BENEFICIOS DE LA LEY N° 16.744

Beneficio de la Ley N° 16.744
INTRODUCCIÓN
La normativa legal vigente exige a las empresas cumplir
con diversos requerimientos relacionados con la
Prevención de Riesgos Laborales. El cumplimiento de
estas obligaciones constituye un elemento fundamental
para asegurar una base mínima de condiciones de
higiene y seguridad al interior de las organizaciones.
.

Beneficio de la Ley N° 16.744
SEGUROS SOCIALES DE SALUD EN CHILE

Seguro Social
de
Salud Común

Seguro Social
de
Salud Laboral

Prestaciones preventivas
Prestaciones médicas
Prestaciones económicas
SEGURO SOCIAL DE SALUD
COMÚN
ADMINISTRADORES
Administrador
Público

Administrador
Privado

Fondo Nacional de Salud (FONASA)
Sistema Nacional de Servicios
de Salud

Instituciones de
Salud Previsional
(ISAPRES)
MODALIDADES DE ATENCIÓN
Modalidad
Institucional
6

Administrador
Público

Libre Elección

Administrador
Privado

Contrato de Salud
establece la
Modalidad de Atención
SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO CONTRA
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES: LEY Nº 16.744
(AÑO 1968)
Ley 16.744


Fue publicada en el Diario Oficial el 1º de Febrero de 1968.



declara obligatorio el seguro social contra Riesgos de Accidentes
del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en la forma y
condiciones establecidas en la presente ley.
LOS OBJETIVOS DEL SEGURO SON:



PREVENIR: los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales.



CURAR: mediante el otorgamiento de prestaciones médicas. Restituir la
capacidad de trabajo del trabajador.



INDEMNIZAR: para reparar la pérdida de los medios de subsistencia.



REHABILITAR: para devolver toda o en parte la capacidad de trabajo
del trabajador.
CONCEPTOS BÁ
SICOS

Beneficio de la Ley N° 16.744
DEFINICIONES
Es un estado completo
de bienestar físico,
Mental y social y
NO solo la ausencia
de enfermedad o invalidez

TRABAJO

SALUD

Principal fuente de ingreso
para todo Ser humano, ya
que nos permite satisfacer
Sus necesidades básicas de
Alimentación, vivienda,
educación, vestuario
Y entretención
Es la probabilidad
de ocurrencia
De un accidente

RIESGO

ACCIDENTE

Es siempre un evento
Inesperado, no deseable,
muchas veces dramático
Especialmente cuando
Causa algún tipo
de incapacidad o
Muerte.
Ver venir, anticiparse evitar un daño
Ver venir, anticiparse ooevitar un daño oo
perdida no deseada
perdida no deseada

Promover yymantener el mas alto
Promover mantener el mas alto
nivel de bienestar físico, mental yy
nivel de bienestar físico, mental
social de los trabajadores en el
social de los trabajadores en el
ejercicio de su labor
ejercicio de su labor

SALUD
SALUD
OCUPACIONAL
OCUPACIONAL
Esta ley cumple con todos los principios de la seguridad social
moderna, tales como:

•

Solidaridad: Permite distribuir los aportes de aquellos que cotizan má a favor
s,
de los que cotizan menos.

•

Universalidad: Protege a todos los trabajadores (incluso cubre tambié n a los
estudiantes, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 313).

• Integridad: Todos los recursos se destinan al trabajador, desde prevenir los
riesgos ocupacionales, hasta las prestaciones mé dicas y econó micas, en caso
de ocurrir el accidente o enfermedad profesional.
•

Igualdad: Todos los trabajadores tienen los mismos derechos y beneficios.

• Subsidiaridad: (Aseguramiento Total)

Beneficio de la Ley N° 16.744
Esta ley cumple con todos los
principios de la seguridad social
moderna, tales como:
SUBSIDIARIARIDAD

SOLIDARIDAD

PRINCIPIOS DE
LA LEY 16.744

UNIVERSALIDAD

IGUALDAD
INTEGRIDAD
PERSONAS PROTEGIDAS



Trabajadores Dependientes (Sector Privado)



Funcionarios Pú
blicos



Trabajadores Independientes (Pescadores, Artesanales, Pirquineros, etc.)



Los Estudiantes que deban ejecutar Trabajos
CONTINGENCIAS CUBIERTAS
Accidentes del Trabajo:
“Toda Lesión que una Persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que
les produzca incapacidad o muerte”.

Excepciones: Fuerza Mayor e intencionalidad.
Accidentes de Trayecto
Aquellos ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la
habitación y el lugar de trabajo.
ACCIDENTE DE TRAYECTO

Procedimiento Equivalente al de Accidentes del Trabajo
Se debe Adjuntar a los Antecedentes un medio de prueba fehaciente, que
acredite la ocurrencia del hecho (Parte Policial, Constancia de
carabineros, dos Testigos, etc...)
Enfermedades Profesionales
“Aquella producida de manera directa por el ejercicio de la
profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca
incapacidad o la muerte”.

D.S. Nº 109.
Importante


Factores que inciden para contraerla:
1. Que exista un contaminante en el ambiente

2. Que contaminante sea capaz de producir un daño en la salud de las
personas o que desarrolle una acción tóxica en el organismo humano.
3. Que ese contaminante tenga una concentración tal que esté por sobre
los límites permisibles o que exista una det. cant. en el ambiente de trabajo.
4. Que el individuo esté expuesto un tiempo suficientemente largo como
para que el agente haga su acción sobre el organismo.
5. Susceptibilidad personal.
La sola existencia de agentes ambientales generadores de EP en el amb.
trab. No determina, necesariamente, que se produzca EP. Para que ello
suceda se deben dar condiciones anteriores.
ADMINISTRACIÓN Y FINANCIAMINETO
DEL SEGURO
La administración del seguro social contra accidentes del trabajo
y enfermedades profesionales, estará a cargo de:

ADMINISTRACIÓN ESTATAL:
Sistemas de Servicios de Salud ( SEREMI).
Instituto de Seguridad laboral ( ISL ).
ADMINISTRACIÓN PRIVADA:
Asociación chilena de seguridad. ( A.CH.S ).
Instituto de Seguridad del Trabajo. ( IST ).
Mutual de Seguridad C.CH.C
ADMINISTRACIÓN DELEGADA
FINANCIAMIENTO

COTIZACION BASICA
Corresponde al 0.95 de
Las remuneraciones
imponibles

FINANCIAMIENTO
La principal fuente de
financiamiento de la ley son las
cotizaciones de Cargo del
Empleador y que detallan de la
siguiente forma:

Esta cotización puede aumentarse o
rebajarse dependiendo del incremento o
disminución de los riesgos,
Riesgo Efectivo (Decreto Nº 67).

SI: Sueldo Imponible de los Trabajadores

COTIZACION ADICIONAL
Según la actividad de la
empresa
Que oscila entre 0.00 y
el 3.40 (DS110)
Riesgo Presunto
Multas
16

Derecho a Repetir

Utilidades o Rentas de Inversiones en Fondos de Reserva

La cancelació n mensual de las dos cotizaciones, por concepto del Seguro,
se debe hacer antes de los primeros 10 días de cada mes.
Beneficio de la Ley N° 16.744
FINANCIAMIENTO DEL
SEGURO
IMPORTANTE:


Empresas
con medidas de prevención que rebajen
apreciablemente riesgos de accidentes o enfermedades
profesionales pueden solicitar eximirse o reducir su
cotización. (Art. 16)



Las empresas que no ofrezcan condiciones recién indicadas o
que no implanten medidas de higiene y seguridad,
cancelarán cotización adicional con recargo al 100% (Art. 16)



Reclamo: SUSESO
TIPOS DE PRESTACIONES


PRESTACIONES PREVENTIVAS



PRESTACIONES MEDICAS



PRESTACIONES ECONOMICAS
PRESTACIONES DEL SEGURO
Prevención de riesgos
laborales

Falla
30

Prestaciones Económicas

Accidentes del Trabajo
Enfermedades Profesionales

Subsidios
Indemnizaciones
Pensiones

Prestaciones Médicas
Atención médica y quirúrgica
Hospitalización
Medicamentos
Rehabilitación
Reeducación laboral
PRESTACIONES PREVENTIVAS
1.

Prestaciones Preventivas y Técnicas.
A. Instrumentos establecidos por la ley para la prevención:



Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales. (DS 40, Art.8)



Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. (DS 40 Art. 14)



Derecho a saber (Art. 21, DS. 40).



Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (Art. 66) (D.S 54)
ORGANISMOS INTERNOS

Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad:
Empresas con más de 25 Trabajadores

Departamento de Prevención
de Riesgo:
Empresas con más de 100 Trabajadores
B. Prestaciones técnicas instituidas por la ley:



Fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de
todos los sitios de trabajo, a través de la Autoridad
Sanitaria e Inspección del Trabajo.



Capacitación de los trabajadores.



Asesoramiento a Departamentos de Prevención y Comités
Paritarios.



Evaluación ambiental en lugares de trabajo.
OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES



Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que las empresas
adheridas deban implantar.



Aplicar alzas o rebajas de cotización adicional diferenciada. (Decreto Nº 67).
OBLIGACIONES DEL ESTADO

Supervigilar y fiscalizar la prevención, higiene y seguridad de todos los
sitios de trabajo a través de los Servicios del Sistema de Salud. (Art. Nº 65).
Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo
necesarias en las empresas o entidades a través de los Servicios de Salud
y aplicar sanciones por incumplimiento. (Art. Nº 68).
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

Cumplir con el derecho a Saber.

Elaboración de Reglamento Interno de H y S.

Implementar Medidas de Higiene y Seguridad.

Proporcionar Elementos de Protección Personal
a los Trabajadores que lo requieran.

Mantener Estadísticas de Siniestralidad al Día.
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES



Cumplir con el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.



Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por el Servicio de Salud,
Organismo Administrador, Departamento de Prevención de Riesgos o Comité
Paritario de Higiene y Seguridad



Utilizar y cuidar los Elementos de Protección Personal.



acudir a exámenes médicos de control.



Participar activamente en las actividades de prevención de riesgos a través del
Comité Paritario



Obligación de denunciar los AT y EP.
PRESTACIONES MEDICAS



Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos provistos por
el ISL, o a domicilio.



Hospitalización si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante.



Medicamentos y productos farmacéuticos.



Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.



Rehabilitación física y reeducación profesional.



Los gastos de traslado y cualquier otro que sea necesario para el
otorgamiento de estas prestaciones.
PRESTACIONES ECONOMICAS
TIPO DE
DISMINUCION DE
BENEFICIO
INCAPACIDAD LA CAPACIDAD DE
GANANCIA
TEMPORAL
Subsidio Diario

INVALIDO
PARCIAL

INVALIDO
TOTAL
GRAN
INVALIDO

Igual o mayor de un
15% y menor de un
40%
Igual o mayor a un
40% y menor a un
70%
Mayor de 70%

Indemnización

MONTO

100% de la remuneración
(dura 52
semanas y se puede prorrogar por otras
52 semanas más)
No excederá de 15 veces el sueldo base y
se paga por solo una vez

Pensión Mensual

35%, del Sueldo Base

Pensión Mensual

70% del sueldo base

Depende de terceros Pensión Mensual
para realizar los
actos elementales de
su vida, mayor de
90%

100% más un suplemento de pensión igual
al 30% del sueldo base
PRESTACIONES O BENEFICIOS
3. PRESTACIONES ECONÓMICAS.
TIPO DE
BENEFICIO
INCAPACIDAD
MUERTE
Pensión de

supervivencia al
cónyuge, sus
hijos legítimos,
naturales o
adoptivos,
la madre de los
hijos naturales,
ascendientes o
descendientes
que causen
asignación
familiar.

MONTO

Cónyuge mayor de 45 años de edad o
inválida de cualquier edad, 50% de la
pensión básica. Madres de los hijos
naturales, 30% .
Hijos menores de 18 años
y hasta 23 años, mientras estudien,
20%.
TRAMITACION DE AT O
EP
1. DENUNCIA ACCIDENTE

Empleador
 Accidentado
 Médico tratante
 Comité Paritario
 Cualquier persona
 Familiar

TRAMITACION DE AT O
EP
2. PLAZO PARA DENUNCIAR


* 24 horas en el formulario DIAT
(art.74 DS 101 de 1968 del MTYPS)

3. OPORTUNIDAD DE ENTREGA DE ATENCION


* Debe ser proporcionada de inmediato sin
ninguna formalidad.
TRAMITACION DE AT O
EP
 4.

RECLAMOS

*

Declaración, evaluación y revisión de las invalideces
será de competencia de la COMPIN.
* Excepto si se trata de afiliados a Mutuales
* Recurso de apelación COMERE. Plazo 90 días
* A su vez apelables a SUSESO. Plazo 30 días
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Fiscalizar actividades
Impartir instrucciones
Interpretar normativa
Organismos Administradores
y Administración Delegada
Realizar actividades
Permanentes de
PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES

Fiscalizar calidad y eficiencia
actividades de prevención

EMPRESA
Fiscaliza
Código del
Trabajo

Dirección del
Trabajo

Trabajador

Fiscaliza
Código Sanitario
Ley N° 16.744

SEREMIs de
SALUD
DISTRIBUCIÓN DE EMPRESAS SEGÚN ADMINISTRADOR

ACHS
MUSEG
IST

36.445
23.354
14.834
PROMEDIO DE TRABAJADORES SEGÚN ADMINISTRADOR

ACHS

1.887.958

MUSEG

1.176.713

IST

528.628

46
PARTICIPACIÓN DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES
EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES HASTA 2006

Reglamento de
Higiene y
Seguridad

Comités Paritarios
de Higiene y
Seguridad

Dpto. Prevención
de Riesgos
Profesionales

Todas las empresas.
Responsabilidad del empleador
con opinión trabajador.

Empresas con más de 25
trabajadores propios.
Participación paritaria de
empleador y trabajadores.

Empresas con más de
100 trabajadores propios.
47
PARTICIPACIÓN DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES
EN PREVENCIÓN DE RIESGOS (DESDE 2007)

SE INCORPORA

Empresas con más de
25 Trabajadores totales.

Sistema Gestión
de la SST

Empresas con más de
50 Trabajadores totales.

Reglamento
especial
de contratistas

Empresas con más de
50 Trabajadores totales.

Depto. Prevención
de R.de Faena

Empresas con más de
100 Trabajadores totales.

48

Comité Paritario
de Faena
DESAFÍOS EN PREVENCIÓN



Es responsabilidad de los empleadores.



Es responsabilidad de los trabajadores.



Es responsabilidad de la autoridad pública.



Es responsabilidad de los
administran el Seguro Laboral.

organismos

que

49

TODOS SOMOS RESPONSABLES CUANDO UN
ACCIDENTE LABORAL OCURRE.
35

BENEFICIOS DE LA LEY N° 16.744

Beneficio de la Ley N° 16.744

16.744 ceduc (clase 1)

  • 1.
    BENEFICIOS DE LALEY N° 16.744 Beneficio de la Ley N° 16.744
  • 2.
    INTRODUCCIÓN La normativa legalvigente exige a las empresas cumplir con diversos requerimientos relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales. El cumplimiento de estas obligaciones constituye un elemento fundamental para asegurar una base mínima de condiciones de higiene y seguridad al interior de las organizaciones. . Beneficio de la Ley N° 16.744
  • 3.
    SEGUROS SOCIALES DESALUD EN CHILE Seguro Social de Salud Común Seguro Social de Salud Laboral Prestaciones preventivas Prestaciones médicas Prestaciones económicas
  • 4.
    SEGURO SOCIAL DESALUD COMÚN
  • 5.
    ADMINISTRADORES Administrador Público Administrador Privado Fondo Nacional deSalud (FONASA) Sistema Nacional de Servicios de Salud Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES)
  • 6.
    MODALIDADES DE ATENCIÓN Modalidad Institucional 6 Administrador Público LibreElección Administrador Privado Contrato de Salud establece la Modalidad de Atención
  • 7.
    SEGURO SOCIAL OBLIGATORIOCONTRA ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES: LEY Nº 16.744 (AÑO 1968)
  • 8.
    Ley 16.744  Fue publicadaen el Diario Oficial el 1º de Febrero de 1968.  declara obligatorio el seguro social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en la forma y condiciones establecidas en la presente ley.
  • 9.
    LOS OBJETIVOS DELSEGURO SON:  PREVENIR: los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales.  CURAR: mediante el otorgamiento de prestaciones médicas. Restituir la capacidad de trabajo del trabajador.  INDEMNIZAR: para reparar la pérdida de los medios de subsistencia.  REHABILITAR: para devolver toda o en parte la capacidad de trabajo del trabajador.
  • 10.
  • 11.
  • 12.
    Es un estadocompleto de bienestar físico, Mental y social y NO solo la ausencia de enfermedad o invalidez TRABAJO SALUD Principal fuente de ingreso para todo Ser humano, ya que nos permite satisfacer Sus necesidades básicas de Alimentación, vivienda, educación, vestuario Y entretención
  • 13.
    Es la probabilidad deocurrencia De un accidente RIESGO ACCIDENTE Es siempre un evento Inesperado, no deseable, muchas veces dramático Especialmente cuando Causa algún tipo de incapacidad o Muerte.
  • 14.
    Ver venir, anticiparseevitar un daño Ver venir, anticiparse ooevitar un daño oo perdida no deseada perdida no deseada Promover yymantener el mas alto Promover mantener el mas alto nivel de bienestar físico, mental yy nivel de bienestar físico, mental social de los trabajadores en el social de los trabajadores en el ejercicio de su labor ejercicio de su labor SALUD SALUD OCUPACIONAL OCUPACIONAL
  • 15.
    Esta ley cumplecon todos los principios de la seguridad social moderna, tales como: • Solidaridad: Permite distribuir los aportes de aquellos que cotizan má a favor s, de los que cotizan menos. • Universalidad: Protege a todos los trabajadores (incluso cubre tambié n a los estudiantes, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 313). • Integridad: Todos los recursos se destinan al trabajador, desde prevenir los riesgos ocupacionales, hasta las prestaciones mé dicas y econó micas, en caso de ocurrir el accidente o enfermedad profesional. • Igualdad: Todos los trabajadores tienen los mismos derechos y beneficios. • Subsidiaridad: (Aseguramiento Total) Beneficio de la Ley N° 16.744
  • 16.
    Esta ley cumplecon todos los principios de la seguridad social moderna, tales como: SUBSIDIARIARIDAD SOLIDARIDAD PRINCIPIOS DE LA LEY 16.744 UNIVERSALIDAD IGUALDAD INTEGRIDAD
  • 17.
    PERSONAS PROTEGIDAS  Trabajadores Dependientes(Sector Privado)  Funcionarios Pú blicos  Trabajadores Independientes (Pescadores, Artesanales, Pirquineros, etc.)  Los Estudiantes que deban ejecutar Trabajos
  • 18.
  • 19.
    Accidentes del Trabajo: “TodaLesión que una Persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que les produzca incapacidad o muerte”. Excepciones: Fuerza Mayor e intencionalidad.
  • 20.
    Accidentes de Trayecto Aquellosocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo.
  • 21.
    ACCIDENTE DE TRAYECTO ProcedimientoEquivalente al de Accidentes del Trabajo Se debe Adjuntar a los Antecedentes un medio de prueba fehaciente, que acredite la ocurrencia del hecho (Parte Policial, Constancia de carabineros, dos Testigos, etc...)
  • 22.
    Enfermedades Profesionales “Aquella producidade manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o la muerte”. D.S. Nº 109.
  • 23.
    Importante  Factores que incidenpara contraerla: 1. Que exista un contaminante en el ambiente 2. Que contaminante sea capaz de producir un daño en la salud de las personas o que desarrolle una acción tóxica en el organismo humano. 3. Que ese contaminante tenga una concentración tal que esté por sobre los límites permisibles o que exista una det. cant. en el ambiente de trabajo. 4. Que el individuo esté expuesto un tiempo suficientemente largo como para que el agente haga su acción sobre el organismo. 5. Susceptibilidad personal. La sola existencia de agentes ambientales generadores de EP en el amb. trab. No determina, necesariamente, que se produzca EP. Para que ello suceda se deben dar condiciones anteriores.
  • 24.
  • 25.
    La administración delseguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, estará a cargo de: ADMINISTRACIÓN ESTATAL: Sistemas de Servicios de Salud ( SEREMI). Instituto de Seguridad laboral ( ISL ). ADMINISTRACIÓN PRIVADA: Asociación chilena de seguridad. ( A.CH.S ). Instituto de Seguridad del Trabajo. ( IST ). Mutual de Seguridad C.CH.C ADMINISTRACIÓN DELEGADA
  • 26.
    FINANCIAMIENTO COTIZACION BASICA Corresponde al0.95 de Las remuneraciones imponibles FINANCIAMIENTO La principal fuente de financiamiento de la ley son las cotizaciones de Cargo del Empleador y que detallan de la siguiente forma: Esta cotización puede aumentarse o rebajarse dependiendo del incremento o disminución de los riesgos, Riesgo Efectivo (Decreto Nº 67). SI: Sueldo Imponible de los Trabajadores COTIZACION ADICIONAL Según la actividad de la empresa Que oscila entre 0.00 y el 3.40 (DS110) Riesgo Presunto
  • 27.
    Multas 16 Derecho a Repetir Utilidadeso Rentas de Inversiones en Fondos de Reserva La cancelació n mensual de las dos cotizaciones, por concepto del Seguro, se debe hacer antes de los primeros 10 días de cada mes. Beneficio de la Ley N° 16.744
  • 28.
    FINANCIAMIENTO DEL SEGURO IMPORTANTE:  Empresas con medidasde prevención que rebajen apreciablemente riesgos de accidentes o enfermedades profesionales pueden solicitar eximirse o reducir su cotización. (Art. 16)  Las empresas que no ofrezcan condiciones recién indicadas o que no implanten medidas de higiene y seguridad, cancelarán cotización adicional con recargo al 100% (Art. 16)  Reclamo: SUSESO
  • 29.
    TIPOS DE PRESTACIONES  PRESTACIONESPREVENTIVAS  PRESTACIONES MEDICAS  PRESTACIONES ECONOMICAS
  • 30.
    PRESTACIONES DEL SEGURO Prevenciónde riesgos laborales Falla 30 Prestaciones Económicas Accidentes del Trabajo Enfermedades Profesionales Subsidios Indemnizaciones Pensiones Prestaciones Médicas Atención médica y quirúrgica Hospitalización Medicamentos Rehabilitación Reeducación laboral
  • 31.
    PRESTACIONES PREVENTIVAS 1. Prestaciones Preventivasy Técnicas. A. Instrumentos establecidos por la ley para la prevención:  Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales. (DS 40, Art.8)  Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. (DS 40 Art. 14)  Derecho a saber (Art. 21, DS. 40).  Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (Art. 66) (D.S 54)
  • 32.
    ORGANISMOS INTERNOS Comités Paritariosde Higiene y Seguridad: Empresas con más de 25 Trabajadores Departamento de Prevención de Riesgo: Empresas con más de 100 Trabajadores
  • 33.
    B. Prestaciones técnicasinstituidas por la ley:  Fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo, a través de la Autoridad Sanitaria e Inspección del Trabajo.  Capacitación de los trabajadores.  Asesoramiento a Departamentos de Prevención y Comités Paritarios.  Evaluación ambiental en lugares de trabajo.
  • 34.
    OBLIGACIONES DE LOSORGANISMOS ADMINISTRADORES  Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que las empresas adheridas deban implantar.  Aplicar alzas o rebajas de cotización adicional diferenciada. (Decreto Nº 67).
  • 35.
    OBLIGACIONES DEL ESTADO Supervigilary fiscalizar la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo a través de los Servicios del Sistema de Salud. (Art. Nº 65). Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo necesarias en las empresas o entidades a través de los Servicios de Salud y aplicar sanciones por incumplimiento. (Art. Nº 68).
  • 36.
    OBLIGACIONES DE LAEMPRESA Cumplir con el derecho a Saber. Elaboración de Reglamento Interno de H y S. Implementar Medidas de Higiene y Seguridad. Proporcionar Elementos de Protección Personal a los Trabajadores que lo requieran. Mantener Estadísticas de Siniestralidad al Día.
  • 37.
    OBLIGACIONES DE LOSTRABAJADORES  Cumplir con el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.  Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por el Servicio de Salud, Organismo Administrador, Departamento de Prevención de Riesgos o Comité Paritario de Higiene y Seguridad  Utilizar y cuidar los Elementos de Protección Personal.  acudir a exámenes médicos de control.  Participar activamente en las actividades de prevención de riesgos a través del Comité Paritario  Obligación de denunciar los AT y EP.
  • 38.
    PRESTACIONES MEDICAS  Atención médica,quirúrgica y dental en establecimientos provistos por el ISL, o a domicilio.  Hospitalización si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante.  Medicamentos y productos farmacéuticos.  Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.  Rehabilitación física y reeducación profesional.  Los gastos de traslado y cualquier otro que sea necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.
  • 39.
    PRESTACIONES ECONOMICAS TIPO DE DISMINUCIONDE BENEFICIO INCAPACIDAD LA CAPACIDAD DE GANANCIA TEMPORAL Subsidio Diario INVALIDO PARCIAL INVALIDO TOTAL GRAN INVALIDO Igual o mayor de un 15% y menor de un 40% Igual o mayor a un 40% y menor a un 70% Mayor de 70% Indemnización MONTO 100% de la remuneración (dura 52 semanas y se puede prorrogar por otras 52 semanas más) No excederá de 15 veces el sueldo base y se paga por solo una vez Pensión Mensual 35%, del Sueldo Base Pensión Mensual 70% del sueldo base Depende de terceros Pensión Mensual para realizar los actos elementales de su vida, mayor de 90% 100% más un suplemento de pensión igual al 30% del sueldo base
  • 40.
    PRESTACIONES O BENEFICIOS 3.PRESTACIONES ECONÓMICAS. TIPO DE BENEFICIO INCAPACIDAD MUERTE Pensión de supervivencia al cónyuge, sus hijos legítimos, naturales o adoptivos, la madre de los hijos naturales, ascendientes o descendientes que causen asignación familiar. MONTO Cónyuge mayor de 45 años de edad o inválida de cualquier edad, 50% de la pensión básica. Madres de los hijos naturales, 30% . Hijos menores de 18 años y hasta 23 años, mientras estudien, 20%.
  • 41.
    TRAMITACION DE ATO EP 1. DENUNCIA ACCIDENTE Empleador  Accidentado  Médico tratante  Comité Paritario  Cualquier persona  Familiar 
  • 42.
    TRAMITACION DE ATO EP 2. PLAZO PARA DENUNCIAR  * 24 horas en el formulario DIAT (art.74 DS 101 de 1968 del MTYPS) 3. OPORTUNIDAD DE ENTREGA DE ATENCION  * Debe ser proporcionada de inmediato sin ninguna formalidad.
  • 43.
    TRAMITACION DE ATO EP  4. RECLAMOS * Declaración, evaluación y revisión de las invalideces será de competencia de la COMPIN. * Excepto si se trata de afiliados a Mutuales * Recurso de apelación COMERE. Plazo 90 días * A su vez apelables a SUSESO. Plazo 30 días
  • 44.
    SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDADSOCIAL Fiscalizar actividades Impartir instrucciones Interpretar normativa Organismos Administradores y Administración Delegada Realizar actividades Permanentes de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Fiscalizar calidad y eficiencia actividades de prevención EMPRESA Fiscaliza Código del Trabajo Dirección del Trabajo Trabajador Fiscaliza Código Sanitario Ley N° 16.744 SEREMIs de SALUD
  • 45.
    DISTRIBUCIÓN DE EMPRESASSEGÚN ADMINISTRADOR ACHS MUSEG IST 36.445 23.354 14.834
  • 46.
    PROMEDIO DE TRABAJADORESSEGÚN ADMINISTRADOR ACHS 1.887.958 MUSEG 1.176.713 IST 528.628 46
  • 47.
    PARTICIPACIÓN DE TRABAJADORESY EMPLEADORES EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES HASTA 2006 Reglamento de Higiene y Seguridad Comités Paritarios de Higiene y Seguridad Dpto. Prevención de Riesgos Profesionales Todas las empresas. Responsabilidad del empleador con opinión trabajador. Empresas con más de 25 trabajadores propios. Participación paritaria de empleador y trabajadores. Empresas con más de 100 trabajadores propios. 47
  • 48.
    PARTICIPACIÓN DE TRABAJADORESY EMPLEADORES EN PREVENCIÓN DE RIESGOS (DESDE 2007) SE INCORPORA Empresas con más de 25 Trabajadores totales. Sistema Gestión de la SST Empresas con más de 50 Trabajadores totales. Reglamento especial de contratistas Empresas con más de 50 Trabajadores totales. Depto. Prevención de R.de Faena Empresas con más de 100 Trabajadores totales. 48 Comité Paritario de Faena
  • 49.
    DESAFÍOS EN PREVENCIÓN  Esresponsabilidad de los empleadores.  Es responsabilidad de los trabajadores.  Es responsabilidad de la autoridad pública.  Es responsabilidad de los administran el Seguro Laboral. organismos que 49 TODOS SOMOS RESPONSABLES CUANDO UN ACCIDENTE LABORAL OCURRE.
  • 50.
    35 BENEFICIOS DE LALEY N° 16.744 Beneficio de la Ley N° 16.744

Notas del editor

  • #5 El Fondo Nacional de Salud, FONASA, es el organismo público encargado de otorgar cobertura de atención, tanto a las personas que cotizan el 7% de sus ingresos mensuales para la salud en FONASA, como a aquellas que, por carecer de recursos propios, financia el Estado a través de un aporte fiscal directo. Isapres:  Son entidades cuyo objetivo es entregar exclusivamente prestaciones de salud, ya sea directamente o por el financiamiento de las mismas y de las actividades que sean complementarias a ese fin, con cargo al aporte de la cotización legal de salud o una superior convenida. Pueden ser abiertas o cerradas, es decir, cuando aceptan todo tipo de afiliados o bien solamente los trabajadores de una empresa o grupo de ella.
  • #6 Fonasa cuenta con dos modalidades de atención: Atención Institucional: La otorgan centros de atención de salud públicos como consultorios, hospitales, centros de referencia de salud. Etc. La modalidad libre elección: Acceso a profesionales y establecimientos de salud que tengan convenio con Fonasa. También los hospitales públicos atienden bajo este sistema cuando el beneficiario elige a su médico tratante. Isapres: Son entidades cuyo objetivo es entregar exclusivamente prestaciones de salud, ya sea directamente o por el financiamiento de las mismas y de las actividades que sean complementarias a ese fin, con cargo al aporte de la cotización legal de salud o una superior convenida. Pueden ser abiertas o cerradas, es decir, cuando aceptan todo tipo de afiliados o bien solamente los trabajadores de una empresa o grupo de ella. El sistema de salud privada cuenta con diversos planes de salud, lo que en ocasiones hace especialmente difícil la elección de un plan adecuado.