Las retenciones en la fuente del impuesto de industria y comercio (ICA) son deducibles del impuesto sobre la renta. Aunque algunas personas no estén obligadas a declarar ICA o lo omitan, pueden deducir las retenciones de ICA realizadas para determinar su base gravable del impuesto sobre la renta. Según la ley tributaria, el 100% del ICA efectivamente pagado a través de retenciones en la fuente es deducible, aunque la persona no haya presentado la declaración de ICA.
CUESTIONARIO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO,AVISOS Y TABLEROS VILLAVICENCIOYicela Bejarano
CUESTIONARIO DE 88 PREGUNTAS SOBRE ICA DE VILLAVICENCIO TOMADO DEL ESTATUTO TRIBUTARIO DE VILLAVICENCIO ACUERDO 030 DEL 2008 Y Acuerdo 072 de 2009: Por el cual se modifica Acuerdo 030 de 2008
Códigos CIIU y básicos: Clasificación de Actividades Económicas. ESTOS DOCUMENTOS SE ENCUENTRAN EN LA PAGINA http://www.villavicencio.gov.co .AÑO 2015
CUESTIONARIO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO,AVISOS Y TABLEROS VILLAVICENCIOYicela Bejarano
CUESTIONARIO DE 88 PREGUNTAS SOBRE ICA DE VILLAVICENCIO TOMADO DEL ESTATUTO TRIBUTARIO DE VILLAVICENCIO ACUERDO 030 DEL 2008 Y Acuerdo 072 de 2009: Por el cual se modifica Acuerdo 030 de 2008
Códigos CIIU y básicos: Clasificación de Actividades Económicas. ESTOS DOCUMENTOS SE ENCUENTRAN EN LA PAGINA http://www.villavicencio.gov.co .AÑO 2015
Retenciones en la fuente a título del impuesto de industria y comercio son deducibles del impuesto sobre la renta
1. RETENCIONES EN LA FUENTE A TÍTULO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y
COMERCIO SON DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El impuesto de industria y comercio es recaudado en forma acelerada y
anticipada por medio del mecanismo de la retención en la fuente,
generando un grupo de personas que les han practicado retención de ICA
y que no están obligadas a declarar u omitieron la obligación formal de
hacerlo, sin embargo cuando declaren por concepto del impuesto sobre la
renta, deberán tener en cuenta las retenciones de ICA para efecto de
determinar la base gravable.
En la determinación de la base gravable del impuesto sobre la renta, se
deben restar las deducciones de los ingresos fiscales; por expresa
disposición del artículo 115 del Estatuto Tributario, es deducible el 100%
del impuesto de industria y comercio, que efectivamente se haya pagado
durante el año o período gravable, siempre y cuando tengan relación de
causalidad con la actividad económica del contribuyente.
Se puede advertir, que cuando la norma se refiere a que el impuesto de
industria y comercio, que se puede deducir para la determinación de la
base gravable del impuesto sobre la renta sea el efectivamente pagado, se
debe tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 803 del Estatuto
Tributario:
Fecha en que se entiende pagado el impuesto. Se tendrá como fecha de
pago del impuesto, respecto de cada contribuyente, aquélla en que
los valores imputables hayan ingresado a las oficinas de Impuestos
Nacionales o a los Bancos autorizados, aún en los casos en que se hayan
recibido inicialmente como simples depósitos, buenas cuentas,
retenciones en la fuente, o que resulten como saldos a su
favor por cualquier concepto.
2. Como se puede observar, en la fecha del pago de las retenciones en la
fuente por parte del agente retenedor, se entenderá pagado el impuesto
de industria y comercio, así no se haya presentado la respectiva
declaración; es decir si por ejemplo una persona natural le practicaron
retención de ICA y esta no presento la declaración de impuesto de
industria y comercio, sea porque no estaba obligada u omitió la
obligación, podrá deducir el 100% de las retenciones en la fuente
efectivamente pagadas por el agente retenedor, para efecto de
determinar la base gravable del impuesto sobre la renta.