Este documento describe los diferentes modos de extinción de la relación jurídica tributaria según el Código Orgánico Tributario de Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión y la remisión. Explica que cada uno de estos modos permite cesar la relación tributaria y libera al contribuyente de la obligación de pago, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión y la declaratoria de incobrabilidad. Explica que el pago extingue la obligación tributaria y libera al deudor, la compensación permite cancelar deudas mutuas entre el Estado y el contribuyente, y la confusión ocurre cuando el sujeto activo asume la posición del deudor. También cubre los efectos del incumplimiento como los intereses morator
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad, la prescripción y otras. Explica que el pago y la compensación son los principales medios de extinción de la deuda tributaria del contribuyente. También define otros conceptos como la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad y la prescripción, y cómo estos afectan la relación jurídica
Este documento trata sobre la extinción de la obligación tributaria. Explica que existen varios medios de extinción como el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la incohabilidad y la prescripción. También describe los efectos del incumplimiento como los intereses moratorios y las sanciones tributarias que incluyen multas, clausuras y inhabilitaciones.
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
RELACIÓN JURIDICO TRIBUTARIA. Es el vínculo jurídico entre el Estado, que es acreedor Tributario, o una entidad pública, que en virtud de una ley posee este derecho, y el sujeto pasivo que puede ser el contribuyente (generador de esos supuesto legales) o los responsables (aquellos que sin tener la condición de contribuyentes, deben cumplir la obligación atribuida a este)
Modos de extincion de la obligación jurídica tributariaCarlos10856770
Este documento resume los principales modos de extinción de la obligación tributaria según el Código Orgánico Tributario de Venezuela, incluyendo la prescripción, intereses moratorios, y sanciones. Explica que la prescripción extingue los derechos del Estado para verificar, fiscalizar, y determinar obligaciones tributarias a los 4 años, y analiza las circunstancias que extienden este plazo a 6 años. También cubre la interrupción y suspensión de la prescripción, así como los efectos del incumplimiento de pagos tributarios.
Este documento resume los principales modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela de acuerdo con la legislación tributaria vigente: el pago, la compensación, la confusión, la remisión y la prescripción. Explica cada uno a través de su definición, los artículos legales aplicables y sus efectos, con el objetivo de analizar cómo termina la obligación del contribuyente con el fisco.
tarea 3 de tributaria ya nos cacharon cuidadoCacharon
El documento establece las diferencias entre la exención o exoneración tributaria y la extinción de una obligación tributaria. La exención tributaria es la exclusión legal de la obligación tributaria establecida por razones públicas, económicas o sociales. La extinción de una obligación tributaria es la desaparición de la relación jurídico-tributaria entre el Estado y el contribuyente mediante el pago, compensación, confusión, condonación o prescripción. Además, enumera varios casos de exención tributaria según el Código
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión y la declaratoria de incobrabilidad. Explica que el pago extingue la obligación tributaria y libera al deudor, la compensación permite cancelar deudas mutuas entre el Estado y el contribuyente, y la confusión ocurre cuando el sujeto activo asume la posición del deudor. También cubre los efectos del incumplimiento como los intereses morator
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad, la prescripción y otras. Explica que el pago y la compensación son los principales medios de extinción de la deuda tributaria del contribuyente. También define otros conceptos como la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad y la prescripción, y cómo estos afectan la relación jurídica
Este documento trata sobre la extinción de la obligación tributaria. Explica que existen varios medios de extinción como el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la incohabilidad y la prescripción. También describe los efectos del incumplimiento como los intereses moratorios y las sanciones tributarias que incluyen multas, clausuras y inhabilitaciones.
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
RELACIÓN JURIDICO TRIBUTARIA. Es el vínculo jurídico entre el Estado, que es acreedor Tributario, o una entidad pública, que en virtud de una ley posee este derecho, y el sujeto pasivo que puede ser el contribuyente (generador de esos supuesto legales) o los responsables (aquellos que sin tener la condición de contribuyentes, deben cumplir la obligación atribuida a este)
Modos de extincion de la obligación jurídica tributariaCarlos10856770
Este documento resume los principales modos de extinción de la obligación tributaria según el Código Orgánico Tributario de Venezuela, incluyendo la prescripción, intereses moratorios, y sanciones. Explica que la prescripción extingue los derechos del Estado para verificar, fiscalizar, y determinar obligaciones tributarias a los 4 años, y analiza las circunstancias que extienden este plazo a 6 años. También cubre la interrupción y suspensión de la prescripción, así como los efectos del incumplimiento de pagos tributarios.
Este documento resume los principales modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela de acuerdo con la legislación tributaria vigente: el pago, la compensación, la confusión, la remisión y la prescripción. Explica cada uno a través de su definición, los artículos legales aplicables y sus efectos, con el objetivo de analizar cómo termina la obligación del contribuyente con el fisco.
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El documento establece las diferencias entre la exención o exoneración tributaria y la extinción de una obligación tributaria. La exención tributaria es la exclusión legal de la obligación tributaria establecida por razones públicas, económicas o sociales. La extinción de una obligación tributaria es la desaparición de la relación jurídico-tributaria entre el Estado y el contribuyente mediante el pago, compensación, confusión, condonación o prescripción. Además, enumera varios casos de exención tributaria según el Código
Este documento describe los diferentes modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad, la confusión, y la prescripción. Explica que el pago y la compensación son los principales medios de extinción de las obligaciones tributarias y los efectos de estos modos. También define otros modos como la remisión, declaratoria de incobrabilidad, y confusión. Por último, detalla los plazos de prescripción de las
Extinción de la obligación tributaria imvestigaciondiazfonseca
El documento explica varias formas de extinguir la obligación tributaria según el Código Tributario de un país. La forma normal es el pago del tributo adeudado. Otras formas son la compensación de deudas tributarias con créditos fiscales, la confusión cuando el sujeto activo asume la posición del deudor, y la remisión cuando la ley perdona parte o toda la deuda.
Modos de extinción de la relación jurídica tributariabrenda villamizar
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad y la prescripción. El pago extingue la obligación tributaria al cumplir con la prestación debida. La compensación permite compensar deudas tributarias con créditos a favor del contribuyente. La confusión ocurre cuando el sujeto activo asume la posición del deudor. La remisión es cuando el legislador perdona obligaciones tribut
Mapa mental modos de extincion de la relacion juridica tributariaJesus_salcedo
Este documento resume los principales medios de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad y la prescripción. Explica que el pago extingue la obligación tributaria y libera al deudor de futuras reclamaciones. La compensación permite extinguir deudas tributarias mediante la imputación de créditos a favor del contribuyente. La prescripción establece plazos después de los cuales el Estado pierde el
Las formas en que se extinguen las obligaciones tributarias según la ley incluyen el pago del tributo, la compensación, la confusión y la prescripción. La prescripción es un plazo de tres años a partir del vencimiento de la obligación tributaria, que se interrumpe por la notificación de la deuda o el reconocimiento de la obligación y se suspende por la presentación de recursos o durante fiscalizaciones.
Este documento resume los diferentes modos de extinguir la obligación tributaria, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la prescripción y la declaratoria de incobrabilidad. Explica cada uno de estos métodos con detalles sobre sus elementos y disposiciones legales aplicables.
Existen diversos modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, la confusión, la compensación, la remisión y la prescripción. El pago es el cumplimiento efectivo de la prestación debida y puede ser realizado por el contribuyente u otro sujeto. La confusión ocurre cuando la misma persona es deudora y acreedora. La compensación permite extinguir deudas tributarias mediante el reconocimiento de créditos del contribuyente contra el fisco. La remisión es una condonación unilateral de deudas
Extinción de la relación jurídica tributariaCarla Salgado
Este documento describe varios métodos de extinguir obligaciones tributarias según el Código Orgánico Tributario venezolano, incluyendo el pago, la imputación de pagos, la concesión de prórrogas, la compensación, la remisión, la confusión y el crédito fiscal. Explica los procedimientos y efectos de cada uno de estos métodos legales para cumplir con las deudas tributarias.
El documento describe los diferentes modos de extinción de la obligación tributaria según el Código Orgánico Tributario venezolano. Explica que el pago es el modo de extinción normal, y describe las formas de efectuar el pago, los conceptos imputables y las facilidades de pago. También explica que la compensación, la confusión y la remisión son otros modos de extinción establecidos por ley. Finalmente, indica que sólo una ley puede condonar obligaciones tributarias.
Este documento trata sobre los modos de extinción de la relación jurídica tributaria. Explica que el pago, la compensación, la cesión de créditos, la confusión y la remisión son formas de extinguir la obligación tributaria. Describe cada uno de estos modos con detalle, incluyendo cómo se realiza el pago, los conceptos que se pueden pagar, y los efectos del pago. También explica los requisitos para la compensación de créditos fiscales y los efectos de la cesión de créditos.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando sea necesario, los privilegios especiales y generales, las garantías que puede exigir la administración, la mora, compensación, prescripción, interrupción y suspensión de la prescripción, prescripción de multas, solidaridad y repetición de pago.
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
Según el Código Orgánico Tributario (C.O.T) se Establece que:
Artículo 39. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Confusión.
4. Remisión.
5. Declaratoria de incobrabilidad.
Parágrafo Primero: La obligación tributaria se extingue igualmente por prescripción, en los términos previstos en el Capítulo VI de este Título.
Parágrafo Segundo: Las leyes especiales tributarias pueden establecer otros medios de extinción de la obligación tributaria que ellas regulen.
Este documento resume los principales medios de extinción de la obligación tributaria en Venezuela de acuerdo con el Código Orgánico Tributario, incluyendo el pago, la compensación, la prórroga y la confusión. Explica que el pago extingue la obligación cuando el contribuyente cumple con la prestación adeudada. La compensación ocurre cuando el contribuyente y el Estado son deudores recíprocos. La prórroga permite facilidades de pago o plazos para deudas atrasadas. La confusión se produce cuando las cual
La extinción de la obligación tributaria puede ocurrir de varias maneras:
1) El pago, que es la satisfacción del interés del acreedor mediante el cumplimiento del deber jurídico del deudor.
2) La compensación, que permite extinguir obligaciones entre personas que son recíprocamente acreedoras y deudoras.
3) La confusión, que se produce cuando no se puede distinguir entre el sujeto activo y pasivo de la obligación.
Extinción de la Relación Jurídica Tributariarlanditha
Este documento describe los procedimientos relacionados con el pago de tributos en Venezuela. Incluye información sobre la concesión de prórrogas para el pago, formas de pago, compensación de deudas, prescripción de obligaciones tributarias, y declaratoria de deudas como incobrables. También establece que la administración tributaria puede establecer plazos especiales o conceder prórrogas para el pago de tributos en ciertas circunstancias.
Este documento describe varios medios de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela. Explica que el pago es el cumplimiento de la prestación que constituye el objeto de la relación tributaria y puede realizarse de diferentes formas. También cubre conceptos como la compensación, la cesión de créditos, la confusión y la condonación. Concluye que estos medios son importantes para cancelar deudas del estado y los contribuyentes.
Este documento resume las principales formas de extinción de la relación jurídica tributaria según el Código Orgánico Tributario venezolano. Explica que el pago extingue la obligación del contribuyente de cancelar un tributo. También cubre la compensación, cesión de créditos, confusión y remisión. Señala que sólo una ley puede condonar una obligación tributaria.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando sea necesario, los privilegios especiales y generales, las garantías que puede exigir la administración, la mora, compensación, prescripción, interrupción y suspensión de la prescripción, prescripción de multas, solidaridad y repetición de pago.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando el derecho tributario no puede resolver una cuestión, los privilegios especiales y generales, las garantías, la mora, la compensación, la prescripción, la interrupción y suspensión de la prescripción, la prescripción de multas, la solidaridad y la repetición de pago.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando el derecho tributario no puede resolver una cuestión, los privilegios especiales y generales, las garantías, la mora, la compensación, la prescripción, la interrupción y suspensión de la prescripción, la prescripción de multas, la solidaridad y la repetición de pago.
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, pagos a cuenta, otorgamiento de prórrogas, facilidades de pago y plazos para el pago. También describe los efectos del incumplimiento de la obligación tributaria, como intereses moratorios y sanciones como prisión, clausura de establecimientos y multas.
Modos de extinción de la relación jurídica tributariamariajoselaw
Este documento resume los principales modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, pagos a cuenta, otorgamiento de prórrogas, facilidades de pago, y efectos del incumplimiento como intereses moratorios y sanciones. Explica que el pago extingue la obligación tributaria, y que los pagos deben realizarse en el lugar y fecha indicados por la ley para evitar intereses moratorios.
Este documento describe los diferentes modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad, la confusión, y la prescripción. Explica que el pago y la compensación son los principales medios de extinción de las obligaciones tributarias y los efectos de estos modos. También define otros modos como la remisión, declaratoria de incobrabilidad, y confusión. Por último, detalla los plazos de prescripción de las
Extinción de la obligación tributaria imvestigaciondiazfonseca
El documento explica varias formas de extinguir la obligación tributaria según el Código Tributario de un país. La forma normal es el pago del tributo adeudado. Otras formas son la compensación de deudas tributarias con créditos fiscales, la confusión cuando el sujeto activo asume la posición del deudor, y la remisión cuando la ley perdona parte o toda la deuda.
Modos de extinción de la relación jurídica tributariabrenda villamizar
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad y la prescripción. El pago extingue la obligación tributaria al cumplir con la prestación debida. La compensación permite compensar deudas tributarias con créditos a favor del contribuyente. La confusión ocurre cuando el sujeto activo asume la posición del deudor. La remisión es cuando el legislador perdona obligaciones tribut
Mapa mental modos de extincion de la relacion juridica tributariaJesus_salcedo
Este documento resume los principales medios de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad y la prescripción. Explica que el pago extingue la obligación tributaria y libera al deudor de futuras reclamaciones. La compensación permite extinguir deudas tributarias mediante la imputación de créditos a favor del contribuyente. La prescripción establece plazos después de los cuales el Estado pierde el
Las formas en que se extinguen las obligaciones tributarias según la ley incluyen el pago del tributo, la compensación, la confusión y la prescripción. La prescripción es un plazo de tres años a partir del vencimiento de la obligación tributaria, que se interrumpe por la notificación de la deuda o el reconocimiento de la obligación y se suspende por la presentación de recursos o durante fiscalizaciones.
Este documento resume los diferentes modos de extinguir la obligación tributaria, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la prescripción y la declaratoria de incobrabilidad. Explica cada uno de estos métodos con detalles sobre sus elementos y disposiciones legales aplicables.
Existen diversos modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, la confusión, la compensación, la remisión y la prescripción. El pago es el cumplimiento efectivo de la prestación debida y puede ser realizado por el contribuyente u otro sujeto. La confusión ocurre cuando la misma persona es deudora y acreedora. La compensación permite extinguir deudas tributarias mediante el reconocimiento de créditos del contribuyente contra el fisco. La remisión es una condonación unilateral de deudas
Extinción de la relación jurídica tributariaCarla Salgado
Este documento describe varios métodos de extinguir obligaciones tributarias según el Código Orgánico Tributario venezolano, incluyendo el pago, la imputación de pagos, la concesión de prórrogas, la compensación, la remisión, la confusión y el crédito fiscal. Explica los procedimientos y efectos de cada uno de estos métodos legales para cumplir con las deudas tributarias.
El documento describe los diferentes modos de extinción de la obligación tributaria según el Código Orgánico Tributario venezolano. Explica que el pago es el modo de extinción normal, y describe las formas de efectuar el pago, los conceptos imputables y las facilidades de pago. También explica que la compensación, la confusión y la remisión son otros modos de extinción establecidos por ley. Finalmente, indica que sólo una ley puede condonar obligaciones tributarias.
Este documento trata sobre los modos de extinción de la relación jurídica tributaria. Explica que el pago, la compensación, la cesión de créditos, la confusión y la remisión son formas de extinguir la obligación tributaria. Describe cada uno de estos modos con detalle, incluyendo cómo se realiza el pago, los conceptos que se pueden pagar, y los efectos del pago. También explica los requisitos para la compensación de créditos fiscales y los efectos de la cesión de créditos.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando sea necesario, los privilegios especiales y generales, las garantías que puede exigir la administración, la mora, compensación, prescripción, interrupción y suspensión de la prescripción, prescripción de multas, solidaridad y repetición de pago.
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
Según el Código Orgánico Tributario (C.O.T) se Establece que:
Artículo 39. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Confusión.
4. Remisión.
5. Declaratoria de incobrabilidad.
Parágrafo Primero: La obligación tributaria se extingue igualmente por prescripción, en los términos previstos en el Capítulo VI de este Título.
Parágrafo Segundo: Las leyes especiales tributarias pueden establecer otros medios de extinción de la obligación tributaria que ellas regulen.
Este documento resume los principales medios de extinción de la obligación tributaria en Venezuela de acuerdo con el Código Orgánico Tributario, incluyendo el pago, la compensación, la prórroga y la confusión. Explica que el pago extingue la obligación cuando el contribuyente cumple con la prestación adeudada. La compensación ocurre cuando el contribuyente y el Estado son deudores recíprocos. La prórroga permite facilidades de pago o plazos para deudas atrasadas. La confusión se produce cuando las cual
La extinción de la obligación tributaria puede ocurrir de varias maneras:
1) El pago, que es la satisfacción del interés del acreedor mediante el cumplimiento del deber jurídico del deudor.
2) La compensación, que permite extinguir obligaciones entre personas que son recíprocamente acreedoras y deudoras.
3) La confusión, que se produce cuando no se puede distinguir entre el sujeto activo y pasivo de la obligación.
Extinción de la Relación Jurídica Tributariarlanditha
Este documento describe los procedimientos relacionados con el pago de tributos en Venezuela. Incluye información sobre la concesión de prórrogas para el pago, formas de pago, compensación de deudas, prescripción de obligaciones tributarias, y declaratoria de deudas como incobrables. También establece que la administración tributaria puede establecer plazos especiales o conceder prórrogas para el pago de tributos en ciertas circunstancias.
Este documento describe varios medios de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela. Explica que el pago es el cumplimiento de la prestación que constituye el objeto de la relación tributaria y puede realizarse de diferentes formas. También cubre conceptos como la compensación, la cesión de créditos, la confusión y la condonación. Concluye que estos medios son importantes para cancelar deudas del estado y los contribuyentes.
Este documento resume las principales formas de extinción de la relación jurídica tributaria según el Código Orgánico Tributario venezolano. Explica que el pago extingue la obligación del contribuyente de cancelar un tributo. También cubre la compensación, cesión de créditos, confusión y remisión. Señala que sólo una ley puede condonar una obligación tributaria.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando sea necesario, los privilegios especiales y generales, las garantías que puede exigir la administración, la mora, compensación, prescripción, interrupción y suspensión de la prescripción, prescripción de multas, solidaridad y repetición de pago.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando el derecho tributario no puede resolver una cuestión, los privilegios especiales y generales, las garantías, la mora, la compensación, la prescripción, la interrupción y suspensión de la prescripción, la prescripción de multas, la solidaridad y la repetición de pago.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando el derecho tributario no puede resolver una cuestión, los privilegios especiales y generales, las garantías, la mora, la compensación, la prescripción, la interrupción y suspensión de la prescripción, la prescripción de multas, la solidaridad y la repetición de pago.
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, pagos a cuenta, otorgamiento de prórrogas, facilidades de pago y plazos para el pago. También describe los efectos del incumplimiento de la obligación tributaria, como intereses moratorios y sanciones como prisión, clausura de establecimientos y multas.
Modos de extinción de la relación jurídica tributariamariajoselaw
Este documento resume los principales modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, pagos a cuenta, otorgamiento de prórrogas, facilidades de pago, y efectos del incumplimiento como intereses moratorios y sanciones. Explica que el pago extingue la obligación tributaria, y que los pagos deben realizarse en el lugar y fecha indicados por la ley para evitar intereses moratorios.
Modos de extinción de la relación jurídica tributariamariajoselaw
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, pagos a cuenta, otorgamiento de prórrogas, facilidades de pago y plazos para el pago. También describe los efectos del incumplimiento de la obligación tributaria, como intereses moratorios y sanciones como prisión, clausura de establecimientos y multas.
Investigacion sobre la extincion de la relacion juridica tributariaPedro J. Chacon
Este documento describe los principales modos de extinción de la relación jurídica tributaria, incluyendo el pago, la compensación, la confusión y la remisión. El pago extingue la obligación cuando se cumple la prestación estipulada por la ley. La compensación ocurre cuando una persona tiene deudas y créditos con el mismo sujeto activo. La confusión se produce cuando el sujeto activo asume la posición del deudor. Finalmente, solo una ley especial puede condonar u omitir los efectos tributarios a través de la remis
Este documento describe los diferentes modos de extinción de las obligaciones tributarias según la ley 125, incluyendo el pago, la compensación, la prescripción, la remisión y la confusión. Explica cada uno de estos medios de extinción con detalles sobre sus condiciones y procedimientos.
Presentación modo de extincion de la relacion tributariayenifer Virguez
Este documento describe los diferentes modos de extinción de la relación jurídica tributaria según el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Estos incluyen el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad y la prescripción. También explica cómo se realiza el pago de tributos, las formas de pago a cuenta, las prórrogas y facilidades de pago, y los intereses moratorios que se generan cuando no se paga un tributo a tiempo.
Modos de extinguir la obligacion . cuadro comparativoFanny Parra
Este documento resume seis formas de extinguir obligaciones tributarias en Venezuela: el pago, la compensación, la cesión de créditos fiscales, la confusión, la remisión y la prescripción. Define cada una, describe sus formas de proceder y efectos legales de acuerdo con el Código Orgánico Tributario y el Código Civil de Venezuela.
Modos de extinción de la relación jurídica tributariamariamedinauft
El documento describe los modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Ecuador. El pago es el modo de extinción normal de una obligación tributaria. Existen varias formas de efectuar el pago en el lugar y fecha correctos. También se pueden otorgar prórrogas, pagos a cuenta, y facilidades de pago. Si no se cumple con la obligación tributaria, se aplican intereses moratorios de manera automática.
Este documento trata sobre la extinción de la relación jurídica tributaria en Ecuador. Explica que esta relación se extingue cuando el sujeto pasivo deja de realizar actividades reguladas por la ley. Describe los medios de extinción como el pago, la compensación, la confusión, la remisión y la declaratoria de incobrabilidad. También explica las formas de efectuar el pago, incluyendo el lugar, la fecha, los pagos a cuenta y las prórrogas.
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
Es el conjunto de obligaciones y deberes, derechos y potestades originadas por la aplicación de los tributos, tanto para los obligados tributarios como para la Administración tributaria. Según el Código Orgánico Tributario (C.O.T) se Establece que: Artículo 39. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Confusión.
4. Remisión.
5. Declaratoria de incobrabilidad
. 6 Prescripciones.
La relación jurídico tributaria parte de su naturaleza de la relación de derecho, lo que implica la igualdad de la posición jurídica del sujeto activo (Estado) u otra entidad a la que la ley le atribuye el derecho crediticio, y la del sujeto pasivo (Deudor) o responsable del tributo, y se identifica con una obligación de dar, a pesar de las obligaciones accesorias que este contrajese.
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
RELACIÓN JURIDICO TRIBUTARIA. Es el vínculo jurídico entre el Estado, que es acreedor Tributario, o una entidad pública, que en virtud de una ley posee este derecho, y el sujeto pasivo que puede ser el contribuyente (generador de esos supuesto legales ) o los responsables ( aquellos que sin tener la condición de contribuyentes, deben cumplir la obligación atribuida a este)
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
RELACIÓN JURIDICO TRIBUTARIA. Es el vínculo jurídico entre el Estado, que es acreedor Tributario, o una entidad pública, que en virtud de una ley posee este derecho, y el sujeto pasivo que puede ser el contribuyente (generador de esos supuesto legales ) o los responsables ( aquellos que sin tener la condición de contribuyentes, deben cumplir la obligación atribuida a este)
Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
RELACIÓN JURIDICO TRIBUTARIA. Es el vínculo jurídico entre el Estado, que es acreedor Tributario, o una entidad pública, que en virtud de una ley posee este derecho, y el sujeto pasivo que puede ser el contribuyente (generador de esos supuesto legales ) o los responsables ( aquellos que sin tener la condición de contribuyentes, deben cumplir la obligación atribuida a este)
Modos de extinción de la relación jurídica tributariasofimar cumare
El documento resume los principales modos de extinción de la obligación tributaria según el Código Orgánico Tributario venezolano, incluyendo el pago, la compensación, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad, la confusión y la prescripción. Explica que la relación jurídica tributaria es el vínculo entre el Estado como acreedor tributario y el sujeto pasivo obligado al pago, y que estos modos de extinción ponen fin a dicha relación al cancelar la deuda contributiva.
Este documento describe varios modos de extinguir la relación jurídica tributaria según el Código Orgánico Tributario venezolano, incluyendo el pago, la compensación de créditos fiscales, la cesión de créditos fiscales, la confusión y la remisión. También cubre las formas de efectuar pagos, los otorgamientos de prórrogas y plazos de pago, y los procedimientos para compensar créditos fiscales.
La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes: 1. Pago; 2. Compensación; 3. Confusión; 4. Remisión; 5. Declaratoria de incobrabilidad. En este trabajo se hará referencia al Pago.
Este documento resume varias reglas jurídicas especiales del derecho tributario, incluyendo el uso de reglas de otras ramas del derecho cuando el derecho tributario no puede resolver una cuestión, los privilegios especiales y generales, las garantías, la mora, la compensación, la prescripción, la interrupción y suspensión de la prescripción, la prescripción de multas, la solidaridad y la repetición de pago.
Este documento resume los principales modos de extinción de la obligación jurídica tributaria según el Código Orgánico Tributario de Ecuador, incluyendo el pago, quien puede realizar el pago, cómo se realiza el pago, autorización de pagos a cuenta, orden de imputación del pago, prórrogas y facilidades de pago, y efectos del pago. El pago es el cumplimiento de la prestación que constituye el objeto de la relación jurídica tributaria y extingue la obligación, liberando al deudor. Ot
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributariauftpre20925316
1-El pago. Formas de Efectuar el pago: lugar, fecha; Pagos a cuenta, Conceptos imputables al pago, Otorgamiento de prórroga: a) facilidades de pago, b) plazos de carácter particular, procedimiento para el otorgamiento de plazos para el pago, Efectos del Pago.
2- Cuáles son los efectos del incumplimiento de la obligación tributaria en cada uno de los modos de extinción de la misma: intereses moratorios, sanción en el derecho tributario, automaticidad de la mora.
Similar a Modos de extinción de la relación jurídica tributaria, mapa mental alab ocanto (20)
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Modos de extinción de la relación jurídica tributaria, mapa mental alab ocanto
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE- RECTORADO ACADÉMICO
DECANATO DE CIENCIAS JURÍDICA Y POLÍTICA
ESCUELA DE DERECHO
ALUMNA: ALBA M.OCANTO
C.I: 10.311.196
PROF: EMILY RAMIREZ
ASIGNATURA: DERECHO TRIBUTARIO
SAIA “A”
2. EL PAGO: Es uno de los medios que
permite al sujeto pasivo extinguir la
obligación tributaria, Según el Artículo
39 COT. El pago de los tributos debe ser
efectuado por los contribuyentes o por
los responsables y se da favor del
SENIAT.
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
FORMAS DE EFECTUAR EL
PAGO
Artículo 40º El pago debe efectuarse
en el lugar, la fecha y la forma que
indique la ley o en su defecto la
reglamentación.
Respecto al lugar donde debe realzarse el
pago, este debe hacerse en la oficina
recaudadora competente, es decir, en cualquier
oficina receptora de fondos, ya sea nacional,
estadal o municipal.
PAGOS A CUENTA: Deben
ser expresamente dispuestos o
autorizados por la ley.
IMPUTABLES AL PAGO: El
pago de las obligaciones
tributarias se imputará en el
orden siguiente: Sanciones,
Intereses moratorios, Tributos
del período correspondiente.
Es decir; que la administración
tributaria podrá imputar
cualquier pago a la deuda más
antigua.
EL PAGO
b) Plazos de carácter particular: En
el caso de las prórrogas y demás
facilidades de pago, de carácter
individual, no general, siempre y
cuando se trate de casos excepcionales.
PROCEDIMIENTO PARA EL
OTORGAMIENTO DE PLAZOS
PARA EL PAGO.
La máxima autoridad de la
Administración Tributaria establecerá
el procedimiento a seguir para el
otorgamiento de las prórrogas,
fraccionamientos y plazos para el
pago, previstos en los artículos 45, 46
y 47 de este Código, pero en ningún
caso éstos podrán exceder de treinta y
seis (36) meses.
Con respecto a la Fecha de
pago, ésta debe efectuarse en la
fecha de presentación de la
manifestación respectiva, a
menos que la ley o reglamentos
establezcan lo contrario.
OTORGAMIENTO
DE PRÓRROGA
a) Facilidades de pago, El Ejecutivo Nacional
podrá otorgar con carácter general las
prórrogas y demás facilidades de pago de la
obligación tributaria, las cuales constituyen un
procedimiento único que `solo se justifican
ante causas de fuerza mayor o caso fortuito,
que debe tener como característica
fundamental el impedir el cumplimiento
normal de la obligación tributaria.
C
O
N
T
I
N
U
A
EN SU EFECTO, es la liberación del
pago que constituye un derecho
patrimonial adquirido respecto del
impuesto satisfecho, amparado por los
preceptos de la Constitución.
3. Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
LA COMPENSACIÓN
DEFINICIÓN: La compensación
es un medio normal de extinción y
tiene lugar cuando dos personas,
por derecho propio, reúnen la
calidad de acreedor y deudor
recíprocamente, cualesquiera que
sean las causas de una y otra
deuda. Art. 46 COT.
IMPUTABLES A LA
COMPENSACIÓN: La obligación de
pago de los tributos sólo puede ser
condonada o remitida por ley especial.
Las demás obligaciones, así como los
intereses y las multas, sólo pueden ser
condonadas por dicha ley o por
resolución administrativa en la forma y
condiciones que esa ley establezca.
EFECTOS
Extinción de los créditos.
Extingue también los créditos accesorios de
las obligaciones a compensar en la misma
proporción, tanto las prestaciones
accesorias de la deuda interés y gastos,
como las garantías personales, fianza.
Hay ciertos créditos que no son
compensables, la ley los protege
declarándolos inembargables al interés de
los demás. No habrá lugar a la
compensación cuando una de las partes
hubiere renunciado a ella.
PROCEDENCIA PARA COMPENSAR
CRÉDITOS FISCALES. Se produce en
virtud del art. 49 COT, que permite a la
autoridad acreditarse de oficios de los
saldos acreedores del contribuyente por el
importe de deudas saldos deudores
declarado por aquel( o determinado por el
fisco) y referente a periodos no
prescriptos comenzando por lo mas
antiguos, compensación que opera con
los distintos gravamen y también con
respecto a sanciones como dice la ley,
puede compensar multas firmen con
impuestos y accesorios y viceversas.
CESIÓN DE CRÉDITOS
FISCALES
Los créditos líquidos y exigibles del
contribuyente o responsable, por
concepto de tributos y sus accesorios,
podrán ser cedidos a otros
contribuyentes o responsables, al solo
efecto de ser compensados con
deudas tributarias del cesionario con
el mismo sujeto activo. Art. 50.-
EFECTOS DE LA CESIÓN DE
CRÉDITOS
Las compensaciones efectuadas por
el cesionario conforme a lo
establecido en el artículo anterior
sólo surtirán efectos de pago en la
medida de la existencia o legitimidad
de los créditos cedidos. La
Administración Tributaria no asumirá
responsabilidad alguna por la cesión
efectuada, la cual en todo caso
corresponderá exclusivamente al
cedente y cesionario respectivo. Art.
51.-
4. LA CONFUSIÓN, LA
REMISIÓN
CONFUSION: Es aquella
situación jurídica que se da
cuando se encuentran en
una sola persona la
situación de obligado y de
deudor
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
REMISION: La obligación de
pago de los tributos sólo puede ser
condonada o remitida por ley
especial. Las demás obligaciones,
así como los intereses y las multas,
sólo pueden ser condonadas por
dicha ley o por resolución
administrativa en la forma y
condiciones que esa ley establezca.
Art. 53 COT.
LA CONDONACIÓN SÓLO POR LEY
La condonación de una deuda se
caracteriza principalmente por ser un
modo de extinguir las obligaciones de
conformidad con lo establecido por el
código civil, mediante la remisión o la
condonación como también lo
denomina la ley civil se perdona o se
exonera a una persona del
cumplimiento de una obligación, es
decir, que el deudor queda liberado de
la deuda en virtud de la remisión.
La remisión o condonación de la deuda
es el perdón de la misma
La remisión es un modo de extinción de
las obligaciones tributarias establecido
por Ley, a través de la cual el legislador,
de manera unilateral, condona o perdona
a los contribuyentes y responsables, con
ánimo de liberalidad, el cumplimiento del
todo o parte de sus obligaciones.
La Confusión: Es la obligación
tributaria se extingue por confusión,
cuando el sujeto activo quedare
colocado en la situación del deudor,
como consecuencia de la
transmisión de los bienes o
derechos objeto del tributo. La
decisión será tomada mediante acto
emanado de la máxima autoridad
de la Administración Tributaria.
Artículo 52
5. SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN:
Se suspende por la interposición de
peticiones o recursos administrativos o
judiciales o de la acción del juicio ejecutivo,
hasta sesenta (60) días después que se
adopte resolución definitiva sobre los
mismos. Art. 62
CIRCUNSTANCIA AGRAVANTES
DE PRESCRIPCIÓN
La defraudación tributaria.
La falta de enteramiento de
anticipos por parte de los agentes
de retención o percepción.
El uso indebido de la información
confidencial.
En mi opinión las circunstancias
que agravan la prescripción son los
ilícitos en materia tributaria y fiscal.
PRESCRIPCIÓN DE LAS SANCIONES
RESTRICTIVAS DE LIBERTAD:
El artículo 57 del Código Orgánico Tributario
establece que la acción para imponer penas
restrictivas de libertad prescribe a los 6 años. El
artículo 58 de este Código consagra que las
sanciones restrictivas de libertad previstas en los
artículos 116 y 118 de este código, una vez
impuestas, no estarán sujetas a prescripción. Las
sanciones restrictivas de libertad prevista en el
artículo 119 prescriben por el transcurso de un
tiempo igual al de la condena.
PRESCRIPCIÓN DE LAS DEUDAS Y
SANCIONES PECUNIARIAS:
El artículo 59 del Código Orgánico Tributario nos
dice que la acción para exigir el pago de las
deudas tributarias y de las sanciones pecuniarias
firmes, prescribe a los 6 años.
CÓMPUTO PARA EL TÉRMINO DE
PRESCRIPCIÓN:
1. En el caso previsto en el numeral 1
del artículo 55 de este Código,
desde el 1° de enero del año
calendario siguiente a aquél en que
se produjo el hecho imponible. Para
los tributos cuya liquidación es
periódica se entenderá que el hecho
imponible se produce al finalizar el
período respectivo.
2. 2. En el caso previsto en el numeral
2 del artículo 55 del COT desde el
1° de enero del año calendario
siguiente a aquél en que se cometió
el ilícito sancionable.
RENUNCIA A LA PRESCRIPCIÓN:
Artículo 65: El contribuyente o
responsable podrá renunciar en
cualquier momento a la
prescripción consumada, entendiéndose
efectuada la renuncia cuando paga la
obligación
tributaria.
LA PRESCRIPCIÓN
LA PRESCRIPCIÓN: Es un medio de
adquirir un derecho o de liberarse de una
obligación por el tiempo y bajo las demás
condiciones determinadas por la LEY"
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN: Se
encuentra establecida en el artículo 55 del COT, el
cual estipula lo siguiente: Prescriben a los cuatro
(4) años los siguientes derechos y acciones: 1. El
derecho para verificar, fiscalizar y determinar la
obligación tributaria con sus accesorios. 2. La
acción para imponer sanciones tributarias, distintas
a las penas restrictivas de la libertad. 3. El derecho
a la recuperación de impuestos y a la devolución de
pagos indebidos.
INTERRUCCION DE LA
PRESCRIPCION,
según corresponda: 1. Por cualquier
acción administrativa, notificada al sujeto
pasivo, conducente al reconocimiento,
regularización, fiscalización y
determinación, aseguramiento,
comprobación, liquidación y recaudación
del tributo por cada hecho imponible. 2.
Por cualquier actuación del sujeto pasivo
conducente al reconocimiento de la
obligación tributaria o al pago o
liquidación de la deuda. 3. Por la
solicitud de prórroga u otras facilidades
de pago. Art 61
6. Efectos del incumplimiento de
la obligación tributaria,
intereses moratorios, sanción
en el derecho tributario,
automaticidad de la mora.
LOS EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTO DE LA
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA: Por la falta de pago de
la obligación tributaria dentro del plazo establecido
para ello, hace surgir, de pleno derecho la obligación
de pagar intereses moratorios desde el vencimiento
del plazo establecido para la autoliquidación y pago
del tributo hasta la extinción total de la deuda,
equivalentes a la tasa máxima activa bancaria
incrementada en veinte por ciento (20 %), aplicable,
respectivamente, por cada uno de los períodos en
que dichas tasas estuvieron vigentes.
Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
INTERESES MORATORIOS: El Código
Orgánico Tributario consagra la figura del
interés moratorio, tanto para el sujeto pasivo
como para el sujeto activo de la obligación
tributaria. En el primer caso, se generan
ante el incumplimiento de la obligación
tributaria, mientras que en el segundo, por
deudas del Fisco resultantes del pago
indebido o de recuperación de tributos,
accesorios y sanciones.
Respectivamente a las
SANCIONES DEL DERECHO
TRIBUTARIO se aplicaran las
establecidas Según el artículo
93 del COT: «Las sanciones,
salvo las penas privativas de
libertad, serán aplicadas por la
Administración Tributaria, sin
perjuicio de los recursos que
contra ellas puedan ejercer los
contribuyentes o responsables.
Las penas restrictivas de
libertad y la inhabilitación para el
ejercicio de oficios y
profesiones, sólo podrán ser
aplicadas por los órganos
judiciales competentes, de
acuerdo al procedimiento
establecido en la ley procesal
penal.
AUTOMATICIDAD DE LA MORA: Los intereses
moratorios se causarán aun en el caso que se
hubieren suspendido los efectos del acto en vía
administrativa o judicial.
7. Modos de Extinción de la Relación Jurídica Tributaria
MODO CONCEPTO FUNCION MODO DE
PROCEDER
EFECTOS
PAGO Es uno de los medios que permite
al sujeto pasivo extinguir la
obligación tributaria, Según el
Artículo 39 COT. El pago de los
tributos debe ser efectuado por los
contribuyentes o por los
responsables y se da favor del
SENIAT.
Cese la relación
tributaria
Dispuesto en el
Art. 39 COT
Cese la relación tributaria
COMPENSACION La compensación es un medio
normal de extinción y tiene lugar
cuando dos personas, por
derecho propio, reúnen la calidad
de acreedor y deudor
recíprocamente, cualesquiera que
sean las causas de una y otra
deuda.
Cese la relación
tributaria
Dispuesto en el
Art. 46 COT
Cese la relación tributaria
CONFUSION Es aquella situación jurídica que
se da cuando se encuentran en
una sola persona la situación de
obligado y de deudor
Cese la relación
tributaria
Dispuesto en el
Art. 52 COT
Cese la relación tributaria
REMISION La obligación de pago de los
tributos sólo puede ser condonada
o remitida por ley especial. Las
demás obligaciones, así como los
intereses y las multas, sólo
pueden ser condonadas por dicha
ley o por resolución administrativa
en la forma y condiciones que esa
ley establezca.
Cese la relación
tributaria
Dispuesto en el
Art. 53 COT
Cese la relación tributaria
PRESCRIPCION Es un medio de adquirir un
derecho o de liberarse de una
obligación por el tiempo y bajo las
demás condiciones determinadas
por la LEY"
Cese la relación
tributaria
Dispuesto en el
Art. 55 Y
siguientes COT
Cese la relación tributaria
8. NIETO C. Medios de Extinción de la Obligación Tributaria. Valencia,
Venezuela. Universidad José Antonio Páez. 2012
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Caracas, Venezuela.
GOE N° 5.908 del 19 de Febrero 2009.
Código Orgánico Tributario. Gaceta Oficial N° 37.305. 2001. Caracas,
Venezuela.
http://noticias.seniat.gob.ve/images/documentos/glosario_tributario.pdf
[Consulta: 13 de septiembre de 2015]
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS