2. Esta compuesto por leyes, normas, reglamentos,
acuerdos, disposiciones, resoluciones y decretos.
Para poder hablar del marco legal de regulador
propio del servicio en salud debemos conocer los
significativos de cada una de estas ramas
3. LEYES: la ley es una norma jurídica dictada por la autoridad
competente.
NORMAS: principio que se impone o se adopta para dirigir la
conducta y el desarrollo de una actividad.
REGLAMENTO: conjunto de ordenes y reglas dictadas por una
autoridad competente.
ACUERDO: es la decisión tomada en común por dos o mas
personas o por una junta, asamblea o tribunal.
4. DISPOCISIONES: es un sinónimo de normas.
RESOLUCION: es una propuesta o petición escrita en
asambleas anteriormente organizada.
DECRETO: un decreto es un termino que procede del latín.
Es la decisión de una autoridad competente sobre lo que tiene
competencia.
5. Resolución 1802 de 1989 crea los comités hospitalarios de emergencia
Decreto 104 de 1990 regulaciones referentes al SOAT
Resolución 135 de 1990 constituye cuenta para el mejoramiento de los
servicios de urgencias
Ley 10 de 1990 descentralización de los servicios de salud
Resolución 0617 de 1990 garantiza la atención de urgencias para las
víctimas de atentados terroristas
Decreto 1761 de 1990 se reglamentan los servicios de urgencias, se
define la urgencia
Resolución 002 de 1990 establece tarifas de atención de daños
corporales afectados por accidente de tránsito.
6. LEY 100 DE 1993 ( LEY ESTATUTARIA)
La ley 100 por la cual se crea el sistema de seguridad social
integral.
ARTICULO 154 literal especifica que el estado debe
intervenir en la organización de los servicios de salud en
forma descentralizada por niveles de atención y con
participación de la comunidad.
En el ARTICULO 159 se le garantiza la atención de urgencia
a todos los afiliados en todo el territorio nacional.
7. El ARTICULO 162 párrafo 5 establece para la
prestación de dicho servicio que todas las entidades
promotoras de salud establecerán un sistema de
referencia y contra referencia dando a entender su
aplicación y su objetivo por el cual se define el régimen
de pagos compartidos y cuotas moderadoras dentro del
sistema general de seguridad social en salud.
8. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA VIDA Y LA SALUD
LOS ENCONTRAMOS EN LOS SIGUIENTES:
LEY 100 DE 1993 ( ley estatutaria)
DECRETO 1011 DEL 2006 SOGS ( el sistema obligatorio de
garantía de calidad)
RESOLUCION 1043 DE 2006 ( habilitación y auditoria)
RESOLUCION 1445 DEL 2006 ( acreditación)
RESOLUCION 1446 DEL 2006 ( este define el sistema de formación
de calidad)
9. Marco legal de los sistemas de información de la salud en
Colombia el marco legal muestra el contexto institucional al nivel
gubernamental en el cual se desarrollan los sistemas de
información de la salud en Colombia; en salud específicamente:
Primero digitalizarla totalidad de las historias clínicas y
desarrollar una plataforma electrónica para facilitar su acceso.
Segundo identificar las zonas con mayores niveles de morbilidad
y mortalidad en el país.
10. Para asegurar la presencia de la telemedicina estas
estrategias surgen de la necesidad de mejoramiento
en la prestación de servicios y la reducción de costos
derivados de la facilidad de acceso a la información
por parte de los profesionales de la salud y los
ciudadanos.
11. RESOLUCIÓN 3374 DEL 2000
Registros individuales de prestación de servicios (RIP) por la
cual se reglamentan los datos básicos que deben reportar los
prestadores de servicios de salud y las entidades
administradoras de planes de beneficios sobre los precios de
salud prestados.
Aspectos generales del conjunto de seguridad social en
salud.
12. Registro general de prestación de servicios (RIPS) es el
conjunto de datos mínimos y básicos que el sistema general
de seguridad social en salud requiere para los procesos de
DIRECCION, REGULACION Y CONTROL. Y como
soporte de la venta de servicios cuya DENOMINACION,
ESTRUCTURA Y CARACTERISTICAS se ha unificado y
estandarizado para todas las densidades a que hace
referencia el articulo segundo de la presente resolución.
13. LEY 797 DEL 2003 AL 2015
Ministerio de la protección social trabaja desde el 2005 en la
construcción de REGISTRO UNICO DE AFILIADOS al sistema
de protección social (RUAF) que cuenta con información de los
afiliados a la seguridad social integral ( salud, pensiones, y
riesgos profesionales). A cajas de compensación familiar y a
cesantías así como los beneficiarios de los programas que se
presten a través de la red protección social a través del SENA,
BIENESTAR FAMILIAR Y ACCION SOCIAL entre otras
entidades.
14. • Dicho registro deberá integrarse con el registro único de
aportantes este registro será obligatorio para acceder a los
servicios financiados o recursos públicos a partir de su
vigencia el sistema RUAF .
• MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL
El sistema permite el flujo de información entre los actores del
sistema de protección social respetado la confiabilidad de la
información y el rol de cada uno de los administradores.
15. DECRETO 3518 DE 2006
• Por el cual se crea y reglamenta el sistema de vigilancia en salud
publica y dictan otras disposiciones que es el SIVIGILA.
• El sistema de vigilancia en salud publica es un sistema de reportes
eventos de interés en salud publica gestionando fruto nacional de
salud que reporta especialmente patologías infecciosas aunque
recientemente se ha adicionado modulo de mortalidad materna.
16. • El ministerio de protección social también cuenta con el centro
nacional de enlace el cual utiliza principalmente la información
producida por el SIVIGILA para reportar amenazas a la salud
publica, a organizaciones internacionales.
• La estrategia gubernamental entorno a las TIC en salud se
centra en la implementación de la telemedicina y del SISPRO;
esta bodega de datos es gestionada por el ministerio de la
protección social.
• Integra la información de SALUD, PENSION Y RIESGOS
PROFESIONALES
17. • Cada fuente de información de SISPRO tiene una
ESTRUCTURA Y SOPORTE DE CONSOLIDACION
independiente.
• Los componentes de este sistema según la LEY 1438
DEL 2011 se busca reformar el sistema general de
seguridad social en salud, estas fuentes de información
son el registro único de afiliados RUAF.
18. PLANILLA INTEGRADA DE LIQUIDACIÓN DE
APORTES PILA
• La pila es la base de datos que maneja la afiliación de
aportes cotizantes a los diferentes módulos de la protección
social.
• Sistema de información de precios de medicamentos
SISMED registra datos de precios de compra y de venta de
medicamentos por pagos IPS, EPS DROGUERIAS, etc.
19. • Registro de personas con discapacidad en esta base de datos
se encuentran registradas personas con algún tipo de
discapacidad que son reportados por las gobernaciones.
• Esta base de datos tiene una baja cobertura dada la
dificultad para la identificación y el registro de esta
población.
20. REGISTRO INDIVIDUAL DE PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (RIP)
• Contiene información de vacunación,
es enviada por las direcciones
territoriales de salud.
• En futuro este modulo se plantea
como un sistema de seguimiento de
planes de vacunación
21. SISTEMAS DE GESTIÓN DE HOSPITALES
PÚBLICOS (SIHO)
• Recoge información de GESTION,
CAPACIDAD, instalaciones y
funcionamiento de los hospitales
públicos.
• No tiene alta cobertura
22. REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORES
DE SERVICIO (REPS)
• Registra información, esta habilitada
para la prestación de servicios en
responsabilidad de los entes
territoriales.