1. CASQUETE AVECILLAS, MANUEL
Definición
definición de obligación de especie o cuerpo
cierto
son aquellas en que se debe
indeterminadamente un individuo de una clase
o género determinado
aquella en que se debe determinadamente un
individuo de una clase o género determinado
debe hacerse con una especie de
calidad más o menos mediana (de
igual o mejor )
los derechos reales solo se
pueden ejercer sobre especies
o cuerpos ciertos
la obligacion de dar al cumplirse no
puede ser de género al momento de la
entrega
OBLIGACIONES DE GÉNERO
Obligación de género
1,- acreedor : no puede exigir un individuo determinado
Obligación de especie
sólo se debe y se puede exigir el individuo determinado
Diferencia entre la obligación de género y de especie o cuerpo cierto
en una obligación de especie o cuerpo cierto debida
deudor : deudor de la especie tiene la obligacion de conservar la
especie hasta la entrega
la especie o cuerpo cierto se extingue por el modo de extinguir
llamado pérdida de la cosa debida , cuando esta es fortuita
4,- no opera la llamada teoría de los riesgos , porque el género no perece
Momento de cumplirse de la obligación de género
deudor : cumple la obligación entregando un individuo de calidad mediana
2,-el género no perece , la obligación subsiste
deudor : de un género además de la obligación de dar y de entregar una especie del género no
tiene otra obligación
3,- la pérdida de alguna de las cosas de género, no extingue la obligación
acreedor: no puede oponerse a que el deudor las enajene o destruya ,mientras subsista otra para
que el cumplimiento de lo que se debe
deudor : a que el deudor acepte lo contrario