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Ley de mensajes de datos y firmas electrónicas
1. Ley de Mensajes de
Datos y Firmas
Electrónicas
Autor: Engles Sanabia
C.I: 21.111.064
Universidad Bicentenaria de Aragua
Núcleo Puerto Ordaz - Edo. Bolívar
Escuela de Derecho
Informática III
2. Ley de mensajes de datos y
firmas electrónicas
Bajo el título de "Ley de Mensajes de Datos y Firmas
Electrónicas", han sido elaborados un conjunto de normas
dirigido a regular en Venezuela, por vez primera, lo relativo al
denominado comercio electrónico y, especialmente, la "firma
electrónica".
3. Estructura de la Ley
La Ley de mensajes electrónicos está integrada por
nueve capítulos que regulan las materias siguientes: el
Capítulo I está dedicado al establecimiento del ámbito
de aplicación de la Ley y de las definiciones auténticas
que contribuirán a su mejor implementación; el Capítulo
II agrupa las normas relativas a los mensajes de datos;
en el Capítulo III están comprendidas las normas sobre
la emisión y recepción de los mensajes de datos; el
Capítulo IV se refiere a las firmas electrónicas; el
Capítulo V dispone lo relativo a la creación y regulación
de la Superintendencia de Servicios de Certificación
Electrónica; el Capítulo VI señala las normas sobre los
proveedores de servicios de certificación, en el Capitulo
VII se regulan los certificados electrónicos; el Capítulo
VIII está dedicado al régimen de sanciones aplicables;
y por último, el Capítulo IX agrupa las disposiciones
finales.
4. Objetivos de la Ley
El objeto de la Ley de mensajes electrónicos, según su
artículo 1º es, en primer lugar, otorgar y reconocer
eficacia y valor jurídico a la Firma Electrónica, al
Mensaje de Datos y a toda información inteligible en
formato electrónico, independientemente de su soporte
material, atribuible a personas naturales o jurídicas,
públicas o privadas. Se regularía entonces la validez
jurídica de los mensajes de datos y las firmas
electrónicas.
5. Aplicación de la ley
La Ley de mensajes electrónicos es clara al señalar que será
aplicable “(...) a los Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas
independientemente de sus características tecnológicas o de
los desarrollos tecnológicos que se produzcan en un futuro.
Además, la Ley regula todo lo relativo a la firma electrónica, los
entes de certificación y otras materias que inciden en la
utilización de los documentos electrónicos, es decir, “todo lo
relativo a los Proveedores de Servicios de Certificación y los
Certificados Electrónicos”.
6. Régimen de Sanciones
La Ley de mensajes electrónicos dispone una serie de
sanciones por el incumplimiento de las disposiciones
establecidas en su texto. Para la imposición de las multas
previstas en los artículos anteriores, la Superintendencia de
Servicios de Certificación Electrónica aplicará el
procedimiento administrativo ordinario previsto en la Ley
Orgánica de Procedimientos Administrativos, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de mensajes
electrónicos. En este sentido, los Proveedores de Servicios
de Certificación serán sancionados con multas que van
desde las 500 UT hasta 5000 UT respectivamente.
7. Intercambio Electrónico de Datos
En el estudio del comercio electrónico, una de las figuras más
importantes es el intercambio electrónico de datos (EDI), o
Electronic Data Interchange, esto es, el intercambio de datos
a través de un "formato normalizado" entre los sistemas
informático. Lo fundamental entonces es el instrumento a
través del cual se realiza el intercambio de datos, lo cual
tendrá una marcada influencia sobre el comercio electrónico
pues: debe tratarse, insistimos, de medios electrónicos (i.e.:
a través de ordenadores, correo electrónico, telegrama o fax).
8. Contratación Electrónica y
Documento Electrónico
La contratación electrónica es un contrato a distancia, en el
que se utiliza un medio electrónico para la formación de la
voluntad. A su vez, tal medio electrónico se erige como la
prueba de la celebración del contrato. Se trata, ciertamente,
de una prueba especial denominada documento electrónico.
Al igual que todo documento –entendido como el instrumento a
través del cual se representa un hecho, según la clásica
definición de Carnelutti- el documento electrónico y en
general todos los contratos, pueden ser suscritos por las
partes que intervienen en el negocio. Pues bien, la
suscripción del contrato electrónico es conocida como firma
digital o firma electrónica.
9. Firma electrónica
La firma digital se
basa en una clave
pública y en una
clave privada, de
manera tal que la
autenticación de la
firma se efectúa a
través de la
comparación
efectuada entre
esas dos claves.
10. Importancia de la aplicación de
ley
Internet representa una verdadera evolución dentro de las
telecomunicaciones, pues (i) permite una fácil interconexión
de redes; (ii) jurídicamente, es un sistema de
telecomunicaciones autoregulado y (iii) fomenta la
convergencia de las telecomunicaciones, permitiendo así que
desde una plataforma de red, se presten distintas actividades
(i.e.: transmisión de televisión a través de internet.
11. Es por eso que con la evolución tecnológica de las
telecomunicaciones han surgimiento de nuevas formas de
contratación y de celebración de negocios económicos, los
cuales exceden la regulación tradicional que, sobre la materia,
ha efectuado hasta ahora la legislación venezolana y es por
esto muy importante la creación y aplicación de dicha ley