MODELO DE DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD. Se ofrece un modelo de demanda de alimentos a favor de un menor de edad (autor José María Pacori Cari). Puede acceder al modelo en
https://docs.google.com/document/d/1--EH2ImaotOikCsHEGuJLrjQAU1Fnh4s/edit?usp=sharing&ouid=108671166047432341215&rtpof=true&sd=true
#Alimentos #DerechoMenores
MODELO DE DEMANDA DE ALIMENTOS PARA MENOR DE EDAD. Se ofrece un modelo de demanda de alimentos a favor de un menor de edad (autor José María Pacori Cari). Puede acceder al modelo en
https://docs.google.com/document/d/1--EH2ImaotOikCsHEGuJLrjQAU1Fnh4s/edit?usp=sharing&ouid=108671166047432341215&rtpof=true&sd=true
#Alimentos #DerechoMenores
Conciliación por Obligación de Dar suma de dinero…
Deudas en dólares
Deudas en soles
Letras por Cobrar
Antes de demandar debe primero buscar conciliar, sin conciliación, sin acta, no podrá ser aceptada su demanda en la via civil
CENTRO DE CONCILIACION HANS KENSEL
AV CESAR CANEVARO MZA M-LOTE 13- SAN JUAN DE MIRAFLORES
TELEFONO 2768760---CEL 964344568---DE LUNES A VIERNES DE 8.30 AM----6--PM---
Conciliación por Desalojo
- INQUILINO PRECARIO
- INQUILINO MOROSO
- VENCIMIENTO DE CONTRATO
- RESOLUCION DE CONTRATO
Antes de demandar debe primero buscar conciliar, sin conciliación, sin acta, no podra ser aceptada su demanda en la via civil.
La conciliación le permitirá resolver el conflicto, podría llegar a un acuerdo con su invitado y evitar un proceso.
CONCILIACION POR ACCIDENTE DE TRANSITO, MOTOCARRO, MICROBUS, ONMIBUS, MOTO, 150 SOLES, EN EL TREBOL AZUL-TRATO DIRECTO TELEF 276 87 50-ATENDEMOS EMERGENCIAS. NO NECESITA DE CITAS SI HAY MUTUO ACUERDO ES INMEDIATAMENTE.
LEY DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE. La Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, en adelante la
Ley, tiene por objeto establecer los principios, lineamientos,
instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento
territorial, la planifi cación urbana, el uso y la gestión del suelo
urbano, a efectos de lograr un desarrollo urbano sostenible,
entendido como la optimización del aprovechamiento del
suelo en armonía con el bien común y el interés general,
la implementación de mecanismos que impulsen la gestión
del riesgo de desastres y la reducción de vulnerabilidad,
la habilitación y la ocupación racional del suelo; así como
el desarrollo equitativo y accesible y la reducción de la
desigualdad urbana y territorial, y la conservación de los
patrones culturales, conocimientos y estilos de vida de
las comunidades tradicionales y los pueblos indígenas u
originarios
Ley de desarrollo urbano sostenible- LEY No. 31313. La Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, en adelante la Ley, tiene por objeto establecer los principios, lineamientos, instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento territorial, la planificación urbana, el uso y la gestión del suelo urbano, a efectos de lograr un desarrollo urbano sostenible, entendido como la optimización del aprovechamiento del suelo en armonía con el bien común y el interés general, la implementación de mecanismos que impulsen la gestión del riesgo de desastres y la reducción de vulnerabilidad, la habilitación y la ocupación racional del suelo; así como el desarrollo equitativo y accesible y la reducción de la desigualdad urbana y territorial, y la conservación de los patrones culturales, conocimientos y estilos de vida de las comunidades tradicionales y los pueblos indígenas u originarios.
Aprueban Documento Técnico:
Recomendaciones sobre el uso de Escudos
Faciales (Caretas) en los Establecimientos
de Salud y en la comunidad en el contexto
de la pandemia de COVID-19
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 447-2020-MINSA
Decreto Supremo que dispone la ampliación
de actividades económicas de la Fase 2 de
la Reanudación de Actividades Económicas
dentro del marco de la declaratoria de
Emergencia Sanitaria Nacional por las
graves circunstancias que afectan la vida
de la Nación a consecuencia del COVID-19 y
dicta otra disposición
DECRETO SUPREMO
Nº 110-2020-PCM
Protocolo actualizado de bioseguridad
para el retorno laboral de magistrados y
personal de la Corte Superior de Justicia de
Lima en el marco de la conclusión del Estado
de Emergencia Nacional por la pandemia
COVID-19
Protocolo para el uso de las Cuentas de Correo Electrónico Institucional para la recepción de Escritos en las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, durante el Período de emergencia sanitaria
Disponer, a partir de la publicación en la página web institucional del Poder Judicial, que
los jueces de los Distritos Judiciales del país, que no integran órganos jurisdiccionales de
emergencia, están obligados a retirar los expedientes de sus respectivos despachos, con la
finalidad de resolver desde sus domicilios vía trabajo remoto todos los procesos
pendientes, que por su naturaleza y particularidades procedimentales lo permita
“Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y
administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del
aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N.°
044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-
2020-PCM”
DECRETO DE URGENCIA
Nº 038-2020
DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA MITIGAR
LOS EFECTOS ECONÓMICOS CAUSADOS A LOS
TRABAJADORES Y EMPLEADORES ANTE EL
COVID-19 Y OTRAS MEDIDAS
Autorizan a los jueces de los Distritos Judiciales del país, que no
integran órganos jurisdiccionales de emergencia, para que durante el período del Estado de emergencia retiren expedientes y los trabajen en su domicilio
de Emergencia Nacional y en forma personal puedan retirar los expedientes de sus
respectivos despachos, con la finalidad de avanzar el trabajo desde sus domicilios.
Autorizan a los jueces retirar expedientes para trabajo en su domicilio
MODELO DE SOLICITUD DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
1. Massey
Abogados
SEÑORITA DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.-
xxxxxxxxxxxxx, identificado con DNI No. xxxxxxxxx, de estado civil casado, con domicilio
real en Jr. xxxx No. xxx, tercera etapa, El sol de xxxx, distrito de xxxx, y xxxx, identificado con
DNI No. xxxx, de estado civil viuda, con domicilio real en calle xxx No. xxx, Maranga, distrito
de xxxx, a usted atentamente decimos:
I. PETITORIO:
Que, nos apersonamos a la instancia procesal privada previa y solicitamos a usted
señor (a) Conciliador(a) autorizado(a) se sirva formalizar los siguientes acuerdos:
1.1.- El señor xxxxxxxxxx, abonará una pensión de alimentos mensual a favor de su señora
madre, doña xxxxxxxxx, equivalente al 30% de la remuneración, sueldo y/o ingresos
totales mensuales por todo concepto, que percibe como empleado de la empresa
xxxxxx S.A., con RUC No. xxxxxxxx, a quienes deberá de notificárseles en su
domicilio legal sito en Jr. xxx No. xx, urbanización xxxx, distrito de xxxxx, Lima.
1.2.- Las partes acuerdan que la pensión de alimentos descrita en el párrafo precedente,
será descontada de la remuneración mensual de don xxxxxxxx, obtenida de la
empresa xxxxxxS.A., debiendo ser abonada directamente por ésta en la cuenta de
ahorros en moneda nacional No. xxxxxx, del banco xxxxx, a nombre de doña xxxxxx,
identificada con DNI No. xxxxxx, hija de doña xxxxx; siendo que el primer pago de la
pensión alimenticia deberá realizarse a partir de la remuneración obtenida por el señor
xxxxx, en el mes de enero de 2009.
1.3. En caso de incumplimiento en el pago de las pensiones de alimentos acordadas, la
parte afectada con dicho incumplimiento tendrá expedito su derecho para requerirla
ante las autoridades jurisdiccionales respectivas, mediante el proceso único de
ejecución de acta de conciliación extrajudicial.
II. FUNDAMENTOS DE HECHO:
1.- En la actualidad doña xxxxx, de xx años de edad, madre de don xxxxxxx, no cuenta
con ingresos para cubrir sus mínimas necesidades, motivo por el cual su hijo se
compromete a prestarle en forma expresa el auxilio necesario para subsistir y cuidar
de su delicada salud, y de su hogar. En tal sentido, recurrimos a sus servicios como
conciliador(a) extrajudicial especializado(a) en asuntos de familia, autorizado(a) por el
Ministerio de Justicia, a fin de que le confiera valor de sentencia a los acuerdos
mencionados, conforme a ley.
III. FUNDAMENTOS DE DERECHO:
2. Amparamos nuestro pedido en lo establecido por el segundo párrafo del artículo 7 de
la ley No. 26872, Ley de Conciliación Extrajudicial, modificada por Decreto Legislativo
No. 1070, que señala que en materia de familia, son conciliables aquellas pretensiones
que versen sobre alimentos (…).
Asimismo en lo establecido por el articulo 474 del Código Civil, que señala en su inciso
2 que se deben alimentos recíprocamente los ascendientes y descendientes.
IV. MEDIOS PROBATORIOS:
Ofrecemos en calidad de medios probatorios los siguientes:
1.- El mérito de la copia simple del RUC de la empresa xxxxx S.A.
2.- La copia de la boleta de pago de xxxxxxxxx.
VI. ANEXOS:
1-A.- La copia simple del DNI del señor xxxxxxxxx.
1-B.- La copia simple del DNI de la señora xxxxxxxxxxxxxxxx.
1-C.- La copia del RUC de la empresa xxx S.A.
1-D.- La copia de la boleta de pago de xxxxxxxxxxx.
POR TANTO:
A Ud. Señor(a) Conciliador(a) pedimos se sirva admitir a trámite la presente solicitud y
tramitarla conforme a ley.
Lima, 09 de enero de 2009.
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
DNI No. xxxxxxxxxxxx
Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
DNI No. xxxxxxxxxxxx