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Saturia de Jesús Ramírez Rodríguez 
A continuación presento la Creación de MI 
PLE para dictar una clase sobre el tema 
DERECHO DE PETICION, Herramienta de 
comunicación del ciudadano con el Estado, 
Organización de la PLE 
(Personal Learning Environment) 
El objetivo del PLE es presentar al alumno 
una alta variedad de herramientas para su 
aprendizaje, con las cuales podrá hacer 
conexiones e identificar la 
complementariedad de la información, 
adicionales a los temas presentados por el 
docente. 
Para organizar la PLE he escogido las 
siguientes aplicaciones, las cuales se 
encuentran referenciadas a lo largo del texto 
de la clase o unidad sobre el tema escogido. 
 Blogger para publicar la 
información día a día sobre los 
avances del tema 
 http://asiesvirtual.blogspot.com/ 
 Internet Explorer o Google Crome 
para navegar sobre los temas 
propuestos. 
 You Tube para conocer los videos 
relacionados y explorara algunos 
otros. 
 Slides Hare donde encuentra otros 
aprendices subiendo videos sobre 
el tema y de mayor actualización. 
 Wikipedia, para información 
definición e imágenes ilustrativas 
sobre el tema. 
 Facebook para promocionar y 
compartir la información 
 Twitter para seguir los trinos 
relacionados con el tema y de 
actualidad 
 Educaplay para la realización de 
actividad didáctica.
 EL DERECHO DE PETICION 
EL DERECHO 
DE PETICION 
Herramienta de comunicación 
del ciudadano con el Estado. 
Saturia de Jesús Ramírez Rodríguez 
 Unidad 4 Herramientas NTIC 
aplicadas a la Formación. 
 Crear un PLE para una clase. 
 Página 1 
DURACION: 5 secciones. Una 
hora semanal. 
OBJETIVO: 
Dar a conocer el derecho de 
Petición desde sus 
antecedentes como la 
regulación actual, con el fin de 
que los ciudadanos puedan 
acceder a la satisfacción de sus 
derechos frente al Estado. 
CONTENIDO: 
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4.-Termino de respuesta 
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organizaciones Privadas. 
Actividades. 
Referencias 
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Créditos.
 EL DERECHO DE PETICION 
EL DERECHO 
DE PETICION 
Herramienta de 
comunicación del 
ciudadano con el Estado. 
Presentación 
Se presenta como tema de esta Unidad el 
derecho de Petición, como herramienta de 
comunicación del ciudadano con el estado, 
dentro de la democracia Representativa, 
que establece la Constitución Política de 
Colombia desde el año 1991. Se trata de 
comprender el alcance que este tiene como 
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http://www.jdiezarnal.com/pintura/rafael.h 
tml 
SECCION 1 
Antecedentes 
LEY 4 DE 1913 ARTICULO 334.
 EL DERECHO DE PETICION 
CONSTITUCION 
Derecho de peticion Art. 
23 C.P. 
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El Gobierno reglamentará la manera 
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administrativos de carácter nacional, 
sobre las bases siguientes: 1. Que no 
se eluda el derecho de petición de 
los particulares, ni se demore 
indefinidamente el despacho de sus 
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interés particular toda persona podrá 
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capítulo anterior. 
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en los principios de Estado Social de 
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 EL DERECHO DE PETICION 
derechos y deberes y lo posibilita para vivir 
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DERECHOS FUNDAMENTALES 
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(un caso ejemplificativo es el artículo 44 que 
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por sí solos: la inclusión del derecho en 
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derecho de aplicación inmediata; que posea 
un "plus" para su modificación (se refiere a 
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reformados) y la ubicación y denominación. 
Así mismo, para que un determinado 
derecho sea tenido como fundamental la 
Corte Constitucional Colombiana considera 
que debe reunir tres requisitos: 1.- conexión 
directa con los principios constitucionales, 
2.- eficacia directa y 3.contenido esencial 
(núcleo básico del derecho).Corte 
Constitucional. Sentencia T- 778 de junio de 1992. 
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AUTONOMIA O 
POSIBILIDAD DE 
DISEÑAR UN 
PLAN DE VIDA 
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DERECHO 
FUNDAMENTAL 
AUTONOMO 
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 EL DERECHO DE PETICION 
• Enunciados en 1789 con la Declaración de los 
Derechos del Hombre y del Ciudadano durante 
la Revolución Francesa, cuyo principal objetivo 
fue el de reconocer los Derechos sagrados e 
inalienables del hombre. Buscan garantizar que 
el Estado no abuse del control que tienen de la 
fuerza y la justicia, garantizando el Derecho a la 
vida, a la igualdad y a la seguridad; son 
denominados Derechos civiles y políticos 
• Estos derechos no consideran en sí a la 
persona en particular; se fundamentan en que 
pertenecen a la sociedad y la protege 
colectivamente, por lo que se denominan 
Derechos económicos, sociales y culturales, los 
cuales buscan el bienestar común, mejorar la 
calidad de vida de todas las personas y una 
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• Conocidos como Derechos de solidaridad. Se 
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mundial, tras considerase que este tipo de 
hostilidades colocaban en peligro a la 
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 Página 5 
http://es.wikipedia.org/wiki/Juan_Manuel_Blanes 
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Actividad Sección II: Participe en la Mesa de 
lluvia de Ideas (Foro) de clase sobre el 
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Toda persona tiene derecho a presentar 
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NUCLEO DEL DERECHO DE PETICION 
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Resolver de fondo, clara, precisa y 
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• Derecho a que se comunique la 
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1. Por quienes ejerciten el derecho de 
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petición, en interés particular. 
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3. Por quienes obren en cumplimiento 
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CLASIFICACIÓN DE LAS PETICIONES 
SEGÚN SU CONTENIDO 
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 de interés particular 
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http://es.slideshare.net/alexmcastano/derecho-de-peticin- 
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Actividad Sección III: Como entiende la 
aplicación del Núcleo del derecho de 
Petición. Realice trinos por medio de 
Twitter para generar discusión sobre el 
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SECCION IV 
TERMINO DE RESPUESTA: 
Salvo norma legal especial y so pena de 
sanción disciplinaria, toda petición 
deberá resolverse dentro de los quince 
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El ejercicio del derecho de petición es 
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deberán resolverse dentro de los 
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• Todas las personas que tengan un 
interés general o particular para 
presentarla. 
¿QUIÉNES 
PUEDEN 
HACER LA 
PETICIÓN? 
• Ante cualquier entidad o persona de 
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¿ANTE 
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recepción. Si en ese lapso no se ha 
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SECCION V 
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privadas con o sin personería jurídica, 
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fundaciones, asociaciones, 
organizaciones religiosas, cooperativas, 
instituciones financieras o clubes. 
Salvo norma legal especial, el trámite y 
resolución de estas peticiones estarán 
sometidos a los principios y reglas 
establecidos en el Capítulo Primero del 
Título I del Código 
Las organizaciones privadas sólo podrán 
invocar la reserva de la información 
solicitada en los casos expresamente 
establecidos en la Constitución y la Ley. 
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bases de datos de carácter financiero, 
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provenientes de terceros países se 
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Estatutaria del Hábeas Data. 
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http://www.derechoshumanos.gov.co/Prensa/D 
estacados/documents/2010/destacados/Guia_ 
para_ElPersonero_2009.pdf 
ACTIVIDADES 
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como la que se encuentra en el siguiente 
link para su mayor apropiación del tema. 
http://www.educaplay.com/es/mieducaplay/429784/satur 
ia_de_jesus.htm 
REFERENCIAS 
El derecho fundamental de petición 
Andrés Atahualpa Pérez 
Universidad Javeriana 
CIBERGRAFIA 
 Ley 1437 de 2011. Nuevo Código 
Contencioso y de Procedimiento 
Administrativo. 
http://www.secretariasenado.gov.co/sena 
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http://www.secretariasenado.gov.co/index.php 
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C3%B3n-y-tutela/ 
 Actividad didáctica Derecho de 
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PLE. el derecho de peticion unidad 4 NTIC . PLE PARA DICTAR UNA CLASE SOBRE DERECHO DE PETICION

  • 1. Saturia de Jesús Ramírez Rodríguez A continuación presento la Creación de MI PLE para dictar una clase sobre el tema DERECHO DE PETICION, Herramienta de comunicación del ciudadano con el Estado, Organización de la PLE (Personal Learning Environment) El objetivo del PLE es presentar al alumno una alta variedad de herramientas para su aprendizaje, con las cuales podrá hacer conexiones e identificar la complementariedad de la información, adicionales a los temas presentados por el docente. Para organizar la PLE he escogido las siguientes aplicaciones, las cuales se encuentran referenciadas a lo largo del texto de la clase o unidad sobre el tema escogido.  Blogger para publicar la información día a día sobre los avances del tema  http://asiesvirtual.blogspot.com/  Internet Explorer o Google Crome para navegar sobre los temas propuestos.  You Tube para conocer los videos relacionados y explorara algunos otros.  Slides Hare donde encuentra otros aprendices subiendo videos sobre el tema y de mayor actualización.  Wikipedia, para información definición e imágenes ilustrativas sobre el tema.  Facebook para promocionar y compartir la información  Twitter para seguir los trinos relacionados con el tema y de actualidad  Educaplay para la realización de actividad didáctica.
  • 2.  EL DERECHO DE PETICION EL DERECHO DE PETICION Herramienta de comunicación del ciudadano con el Estado. Saturia de Jesús Ramírez Rodríguez  Unidad 4 Herramientas NTIC aplicadas a la Formación.  Crear un PLE para una clase.  Página 1 DURACION: 5 secciones. Una hora semanal. OBJETIVO: Dar a conocer el derecho de Petición desde sus antecedentes como la regulación actual, con el fin de que los ciudadanos puedan acceder a la satisfacción de sus derechos frente al Estado. CONTENIDO: 1.-Antecedentes 2.-Derechos Fundamentales 3.-Definición, Núcleo, clasificación . 4.-Termino de respuesta 5.-Derecho de Petición ante organizaciones Privadas. Actividades. Referencias Cibergrafia Créditos.
  • 3.  EL DERECHO DE PETICION EL DERECHO DE PETICION Herramienta de comunicación del ciudadano con el Estado. Presentación Se presenta como tema de esta Unidad el derecho de Petición, como herramienta de comunicación del ciudadano con el estado, dentro de la democracia Representativa, que establece la Constitución Política de Colombia desde el año 1991. Se trata de comprender el alcance que este tiene como elemento instrumentado por los ciudadanos para hacer efectivos sus derechos, iniciando con una conversación con los Gobiernos que han de garantizar sus derechos. El derecho de petición en sus inicios fue concebido como un derecho político de dirigirse a las autoridades de las ramas que conforman el poder público. A través del  Página 2 mismo se pueden plantear iniciativas de cualquier orden a todas ellas, siempre que se relacionen con sus funciones. Se presenta como una manifestación de la Democracia Participativa: la intervención de las personas en el estudio y la resolución de todo cuanto atañe a los asuntos públicos. Derecho público subjetivo, instituido para la defensa y protección de los derechos en sede administrativa permite a las personas, entre otros:  Reclamar y solicitar el reconocimiento de sus derechos, e informarse adecuadamente  Exigir el cumplimiento de las funciones de las autoridades,  Manifestarse en relación con una actuación  Denunciar sus omisiones,  Examinar documentos públicos. http://www.jdiezarnal.com/pintura/rafael.h tml SECCION 1 Antecedentes LEY 4 DE 1913 ARTICULO 334.
  • 4.  EL DERECHO DE PETICION CONSTITUCION Derecho de peticion Art. 23 C.P.  Página 3 El Gobierno reglamentará la manera de proceder en los asuntos administrativos de carácter nacional, sobre las bases siguientes: 1. Que no se eluda el derecho de petición de los particulares, ni se demore indefinidamente el despacho de sus asuntos; 2. Que cuando la naturaleza del caso lo requiera, se haga una averiguación prolija de los hechos, para que la decisión no lastime los derechos legítimos de los asociados; http://spitalfieldslife.com/2012/05/04/election-scenes-by- william-hogarth/ LEY 2733 DE 1959 Desarrollo el art. 45 C.P. 1886 DEL DERECHO DE PETICION: Artículo 1o.- Es deber primordial de todos los funcionarios o agentes públicos, vinculados a las ramas del poder público o a los establecimientos o institutos oficiales o semioficiales, nacionales, departamentales o municipales, hacer efectivo el ejercicio del derecho que consagra el artículo 45 de la Constitución, mediante la rápida y oportuna resolución de las peticiones que, en términos comedidos, se les formulen y que tengan relación directa con las actividades a su cargo. http://www.legis.com.co/informacion/aplegis/.../DERECH O_PETICION.pptx DECRETO 1 DE 1984 Artículo 5 del derecho de Petición en interés general Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, a través de cualquier medio Artículo 9 del derecho de Petición en interés particular toda persona podrá formular peticiones en interés particular. A éstas se aplicará también lo dispuesto en el capítulo anterior. CONSTITUCION 1886 Peticiones Respetuosas Art. 5 C.C.A. 1991 LEY 1437 DE 2011 Derecho de Peticion http://www.secretariasenado.gov.co/senado/based oc/ley_1437_2011.html La Constitución colombiana fundamentada en los principios de Estado Social de Derecho, reconoce al ciudadano, define sus
  • 5.  EL DERECHO DE PETICION derechos y deberes y lo posibilita para vivir en armonía consigo mismo, con sus semejantes y con el Estado, lo que le permite el disfrute de una vida digna y feliz. En consecuencia los derechos del hombre, se hacen públicos, están siempre presentes en el ciudadano quien los reconoce y los emplea en su beneficio, los deberes de los ciudadanos, le fija un límite al poder legislativo y al ejecutivo, los cuales son asignados a cualquier autoridad política. OBJETO DE PROTECCION Dignidad Humana como Valor, como principio y como Derecho Fundamental. Actividad Sección I: Establezca las diferencias entre las diferentes leyes. Emita una opinión argumentada sobre los avances y publique su artículo en el blog. SECCION II  Página 4 DERECHOS FUNDAMENTALES Son los derechos inherentes a la persona humana. Usualmente se les ha identificado con los derechos individuales, sin embargo en Colombia han sido reconocidos por la Corte Constitucional algunos derechos pertenecientes a la llamada segunda generación, es decir, ha reconocido como derechos fundamentales ciertos derechos sociales que son necesarios para que la persona humana cuente con una vida digna. Criterios principales: el que se trate de un derecho esencial de la persona y el reconocimiento expreso de la Constituyente (un caso ejemplificativo es el artículo 44 que se refiere a los derechos de los niños como derechos fundamentales); Criterios subsidiarios, los cuáles no bastan por sí solos: la inclusión del derecho en tratados internacionales, que se trate de un derecho de aplicación inmediata; que posea un "plus" para su modificación (se refiere a los que requieren de referendo para ser reformados) y la ubicación y denominación. Así mismo, para que un determinado derecho sea tenido como fundamental la Corte Constitucional Colombiana considera que debe reunir tres requisitos: 1.- conexión directa con los principios constitucionales, 2.- eficacia directa y 3.contenido esencial (núcleo básico del derecho).Corte Constitucional. Sentencia T- 778 de junio de 1992. Magistrado Ponente: Ciro Angarita Barón AUTONOMIA O POSIBILIDAD DE DISEÑAR UN PLAN DE VIDA CONDICIONES MATERIALES CONCRETAS DE EXISTENCIA INTANGIBILIDAD DE BIENES NO PATRIMONIALES INTEGRIDAD FISICA Y MORAL PRINCIPIO FUNDANTE DEL ORDENAMIENTO JURIDICO Y DEL ESTADO PRINCIPIO CONSTITUCIONA L DERECHO FUNDAMENTAL AUTONOMO FUNCIONALIDAD DEL ENUNCIADO NORMATIVO
  • 6.  EL DERECHO DE PETICION • Enunciados en 1789 con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano durante la Revolución Francesa, cuyo principal objetivo fue el de reconocer los Derechos sagrados e inalienables del hombre. Buscan garantizar que el Estado no abuse del control que tienen de la fuerza y la justicia, garantizando el Derecho a la vida, a la igualdad y a la seguridad; son denominados Derechos civiles y políticos • Estos derechos no consideran en sí a la persona en particular; se fundamentan en que pertenecen a la sociedad y la protege colectivamente, por lo que se denominan Derechos económicos, sociales y culturales, los cuales buscan el bienestar común, mejorar la calidad de vida de todas las personas y una igualdad garantizada de los servicios del Estado. • Conocidos como Derechos de solidaridad. Se consolidan después de la Segunda Guerra mundial, tras considerase que este tipo de hostilidades colocaban en peligro a la humanidad causándole hambre, miseria y desolación, ya que la violencia causa la destrucción de hogares, medios de existencia, recursos naturales, etc  Página 5 http://es.wikipedia.org/wiki/Juan_Manuel_Blanes http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_hum anos Primera Generación Segunda Generación Tercera Generación Actividad Sección II: Participe en la Mesa de lluvia de Ideas (Foro) de clase sobre el concepto de Dignidad Humana desde su apreciación. SECCION III DEFINICION “ARTICULO 23 Constitución Política: Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.” http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/leyes-y-antecedentes/ constitucion-y-sus-reformas
  • 7.  EL DERECHO DE PETICION https://www.youtube.com/watch?v=8C1TYd-KZug http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS- 12908104 NUCLEO DEL DERECHO DE PETICION • Derecho a presentarlo • Derecho a tener respuesta :Oportuna, Resolver de fondo, clara, precisa y de manera congruente con lo solicitado. • Derecho a que se comunique la respuesta Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Formas de iniciar las actuaciones administrativas: 1. Por quienes ejerciten el derecho de petición, en interés general. 2. Por quienes ejerciten el derecho de petición, en interés particular.  Página 6 3. Por quienes obren en cumplimiento de una obligación o deber legal. 4. Por las autoridades, oficiosamente. CLASIFICACIÓN DE LAS PETICIONES SEGÚN SU CONTENIDO  de interés general  de interés particular  de información o expedición de documentos  de consulta http://es.slideshare.net/alexmcastano/derecho-de-peticin- 12153557 Actividad Sección III: Como entiende la aplicación del Núcleo del derecho de Petición. Realice trinos por medio de Twitter para generar discusión sobre el tema con los demás alumnos. SECCION IV TERMINO DE RESPUESTA: Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado. Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones: 1. Las peticiones de documentos deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su • Todas las personas que tengan un interés general o particular para presentarla. ¿QUIÉNES PUEDEN HACER LA PETICIÓN? • Ante cualquier entidad o persona de la administración pública o ante personas privadas que cumplan funciones públicas. Autoridades ¿ANTE QUIÉN SE HACE LA PETICIÓN?
  • 8.  EL DERECHO DE PETICION  Página 7 recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la administración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al peticionario, y como consecuencia las copias se entregarán dentro de los tres (3) días siguientes. 2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción. Actividad Sección IV: Indague en la Web sobre las consecuencias de la NO respuesta a un Derecho de Petición. SECCION V DERECHO DE PETICIÓN ANTE ORGANIZACIONES PRIVADAS: Toda persona podrá ejercer el derecho de petición para garantizar sus derechos fundamentales ante organizaciones privadas con o sin personería jurídica, tales como sociedades, corporaciones, fundaciones, asociaciones, organizaciones religiosas, cooperativas, instituciones financieras o clubes. Salvo norma legal especial, el trámite y resolución de estas peticiones estarán sometidos a los principios y reglas establecidos en el Capítulo Primero del Título I del Código Las organizaciones privadas sólo podrán invocar la reserva de la información solicitada en los casos expresamente establecidos en la Constitución y la Ley. Las peticiones ante las empresas o personas que administran archivos y bases de datos de carácter financiero, crediticio, comercial, de servicios y las provenientes de terceros países se regirán por lo dispuesto en la Ley Estatutaria del Hábeas Data. Garantía:Este derecho también podrá ejercerse ante personas naturales  Indefensión  Subordinación  Ejercicio de función o posición dominante frente al peticionario http://es.slideshare.net/pgninternet/derecho-de- peticin-presentation?related=1 Prestarán asistencia eficaz e inmediata a toda persona que la solicite, para garantizarle el ejercicio del derecho constitucional de
  • 9.  EL DERECHO DE PETICION petición que hubiere ejercido o desee ejercer ante organizaciones o instituciones privadas.  Página 8 • PERSONEROS MUNICIPALES • PERSONEROS DISTRITALES • DEFENSOR DE PUEBLO http://www.derechoshumanos.gov.co/Prensa/D estacados/documents/2010/destacados/Guia_ para_ElPersonero_2009.pdf ACTIVIDADES Actividad Sección V: Realice actividades como la que se encuentra en el siguiente link para su mayor apropiación del tema. http://www.educaplay.com/es/mieducaplay/429784/satur ia_de_jesus.htm REFERENCIAS El derecho fundamental de petición Andrés Atahualpa Pérez Universidad Javeriana CIBERGRAFIA  Ley 1437 de 2011. Nuevo Código Contencioso y de Procedimiento Administrativo. http://www.secretariasenado.gov.co/sena do/basedoc/ley_1437_2011.html  Constitución Política de Colombia 1991. http://www.secretariasenado.gov.co/index.php /leyes-y-antecedentes/constitucion-y-sus-reformas  Presentación Derecho de Petición LEGIS. http://www.legis.com.co/informacion/aplegis/... /DERECHO_PETICION.pptx  Noticia Derecho de Petición Periódico ElTiempo.http://www.eltiempo.com/archivo/ documento/CMS-12908104  Presentación Derecho de Petición http://es.slideshare.net/alexmcastano/derecho-de- peticin-12153557  Guía para el Personero http://www.derechoshumanos.gov.co/Prensa/D estacados/documents/2010/destacados/Guia_ para_ElPersonero_2009.pdf  Modelos de Derechos de Peticion.http://admpublicity2011.jimd o.com/formatos-derecho-de-petici% C3%B3n-y-tutela/  Actividad didáctica Derecho de Petición Educaplay http://www.educaplay.com/es/mieducaplay/42 9784/saturia_de_jesus.htm  Blogger : http://asiesvirtual.blogspot.com/