LEY 16.744
ESTABLECE SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO
CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO
Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
CONSIDERACIONES GENERALES
 Incorpora por primera vez y en forma permanente el
concepto de la PREVENCION DE RIESGOS
OCUPACIONALES.
No se limita a imponer normas de carácter

imperativo, sino que también PROMUEVE la
prevención de riesgos.
Obliga, pero al mismo tiempo establece INCENTIVOS
o ESTÍMULOS para que el empleador desarrolle por
su propia iniciativa la prevención de riesgos.

CONSIDERACIONES GENERALES
 Pone en marcha un sistema “competitivo” entre el sector
estatal y el privado.
 Confiere jerarquía técnica a la Prevención de Riesgos
Profesionales, al disponer que sea desempeñada por
especialistas debidamente calificados (Expertos en P) y una
activa participación a los actores involucrados (trabajador y
empleador).
No extingue la culpa del empleador (administrativa, civil
y penal). Art. 69 de Ley 16.744
Dispone responsabilidad “subsidiaria” del dueño de una obra,
respecto de contratistas y subcontratistas.


OBJETIVOS BASICOS
 PREVENIR. Los AT y EP
CURAR. Otorga prestaciones médicas con la finalidad
de “restituir” la capacidad de trabajo de las personas
INDEMNIZAR. Otorga prestaciones económicas para
reparar la pérdida de la capacidad de ganancia del
trabajador siniestrado y de sus derechos habientes.
REHABILITAR. Al trab. Para devolverle parcial o
totalmente su capacidad de ganancia.



 REEDUCAR. Al trabajador para darle posibilidades de
desempeñar un nuevo oficio o profesión,
considerando su capacidad residual de trabajo.
SUS CARACTERISTICAS
 SOLIDARIDAD. T
odos los empleadores
concurren con un aporte económico.
UNIVERSALIDAD. Alto % de trabajadores
protegidos
INTEGRIDAD. Protección preventiva y curativa.
UNIDAD. Ante la ley “todos” son trabajadores,
sin distinciones de ningún tipo.



PERSONAS PROTEGIDAS
 Trabajadores por cuenta ajena, entendiéndose
por estos aquellos regidos por el Código del
Trabajo.
 Funcionarios públicos de la Administración Civil del
Estado, de planta o a contrata.
Trabajadores de las Instituciones de Educación
Superior.
Funcionarios de la Municipalidades.
Funcionarios del Poder Judicial.
Funcionarios del Congreso Nacional.




PERSONAS PROTEGIDAS
 Trabajadores Independientes afectos según
normas especiales (por ejemplo: pirquineros,
taxistas, profesionales hípicos, etc.).
 Estudiantes
signifiquen
plantel.
que ejecuten trabajos que
una fuente de ingreso para el
 Estudiantes de establecimientos fiscales o
particulares, accidentados durante sus estudios
o práctica profesional.
FINANCIAMIENTO DEL SEGURO
 Cotización Genera Básica 0,95 % . Se calcula sobre la
remuneración imponible.
 Cotización Adicional Diferenciada, en función de su
actividad y riesgo. DS 110(puede ir de 0,00% a 3,4%),
pero si la magnitud de su siniestralidad sube, puede llegar
hasta un 6,80% (DS 67).
Las cantidades que les corresponde a los administradores
por el ejercicio del “derecho a repetir”:
a)Incumplimiento obligación de afiliación, costos de las
prestaciones cargo empleador, fuera pago cotizaciones y
multas. Art. 56
b) Culpa o dolo entidad empleadora. Art. 69
c)No cumplimiento Derecho a Saber. Art. 24, DS.40
Utilidades de los fondos de reserva.


FINANCIAMIENTO DEL SEGURO
IMPORTANTE:
 Empresas con medidas de prevención que
rebajen apreciablemente riesgos de accidentes o
enfermedades profesionales pueden solicitar
eximirse o reducir su cotización.
 Las empresas que no ofrezcan condiciones recién
indicadas o que no implanten medidas de higiene
y seguridad, cancelarán cotización adicional con
recargo al 100%
Reclamo: SUSESO

ORGANISMOS ADMINISTRADORES
Organismos Estatales:
 Instituto de Normalización Previsional (INP)
 Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS)
Organismos Privados
 Mutualidades de Empleadores: Asociación Chilena de Seguridad
de la
Trabajo
(A.Ch.S.), Mutual de Seguridad Cámara Chilena
Construcción (.C.Ch.C.), Instituto de Seguridad del
(I.S.T.)
 Administradores Delegados: (ENAP, CODELCO, ENAMI,
Distribuidora Chilectra Metropolitana, Cía. Minera del Pacífico,
Cía. Siderúrgica Huachipato, Univ. Católica de Chile)
Nota: Las AFP no actúan como organismos administradores.
CONTINGENCIAS O SITUACIONES
CUBIERTAS
ACCIDENTES DEL TRABAJO: “Toda lesión
que una persona sufra a causa o con
ocasión del trabajo, y que le produzca
incapacidad o muerte”.
 Existencia de lesión (daño corporal)
 Ser a causa o con ocasión del trabajo.
 Incapacidad o muerte (incapacidad
temporal o permanente)
CONTINGENCIAS O SITUACIONES
CUBIERTAS
SON TAMBIEN ACCIDENTES DEL TRABAJO:

causa con ocasión del desempeño de
Los sufridos por dirigentes sindicales a
su
cometido gremial
Los sufridos a causa o con ocasión de
estudios de capacitación ocupacional.
CONTINGENCIAS O SITUACIONES
CUBIERTAS
ACCIDENTES DE TRAYECTO: “Trayecto directo, de
ida o regreso, entre la habitación y el lugar de
trabajo”:
 Trayecto habitual, racional, sin interrupciones
por intereses personales o independientes del
trabajo.
 Incluye los ocurridos entre dos entidades
empleadoras.
 Debe ser acreditado mediante parte ante
Carabineros u otro medio igualmente
fehaciente (testigos, jefe directo, propio
accidentado)
EXCEPCIONES O EXCLUSIONES
Los accidentes debido a fuerza mayor
extraña, que no tengan relación alguna con el
trabajo
 Los producidos intencionalmente por la
víctima
 Sólo tendrán derecho a prestaciones
médicas (Art. 50 inc. 1° D.S.
101Mintrab.)
EXCEPCIONES O EXCLUSIONES
IMPORTANTE:
La ignorancia, la imprudencia, la desobediencia a órdenes del
empleador no son excepciones. Se exige que el accidente sea
producido “intencionalmente” por la victima, o sea que haya
sido generado libre y espontáneamente por la victima.
La embriaguez tampoco es una excepción y por tanto no
impide el otorgamiento de la cobertura. No es intencional ni
con fuerza mayor extraña. Of. 3977/78 SUSESO.
La embriaguez es sancionada con “multa”, conforme art. 20
DS 40
CONTINGENCIAS O SITUACIONES
CUBIERTAS
ENFERMEDAD PROFESIONAL
 “Es aquella causada de una manera
directa, por el ejercicio de la profesión o
el trabajo que realice una persona y que
le cause incapacidad o muerte”.
 Enumeración de enfermedades se revisa cada
tres años
 Afiliado podrá acreditar ante administrador
carácter profesional de enfermedad que hubiese
contraído como consecuencia directa de profesión
o trabajo realizado
CONTINGENCIAS O SITUACIONES
CUBIERTAS
ENFERMEDAD PROFESIONAL
 A diferencia del AT, la EP tiene un carácter
restrictivo, ya que es indispensable que haya
tenido su origen en el trabaja y ocupación que
entrañan riesgos
La relación causa-efecto es
ambiente ocupacional y el
directa entre el
daño humano,
excluyendo toda otra alternativa.
Importante: Reconocimiento y evaluación de los
agentes etiológicos presentes en ambiente de t.
CONTINGENCIAS O SITUACIONES
CUBIERTAS
ENFERMEDAD PROFESIONAL
 Factores que inciden para contraerla:
1. Que exista un contaminante en el ambiente
2. Que contaminante sea capaz de producir un daño en la salud de
las personas o que desarrolle una acción tóxica en el organismo
humano.
3. Que ese contaminante tenga una concentración tal que esté por
sobre los límites permisibles o que exista una det. cant. en el ambiente
de trabajo.
4. Que el individuo esté expuesto un tiempo suficientemente largo
como para que el agente haga su acción sobre el organismo.
5. Susceptibilidad personal.
La sola existencia de agentes ambientales generadores de EP en el
amb. trab. No determina, necesariamente, que se produzca EP. Para
que ello suceda se deben dar condiciones anteriores.
PRESTACIONES O BENEFICIOS
1. Prestaciones Preventivas y Técnicas.
A. Instrumentos establecidos por la ley para la prevención:




Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales.
Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.
Derecho a saber (Art. 21, DS. 40).
Comités Paritarios de Higiene y Seguridad
B. Prestaciones técnicas instituidas por le ley:
Fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los
sitios de trabajo, a través de la Autoridad Sanitaria e
Inspección del Trabajo.
Capacitación de los trabajadores.


 y Comités
Asesoramiento a Departamentos de Prevención
Paritarios.
Evaluación ambiental en lugares de trabajo.

PRESTACIONES O BENEFICIOS
2. Prestaciones Médicas.
 Atención médica, quirúrgica y dental en
establecimientos externos o a domicilio.
Hospitalización.
Medicamentos y productos farmacéuticos.
Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.
Rehabilitación física y reeducación profesional.
Gastos de traslado y cualquier otro necesario para el
otorgamiento de estas.
Tratamientos ambulatorios.






PRESTACIONES O BENEFICIOS
3. Prestaciones Económicas.
TIPO DE
INCAPACIDAD
DISMINUCION DE
LA CAPACIDAD DE
GANANCIA
BENEFICIO MONTO
TEMPORAL Subsidio Diario 100% de la remuneración (dura 52
semanas y se puede prorrogar por otras
52 semanas más)
INVALIDO
PARCIAL
Igual o mayor de un
15% y menor de un
40%
Indemnización No excederá de 15 veces el sueldo base y
se paga por solo una vez
Igual o mayor a un
40% y menor a un
70%
Pensión Mensual 35%, del Sueldo Base
INVALIDO
TOTAL
Mayor de 70% Pensión Mensual 70% del sueldo base
GRAN
INVALIDO
Depende de terceros
para realizar los
actos elementales de
su vida, mayor de
90%
Pensión Mensual 100% más un suplemento de pensión igual
al 30% del sueldo base
PRESTACIONES O BENEFICIOS
3. Prestaciones Económicas.
TIPO DE
INCAPACIDAD
BENEFICIO MONTO
MUERTE Pensión de Cónyuge mayor de 45 años de edad o
supervivencia al inválido de cualquier edad, 50% de la
cónyuge, sus pensión básica. Madres de los hijos
hijos legítimos, naturales, 30% .
naturales o Hijos menores de 18 años
adoptivos, y hasta 23 años, mientras estudien,
la madre de los 20%.
hijos naturales,
ascendientes o
descendientes
que causen
asignación
familiar.
1. DENUNCIA ACCIDENTE
 * Empleador
* Accidentado- enfermo
* Derecho-habiente
* Médico tratante
* Comité Paritario
* Cualquier persona





TRAMITACION DE AT O EP
2. PLAZO PARA DENUNCIAR
 * 24 horas en el formulario DIAT
(art.74 DS 101 de 1968 del MTYPS)
3. OPORTUNIDAD DE ENTREGA DE ATENCION
 * Debe ser proporcionada de inmediato sin
ninguna formalidad.
TRAMITACION DE AT O EP
 4. RECLAMOS
* Declaración, evaluación y revisión de las
invalideces será de competencia de la
COMPIN.
* Excepto si se trata de afiliados a
Mutuales
* Recurso de apelación COMERE. Plazo 90
días
* A su vez apelables a SUSESO. Plazo 30
días
TRAMITACION DE AT O EP
5. PRESCRIPCION
 Las acciones para reclamar las prestaciones
por accidentes y enfermedades
ocupacionales prescriben en el término de 5
años contados desde la fecha del accidente o
desde el diagnóstico de la enfermedad.
En caso de neumoconiosis el plazo de
prescripción será de 15 años, contados
desde que fue diagnosticada.
La prescripción no correrá contra los
menores de 16 años.


TRAMITACION DE AT O EP
 "LEY Nº 16.744 - ARTÍCULO 88°": Los derechos
concedidos por la Ley Nº 16.744, son
personalísimos e irrenunciables.
 "LEY Nº 16.744 - ARTÍCULO 89°": En
ningún caso las disposiciones de la presente ley
podrán significar disminución de derechos ya
adquiridos en virtud de otras leyes.
CONSIDERACIONES FINALES
 Las causales del Art. 161 del C. del T. no pueden ser
invocadas respecto de los trabajadores que gocen de
licencia médica por accidentes del trabajo o enfermedad
profesional.
No corresponde poner término al CT fundado en causales
de invalidez, ya sea parcial o total, si ocurriere tendrá
derecho a una indemnización por años de servicios
incrementada en un 150%.
Los trabajadores afectados de una enfermedad
profesional, deben ser cambiados a otra faena donde no
estén expuestos al agente causante de la enfermedad.


CONSIDERACIONES FINALES
 Esta ley dispone obligaciones en Prevención
de Riesgos a todos los sectores involucrados
en el trabajo:
1. Estado
2. Organismos Administradores
3. Empresas
4. Trabajadores
CONSIDERACIONES FINALES
1. OBLIGACIONES DEL ESTADO
A) SUPERVIGILANCIA Y FISCALIZACION
- Autoridad Sanitaria
- Inspección del Trabajo
- ISP
- SERNAGEOMIN
- Dirección General de Territorio Marítimo y
Marina Mercante
- SUSESO
CONSIDERACIONES FINALES
1. OBLIGACIONES DEL ESTADO
B) PRESCRIBIR MEDIDAS DE
SEGURIDAD
HIGIENE Y
- Su incumplimiento es sancionado con multas
normadas en distintos cuerpos legales (CS; CT)
- Clausuras y paralizaciones de faenas
CONSIDERACIONES FINALES
2. OBLIGACIONES ORGANISMOS
ADMINISTRADORES
A)REALIZAR ACTIVIDADES PERMANENTES
DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.
B)PRESCRIBIR MEDIDAS DE HIGIENE Y
SEGURIDAD
C) APLICAR Y VARIAR CAD
D) OTORGAR PRESTACIONES MEDICAS,
PECUNIARIAS Y REHABILITACION
CONSIDERACIONES FINALES
3. OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS
Implantar las medidas de prevención exigidas por
Autoridad Sanitaria, Inspección del Trabajo o el
Organismo Administrador.
Implantar las medidas de prevención dispuestas
por el Dpto. P.R. o el CPHS
Establecer, comunicar y tener al día RIHS o
RIOHS
Establecer el Dpto. P.R. empresas con más de
100 trabajadores




CONSIDERACIONES FINALES
3. OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS
Constituir y “apoyar” CPHS en empresas con más
de 25 trabajadores.
Proporcionar “gratuitamente” los equipos y EPP.
Informar oportuna y convenientemente los



riesgos laborales que entraña cada actividad.
 Autorizar asistencia a exámenes de control a
trabajadores citados por el Org. Ad. o el S.S.
CONSIDERACIONES FINALES
3. OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS
 lugar de trabajo o faena a los
afectados por una enfermedad
Cambiar de
trabajadores
profesional, o que presenten niveles de
indicadores biológicos alterados, donde no
queden expuestos al agente etiológico causante.
 Efectuar exámenes de control radiológico cada
seis meses a los trabajadores expuestos a
neumoconiosis.
CONSIDERACIONES FINALES
4. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Cumplir con lo establecido en los Reglamentos
Internos respectivos.
Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por
la Autoridad Sanitaria, Inspección del Trabajo,
Organismo Administrador, Dpto. P.R. o CPHS.
Usar y cuidar los EPP
Acudir a exámenes médicos de control.
Participar activamente en actividades de control de
riesgos a través del CPHS
Obligación de denunciar los AT y EP.






CONSIDERACIONES FINALES

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  • 1.
    LEY 16.744 ESTABLECE SEGUROSOCIAL OBLIGATORIO CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
  • 2.
    CONSIDERACIONES GENERALES  Incorporapor primera vez y en forma permanente el concepto de la PREVENCION DE RIESGOS OCUPACIONALES. No se limita a imponer normas de carácter  imperativo, sino que también PROMUEVE la prevención de riesgos. Obliga, pero al mismo tiempo establece INCENTIVOS o ESTÍMULOS para que el empleador desarrolle por su propia iniciativa la prevención de riesgos. 
  • 3.
    CONSIDERACIONES GENERALES  Poneen marcha un sistema “competitivo” entre el sector estatal y el privado.  Confiere jerarquía técnica a la Prevención de Riesgos Profesionales, al disponer que sea desempeñada por especialistas debidamente calificados (Expertos en P) y una activa participación a los actores involucrados (trabajador y empleador). No extingue la culpa del empleador (administrativa, civil y penal). Art. 69 de Ley 16.744 Dispone responsabilidad “subsidiaria” del dueño de una obra, respecto de contratistas y subcontratistas.  
  • 4.
    OBJETIVOS BASICOS  PREVENIR.Los AT y EP CURAR. Otorga prestaciones médicas con la finalidad de “restituir” la capacidad de trabajo de las personas INDEMNIZAR. Otorga prestaciones económicas para reparar la pérdida de la capacidad de ganancia del trabajador siniestrado y de sus derechos habientes. REHABILITAR. Al trab. Para devolverle parcial o totalmente su capacidad de ganancia.     REEDUCAR. Al trabajador para darle posibilidades de desempeñar un nuevo oficio o profesión, considerando su capacidad residual de trabajo.
  • 5.
    SUS CARACTERISTICAS  SOLIDARIDAD.T odos los empleadores concurren con un aporte económico. UNIVERSALIDAD. Alto % de trabajadores protegidos INTEGRIDAD. Protección preventiva y curativa. UNIDAD. Ante la ley “todos” son trabajadores, sin distinciones de ningún tipo.   
  • 6.
    PERSONAS PROTEGIDAS  Trabajadorespor cuenta ajena, entendiéndose por estos aquellos regidos por el Código del Trabajo.  Funcionarios públicos de la Administración Civil del Estado, de planta o a contrata. Trabajadores de las Instituciones de Educación Superior. Funcionarios de la Municipalidades. Funcionarios del Poder Judicial. Funcionarios del Congreso Nacional.    
  • 7.
    PERSONAS PROTEGIDAS  TrabajadoresIndependientes afectos según normas especiales (por ejemplo: pirquineros, taxistas, profesionales hípicos, etc.).  Estudiantes signifiquen plantel. que ejecuten trabajos que una fuente de ingreso para el  Estudiantes de establecimientos fiscales o particulares, accidentados durante sus estudios o práctica profesional.
  • 8.
    FINANCIAMIENTO DEL SEGURO Cotización Genera Básica 0,95 % . Se calcula sobre la remuneración imponible.  Cotización Adicional Diferenciada, en función de su actividad y riesgo. DS 110(puede ir de 0,00% a 3,4%), pero si la magnitud de su siniestralidad sube, puede llegar hasta un 6,80% (DS 67). Las cantidades que les corresponde a los administradores por el ejercicio del “derecho a repetir”: a)Incumplimiento obligación de afiliación, costos de las prestaciones cargo empleador, fuera pago cotizaciones y multas. Art. 56 b) Culpa o dolo entidad empleadora. Art. 69 c)No cumplimiento Derecho a Saber. Art. 24, DS.40 Utilidades de los fondos de reserva.  
  • 9.
    FINANCIAMIENTO DEL SEGURO IMPORTANTE: Empresas con medidas de prevención que rebajen apreciablemente riesgos de accidentes o enfermedades profesionales pueden solicitar eximirse o reducir su cotización.  Las empresas que no ofrezcan condiciones recién indicadas o que no implanten medidas de higiene y seguridad, cancelarán cotización adicional con recargo al 100% Reclamo: SUSESO 
  • 10.
    ORGANISMOS ADMINISTRADORES Organismos Estatales: Instituto de Normalización Previsional (INP)  Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS) Organismos Privados  Mutualidades de Empleadores: Asociación Chilena de Seguridad de la Trabajo (A.Ch.S.), Mutual de Seguridad Cámara Chilena Construcción (.C.Ch.C.), Instituto de Seguridad del (I.S.T.)  Administradores Delegados: (ENAP, CODELCO, ENAMI, Distribuidora Chilectra Metropolitana, Cía. Minera del Pacífico, Cía. Siderúrgica Huachipato, Univ. Católica de Chile) Nota: Las AFP no actúan como organismos administradores.
  • 11.
    CONTINGENCIAS O SITUACIONES CUBIERTAS ACCIDENTESDEL TRABAJO: “Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte”.  Existencia de lesión (daño corporal)  Ser a causa o con ocasión del trabajo.  Incapacidad o muerte (incapacidad temporal o permanente)
  • 12.
    CONTINGENCIAS O SITUACIONES CUBIERTAS SONTAMBIEN ACCIDENTES DEL TRABAJO:  causa con ocasión del desempeño de Los sufridos por dirigentes sindicales a su cometido gremial Los sufridos a causa o con ocasión de estudios de capacitación ocupacional.
  • 13.
    CONTINGENCIAS O SITUACIONES CUBIERTAS ACCIDENTESDE TRAYECTO: “Trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo”:  Trayecto habitual, racional, sin interrupciones por intereses personales o independientes del trabajo.  Incluye los ocurridos entre dos entidades empleadoras.  Debe ser acreditado mediante parte ante Carabineros u otro medio igualmente fehaciente (testigos, jefe directo, propio accidentado)
  • 14.
    EXCEPCIONES O EXCLUSIONES Losaccidentes debido a fuerza mayor extraña, que no tengan relación alguna con el trabajo  Los producidos intencionalmente por la víctima  Sólo tendrán derecho a prestaciones médicas (Art. 50 inc. 1° D.S. 101Mintrab.)
  • 15.
    EXCEPCIONES O EXCLUSIONES IMPORTANTE: Laignorancia, la imprudencia, la desobediencia a órdenes del empleador no son excepciones. Se exige que el accidente sea producido “intencionalmente” por la victima, o sea que haya sido generado libre y espontáneamente por la victima. La embriaguez tampoco es una excepción y por tanto no impide el otorgamiento de la cobertura. No es intencional ni con fuerza mayor extraña. Of. 3977/78 SUSESO. La embriaguez es sancionada con “multa”, conforme art. 20 DS 40
  • 16.
    CONTINGENCIAS O SITUACIONES CUBIERTAS ENFERMEDADPROFESIONAL  “Es aquella causada de una manera directa, por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le cause incapacidad o muerte”.  Enumeración de enfermedades se revisa cada tres años  Afiliado podrá acreditar ante administrador carácter profesional de enfermedad que hubiese contraído como consecuencia directa de profesión o trabajo realizado
  • 17.
    CONTINGENCIAS O SITUACIONES CUBIERTAS ENFERMEDADPROFESIONAL  A diferencia del AT, la EP tiene un carácter restrictivo, ya que es indispensable que haya tenido su origen en el trabaja y ocupación que entrañan riesgos La relación causa-efecto es ambiente ocupacional y el directa entre el daño humano, excluyendo toda otra alternativa. Importante: Reconocimiento y evaluación de los agentes etiológicos presentes en ambiente de t.
  • 18.
    CONTINGENCIAS O SITUACIONES CUBIERTAS ENFERMEDADPROFESIONAL  Factores que inciden para contraerla: 1. Que exista un contaminante en el ambiente 2. Que contaminante sea capaz de producir un daño en la salud de las personas o que desarrolle una acción tóxica en el organismo humano. 3. Que ese contaminante tenga una concentración tal que esté por sobre los límites permisibles o que exista una det. cant. en el ambiente de trabajo. 4. Que el individuo esté expuesto un tiempo suficientemente largo como para que el agente haga su acción sobre el organismo. 5. Susceptibilidad personal. La sola existencia de agentes ambientales generadores de EP en el amb. trab. No determina, necesariamente, que se produzca EP. Para que ello suceda se deben dar condiciones anteriores.
  • 19.
    PRESTACIONES O BENEFICIOS 1.Prestaciones Preventivas y Técnicas. A. Instrumentos establecidos por la ley para la prevención:     Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales. Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Derecho a saber (Art. 21, DS. 40). Comités Paritarios de Higiene y Seguridad B. Prestaciones técnicas instituidas por le ley: Fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo, a través de la Autoridad Sanitaria e Inspección del Trabajo. Capacitación de los trabajadores.    y Comités Asesoramiento a Departamentos de Prevención Paritarios. Evaluación ambiental en lugares de trabajo. 
  • 20.
    PRESTACIONES O BENEFICIOS 2.Prestaciones Médicas.  Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio. Hospitalización. Medicamentos y productos farmacéuticos. Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. Rehabilitación física y reeducación profesional. Gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas. Tratamientos ambulatorios.      
  • 21.
    PRESTACIONES O BENEFICIOS 3.Prestaciones Económicas. TIPO DE INCAPACIDAD DISMINUCION DE LA CAPACIDAD DE GANANCIA BENEFICIO MONTO TEMPORAL Subsidio Diario 100% de la remuneración (dura 52 semanas y se puede prorrogar por otras 52 semanas más) INVALIDO PARCIAL Igual o mayor de un 15% y menor de un 40% Indemnización No excederá de 15 veces el sueldo base y se paga por solo una vez Igual o mayor a un 40% y menor a un 70% Pensión Mensual 35%, del Sueldo Base INVALIDO TOTAL Mayor de 70% Pensión Mensual 70% del sueldo base GRAN INVALIDO Depende de terceros para realizar los actos elementales de su vida, mayor de 90% Pensión Mensual 100% más un suplemento de pensión igual al 30% del sueldo base
  • 22.
    PRESTACIONES O BENEFICIOS 3.Prestaciones Económicas. TIPO DE INCAPACIDAD BENEFICIO MONTO MUERTE Pensión de Cónyuge mayor de 45 años de edad o supervivencia al inválido de cualquier edad, 50% de la cónyuge, sus pensión básica. Madres de los hijos hijos legítimos, naturales, 30% . naturales o Hijos menores de 18 años adoptivos, y hasta 23 años, mientras estudien, la madre de los 20%. hijos naturales, ascendientes o descendientes que causen asignación familiar.
  • 23.
    1. DENUNCIA ACCIDENTE * Empleador * Accidentado- enfermo * Derecho-habiente * Médico tratante * Comité Paritario * Cualquier persona      TRAMITACION DE AT O EP
  • 24.
    2. PLAZO PARADENUNCIAR  * 24 horas en el formulario DIAT (art.74 DS 101 de 1968 del MTYPS) 3. OPORTUNIDAD DE ENTREGA DE ATENCION  * Debe ser proporcionada de inmediato sin ninguna formalidad. TRAMITACION DE AT O EP
  • 25.
     4. RECLAMOS *Declaración, evaluación y revisión de las invalideces será de competencia de la COMPIN. * Excepto si se trata de afiliados a Mutuales * Recurso de apelación COMERE. Plazo 90 días * A su vez apelables a SUSESO. Plazo 30 días TRAMITACION DE AT O EP
  • 26.
    5. PRESCRIPCION  Lasacciones para reclamar las prestaciones por accidentes y enfermedades ocupacionales prescriben en el término de 5 años contados desde la fecha del accidente o desde el diagnóstico de la enfermedad. En caso de neumoconiosis el plazo de prescripción será de 15 años, contados desde que fue diagnosticada. La prescripción no correrá contra los menores de 16 años.   TRAMITACION DE AT O EP
  • 27.
     "LEY Nº16.744 - ARTÍCULO 88°": Los derechos concedidos por la Ley Nº 16.744, son personalísimos e irrenunciables.  "LEY Nº 16.744 - ARTÍCULO 89°": En ningún caso las disposiciones de la presente ley podrán significar disminución de derechos ya adquiridos en virtud de otras leyes. CONSIDERACIONES FINALES
  • 28.
     Las causalesdel Art. 161 del C. del T. no pueden ser invocadas respecto de los trabajadores que gocen de licencia médica por accidentes del trabajo o enfermedad profesional. No corresponde poner término al CT fundado en causales de invalidez, ya sea parcial o total, si ocurriere tendrá derecho a una indemnización por años de servicios incrementada en un 150%. Los trabajadores afectados de una enfermedad profesional, deben ser cambiados a otra faena donde no estén expuestos al agente causante de la enfermedad.   CONSIDERACIONES FINALES
  • 29.
     Esta leydispone obligaciones en Prevención de Riesgos a todos los sectores involucrados en el trabajo: 1. Estado 2. Organismos Administradores 3. Empresas 4. Trabajadores CONSIDERACIONES FINALES
  • 30.
    1. OBLIGACIONES DELESTADO A) SUPERVIGILANCIA Y FISCALIZACION - Autoridad Sanitaria - Inspección del Trabajo - ISP - SERNAGEOMIN - Dirección General de Territorio Marítimo y Marina Mercante - SUSESO CONSIDERACIONES FINALES
  • 31.
    1. OBLIGACIONES DELESTADO B) PRESCRIBIR MEDIDAS DE SEGURIDAD HIGIENE Y - Su incumplimiento es sancionado con multas normadas en distintos cuerpos legales (CS; CT) - Clausuras y paralizaciones de faenas CONSIDERACIONES FINALES
  • 32.
    2. OBLIGACIONES ORGANISMOS ADMINISTRADORES A)REALIZARACTIVIDADES PERMANENTES DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. B)PRESCRIBIR MEDIDAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD C) APLICAR Y VARIAR CAD D) OTORGAR PRESTACIONES MEDICAS, PECUNIARIAS Y REHABILITACION CONSIDERACIONES FINALES
  • 33.
    3. OBLIGACIONES DELAS EMPRESAS Implantar las medidas de prevención exigidas por Autoridad Sanitaria, Inspección del Trabajo o el Organismo Administrador. Implantar las medidas de prevención dispuestas por el Dpto. P.R. o el CPHS Establecer, comunicar y tener al día RIHS o RIOHS Establecer el Dpto. P.R. empresas con más de 100 trabajadores     CONSIDERACIONES FINALES
  • 34.
    3. OBLIGACIONES DELAS EMPRESAS Constituir y “apoyar” CPHS en empresas con más de 25 trabajadores. Proporcionar “gratuitamente” los equipos y EPP. Informar oportuna y convenientemente los    riesgos laborales que entraña cada actividad.  Autorizar asistencia a exámenes de control a trabajadores citados por el Org. Ad. o el S.S. CONSIDERACIONES FINALES
  • 35.
    3. OBLIGACIONES DELAS EMPRESAS  lugar de trabajo o faena a los afectados por una enfermedad Cambiar de trabajadores profesional, o que presenten niveles de indicadores biológicos alterados, donde no queden expuestos al agente etiológico causante.  Efectuar exámenes de control radiológico cada seis meses a los trabajadores expuestos a neumoconiosis. CONSIDERACIONES FINALES
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    4. OBLIGACIONES DELOS TRABAJADORES Cumplir con lo establecido en los Reglamentos Internos respectivos. Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por la Autoridad Sanitaria, Inspección del Trabajo, Organismo Administrador, Dpto. P.R. o CPHS. Usar y cuidar los EPP Acudir a exámenes médicos de control. Participar activamente en actividades de control de riesgos a través del CPHS Obligación de denunciar los AT y EP.       CONSIDERACIONES FINALES