El documento resume la historia del tratamiento de menores infractores desde la antigüedad hasta la actualidad. Explica que en la antigua Roma y en culturas precolombinas como los mayas y aztecas, la minoría de edad se consideraba un atenuante para los delitos cometidos. En el siglo XIX surgieron reformatorios para reeducar a los menores en lugar de castigarlos. Actualmente, los menores infractores reciben un trato justo y los tribunales se enfocan en la prevención y protección en lugar de solo castig
La criminalística tuvo su origen en la necesidad de aplicar métodos científicos a la investigación de delitos. Hans Gross acuñó el término "criminalística" y la definió como el conjunto de conocimientos necesarios para quienes participan en la administración de justicia. La criminalística utiliza técnicas y ciencias como la dactiloscopia, la balística, la fotografía forense y la medicina forense para establecer la verdad sobre un acto criminal.
Este documento compara brevemente la criminalística y la criminología. La criminalística se ocupa de aplicar técnicas y métodos para examinar evidencia de un crimen, mientras que la criminología estudia las causas y efectos de los crímenes en la sociedad. La criminalística ayuda a determinar cómo, cuándo y con qué se cometió un crimen, mientras que la criminología se enfoca en la motivación y psicología del criminal. Ambas disciplinas son fundamentales para el derecho penal y la administración de justicia.
El documento describe la evolución histórica de la concepción de los menores infractores desde la perspectiva jurídica. Explica que en el derecho romano se distinguía entre varias categorías de edad con distintos niveles de responsabilidad penal. Posteriormente, los regímenes jurídicos como el anglosajón, germano y franco-visigodo establecieron límites de edad para la imputabilidad. Más adelante, las escuelas clásica y positivista influyeron en el tratamiento de los menores,
El documento describe la técnica del perfil criminológico, incluyendo sus orígenes, métodos y aplicaciones. Explica que el perfil criminológico implica inferir las características de un criminal desconocido basado en un análisis de la escena del crimen y las víctimas. También discute los modelos criminológicos europeo y estadounidense y cómo el FBI ha contribuido al desarrollo de esta técnica.
La criminología estudia el delito y se compone de disciplinas como la antropología criminal, sociología criminal y biología criminal. Incluye métodos como el experimental, estadístico y combinado. Existen debates sobre si es una ciencia o disciplina. Se relaciona con el derecho penal, biología, psiquiatría, sociología, antropología y medicina legal. La historia incluye períodos prepositivistas y el positivismo italiano con figuras como Lombroso, Ferri y Garófalo que usaron métodos experimentales y consideraron factores
Este documento resume el crimen de Los Galindos ocurrido en 1975 en Paradas, Sevilla, donde 5 personas fueron asesinadas brutalmente en un cobertizo. Los cuerpos fueron encontrados golpeados y desfigurados, pero no se pudo identificar al culpable debido a la falta de pruebas. Varios sospechosos fueron señalados pero luego descartados. El crimen permanece sin resolver y ha generado muchas teorías conspirativas sobre lo que realmente sucedió esa tarde sangrienta en Los Galindos.
La criminología ha evolucionado históricamente desde la Antigüedad hasta la actualidad. En la Antigüedad y Edad Media, filósofos atribuían el crimen a factores como la pobreza y el medio ambiente. En la Edad Moderna, médicos de prisiones y científicos como Darwin estudiaron las causas biológicas y psicológicas del crimen. En el siglo XIX, la criminología emergió como disciplina propia que estudia el crimen, la personalidad del infractor y el contexto social.
El documento analiza programas y estrategias de prevención del delito, incluyendo la educación, el fortalecimiento del tejido social, la coordinación con la sociedad civil, la seguridad en escuelas, y el control de armas de fuego. Explica que la prevención requiere abordar factores criminógenos como la pobreza, la desintegración familiar, y falta de oportunidades, a través de programas sociales, educación, y alternativas para jóvenes.
La criminalística tuvo su origen en la necesidad de aplicar métodos científicos a la investigación de delitos. Hans Gross acuñó el término "criminalística" y la definió como el conjunto de conocimientos necesarios para quienes participan en la administración de justicia. La criminalística utiliza técnicas y ciencias como la dactiloscopia, la balística, la fotografía forense y la medicina forense para establecer la verdad sobre un acto criminal.
Este documento compara brevemente la criminalística y la criminología. La criminalística se ocupa de aplicar técnicas y métodos para examinar evidencia de un crimen, mientras que la criminología estudia las causas y efectos de los crímenes en la sociedad. La criminalística ayuda a determinar cómo, cuándo y con qué se cometió un crimen, mientras que la criminología se enfoca en la motivación y psicología del criminal. Ambas disciplinas son fundamentales para el derecho penal y la administración de justicia.
El documento describe la evolución histórica de la concepción de los menores infractores desde la perspectiva jurídica. Explica que en el derecho romano se distinguía entre varias categorías de edad con distintos niveles de responsabilidad penal. Posteriormente, los regímenes jurídicos como el anglosajón, germano y franco-visigodo establecieron límites de edad para la imputabilidad. Más adelante, las escuelas clásica y positivista influyeron en el tratamiento de los menores,
El documento describe la técnica del perfil criminológico, incluyendo sus orígenes, métodos y aplicaciones. Explica que el perfil criminológico implica inferir las características de un criminal desconocido basado en un análisis de la escena del crimen y las víctimas. También discute los modelos criminológicos europeo y estadounidense y cómo el FBI ha contribuido al desarrollo de esta técnica.
La criminología estudia el delito y se compone de disciplinas como la antropología criminal, sociología criminal y biología criminal. Incluye métodos como el experimental, estadístico y combinado. Existen debates sobre si es una ciencia o disciplina. Se relaciona con el derecho penal, biología, psiquiatría, sociología, antropología y medicina legal. La historia incluye períodos prepositivistas y el positivismo italiano con figuras como Lombroso, Ferri y Garófalo que usaron métodos experimentales y consideraron factores
Este documento resume el crimen de Los Galindos ocurrido en 1975 en Paradas, Sevilla, donde 5 personas fueron asesinadas brutalmente en un cobertizo. Los cuerpos fueron encontrados golpeados y desfigurados, pero no se pudo identificar al culpable debido a la falta de pruebas. Varios sospechosos fueron señalados pero luego descartados. El crimen permanece sin resolver y ha generado muchas teorías conspirativas sobre lo que realmente sucedió esa tarde sangrienta en Los Galindos.
La criminología ha evolucionado históricamente desde la Antigüedad hasta la actualidad. En la Antigüedad y Edad Media, filósofos atribuían el crimen a factores como la pobreza y el medio ambiente. En la Edad Moderna, médicos de prisiones y científicos como Darwin estudiaron las causas biológicas y psicológicas del crimen. En el siglo XIX, la criminología emergió como disciplina propia que estudia el crimen, la personalidad del infractor y el contexto social.
El documento analiza programas y estrategias de prevención del delito, incluyendo la educación, el fortalecimiento del tejido social, la coordinación con la sociedad civil, la seguridad en escuelas, y el control de armas de fuego. Explica que la prevención requiere abordar factores criminógenos como la pobreza, la desintegración familiar, y falta de oportunidades, a través de programas sociales, educación, y alternativas para jóvenes.
El documento trata sobre la investigación criminal y la criminalística. Explica que la investigación criminal es un proceso para descubrir los hechos de un crimen y perseguir a los autores de forma eficaz y legal. La criminalística utiliza métodos científicos como la recopilación y análisis de evidencia en la escena del crimen para reconstruir lo ocurrido. Siguiendo principios como el intercambio de Locard, aplica métodos inductivos y deductivos para llegar a conclusiones sobre los delitos.
Este documento analiza los delitos sexuales en México. Explica que la tasa de estos delitos es alta y que la mayoría de las víctimas son mujeres y niños. También describe que hay una "cifra negra" significativa, lo que significa que la mayoría de los delitos sexuales no se denuncian. Esto se debe a la estigmatización y falta de confianza en el sistema legal. El documento concluye que es necesario abordar este problema social y apoyar mejor a las víctimas.
Este documento presenta información sobre la criminología como ciencia. Explica que la criminología estudia el crimen, el delincuente, la víctima y el control social, y se relaciona con disciplinas como la antropología, la sociología, la psiquiatría y la psicología. También describe los métodos de la criminología y su relación con otras áreas como el derecho penal, la penología y la criminalística.
Este documento describe los conceptos de peligrosidad y personalidad criminal desde una perspectiva criminológica. Explica que la peligrosidad se refiere a la probabilidad de que una persona viole la ley, y describe sus clasificaciones, características y tipos. También analiza los componentes de la personalidad criminal como el egocentrismo, la labilidad, la agresividad y la indiferencia afectiva. Finalmente, discute conceptos como el umbral criminal y los factores que determinan si una persona pasa al acto criminal o no.
Los principales principios de la criminalística incluyen: el principio de uso, que establece que todo acto delictivo implica el uso de algún agente; el principio de producción, que establece que todo acto produce evidencia observable; y el principio de intercambio, que establece que siempre hay un intercambio de evidencia entre el autor, la víctima y la escena del crimen. Estos principios guían el análisis criminalístico y la reconstrucción de los hechos, y pueden aplicarse a la investigación de diferentes tipos de
Este documento trata sobre la criminología genética y los factores endógenos de la criminalidad. Explora la relación entre cambios biológicos como enfermedades mentales y físicas con la criminalidad. También discute cómo la biología, genética y endocrinología han influenciado el estudio de la criminología. Finalmente, analiza cómo factores hereditarios como el ADN pueden afectar la predisposición a comportamientos antisociales.
El documento resume la historia de la criminalística desde sus orígenes. Menciona que Hans Gross fue el fundador de la criminalística y definió la disciplina como una ciencia jurídico-penal. Explica que la criminalística tiene el objetivo de descubrir, explicar y probar delitos y detectar a sus autores y víctimas usando técnicas científicas.
1. El documento trata sobre la prevención del crimen en un estado social y democrático de derecho. Define la prevención del crimen y discute diferentes modelos como el clásico y el neoclásico.
2. También analiza los conceptos de prevención primaria, secundaria y terciaria. Concluye que un modelo efectivo de prevención del crimen requiere abordar las causas sociales y no solo medidas represivas.
3. Finalmente, examina el control social penal y la necesidad de que este se base en garantías individuales y dere
El documento presenta información sobre cinco casos de robo agravado. Incluye detalles sobre las acusaciones, circunstancias agravantes y resultados legales de cada caso. Los casos involucran a Julio Cesar Arriaga Rivera, Cesar Ccahuantico Mamami, Michel Maza Márquez y otros individuos acusados de robo agravado en Perú.
Este documento presenta un informe policial sobre un caso de hurto calificado y agravado. Describe los detalles del hurto ocurrido en la casa de Nora Isabel Ramírez Grisales en Medellín, incluyendo la descripción de los objetos robados. También presenta los testimonios e identidades de testigos como vecinos y un hombre que observó el hurto. Finalmente, detalla las diligencias policiales adelantadas en la escena del crimen y la recolección de huellas e información de posibles sospechosos.
La escuela positivista de criminología surgió en el siglo XIX y buscaba estudiar al delincuente y el delito desde un enfoque científico e inductivo. Sostenía que el delito es un hecho natural determinado por factores ambientales y biológicos más que por la voluntad individual. Proponía clasificar a los delincuentes en tipos y utilizar sanciones de duración indeterminada basadas en la peligrosidad de cada criminal, con el fin de readaptarlos en lugar de castigarlos.
El documento presenta una breve introducción a varios pensadores y científicos que fueron precursores de la criminología, como Santo Tomás Moro, John Howard, Jeremy Bentham y Cesar Beccaria. Luego describe a pensadores franceses como Montesquieu y Voltaire que propusieron reformas al sistema penal, así como a médicos en prisiones como Pinel y Esquirol que desarrollaron los inicios de la psiquiatría. Finalmente menciona a psiquiatras del siglo XIX como Voisin que estudiaron la relación entre delinc
El documento resume las teorías de Cesare Lombroso, pionero de la criminología. Lombroso estudió las causas biológicas y psicológicas de la delincuencia, clasificó a los criminales y defendió que la pena debe buscar la readaptación del delincuente más que solo sancionarlo.
Fuentes de informacion de la investigacion criminal okKARLIXXX
Este documento describe las bases y procesos de una investigación criminal, incluyendo la comprobación del hecho delictivo, la recopilación de información de fuentes como testigos, documentos y diligencias judiciales, el análisis de la información, y la generación de informes. Explica que la investigación comienza con el conocimiento del hecho delictivo, luego se comprueba en el lugar de los hechos, se recopilan datos preliminares, y se formulan hipótesis para guiar el plan de investigación y obtención de más información que ay
El comportamiento delictivo ha alcanzado un preocupante alto índice en México, en donde interviene el ambiente social que rodea al ser humano desde que llega a socializar. Lo alarmante no es en sí el crecimiento delictivo, más bien la forma de tratar de solucionar este problema, en donde no ha dado los resultados esperados, ya que no existe un pacto real entre la sociedad y el Estado. De este modo, al plantear y analizar la problemática delincuencial que enfrenta nuestro país, se determinó la necesidad de realizar un estudio al respecto, anteponiendo las premisas detectadas y comprobadas en la investigación realizada, tales como que el delito tiene estrecha relación entre sus causas, considerándose policausal.
El documento resume las principales fuentes del derecho penal según las ideas liberales de estricta legalidad. Señala que la única fuente directa e inmediata del derecho penal es la ley, mientras que la costumbre, jurisprudencia y doctrina no pueden ser consideradas fuentes formales. Además, establece principios como nullum crimen, nulla poena sine lege y nemo jude sine lege, y explica que para ser punible un hecho debe estar previsto en la ley y ser típico.
Este documento presenta una introducción a conceptos clave de la sociología criminal como sociedad, organización social, desorganización social, desviación social y criminalidad. Explica la criminalidad como un fenómeno social influenciado por factores políticos, educativos, económicos, culturales y ecológicos. Resume las teorías de las escuelas criminológicas francesa y sociológicas. Finalmente, describe explicaciones sociológicas de la criminalidad como la teoría de la anomia y la teoría integradora de F
El documento trata sobre la adopción como medida de protección de los niños y adolescentes. Explica que desde tiempos antiguos, los estados se han preocupado por los derechos de los niños y que la adopción surge como una solución al problema de los niños abandonados. Define la adopción como la creación de una filiación artificial mediante un acto jurídico que hace de un niño ajeno biológicamente un hijo propio. Finalmente, señala que la adopción brinda a los niños oportunidades como la educación, vida, amist
Los derechos de la niñez y la adolescencia en México, una revisión crítica - ...Ricardo Villa
RESUMEN
Se analizan los problemas relevantes de los niños y los adolescentes mexicanos desde la perspectiva de sus derechos garantizados tanto por las leyes nacionales como por las internacionales. Se concluye que en algunas situaciones límites no se respetan sus derechos, ni existen instituciones que los hagan respetar.
Planteamiento inicial
Cuando se habla o escribe de la niñez y la adolescencia en México, o en el mundo, parece que todos entendemos lo mismo pero, fuera de quienes nos dedicamos a la educación y tenemos constantemente frente a nosotros a cientos de preadolescentes, niños y adolescentes de manera cotidiana, parece que nadie sabe, al menos en México, lo que es o pudiera ser un niño o un adolescente.
El documento trata sobre la investigación criminal y la criminalística. Explica que la investigación criminal es un proceso para descubrir los hechos de un crimen y perseguir a los autores de forma eficaz y legal. La criminalística utiliza métodos científicos como la recopilación y análisis de evidencia en la escena del crimen para reconstruir lo ocurrido. Siguiendo principios como el intercambio de Locard, aplica métodos inductivos y deductivos para llegar a conclusiones sobre los delitos.
Este documento analiza los delitos sexuales en México. Explica que la tasa de estos delitos es alta y que la mayoría de las víctimas son mujeres y niños. También describe que hay una "cifra negra" significativa, lo que significa que la mayoría de los delitos sexuales no se denuncian. Esto se debe a la estigmatización y falta de confianza en el sistema legal. El documento concluye que es necesario abordar este problema social y apoyar mejor a las víctimas.
Este documento presenta información sobre la criminología como ciencia. Explica que la criminología estudia el crimen, el delincuente, la víctima y el control social, y se relaciona con disciplinas como la antropología, la sociología, la psiquiatría y la psicología. También describe los métodos de la criminología y su relación con otras áreas como el derecho penal, la penología y la criminalística.
Este documento describe los conceptos de peligrosidad y personalidad criminal desde una perspectiva criminológica. Explica que la peligrosidad se refiere a la probabilidad de que una persona viole la ley, y describe sus clasificaciones, características y tipos. También analiza los componentes de la personalidad criminal como el egocentrismo, la labilidad, la agresividad y la indiferencia afectiva. Finalmente, discute conceptos como el umbral criminal y los factores que determinan si una persona pasa al acto criminal o no.
Los principales principios de la criminalística incluyen: el principio de uso, que establece que todo acto delictivo implica el uso de algún agente; el principio de producción, que establece que todo acto produce evidencia observable; y el principio de intercambio, que establece que siempre hay un intercambio de evidencia entre el autor, la víctima y la escena del crimen. Estos principios guían el análisis criminalístico y la reconstrucción de los hechos, y pueden aplicarse a la investigación de diferentes tipos de
Este documento trata sobre la criminología genética y los factores endógenos de la criminalidad. Explora la relación entre cambios biológicos como enfermedades mentales y físicas con la criminalidad. También discute cómo la biología, genética y endocrinología han influenciado el estudio de la criminología. Finalmente, analiza cómo factores hereditarios como el ADN pueden afectar la predisposición a comportamientos antisociales.
El documento resume la historia de la criminalística desde sus orígenes. Menciona que Hans Gross fue el fundador de la criminalística y definió la disciplina como una ciencia jurídico-penal. Explica que la criminalística tiene el objetivo de descubrir, explicar y probar delitos y detectar a sus autores y víctimas usando técnicas científicas.
1. El documento trata sobre la prevención del crimen en un estado social y democrático de derecho. Define la prevención del crimen y discute diferentes modelos como el clásico y el neoclásico.
2. También analiza los conceptos de prevención primaria, secundaria y terciaria. Concluye que un modelo efectivo de prevención del crimen requiere abordar las causas sociales y no solo medidas represivas.
3. Finalmente, examina el control social penal y la necesidad de que este se base en garantías individuales y dere
El documento presenta información sobre cinco casos de robo agravado. Incluye detalles sobre las acusaciones, circunstancias agravantes y resultados legales de cada caso. Los casos involucran a Julio Cesar Arriaga Rivera, Cesar Ccahuantico Mamami, Michel Maza Márquez y otros individuos acusados de robo agravado en Perú.
Este documento presenta un informe policial sobre un caso de hurto calificado y agravado. Describe los detalles del hurto ocurrido en la casa de Nora Isabel Ramírez Grisales en Medellín, incluyendo la descripción de los objetos robados. También presenta los testimonios e identidades de testigos como vecinos y un hombre que observó el hurto. Finalmente, detalla las diligencias policiales adelantadas en la escena del crimen y la recolección de huellas e información de posibles sospechosos.
La escuela positivista de criminología surgió en el siglo XIX y buscaba estudiar al delincuente y el delito desde un enfoque científico e inductivo. Sostenía que el delito es un hecho natural determinado por factores ambientales y biológicos más que por la voluntad individual. Proponía clasificar a los delincuentes en tipos y utilizar sanciones de duración indeterminada basadas en la peligrosidad de cada criminal, con el fin de readaptarlos en lugar de castigarlos.
El documento presenta una breve introducción a varios pensadores y científicos que fueron precursores de la criminología, como Santo Tomás Moro, John Howard, Jeremy Bentham y Cesar Beccaria. Luego describe a pensadores franceses como Montesquieu y Voltaire que propusieron reformas al sistema penal, así como a médicos en prisiones como Pinel y Esquirol que desarrollaron los inicios de la psiquiatría. Finalmente menciona a psiquiatras del siglo XIX como Voisin que estudiaron la relación entre delinc
El documento resume las teorías de Cesare Lombroso, pionero de la criminología. Lombroso estudió las causas biológicas y psicológicas de la delincuencia, clasificó a los criminales y defendió que la pena debe buscar la readaptación del delincuente más que solo sancionarlo.
Fuentes de informacion de la investigacion criminal okKARLIXXX
Este documento describe las bases y procesos de una investigación criminal, incluyendo la comprobación del hecho delictivo, la recopilación de información de fuentes como testigos, documentos y diligencias judiciales, el análisis de la información, y la generación de informes. Explica que la investigación comienza con el conocimiento del hecho delictivo, luego se comprueba en el lugar de los hechos, se recopilan datos preliminares, y se formulan hipótesis para guiar el plan de investigación y obtención de más información que ay
El comportamiento delictivo ha alcanzado un preocupante alto índice en México, en donde interviene el ambiente social que rodea al ser humano desde que llega a socializar. Lo alarmante no es en sí el crecimiento delictivo, más bien la forma de tratar de solucionar este problema, en donde no ha dado los resultados esperados, ya que no existe un pacto real entre la sociedad y el Estado. De este modo, al plantear y analizar la problemática delincuencial que enfrenta nuestro país, se determinó la necesidad de realizar un estudio al respecto, anteponiendo las premisas detectadas y comprobadas en la investigación realizada, tales como que el delito tiene estrecha relación entre sus causas, considerándose policausal.
El documento resume las principales fuentes del derecho penal según las ideas liberales de estricta legalidad. Señala que la única fuente directa e inmediata del derecho penal es la ley, mientras que la costumbre, jurisprudencia y doctrina no pueden ser consideradas fuentes formales. Además, establece principios como nullum crimen, nulla poena sine lege y nemo jude sine lege, y explica que para ser punible un hecho debe estar previsto en la ley y ser típico.
Este documento presenta una introducción a conceptos clave de la sociología criminal como sociedad, organización social, desorganización social, desviación social y criminalidad. Explica la criminalidad como un fenómeno social influenciado por factores políticos, educativos, económicos, culturales y ecológicos. Resume las teorías de las escuelas criminológicas francesa y sociológicas. Finalmente, describe explicaciones sociológicas de la criminalidad como la teoría de la anomia y la teoría integradora de F
El documento trata sobre la adopción como medida de protección de los niños y adolescentes. Explica que desde tiempos antiguos, los estados se han preocupado por los derechos de los niños y que la adopción surge como una solución al problema de los niños abandonados. Define la adopción como la creación de una filiación artificial mediante un acto jurídico que hace de un niño ajeno biológicamente un hijo propio. Finalmente, señala que la adopción brinda a los niños oportunidades como la educación, vida, amist
Los derechos de la niñez y la adolescencia en México, una revisión crítica - ...Ricardo Villa
RESUMEN
Se analizan los problemas relevantes de los niños y los adolescentes mexicanos desde la perspectiva de sus derechos garantizados tanto por las leyes nacionales como por las internacionales. Se concluye que en algunas situaciones límites no se respetan sus derechos, ni existen instituciones que los hagan respetar.
Planteamiento inicial
Cuando se habla o escribe de la niñez y la adolescencia en México, o en el mundo, parece que todos entendemos lo mismo pero, fuera de quienes nos dedicamos a la educación y tenemos constantemente frente a nosotros a cientos de preadolescentes, niños y adolescentes de manera cotidiana, parece que nadie sabe, al menos en México, lo que es o pudiera ser un niño o un adolescente.
Este documento analiza el desarrollo histórico del concepto de menor infractor en diferentes sistemas jurídicos como el derecho romano, anglosajón y canónico. También describe el marco jurídico internacional y nacional sobre la justicia de adolescentes en México, incluyendo principios como la especialización, presunción de inocencia e interés superior del adolescente. Finalmente, examina las medidas de prevención del delito en adolescentes implementadas por el ayuntamiento de Cuernavaca como el manejo de espacios públicos y el control de jóven
Este documento presenta una introducción al estudio histórico y comparado de la legislación de menores infractores. Brevemente describe la historia de este tema desde las primeras leyes en el Código de Hammurabi hasta el derecho romano y canónico. Explica que el tratamiento de la delincuencia juvenil ha variado a lo largo de la historia y entre diferentes culturas, aunque siempre ha existido una preocupación por regular la mala conducta de los menores.
El documento trata sobre el adolescente infractor de la ley penal. Resume que las leyes penales históricamente han protegido a los menores, usando medidas socioeducativas en lugar de castigos. También explica que factores como la familia disfuncional, condiciones económicas y sociales deficientes, y fallas en las instituciones educativas pueden contribuir a la conducta delictiva en los adolescentes. Finalmente, propone el enfoque de justicia restaurativa y debido proceso para los menores, en lugar de tratarlos como adultos.
El documento resume los aspectos clave de la minoría y la patria potestad en Venezuela según la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA). La minoría se define hasta los 18 años. La LOPNNA clasifica a los menores en niños (menores de 12 años) y adolescentes (de 12 a 18 años) y otorga nuevos derechos a la minoría. La patria potestad comprende los deberes y derechos de los padres sobre sus hijos menores de edad relacionados con el cuidado y des
El documento propone la creación de un Área de Criminología en un Centro de Atención para Adolescentes en Conflicto con la Ley. El Área clasificaría y diagnosticaría criminológicamente a los menores y diseñaría tratamientos individualizados. Contaría con departamentos de recepción y vinculación al exterior para coordinar con autoridades. El objetivo es brindar un tratamiento integral e interdisciplinario que permita la reinserción social de los adolescentes.
El documento trata sobre la historia y concepto de la adopción. Brevemente, la adopción ha existido desde la antigüedad como una medida de protección de niños, y en la actualidad se define legalmente como una relación paterno-filial establecida de manera irrevocable entre personas no relacionadas biológicamente, con el Estado vigilando el proceso. El documento también discute los derechos de los niños a ser aceptados en su comunidad y tener oportunidades a través de la adopción.
Este documento resume la evolución de la doctrina sobre la justicia penal juvenil. Explica que la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 marcó el fin de la doctrina de la situación irregular, que criminalizaba la pobreza y trataba a los niños como objetos de tutela, e introdujo la doctrina de la protección integral, que reconoce a los niños como sujetos de derechos. Además, bajo esta nueva doctrina, los adolescentes pueden ser responsables por sus actos ilícitos según su edad y grado de desar
El documento presenta una breve historia de la criminología. Comienza describiendo las primeras conductas que se consideraron delitos y cómo estas fueron codificadas. Luego resume los diferentes tipos de castigo que ha tenido la humanidad a lo largo de la historia, incluyendo la venganza, la expiación, la disuasión y la rehabilitación. Finalmente, introduce algunas figuras clave en el desarrollo de la criminología como una disciplina científica, como Cesare Lombroso, Enrico Ferri y Rafael Garofalo.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento resume las disposiciones legales anteriores y actuales relacionadas con la responsabilidad penal de adolescentes en Venezuela. Brevemente describe que la legislación anterior ya contemplaba la imputabilidad de menores entre 12-18 años y que serían juzgados de forma diferente a adultos. Luego, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes estableció una clara distinción entre niños y adolescentes, e introdujo un sistema de responsabilidad para adolescentes basado en la culpabilidad.
La ley busca proteger los derechos de los niños y adolescentes en Colombia al actualizar la legislación para ajustarla a los tratados internacionales. Actualmente la ley solo regula nueve situaciones irregulares y deja por fuera violaciones a los derechos de los menores. La nueva ley reconocería los derechos generales de los niños a ser protegidos contra formas de violencia, abandono y explotación. Además, los adolescentes que cometan delitos serían juzgados en procesos diferenciados y con enfoque pedagó
Las prisiones mexicanas actualmente no cumplen con su función de rehabilitación y reinserción, sino que más bien perjudican a los reclusos. Más del 60% de la población carcelaria purga penas menores de 3 años por delitos no graves o violentos. Usamos la prisión de forma irracional para castigar todo tipo de delitos, incluso delitos menores, sin considerar alternativas menos costosas y dañinas.
El documento habla sobre la educación para la integración. Este enfoque busca que la educación sea un derecho para todos y que proporcione una sociedad más justa e inclusiva. La educación integradora implica construir conocimiento de forma colectiva, partir de las diferencias para generar lazos horizontales y atender las necesidades de todos los estudiantes. El objetivo es cambiar estructuras y estrategias para que el sistema educativo pueda educar a todos los niños por igual.
Este documento analiza la problemática del sicariato cometido por menores de edad en el Perú y la necesidad de modificar la legislación. Actualmente los menores de 18 años son inimputables y solo reciben medidas socioeducativas. Sin embargo, se han incrementado los homicidios por encargo cometidos por menores. El documento propone modificar las normas para establecer responsabilidad penal para menores de 16 a 18 años que cometan este delito, en lugar de solo medidas socioeducativas. Finalmente, analiza factores como la familia, educación y tecnología que
El documento discute los menores infractores y factores relacionados como la educación, la familia y la sociedad. Señala que no hay enfermedades sin una historia del sujeto y del contexto social, y que la educación y la sociedad se afectan mutuamente. También advierte que los menores infractores no se crean por sí mismos, sino que son destruidos por factores externos.
El documento describe los problemas de comportamiento y lenguaje inadecuado entre los estudiantes de una escuela que muestran poca valoración por su cuerpo y sexualidad. Propone investigar las posibles causas del mal manejo de la sexualidad que ocasiona embarazos tempranos y explotación sexual. Justifica la necesidad de abordar esta problemática desde la escuela para garantizar el desarrollo integral de los estudiantes.
El documento resume las principales novedades introducidas por la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) en Colombia. Entre ellas se encuentran el aumento de la edad mínima para trabajar de 14 a 15 años, mayor protección para víctimas de abuso sexual, eliminación de beneficios a adultos que cometan delitos contra menores, y la creación de un sistema de responsabilidad penal para adolescentes. Además, designa a las autoridades responsables de formular e implementar políticas públicas y garantizar los derechos de los niños
El documento resume los antecedentes históricos de la legislación penal juvenil en El Salvador. Comenzó en 1825 con códigos penales que establecían la inimputabilidad para menores de 8 años. Posteriormente hubo varias leyes como la Ley de Jurisdicción Tutelar de Menores en 1966 y el Código de Menores en 1974. En 1990 El Salvador ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU. Actualmente rige la Ley Penal Juvenil de 1995 para menores de 12 a 18 años.
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1. Menores Infractores
MENORES
INFRACTORES
INTRODUCCION
Desde la antigüedad ha sido motivo de debate el termino de menor infractor o
delincuencia juvenil desde Roma hasta épocas precolombinas, en la actualidad es
ofensivo utilizar este calificativo partiendo de la idea de que un menor está en
proceso de maduración psicológica y que sus acciones son el resultado de las
influencias del medio social o de sus propios progenitores ya que existen 3 grupos
donde los menores pueden presentar conductas delictivas y son en su hogar, en la
escuela y con su grupo de amistades.
Hay quienes sostienen que no importa la edad en los menores y que deben ser
castigados de la misma manera que un adulto por los hechos delictivos que
realicen.
Las guerras, la injusta distribución de la riqueza y la complejidad de las relaciones
sociales hacen que en lugar de castigar al menor infractor hay que prevenir la
conducta delictuosa, proteger al menor y evitar su reincidencia, ya que el castigar
nadamas no sirve de nada.
1
2. Menores Infractores
ANTECEDENTES HISTORICOS
ROMA
El derecho romano hacia la distinción de infantes, impúberes y púberes, el menor
carecía de imputabilidad a los 9 años por falta de desarrollo mental, con excepción
de los delitos cometidos contra el honor por mayores de 7 años, así que se
presumía el IURIS TANTUM hasta los 12 o 14 años y no podían ser castigados
con pena de muerte y la sanción era tenue o se les eximia; posteriormente se
tenía que probar si el sujeto habría actuado sin discernimiento (dolo capacitas)
hasta los 25 años.
EN EL MUNDO
Tras la caída del Imperio Romano de Occidente se fijo la edad de 10 años para la
cual los menores podían ser castigados hasta con pena de muerte.
Dentro del derecho germánico la edad era de 12 años y en el derecho visigodo era
de 14 años.
En la legislación del emperador Carlos V se fijo la edad de 14 años para la
imputación de delitos y si se establecía que el menor tenía las malicias de los
mayores se le imputaba pena pecuniaria, corporal o en casos extremos la pena
capital.
En las 7 partidas se estableció la edad para la imputación de delitos que fue de 10
años y medio y culpabilidad atenuada para los menores de 17 años.
ESCUELA CLASICA
Consideraba que el hombre por naturaleza era bueno, justo, honesto y licito,
afirmaba que existía el discernimiento y como consecuencia el individuo estaba
obligado a hacer el bien y si actuaba voluntariamente con mala intención o dolo
tendría que ser castigado
2
3. Menores Infractores
Francisco Carrara dividió la edad para la imputación de delitos en 4 periodos en
base al libre albedrio y la imputabilidad moral del hombre:
1) Periodo de irresponsabilidad absoluta
2) Periodo de responsabilidad condicional
3) Periodo de responsabilidad plena
4) Periodo de responsabilidad modificable en sus resultados.
ESCUELA POSITIVISTA
Considera que los menores más que infractores o delincuentes son representación
de las fallas que existen en una sociedad en especial dentro de la familia y del
sistema educativo ya que su conducta es mucho más susceptible a ser
determinada por factores externos debido a la inmadurez e inexperiencia de los
jóvenes como afirmaba Quiroga “si a la sociedad le interesa evitar que los
delincuentes le sigan perjudicando, debe investigar las causas de la mala
conducta (entre las cuales hay endógenas y exógenas) para poderlas combatir
eficazmente.
Sin embargo consideran que el delincuente es nato y que toda persona a un
menor de 2 años es responsable y que el único problema es ajustar el tratamiento
adecuado a cada uno.
LA REFORMA CORRECCIONAL
Se dio en el siglo XIX y comienzos del s. XX convirtiéndose en un conjunto de
medidas encaminadas a la educación moral, intelectual y física del menor,
pugnando por la corrección del menor en lugar del castigo penal, atendidas
generalmente por grupos religiosos por ejemplo el Hospicio de Sn Michele, erigido
en Roma por el Papa Clemente XI en 1703, con fines de corrección y enmienda,
uso de disciplina y formación profesional y moral.
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4. Menores Infractores
La implantación del sistema de reformatorios en Estados Unidos a mediados del
siglo XIX atendía a la idea de que los delincuentes eran susceptibles de ser
convertidos en ciudadanos respetuosos, siendo “entrenados” para ser útiles y
productivos.
Proponía que las autoridades estatales se encargaran del control de los niños
menores de 14 años no debidamente atendidos ni custodiados y que su
supervisión debía delegarse a ciudadanos privados y organizaciones de caridad,
que serian subsidiados por el estado.
Los reformatorios deberían introducir hasta donde fuera posible las condiciones en
la vida en el hogar y estar edificados en el campo, de preferencia deberían seguir
el “plan de casitas” con 40 niños en cada institución.
Los principios fundamentales de los reformatorios eran:
Los delincuentes jóvenes debían ser separados de la influencia corruptora
de los criminales adultos.
Los delincuentes debían ser encerrados por su propio bien y protección
En los reformatorios se combinarían amor y orientación con firmeza y
restricciones.
Los delincuentes deberían ser enviados al reformatorio sin proceso, puesto
que los reformatorios debían reformar no castigar.
Las sentencias serian indeterminadas.
Solo se requería el castigo mientras fuera necesario y habiéndose agotado
todos los demás métodos.
El trabajo, la enseñanza y la religión constituyen la esencia del programa de
reformatorios.
Se creó los Tribunales de Menores con jueces especiales, comenzando con las
leyes belgas de 1912 y húngara de 1913 teniendo en cuenta cual es la
personalidad del menor, sus condiciones familiares y cuál es el medio social en
el que se desarrolla.
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5. Menores Infractores
MODELO GARANTISTA
Abogaba por el respeto a los derechos de los niños, un trato digno, un
procedimiento legal adecuado, a tener una defensa, a la determinación de una
sentencia que no fuera inhumana, la determinación de una edad máxima y mínima
de imputabilidad penal limitada, prohibición de prisión perpetua, protección contra
actos de tortura y tratos crueles; y garantizar la comunicación del menor con sus
familiares así como brindar asistencia jurídica y social a los niños y niñas
inimputables
Se pensaba que no debía haber distinción entre los menores que habían cometido
una infracción penal y aquellos que estaban en abandono o necesitaban
protección o reeducación por presentar problemas de conducta y que en cualquier
caso deberían estar bajo la tutela del estado.
EN MEXICO
Desde épocas precolombinas se ha tratado de reeducar a los menores que
cometían una infracción por ejemplo en la cultura maya era una atenuante la
minoría de edad y en el caso de homicidio el menor pasaba a ser esclavo de la
familia de la victima para reparar el daño ó en caso de robo los padres del infractor
tenían que pagar los objetos robados y de no ser posible, el menor era dado como
esclavo a la familia afectada hasta que se pagara la deuda (si lo que había sido
robado eran alimentos necesarios para la subsistencia, entonces no era tomado
como un delito).
Mientras que en la cultura azteca los padres tenían derecho de educación y
corrección sobre sus hijos y en caso de que fueran incorregibles podían venderlos
como esclavos, sin embargo consideraban que todos los hombre eran libres aun
los hijos de esclavos y repudiaban la venta de niños ajenos junto al rapto de
infantes siendo la pena para este delito la muerte, quedaban excluidos de todos
los delitos los menores de 10 años y para los que tenían entre 10 a 15 años su
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6. Menores Infractores
minoría de edad era un atenuante. Cabe señalar que los aztecas tenían tribunales
especiales para tratar asuntos relacionados con los menores infractores.
Las instituciones religiosas son las primeras en brindar protección a los menores,
citando el Real Hospital de Niños fundado por fray Bernardino Álvarez, la casa
cuna del Dr. Pedro López y el Hospital de Sn Lázaro. La corona española
interviene después fundando en el siglo XVIII la Casa Real de Expósitos, la
Congregación de la Caridad y el Hospicio.
La recopilación de Leyes de Indias hace referencia de los 18 años como edad
para la imputación de menores.
Entre 1848 y 1851 el presidente José Joaquín de Herrera fundo la Casa de
Tecpan de Santiago, conocida como el colegio correccional de Sn Antonio
institución exclusiva para delincuentes menores de 16 años lugar donde el trabajo
común en silencio, aislamiento nocturno y separación de sexos.
Con las Leyes de Reforma el estado se hace cargo de orfanatorios y hospicios, se
integraban a planteles educativos a todos los menores de 6 a 12 años que
estuvieran vagando en las calles.
El código penal Martínez de Castro de 1871 definió la responsabilidad de menores
tomando en consideración su edad y su discernimiento. Declaro al menor de 9
años exento de responsabilidad penal; de 9 a 14 años lo puso en situación dudosa
que se aclararía con dictamen pericial, de 14 a 18 años le asigno discernimiento
ante la ley y presunción plena en su contra. También dispuso que los menores de
14 años que hubieran infringido la ley sin discernimiento fueran internados en una
institución correccional por el tiempo necesario para concluir su educación
primaria.
En 1926 se fundó el tribunal para menores del Distrito Federal, así mismo se
promulgo el reglamento para la calificación de los infractores menores.
En 1928 se expide la “Ley sobre la Prevención Social de la Delincuencia Infantil en
el D.F. y Territorios” esta ley substraía a los menores de 15 años del código penal
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7. Menores Infractores
y que los menores de 15 años que infringieran las leyes eran víctimas del
abandono legal o moral, que habían sido corrompidos por el descuido, perversión
o ignorancia de sus padres.
El 15 de noviembre de 1928 se expidió el “Reglamento de los Tribunales para
Menores del D.F.” en el cual se establecía la observación previa de los menores,
antes de resolver su situación.
Sin embargo el código de 1929 determino al menor responsable de sus actos,
sujetándolo a un tratamiento educativo, el cual estaría a cargo del tribunal para
menores, se establecieron sanciones especiales, tales como arrestos escolares y
libertad vigilada. La ley procesal concedió a los jueces de menores, libertad en el
procedimiento
EN LA ACTUALIDAD
El menor a quien se atribuya la comisión de una infracción, recibirá un trato justo y
humano, quedando prohibidos, el maltrato, la incomunicación, la coacción
psicológica, o cualquier otra que atente contra su dignidad o su integridad física o
mental.
Los menores indígenas tienen el derecho a ser asistidos por intérpretes y
defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.
Se crea el Consejo de Menores, órgano competente para conocer de la conducta
de las personas mayores de 11 y menores de 18 años de edad, tipificada por las
leyes penales como delito.
Los menores de 11 años, serán sujetos de asistencia social por parte de las
instituciones de los sectores público, social y privado que se ocupen de esta
materia, las cuales se constituirán, como auxiliares del Consejo.
El procedimiento ante el Consejo de Menores, comprende las siguientes etapas:
I.- Integración de la investigación de infracciones;
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II.- Resolución inicial;
III.- Instrucción y diagnóstico;
IV.- Dictamen técnico;
V.- Resolución definitiva;
VI.- Aplicación de las medidas de orientación, de protección y de tratamiento;
VII.- Evaluación de la aplicación de las medidas de orientación, de protección y de
tratamiento;
VIII.- Conclusión del tratamiento; y
IX.- Seguimiento técnico ulterior.
CONCLUSION
Lo que es indudable es que los menores de edad son más vulnerables ante la
desintegración familiar, al medio social hostil, la mala educación, la influencia
nociva de los medios de información, a la pobreza y la ignorancia, los menores
infractores son víctimas del entorno social donde se desarrollan, de los adultos y
de la sociedad que hemos creado. guerras, la injusta distribución de la riqueza y la
complejidad de las relaciones sociales hacen que en lugar de castigar al menor
infractor hay que prevenir la conducta delictuosa, proteger al menor y evitar su
reincidencia, ya que el castigar nadamas no sirve de nada.
El gobierno debería poner mayor atención en la niñez ya que ellos serán los
futuros delincuentes u hombres de bien según la educación que reciban por ello
vale la pena hacer una gran inversión en la niñez ya que de esta manera se prevé
la delincuencia fututa pues no hay que optar por un sistema correctos sino mas
bien por un sistema previsor ya que si es cierto que los menores son susceptibles
a lo negativo también pueden ser sensibles a los estímulos culturales, educativos,
deportivos y tienen que saber que existe un futuro de bienestar para ellos y por
ende para nuestra sociedad.
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9. Menores Infractores
BIBLIOGRAFIA
MENORES INFRACTORES Y MENORES VICTIMAS, Villanueva Ruth, editorial: Porrúa,
México 2008.
CONCEPTO DE MENORES INFRACTORES, Cruz Elba, Revista de posgrado de Derecho
de la UNAM, Vol. 3, núm. 5, 2007. Pp. 335-354.
LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES, para el distrito federal en
materia común y para toda la república en materia federal
Código federal de procedimientos penales
MENORES INFRACTORES: Dimensiones y alternativas
(Artículo de la asociación oaxaqueña de psicología)
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