Este documento contiene las observaciones de un legislador al proyecto de Ley Orgánica de Control y Regulación del Poder de Mercado. Plantea dudas sobre algunos artículos en términos de su alcance y posible afectación a derechos constitucionales. Señala la necesidad de precisar conceptos como "conducta de abuso" y "ventas atadas", así como limitar la discrecionalidad de autoridades. El legislador propone modificaciones para ajustar el proyecto a principios como legalidad, debido proceso e inocencia.
Este documento presenta un resumen del Código de Comercio de El Salvador. Define quiénes son considerados comerciantes, los actos de comercio y las cosas mercantiles. Establece las capacidades y habilidades requeridas para ejercer el comercio y las limitaciones para ciertas personas como menores, incapaces o inhabilitados. Finalmente, detalla algunas disposiciones generales sobre la naturaleza y aplicación del Código de Comercio en El Salvador.
Este documento presenta el Código de Comercio de El Salvador. Establece las definiciones y regulaciones clave relacionadas con los comerciantes, los actos de comercio y las cosas mercantiles. Incluye disposiciones sobre quiénes pueden ejercer el comercio, las diferentes formas de sociedades mercantiles (colectivas, comanditarias, anónimas, etc.), y los requisitos y obligaciones aplicables a cada tipo de entidad comercial. El Código tiene como objetivo principal regular cualquier actividad relacionada con los negocios y
Este documento propone una ley de extinción de dominio de bienes a favor del Estado boliviano para bienes obtenidos de actividades ilícitas como narcotráfico, contrabando y corrupción pública. La ley permitiría al Estado intervenir dichos bienes de forma rápida sin mayores dilaciones, reconociendo su carácter civil para que pasen a ser propiedad del pueblo boliviano y sean usados para el bien social. Los objetivos de la ley son identificar dichos bienes, disponer de su extinción de dominio a favor del Estado
Este documento constituye una empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) con aportes en bienes no monetarios. Establece el nombre, objeto, capital y órganos de la empresa. Designa al titular como gerente y apoderado con amplias facultades de representación. Incluye una declaración jurada del titular detallando los bienes aportados y su valorización para integrar el capital de la nueva empresa.
Este documento constituye una empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) con aportes en bienes no monetarios. Establece el nombre, objeto, capital y órganos de la empresa, así como las facultades y obligaciones del gerente. Designa al titular como gerente y a otra persona como apoderado de la empresa.
Este documento resume la opinión del procurador general de la Nación sobre la constitucionalidad de la ley 14.226, que obliga a los cines a presentar números artísticos en vivo. El procurador sostiene que la ley viola la libertad de comercio y de propiedad garantizadas por la Constitución, ya que fuerza a los cines a realizar inversiones para adecuarse a una actividad ajena a su negocio sin poder recuperar los costos. Concluye que la ley es inconstitucional porque no se puede imponer determinados negocios
Carácter Necesario de la Declaración de la QuiebraMaria Cepeda
Este documento discute el carácter necesario de la declaración de quiebra. Explica que la quiebra se produce de hecho con la cesación de pagos y de derecho con la declaración judicial. Detalla que tanto el deudor como los acreedores pueden iniciar el proceso de quiebra y los requisitos para hacerlo. Finalmente, resume los pasos del procedimiento de quiebra y el contenido de la sentencia declaratoria de quiebra.
Esquema sobre La Jurisdicción Mercantil, presentado ante la Universidad Bicentenaria de Aragua, nucleo Charallave, carrera : Derecho, catedra: Derecho Mercantil II, Profesor: Jose Malo, Alumna: Nancy Carolina Vanegas Terán, Modalidad 100% On Line.
Este documento presenta un resumen del Código de Comercio de El Salvador. Define quiénes son considerados comerciantes, los actos de comercio y las cosas mercantiles. Establece las capacidades y habilidades requeridas para ejercer el comercio y las limitaciones para ciertas personas como menores, incapaces o inhabilitados. Finalmente, detalla algunas disposiciones generales sobre la naturaleza y aplicación del Código de Comercio en El Salvador.
Este documento presenta el Código de Comercio de El Salvador. Establece las definiciones y regulaciones clave relacionadas con los comerciantes, los actos de comercio y las cosas mercantiles. Incluye disposiciones sobre quiénes pueden ejercer el comercio, las diferentes formas de sociedades mercantiles (colectivas, comanditarias, anónimas, etc.), y los requisitos y obligaciones aplicables a cada tipo de entidad comercial. El Código tiene como objetivo principal regular cualquier actividad relacionada con los negocios y
Este documento propone una ley de extinción de dominio de bienes a favor del Estado boliviano para bienes obtenidos de actividades ilícitas como narcotráfico, contrabando y corrupción pública. La ley permitiría al Estado intervenir dichos bienes de forma rápida sin mayores dilaciones, reconociendo su carácter civil para que pasen a ser propiedad del pueblo boliviano y sean usados para el bien social. Los objetivos de la ley son identificar dichos bienes, disponer de su extinción de dominio a favor del Estado
Este documento constituye una empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) con aportes en bienes no monetarios. Establece el nombre, objeto, capital y órganos de la empresa. Designa al titular como gerente y apoderado con amplias facultades de representación. Incluye una declaración jurada del titular detallando los bienes aportados y su valorización para integrar el capital de la nueva empresa.
Este documento constituye una empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) con aportes en bienes no monetarios. Establece el nombre, objeto, capital y órganos de la empresa, así como las facultades y obligaciones del gerente. Designa al titular como gerente y a otra persona como apoderado de la empresa.
Este documento resume la opinión del procurador general de la Nación sobre la constitucionalidad de la ley 14.226, que obliga a los cines a presentar números artísticos en vivo. El procurador sostiene que la ley viola la libertad de comercio y de propiedad garantizadas por la Constitución, ya que fuerza a los cines a realizar inversiones para adecuarse a una actividad ajena a su negocio sin poder recuperar los costos. Concluye que la ley es inconstitucional porque no se puede imponer determinados negocios
Carácter Necesario de la Declaración de la QuiebraMaria Cepeda
Este documento discute el carácter necesario de la declaración de quiebra. Explica que la quiebra se produce de hecho con la cesación de pagos y de derecho con la declaración judicial. Detalla que tanto el deudor como los acreedores pueden iniciar el proceso de quiebra y los requisitos para hacerlo. Finalmente, resume los pasos del procedimiento de quiebra y el contenido de la sentencia declaratoria de quiebra.
Esquema sobre La Jurisdicción Mercantil, presentado ante la Universidad Bicentenaria de Aragua, nucleo Charallave, carrera : Derecho, catedra: Derecho Mercantil II, Profesor: Jose Malo, Alumna: Nancy Carolina Vanegas Terán, Modalidad 100% On Line.
Este documento es una declaración jurada de un posesionario para el saneamiento legal de un predio tugurizado. En la declaración, el posesionario jura que no existe ninguna acción judicial pendiente en su contra que discuta su propiedad o posesión de la tierra en la que vive, iniciada antes de la fecha de vigencia de un decreto supremo específico sobre vivienda. El posesionario proporciona su información personal y firma la declaración para entrar en un proceso de renovación urbana según una ordenanza municipal, reconociendo las consecuencias legales de hacer
PLIEGO DE RECLAMOS: Se muestra como comunicar a la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) la presentación de un pliego de reclamos en el sector privado (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento define la competencia monopolística como una estructura de mercado intermedia entre la competencia perfecta y el monopolio, en la que existen muchas empresas que venden productos diferenciados pero sustitutos entre sí. Describe sus características clave como la diferenciación de productos y la curva de demanda negativamente inclinada.
El documento resume cómo está codificado el Código Civil. Explica que la codificación incluye secciones sobre la persona, la propiedad, la sucesión hereditaria y el Registro de la Propiedad. Asimismo, analiza la Parte I de las Obligaciones en General, que contiene capítulos sobre el negocio jurídico, las modalidades y efectos de las obligaciones, y las obligaciones provenientes de contratos, hechos lícitos y actos ilícitos. Finalmente, examina los vicios de la declaración de voluntad que pueden dar lugar a la n
Este documento describe las sociedades mercantiles irregulares y los efectos de la irregularidad. Una sociedad es irregular si no se constituye mediante escritura pública o si la escritura no se inscribe en el Registro de Comercio. Las sociedades irregulares tienen personalidad jurídica si se exteriorizan como tales ante terceros. Los representantes de sociedades irregulares son responsables solidaria e ilimitadamente de los actos jurídicos realizados. Las modificaciones al contrato social también requieren escritura pública e inscripción para ev
Conflicto de interpretacion de la claúsula 2 y claúsula 5 del contrato de pro...Benito Canate
El documento describe un conflicto entre un promitente vendedor y un promitente comprador sobre la interpretación de las cláusulas 2 y 5 de un contrato de promesa de compraventa de derechos posesorios. El vendedor exige el pago total al considerar que su obligación es solo vender los derechos y no transferir el título de propiedad, mientras que el comprador niega el pago alegando que el vendedor violó los términos del contrato.
Los comparecientes declaran ante notario que aportarán un inmueble exento de IVA a una nueva sociedad anónima llamada Inmobiliaria Fama. Manifiestan que el inmueble cumple con las condiciones para estar exento de IVA. Hacen esta declaración para iniciar los trámites ante los registros mercantil y de la propiedad con el fin de formar la nueva entidad.
Observaciones informe primer debate proyecto ley organica igualdad y defensa ...Guido Vargas Ocaña
Este documento propone varias enmiendas a un proyecto de ley sobre igualdad y defensa de las personas con discapacidad en Ecuador. Propone agregar protecciones para choferes profesionales que adquieran una discapacidad, corregir una referencia incorrecta a créditos del seguro social, establecer requisitos más simples para tarifas preferenciales de personas con discapacidad, crear un fondo de supervivencia para personas con discapacidad reciente y reducir el tamaño del consejo que regula asuntos de discapacidad.
Observaciones proyecto ley reformatoria ley organica del sistema nacional de ...Guido Vargas Ocaña
El documento presenta observaciones a un proyecto de ley reformatorio de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Se proponen cambios a cinco artículos, incluyendo agregar un nuevo numeral, estandarizar especificaciones técnicas, requerir motivación para declaratorias, exigir cumplimiento del debido proceso y que los pliegos se ajusten a parámetros del organismo nacional responsable. El objetivo general es evitar direccionamientos en la contratación pública y asegurar procesos justos.
Observaciones proyecto de ley reformatoria a ley organica de servicio publicoGuido Vargas Ocaña
El documento presenta observaciones a un proyecto de ley reformatoria a la Ley Orgánica de Servicio Público. Señala que la prohibición actual es amplia y limita los derechos de familiares de funcionarios públicos a contratar con el Estado. Propone enmendar el texto para ampliar la prohibición a cuando un funcionario participe como delegado o representante en otra entidad del Estado, como miembro de un directorio.
Este memorando presenta observaciones a un proyecto de ley que reforma la ley de seguridad social en Ecuador. Señala que es importante avanzar en los derechos de grupos vulnerables como las amas de casa y que el proyecto de ley, a pesar de significar gastos, hace justicia con las mujeres ecuatorianas. También recomienda sustituir una frase en el artículo 2 para mantener la relación con las entidades existentes.
Este documento es la Gaceta del Congreso de Colombia del 7 de septiembre de 2010. Presenta varios proyectos de ley relacionados con la lucha contra la corrupción, incluyendo inhabilidades para contratar del Estado para aquellos condenados por corrupción o que financien campañas políticas, y prohibiciones para ex servidores públicos de gestionar intereses privados o contratar con el Estado. También establece medidas de control y vigilancia para las entidades del sector salud y personas políticamente expuestas.
El Presidente de Ecuador presenta una objeción parcial al proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero enviado por la Asamblea Nacional. Propone modificaciones a 7 artículos para aclarar restricciones a funcionarios, ampliar el tratamiento de reciprocidad a activos en el exterior, y precisar las entidades de control.
Proyecto de Ley para Normar la Revocatoria de MandatoHenry Cuji Coello
Este documento propone una ley orgánica para regular el procedimiento de revocatoria del mandato de las autoridades de elección popular en Ecuador. Establece que las causales para solicitar la revocatoria son el incumplimiento del plan de trabajo o propuestas de campaña de la autoridad, o si tiene una sentencia condenatoria por delitos como peculado o lesa humanidad. Designa a organismos como el Consejo Nacional Electoral y la Contraloría General del Estado para llevar a cabo el proceso de revocatoria, el cual incluirá dos formularios, uno
10 mar-2011 observacion ley organica electoral y de organizaciones politicasVethowen Chica
Este memorando presenta observaciones sobre un proyecto de ley que reforma las leyes electorales y de participación ciudadana en Ecuador para regular el proceso de revocatoria del mandato de autoridades de elección popular. El resumen propone cambios como eliminar el término "injustificado" del incumplimiento de planes de trabajo, aclarar que puede haber más de un proceso de revocatoria por período de gestión, y establecer el porcentaje de firmas de respaldo entre el 10-15% del padrón electoral.
Observaciones proyecto ley regulacion y control del poder del mercadoHenry Cuji Coello
1. El documento presenta observaciones y propuestas sobre un proyecto de ley orgánica de regulación y control del poder de mercado. Se propone fusionar el proyecto con la ley de defensa del consumidor.
2. Se realizan comentarios y sugerencias sobre varios artículos, incluyendo el ámbito de aplicación, criterios para determinar poder de mercado, conductas de abuso, atribuciones de la superintendencia de control.
3. Algunas de las observaciones se refieren a posibles contradicciones con el derecho intern
El Contralor General del Ecuador solicitó al Ministro de Defensa que aplique multas a la empresa CETC International por los retrasos e incumplimientos contractuales en la entrega de los radares comprados por el Estado ecuatoriano. A pesar de haber transcurrido 18 meses más de lo estipulado en el contrato y de haber desembolsado $36 millones, solo uno de los radares estaba funcionando de forma limitada y el otro ni siquiera estaba conectado. El Contralor también solicitó la terminación del contrato unilateralmente debido a
Este documento es una declaración jurada de un posesionario para el saneamiento legal de un predio tugurizado. En la declaración, el posesionario jura que no existe ninguna acción judicial pendiente en su contra que discuta su propiedad o posesión de la tierra en la que vive, iniciada antes de la fecha de vigencia de un decreto supremo específico sobre vivienda. El posesionario proporciona su información personal y firma la declaración para entrar en un proceso de renovación urbana según una ordenanza municipal, reconociendo las consecuencias legales de hacer
PLIEGO DE RECLAMOS: Se muestra como comunicar a la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) la presentación de un pliego de reclamos en el sector privado (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento define la competencia monopolística como una estructura de mercado intermedia entre la competencia perfecta y el monopolio, en la que existen muchas empresas que venden productos diferenciados pero sustitutos entre sí. Describe sus características clave como la diferenciación de productos y la curva de demanda negativamente inclinada.
El documento resume cómo está codificado el Código Civil. Explica que la codificación incluye secciones sobre la persona, la propiedad, la sucesión hereditaria y el Registro de la Propiedad. Asimismo, analiza la Parte I de las Obligaciones en General, que contiene capítulos sobre el negocio jurídico, las modalidades y efectos de las obligaciones, y las obligaciones provenientes de contratos, hechos lícitos y actos ilícitos. Finalmente, examina los vicios de la declaración de voluntad que pueden dar lugar a la n
Este documento describe las sociedades mercantiles irregulares y los efectos de la irregularidad. Una sociedad es irregular si no se constituye mediante escritura pública o si la escritura no se inscribe en el Registro de Comercio. Las sociedades irregulares tienen personalidad jurídica si se exteriorizan como tales ante terceros. Los representantes de sociedades irregulares son responsables solidaria e ilimitadamente de los actos jurídicos realizados. Las modificaciones al contrato social también requieren escritura pública e inscripción para ev
Conflicto de interpretacion de la claúsula 2 y claúsula 5 del contrato de pro...Benito Canate
El documento describe un conflicto entre un promitente vendedor y un promitente comprador sobre la interpretación de las cláusulas 2 y 5 de un contrato de promesa de compraventa de derechos posesorios. El vendedor exige el pago total al considerar que su obligación es solo vender los derechos y no transferir el título de propiedad, mientras que el comprador niega el pago alegando que el vendedor violó los términos del contrato.
Los comparecientes declaran ante notario que aportarán un inmueble exento de IVA a una nueva sociedad anónima llamada Inmobiliaria Fama. Manifiestan que el inmueble cumple con las condiciones para estar exento de IVA. Hacen esta declaración para iniciar los trámites ante los registros mercantil y de la propiedad con el fin de formar la nueva entidad.
Observaciones informe primer debate proyecto ley organica igualdad y defensa ...Guido Vargas Ocaña
Este documento propone varias enmiendas a un proyecto de ley sobre igualdad y defensa de las personas con discapacidad en Ecuador. Propone agregar protecciones para choferes profesionales que adquieran una discapacidad, corregir una referencia incorrecta a créditos del seguro social, establecer requisitos más simples para tarifas preferenciales de personas con discapacidad, crear un fondo de supervivencia para personas con discapacidad reciente y reducir el tamaño del consejo que regula asuntos de discapacidad.
Observaciones proyecto ley reformatoria ley organica del sistema nacional de ...Guido Vargas Ocaña
El documento presenta observaciones a un proyecto de ley reformatorio de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Se proponen cambios a cinco artículos, incluyendo agregar un nuevo numeral, estandarizar especificaciones técnicas, requerir motivación para declaratorias, exigir cumplimiento del debido proceso y que los pliegos se ajusten a parámetros del organismo nacional responsable. El objetivo general es evitar direccionamientos en la contratación pública y asegurar procesos justos.
Observaciones proyecto de ley reformatoria a ley organica de servicio publicoGuido Vargas Ocaña
El documento presenta observaciones a un proyecto de ley reformatoria a la Ley Orgánica de Servicio Público. Señala que la prohibición actual es amplia y limita los derechos de familiares de funcionarios públicos a contratar con el Estado. Propone enmendar el texto para ampliar la prohibición a cuando un funcionario participe como delegado o representante en otra entidad del Estado, como miembro de un directorio.
Este memorando presenta observaciones a un proyecto de ley que reforma la ley de seguridad social en Ecuador. Señala que es importante avanzar en los derechos de grupos vulnerables como las amas de casa y que el proyecto de ley, a pesar de significar gastos, hace justicia con las mujeres ecuatorianas. También recomienda sustituir una frase en el artículo 2 para mantener la relación con las entidades existentes.
Este documento es la Gaceta del Congreso de Colombia del 7 de septiembre de 2010. Presenta varios proyectos de ley relacionados con la lucha contra la corrupción, incluyendo inhabilidades para contratar del Estado para aquellos condenados por corrupción o que financien campañas políticas, y prohibiciones para ex servidores públicos de gestionar intereses privados o contratar con el Estado. También establece medidas de control y vigilancia para las entidades del sector salud y personas políticamente expuestas.
El Presidente de Ecuador presenta una objeción parcial al proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero enviado por la Asamblea Nacional. Propone modificaciones a 7 artículos para aclarar restricciones a funcionarios, ampliar el tratamiento de reciprocidad a activos en el exterior, y precisar las entidades de control.
Proyecto de Ley para Normar la Revocatoria de MandatoHenry Cuji Coello
Este documento propone una ley orgánica para regular el procedimiento de revocatoria del mandato de las autoridades de elección popular en Ecuador. Establece que las causales para solicitar la revocatoria son el incumplimiento del plan de trabajo o propuestas de campaña de la autoridad, o si tiene una sentencia condenatoria por delitos como peculado o lesa humanidad. Designa a organismos como el Consejo Nacional Electoral y la Contraloría General del Estado para llevar a cabo el proceso de revocatoria, el cual incluirá dos formularios, uno
10 mar-2011 observacion ley organica electoral y de organizaciones politicasVethowen Chica
Este memorando presenta observaciones sobre un proyecto de ley que reforma las leyes electorales y de participación ciudadana en Ecuador para regular el proceso de revocatoria del mandato de autoridades de elección popular. El resumen propone cambios como eliminar el término "injustificado" del incumplimiento de planes de trabajo, aclarar que puede haber más de un proceso de revocatoria por período de gestión, y establecer el porcentaje de firmas de respaldo entre el 10-15% del padrón electoral.
Observaciones proyecto ley regulacion y control del poder del mercadoHenry Cuji Coello
1. El documento presenta observaciones y propuestas sobre un proyecto de ley orgánica de regulación y control del poder de mercado. Se propone fusionar el proyecto con la ley de defensa del consumidor.
2. Se realizan comentarios y sugerencias sobre varios artículos, incluyendo el ámbito de aplicación, criterios para determinar poder de mercado, conductas de abuso, atribuciones de la superintendencia de control.
3. Algunas de las observaciones se refieren a posibles contradicciones con el derecho intern
El Contralor General del Ecuador solicitó al Ministro de Defensa que aplique multas a la empresa CETC International por los retrasos e incumplimientos contractuales en la entrega de los radares comprados por el Estado ecuatoriano. A pesar de haber transcurrido 18 meses más de lo estipulado en el contrato y de haber desembolsado $36 millones, solo uno de los radares estaba funcionando de forma limitada y el otro ni siquiera estaba conectado. El Contralor también solicitó la terminación del contrato unilateralmente debido a
Observaciones de César Montúfar a la propuesta de Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas- Código de la Democracia- y a la Ley Orgánica de participación Ciudadana, que regulan la Revocatoria del mandato
09 feb-2011 observaciones proyecto ley de repeticionVethowen Chica
El memorando presenta observaciones al Proyecto de Ley de Repetición. Resume que el proyecto busca viabilizar las disposiciones constitucionales sobre el derecho de repetición del Estado por pagos indebidos. Hace sugerencias como cambiar el nombre de la ley, modificar plazos y requisitos en artículos, y agregar disposiciones sobre intervención ciudadana y aplicación de la Ley de Servicio Público. El memorando provee 15 observaciones puntuales y recomendaciones al proyecto de ley.
Este documento presenta una acusación formal contra cuatro personas por el delito de lesión de confianza en relación con su gestión como presidente y miembros del Consejo de Administración de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Bancarios y Afines. Se alega que incurrieron en irregularidades administrativas y omisiones que ocasionaron un grave perjuicio patrimonial a la entidad. El Ministerio Público considera que reúnen los elementos del delito y solicita la apertura de juicio oral en su contra.
Este documento presenta un proyecto de ley para crear empresas sociales en Bolivia. El proyecto establece el marco jurídico para que los trabajadores puedan constituir empresas sociales cuando su empresa original se encuentre en quiebra, concurso, liquidación o haya cerrado o sido abandonada de forma injustificada. El proyecto detalla los pasos para la constitución de estas empresas sociales y establece que los derechos laborales de los trabajadores constituirán el capital social de la nueva empresa.
El documento establece la necesidad de adoptar medidas para que las instituciones cumplan con sus obligaciones de prevención del lavado de dinero y activos de acuerdo a la ley. Estas medidas incluyen la identificación de clientes, conservación de documentos, elaboración de reportes de transacciones en efectivo y reportes de operaciones sospechosas. El objetivo es combatir el uso de estas instituciones para lavar dinero u ocultar el origen de ganancias ilícitas.
El documento presenta información sobre varios temas relacionados con la política, la economía y la sociedad en Paraguay. Incluye extractos de leyes, artículos de periódicos, anuncios y comentarios de varios autores. Aborda temas como la soberanía popular, la corrupción de funcionarios públicos, la reforma del sistema de justicia y la necesidad de que el gobierno cumpla con sus promesas de campaña.
A partir de enero del año 2006, en El Salvador existen ciertas conductas empresariales que son prohibidas por la Ley de Competencia (LC), por considerar que limitan, obstaculizan o restringen la competencia, disminuyendo, con ello, la eficiencia económica y el bienestar de los consumidores.
El documento presenta la intervención del Ministerio del Interior en un proceso de constitucionalidad sobre el artículo 7 de la Ley 130 de 1994. El Ministerio solicita declarar la exequibilidad de las expresiones "dentro de los veinte días siguientes" contenidas en dicho artículo, argumentando que ya fue juzgada su constitucionalidad previamente y existe cosa juzgada. Adicionalmente, señala que el legislador tiene libertad para configurar los procedimientos judiciales respetando la Constitución.
Esta fue la sentencia emitida a MI FAVOR por el TSJDF en 03 2011. Sin emabrgo, GYCOM y especialmente FRANCISCO CASTRO Y MANUEL MUNOZ se han negado a pagarme (como es su empresa, la S.A. quien debe responder, simplemente se esconden, cambian sus celulares, desaparecen cuando he intentado realizar el embargo, envian a una nina a abrir la puerta, etc).......son unos pillos porque esto tambien se lo han hecho a otras companias como BLACKBOX y hasta a sus empleados..........no les pagan! Tengan cuidado al hacer tratos con GYCOM (Especialistas en ROBAR Y DEFRAUDAR.......)!!!
Este documento contiene 8 observaciones sobre el Proyecto de Código Orgánico de Organización Territorial, Gobiernos Autónomos y Descentralización presentado por los asambleístas Silvia Salgado Andrade, Eduardo Encalada y Tomás Zevallos. Las observaciones se refieren a temas como la descentralización de competencias y recursos, regímenes especiales, impuestos municipales, y la participación de provincias por explotación de recursos naturales.
Este documento presenta varios artículos de un reglamento relacionado con la Ley de Actualización Tributaria de Guatemala. Se definen términos como "puerto base", "regalías por bienes utilizados en Guatemala", y "establecimiento permanente". También se establecen disposiciones sobre la inscripción de contribuyentes, la presentación de declaraciones, la percepción de dietas, y la deducción de gastos como indemnizaciones y arrendamientos.
El documento presenta el caso de una sala de cine, Cine Callao, que impugna la constitucionalidad de la ley 14.226 por obligarla a presentar espectáculos artísticos en vivo, lo que vulnera su libertad comercial y de propiedad. El Procurador General opina que la ley es inconstitucional porque obliga a los cines a realizar actividades ajenas a su negocio y hacer inversiones sin posibilidad de recuperación. La Corte Suprema debe decidir si la obligación impuesta por la ley de incluir espectáculos en vivo en C
1. La querella se dirige contra altos cargos del Partido Popular por presuntos delitos de asociación ilícita, corrupción, fraude y falsedad cometidos en al menos 5 comunidades autónomas.
2. Los hechos se basan en los llamados "papeles de Bárcenas" que describen pagos irregulares a políticos.
3. Debido a que los hechos afectan a más de una audiencia territorial y podrían tener graves consecuencias económicas, el juzgado considera que la Audi
Similar a Observaciones proyecto ley organica control y regulacion poder mercado (20)
El documento es un informe de las actividades legislativas y de fiscalización realizadas por el asambleísta Guido Vargas Ocaña durante el período de agosto 2010 a julio 2011. Incluye información sobre proyectos de ley presentados, observaciones a otros proyectos, y su participación en comisiones legislativas relacionadas con biodiversidad, recursos naturales y educación.
El documento presenta 6 observaciones al proyecto de Ley de Servicio Público ante la Asamblea Nacional de Ecuador. Señala que el proyecto cita de manera extemporánea la Constitución, que debería conceptualizar principios establecidos, y que algunos artículos propuestos podrían contradecir la Constitución o no considerar debido proceso. Pide dar trámite a las observaciones.
Observaciones al informe para segundo debate del proyecto de ley organica de ...
Observaciones proyecto ley organica control y regulacion poder mercado
1. c
ASAMBLEA NACIONAL
* ffámtt6 74962
cod,ro vórd¿dón 6iIVHNJHRNH
Oficio Na. 3 9 2-DAGV-AN-2 011
FschdYrsp'l¿rn
ó¡ 2o1!
Quito DM, 13 de septiembre de 2'411 Nu¡¡€rddó¡dodnr'rto 392-ddgv
Féch. ofldo 13-ssp 2011
R¿ñItSl*S 9ARCAS CU]DO
Arq.
ñtr,.hm Es 4rlqandrdd'¡D -
FeÍnando Cordero
PKESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
En su despacho . -
Señor Presidente:
En uso de las atribuciones) que me otorga fa Canstitución
de fa RepúbLica y la Ley o.rgánica de ]a FunciÓn
Legislativa, y de conformidad con fo que seña7a ef Art. 60
de fa referida Ley, panqa a su consideración mis
observaciones aJ proyecto de Ley orgántca de Control y
Requlación def Poder de Mercado.
T
En e.f Art, t hay que tener en cü-onta que en La TegislaciÓn
ecuatoriana, exj.ste 1a figura de La crslusión' pero ésta se
encuentra regfada par una I'ey Espec:ial para e7 juzgamiento
de fa Cofusión, fa qlte rietermj.na cfaramente fos
compotLdm;ent.as quc se ajust.n a €sJ canducl a aLípica, por
fo qüe se debe referi:r espc:cif í.camente a.l. conpottamiento
gue se narma en esta LeY.
TI
En el primer inciso del ArL. 2, se di.sporte que se someta a
Jas disposiciones de fa Ley, entre otros, a fos gtemios
que agrüpen a 7as personas natüra-les o juridicas, con o
sin fines de lucro, que actuaT o potenciafmente reaficen
actividacles económicas en todo o en parte def territorio
nacionaf, cuando es un derecho constitucionaf e.f de
aqruparse o asociarse para [.ines f lcico:;. En este sentido
se tendrá en cuenta que l;s acción de,l. pader del mercado'
fundamentalme¡ t e se f 1n-í.ta ¿; La acl:tt¿sci,in prlncipalmente
de fas empresa.s que hagan ¿¡.so de ,l.as caracteristlcas de]
mercado para cafLar m¿s col'sun¡Jares, e.¡pocialmenLe cuando
na exjsüe un producto sustituto. Si es que exjste un
qremio, obviamente se deduce que exisLen sustitutos y pat
tanta, no se podria conrrol¡r e-1. pader del mercado, sjen{o,
i7ógico someter a las gremios a las .J.ispos¿cjones de estff
LeY.
Av.10 de Agosto yPasaje Carlos Ibarra, Edificio Alameda II, 7mo.piso,oficina703
Teléfonos: 023991 507 I 023991508
E-mail : q¡dal'ar.rras il=tjilrnlt- j ean aciorl¿t-l-pb.!g
2. RIPUBLICA DEL ECUADOR
ASAMBLEA NACIONAL
Pot: oLt:o 7ado, si los agremiados so¡ LesponsabJes por es¿e
tipo de prácticas, es a e./-Zos a quien clebería someterJos y
no aJ grernio que los asocjal dentro de1 ejercicjo de sus
derechos constitucianafes.
III
En el mismo Art. 2/ se encuentra la disposición de gue se
someten a esta .Ley, "las que reafjcen activjdades
ecanómicas fuera del pais", dándofe competencia que
sobrepasa nüestro territorlo, l_o que contradjce e1
principio de e xt rate.rr itoria idacl cle fa Luy, que
J.
obviamente tiene un alcanr.:e y competencia nacional. En
virtud de lo señafado, debe ef j.nina.rse esta pretensión.
TV
En e] Art, 3 se eLimina a fa costumbre o costurn]:re
mercant-i-1, como causa que ex íma responsabilidades, srn
embargo, habrá que tener en cuenta gue esta es 1a primera
ocasaón gue se va a teguLar J a.s práct ieas comercial es y de
Seguro, no se podrá conxempl.ar en esta L"y, todas _Zas
activídades que hasca ahora han sido reguladas nada más
que por 1a costumbre y pri nc.i palmente por -Ia cosEufttbre
mercantif, tanto más que fa costum)cre es fuente misma def
derecho.
En tal virtud, efiminar en primera instancia a fa
castunbre, presupone que tadas ,las formas canunes de
refaciones rnercant.i-]es y de nersocio, están ya contempfadas
dentro de la Ley, Lo que no está garantizado y puede
fimitar e ¿ ejercicio del derecho de fjbertad que está
contempfado en fa Canstitución de fa República.
v
En ef mismo Art. 6 se menciona que por si mismos, el poder
llF mcrr-a.lr.¡ v 1¡ rlhr?nci ón O ref OtZamienf o ¿c' ¡na ]Jvalvlvll r- ián
nnsi
de dominia no atentan cantra l.a campetencia, lo que tiene
sentido, peÍo a continuación sc' manifiesta que el, obtener
o reforzar una poslción domlnio, de manera que impida,
restrinja, faJsee, aftere o dtstorsione fa competencia,
constitui.rá una conducta sujeta a controT y
presuníblemente punible y persequible, pero si se trata de
n raf ttarza ttñr ñ^c;^;A^ t"-¿-r -^.J^
^'ifi-ña Pv'tv'vt1'
de un hecho bastante subjetivo, que va a resuftar
imposible cleLerminar, sino a I Lavés de una forma que
dejará a la Süp. r i n l pndenc i d en 7a cápác jda<J de actuar con
absoLuta di screc i.ona.L.i. dad.
Av.10 de Agosto y Pasaje Carlos Ibana, Edifrcio Alameda II, Tmo.piso,oficina 703
Teléfonos: 023991 507 I 023991508
E-mail: g<Lo. vargasl¿iaSau i: le4u4cional. gab.qa
3. ASAMBLEA ¡{ACIONAL
Las posiciores en ef tema def mercado, no son medibfes en
ef sentido de que no podemos tener actuaciones positivas
necesariamente para determinar a una posición. Por eflo'
sj esta disposición es subjet.íva, es prefetible que no
conste dentt:o de ]a IÉy, b,sjo .1.a premisa de no permixir fa
f r^n<dr-< i
^n fimltación de I ejerciclo de derechos
fündamentafes.
VT
En ef Art. 7 literaf e/ se e.sLablece coma causal para
determinar eJ poder de mercado, lo que quiere declr que se
deja en fibertad de poder del:erminar, a discrecjón de fa
autoridad de cantrol-, cuá1 ha "sido el comportamiento def
agente, para poder determinar si éste ha sido búeno o
ma]o.
Hay que tener en cuenta, que Ia misma Constitución de fa
Repúb)ica, esüábJece que todos -¿ós ecuatorianos somos
presuntanente inocentes has¡ia que no se ptuebe fo
contrarlo, por .l-o gue eJ camportamiento es por si,
cofrecta si es que no se puede probat gljre es incottecto,
por fa gue, el anáfisi,s del comportamiento debe estar
supeditado a fa existencia de un praceso que efectivamente
lo haya dec.Iarado cama inco.rrecta.
VIT
El Ar.t. B determina .Las cortducl,as que determinan el abuso
de poder de mercado, es cleci r, e.s eI que tipifica fos
r^ñrtÍrf Am; ^nf ,.,: djle serán a:ausa] de instauración
vv||Lt?vLY*' de
procesas y su eventuaf sancjón, hecho que es positivo,
prlncipalmente por que éste permite gue se curnpla con ef
principio dispositivo y eJ principio de .legaJidad.
Sin embargo, en ef segunda incisc> manifiesta: "fas
conductas, que entre ott as, constitu.yen abuso de pader de
mercado son:", es decir, :;e de: ja altjerta 7a posibiTidad,
con f a f rase " entre oLras" , a qüe cúa.l.qu.i,et no.rma TegaL o
autoridad, decid¿¡n dL:;c:recic.¡rt¿¡ lment,e¡ la que puede
converti.rse en üna conducta de abuso dt:.] poder de mercadol
lo transgrede los pr.LncIpfos
constitucionafes resaltados, en virtud de 1o cuaT' se debe
efiminar esta frase.
VTTI
Articufo B, numerales B y 1(i y artícu10 l0, numeral 12 en
cuanto a ]as ventas al:adas deben ser específica1, ,
especialmente sj se quiere req)ar Ia facuftad utifizadV
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par ciertas empresast de expencler tarjetas de consumo, las
cuafes obviamente no san benefj ciosas para eJ consumidor,
además gue exjsten att:os tipas de ventas atadas que son
decisión deJ consumidor adquirirlas.
Por effo/ es necesario que esLe tipo de ventas sean
plenamenLe deLermi nadas en La Ley.
TX
Ef principio de legalidad manda a qüe esté pLenamente
determinada en _Za L"y, fo que ha de considerarse como
infracción, a fin de que cuando se sancione, se estabfezca
con cTaridad ef motivo de fa sanción, 7o qlfe concuerda con
el derecho constitucionaT y norma del debido proceso, que
manda a sancionar sól.o can fas infracciones determinadas
en fa Ley. En e.l Art. 10 se abre esa posibiTidad, que cle ja
lugar a la discrecionaf icl¿¡d def funcionario de determinar
infracciones, y que de igual manera permLtlria una
eventuaf evasión de -1as sa¡ciones,
x
Ef Art, 13 contempfa fas operaciones que poclrían
determinar una concentración económica, dentTo de Jas que
consl:.an opeJ:actanes que son totalmente I egales, camo -La
fusión, la compraventa de acti-vos o acciones e inclusive
consta una norma abierta que dice que cualquier acuerdo o
acxo qúe transfiera -1os activos de fos operadótes
economacas.
En taf vlrtud, no se puecle l.npedi.r que Jos ciudadanos que
disponen del fibre derecho a asociarse y a formar
empresas, tenqan f jmitdc.íones en esta L"y, que podria
vufnerar sus derechos.
En todo caso toda fusión o transferencia de efectos, no
puede ser considerada una operación de concentración
económica, sino que se cle¡e estabfecer cfaramente gue esas
operaciones, tengan como fin fa concentracjón económica,
XI
En eL Art. 15 fjteraf b) se deja a fa discrecionaf idad fa
fijación del podrla d.ar )ugar a la
vo.fumen de negocios que
determinación de concentración de mercado, fo que puede
ser utifizado como una herramienta de persecución, Esta
filación debe ¿enér un carácter eminentemente técnico, por
7o que se debe efiminar este lLteral .
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5. REPUBLICA DEL ECUADOR
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xtf
Sin embargo de que se pueck-' considera:r sobreentendido, en
tado ef proceso de notj.ficaci ón previa, deb-' permitirse eJ
accesa a f a j.nf-ormac)ón, y pri rtcipaJ.nente e.f derecho af
debido procesa de1 lnvest t.g,sdo -
XITI
Mje¡tras en e l Art . 3 se cÍ.i. spon e que 1os ciudadanos no
pueden alegar a f a costumbt e o costumbJ:e me.rcantil, en ef
Art. 24 se fa refiere como base para considetar a una
práctica mercant jl como deslea.l.. Efect.i.vamente en ef Art '
24 se debe basar a Ja práctica desleal camo conttatia a fa
costumbre, pero tambien se del)( Pcrmit.ir que Ja castumbre,
sea fuente de 7a apTicación de fa Ley, en todo sentido.
xrv
La acción def Estada, debería f imit,¡rse af control y a fa
regulación, n.a camo disporte eL At:t. 2"6 qüe -Ze ototga
f acuf tades af Gob.i-e rno de: turnot para imponer
restricciones ell el ánbitr: privarTct, qu-^ pueden petnitir
otro tipo de monopolios, como e.I estata.L/ que linitarian
et ejercicio comerciaf y mercarttil, de los cjudadanos.
Par otro fado, no se estairlece ningun contra] a fa
constitucionalidad y fegaLidad de ün eventüaL decreto' fo
que deja en fa di s crecional id;¡d de) gobietna de türno, ef
afectar a determinados sect,o.res; de La economia, tanto más
gue Jas causafes para 1a r:mi:;jón de este instrumento' no
tienen def i n ic iones prer--rsas.
Por estos motivos, este articula debe ser efjminado.
xv
Ef Art, 30 vuefve a porte).r óil manas de-i E jecutivo, f a
posibilidad de regrsJar eI mercarla, Lo cual püede resuftar
per judicia L, en 1a me<ijtl¿s cte qu ('r se: tral:a de potestades
nuy amplias de reqLslar un ¡¿r't 'r PLivado, consíderando que
no exjste nlngún pdtámeLro qtie fe ajüste a tomar
decisiones técnicas.
xvr
Las facúftades y rectoria, p)artificacion, fornu.Iacíón de
politlcas públicas y regiuJesción def ánbi-to de esta Ley' no
debe eslar en manos de la liunción Ejecütiva, sino def
Estado y de nlnguna maner¿t, se puede permitir que todas
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6. ASAMBLEA NACIONAL
estas facuftades y atribuclones, se determinen en ef
Regl-amentoque 10 expedlrá ef mismo Elecutivo. Con esta
normat se manopoliza e¿ ele.rcicio def control- y fa
regufación, sin que existan otras actores principafmente
ciudadanos, que pudieran eventüa]mente oplnar sc,bre el-
tema.
Nuevamente se deja a discrecional idad def presidente de la
Repúb7ica, 7a posibiTidad de JegisTar, una Ley que por
mandato con st itucional. / debe ser expedlda por Ia Función
LegisTativa.
XVII
En ef numeraf 14 del Art. 36 se facufta a fa
Superintendenc i a a salicitar medidas cautefares, Dero no
se especifica qué tipo de medidas puede soJicitar, ya que
de acuerdo a nuestra Tegi slación, existen dos tipa de
medidas cauteTares, f as rea.Les y ,Las personales. Si es gue
eventúafmente se so_licjtarían lats reaJes, estamas l:tabfando
de hasta fa detención de cludadanos.
XVIII
De acuerdo a] Art. 41, numerafes 1y 2, e1 Súperintend.ente
tiene jurisdicción para conocer y juzgar todo tipo de
actas y resoTuciones, inclusive las resofuciones que éJ
mlsmo expida, fo que es ileqal e jncanstitucionafes. Toda
resa]ución debe contempLar af menos fa posibiJidad de
recurrir.
Sirvase señor PresidenLe, dar a fas presentes
observaciones su f rÁm í fa ñ nente.
ASAII'BLET LA PROVTNCTA DE
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