El documento resume los artículos del Código Tributario sobre el pago de obligaciones tributarias. Estos incluyen que el pago debe realizarse por el deudor o responsable en las oficinas de recaudación en efectivo, cheques u otros medios autorizados, en el tiempo establecido por la ley, y donde tenga su domicilio el deudor. Asimismo, el pago puede hacerse mediante consignación ante la autoridad competente cuando el sujeto activo se niegue a recibirlo.
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Pago obligaciones tributarias Código Tributario
1. Ab. Manuel Casquete Avecillas
Deben realizar el
pago(art. 38
C.Tributario)
Por quién puede
hacerse el pago (art. 39
C.Tributario)
A quién debe hacerse
el pago (art.40
C.Tributario)
Cuándo debe hacerse el
pago (art. 41
C.Tributario)
Dónde debe hacerse el
pago (art. 42
C.Tributario)
donde se produjo
el hecho
generador
Cómo debe hacerse el
pago (art. 43
C.Tributario)
los pagos anticipados por concepto de tributos , sus porcentajes y
oportunidad ,serán dispuestos o autorizados por la ley (art. 45 C Tributario )
al acreedor del tributo , siendo éste el funcionario ,empleado o agente
, a quien la ley o el reglamento faculte , su recaudación , retención o
percepción .
la obligación tributaria puede ser pagada por el deudor o el
responsable . Con derecho a reembolso ,conforme al artículo 26
C.Tributario
en el tiempo que señale la ley o en las fechas que se fijen en los
convenios de pago
cuando el pago se realice con cheque no
certificado ,la obligación tributaria se
extinguirá únicamente al hacerse efectivo
el pago puede realizarse también por
consignación , en la forma y ante la
autoridad competente ,en casos de
pago parcial o que el sujeto activo se
negare a recibir el pago (art. 50
Ctributario)
se prohíbe a los recaudadores en concepto de pago de la obligación tributaria
,recibir títulos distintos de los permitidos en la ley (art. 44 Ctributario)
SOLUCIÓN O PAGO
los contribuyentes o los responsables
Responsable es la persona que sin tener el carácter de
contribuyente debe,por disposición expresa de la Ley , cumplir
las obligaciones atribuidas a éste (art. 26 C.Tributario).Toda
obligación tributaria es solidaria entre el contribuyente y el
responsable .
Debe satisfacerse en las oficinas de
recaudación
En efectivo , en moneda de curso legal
; mediante cheques , débitos bancarios
debidamente autorizados , libranzas o
giros bancarios a la orden del
respectivo recaudador
donde tenga su domicilio el deudor
2. Ab. Manuel Casquete Avecillas
Facilidades para el
pago (art. 46
C.Tributario)
Imputación del pago
(art. 47 C.Tributario)
Concurrencia de
obligaciones de un
mismo tributo (art.
48 C.Tributario)
Aceptación parcial
de la obligación (art.
49 C.Tributario )
Pago por
consignación (art. 50
C.Tributario )
en la forma y ante la autoridad
competente que este Código establece, en los casos del artículo anterior y en todos
aquellos en que el sujeto activo de la obligación tributaria o sus
agentes se negaren a recibir el pago
Cuando
determinada la obligación tributaria por
la administración
El
pago de la obligación tributaria puede
también hacerse mediante
consignación
el contribuyente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el código Tributario
En caso de que se deba al sujeto activo varias obligaciones de un mismo tributo , el pago se
imputará primero a la obligación más antigua
serán otorgadas por las autoridades
administrativas competentes previa
solicitud motivada del contribuyente o
responsable , mediante resolución
cuando existan créditos a favor del
sujeto activo deben realizarse en el
siguiente orden
Primero a intereses ; segundo al tributo;
tercero a las multas
el contribuyente o responsable la
aceptare en parte y protestare en otra, podrá efectuar el pago de la parte no objetada y
formular su reclamo por la otra.
Los sujetos activos de la respectiva obligación o sus agentes de recaudación no podrán
negarse, en ningún caso, a recibir esos pagos