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Delegados de Prevención

                          LEGISLACIÓN EN SALUD Y SEGURIDAD LABORAL
¿QUIENES SON?

Los delegados o delegadas de
prevención son los representantes
de los trabajadores, elegidos por y
entre      estos,     por     medios
democráticos, con atribuciones
específicas en materia de Seguridad
y Salud en el Trabajo y quienes serán
sus representantes en el CSySL



                   Artículo 41 de la LOPCyMAT
FUNDAMENTO LEGAL

“El gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela y de las
entidades políticas que la
componen es y será siempre
democrático, participativo,
electivo, descentralizado,
alternativo, responsable, pluralista
y de mandatos revocables”



                       Artículo 6 de la CRBV
FUNDAMENTO LEGAL
EL EMPLEADOR

Garantizar condiciones de Seguridad
y Salud a los trabajadores y
trabajadoras
EL ESTADO

Adoptar medidas para la promoción
y control de las Condiciones de
Seguridad y Salud en el Trabajo


                    Artículo 87 de la CRBV
FUNDAMENTO LEGAL
 ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL
 DEL TRABAJO
 Convenio 155. Recomendación 164


 Derecho de consulta y cooperación
 de los trabajadores en la prevención
 y control de los riesgos laborales que
 puedan afectar su salud y seguridad
 a través de la figura de “DELEGADOS
 DE SEGURIDAD DE LOS
 TRABAJADORES”
FUNDAMENTO LEGAL

COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES
Decisión 584 y su Reglamento


 Participación de los trabajadores y
 trabajadoras en la prevención de
 los riesgos laborales mediante la
 elección de “DELEGADOS DE
 SEGURIDAD Y SALUD EN EL
 TRABAJO”
FUNDAMENTO LEGAL
LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONES
Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT)


Los trabajadores tiene derecho a
participar en la vigilancia,
mejoramiento y control de las
condiciones y medio ambiente de
trabajo y el la prevención de
enfermedades y accidentes
profesionales
    Artículo 5 y 54 numeral 10 de la LOPCyMAT G.O. 38.236 26/07/05
FUNDAMENTO LEGAL
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES
Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT)


 Elección de delegados o delegadas
 de prevención en todo centro de
 trabajo, establecimiento o unidad de
 explotación de las diferentes
 empresas o instituciones públicas


                  Artículo 41 de la LOPCyMAT
ATRIBUCIONES

 Constituir,
 conjuntamente con
 los representantes del
 empleador el CSSL




                  Artículo 42 de la LOPCyMAT
ATRIBUCIONES

•Recibir denuncias de:
  –Las Condiciones y Medio
    Ambiente de Trabajo y;
  –De los programas e
    instalaciones para la
    recreación, utilización del
    tiempo libre y descanso
•Tramitar estas denuncias ante
el CSSL

                    Artículo 42 de la LOPCyMAT
ATRIBUCIONES
•Promover y fomentar la
cooperación de los
trabajadores en la
ejecución de la normativa
sobre Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo
•Llevar a cabo acciones de defensa, promoción, control
y vigilancia de la SyST
•Coordinar con las organizaciones sindicales estas
acciones

                  Artículo 42 de la LOPCyMAT
ATRIBUCIONES
 Participar
 activamente con el
 empleador en la
 mejora de la acción
 preventiva y la
 promoción de la SST




                 Artículo 42 de la LOPCyMAT
FACULTADES DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCIÓN
•Acompañar a técnicos y asesores de la empresa y a los
funcionarios de la inspección del trabajo, en las evaluaciones del
medio ambiente de trabajo y en la verificación del cumplimiento
de la normativa legal, pudiendo formular las observaciones que
estime oportunas. (Infracción Grave)
•Tener acceso a la documentación e información relativa a las
condiciones de trabajo. (Infracción Leve)
•Solicitar información al empleador de las consecuencias de los
accidentes o enfermedades, pudiendo acceder en el lugar de los
hechos para conocer las circunstancias de los mismos.
(Infracción Leve)


           Artículos 42, 118 numeral 1 y 119 numeral 15 de la LOPCyMAT
FACULTADES DE LOS DELEGADOS (AS)
DE PREVENCIÓN
 •Solicitar los informes emanados por servicios de
 seguridad y salud en el trabajo así como de los
 organismos competentes. (Infracción Leve)
 •Acceder a los lugares de trabajo y áreas destinadas
 a la recreación y descanso para ejercer las labores
 de vigilancia y control.
 •Solicitar del empleador, la adopción de medidas de
 carácter preventivo y para mejorar los niveles de
 protección de la seguridad y salud, pudiendo a tales
 efectos realizar propuestas al CSySL. La no adopción
 de estas medidas por parte del empleador deberá
 ser motivada. (Infracción Leve)
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS
DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
INAMOVILIDAD:
Una vez electos el o los delegados (as)
de prevención y hasta tres (3) meses
después de vencidos los dos años que
debe durar en sus funciones, quedan
investido de la inamovilidad
Efectos:
• No podrán ser despedidos trasladados y
desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa
causa previamente calificada por el Inspector del
Trabajo .
•La violación de esta inamovilidad laboral, acarreará
sanciones para el empleador con multas de 76 a 100
U.T.

                  Artículo 44 y 120 numeral 18 de la LOPCyMAT
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS
DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
LICENCIA REMUNERADA:

Se les debe otorgar licencia
remunerada para el ejercicio de sus
funciones, así como para la
formación en materia de salud y
seguridad en el trabajo.
Efectos del incumplimiento:
• Sanciones de 26 a 75 U.T.



               Artículo 44 y 119 numeral 4 de la LOPCyMAT
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS
DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
FACILIDADES:

Facilidades para el
desempeño de sus
actividades cuando
actúa en el desempeño
de sus funciones


               Artículo 44 de la LOPCyMAT
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS
DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
FORMACIÓN:
Tiene derecho a recibir,
preferiblemente dentro de su
jornada, formación teórico y
práctica, suficiente, adecuada
y en forma periódica en
materia de seguridad y salud
en el trabajo y en el área de
promoción de programas para
la recreación, utilización de
tiempo libre, descanso y
turismo social.
                      Artículo 44 de la LOPCyMAT
INFORMES DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 El delegado o delegada de
prevención deberá presentar
informe sobre las actividades
desarrolladas ante el CSSL, y ante
el INPSASEL, de acuerdo con lo
establecido con el Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo




                 Artículo 44 de la LOPCyMAT
PERIODO DE DELEGADOS DE
PREVENCIÓN

REELECCIÓN


 Los delegados o
 delegadas de
 prevención, duraran
 dos años en sus
 funciones pudiendo ser
 reelectos por periodos
 iguales

              Artículo 44 de la LOPCyMAT
REVOCATORIA DE LOS DELEGADOS (AS)
DE PREVENCION
FACULTAD DE LOS TRABAJADORES DE REVOCAR A
LOS DELEGADOS EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:

•Por inasistencias injustificadas a
las reuniones del Comité de
Seguridad y Salud Laboral.
•Omisión de la presentación de los
informes al Comité de Seguridad y
Salud Laboral.
•Incumplimiento de las
convocatorias y requerimientos
expresos del Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad
Laborales.
                        Artículos 45 de la LOPCyMAT
ROL DE EMPLEADORES, TRABAJADORES Y ESTADO EN
LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN
EL EMPLEADOR
•Debe permitir que se elijan delegados o delegadas de prevención so pena
que se le imponga sanción por trabajador expuesto (Falta grave: 26 a 75 U.T.)


EL TRABAJADORES
•Deben participar activamente como candidato o como elector


INPSASEL O US

•Facultados para convocar a los trabajadores a realizar las actuaciones
necesarias para elegir a sus delegados o delegadas de prevención
•Facultados para supervisar el desarrollo del proceso eleccionario

Artículos 119 numeral 13; 54 numeral 10; 49 numeral 3 y 44 2°, LOPCyMAT
DONDE DEBEN ELEGIRSE DELEGADOS DE
PREVENCIÓN
CENTRO DE TRABAJO, ESTABLECIMIENTO O UNIDAD DE EXPLOTACIÓN

“En todo centro de trabajo, establecimiento, o unidad de explotación de las
diferentes empresas o de instituciones publicas o privadas” (Artículo 41 de la
LOPCyMAT)

EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL, INTERMEDIARIOS Y CONTRATISTAS

“Los trabajadores y trabajadoras contratados por empresas de trabajo
temporal, mediante intermediarios y los de contratistas tienen derecho a
designar delegados o delegadas de prevención ” (Artículo 50 de la LOPCyMAT)

COOPERATIVAS

“Quienes desempeñan labores en cooperativas u otras formas asociativas,
comunitarias, de carácter productivo o de servicio estarán amparados por
las disposiciones de esta Ley ” (Artículo 4, 2º párrafo de la LOPCyMAT)
DONDE DEBEN ELEGIRSE DELEGADOS DE
PREVENCION
                                        CENTROS DE TRABAJO
Abarca todos los sitios donde los trabajadores deben permanecer o donde tienen que acudir por razón de su
trabajo, y que se hallan bajo el control directo o indirecto del empleador (Convenio 155 de la OIT sobre
seguridad y salud de los trabajadores)
           EMPRESA                           INSTITUCIÓN                   UNIDAD DE EXPLOTACION
Unidad de producción de bienes o    Organismo que desempeña una          Toda combinación de factores de
de servicios constituida para       función de interés público,          la producción sin personería
realizar una actividad económica    especialmente benéfico o docente     jurídica propia ni organización
con fines de lucro (Artículo 16     (RAE)                                permanente, que busca satisfacer
LOT)                                                                     necesidades y cuyas operaciones
                                                                         se refieren a un mismo centro de
                                                                         actividad económica (Artículo 16
                        ESTABLECIMIENTO                                  LOT)

La reunión de medios materiales y de un personal permanente que
trabaja, en general, en un mismo lugar, en una misma tarea, y que está
sometido a una dirección común, tenga o no fines de lucro (Artículo 16
LOT)
NÚMERO DE DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN
ASPECTOS A CONSIDERAR:
                                                  NUMERO DE            NÚMERO DE DELEGADOS O
                                                 TRABAJADORES         DELEGADAS DE PREVENCIÓN

•Número               de
                                           1 a 10                              1
trabajadores            y                 11 a 50                              2
trabajadoras,                             51 a 250                             3

•La organización del                     251 a 750                             4
                                        751 a 1250                             5
trabajo,
                                       1251 a 1750                             6
•Los turnos de trabajo,                1751 a 2250                             7

•Aéreas, departamentos                 2251 a 2750                             8
                                       2751 a 3250                             9
o ubicación de los                     3251 a 3750                            10
espacios físicos;                Y así sucesivamente se adiciona un delegado o delegada de
                                       prevención por cada 500 trabajadores o fracción
•Peligrosidad de los
procesos de trabajo.
                     Artículo 41 de la LOPCyMAT
TRABAJADORES A CONTABILIZAR PARA LA
DETERMINACIÓN DEL Nº DE DELEGADOS (AS)
EXCEPCIONES:
•Directores, administradores, jefes de relaciones industriales,
jefes de personal, capitanes de buques o aeronaves,
liquidadores o depositarios y demás personas que ejerzan
funciones de dirección o administración, por ser representantes
del empleador.
•Empleados de dirección y trabajadores de confianza que
participan en la administración (quien ordena, dispone o
organiza) del negocio o en la supervisión de otros, con
excepción de aquellos cuya labor implica el conocimiento
personal de secretos industriales.
•La calificación de los cargos antes referidos debe hacerse
observando el principio de supremacía de la realidad sobre las
formas o apariencias.
                   Artículo 42, 45, 47, 50, 51, de la LOT
INICIATIVA PARA LA ELECCIÓN DE LOS
DELEGADOS (AS)
LOS TRABAJADORES

•Están facultados para que por si mismo o a través de sus
organizaciones, notifiquen al Inspector del Trabajo, la voluntad
de elegir a los delegados o delegadas de prevención (Artículo
44 de la LOPCyMAT).

INPSASEL O UNIDAD DE SUPERVISIÓN (US)
•Facultados para convocar a los trabajadores a realizar las
actuaciones necesarias para elegir a sus delegados o delegadas
de prevención

    Artículo 49 numeral 3 y 44 2º párrafo de la LOPCyMAT
NOTIFICACION AL INSPECTOR DEL
TRABAJO. EFECTOS
¿Quién la realiza?
•Los trabajadores o sus organizaciones
•El funcionario de inspección del IPSASEL o US pueden servir como gestores de dicha
notificación.
¿Cuántos trabajadores la realizan?
•Dos o mas trabajadores, con excepción de los centros de trabajo que tengan un solo
trabajador
Efectos
•A partir de la notificación y durante 30 días el conjunto de trabajadores y trabajadoras
quedan amparados por inamovilidad establecida en el artículo 449 de la Ley Orgánica del
Trabajo.
•Los trabajadores amparados no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus
condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo.
•Despido, traslado o desmejora con ocasión del goce de este derecho, tipificado como
infracción muy grave ( 2.234.400 Bs. a 2.940.000 Bs. por cada trabajador expuesto.
•Inspector del Trabajo queda obligado a notificar al inspector del trabajo


           Artículo, 49 numeral 3 y 44 2º párrafo y 120 numeral 17 de la LOPCyMAT
NOTIFICACION AL INSPECTOR DEL
TRABAJO. EFECTOS
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
Sufragio
Se ejerce
mediante
votaciones, libres,
universales,
directas y
secretas.


              Artículos 63 de la CRBV
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 1     SUPERVISIÓN DEL PROCESO ELECTORAL

 •El artículo 44 de la LOPCyMAT,
 establece que el proceso eleccionario
 deberá ser supervisado.
 •Correspondería esta supervisión a
 los órganos gestores y de supervisión
 e     inspección     del    Régimen
 Prestacional de Seguridad y Salud en
 el Trabajo (INPSASEL y Unidades de
 Supervisión)


               Artículo 44 y 12 numeral 2, de la LOPCyMAT
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION

 2   PUBLICIDAD

 Garantizar la
 publicidad a los
 fines de propiciar la
 participación
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION

 3     CONVOCATORIA


 •La     realizan    los
 trabajadores.
 •INPSASEL      ó    US
 convocan       a    los
 trabajadores a realizar
 las        actuaciones
 necesarias para elegir
 a sus representantes
 en el CSySL
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 4   BOLETAS DE VOTACIÓN


 •Principio            de
 personalización del voto
 •Como mínimo colocar
 nombre (s) y Apellido (s)
 del o los candidatos.
 •Selección de tantos
 candidatos como cargos
 a elegir
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION

 5   POSTULACIÓN


 •Por iniciativa propia
 •Verbal,                 JUAN ALVAREZ
 manifestando la
 colocación del
 candidato en la
 boleta de votación
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION

  5   POSTULACIÓN

 •En forma escrita
 llenando       el
 formulario
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 6    COMISIÓN ELECTORAL


 •Trabajadores
 podrán nombrar
 una        comisión
 electoral.
 •INPSASEL ó US
 supervisarán
 desarrollo      del
 proceso
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 7    MESAS DE VOTACIÓN

 •Instalar   mesas        de
 votación tomando         en
 consideración
  – Número de trabajadores
  – Turnos de trabajo
  – La      organización  del
    trabajo
  – Áreas, departamentos o
    ubicación de los espacios
    físicos
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
8      APERTURA DE MESAS

    •Las personas designadas por
    los    trabajadores    deberán
    aperturar las mesas de votación
    a la hora fijada para tales
    efectos, dejando constancia de:
     –Fecha y hora de apertura de
      cada mesa de votación
     –Nombres, apellidos y cédula de
      identidad de los trabajadores
      presentes al momento de la
      apertura de la mesa
     –Cualquier otro dato que se
      considere relevante para el
      proceso
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
   9    CUADERNO DE VOTACIÓN

• Elaborar    cuadernos      de
votación que contenga como
mínimo        la      siguiente
información:
  –Nombre y apellidos de los
   trabajadores que tienen
   derecho a sufragar
  –Cédula de identidad
  –Firma de los trabajadores
  –Huella dactilar
  –Espacio reservado para la
   colocación de la palabra
   “VOTO” o “NO ASISTIÓ”
   según corresponda.
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 10       ACTO DE VOTACIÓN

• Seguir el siguiente procedimiento:
  1) Los electores, deberán identificarse en la mesa de
   votación respectiva;
  2) Serán verificados en los cuadernos de votación
   elaborados al efecto;
  3)Se les suministrará la boleta de votación y explicará
   brevemente cómo marcar la opción de su preferencia;
  4)Se trasladarán al lugar destinado a tal fin y votarán de
   manera directa y secreta;
  5)Seleccionará el o los candidatos de su preferencia
   usando la boleta destinada para ello;
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 11      ACTO DE VOTACIÓN

 5)Cuando se elijan más de un delegado, por tratarse de una votación
   plurinominal, el trabajador tendrá derecho a seleccionar tantos candidatos
   como delegados de prevención se vayan a elegir, por ejemplo, si se van a
   elegir tres delegados, el trabajador tiene derecho a seleccionar hasta tres
   candidatos pudiendo elegir solo uno o dos de ellos pero no mas de tres;
 6)Depositarán su voto en la caja cerrada; y
 7)Firmarán el cuaderno de votación como constancia de haber ejercido el
   derecho al voto y se colocará la palabra “VOTO”, en la casilla
   correspondiente.
 8)Una vez concluido el acto de votación se procederá a colocar la palabra
   “NO ASISTIÓ” en las casillas del cuaderno de votación correspondientes a
   los electores que no hayan concurrido a ejercer su derecho al voto.
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
  12       ESCRUTINIO DE VOTOS

• Será público y se realizará en presencia de los trabajadores,
los candidatos y del funcionario o funcionaria que supervise la
realización de las elecciones, dejándose constancia en acta
suscrita de:
 –Lugar, fecha y hora de inicio de la fase de escrutinio de votos;
 –Identificación de las personas que realizan el escrutinio de votos (Nombre,
 apellido, cédula de identidad y el carácter con que actúan);
 –Número de votos validos para cada uno de los candidatos;
 –Número de votos nulos;
 –Indicación de los trabajadores electos como delegados o delegadas de
 prevención (Nombre, apellido y cédula de identidad).
 –Cualquier otro dato que se considere relevante.
 –Original de esta acta y el cuaderno de votación, acompañará el registro de
 delegados, correspondiéndole al trabajador las copias de estos documentos
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 12       ESCRUTINIO DE VOTOS

• Criterios para la consideración de votos nulos:
 – Cuando elector marque fuera del óvalo o
 marque de tal manera que sea imposible
 determinar la intención de voto del elector;
 – No aparezca marcado ningún óvalo en la
 boleta electoral;
 –Cuando aparezca marcado en la boleta
 electoral, un número de óvalos superior al
 número de cargos a elegir;
 –La boleta electoral se encuentre mutilada o
 destruida con pérdida de sus datos esenciales
 impidiendo la determinación de la intención de
 voto del elector.
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 12   ESCRUTINIO DE VOTOS
ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
 13   DETERMINACIÓN DEL TRABAJADOR ELECTO


• Resultarán electos aquel o
aquellos trabajadores que
obtengan la mayoría de
votos durante el proceso.
•En caso de empate repetir
elecciones donde participen
los candidatos afectados por
el empate.
REGISTRO DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION

El INPSASEL cumpliendo
con sus competencias,
crea el registro de
delegados o delegadas de
prevención el cual será
realizado en las unidades
técnico administrativas
(DIRESAT).

         Artículos 44, 46 y 18 numeral 18, de la LOPCyMAT
SIMULACRO

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Delegados de prevención

  • 1. Delegados de Prevención LEGISLACIÓN EN SALUD Y SEGURIDAD LABORAL
  • 2. ¿QUIENES SON? Los delegados o delegadas de prevención son los representantes de los trabajadores, elegidos por y entre estos, por medios democráticos, con atribuciones específicas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo y quienes serán sus representantes en el CSySL Artículo 41 de la LOPCyMAT
  • 3. FUNDAMENTO LEGAL “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables” Artículo 6 de la CRBV
  • 4. FUNDAMENTO LEGAL EL EMPLEADOR Garantizar condiciones de Seguridad y Salud a los trabajadores y trabajadoras EL ESTADO Adoptar medidas para la promoción y control de las Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo Artículo 87 de la CRBV
  • 5. FUNDAMENTO LEGAL ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO Convenio 155. Recomendación 164 Derecho de consulta y cooperación de los trabajadores en la prevención y control de los riesgos laborales que puedan afectar su salud y seguridad a través de la figura de “DELEGADOS DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES”
  • 6. FUNDAMENTO LEGAL COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES Decisión 584 y su Reglamento Participación de los trabajadores y trabajadoras en la prevención de los riesgos laborales mediante la elección de “DELEGADOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO”
  • 7. FUNDAMENTO LEGAL LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT) Los trabajadores tiene derecho a participar en la vigilancia, mejoramiento y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo y el la prevención de enfermedades y accidentes profesionales Artículo 5 y 54 numeral 10 de la LOPCyMAT G.O. 38.236 26/07/05
  • 8. FUNDAMENTO LEGAL LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT) Elección de delegados o delegadas de prevención en todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o instituciones públicas Artículo 41 de la LOPCyMAT
  • 9. ATRIBUCIONES Constituir, conjuntamente con los representantes del empleador el CSSL Artículo 42 de la LOPCyMAT
  • 10. ATRIBUCIONES •Recibir denuncias de: –Las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y; –De los programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso •Tramitar estas denuncias ante el CSSL Artículo 42 de la LOPCyMAT
  • 11. ATRIBUCIONES •Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo •Llevar a cabo acciones de defensa, promoción, control y vigilancia de la SyST •Coordinar con las organizaciones sindicales estas acciones Artículo 42 de la LOPCyMAT
  • 12. ATRIBUCIONES Participar activamente con el empleador en la mejora de la acción preventiva y la promoción de la SST Artículo 42 de la LOPCyMAT
  • 13. FACULTADES DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN •Acompañar a técnicos y asesores de la empresa y a los funcionarios de la inspección del trabajo, en las evaluaciones del medio ambiente de trabajo y en la verificación del cumplimiento de la normativa legal, pudiendo formular las observaciones que estime oportunas. (Infracción Grave) •Tener acceso a la documentación e información relativa a las condiciones de trabajo. (Infracción Leve) •Solicitar información al empleador de las consecuencias de los accidentes o enfermedades, pudiendo acceder en el lugar de los hechos para conocer las circunstancias de los mismos. (Infracción Leve) Artículos 42, 118 numeral 1 y 119 numeral 15 de la LOPCyMAT
  • 14. FACULTADES DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN •Solicitar los informes emanados por servicios de seguridad y salud en el trabajo así como de los organismos competentes. (Infracción Leve) •Acceder a los lugares de trabajo y áreas destinadas a la recreación y descanso para ejercer las labores de vigilancia y control. •Solicitar del empleador, la adopción de medidas de carácter preventivo y para mejorar los niveles de protección de la seguridad y salud, pudiendo a tales efectos realizar propuestas al CSySL. La no adopción de estas medidas por parte del empleador deberá ser motivada. (Infracción Leve)
  • 15. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION INAMOVILIDAD: Una vez electos el o los delegados (as) de prevención y hasta tres (3) meses después de vencidos los dos años que debe durar en sus funciones, quedan investido de la inamovilidad Efectos: • No podrán ser despedidos trasladados y desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo . •La violación de esta inamovilidad laboral, acarreará sanciones para el empleador con multas de 76 a 100 U.T. Artículo 44 y 120 numeral 18 de la LOPCyMAT
  • 16. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION LICENCIA REMUNERADA: Se les debe otorgar licencia remunerada para el ejercicio de sus funciones, así como para la formación en materia de salud y seguridad en el trabajo. Efectos del incumplimiento: • Sanciones de 26 a 75 U.T. Artículo 44 y 119 numeral 4 de la LOPCyMAT
  • 17. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION FACILIDADES: Facilidades para el desempeño de sus actividades cuando actúa en el desempeño de sus funciones Artículo 44 de la LOPCyMAT
  • 18. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION FORMACIÓN: Tiene derecho a recibir, preferiblemente dentro de su jornada, formación teórico y práctica, suficiente, adecuada y en forma periódica en materia de seguridad y salud en el trabajo y en el área de promoción de programas para la recreación, utilización de tiempo libre, descanso y turismo social. Artículo 44 de la LOPCyMAT
  • 19. INFORMES DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION El delegado o delegada de prevención deberá presentar informe sobre las actividades desarrolladas ante el CSSL, y ante el INPSASEL, de acuerdo con lo establecido con el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo Artículo 44 de la LOPCyMAT
  • 20. PERIODO DE DELEGADOS DE PREVENCIÓN REELECCIÓN Los delegados o delegadas de prevención, duraran dos años en sus funciones pudiendo ser reelectos por periodos iguales Artículo 44 de la LOPCyMAT
  • 21. REVOCATORIA DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION FACULTAD DE LOS TRABAJADORES DE REVOCAR A LOS DELEGADOS EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: •Por inasistencias injustificadas a las reuniones del Comité de Seguridad y Salud Laboral. •Omisión de la presentación de los informes al Comité de Seguridad y Salud Laboral. •Incumplimiento de las convocatorias y requerimientos expresos del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. Artículos 45 de la LOPCyMAT
  • 22. ROL DE EMPLEADORES, TRABAJADORES Y ESTADO EN LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN EL EMPLEADOR •Debe permitir que se elijan delegados o delegadas de prevención so pena que se le imponga sanción por trabajador expuesto (Falta grave: 26 a 75 U.T.) EL TRABAJADORES •Deben participar activamente como candidato o como elector INPSASEL O US •Facultados para convocar a los trabajadores a realizar las actuaciones necesarias para elegir a sus delegados o delegadas de prevención •Facultados para supervisar el desarrollo del proceso eleccionario Artículos 119 numeral 13; 54 numeral 10; 49 numeral 3 y 44 2°, LOPCyMAT
  • 23. DONDE DEBEN ELEGIRSE DELEGADOS DE PREVENCIÓN CENTRO DE TRABAJO, ESTABLECIMIENTO O UNIDAD DE EXPLOTACIÓN “En todo centro de trabajo, establecimiento, o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones publicas o privadas” (Artículo 41 de la LOPCyMAT) EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL, INTERMEDIARIOS Y CONTRATISTAS “Los trabajadores y trabajadoras contratados por empresas de trabajo temporal, mediante intermediarios y los de contratistas tienen derecho a designar delegados o delegadas de prevención ” (Artículo 50 de la LOPCyMAT) COOPERATIVAS “Quienes desempeñan labores en cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias, de carácter productivo o de servicio estarán amparados por las disposiciones de esta Ley ” (Artículo 4, 2º párrafo de la LOPCyMAT)
  • 24. DONDE DEBEN ELEGIRSE DELEGADOS DE PREVENCION CENTROS DE TRABAJO Abarca todos los sitios donde los trabajadores deben permanecer o donde tienen que acudir por razón de su trabajo, y que se hallan bajo el control directo o indirecto del empleador (Convenio 155 de la OIT sobre seguridad y salud de los trabajadores) EMPRESA INSTITUCIÓN UNIDAD DE EXPLOTACION Unidad de producción de bienes o Organismo que desempeña una Toda combinación de factores de de servicios constituida para función de interés público, la producción sin personería realizar una actividad económica especialmente benéfico o docente jurídica propia ni organización con fines de lucro (Artículo 16 (RAE) permanente, que busca satisfacer LOT) necesidades y cuyas operaciones se refieren a un mismo centro de actividad económica (Artículo 16 ESTABLECIMIENTO LOT) La reunión de medios materiales y de un personal permanente que trabaja, en general, en un mismo lugar, en una misma tarea, y que está sometido a una dirección común, tenga o no fines de lucro (Artículo 16 LOT)
  • 25. NÚMERO DE DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN ASPECTOS A CONSIDERAR: NUMERO DE NÚMERO DE DELEGADOS O TRABAJADORES DELEGADAS DE PREVENCIÓN •Número de 1 a 10 1 trabajadores y 11 a 50 2 trabajadoras, 51 a 250 3 •La organización del 251 a 750 4 751 a 1250 5 trabajo, 1251 a 1750 6 •Los turnos de trabajo, 1751 a 2250 7 •Aéreas, departamentos 2251 a 2750 8 2751 a 3250 9 o ubicación de los 3251 a 3750 10 espacios físicos; Y así sucesivamente se adiciona un delegado o delegada de prevención por cada 500 trabajadores o fracción •Peligrosidad de los procesos de trabajo. Artículo 41 de la LOPCyMAT
  • 26. TRABAJADORES A CONTABILIZAR PARA LA DETERMINACIÓN DEL Nº DE DELEGADOS (AS) EXCEPCIONES: •Directores, administradores, jefes de relaciones industriales, jefes de personal, capitanes de buques o aeronaves, liquidadores o depositarios y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración, por ser representantes del empleador. •Empleados de dirección y trabajadores de confianza que participan en la administración (quien ordena, dispone o organiza) del negocio o en la supervisión de otros, con excepción de aquellos cuya labor implica el conocimiento personal de secretos industriales. •La calificación de los cargos antes referidos debe hacerse observando el principio de supremacía de la realidad sobre las formas o apariencias. Artículo 42, 45, 47, 50, 51, de la LOT
  • 27. INICIATIVA PARA LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS (AS) LOS TRABAJADORES •Están facultados para que por si mismo o a través de sus organizaciones, notifiquen al Inspector del Trabajo, la voluntad de elegir a los delegados o delegadas de prevención (Artículo 44 de la LOPCyMAT). INPSASEL O UNIDAD DE SUPERVISIÓN (US) •Facultados para convocar a los trabajadores a realizar las actuaciones necesarias para elegir a sus delegados o delegadas de prevención Artículo 49 numeral 3 y 44 2º párrafo de la LOPCyMAT
  • 28. NOTIFICACION AL INSPECTOR DEL TRABAJO. EFECTOS ¿Quién la realiza? •Los trabajadores o sus organizaciones •El funcionario de inspección del IPSASEL o US pueden servir como gestores de dicha notificación. ¿Cuántos trabajadores la realizan? •Dos o mas trabajadores, con excepción de los centros de trabajo que tengan un solo trabajador Efectos •A partir de la notificación y durante 30 días el conjunto de trabajadores y trabajadoras quedan amparados por inamovilidad establecida en el artículo 449 de la Ley Orgánica del Trabajo. •Los trabajadores amparados no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo. •Despido, traslado o desmejora con ocasión del goce de este derecho, tipificado como infracción muy grave ( 2.234.400 Bs. a 2.940.000 Bs. por cada trabajador expuesto. •Inspector del Trabajo queda obligado a notificar al inspector del trabajo Artículo, 49 numeral 3 y 44 2º párrafo y 120 numeral 17 de la LOPCyMAT
  • 29. NOTIFICACION AL INSPECTOR DEL TRABAJO. EFECTOS
  • 30. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION Sufragio Se ejerce mediante votaciones, libres, universales, directas y secretas. Artículos 63 de la CRBV
  • 31. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 1 SUPERVISIÓN DEL PROCESO ELECTORAL •El artículo 44 de la LOPCyMAT, establece que el proceso eleccionario deberá ser supervisado. •Correspondería esta supervisión a los órganos gestores y de supervisión e inspección del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INPSASEL y Unidades de Supervisión) Artículo 44 y 12 numeral 2, de la LOPCyMAT
  • 32. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 2 PUBLICIDAD Garantizar la publicidad a los fines de propiciar la participación
  • 33. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 3 CONVOCATORIA •La realizan los trabajadores. •INPSASEL ó US convocan a los trabajadores a realizar las actuaciones necesarias para elegir a sus representantes en el CSySL
  • 34. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 4 BOLETAS DE VOTACIÓN •Principio de personalización del voto •Como mínimo colocar nombre (s) y Apellido (s) del o los candidatos. •Selección de tantos candidatos como cargos a elegir
  • 35. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 5 POSTULACIÓN •Por iniciativa propia •Verbal, JUAN ALVAREZ manifestando la colocación del candidato en la boleta de votación
  • 36. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 5 POSTULACIÓN •En forma escrita llenando el formulario
  • 37. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 6 COMISIÓN ELECTORAL •Trabajadores podrán nombrar una comisión electoral. •INPSASEL ó US supervisarán desarrollo del proceso
  • 38. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 7 MESAS DE VOTACIÓN •Instalar mesas de votación tomando en consideración – Número de trabajadores – Turnos de trabajo – La organización del trabajo – Áreas, departamentos o ubicación de los espacios físicos
  • 39. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 8 APERTURA DE MESAS •Las personas designadas por los trabajadores deberán aperturar las mesas de votación a la hora fijada para tales efectos, dejando constancia de: –Fecha y hora de apertura de cada mesa de votación –Nombres, apellidos y cédula de identidad de los trabajadores presentes al momento de la apertura de la mesa –Cualquier otro dato que se considere relevante para el proceso
  • 40. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 9 CUADERNO DE VOTACIÓN • Elaborar cuadernos de votación que contenga como mínimo la siguiente información: –Nombre y apellidos de los trabajadores que tienen derecho a sufragar –Cédula de identidad –Firma de los trabajadores –Huella dactilar –Espacio reservado para la colocación de la palabra “VOTO” o “NO ASISTIÓ” según corresponda.
  • 41. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 10 ACTO DE VOTACIÓN • Seguir el siguiente procedimiento: 1) Los electores, deberán identificarse en la mesa de votación respectiva; 2) Serán verificados en los cuadernos de votación elaborados al efecto; 3)Se les suministrará la boleta de votación y explicará brevemente cómo marcar la opción de su preferencia; 4)Se trasladarán al lugar destinado a tal fin y votarán de manera directa y secreta; 5)Seleccionará el o los candidatos de su preferencia usando la boleta destinada para ello;
  • 42. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 11 ACTO DE VOTACIÓN 5)Cuando se elijan más de un delegado, por tratarse de una votación plurinominal, el trabajador tendrá derecho a seleccionar tantos candidatos como delegados de prevención se vayan a elegir, por ejemplo, si se van a elegir tres delegados, el trabajador tiene derecho a seleccionar hasta tres candidatos pudiendo elegir solo uno o dos de ellos pero no mas de tres; 6)Depositarán su voto en la caja cerrada; y 7)Firmarán el cuaderno de votación como constancia de haber ejercido el derecho al voto y se colocará la palabra “VOTO”, en la casilla correspondiente. 8)Una vez concluido el acto de votación se procederá a colocar la palabra “NO ASISTIÓ” en las casillas del cuaderno de votación correspondientes a los electores que no hayan concurrido a ejercer su derecho al voto.
  • 43. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 12 ESCRUTINIO DE VOTOS • Será público y se realizará en presencia de los trabajadores, los candidatos y del funcionario o funcionaria que supervise la realización de las elecciones, dejándose constancia en acta suscrita de: –Lugar, fecha y hora de inicio de la fase de escrutinio de votos; –Identificación de las personas que realizan el escrutinio de votos (Nombre, apellido, cédula de identidad y el carácter con que actúan); –Número de votos validos para cada uno de los candidatos; –Número de votos nulos; –Indicación de los trabajadores electos como delegados o delegadas de prevención (Nombre, apellido y cédula de identidad). –Cualquier otro dato que se considere relevante. –Original de esta acta y el cuaderno de votación, acompañará el registro de delegados, correspondiéndole al trabajador las copias de estos documentos
  • 44. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 12 ESCRUTINIO DE VOTOS • Criterios para la consideración de votos nulos: – Cuando elector marque fuera del óvalo o marque de tal manera que sea imposible determinar la intención de voto del elector; – No aparezca marcado ningún óvalo en la boleta electoral; –Cuando aparezca marcado en la boleta electoral, un número de óvalos superior al número de cargos a elegir; –La boleta electoral se encuentre mutilada o destruida con pérdida de sus datos esenciales impidiendo la determinación de la intención de voto del elector.
  • 45. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 12 ESCRUTINIO DE VOTOS
  • 46. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION 13 DETERMINACIÓN DEL TRABAJADOR ELECTO • Resultarán electos aquel o aquellos trabajadores que obtengan la mayoría de votos durante el proceso. •En caso de empate repetir elecciones donde participen los candidatos afectados por el empate.
  • 47. REGISTRO DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCION El INPSASEL cumpliendo con sus competencias, crea el registro de delegados o delegadas de prevención el cual será realizado en las unidades técnico administrativas (DIRESAT). Artículos 44, 46 y 18 numeral 18, de la LOPCyMAT