2. Certificado de Defunción
Es un documento expedido por un médico que certifica el fallecimiento de una persona. Es un
instrumento importante para el registro civil y las estadísticas de mortalidad.
El certificado de defunción contiene información como la identificación del fallecido, causa de
muerte, fecha y lugar de muerte.
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5. En el campo de la medicina legal, el certificado de defunción juega un papel crucial. Proporciona
información sobre la causa de muerte, que puede utilizarse para análisis epidemiológicos y
planificación de políticas sanitarias. Además, el certificado de defunción también es esencial para establecer
estadísticas de mortalidad, que son importantes indicadores de salud pública.
6. La importancia del certificado de defunción suele ser pasada por alto por algunos profesionales médicos,
que no le dan la debida importancia al documento. Es el certificado de defunción (que se transformará en
certificado de defunción en el registro civil) el que garantiza al difunto la posibilidad de cremación, entierro
o incluso la apertura de un inventario por parte de sus herederos.
Importancia legal
7. Al completar un certificado de defunción, el médico debe ser preciso y detallado al describir la causa de la muerte.
Hay varias categorías de causas de muerte, que van desde enfermedades específicas hasta causas externas, como accidentes y
violencia.
Es fundamental que el médico siga los lineamientos y estándares establecidos para el correcto llenado del certificado de defunción,
asegurando así la calidad y confiabilidad de la información registrada.
8. Algunos conceptos importantes
Muerte es la desaparición permanente de todo signo de vida, en un momento. cualquiera
después del nacimiento, sin posibilidad de reanimación, como definición de la Organización
Mundial de la Salud (OMS).
Muerte por causas naturales. Es aquel cuya causa básica es una enfermedad o un estado mórbido.
Muerte por causas externas. Es lo que resulta de una lesión causada por violencia (homicidio, suicidio,
accidente o muerte sospechosa), independientemente del tiempo transcurrido entre el acontecimiento y
muerte.
Muerte hospitalaria Es la muerte que se produce en el hospital, después de que el paciente ha sido
registrado, independientemente del tiempo de estancia.
Muerte sin asistencia médica Es la muerte que ocurre en un paciente que no recibió asistencia médica
durante la enfermedad
Causa básica de muerte. Es la enfermedad o lesión que inició la cadena de eventos patológicos que condujo
directamente a la muerte, o las circunstancias del accidente o la violencia que produjo la herida mortal.
10. Tiempo aproximado entre el inicio de la enfermedad y la muerte.
El médico no debe olvidar indicar, junto a cada causa, la duración Tiempo aproximado de
la enfermedad (desde el diagnóstico hasta la muerte). Esta informacion representa una
ayuda importante en la selección de la causa básica.
El médico debe informar la hora estimada de muerte
11. ConcebidosNoNacidos Ley que
establece el libro de Defunciones de
Concebidos No Nacidos en el REC
• Con esta legislación se busca brindar una contención emocional a las familias
que enfrentan tan dura pérdida.
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• El procedimiento se realiza en la oficina 000 del Registro del Estado Civil en su
Sede Central con la inscripción en el denominado Libro Blanco, y requiere de la
presentación del Certificado Médico de Defunción completo sin importar las
semanas de gestación ni el peso del bebé.
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• La ley 5.833/17 permite la inscripción de los concebidos no nacidos con un plazo
limite de un año a partir del hecho ocurrido.
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• El Registro del Estado Civil reitera que la inscripción se realizará en la Oficina
000 de la Sede Central en Asunción, primeramente, luego se extendería a nivel
departamental.
12. • Paraguay se convierte en el primer país en Sudamérica en
realizar dicha inscripción, permitiendo registrar a aquellos
que hayan fallecido dentro del vientre materno,
independientemente de la causa de muerte, edad
gestacional o peso al momento del fallecimiento.
• La primera inscripción histórica tuvo lugar en el año 2018 en
la Oficina 000 de la sede central dependiente de la DGREC y
a partir del año 2021 se cuenta con un libro de inscripción de
Concebidos no Nacidos en cada Coordinación
Departamental, en cumplimiento de la Ley 5833/17.