MARCAS
      Y
DESIGNACIONES
CONCEPTO DE MARCA
Es un signo distintivo o conjunto de signos
 combinados que diferencian y hacen
 únicos y exclusivos los productos y
 servicios de una empresa u organización
 respecto de las demás.2
Este concepto esta asociado al de marca
 comercial.
MARCA REGISTRADA
Es cuando la misma marca comercial pasa
  por los trámites de inscripción ante el
  REGISTRO NACIONAL DE MARCAS,
  con esta, adquiere estatus de
  PROTECCIÓN JURÌDICA.
La autoridad de aplicación es el INPI
  (Instituto Nacional de Propiedad Industrial)
Para que sirve la registración de
         una marca:
 Para distinguirse frente a la competencia.
Indica la procedencia empresarial
Señala y refuerza la calidad del producto
o del servicio.
Determina y refuerza la función
publicitaria.
Permite con el tiempo el posicionamiento
en el mercado a competir.4
Que se puede registrar como
             marca:
El art. 1 de la ley 22.362 indica que pueden
  registrarse como marca:
 Una o mas palabras con o sin contenido
  conceptual.
 Los grabados.
 Los estampados.
 Los sellos.
 Las imágenes.
 Las bandas
 Las combinaciones de colores aplicadas en un
  lugar determinado de producto o del envase.
Art. 1 – ley 22362
 Los envoltorios.
 Los envases.
 Las combinaciones de letras y números.
 Las letras y números por su dibujo
  especial.
 Las frases publicitarias.
 Los relieves con capacidad distintivas.
 Y todo otro signo con total capacidad.
No son registrables como marca
        (art. 2 – 22362)
Los nombres y signos    Los nombres,
que constituyen la      palabras, signos y
designación             frases publicitarias
necesaria o habitual    que hayan pasado al
del producto o          uso general antes de
servicio, o que         su solicitud de
describan la            registro.
naturaleza, funciones
y cualidades del
mismo.
Art. 2- lo que no puede registrarse
            como marca:


La forma que se de a los productos.
El color natural o intrínseco de los
productos o un solo color aplicado sobre
los mismos.
Lo que se prohibe registrar (art. 3)
 una marca idéntica a una registrada o
  solicitada con anterioridad para distinguir
  los mismos productos o servicios;
 las marcas similares a otras ya
  registradas o solicitadas para distinguir los
  mismos productos o servicios;
 las denominaciones de origen nacional o
  extranjeras
Art. 3 – continuación:
  Se entiende por denominación de origen el
nombre de un país, de una región, de un lugar o
  área geográfica determinado que sirve para
designar un producto originario de ellos y cuyas
      cualidades y características se deben
 exclusivamente al medio geográfico. También
se considera denominación de origen la que se
 refiere a un área geográfica determinada para
          los fines de ciertos productos.
Art. 3 – continuación:

 las marcas que sean susceptibles de
  inducir a error respecto de la naturaleza,
  propiedades, mérito, calidad, técnicas de
  elaboración, función, origen de precio u
  otras características de los productos o
  servicios a distinguir
 las palabras, dibujos y demás signos
  contrarios a la moral y a las buenas
  costumbres;
Art. 3 – continuación:
las letras, palabras, nombres, distintivos, símbolos, que usen o
deban usar la Nación, las provincias, las municipalidades, las
organizaciones religiosas y sanitarias;
 las letras, palabras, nombres o distintivos que usen las naciones
extranjeras y los organismos internacionales reconocidos por el
gobierno argentino;
el nombre, seudónimo o retrato de una persona, sin su
consentimiento o el de sus herederos hasta el cuarto grado
inclusive;
 las designaciones de actividades, incluyendo nombres y razones
sociales, descriptivas de una actividad, para distinguir productos.
Sin embargo, las siglas, palabras y demás signos, con capacidad
distintiva, que formen parte de aquéllas, podrán ser registrados
para distinguir productos o servicios;
las frases publicitarias que carezcan de originalidad.
Cómo se adquiere el nombre de
     una marca ( art. 4)-

             2 sistemas




ATRIBUTIVO          DECLARATIVO

Marcas

  • 1.
    MARCAS Y DESIGNACIONES
  • 2.
    CONCEPTO DE MARCA Esun signo distintivo o conjunto de signos combinados que diferencian y hacen únicos y exclusivos los productos y servicios de una empresa u organización respecto de las demás.2 Este concepto esta asociado al de marca comercial.
  • 3.
    MARCA REGISTRADA Es cuandola misma marca comercial pasa por los trámites de inscripción ante el REGISTRO NACIONAL DE MARCAS, con esta, adquiere estatus de PROTECCIÓN JURÌDICA. La autoridad de aplicación es el INPI (Instituto Nacional de Propiedad Industrial)
  • 4.
    Para que sirvela registración de una marca: Para distinguirse frente a la competencia. Indica la procedencia empresarial Señala y refuerza la calidad del producto o del servicio. Determina y refuerza la función publicitaria. Permite con el tiempo el posicionamiento en el mercado a competir.4
  • 5.
    Que se puederegistrar como marca: El art. 1 de la ley 22.362 indica que pueden registrarse como marca:  Una o mas palabras con o sin contenido conceptual.  Los grabados.  Los estampados.  Los sellos.  Las imágenes.  Las bandas  Las combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado de producto o del envase.
  • 6.
    Art. 1 –ley 22362  Los envoltorios.  Los envases.  Las combinaciones de letras y números.  Las letras y números por su dibujo especial.  Las frases publicitarias.  Los relieves con capacidad distintivas.  Y todo otro signo con total capacidad.
  • 7.
    No son registrablescomo marca (art. 2 – 22362) Los nombres y signos Los nombres, que constituyen la palabras, signos y designación frases publicitarias necesaria o habitual que hayan pasado al del producto o uso general antes de servicio, o que su solicitud de describan la registro. naturaleza, funciones y cualidades del mismo.
  • 8.
    Art. 2- loque no puede registrarse como marca: La forma que se de a los productos. El color natural o intrínseco de los productos o un solo color aplicado sobre los mismos.
  • 9.
    Lo que seprohibe registrar (art. 3)  una marca idéntica a una registrada o solicitada con anterioridad para distinguir los mismos productos o servicios;  las marcas similares a otras ya registradas o solicitadas para distinguir los mismos productos o servicios;  las denominaciones de origen nacional o extranjeras
  • 10.
    Art. 3 –continuación: Se entiende por denominación de origen el nombre de un país, de una región, de un lugar o área geográfica determinado que sirve para designar un producto originario de ellos y cuyas cualidades y características se deben exclusivamente al medio geográfico. También se considera denominación de origen la que se refiere a un área geográfica determinada para los fines de ciertos productos.
  • 11.
    Art. 3 –continuación:  las marcas que sean susceptibles de inducir a error respecto de la naturaleza, propiedades, mérito, calidad, técnicas de elaboración, función, origen de precio u otras características de los productos o servicios a distinguir  las palabras, dibujos y demás signos contrarios a la moral y a las buenas costumbres;
  • 12.
    Art. 3 –continuación: las letras, palabras, nombres, distintivos, símbolos, que usen o deban usar la Nación, las provincias, las municipalidades, las organizaciones religiosas y sanitarias; las letras, palabras, nombres o distintivos que usen las naciones extranjeras y los organismos internacionales reconocidos por el gobierno argentino; el nombre, seudónimo o retrato de una persona, sin su consentimiento o el de sus herederos hasta el cuarto grado inclusive; las designaciones de actividades, incluyendo nombres y razones sociales, descriptivas de una actividad, para distinguir productos. Sin embargo, las siglas, palabras y demás signos, con capacidad distintiva, que formen parte de aquéllas, podrán ser registrados para distinguir productos o servicios; las frases publicitarias que carezcan de originalidad.
  • 13.
    Cómo se adquiereel nombre de una marca ( art. 4)- 2 sistemas ATRIBUTIVO DECLARATIVO