Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Ciudadanía y civismo ii sesion-01 al 05profesorsiglo
El curso corresponde a la currícula del Programa Pronafcap Especialización en Formación Ciudadana y Cívica, a cargo de la Universidad Peruana Unión (UPeU).
APROXIMACION TEORICA DEL DERECHO DE PETICION EN EL MARCO CONSTITUCIONAL .pdfDaniloAlbarran1
Hablar del derecho de petición es tratar de un derecho que ha tenido y tiene un gran significado en las instituciones del Estado democrático. El derecho de petición no puede limitarse al simple escrito formal que un ciudadano dirige a una autoridad pública para plantearle una aspiración colectiva, o una necesidad social, o el ejercicio de un derecho subjetivo.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Ciudadanía y civismo ii sesion-01 al 05profesorsiglo
El curso corresponde a la currícula del Programa Pronafcap Especialización en Formación Ciudadana y Cívica, a cargo de la Universidad Peruana Unión (UPeU).
APROXIMACION TEORICA DEL DERECHO DE PETICION EN EL MARCO CONSTITUCIONAL .pdfDaniloAlbarran1
Hablar del derecho de petición es tratar de un derecho que ha tenido y tiene un gran significado en las instituciones del Estado democrático. El derecho de petición no puede limitarse al simple escrito formal que un ciudadano dirige a una autoridad pública para plantearle una aspiración colectiva, o una necesidad social, o el ejercicio de un derecho subjetivo.
El derecho de acceso a la información pública en el ordenamiento jurídico ...Carlos Pino
El derecho de acceso a la información pública se ha convertido en un instrumento clave para el funcionamiento del sistema democrático pues permite a los asociados conocer y de esta forma controlar la actuación de las autoridades estatales. Cuenta con múltiples dimensiones pues no solo se concibe como una garantía individual susceptible de ser reclamada mediante mecanismos judiciales diseñados para la defensa de derechos subjetivos, sino que a su vez tiene una esfera colectiva exigible mediante diversos remedios administrativos y judiciales. Igualmente su ámbito jurídicamente protegido no se agota en el conocimiento de la información que custodian las autoridades públicas sino que en algunas oportunidades implica que estas últimas produzcan la información relevante que requieren los asociados para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades.
El Título III de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela desarrolla el tema de los derechos humanos, titulo que se divide en diez capítulos, que abarcan desde el artículo 19 hasta el 135, en esta oportunidad se desarrollará el capítulo primero el cual se titula Disposiciones Generales.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
PLE. el derecho de peticion unidad 4 NTIC . PLE PARA DICTAR UNA CLASE SOBRE DERECHO DE PETICION
1. Saturia de Jesús Ramírez Rodríguez
A continuación presento la Creación de MI
PLE para dictar una clase sobre el tema
DERECHO DE PETICION, Herramienta de
comunicación del ciudadano con el Estado,
Organización de la PLE
(Personal Learning Environment)
El objetivo del PLE es presentar al alumno
una alta variedad de herramientas para su
aprendizaje, con las cuales podrá hacer
conexiones e identificar la
complementariedad de la información,
adicionales a los temas presentados por el
docente.
Para organizar la PLE he escogido las
siguientes aplicaciones, las cuales se
encuentran referenciadas a lo largo del texto
de la clase o unidad sobre el tema escogido.
Blogger para publicar la
información día a día sobre los
avances del tema
http://asiesvirtual.blogspot.com/
Internet Explorer o Google Crome
para navegar sobre los temas
propuestos.
You Tube para conocer los videos
relacionados y explorara algunos
otros.
Slides Hare donde encuentra otros
aprendices subiendo videos sobre
el tema y de mayor actualización.
Wikipedia, para información
definición e imágenes ilustrativas
sobre el tema.
Facebook para promocionar y
compartir la información
Twitter para seguir los trinos
relacionados con el tema y de
actualidad
Educaplay para la realización de
actividad didáctica.
2. EL DERECHO DE PETICION
EL DERECHO
DE PETICION
Herramienta de comunicación
del ciudadano con el Estado.
Saturia de Jesús Ramírez Rodríguez
Unidad 4 Herramientas NTIC
aplicadas a la Formación.
Crear un PLE para una clase.
Página 1
DURACION: 5 secciones. Una
hora semanal.
OBJETIVO:
Dar a conocer el derecho de
Petición desde sus
antecedentes como la
regulación actual, con el fin de
que los ciudadanos puedan
acceder a la satisfacción de sus
derechos frente al Estado.
CONTENIDO:
1.-Antecedentes
2.-Derechos Fundamentales
3.-Definición, Núcleo, clasificación .
4.-Termino de respuesta
5.-Derecho de Petición ante
organizaciones Privadas.
Actividades.
Referencias
Cibergrafia
Créditos.
3. EL DERECHO DE PETICION
EL DERECHO
DE PETICION
Herramienta de
comunicación del
ciudadano con el Estado.
Presentación
Se presenta como tema de esta Unidad el
derecho de Petición, como herramienta de
comunicación del ciudadano con el estado,
dentro de la democracia Representativa,
que establece la Constitución Política de
Colombia desde el año 1991. Se trata de
comprender el alcance que este tiene como
elemento instrumentado por los ciudadanos
para hacer efectivos sus derechos, iniciando
con una conversación con los Gobiernos
que han de garantizar sus derechos.
El derecho de petición en sus inicios fue
concebido como un derecho político de
dirigirse a las autoridades de las ramas que
conforman el poder público. A través del
Página 2
mismo se pueden plantear iniciativas de
cualquier orden a todas ellas, siempre que
se relacionen con sus funciones.
Se presenta como una manifestación de la
Democracia Participativa: la intervención de
las personas en el estudio y la resolución de
todo cuanto atañe a los asuntos públicos.
Derecho público subjetivo, instituido para la
defensa y protección de los derechos en
sede administrativa permite a las personas,
entre otros:
Reclamar y solicitar el
reconocimiento de sus derechos, e
informarse adecuadamente
Exigir el cumplimiento de las
funciones de las autoridades,
Manifestarse en relación con una
actuación
Denunciar sus omisiones,
Examinar documentos públicos.
http://www.jdiezarnal.com/pintura/rafael.h
tml
SECCION 1
Antecedentes
LEY 4 DE 1913 ARTICULO 334.
4. EL DERECHO DE PETICION
CONSTITUCION
Derecho de peticion Art.
23 C.P.
Página 3
El Gobierno reglamentará la manera
de proceder en los asuntos
administrativos de carácter nacional,
sobre las bases siguientes: 1. Que no
se eluda el derecho de petición de
los particulares, ni se demore
indefinidamente el despacho de sus
asuntos; 2. Que cuando la naturaleza
del caso lo requiera, se haga una
averiguación prolija de los hechos,
para que la decisión no lastime los
derechos legítimos de los asociados;
http://spitalfieldslife.com/2012/05/04/election-scenes-by-
william-hogarth/
LEY 2733 DE 1959
Desarrollo el art. 45 C.P. 1886 DEL DERECHO
DE PETICION: Artículo 1o.- Es deber
primordial de todos los funcionarios o
agentes públicos, vinculados a las ramas del
poder público o a los establecimientos o
institutos oficiales o semioficiales,
nacionales, departamentales o municipales,
hacer efectivo el ejercicio del derecho que
consagra el artículo 45 de la Constitución,
mediante la rápida y oportuna resolución de
las peticiones que, en términos comedidos,
se les formulen y que tengan relación directa
con las actividades a su cargo.
http://www.legis.com.co/informacion/aplegis/.../DERECH
O_PETICION.pptx
DECRETO 1 DE 1984
Artículo 5 del derecho de Petición en
interés general Toda persona podrá hacer
peticiones respetuosas a las autoridades,
verbalmente o por escrito, a través de
cualquier medio
Artículo 9 del derecho de Petición en
interés particular toda persona podrá
formular peticiones en interés particular. A
éstas se aplicará también lo dispuesto en el
capítulo anterior.
CONSTITUCION
1886
Peticiones Respetuosas
Art. 5 C.C.A.
1991
LEY 1437 DE 2011
Derecho de Peticion
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/based
oc/ley_1437_2011.html
La Constitución colombiana fundamentada
en los principios de Estado Social de
Derecho, reconoce al ciudadano, define sus
5. EL DERECHO DE PETICION
derechos y deberes y lo posibilita para vivir
en armonía consigo mismo, con sus
semejantes y con el Estado, lo que le permite
el disfrute de una vida digna y feliz.
En consecuencia los derechos del hombre,
se hacen públicos, están siempre presentes
en el ciudadano quien los reconoce y los
emplea en su beneficio, los deberes de los
ciudadanos, le fija un límite al poder
legislativo y al ejecutivo, los cuales son
asignados a cualquier autoridad política.
OBJETO DE
PROTECCION
Dignidad Humana como Valor, como
principio y como Derecho Fundamental.
Actividad Sección I: Establezca las
diferencias entre las diferentes leyes. Emita
una opinión argumentada sobre los avances
y publique su artículo en el blog.
SECCION II
Página 4
DERECHOS FUNDAMENTALES
Son los derechos inherentes a la persona
humana. Usualmente se les ha identificado
con los derechos individuales, sin embargo
en Colombia han sido reconocidos por la
Corte Constitucional algunos derechos
pertenecientes a la llamada segunda
generación, es decir, ha reconocido como
derechos fundamentales ciertos derechos
sociales que son necesarios para que la
persona humana cuente con una vida digna.
Criterios principales: el que se trate de un
derecho esencial de la persona y el
reconocimiento expreso de la Constituyente
(un caso ejemplificativo es el artículo 44 que
se refiere a los derechos de los niños como
derechos fundamentales);
Criterios subsidiarios, los cuáles no bastan
por sí solos: la inclusión del derecho en
tratados internacionales, que se trate de un
derecho de aplicación inmediata; que posea
un "plus" para su modificación (se refiere a
los que requieren de referendo para ser
reformados) y la ubicación y denominación.
Así mismo, para que un determinado
derecho sea tenido como fundamental la
Corte Constitucional Colombiana considera
que debe reunir tres requisitos: 1.- conexión
directa con los principios constitucionales,
2.- eficacia directa y 3.contenido esencial
(núcleo básico del derecho).Corte
Constitucional. Sentencia T- 778 de junio de 1992.
Magistrado Ponente: Ciro Angarita Barón
AUTONOMIA O
POSIBILIDAD DE
DISEÑAR UN
PLAN DE VIDA
CONDICIONES
MATERIALES
CONCRETAS DE
EXISTENCIA
INTANGIBILIDAD
DE BIENES NO
PATRIMONIALES
INTEGRIDAD
FISICA Y MORAL
PRINCIPIO
FUNDANTE DEL
ORDENAMIENTO
JURIDICO Y DEL
ESTADO
PRINCIPIO
CONSTITUCIONA
L
DERECHO
FUNDAMENTAL
AUTONOMO
FUNCIONALIDAD
DEL ENUNCIADO
NORMATIVO
6. EL DERECHO DE PETICION
• Enunciados en 1789 con la Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano durante
la Revolución Francesa, cuyo principal objetivo
fue el de reconocer los Derechos sagrados e
inalienables del hombre. Buscan garantizar que
el Estado no abuse del control que tienen de la
fuerza y la justicia, garantizando el Derecho a la
vida, a la igualdad y a la seguridad; son
denominados Derechos civiles y políticos
• Estos derechos no consideran en sí a la
persona en particular; se fundamentan en que
pertenecen a la sociedad y la protege
colectivamente, por lo que se denominan
Derechos económicos, sociales y culturales, los
cuales buscan el bienestar común, mejorar la
calidad de vida de todas las personas y una
igualdad garantizada de los servicios del
Estado.
• Conocidos como Derechos de solidaridad. Se
consolidan después de la Segunda Guerra
mundial, tras considerase que este tipo de
hostilidades colocaban en peligro a la
humanidad causándole hambre, miseria y
desolación, ya que la violencia causa la
destrucción de hogares, medios de existencia,
recursos naturales, etc
Página 5
http://es.wikipedia.org/wiki/Juan_Manuel_Blanes
http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_hum
anos
Primera
Generación
Segunda
Generación
Tercera
Generación
Actividad Sección II: Participe en la Mesa de
lluvia de Ideas (Foro) de clase sobre el
concepto de Dignidad Humana desde su
apreciación.
SECCION III
DEFINICION
“ARTICULO 23 Constitución Política:
Toda persona tiene derecho a presentar
peticiones respetuosas a las autoridades por
motivos de interés general o particular y a
obtener pronta resolución.
El legislador podrá reglamentar su ejercicio
ante organizaciones privadas para
garantizar los derechos fundamentales.”
http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/leyes-y-antecedentes/
constitucion-y-sus-reformas
7. EL DERECHO DE PETICION
https://www.youtube.com/watch?v=8C1TYd-KZug
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-
12908104
NUCLEO DEL DERECHO DE PETICION
• Derecho a presentarlo
• Derecho a tener respuesta
:Oportuna,
Resolver de fondo, clara, precisa y
de manera congruente con lo
solicitado.
• Derecho a que se comunique la
respuesta
Toda actuación que inicie cualquier
persona ante las autoridades implica el
ejercicio del derecho de petición
consagrado en el artículo 23 de la
Constitución Política, sin que sea
necesario invocarlo.
Formas de iniciar las actuaciones
administrativas:
1. Por quienes ejerciten el derecho de
petición, en interés general.
2. Por quienes ejerciten el derecho de
petición, en interés particular.
Página 6
3. Por quienes obren en cumplimiento
de una obligación o deber legal.
4. Por las autoridades, oficiosamente.
CLASIFICACIÓN DE LAS PETICIONES
SEGÚN SU CONTENIDO
de interés general
de interés particular
de información o expedición de
documentos
de consulta
http://es.slideshare.net/alexmcastano/derecho-de-peticin-
12153557
Actividad Sección III: Como entiende la
aplicación del Núcleo del derecho de
Petición. Realice trinos por medio de
Twitter para generar discusión sobre el
tema con los demás alumnos.
SECCION IV
TERMINO DE RESPUESTA:
Salvo norma legal especial y so pena de
sanción disciplinaria, toda petición
deberá resolverse dentro de los quince
(15) días siguientes a su recepción
El ejercicio del derecho de petición es
gratuito y puede realizarse sin necesidad
de representación a través de abogado.
Estará sometida a término especial la
resolución de las siguientes peticiones:
1. Las peticiones de documentos
deberán resolverse dentro de los
diez (10) días siguientes a su
• Todas las personas que tengan un
interés general o particular para
presentarla.
¿QUIÉNES
PUEDEN
HACER LA
PETICIÓN?
• Ante cualquier entidad o persona de
la administración pública o ante
personas privadas que cumplan
funciones públicas. Autoridades
¿ANTE
QUIÉN SE
HACE LA
PETICIÓN?
8. EL DERECHO DE PETICION
Página 7
recepción. Si en ese lapso no se ha
dado respuesta al peticionario, se
entenderá, para todos los efectos
legales, que la respectiva solicitud
ha sido aceptada y, por
consiguiente, la administración ya
no podrá negar la entrega de dichos
documentos al peticionario, y como
consecuencia las copias se
entregarán dentro de los tres (3)
días siguientes.
2. Las peticiones mediante las cuales
se eleva una consulta a las
autoridades en relación con las
materias a su cargo deberán
resolverse dentro de los treinta (30)
días siguientes a su recepción.
Actividad Sección IV: Indague en la Web
sobre las consecuencias de la NO respuesta
a un Derecho de Petición.
SECCION V
DERECHO DE PETICIÓN ANTE
ORGANIZACIONES PRIVADAS:
Toda persona podrá ejercer el derecho
de petición para garantizar sus derechos
fundamentales ante organizaciones
privadas con o sin personería jurídica,
tales como sociedades, corporaciones,
fundaciones, asociaciones,
organizaciones religiosas, cooperativas,
instituciones financieras o clubes.
Salvo norma legal especial, el trámite y
resolución de estas peticiones estarán
sometidos a los principios y reglas
establecidos en el Capítulo Primero del
Título I del Código
Las organizaciones privadas sólo podrán
invocar la reserva de la información
solicitada en los casos expresamente
establecidos en la Constitución y la Ley.
Las peticiones ante las empresas o
personas que administran archivos y
bases de datos de carácter financiero,
crediticio, comercial, de servicios y las
provenientes de terceros países se
regirán por lo dispuesto en la Ley
Estatutaria del Hábeas Data.
Garantía:Este derecho también
podrá ejercerse ante personas
naturales
Indefensión
Subordinación
Ejercicio de función o
posición dominante
frente al peticionario
http://es.slideshare.net/pgninternet/derecho-de-
peticin-presentation?related=1
Prestarán asistencia eficaz e
inmediata a toda persona que la
solicite, para garantizarle el ejercicio
del derecho constitucional de
9. EL DERECHO DE PETICION
petición que hubiere ejercido o
desee ejercer ante organizaciones o
instituciones privadas.
Página 8
• PERSONEROS
MUNICIPALES
• PERSONEROS DISTRITALES
• DEFENSOR DE PUEBLO
http://www.derechoshumanos.gov.co/Prensa/D
estacados/documents/2010/destacados/Guia_
para_ElPersonero_2009.pdf
ACTIVIDADES
Actividad Sección V: Realice actividades
como la que se encuentra en el siguiente
link para su mayor apropiación del tema.
http://www.educaplay.com/es/mieducaplay/429784/satur
ia_de_jesus.htm
REFERENCIAS
El derecho fundamental de petición
Andrés Atahualpa Pérez
Universidad Javeriana
CIBERGRAFIA
Ley 1437 de 2011. Nuevo Código
Contencioso y de Procedimiento
Administrativo.
http://www.secretariasenado.gov.co/sena
do/basedoc/ley_1437_2011.html
Constitución Política de Colombia 1991.
http://www.secretariasenado.gov.co/index.php
/leyes-y-antecedentes/constitucion-y-sus-reformas
Presentación Derecho de Petición
LEGIS.
http://www.legis.com.co/informacion/aplegis/...
/DERECHO_PETICION.pptx
Noticia Derecho de Petición
Periódico
ElTiempo.http://www.eltiempo.com/archivo/
documento/CMS-12908104
Presentación Derecho de Petición
http://es.slideshare.net/alexmcastano/derecho-de-
peticin-12153557
Guía para el Personero
http://www.derechoshumanos.gov.co/Prensa/D
estacados/documents/2010/destacados/Guia_
para_ElPersonero_2009.pdf
Modelos de Derechos de
Peticion.http://admpublicity2011.jimd
o.com/formatos-derecho-de-petici%
C3%B3n-y-tutela/
Actividad didáctica Derecho de
Petición Educaplay
http://www.educaplay.com/es/mieducaplay/42
9784/saturia_de_jesus.htm
Blogger : http://asiesvirtual.blogspot.com/