Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad 10 (NIC 10) sobre hechos posteriores a la fecha del balance. La NIC 10 establece que los estados financieros deben ajustarse para reflejar los hechos posteriores que muestren condiciones existentes a la fecha del balance. También requiere revelaciones sobre la fecha en que los estados financieros fueron autorizados y sobre hechos posteriores importantes que no requieran ajustes.
Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad no 10 sobre hechos posteriores a la fecha del balance. Establece que una entidad deberá ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes, como la resolución de un litigio o la evidencia de deterioro de un activo. También requiere que la entidad revele la fecha en que los estados financieros fueron autorizados, actualice las revelaciones sobre condiciones existentes a la fecha del balance, y revele
Este documento establece las normas para el tratamiento contable de los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa. Define qué son estos hechos y distingue entre los que implican ajuste y los que no. Exige que se ajusten los importes reconocidos en los estados financieros para reflejar los hechos que impliquen ajuste y que se revele información sobre los hechos materiales que no impliquen ajuste. También requiere la revelación de la fecha de autorización de los estados financieros y actualizar
Este documento define los hechos posteriores a la fecha de balance y la fecha de formulación de los estados financieros. Explica que una entidad debe ajustar sus estados financieros por hechos posteriores significativos hasta la fecha en que los estados financieros se autorizaron para su divulgación, y no hasta la fecha en que los propietarios los aprobaron. También requiere revelaciones sobre la fecha de autorización para divulgación de los estados financieros y cualquier hecho posterior relevante después de esa fecha.
Este documento describe la Norma Internacional de Contabilidad NIC 10 sobre hechos ocurridos después de la fecha del balance. Explica que la norma requiere que una empresa ajuste sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes y que ofrezca revelaciones sobre ciertos eventos posteriores. También establece que la empresa no debe asumir que es un negocio en marcha si los hechos posteriores indican que dicha hipótesis no es apropiada.
Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad 10 sobre hechos ocurridos después de la fecha del balance. Establece que una entidad deberá ajustar sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes, como la resolución de un litigio o información sobre deterioro de activos. No requiere ajustes por hechos como caídas en el valor de mercado de inversiones. Exige revelar la fecha de autorización de los estados financieros y actualizar información sobre condiciones existentes. Tamb
10. NIC 10: Hechos posteriores a la fecha del balance
Objetivo
El objetivo de la NIC es prescribir:
Cuándo debe una empresa proceder a ajustar sus estados financieros por hechos posteriores a la fecha del balance
Las revelaciones que la empresa debe efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros han sido formulados, así como respecto a los hechos posteriores a la fecha del balance
La NIC le exige a la empresa no preparar estados financieros cuando los hechos posteriores a la fecha del balance indiquen que no se cumplirá la premisa de empresa en funcionamiento.
Alcance
La NIC 10 debe ser aplicada en la contabilización y en las revelaciones de información correspondientes a los hechos posteriores a la fecha del balance.
Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad no 10 sobre hechos posteriores a la fecha del balance. Establece que una entidad deberá ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes, como la resolución de un litigio o la evidencia de deterioro de un activo. También requiere que la entidad revele la fecha en que los estados financieros fueron autorizados, actualice las revelaciones sobre condiciones existentes a la fecha del balance, y revele
Este documento establece las normas para el tratamiento contable de los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa. Define qué son estos hechos y distingue entre los que implican ajuste y los que no. Exige que se ajusten los importes reconocidos en los estados financieros para reflejar los hechos que impliquen ajuste y que se revele información sobre los hechos materiales que no impliquen ajuste. También requiere la revelación de la fecha de autorización de los estados financieros y actualizar
Este documento define los hechos posteriores a la fecha de balance y la fecha de formulación de los estados financieros. Explica que una entidad debe ajustar sus estados financieros por hechos posteriores significativos hasta la fecha en que los estados financieros se autorizaron para su divulgación, y no hasta la fecha en que los propietarios los aprobaron. También requiere revelaciones sobre la fecha de autorización para divulgación de los estados financieros y cualquier hecho posterior relevante después de esa fecha.
Este documento describe la Norma Internacional de Contabilidad NIC 10 sobre hechos ocurridos después de la fecha del balance. Explica que la norma requiere que una empresa ajuste sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes y que ofrezca revelaciones sobre ciertos eventos posteriores. También establece que la empresa no debe asumir que es un negocio en marcha si los hechos posteriores indican que dicha hipótesis no es apropiada.
Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad 10 sobre hechos ocurridos después de la fecha del balance. Establece que una entidad deberá ajustar sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes, como la resolución de un litigio o información sobre deterioro de activos. No requiere ajustes por hechos como caídas en el valor de mercado de inversiones. Exige revelar la fecha de autorización de los estados financieros y actualizar información sobre condiciones existentes. Tamb
10. NIC 10: Hechos posteriores a la fecha del balance
Objetivo
El objetivo de la NIC es prescribir:
Cuándo debe una empresa proceder a ajustar sus estados financieros por hechos posteriores a la fecha del balance
Las revelaciones que la empresa debe efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros han sido formulados, así como respecto a los hechos posteriores a la fecha del balance
La NIC le exige a la empresa no preparar estados financieros cuando los hechos posteriores a la fecha del balance indiquen que no se cumplirá la premisa de empresa en funcionamiento.
Alcance
La NIC 10 debe ser aplicada en la contabilización y en las revelaciones de información correspondientes a los hechos posteriores a la fecha del balance.
Este documento resume la Norma Internacional de Contabilidad NIC-10 sobre hechos posteriores a la fecha del balance. Establece que una entidad deberá ajustar sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes y revelar información sobre hechos posteriores significativos que no impliquen ajustes. También requiere revelar la fecha de autorización de los estados financieros y actualizar información sobre condiciones existentes a la fecha del balance si se recibe nueva información.
Esta norma establece las pautas para el reconocimiento y revelación de hechos ocurridos después del período sobre el que se informa en los estados financieros. Define dos tipos de hechos posteriores al cierre: los que proporcionan evidencia de condiciones existentes al final del período y los que indican condiciones que surgieron después. Requiere el ajuste de los estados financieros por los primeros y la revelación de ambos. Además, prohíbe la preparación de los estados bajo la hipótesis
La NIC 10 establece las pautas para contabilizar y revelar los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa. Requiere que una entidad ajuste sus estados financieros por hechos que proporcionen evidencia adicional sobre condiciones existentes al final del periodo. También especifica la información a revelar sobre hechos posteriores al cierre que no requieren ajuste pero que podrían afectar las decisiones de los usuarios.
Este documento presenta un resumen de las normas nacionales e internacionales sobre los hechos posteriores a la fecha del balance. Bajo el marco nacional, se explica que los hechos posteriores deben ser revelados en notas a los estados financieros si podrían afectar su interpretación. La NIC 10 establece que los estados financieros deben ajustarse por hechos que provean evidencia de condiciones preexistentes o revelarse si indican nuevas condiciones. Finalmente, se definen los tipos de hechos posteriores y fe
NIC-10 Hechos Ocurridos después del periodo sobre el que se Informa, reconocimiento, medicion, exposicion y revelacion de las transacciones de Hechos Ocurridos despues del cierre del periodo...
La Norma Internacional de Contabilidad no 12 (NIC 12) establece las normas para la contabilización del impuesto sobre las ganancias. Ha sido revisada varias veces entre 1996 y 2000 para aclarar conceptos, actualizar referencias y especificar el tratamiento de dividendos y combinaciones de negocios. Incluye definiciones clave, lineamientos para el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos, y requisitos de revelación de información relacionada con impuestos.
Este documento resume la Norma Internacional de Contabilidad NIC 10 sobre hechos ocurridos después del balance. Define estos hechos como eventos que ocurren entre la fecha de cierre de los estados financieros y la fecha de autorización. Distingue entre hechos que implican ajustes y los que no. Explica que se deben revelar los hechos posteriores significativos, incluyendo la fecha de autorización y nombre del autorizante.
Hechos ocurridos despues del periodo sobre el que se informaSTEFFANYPAOLASANCHEZ
La norma establece que los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que impliquen ajustes deben reconocerse en los estados financieros. Los hechos que no impliquen ajustes deben revelarse si son materiales. Se debe revelar la fecha de autorización de los estados financieros y si pueden ser modificados después de su publicación. La norma para PYMES comparte los mismos principios pero con un lenguaje más sencillo.
Este documento describe los efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera y establece los principios para el reconocimiento y medición de dichas variaciones en los estados financieros de una entidad. Se aplica a las transacciones y saldos en moneda extranjera, así como a la conversión de los resultados y situación financiera de negocios en el extranjero y la conversión a una moneda de presentación. La norma también cubre los hechos posteriores a la fecha del balance.
La NIIF 10 establece los principios para la presentación de estados financieros consolidados cuando una entidad controla a otra. Define control como tener poder sobre la participada y exposición o derecho a sus rendimientos variables, además de poder influir en esos rendimientos. Detalla reglas como incluir subsidiarias controladas aunque no se tenga mayoría accionarial, y eliminar saldos y transacciones intragrupo.
Este documento proporciona una guía sobre cómo contabilizar y revelar los hechos ocurridos después de la fecha del balance de acuerdo con la NIC 10. Explica que los hechos que proporcionan evidencia de condiciones preexistentes requieren ajustes a los estados financieros, mientras que otros solo requieren revelación. También cubre temas como la fecha de autorización de los estados financieros y la revelación de dividendos propuestos después de la fecha del balance.
El documento presenta información sobre la introducción a los estados financieros. Explica que los estados financieros consisten en el estado de situación financiera, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio, estado de flujos de efectivo y notas explicativas. También describe los objetivos, características y componentes de cada uno de los estados financieros principales.
La Norma Internacional de Contabilidad 37 establece las bases para el reconocimiento y medición de provisiones, pasivos y activos contingentes. Define provisiones como pasivos de cuantía o vencimiento inciertos. Establece que una provisión debe reconocerse si existe una obligación presente como resultado de un suceso pasado, es probable que se requiera una salida de recursos para cancelar la obligación, y puede hacerse una estimación fiable del importe. También distingue entre provisiones reconocidas como pasivos y pasivos contingentes no reconocidos, y especifica los criter
Este documento presenta resúmenes de las Secciones 1 y 2 de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para PYMES). La Sección 1 describe las características de las entidades que están obligadas a presentar estados financieros de acuerdo con la norma. La Sección 2 establece los conceptos y principios generales subyacentes a la preparación y presentación de estados financieros, incluidos los objetivos de los estados financieros, las características cualitativas de la información financiera
El documento establece los requerimientos para la presentación de estados financieros de pequeñas y medianas entidades (PYMES) de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para PYMES. Se especifican los requisitos para la presentación de los estados financieros, incluidos el estado de situación financiera, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio y el estado de flujos de efectivo, así como las revelaciones requeridas en las notas a los estados financieros. También se establecen los criter
Nic 38 Activos intangibles, y NIC 36 Deterioro de activos intangiblesJoseline Morquecho
1. La Norma establece los criterios para el reconocimiento y valoración de los activos intangibles, así como los requerimientos de revelación de información.
2. Los activos intangibles deben reconocerse si son identificables, generan beneficios económicos futuros y su costo puede medirse confiablemente.
3. La Norma especifica cómo determinar la vida útil de los activos intangibles, su amortización y evaluar posibles pérdidas por deterioro.
Este documento presenta un resumen de la Norma Internacional de Contabilidad 37 sobre Provisiones, Pasivos y Activos Contingentes. Define términos clave como provisiones, pasivos, contingencias y establece los criterios para el reconocimiento, medición y revelación de esta información en los estados financieros de una entidad. Además, compara provisiones con otros pasivos y analiza las relaciones entre provisiones y pasivos contingentes.
Este documento presenta la regulación fiscal mexicana sobre los dictámenes fiscales. Establece que las personas morales y físicas con actividades empresariales deben obtener un dictamen fiscal de un contador público autorizado si cumplen ciertos umbrales de ingresos o activos. También deben hacerlo las entidades gubernamentales y aquellas autorizadas para recibir donaciones deducibles de impuestos. El dictamen fiscal evalúa el cumplimiento de las obligaciones fiscales y puede ser presentado de forma electrónica.
Este documento presenta la Norma Internacional de Información Financiera 7 (NIIF 7) sobre Instrumentos Financieros: Información a Revelar. La NIIF 7 establece los requisitos de revelación de información sobre los instrumentos financieros de una entidad, incluida la exposición a riesgos como el de crédito, liquidez y mercado. La NIIF 7 reemplaza a la NIC 30 e incluye guías de aplicación para ayudar a las entidades a cumplir con sus requisitos de revelación.
Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad no 10 sobre hechos posteriores a la fecha del balance. Establece que una entidad deberá ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes, como la resolución de un litigio o la recepción de información sobre el deterioro de un activo. También requiere que la entidad revele la fecha en que los estados financieros fueron formulados o autorizados, así como cierta información sobre hechos posteri
Este documento establece las normas para el tratamiento contable de los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa. Define qué son estos hechos y distingue entre aquellos que implican ajuste y los que no. Exige que se ajusten los importes reconocidos en los estados financieros para reflejar los hechos que impliquen ajuste y que se revele información sobre los hechos materiales que no impliquen ajuste. También requiere revelar la fecha de autorización de los estados financieros y actualizar
Este documento resume los principales aspectos de la NIC 10 sobre hechos ocurridos después de la fecha del balance. Explica que la norma establece cuándo se deben ajustar los estados financieros por dichos hechos y qué información debe revelarse respecto a la fecha de autorización de los estados financieros y los hechos posteriores. Distingue entre hechos posteriores que implican ajustes y los que no, y proporciona ejemplos de cada tipo. También cubre temas como la fecha de autorización para publicación, dividend
Este documento resume la Norma Internacional de Contabilidad NIC-10 sobre hechos posteriores a la fecha del balance. Establece que una entidad deberá ajustar sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes y revelar información sobre hechos posteriores significativos que no impliquen ajustes. También requiere revelar la fecha de autorización de los estados financieros y actualizar información sobre condiciones existentes a la fecha del balance si se recibe nueva información.
Esta norma establece las pautas para el reconocimiento y revelación de hechos ocurridos después del período sobre el que se informa en los estados financieros. Define dos tipos de hechos posteriores al cierre: los que proporcionan evidencia de condiciones existentes al final del período y los que indican condiciones que surgieron después. Requiere el ajuste de los estados financieros por los primeros y la revelación de ambos. Además, prohíbe la preparación de los estados bajo la hipótesis
La NIC 10 establece las pautas para contabilizar y revelar los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa. Requiere que una entidad ajuste sus estados financieros por hechos que proporcionen evidencia adicional sobre condiciones existentes al final del periodo. También especifica la información a revelar sobre hechos posteriores al cierre que no requieren ajuste pero que podrían afectar las decisiones de los usuarios.
Este documento presenta un resumen de las normas nacionales e internacionales sobre los hechos posteriores a la fecha del balance. Bajo el marco nacional, se explica que los hechos posteriores deben ser revelados en notas a los estados financieros si podrían afectar su interpretación. La NIC 10 establece que los estados financieros deben ajustarse por hechos que provean evidencia de condiciones preexistentes o revelarse si indican nuevas condiciones. Finalmente, se definen los tipos de hechos posteriores y fe
NIC-10 Hechos Ocurridos después del periodo sobre el que se Informa, reconocimiento, medicion, exposicion y revelacion de las transacciones de Hechos Ocurridos despues del cierre del periodo...
La Norma Internacional de Contabilidad no 12 (NIC 12) establece las normas para la contabilización del impuesto sobre las ganancias. Ha sido revisada varias veces entre 1996 y 2000 para aclarar conceptos, actualizar referencias y especificar el tratamiento de dividendos y combinaciones de negocios. Incluye definiciones clave, lineamientos para el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos, y requisitos de revelación de información relacionada con impuestos.
Este documento resume la Norma Internacional de Contabilidad NIC 10 sobre hechos ocurridos después del balance. Define estos hechos como eventos que ocurren entre la fecha de cierre de los estados financieros y la fecha de autorización. Distingue entre hechos que implican ajustes y los que no. Explica que se deben revelar los hechos posteriores significativos, incluyendo la fecha de autorización y nombre del autorizante.
Hechos ocurridos despues del periodo sobre el que se informaSTEFFANYPAOLASANCHEZ
La norma establece que los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que impliquen ajustes deben reconocerse en los estados financieros. Los hechos que no impliquen ajustes deben revelarse si son materiales. Se debe revelar la fecha de autorización de los estados financieros y si pueden ser modificados después de su publicación. La norma para PYMES comparte los mismos principios pero con un lenguaje más sencillo.
Este documento describe los efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera y establece los principios para el reconocimiento y medición de dichas variaciones en los estados financieros de una entidad. Se aplica a las transacciones y saldos en moneda extranjera, así como a la conversión de los resultados y situación financiera de negocios en el extranjero y la conversión a una moneda de presentación. La norma también cubre los hechos posteriores a la fecha del balance.
La NIIF 10 establece los principios para la presentación de estados financieros consolidados cuando una entidad controla a otra. Define control como tener poder sobre la participada y exposición o derecho a sus rendimientos variables, además de poder influir en esos rendimientos. Detalla reglas como incluir subsidiarias controladas aunque no se tenga mayoría accionarial, y eliminar saldos y transacciones intragrupo.
Este documento proporciona una guía sobre cómo contabilizar y revelar los hechos ocurridos después de la fecha del balance de acuerdo con la NIC 10. Explica que los hechos que proporcionan evidencia de condiciones preexistentes requieren ajustes a los estados financieros, mientras que otros solo requieren revelación. También cubre temas como la fecha de autorización de los estados financieros y la revelación de dividendos propuestos después de la fecha del balance.
El documento presenta información sobre la introducción a los estados financieros. Explica que los estados financieros consisten en el estado de situación financiera, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio, estado de flujos de efectivo y notas explicativas. También describe los objetivos, características y componentes de cada uno de los estados financieros principales.
La Norma Internacional de Contabilidad 37 establece las bases para el reconocimiento y medición de provisiones, pasivos y activos contingentes. Define provisiones como pasivos de cuantía o vencimiento inciertos. Establece que una provisión debe reconocerse si existe una obligación presente como resultado de un suceso pasado, es probable que se requiera una salida de recursos para cancelar la obligación, y puede hacerse una estimación fiable del importe. También distingue entre provisiones reconocidas como pasivos y pasivos contingentes no reconocidos, y especifica los criter
Este documento presenta resúmenes de las Secciones 1 y 2 de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para PYMES). La Sección 1 describe las características de las entidades que están obligadas a presentar estados financieros de acuerdo con la norma. La Sección 2 establece los conceptos y principios generales subyacentes a la preparación y presentación de estados financieros, incluidos los objetivos de los estados financieros, las características cualitativas de la información financiera
El documento establece los requerimientos para la presentación de estados financieros de pequeñas y medianas entidades (PYMES) de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para PYMES. Se especifican los requisitos para la presentación de los estados financieros, incluidos el estado de situación financiera, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio y el estado de flujos de efectivo, así como las revelaciones requeridas en las notas a los estados financieros. También se establecen los criter
Nic 38 Activos intangibles, y NIC 36 Deterioro de activos intangiblesJoseline Morquecho
1. La Norma establece los criterios para el reconocimiento y valoración de los activos intangibles, así como los requerimientos de revelación de información.
2. Los activos intangibles deben reconocerse si son identificables, generan beneficios económicos futuros y su costo puede medirse confiablemente.
3. La Norma especifica cómo determinar la vida útil de los activos intangibles, su amortización y evaluar posibles pérdidas por deterioro.
Este documento presenta un resumen de la Norma Internacional de Contabilidad 37 sobre Provisiones, Pasivos y Activos Contingentes. Define términos clave como provisiones, pasivos, contingencias y establece los criterios para el reconocimiento, medición y revelación de esta información en los estados financieros de una entidad. Además, compara provisiones con otros pasivos y analiza las relaciones entre provisiones y pasivos contingentes.
Este documento presenta la regulación fiscal mexicana sobre los dictámenes fiscales. Establece que las personas morales y físicas con actividades empresariales deben obtener un dictamen fiscal de un contador público autorizado si cumplen ciertos umbrales de ingresos o activos. También deben hacerlo las entidades gubernamentales y aquellas autorizadas para recibir donaciones deducibles de impuestos. El dictamen fiscal evalúa el cumplimiento de las obligaciones fiscales y puede ser presentado de forma electrónica.
Este documento presenta la Norma Internacional de Información Financiera 7 (NIIF 7) sobre Instrumentos Financieros: Información a Revelar. La NIIF 7 establece los requisitos de revelación de información sobre los instrumentos financieros de una entidad, incluida la exposición a riesgos como el de crédito, liquidez y mercado. La NIIF 7 reemplaza a la NIC 30 e incluye guías de aplicación para ayudar a las entidades a cumplir con sus requisitos de revelación.
Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad no 10 sobre hechos posteriores a la fecha del balance. Establece que una entidad deberá ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros para reflejar los hechos posteriores que impliquen ajustes, como la resolución de un litigio o la recepción de información sobre el deterioro de un activo. También requiere que la entidad revele la fecha en que los estados financieros fueron formulados o autorizados, así como cierta información sobre hechos posteri
Este documento establece las normas para el tratamiento contable de los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa. Define qué son estos hechos y distingue entre aquellos que implican ajuste y los que no. Exige que se ajusten los importes reconocidos en los estados financieros para reflejar los hechos que impliquen ajuste y que se revele información sobre los hechos materiales que no impliquen ajuste. También requiere revelar la fecha de autorización de los estados financieros y actualizar
Este documento resume los principales aspectos de la NIC 10 sobre hechos ocurridos después de la fecha del balance. Explica que la norma establece cuándo se deben ajustar los estados financieros por dichos hechos y qué información debe revelarse respecto a la fecha de autorización de los estados financieros y los hechos posteriores. Distingue entre hechos posteriores que implican ajustes y los que no, y proporciona ejemplos de cada tipo. También cubre temas como la fecha de autorización para publicación, dividend
La Norma Internacional de Contabilidad No. 8 establece los criterios para seleccionar y modificar políticas contables, así como el tratamiento de cambios en las políticas, estimaciones y correcciones de errores. Los hechos posteriores a la fecha de cierre pueden requerir ajustes a los estados financieros o revelación de información relevante. La empresa debe asegurar que sus estados financieros presentan fielmente su situación financiera y resultados de operaciones.
La NIC 10 y la Sección 32, prescribe cuándo una entidad ajustará sus estados financieros.
Fecha de autorización de los estados financieros para su publicación.
Este documento resume los requerimientos de la NIC 10 sobre la contabilización y revelación de hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa. Explica que una entidad deberá ajustar sus estados financieros por hechos que impliquen ajustes y revelar hechos materiales que no impliquen ajustes. También cubre la fecha de autorización para publicación de los estados financieros, la actualización de información revelada, y que la entidad no deberá asumir que continúa operando si los hechos
Este documento resume las principales disposiciones de la NIC 37 sobre provisiones, pasivos y activos contingentes. Explica que una provisión es un pasivo incierto que debe reconocerse si existe una obligación legal o implícita actual como resultado de un evento pasado, es probable que se requiera un desembolso para cancelar la obligación, y el monto de la obligación puede estimarse de manera confiable. Los pasivos y activos contingentes también se definen y describen los requisitos de revelación.
La Norma Internacional de Contabilidad no 12 (NIC 12) establece las normas para la contabilización del impuesto sobre las ganancias. Ha sido revisada varias veces entre 1996 y 2000 para aclarar conceptos, actualizar referencias y especificar el tratamiento de dividendos y combinaciones de negocios. Incluye definiciones clave, lineamientos para el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos, y requisitos de revelación de información relacionada con impuestos.
La Norma Internacional de Contabilidad no 12 (NIC 12) establece las normas para la contabilización del impuesto sobre las ganancias. Ha sido revisada varias veces entre 1996 y 2000 para aclarar conceptos, actualizar referencias y especificar el tratamiento de dividendos y combinaciones de negocios. Incluye definiciones clave, lineamientos para el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos, y requisitos de revelación de información relacionada con impuestos.
Esta norma establece los requisitos para el reconocimiento y medición de provisiones, pasivos y activos contingentes. Define provisiones como pasivos con incertidumbre sobre su monto o vencimiento. Para reconocer una provisión, debe existir una obligación actual resultante de un evento pasado, ser probable que se requieran recursos para cumplirla, y poder estimar su monto de forma confiable. La provisión debe representar la mejor estimación del monto requerido para cancelar la obligación.
Este documento establece los requisitos para la preparación y presentación de estados financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Define el objetivo de los estados financieros, los componentes que deben incluir, como un estado de situación financiera, estado de resultados, flujos de efectivo, y notas. También especifica principios como la materialidad, uniformidad, comparabilidad e hipótesis de negocio en marcha que deben seguir las entidades al preparar sus estados financieros de acuerdo con las NIIF
El documento describe el reconocimiento contable de los anticipos recibidos y entregados. Explica que los anticipos recibidos de clientes se reconocen como pasivos hasta que se entregan los bienes o servicios, mientras que los anticipos entregados a proveedores se reconocen como activos hasta que se reciben los bienes o servicios. También resalta los requisitos de las normas contables, tributarias y del plan de cuentas para el adecuado registro y presentación de los anticipos en los estados financieros de una empresa.
Se redactan con frases y palabras de una semántica compleja y de un alto nivel cultural. Utilizan lenguaje técnico jurídico y deben redactarse con gran riqueza expresiva, con concisión, claridad y precisión.Es un documento público probatorio que hace constar de manera fehaciente la identidad de las personas, la personalidad jurídica del individuo ante la sociedad, su nacionalidad y filiación.Identificación del emisor (autoridad que dicta el acto administrativo). Motivación o justificación del acto. Parte dispositiva o resolución. Inclusión final de la fecha y otros elementos que contextualizan el acto.
Sección 3 presentación de estados financierosJhonalex14
Esta sección establece los requisitos para la presentación de estados financieros de acuerdo con la NIIF para PYMES. Requiere que los estados financieros presenten razonablemente la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de la entidad. Un conjunto completo de estados financieros incluye el estado de situación financiera, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio y estado de flujos de efectivo, así como notas explicativas.
Este documento resume los principales aspectos de la NIIF 3 Combinación de Negocios. Explica conceptos como la identificación de la empresa adquirente, la fecha de adquisición, la valoración de activos y pasivos adquiridos, y los requisitos de revelación de información sobre combinaciones de negocios.
Este documento define la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación en Venezuela de acuerdo con la NIC 10 y el Código de Comercio venezolano. Establece que la fecha de autorización puede ser la definida en los procedimientos internos de la entidad o cuando los administradores entreguen los estados financieros al comisario o ente de revisión. Además, aclara que si los accionistas aprueban modificaciones a los estados financieros, esto no cambia la fecha de autorización a efectos de considerar event
La aplicación de la Sección 35 implica cuatro pasos principales: 1) Adopción por primera vez; 2) Fecha de transición; 3) Estado de Situación Finaciera de Apertura y 4) Presentación de Estados Financieros que cumplen con la NIIF para las Pymes.
Sección 3 presentación de estados financierosskymaz
Esta sección establece los requisitos para la presentación de estados financieros de acuerdo con la NIIF para PYMES. Requiere que los estados financieros presenten razonablemente la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de la entidad. Un conjunto completo de estados financieros incluye el estado de situación financiera, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio y estado de flujos de efectivo.
Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad 1 sobre la presentación de estados financieros. Establece los requisitos para la presentación de estados financieros que sean comparables entre periodos y entidades. Incluye directrices sobre la estructura, contenido y revelación de información requerida en el balance, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo.
Este documento presenta la Norma Internacional de Contabilidad 1 sobre la presentación de estados financieros. Establece los requisitos para la presentación de estados financieros que sean comparables entre periodos y entidades. Incluye directrices sobre la estructura y contenido mínimo requerido para el balance, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo. También cubre consideraciones generales como la presentación razonable, clasificación de activos y pasivos, e información a revelar.
El comercio exterior consiste en el intercambio de bienes y servicios entre países. Incluye la exportación e importación de productos, los cuales generalmente están sujetos a normas y tributos. El objetivo principal es satisfacer la demanda de consumidores aprovechando las ventajas comparativas de cada nación. Existen varios modelos que intentan explicar los flujos comerciales entre países basados en factores como costos de producción, abundancia de recursos y demanda de productos.
Planeador gobernabilidad y políticas públicasManuel Bedoya D
Este documento presenta el planeador de la asignatura de Gobernabilidad y Políticas Públicas para el programa de Administración Pública. Describe las competencias a desarrollar, como analizar conceptos de política, gobierno y gobernabilidad; identificar políticas públicas colombianas; y diseñar una política pública. Incluye 4 unidades temáticas sobre introducción a la política pública, el sistema político colombiano, gobierno-gobernanza-gobernabilidad, y el plan nacional de desarrollo. El objetivo es que los estud
Este documento presenta el planeador de la asignatura Política Económica para el programa de Administración Pública Municipal. La asignatura busca desarrollar competencias relacionadas con la identificación de problemas económicos y la formulación de políticas, a través del aprendizaje basado en problemas. El curso cubre temas como la intervención del Estado en la economía, los objetivos y herramientas de la política económica, y su marco institucional.
La descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y EuropaManuel Bedoya D
Este documento compara la descentralización en América Latina y Europa. Explica que la descentralización implica redistribuir el poder entre los niveles del gobierno y la sociedad. Aunque la descentralización es un proceso generalizado, cada país la implementa de manera diferente dependiendo de sus circunstancias particulares. La descentralización en Europa comenzó después de la Segunda Guerra Mundial e involucró un proceso heterogéneo en cada país a lo largo de décadas.
El documento trata sobre la política internacional y la economía política internacional. Explica que la política internacional analiza la interacción entre los estados del mundo, especialmente en temas económicos, políticos y sociales para promover el desarrollo global. También describe las principales tendencias en la economía política internacional como el comercio global, los flujos monetarios, la integración regional y el crecimiento de economías asiáticas. Finalmente, resume los enfoques teóricos del liberalismo, mercantilismo y marxismo para estudiar la economía política intern
Este documento presenta una visión del sur de las relaciones mundiales desde una perspectiva realista, sistémica y estructural. Busca desarrollar una teoría totalizadora de las relaciones internacionales que refleje tanto la estabilidad como el cambio y represente a aquellos que carecen de poder. El autor ha plasmado este desarrollo teórico en varios libros y artículos que analizan temas como el orden mundial, el régimen internacional, las relaciones entre Estados Unidos y América Latina, y las diferentes regiones del mundo.
El documento argumenta que las repúblicas hispano-colombianas deberían formar confederaciones para fortalecerse políticamente y prosperar. Propone la creación de cinco confederaciones basadas en afinidades geográficas, históricas y étnicas. También aboga por establecer un derecho público común y cooperación diplomática, consular y comercial entre las repúblicas para preparar el terreno para las futuras confederaciones.
Este documento analiza la política exterior uruguaya como una política pública influida por las ideas, intereses e instituciones de los partidos políticos. Argumenta que los partidos y sus fracciones juegan un rol central en orientar la política exterior a través de debates e interacciones. Como caso de estudio, examina el fracaso de un tratado de libre comercio con Estados Unidos durante el gobierno de Tabaré Vázquez, mostrando divergencias entre partidos y fracciones sobre la inserción internacional de Uruguay.
ALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCAManuel Bedoya D
El documento analiza el ALCA (Área de Libre Comercio de las Américas) como un instrumento de dominación propuesto por Estados Unidos para profundizar su control sobre América Latina, y el ALBA (Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América) como una respuesta de integración latinoamericana a este intento de dominio. Explica cómo el ALCA fue promovido en secreto sin consultar a los ciudadanos y cómo fue derrotado en la Cumbre de las Américas de 2005, dando una importante victoria a los pue
Este documento presenta el syllabus de la asignatura de Política Internacional Pública. La asignatura tiene una carga de 2 créditos y es de nivel profesional. Los propósitos de aprendizaje son formar profesionales capaces de analizar teóricamente la integración entre estados, empresas y dinámicas globales. La metodología incluye análisis teórico, casos de estudio, mapas conceptuales y trabajo cooperativo. El syllabus detalla 11 núcleos de aprendizaje sobre temas como la evolución del
Este documento presenta el planeador de la asignatura de Política Internacional Pública. Describe los objetivos de la asignatura, que incluyen analizar conceptos básicos de relaciones internacionales y establecer relaciones entre actores del sistema internacional. También presenta las unidades temáticas a desarrollar, como la introducción a la política internacional, la sociedad internacional y los estados, y las transformaciones del sistema mundial. El documento define las competencias que los estudiantes desarrollarán en áreas como el análisis crítico y la interpretación de
Este documento describe la evolución histórica de los organismos de control y vigilancia en Colombia. Explica que la Constitución de 1991 definió a la Contraloría General y al Ministerio Público como órganos de control, encargados de vigilar la gestión fiscal y proteger los derechos humanos respectivamente. También menciona otros organismos como las contralorías departamentales y las personerías municipales. El documento argumenta que estos organismos deben ser independientes de las otras ramas del poder para poder realizar sus funciones de manera autónoma.
Este documento presenta el syllabus de la asignatura "Sistema de Control Estatal" para el programa de Administración Pública. La asignatura tiene una carga de tres créditos y nivel profesional. El syllabus describe los objetivos del curso, las competencias, el plan de trabajo, el sistema de evaluación y la bibliografía. El curso busca brindar conceptos básicos sobre sistemas de control interno estatal y su importancia para la gestión pública.
Este documento presenta el plan de estudios para la asignatura Sistema de Control Interno. La asignatura busca desarrollar competencias relacionadas con el análisis e interpretación de sistemas de control interno y políticas públicas aplicables al sector público. El estudiante aprenderá sobre conceptos como control estatal, fiscal, social y político, y cómo estos afectan la administración del Estado. También se espera que comprenda la importancia del control interno para la ejecución efectiva del presupuesto público de acuerdo con la normatividad
Este documento presenta la planeación de un curso sobre Modelos de Gestión Pública. El curso busca desarrollar competencias cognitivas, interpretativas, argumentativas y propositivas en los estudiantes mediante el aprendizaje basado en problemas. El curso también analizará diferentes modelos de gestión pública y su aplicación en contextos municipales, regionales y nacionales.
Este documento presenta un curso sobre nuevos modelos de gestión pública municipal. El curso busca formar líderes y administradores locales con capacidades para cumplir los objetivos de los planes de desarrollo. El curso cubrirá temas como nuevos modelos de dirección pública, estrategias de intervención, análisis de ambientes organizacionales, diseño de herramientas de intervención y casos internacionales. Se espera que los estudiantes desarrollen competencias en dirección estratégica y comprendan mejor los retos de la gestión pública
Este documento presenta el syllabus de un curso de Gerencia Pública Integral. El curso busca que los estudiantes aprendan e implementen herramientas gerenciales para promover el desarrollo local de manera sostenible. El syllabus describe los objetivos de aprendizaje, temas a cubrir, metodología, criterios de evaluación y bibliografía. El curso se enfocará en modelos de gerencia aplicables al sector público y el rol del alcalde como líder de la administración local.
Problematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activoManuel Bedoya D
El documento discute la importancia de la problematización como una condición fundamental para el aprendizaje activo. Explica que la problematización implica que los estudiantes sean actores principales en su propio aprendizaje. Luego describe brevemente las características generales del aprendizaje activo y cómo la problematización, a través de la acción de problematizar, motiva a los estudiantes y los involucra en el proceso de aprendizaje. Finalmente, el objetivo del documento es establecer las características de una actividad
Modulo gestión pública profesor carlos ramírez guerraManuel Bedoya D
El documento compara y contrasta los términos administración, gerencia y gestión. Originalmente, la administración se refería a funciones subordinadas en el sector público, mientras que la gerencia se refería a funciones subordinadas en el sector privado. Más recientemente, los tres términos se usan como sinónimos, aunque algunos autores distinguen entre ellos enfocándose la administración en reglas y estructuras, y la gestión en resultados operacionales. El documento también discute las diferencias entre administración pública y gestión pública.
Modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perúManuel Bedoya D
El problema principal que se plantea es que, a pesar de existir numerosas iniciativas de innovación en el sector público a nivel internacional, en América Latina estas experiencias son menos conocidas y no se han sistematizado de manera académica y operativa para facilitar su replicabilidad.
En particular, en el Perú no existe un modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales que permita promover la innovación de manera sostenible en estos niveles de gobierno.
Los principales aspectos que se mencionan son:
- La literatura existente se
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Cada miembro puede crear su perfil de acuerdo a sus intereses, habilidades y así montar sus proyectos de ideas de negocio, para recibir mentorías .
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ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
Business Plan -rAIces - Agro Business Techjohnyamg20
Innovación y transparencia se unen en un nuevo modelo de negocio para transformar la economia popular agraria en una agroindustria. Facilitamos el acceso a recursos crediticios, mejoramos la calidad de los productos y cultivamos un futuro agrícola eficiente y sostenible con tecnología inteligente.
1. Norma Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10)
Hechos posteriores a la fecha del balance
Esta Norma revisada sustituye a la NIC 10 (revisada en 1999) Hechos posteriores a la fecha del balance, y se
aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
2. NIC 10
Norma Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10)
Hechos posteriores a la fecha del balance
Objetivo
1. El objetivo de esta Norma es prescribir:
(a) cuándo una entidad ajustará sus estados financieros por hechos posteriores a la fecha del balance; y
(b) las revelaciones que la entidad debe efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros han sido
formulados o autorizados para su divulgación, así como respecto a los hechos posteriores a la fecha del
balance.
La Norma exige también, a la entidad, que no elabore sus estados financieros bajo la hipótesis de empresa en
funcionamiento, si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que tal hipótesis de continuidad no
resulta apropiada.
Alcance
2. Esta Norma será aplicable en la contabilización y en la información a revelar correspondiente a los hechos
posteriores a la fecha del balance.
Definiciones
3. Los siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica:
Los hechos posteriores a la fecha del balance son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables,
que se hayan producido entre la fecha del balance y la fecha de formulación o de autorización de los estados
financieros para su divulgación. Pueden identificarse dos tipos de eventos:
(a) aquéllos que muestran las condiciones que ya existían en la fecha del balance (hechos posteriores a la
fecha del balance que implican ajuste); y
(b) aquéllos que son indicativos de condiciones que han aparecido después de la fecha del balance (hechos
posteriores a la fecha del balance que no implican ajuste).
4. El proceso seguido para la formulación o autorización para su divulgación, de los estados financieros, variará
dependiendo de la estructura organizativa de la entidad, de los requisitos legales y estatutarios y de los
procedimientos seguidos para la elaboración y finalización de tales estados financieros.
5. En algunos casos, la entidad está obligada a presentar sus estados financieros a sus propietarios para que éstos
los aprueben antes de que se emitan. En tales casos, los estados financieros se consideran formulados o
autorizados para su divulgación en la fecha de su emisión y no en la fecha en que los propietarios los aprueben.
2
3. NIC 10
Ejemplo
La dirección de una entidad completa el día 28 de febrero de 20X2 el borrador de estados financieros para el
ejercicio que termina el 31 de diciembre de 20X1. El consejo de administración revisa estos estados
financieros el 18 de marzo de 20X2, autorizando su divulgación. La entidad procede a anunciar el resultado del
ejercicio, junto con otra información financiera seleccionada, el 19 de marzo de 20X2. Los estados financieros
quedan a disposición de los propietarios y otros interesados el día 1 de abril de 20X2. La junta anual de
propietarios aprueba los anteriores estados financieros el 15 de mayo de 20X2, y se procede a registrarlos en el
órgano competente el día 17 de mayo de 20X2.
Los estados financieros se formularon el 18 de marzo de 20X2 (fecha en que el consejo de administración
autorizó su divulgación).
6. En algunos casos, la dirección de la entidad está obligada a presentar sus estados financieros a un consejo de
supervisión dentro de la misma (compuesto únicamente por miembros no ejecutivos) para que proceda a su
aprobación. En esos casos, los estados financieros quedan autorizados para su divulgación cuando la dirección
los autorice para su presentación al consejo de supervisión.
Ejemplo
El 18 de marzo de 20X2, la dirección de una entidad autoriza los estados financieros para que sean presentados
a su consejo de supervisión. Este consejo supervisor está compuesto exclusivamente por miembros no
ejecutivos, si bien puede incluir representantes de empleados y otros intereses externos. El consejo de
supervisión aprueba los estados financieros el 26 de marzo de 20X2. Los estados financieros quedan a
disposición de los propietarios y otros interesados el día 1 de abril de 20X2. La junta anual de propietarios
aprueba los anteriores estados financieros el 15 de mayo de 20X2 y éstos se registran en el órgano competente
el 17 de mayo de 20X2.
Los estados financieros se autorizaron para su divulgación el 18 de marzo de 20X2 (fecha de la autorización
de la dirección para su presentación al consejo de supervisión).
7. En los hechos posteriores a la fecha del balance se incluirán todos los eventos hasta la fecha en que los estados
financieros queden autorizados para su divulgación, aunque dichos eventos se produzcan después del anuncio
público del resultado o de otra información financiera referente al ejercicio.
Reconocimiento y valoración
Hechos posteriores a la fecha del balance que implican ajustes
8. La entidad ajustará los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar la incidencia de los
hechos posteriores a la fecha del balance que impliquen ajustes.
9. Los siguientes son ejemplos de hechos posteriores a la fecha del balance, que obligan a la entidad a ajustar los
importes reconocidos en sus estados financieros, o bien a reconocer partidas no reconocidas con anterioridad:
(a) La resolución de un litigio judicial, posterior a la fecha del balance, que confirma que la entidad tenía una
obligación presente en la fecha del balance. La entidad ajustará el importe de cualquier provisión
reconocida previamente respecto a ese litigio judicial, de acuerdo con la NIC 37 Provisiones, activos
contingentes y pasivos contingentes, o bien reconocerá una nueva provisión. La entidad no se limitará a
revelar una obligación contingente, puesto que la resolución del litigio proporciona evidencia adicional
que ha de tenerse en cuenta, de acuerdo con el párrafo 16 de la NIC 37.
(b) La recepción de información, después de la fecha del balance, que indique el deterioro del valor de un
activo a esa fecha, o bien la necesidad de ajustar la pérdida por deterioro del valor reconocido previamente
para ese activo. Por ejemplo:
3
4. NIC 10
(i) la situación concursal de un cliente, ocurrida después de la fecha del balance, generalmente confirma
que en tal fecha existía una pérdida sobre la cuenta comercial a cobrar, de forma que la entidad
necesita ajustar el importe en libros de dicha cuenta; y
(ii) la venta de existencias, después de la fecha del balance, puede proporcionar evidencia acerca del
valor neto realizable de las mismas en la fecha del balance.
(c) La determinación, con posterioridad a la fecha del balance, del coste de los activos adquiridos o del
importe de ingresos por activos vendidos antes de dicha fecha.
(d) La determinación, con posterioridad a la fecha del balance, del importe de la participación en las
ganancias netas o de los pagos por incentivos, si en la fecha del balance la entidad tiene la obligación, ya
sea de carácter legal o implícita, de efectuar tales pagos, como resultado de hechos anteriores a esa fecha
(véase la NIC 19 Retribuciones a los empleados).
(e) El descubrimiento de fraudes o errores que demuestren que los estados financieros eran incorrectos.
Hechos posteriores a la fecha del balance que no implican ajustes
10. La entidad no ajustará los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar la incidencia de los
hechos posteriores a la fecha del balance, si éstos no implican ajustes.
11. Un ejemplo de hecho posterior a la fecha del balance que no implica ajuste, es la reducción en el valor de
mercado de las inversiones, ocurrida entre la fecha del balance y la fecha de formulación o de autorización de
los estados financieros para su divulgación. La caída del valor de mercado no está, normalmente, relacionada
con las condiciones de las inversiones en la fecha del balance, sino que refleja circunstancias acaecidas en el
ejercicio siguiente. Por tanto, la entidad no ajustará los importes previamente reconocidos en sus estados
financieros para estas inversiones. De forma similar, la entidad no actualizará los importes que figuren en las
notas u otras revelaciones que se refieran a esas inversiones, en la fecha del balance, aunque pudiera ser
necesario revelar información adicional en función de lo establecido en el párrafo 21.
Dividendos
12. Si, después de la fecha del balance, la entidad acuerda distribuir dividendos a los tenedores de instrumentos
de patrimonio neto (según se han definido en la NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación e
información a revelar), no reconocerá tales dividendos como un pasivo en la fecha del balance.
13. Si se acuerda la distribución de los dividendos (esto es, si los dividendos han sido debidamente autorizados y no
quedan a discreción de la entidad) después de la fecha del balance, pero antes de que los estados financieros
hayan sido formulados, los dividendos no se reconocerán como un pasivo a la fecha del balance, porque no
suponen una obligación presente de acuerdo con la NIC 37. Dichos dividendos se revelarán en las notas, de
acuerdo con la NIC 1 Presentación de estados financieros.
Empresa en funcionamiento
14. La entidad no elaborará sus estados financieros sobre la base de que es una empresa en funcionamiento si la
dirección determina, después de la fecha del balance, o bien que tiene la intención de liquidar la entidad o
cesar en sus actividades, o bien que no existe otra alternativa más realista que hacerlo.
15. El deterioro de los resultados de explotación y de la situación financiera de la entidad, con posterioridad a la
fecha del balance, puede indicar la necesidad de considerar si la hipótesis de empresa en funcionamiento resulta
todavía apropiada. Si no lo fuera, el efecto de este hecho es tan decisivo que la Norma exige un cambio
fundamental en la base de contabilización, y no simplemente un ajuste en los importes que se hayan reconocido
utilizando la base de contabilización original.
16. La NIC 1 Presentación de estados financieros, exige la revelación de información si:
(a) los estados financieros no se han elaborado sobre la hipótesis de empresa en funcionamiento; o
4
5. NIC 10
(b) la dirección es consciente de la existencia de incertidumbres importantes, relacionadas con eventos o
condiciones que puedan suscitar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar
como una empresa en funcionamiento. Estos eventos o circunstancias que exigen revelar información,
pueden aparecer después de la fecha del balance.
Información a revelar
Fecha de formulación de los estados financieros
17. La entidad revelará la fecha en que los estados financieros han sido formulados o autorizados para su
divulgación, así como quién ha dado esta autorización. En el caso de que los propietarios de la entidad u
otros tengan poder para modificar los estados financieros tras la divulgación, la entidad revelará también este
hecho.
18. Es importante para los usuarios saber en qué momento los estados financieros han sido formulados o autorizados
para su divulgación, puesto que no reflejarán eventos que hayan ocurrido después de esta fecha.
Actualización de las revelaciones de información sobre condiciones existentes en la fecha
del balance
19. Si, después de la fecha del balance, la entidad recibiese información acerca de condiciones que existían ya
en dicha fecha, actualizará en las notas, en función de la información recibida, las revelaciones relacionadas
con tales condiciones.
20. En algunos casos, la entidad necesita actualizar las revelaciones hechas en los estados financieros para reflejar la
información recibida después de la fecha del balance, incluso cuando dicha información no afecte a los importes
que la entidad haya reconocido en los estados financieros. Un ejemplo de esta necesidad de actualizar la
información revelada ocurre cuando, con posterioridad a la fecha del balance, se tenga evidencia acerca de una
obligación contingente que ya existía a esa fecha. Aparte de considerar si, con la nueva información, la entidad
ha de reconocer o modificar una provisión con arreglo a lo establecido en la NIC 37 Provisiones, activos
contingentes y pasivos contingentes; en función de la nueva evidencia, la entidad procederá a actualizar la
información revelada acerca del pasivo contingente.
Hechos posteriores a la fecha del balance que no implican ajustes
21. Cuando los hechos posteriores a la fecha del balance que no implican ajustes sean de tal importancia que si
no se revelasen podría afectar a la capacidad de los usuarios de los estados financieros para realizar las
evaluaciones pertinentes y tomar decisiones económicas, la entidad revelará la siguiente información, para
cada una de las categorías importantes de hechos posteriores a la fecha del balance que no implican ajustes:
(a) la naturaleza del evento; y
(b) una estimación de sus efectos financieros, o un pronunciamiento sobre la imposibilidad de realizar
tal estimación.
22. Los siguientes son ejemplos de hechos posteriores a la fecha del balance que no implican ajustes, que por lo
general producirían revelaciones de información:
(a) una combinación de negocios significativa, que haya tenido lugar después de la fecha del balance (la NIIF
3 Combinaciones de negocios, exige revelar información específica en tales casos), o bien la enajenación
o disposición por otra vía de una dependiente significativa;
(b) el anuncio de un plan para interrumpir definitivamente una actividad;
(c) las compras de activos significativas, la clasificación de activos como mantenidos para la venta de acuerdo
con la NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas, otras
enajenaciones o disposiciones por otra vía de activos, o bien la expropiación de activos significativos por
parte del gobierno;
5
6. NIC 10
(d) la destrucción por incendio de una planta importante de producción, tras la fecha del balance;
(e) el anuncio, o el comienzo de la ejecución de una reestructuración importante (véase la NIC 37
Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes);
(f) transacciones importantes realizadas con acciones ordinarias y con acciones ordinarias potenciales, tras la
fecha del balance (la NIC 33 Ganancias por acción, requiere que la entidad describa estas transacciones,
aparte de las emisiones de capital o bonos y de los desdoblamientos o agrupaciones de acciones, todas las
cuales obligan a realizar ajustes según la NIC 33);
(g) las variaciones anormalmente grandes, posteriores a la fecha del balance, en los precios de los activos o en
los tipos de cambio de alguna moneda extranjera;
(h) las variaciones en los tipos impositivos o en las leyes fiscales, aprobados o anunciados con posterioridad a
la fecha del balance, que vayan a tener un efecto significativo en los activos y pasivos por impuestos
corrientes o diferidos (véase la NIC 12 Impuesto sobre las ganancias);
(i) la aceptación de compromisos o pasivos contingentes de cierta importancia, por ejemplo, al otorgar
garantías por importe significativo; y
(j) el inicio de litigios importantes, surgidos exclusivamente como consecuencia de eventos posteriores a la
fecha del balance.
Fecha de vigencia
23. La entidad aplicará esta Norma en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se
aconseja su aplicación anticipada. Si la entidad aplica esta Norma para un ejercicio que comience antes del 1
de enero de 2005, revelará este hecho.
Derogación de la NIC 10 (revisada en 1999)
24. Esta Norma deroga la NIC 10 Hechos posteriores a la fecha del balance, revisada en 1999.
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