2. El Gobierno Nacional expidió el 15 de octubre
el Decreto 2309 de 2002, por el cual se
define el Sistema Obligatorio de Garantía de
Calidad de la Atención de Salud, del Sistema
General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
3. Este Decreto busca que todas las instituciones
prestadoras de salud y profesionales
independientes en esta área, cumplan con una
garantía de calidad en sus servicios de salud.
4. Este Decreto es indispensable para
garantizarles a todos los colombianos la
calidad en los servicios de salud y atención a
los que tienen derecho.
5. Se define como el conjunto de servicios que se prestan
al usuario, así como de las actividades.
Procedimientos.
Intervenciones asistenciales.
Promoción, prevención.
Diagnóstico.
Tratamiento.
Rehabilitación.
6. La calidad en la atención de salud se define
como la prestación de los servicios
equitativos, con cobertura a todos los
usuarios y con un nivel óptimo que permita la
satisfacción de los usuarios.
7. Este decreto cobija a todas los prestadores de
salud como:
Entidades promotoras.
Administradoras de Régimen Subsidiado.
Empresas de medicina pre-pagada.
Entidades departamentales.
Distritales
Municipales de salud.
8. A este decreto Se exceptúan de la aplicación
del Sistema Obligatorio de Garantía de
Calidad de la Atención de Salud las Fuerzas
Militares, la Policía Nacional, los Bancos de
Sangre y de Componentes Anatómicos y los
grupos de práctica profesional que no
cuenten con infraestructura física para la
prestación de servicios de salud.
9. Así mismo, las Unidades de Salud de
Biomedicina Reproductiva y demás entidades
que producen insumos de salud y productos
biológicos.
El decreto consiste en la creación del Sistema
de Garantía de Calidad de la Atención en
Salud.
10. ¿QUE ES EL SISTEMA DE GARANTIA DE CALIDAD
DE LA ATENCION EN SALUD?
Es el conjunto de instituciones, normas,
requisitos, mecanismos y procesos necesarios
para generar y mejorar la calidad de los servicios
médicos en el país.
Está compuesto por mecanismos de habilitación,
acreditación, auditoría, atención e información
para la calidad en la atención del servicio.
11.
Es un instrumento de protección al usuario que
contiene las condiciones mínimas que deben
cumplir los diferentes prestadores de servicios
de la salud para su ingreso y permanencia en el
Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Condiciones que tienen que ver con la capacidad
tecnológica y científica, patrimonio, estabilidad
financiera y capacidad técnico-administrativa.
12. El Sistema Único de Acreditación es un
componente que se pone a disposición de IPS
y EPS, que quieran voluntariamente demostrar
su cumplimiento en niveles de calidad por
encima de las condiciones mínimas, como
educación personalizada al paciente y su
familia, y seguimiento y control después del
egreso de la entidad hospitalaria.
13.
Con este Sistema la comunidad podrá escoger la
institución indicada y dispondrá de la información
necesaria acerca de las IPS y EPS --a través de escalafón
de instituciones-- que permita a los usuarios conocer con
certeza cuáles son las mejores y cuáles no.
El Ministerio de Salud incluirá en su página de internet
www.minsalud.gov.co, los datos del Sistema de
Información para la Calidad, con el propósito de facilitar al
público el acceso en línea.
14.
A través de este Sistema se evaluará el cumplimiento de
los estándares de calidad. Herramienta clave para llegar a
la excelencia en la atención en salud.
La Auditoría se realizará a través de tres procesos:
-- Autocontrol, entendido como el que aplica cada
miembro de la entidad.
-- Auditoría interna, evaluación realizada en la institución
por una instancia ajena al proceso que se evalúa.
-- Auditoría externa, que consiste en la evaluación por
una entidad externa a la institución, con el fin de verificar
la realización del autocontrol y de la auditoría interna.
15.
Las instituciones que no cumplan con los
estándares o requisitos serán sancionadas
con medidas de seguridad, como cancelación
del servicio, procesos de investigación,
multas o cierres definitivos.
Las IPS y EPS deberán cumplir con 200
estándares de calidad para hacer más
óptimos los servicios de protección de la
salud y la vida de los pacientes.