La ley orgánica de régimen tributario interno establece que están obligadas a llevar contabilidad las personas naturales cuyo capital propio supere 9 fracciones básicas desgravadas o cuyos ingresos brutos anuales superen 15 fracciones básicas desgravadas. También deben llevar contabilidad si sus costos y gastos anuales superan 12 fracciones básicas desgravadas. Además, todas las sucursales y establecimientos permanentes de compañías extranjeras y las sociedades están obligadas a llevar
Ley Orgánica de Régimen Tributario InternoColoma3D
¿Quiénes están obligados a llevar la contabilidad?
En el Artículo 37 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno se menciona que están obligadas a llevar la contabilidad las personas naturales que....
Ley Orgánica de Régimen Tributario InternoColoma3D
¿Quiénes están obligados a llevar la contabilidad?
En el Artículo 37 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno se menciona que están obligadas a llevar la contabilidad las personas naturales que....
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1. Ley Orgánica de Régimen TributarioInterno
¿Quiénes están obligados a llevar la contabilidad?
En el artículo 37 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario
Interno se menciona que están obligadas a llevar la contabilidad las personas
naturales que:
Operen con un capital propio , que al inicio de sus actividades económicas o al
1 de enero de cada ejercicio impositivo hayan superado 9 fracciones básicas
desgravadas del Impuesto a la Renta; o
Cuyos ingresos brutos anuales de esas actividades, del ejercicio fiscal inmediato
anterior, hayan sido superiores a 15 fracciones básicas desgravadas.
Cuyos, costos y gastos anuales, imputables a la actividad empresarial. Del
ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores a 12 fracciones básicas
desgravadas.
La fracción básica es el monto mínimo sobre la cual las personas naturales deben
empezar a cancelar el Impuesto a la Renta. Este valor lo determina el Servicio de
Rentas Internas al inicio de cada año. Para el año 2015, la fracción básica desgravada
es de $10800,00. En caso de no cumplir este requisito, el SRI indica que el
contribuyente llevara un Registro de Ingresos y Egresos, como se indica en la página
79.
Además, el Art.34 establece que:
Todas las sucursales y establecimientos permanentes de compañías extranjeras
y las sociedades (personas jurídicas) están obligadas a llevar la contabilidad.
La contabilidad deberá ser llevada bajo la responsabilidad y con la firma de un
contador legalmente autorizado.
Los documentos sustentatorios de la contabilidad deberá conservarse durante
el plazo mínimo de siete años de acuerdo con lo establecido en el Código
Tributario como plazo máximo para la prescripción de la obligación tributaria,
sin perjuicio de los plazos establecidos en otras disposiciones legales.
Art. 39 Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.
Los contadores que llevan la contabilidad de una empresa, en forma obligatoria se
inscribirán en el Registro Único de Contribuyentes aun en el caso de que trabajen
exclusivamente en relación de dependencia. La inscripción en el RUC les habilitara para
firmar declaraciones de impuestos de las sociedades.