisar conceptos básicos, investigar más detalles sobre tipos de fluidos en fuentes confiables, elaborar un resumen de 3 cuartillas incluyendo un ejemplo de clasificación de fluidos, agregar referencias bibliográficas, publicar el documento en línea, y enviarlo para evaluación. Luego se presentan instrucciones para desarrollar una exposición en equipo sobre el tema y realizar una reflexión final.
El documento propone diseñar un dildo y libro para ayudar a las mujeres chilenas a explorar su sexualidad de manera sana y placentera. El dildo sería de material suave y forma erótica pero no pornográfica, y el libro lo acompañaría con fotografías e instrucciones que evoquen el erotismo sin llegar a la pornografía. El objetivo es despertar la sexualidad femenina y entregar las bases para disfrutar de un buen sexo.
UTE-FORTALECER LAS CAPACIDADES Y POTENCIALIDADES DE LA CIUDADANÍAMáximo C
El documento propone mejorar el acceso universal a la educación a través de ampliar las opciones educativas, mejorar la infraestructura escolar, y garantizar recursos para los estudiantes. También busca mejorar la calidad educativa mediante el fortalecimiento de estándares, la armonización de procesos entre niveles, y el diseño de currículos interculturales. Finalmente, promueve potenciar el rol de docentes a través de su formación y actualización continua, así como fomentar la interacción entre educación, sector productivo
Este documento describe las principales perturbaciones en la transmisión de señales, incluyendo la atenuación, la distorsión, el ruido y las pérdidas. La atenuación causa una pérdida de energía en la señal a medida que viaja a través de un medio. La distorsión cambia la forma de onda de una señal compuesta. El ruido es cualquier componente indeseado que se superpone a la señal. Las pérdidas en los cables de fibra óptica incluyen pérdidas por dispersión, acop
El documento habla sobre la importancia de la reputación online y cómo monitorear y manejar crisis en línea. Explica que la identidad de una empresa (lo que creen de sí mismos) es diferente a su reputación (cómo los ven los demás). Se debe monitorear constantemente las redes sociales para conocer la opinión de los usuarios y corregir errores. En caso de crisis, es importante identificar rápidamente el problema, disculparse si es necesario, y responder rápidamente para evitar que empeore.
El documento analiza el comercio electrónico, definido como la compra y venta de productos o servicios a través de Internet u otras redes. Explica que el comercio electrónico ofrece ventajas como expandir el mercado de clientes y operar las 24 horas, pero también plantea desafíos como la falta de contacto directo y preocupaciones sobre la seguridad de las transacciones. Además, discute cómo Twitter está explorando permitir compras directas a través de tweets para generar ingresos.
El documento describe el papel de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la educación. Las TIC se han convertido en parte integral de los sistemas educativos para promover formas innovadoras de enseñanza y aprendizaje, así como para facilitar el acceso a la educación. La Unión Europea ha establecido políticas y programas para fomentar el uso de las TIC en las escuelas y mejorar la formación de profesores.
Ley 8904 reforma parcial al c—digo de m inería.prohibicion mineria metalicaACCMAC
Este documento es una ley costarricense que declara a Costa Rica como un país libre de minería metálica a cielo abierto. Modifica el Código de Minería para prohibir la exploración y explotación minera metálica a cielo abierto, y establece zonas de reserva minera donde solo se permitirá la minería en pequeña escala realizada por cooperativas. También incluye disposiciones transitorias para la aplicación gradual de la ley.
Exposicion Sobre Aspectos Legales En La Distribucion Canon En TacnaSIIS UNJBG, Tacna
Este documento discute la distribución del canon minero entre las regiones de Tacna y Moquegua en Perú. Existe desacuerdo sobre si el canon debería basarse en la cantidad de mineral extraído o en la cantidad de mineral procesado. La constitución y la ley del canon indican que el canon debería basarse en la explotación, que se refiere a la extracción, mientras que el reglamento del canon se basa en el mineral procesado. Por lo tanto, el reglamento es inconstitucional y el estado transfiere menos recursos de lo requerido
El documento propone una ley para regular la actividad minera en la provincia de Santa Cruz. Se propone crear un "Área de Interés Especial Minero" donde se permitiría la minería de metales. Fuera de esta área, solo se permitiría la minería subterránea y con estrictos controles ambientales. También se crearía una comisión interdisciplinaria para evaluar y aprobar proyectos mineros, equilibrando el desarrollo económico y la protección ambiental.
borrador del decreto que modifica el articulo 21 de la ley 1753 (plan nacional de desarrollo Colombia), decreto altamente perjudial para la mineria de subsistencia y pequeña mineria
Exposicion Canon Minero Aspectos Legales, Distribucion Actual Y Nueva LeyMarilia Bonifacio
El documento discute la problemática legal del canon minero en Perú. Explica las leyes y decretos relevantes, incluyendo la Constitución peruana, la Ley del Canon Minero y modificaciones. También analiza conceptos como los tipos de canon, cómo se constituye el canon minero, los ingresos considerados, y cómo se distribuye a nivel regional y local. Finalmente, presenta datos sobre las toneladas de mineral beneficiado en las minas de Toquepala y Cuajone.
Propuesta de Ordenamiento de la Minería de Pequeña Escala cmipUniversidad de Lima
La comisión propone 6 acciones inmediatas: 1) Conformar una comisión para proponer un nuevo marco legal para la minería a pequeña escala dentro de 90 días. 2) Establecer un código de conducta para la pequeña minería. 3) Suspender los impuestos al carbón hasta que se establezca un fondo de expansión forestal. 4) Prorrogar el plazo para la formalización de la pequeña minería hasta marzo de 2017. 5) Suspender las acciones de interdicción contra la pequeña minería. 6) Comp
El Perú es un importante productor mundial de metales como oro, plata, cobre, plomo y zinc. La minería es una oportunidad de inversión clave en el país, regulada por leyes que establecen impuestos como el Impuesto Especial a la Minería y la Regalía Minera Legal pagados por las compañías mineras. Los gobiernos regionales y locales reciben una parte de los ingresos mineros a través del Canon Minero para financiar proyectos de inversión.
Este documento contiene 5 observaciones y propuestas de reforma a la Ley de Minería, la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador y la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. Las observaciones se refieren a temas como el pago de regalías mineras, la cesión o transferencia de derechos mineros, la regularización de mineros artesanales, los contratos de operación minera con mineros artesanales, y la preservación de la ciudad de Zaruma como patrimonio cultural. El documento propone modificaciones leg
Este documento resume la nueva legislación peruana sobre la represión de la minería ilegal. En primer lugar, establece que para que una actividad minera sea legal, se requiere la autorización del gobierno. Luego, define la "interdicción minera" como la prohibición del uso de maquinaria no autorizada para la minería, como dragas. Finalmente, explica que el Ministerio Público, la policía y otras agencias pueden decomisar equipos ilegales y destruirlos como parte de las acciones de interdicción.
La ley establece la obligación de los titulares de actividades mineras de presentar y ejecutar planes de cierre de minas para rehabilitar el medio ambiente una vez finalizadas las operaciones. Los planes deben ser aprobados por el Ministerio de Energía y Minas y deben incluir medidas de rehabilitación y la constitución de garantías financieras. Los titulares tienen un plazo máximo de un año para presentar los planes iniciales o actualizados.
1) El documento describe un contrato entre una empresa estatal provincial y una empresa privada china para la explotación de una mina de cobre, sin licitación pública ni amplia publicidad como requiere la constitución provincial.
2) El precio acordado para la explotación y opción de compra de la mina se considera muy bajo en relación al valor estimado de la mina y sus ganancias potenciales.
3) El contrato contiene cláusulas que se consideran abusivas y que perjudican los intereses públicos provinciales.
El documento describe el marco legal y los aspectos fundamentales de las concesiones mineras en Perú. Explica que las concesiones mineras otorgan el derecho a explorar y explotar recursos minerales y tienen características como ser irrevocables e inmuebles. También describe los procedimientos, derechos, obligaciones y causales de extinción de una concesión minera de acuerdo a la legislación peruana.
Este documento describe el proceso de otorgamiento de concesiones mineras en Perú. Explica que las concesiones mineras son otorgadas por el Estado y otorgan a los titulares el derecho a explorar y explotar recursos minerales de forma legal e indefinida, siempre que cumplan con sus obligaciones. También resume los pasos del procedimiento ordinario para solicitar una concesión minera ante el INGEMMET, incluyendo el pago de derechos, publicación de cartel y emisión de título de concesión si se cumplen todos los requis
Este documento presenta la Ley de Fomento Artesanal de Ecuador. Establece beneficios para artesanos individuales y organizaciones como exoneraciones de impuestos a la importación de maquinaria, exportaciones, capital en giro, transferencia de propiedades para talleres, deducciones de impuestos a la renta por reinversiones, y abonos tributarios para exportaciones. Designa al Comité Interinstitucional de Fomento Artesanal para conceder beneficios y a organismos como la Junta Nacional de Defensa del Artesano para calificar artesanos.
Este documento presenta el Reglamento General de la Ley de Minas de Venezuela. Establece la creación de una Comisión Interministerial Permanente para coordinar asuntos relacionados con la actividad minera como medio ambiente, tributos y seguridad. También describe los procedimientos para obtener concesiones de exploración y explotación minera, incluyendo los requisitos, plazos y obligaciones de los concesionarios.
Este documento presenta el Reglamento General de la Ley de Minas de Venezuela. Establece la creación de una Comisión Interministerial Permanente para coordinar asuntos relacionados con la actividad minera como medio ambiente, tributos y seguridad. También describe los procedimientos para obtener concesiones de exploración y explotación minera, incluyendo los requisitos, plazos y publicaciones requeridas.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
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Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
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Ley 27651
1. Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal
LEY Nº 27651
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQUEÑA MINERÍA Y LA
MINERÍA ARTESANAL
Artículo 1.- Objeto de la ley
La presente Ley tiene por objeto introducir en la legislación minera un marco legal que
permita una adecuada regulación de las actividades mineras desarrolladas por
pequeños productores mineros y mineros artesanales, propendiendo a la
formalización, promoción y desarrollo de las mismas.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación de la ley
La pequeña minería y la minería artesanal son actividades que se sustentan en la
utilización intensiva de mano de obra que las convierten en una gran fuente de
generación de empleo y de beneficios colaterales productivos, en las áreas de
influencia de sus operaciones que generalmente son las más apartadas y deprimidas
del país, constituyéndose en polos de desarrollo, por lo que resulta necesario
establecer una legislación especial sobre la materia. La pequeña minería y la minería
artesanal, las cuales comprenden las labores de extracción y recuperación de
sustancias metálicas y no metálicas, del suelo y subsuelo, desarrollándose en forma
personal o como conjunto de personas naturales o jurídicas que buscan maximizar
ingreso de subsistencia. (*)
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1040,
publicado el 26 junio 2008, cuyo texto es el siguiente:
“Artículo 2.- Ámbito de aplicación de la Ley
La minería artesanal es una actividad de subsistencia que se sustenta en la utilización
intensiva de mano de obra que la convierte en una gran fuente de generación de
empleo y de beneficios colaterales productivos en las áreas de influencia de sus
operaciones, que generalmente son las más apartadas y deprimidas del país,
constituyéndose en polos de desarrollo, por lo que resulta necesario establecer una
legislación especial sobre la materia.
1
2. La pequeña minería es la actividad minera ejercida a pequeña escala, dentro de los
límites de extensión y capacidad instalada de producción y/o beneficio establecidos
por el artículo 91 de la Ley General de Minería. La presente ley brinda a la pequeña
minería un régimen promocional con el fin de fortalecer su desarrollo a nivel nacional,
con el consiguiente empleo de mano de obra local y mejora de las condiciones de vida
de las poblaciones aledañas.
La pequeña minería y la minería artesanal comprenden las labores de extracción y
recuperación de sustancias metálicas, no metálicas así como de materiales de
construcción, del suelo y subsuelo, desarrollándose únicamente por personas
naturales, o conjunto de personas naturales, o personas jurídicas conformadas por
personas naturales.
Están comprendidas también las labores descritas que sean desarrolladas por las
cooperativas mineras y/o centrales de cooperativas mineras que, a la fecha de entrada
en vigencia de la presente ley, se encuentren conformadas por otras cooperativas
mineras y/o centrales de cooperativas mineras, siempre que hayan sido constituidas
sin propósito de lucro, con el fin de procurar mediante el esfuerzo propio y la ayuda
mutua de sus miembros, el servicio inmediato de éstos y el mediato de la comunidad,
de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley General de
Cooperativas, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-90-TR.”
Artículo 3.- Mención al Texto Único Ordenado
Cuando en la presente Ley se mencione “La Ley”, se entenderá el Texto Único
Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-
EM, del 2 de junio de 1992.
Artículo 4.- Rol de promoción y protección del Estado
Sustitúyese el numeral III del Título Preliminar de la Ley por el siguiente texto:
“III. El Estado protege y promueve la pequeña minería y la minería artesanal, así como
la mediana minería, y promueve la gran minería.”
Artículo 5.- Solicitud y autorización de operación
Agrégase como último párrafo del Artículo 18 de la ley el siguiente texto:
“El conjunto de procesos físicos, químicos y/o físico-químicos que realizan los
productores mineros artesanales para extraer o concentrar las partes valiosas de un
agregado de minerales y/o para purificar, fundir o refinar metales, no se encuentran
comprendidos en el alcance del presente Título, para su realización sólo será
necesaria la solicitud acompañada de información técnica y una Declaración de
Impacto Ambiental suscrita por un profesional competente en la materia. La
autorización correspondiente será expedida por la Dirección General de Minería.”
Artículo 6.- De los niveles de producción
Sustitúyese el segundo párrafo del Artículo 38 de la Ley por el siguiente texto:
“La producción no podrá ser inferior al equivalente en moneda nacional a US$ 100.00
2
3. por año y por hectárea otorgada, tratándose de sustancias metálicas, y del equivalente
en moneda nacional a US$ 50.00 por año y por hectárea otorgada tratándose de
sustancias no metálicas. En el caso de pequeños productores mineros la producción
no podrá ser inferior al equivalente en moneda nacional a US$ 50.00 por año y por
hectárea otorgada sea cual fuere la sustancia. Para el caso de productores mineros
artesanales la producción no podrá ser inferior al equivalente en moneda nacional a
US$ 25.00 por año y por hectárea otorgada sea cual fuere la sustancia.”
Artículo 7.- Del derecho de vigencia
Sustitúyese el tercer párrafo del Artículo 39 de la Ley por el siguiente texto:
“Para los pequeños productores mineros, el Derecho de Vigencia es de US$ 1.00 o su
equivalente en moneda nacional por año y por hectárea solicitada u otorgada. Para los
productores mineros artesanales el Derecho de Vigencia es de US$ 0.50 o su
equivalente en moneda nacional por año y por hectárea solicitada u otorgada.”
Artículo 8.- De los pagos por penalidades
Sustitúyese el Artículo 40 de la Ley por el siguiente texto:
“Artículo 40.- En caso de que no se cumpliese con lo dispuesto en el Artículo 38, a
partir del primer semestre del sétimo año computado desde aquel en que se hubiere
otorgado el título de concesión minera, el concesionario deberá pagar una penalidad
de US$ 6.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el
año en que cumpla con la producción mínima anual. En el caso de los pequeños
productores mineros, la penalidad será US$ 1.00 o su equivalente en moneda nacional
por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima anual.
En el caso de los productores mineros artesanales, la penalidad será de US$ 0.50 o su
equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla
con la producción mínima anual.
Si continuase el incumplimiento a partir del duodécimo año, la penalidad será de US$
20.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea. Para el pequeño
productor minero la penalidad, a partir del duodécimo año, será de US$ 5.00 o su
equivalente en moneda nacional por año y por hectárea. Para el productor minero
artesanal la penalidad, a partir del duodécimo año, será de US$ 3.00 o su equivalente
en moneda nacional por año y por hectárea.
La penalidad correspondiente deberá pagarse junto con el Derecho de Vigencia y
acreditarse en la misma oportunidad de su pago.”
Artículo 9.- Pago de multas
Sustitúyese el tercer párrafo del Artículo 50 de la Ley por el siguiente texto:
“Las multas no serán menores de cero punto uno por ciento (0.1%) de una (1) UIT, ni
mayores de quince (15) UIT, según la escala de multas por infracciones que se
establecerá por Resolución Ministerial. En el caso de los pequeños productores
mineros el monto máximo será de dos (2) UIT, y en el caso de productores mineros
artesanales el monto máximo será de una (1) UIT.”
3
4. Artículo 10.- Estratificación de la pequeña minería y la minería artesanal
Sustitúyese el Artículo 91 de la Ley por el siguiente texto:
“Artículo 91.- Son pequeños productores mineros los que:
1. Posean por cualquier título hasta dos mil (2,000) hectáreas, entre denuncios,
petitorios y concesiones mineras.
2. Posean por cualquier título una capacidad instalada de producción y/o beneficio de
350 toneladas métricas por día, con excepción de materiales de construcción, arenas,
gravas auríferas de placer, metales pesados detríticos en que el límite será una
capacidad instalada de producción y/o beneficio de hasta tres mil (3,000) metros
cúbicos por día.
Son productores mineros artesanales los que:
1. En forma personal o como conjunto de personas naturales o jurídicas se dedican
habitualmente y como medio de sustento a la explotación y/o beneficio directo de
minerales, realizando sus actividades con métodos manuales y/o equipos básicos.
2. Posean por cualquier título hasta un mil (1,000) hectáreas, entre denuncios,
petitorios u concesiones mineras; o hayan suscrito acuerdos o contratos con los
titulares mineros según lo establezca el Reglamento de la presente Ley.
3. Posean por cualquier título una capacidad instalada de producción y/o beneficio de
25 toneladas métricas por día, con excepción de los productores de materiales de
construcción, arenas, gravas auríferas de placer, metales pesados detríticos en que el
límite será una capacidad instalada de producción y/o beneficio de hasta doscientos
(200) metros cúbicos por día.
La condición de pequeño productor minero o productor minero artesanal se acreditará
ante la Dirección General de Minería mediante declaración jurada bienal”.(*)
(*) Confronar con el Artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1040, publicado el 26
junio 2008.
Artículo 11.- Del acuerdo o contrato de explotación
Una vez logrado el acuerdo o contrato de explotación entre el minero artesanal y el
titular del derecho minero, el Ministerio de Energía y Minas ayudará al minero
artesanal en una labor tutelar de fortalecimiento orientada a su consolidación
empresarial, por un período no mayor a dos años, que cubra los siguientes aspectos:
1. Capacitación tecnológica operativa y de administración tendiente a lograr una
explotación racional del yacimiento.
2. Canalización de información procedimental administrativa que permita al minero
artesanal hacer uso de las oportunidades que pudieran surgir y las que la presente Ley
otorga. Para tal efecto el Ministerio de Energía y Minas deberá contar con un Registro
4
5. de Productores Mineros Artesanales.
3. Facilitar los contactos con los proveedores y clientes más convenientes, tanto
locales como externos.
4. Facilitar el acceso directo del minero artesanal a los insumos de producción, que
son materia de control especial por parte del Estado.
5. Asesoría para la identificación de fuentes de financiamiento. (*)
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1040,
publicado el 26 junio 2008, cuyo texto es el siguiente:
“Artículo 11.- Participación de los Gobiernos Regionales”
Los Gobiernos Regionales a través de sus Direcciones Regionales de Energía y
Minas, o quien haga sus veces, propiciarán la formalización del acuerdo o contrato de
explotación entre el productor minero artesanal y el titular del derecho minero.
Asimismo, los Gobiernos Regionales cumplen una función tutelar con respecto a los
productores mineros artesanales, en los siguientes aspectos:
1. Procurando su capacitación tecnológica operativa y de administración, a fin de
lograr una explotación racional del yacimiento. Para su efectivo cumplimiento se
gestionará la suscripción de convenios de colaboración con las Universidades y/u
otras Instituciones Técnicas o Tecnológicas que brinden apoyo en la formación de los
productores mineros artesanales.
2. Orientando al productor minero artesanal respecto de sus derechos y obligaciones,
así como respecto de los procedimientos administrativos aplicables.
3. Facilitando información sobre proveedores y clientes adecuados, sean éstos locales
o externos.
4. Facilitando la información que le permita acceder a los insumos de producción que
son materia de control especial por parte del Estado.
5. Asesorando en la identificación de fuentes de financiamiento y de comercialización .
El Ministerio de Energía y Minas mediante la suscripción de Convenios, y de acuerdo a
su disponibilidad presupuestal, podrá prestar apoyo y/ o colaboración a los Gobiernos
Regionales, en las acciones de promoción, mediación, fortalecimiento y consolidación
de la pequeña minería y minería artesanal, que ejecutan los Gobiernos Regionales."
Artículo 12.- Del beneficio de estabilidad tributaria
Sustitúyese el Artículo 92 de la Ley por el texto siguiente:
“Artículo 92.- Los pequeños productores mineros, incluyendo los productores mineros
artesanales, podrán acogerse a lo dispuesto en los Artículos 78, 79 y 80 de la presente
Ley, si invierten al menos el equivalente en moneda nacional a US$ 500,000.00
tratándose de pequeños productores mineros y US$ 50,000.00 tratándose de
5
6. productores mineros artesanales.”
Artículo 13.- Sanciones pecuniarias
Las escalas de multas y penalidades que se aplicarán en caso de incumplimiento a las
disposiciones contenidas en la Ley, así como en sus Reglamentos, deberán
contemplar un tratamiento especial para los pequeños productores mineros y
productores mineros artesanales, no pudiendo exceder en el caso de sanciones
pecuniarias de dos (2) UIT y una (1) UIT, respectivamente. Tratándose de accidentes
fatales, las multas serán hasta de cinco (5) UIT para pequeños productores mineros y
hasta tres (3) UIT tratándose de productores mineros artesanales.
Igual tratamiento especial deberá observarse en la fijación de las tasas de los Textos
Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) del sector.
Artículo 14.- Sostenibilidad y fiscalización
Siendo rol del Estado la supervisión del aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, las actividades de los pequeños productores mineros y productores mineros
artesanales serán fiscalizadas, a partir del segundo año de vigencia de la presente
Ley, directamente por los funcionarios del Sector de Energía y Minas, sin que dichos
titulares estén afectos al pago de arancel al que se refiere la Ley Nº 27474, Ley de
Fiscalización de las Actividades Mineras. (*)
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1040,
publicado el 26 junio 2008, cuyo texto es el siguiente:
“Artículo 14.- Sostenibilidad y fiscalización”
Los Gobiernos Regionales tienen a su cargo la fiscalización, sanción y demás
facultades que les han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización,
de quienes ejercen actividad minera dentro de los rangos de capacidad instalada de
producción y/o beneficio y/o extensión previstos en el artículo 91 del Texto Único
Ordenado de la Ley General de Minería, se encuentren o no acreditados como
pequeños productores mineros o productores mineros artesanales ante la Dirección
General de Minería.
La formalización y demás acciones que correspondan respecto de la minería informal
también están a cargo de los Gobiernos Regionales."
Artículo 15.- Estudios de impacto ambiental
Para el inicio o reinicio de actividades, los pequeños productores mineros y
productores mineros artesanales estarán sujetos a la presentación de Declaración de
Impacto Ambiental o Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado, según sea su caso,
para la obtención de la Certificación Ambiental referida en la Ley Nº 27446, Ley del
Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. La declaración o estudio que
deban presentar los pequeños productores mineros y los productores mineros
artesanales no requerirán estar suscritos por un auditor ambiental registrado, bastará
6
7. para el efecto la suscripción del o los profesionales competentes en la materia.
La Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, deberá contener la identificación de
los compromisos ambientales y sociales individuales o colectivos, según sea la
naturaleza de éstos.
Artículo 16.- Plan de Desarrollo de la Minería Artesanal
El Ministerio de Energía y Minas, a través de sus órganos competentes y los
organismos públicos descentralizados del sector, elaborará el Plan de Desarrollo de la
Minería Artesanal que deberá comprender, entre otras, las siguientes actividades:
1. En áreas mineras catastradas de propiedad del Estado, promoverá y facilitará el
otorgamiento del derecho minero a los mineros artesanales que se encuentren
realizando explotación minera en dichas áreas.
2. En áreas mineras catastradas debidamente tituladas en favor de mineros formales,
el Ministerio de Energía y Minas asumirá un rol de intermediario para facilitar e
impulsar la adopción de los mecanismos legales pertinentes para llegar al acuerdo de
explotación, que contenga condiciones aceptables para ambas partes en toda el área
titulada o en parte de ella.
3. Encargar al INGEMMET la formulación anual de un plan de apoyo a la Pequeña
Minería, relacionado con análisis de muestras y promoción de los proyectos mineros
presentados por los pequeños productores mineros y productores mineros
artesanales. Dichos servicios serán materia de un tratamiento especial en la fijación de
los montos de los pagos correspondientes que deban realizar los beneficiarios de los
mismos.
Artículo 17.- Participación de las Direcciones Regionales de Energía y Minas
Las acciones de fortalecimiento y consolidación establecidas en el artículo anterior,
podrán ser ejecutadas a través de las respectivas Direcciones Regionales de Energía
y Minas.
Las acciones de fiscalización de las actividades mineras realizadas por los productores
mineros artesanales, incluyendo las de sanciones y multas, son de competencia de las
Direcciones Regionales de Energía y Minas, de conformidad con la Ley de
Fiscalización de las Actividades Mineras y sus normas reglamentarias. Lo resuelto por
la Dirección Regional de Minería podrá ser impugnado ante la Dirección General de
Minería.
Lo resuelto por la Dirección General de Minería podrá ser impugnado mediante
Recurso de Revisión ante el Consejo de Minería quien resolverá en última instancia
administrativa.(*)
(*) Artículo derogado por el Artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1040, publicado
el 26 junio 2008.
Artículo 18.- Programas de Adecuación y Manejo Ambiental
Los pequeños productores mineros, productores mineros y productores mineros
7
8. artesanales que a la fecha de la publicación de la presente Ley, no cuenten con
Estudio de Impacto Ambiental o Programa de Adecuación y Manejo Ambiental,
deberán presentar ante la Dirección de Asuntos Ambientales, en el plazo máximo de
un año, el respectivo Programa de Adecuación y Manejo Ambiental en donde se
detallarán los compromisos de remediación, adecuación e inversión y calendario de
obras.
El mencionado programa podrá ser realizado para operaciones que involucren uno o
más pequeños productores mineros o productores mineros artesanales cuando las
condiciones de explotación y la ubicación geográfica de la misma así lo permita.
El Programa de Adecuación y Manejo Ambiental deberá contener la identificación de
los Compromisos Ambientales y Sociales individuales y colectivos, según la naturaleza
de éstos. (*)
(*) De conformidad con el Artículo 1 de la Ley N° 28073, publicada el 26-09-2003,
por única vez establécese hasta el 31-12-2003, el plazo de presentación exigido a
los pequeños productores mineros y productores mineros artesanales ante la
Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energía y Minas, los
Estudios de Impacto Ambiental (EIA) o Programa de Adecuación de Manejo
Ambiental (PAMA) que correspondan, a que se refiere el presente Artículo.
Artículo 19.- Responsabilidad ambiental
Las partes que suscriben el Contrato o Acuerdo de Explotación Minera responden
solidariamente por los daños causados al ambiente conforme a la legislación vigente.
El incumplimiento de las normas ambientales comprobadas por la autoridad minera
constituirá causal de resolución del Contrato o Acuerdo de Explotación Minera a que
se refiere el Artículo 11 de la presente Ley.
Artículo 20.- Responsabilidad en materia de seguridad e higiene minera
El incumplimiento comprobado por la autoridad minera de las normas en materia de
seguridad e higiene minera, ocurridas dentro del área identificada en el Contrato o
Acuerdo de Explotación son de responsabilidad del Productor Minero Artesanal.
“Artículo 21.- Calificación de Pequeño Productor Minero y Minero Artesanal de la
minería no metálica”
En el caso de los mineros de sustancias no metálicas y de materiales de construcción,
se considerarán Pequeños Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales,
en caso que cumplan los requisitos indicados en los numerales 1) y 3) del artículo 91
del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por Decreto
Supremo Nº 014-92-EM.” (*)
(*) Artículo incorporado por el Artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1040,
publicado el 26 junio 2008.
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- Por decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas
8
9. se establecerá un régimen arancelario para la importación de maquinaria y equipo
minero nuevo y usado, en un plazo no mayor de noventa (90) días de la entrada en
vigencia de la presente Ley.
Segunda.- Los productores mineros artesanales debidamente organizados y
registrados tienen derecho para formular petitorios mineros sobre el área que vienen
ocupando, siempre que se traten de áreas libres o áreas publicadas como de libre
denunciabilidad.
Para el ejercicio de este derecho se dispondrá de dos meses desde la fecha de
entrada en vigencia de la presente Ley. Tratándose de áreas publicadas como de libre
denunciabilidad, el plazo para peticionar el área será de dos meses contados a partir
de la publicación respectiva. Vencidos los plazos el área podrá ser peticionada por
cualquier persona natural o jurídica.
Tercera.- El incumplimiento del Convenio 138 de la Organización Internacional del
Trabajo, el cual prevé que la edad mínima de trabajo no debería ser inferior a los
catorce (14) años, será sancionado conforme a las reglas previstas en la vía
administrativa.(*)
(*) Disposición sustituida por el Artículo 1 de la Ley N° 28992, publicada el 27
marzo 2007, cuyo texto es el siguiente:
“TERCERA.- Se prohíbe el trabajo de las personas menores de 18 años de edad en
cualquiera de las actividades mineras a las que se refiere la presente Ley. Los niños,
niñas y adolescentes tienen el derecho a ser retirados o a mantenerse al margen de
esta actividad laboral que representa un riesgo para su salud y seguridad, y a gozar
prioritariamente de las medidas de protección que establece el Código de los Niños y
Adolescentes.
Las familias de los niños que han sido retirados del trabajo minero o se mantienen al
margen de esta actividad tendrán prioridad para acceder a programas sociales de
lucha contra la pobreza y promoción del empleo, siempre y cuando demuestren, ante
la autoridad competente, el cumplimiento de las reglas de protección a los niños, niñas
y adolescentes.”
Cuarta.- En el plazo de treinta (30) días contados a partir de la vigencia de la presente
Ley, se conformará una Comisión de Concertación, integrada por representantes de
los sectores de Energía y Minas y Agricultura, para evaluar y resolver los conflictos
que se suscitan por la actividad de la pequeña minería y minería artesanal en Áreas
Reservadas y Áreas Naturales Protegidas, así como en áreas pertenecientes a
Comunidades Nativas y Campesinas.
La Comisión solicitará la participación de los sectores e instituciones pertinentes, a fin
de realizar el estudio y búsqueda de solución de cada caso específico. (*)
(*) De conformidad con la Resolución Ministerial N° 146-2002-EM-DM, publicada
el 20-03-2002, se contituye la Comisión de Concertación.
Quinta.- A partir del tercer año de la vigencia de la presente Ley, se transferirá a las
Direcciones Regionales de Minería todas las funciones de Evaluaciones y
9
10. Aprobación de las obligaciones ambientales correspondientes a la Minería Artesanal y
Pequeña Minería.
Sexta.- Deróganse todas las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente
Ley.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada parcialmente la Ley por el Congreso de la República,
aceptándose en parte las observaciones formuladas por el señor Presidente de la
República, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 108 de la Constitución
Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los veintiún días del mes de enero de dos mil dos.
CARLOS FERRERO
Presidente del Congreso de la República
HENRY PEASE GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
10