Seminario de Prevención de abusos sexuales para
              contextos escolares.
     Breve reseña del procedimiento legal
HECHO OPERADOR
                               DEL SISTEMA LEGAL
                               (Vulneración de Derechos –
                                como por ejemplo Abuso
                                    sexual, violencia)




         Si el hecho es
      constitutivo de delito                                  Si el hecho no es
         (abuso sexual                                      constitutivo de delito
            siempre)




                        Tribunal
Ministerio
                           de                                        Tribunal de
 Publico                Familia                                        Familia
LÓGICA DE LOS
                                    SISTEMAS
                                 PROTECCIONAL Y
                                      PENAL




       Sistema penal:
Existencia de un hecho ilícito                    Sistema Protección:
        Hubo delito?                        Ocurrencia vulneración grave de
    Participación criminal                             derechos
          Quien fue?
 Estándar / Ppio inocencia
La denuncia


Sistema penal:                                       Sistema Protección:
Cuando se tenga conocimiento de                      Cuando la ley exige la intervención
un hecho que revistiere caracteres                   judicial, y siempre cuando los
de delito                                            derechos       de los NNA se
Regla General : art 173 CPP Cualquier                encuentren      amenazados        o
persona - facultativo
                                                     vulnerados.
Excepción: art 175 obligatorio / multa               Regla general : Cualquier persona
En el caso de los colegios, ellos cuando             Excepción : por el NNA, Los padres,
denuncian lo hacen cumpliendo un                     personal que lo tenga bajo su cuidado,
imperativo legal
                                                     profesores      o      directores     del
Contenido : Por cualquier forma
                                                     establecimiento     al     cual   asista,
Identificación del denunciante ,                     profesionales de la salud y SENAME
narración de los hechos, designación de              Contenido: hecho constitutivo de la
quien lo cometió, de quienes lo                      vulneración e identidad del agente
presenciaron y todo cuanto constare al
                                                     vulnerador
denunciante.
Procedimiento penal


          Investigación                       Etapa Intermedia                           Juicio Oral

  •Se inicia por denuncia, querella o de           •El Objeto de ésta        •La audiencia se realiza ante un Tribunal
         oficio por el Min Publico             audiencia es preparar el                       colegiado.
•La Investigación la realiza el Ministerio   juicio oral, debiendo el Juez    •El objeto del juicio es recibir la prueba
                   Público                    de Garantía resolver todas        de cargo y de descargo, para luego
•El plazo máximo de investigación es de        cuestiones incidentales y      determinar si se forma convicción para
2 años contados desde la formalización           previas al juicio oral.                 absolver o condenar
•El Min público debe otorgar protección             •Se resolverán las          • Se inicia con alegatos de apertura.
                a la victima.                        incidencias y las                   •Se recibe la prueba
 • Antes del cierre de la investigación y      excepciones de previo y             • Se escucha alegatos de cierre
 dependiendo del tipo de delito que se        especial pronunciamiento.            •Se procede a dictar veredicto.
    investiga se puede optar por una              • Sobre la base de la
 medida alternativa a la pena (acuerdo         acusación y/o adhesión a
 repara torio - suspensión condicional)         ella, los intervinientes
•Cerrada la investigación, el Min Público      señalaran los medios de
   debe optar por sobreseer la causa,        prueba de que se valdrán, y
 comunica decisión de no perseverar o        se discutirá sobre la prueba
            formula acusación                         y su exclusión.
                                             •Se dictara auto de apertura




                                  Juez de Garantía                               Tribunal de Juicio Oral
Procedimiento Proteccional


      Audiencia Preparatoria                                                Audiencia de Juicio

•Se inicia de oficio por el Tribunal o a                             • Su objeto es recibir la prueba que se ha
requerimiento del NNA, sus padres, quien este                        determinado en la audiencia preparatoria y
a su cuidado, profesores o directores del                            resolver la cuestión controvertida, acogiendo o
establecimiento donde estudie, profesionales                         rechazando la solicitud de medida de
de la salud , SENAME y cualquier persona que                         protección.
tenga interés en ello.                                               •Se podrá objetar los informes que se hagan
• Esta audiencia tiene por finalidad obtener                         llegar a la causa.
toda la información relativa a la vulneración de                     •El Juez podrá oír al Consejo Técnico.
derechos, el modo como afecta a los NNA y la                         •El juez antes de dictar sentencia procurará que
identificación del o los agentes agresores.                          las partes logren un acuerdo colaborativo.
•Podrá el juez decretar algunas de las medidas                       •Recibida que sea la prueba procederá a dictar
cautelares del art 71 de la ley 19.968.                              sentencia .
•Si hay antecedentes suficientes podrá el juez
dictar sentencia.
• Fijará el Tribunal el objeto del juicio y los
hechos a probar, indicando además los medidos
de prueba de que se piensa valer.




                                                   Juez de Familia
Gracias
Servicio Nacional de Menores

Presentación CENAME

  • 1.
    Seminario de Prevenciónde abusos sexuales para contextos escolares. Breve reseña del procedimiento legal
  • 2.
    HECHO OPERADOR DEL SISTEMA LEGAL (Vulneración de Derechos – como por ejemplo Abuso sexual, violencia) Si el hecho es constitutivo de delito Si el hecho no es (abuso sexual constitutivo de delito siempre) Tribunal Ministerio de Tribunal de Publico Familia Familia
  • 3.
    LÓGICA DE LOS SISTEMAS PROTECCIONAL Y PENAL Sistema penal: Existencia de un hecho ilícito Sistema Protección: Hubo delito? Ocurrencia vulneración grave de Participación criminal derechos Quien fue? Estándar / Ppio inocencia
  • 4.
    La denuncia Sistema penal: Sistema Protección: Cuando se tenga conocimiento de Cuando la ley exige la intervención un hecho que revistiere caracteres judicial, y siempre cuando los de delito derechos de los NNA se Regla General : art 173 CPP Cualquier encuentren amenazados o persona - facultativo vulnerados. Excepción: art 175 obligatorio / multa Regla general : Cualquier persona En el caso de los colegios, ellos cuando Excepción : por el NNA, Los padres, denuncian lo hacen cumpliendo un personal que lo tenga bajo su cuidado, imperativo legal profesores o directores del Contenido : Por cualquier forma establecimiento al cual asista, Identificación del denunciante , profesionales de la salud y SENAME narración de los hechos, designación de Contenido: hecho constitutivo de la quien lo cometió, de quienes lo vulneración e identidad del agente presenciaron y todo cuanto constare al vulnerador denunciante.
  • 5.
    Procedimiento penal Investigación Etapa Intermedia Juicio Oral •Se inicia por denuncia, querella o de •El Objeto de ésta •La audiencia se realiza ante un Tribunal oficio por el Min Publico audiencia es preparar el colegiado. •La Investigación la realiza el Ministerio juicio oral, debiendo el Juez •El objeto del juicio es recibir la prueba Público de Garantía resolver todas de cargo y de descargo, para luego •El plazo máximo de investigación es de cuestiones incidentales y determinar si se forma convicción para 2 años contados desde la formalización previas al juicio oral. absolver o condenar •El Min público debe otorgar protección •Se resolverán las • Se inicia con alegatos de apertura. a la victima. incidencias y las •Se recibe la prueba • Antes del cierre de la investigación y excepciones de previo y • Se escucha alegatos de cierre dependiendo del tipo de delito que se especial pronunciamiento. •Se procede a dictar veredicto. investiga se puede optar por una • Sobre la base de la medida alternativa a la pena (acuerdo acusación y/o adhesión a repara torio - suspensión condicional) ella, los intervinientes •Cerrada la investigación, el Min Público señalaran los medios de debe optar por sobreseer la causa, prueba de que se valdrán, y comunica decisión de no perseverar o se discutirá sobre la prueba formula acusación y su exclusión. •Se dictara auto de apertura Juez de Garantía Tribunal de Juicio Oral
  • 6.
    Procedimiento Proteccional Audiencia Preparatoria Audiencia de Juicio •Se inicia de oficio por el Tribunal o a • Su objeto es recibir la prueba que se ha requerimiento del NNA, sus padres, quien este determinado en la audiencia preparatoria y a su cuidado, profesores o directores del resolver la cuestión controvertida, acogiendo o establecimiento donde estudie, profesionales rechazando la solicitud de medida de de la salud , SENAME y cualquier persona que protección. tenga interés en ello. •Se podrá objetar los informes que se hagan • Esta audiencia tiene por finalidad obtener llegar a la causa. toda la información relativa a la vulneración de •El Juez podrá oír al Consejo Técnico. derechos, el modo como afecta a los NNA y la •El juez antes de dictar sentencia procurará que identificación del o los agentes agresores. las partes logren un acuerdo colaborativo. •Podrá el juez decretar algunas de las medidas •Recibida que sea la prueba procederá a dictar cautelares del art 71 de la ley 19.968. sentencia . •Si hay antecedentes suficientes podrá el juez dictar sentencia. • Fijará el Tribunal el objeto del juicio y los hechos a probar, indicando además los medidos de prueba de que se piensa valer. Juez de Familia
  • 7.

Notas del editor

  • #3 Conceptos desde el IIN Subsistema de Protección Legal : Está integrado por diferentes regulaciones jurídicas construidas en cada país, respecto de la población menor de 18 años (códigos, leyes, que definen la relación entre infancia y estado, y comunidad, y familia y respecto de la sociedad como un todo. Muchos países incluido Chile tiene una convivencia de matrices jurídicas, que entrena en contradicción, como las centradas en la irregularidad social (ley de menores) y aquellas con enfoque de derecho (convención). La protección legal en el marco de la convención, debe crear instancias administrativas y judiciales de protección que intervengan en caso que los derechos sean amenazados o vulnerados. Subsistema de Protección Judicial : Está integrado por las instancias encargadas de aplicar las leyes y códigos jurídicos concernientes a la población menor de 18 años. Generalmente la responsabilidad recae sobre el poder judicial (tribunales de familia en el caso de Chile). Este subsistema debe velar por dos componentes, una administración de justicia dirigida a niños/as vulnerados en sus derechos y otra, dirigida a la responsabilidad penal de adolescentes. Subsistema de Protección Social : Se logra a través de un conjunto de acciones dirigidas a propiciar las condiciones necesarias para el desarrollo de los niños/as y adolescentes, para satisfacer sus necesidades básicas, para garantizar sus derechos fundamentales y para restituirlos cuando éstos han sido vulnerados. Para ello es necesario un subsistema que integre una red de organismos y programas vinculados al estado y a las organizaciones sociales, a través de las cuales se abarque potencialmente a toda la infancias, dependiendo de las situaciones y de la población objetivo definida en las políticas y programas. Este subsistema concibe dos tipos de políticas públicas : Políticas Universales : Se refiere principalmente a servicios básciso de salud, educación, vivienda, alimentación, dirigida a toda la población infantil. Políticas focalizadas : pensadas para igualar las oportunidades a aquellos sectores de niños7as que se encuentran en situación de vulneración de derechos. Definición Política Pública : Conjunto de definiciones, orientaciones, normas y estrategias ligadas a opciones, a elecciones entre diversas posibilidades, destinadas a abordar fenómenos, por tanto, están vinculadas a sistemas de valores que orientan las decisiones, que le dan coherencia, finalidad y ciertos medios, en el dominio específico en que está (o están) operando. Definición Política Social : “E s la acción organizada del Estado en materia social. Consiste “en el conjunto más o menos coherente de principios y acciones gestionadas por el Estado, que determinan la distribución y el control social del bienestar de una población por vía política” (Herrera y Castón, 2003, en Raczynski y Serrano, 2005). Los temas prioritarios siempre han sido educación, la salud, la nutrición, la vivienda y la seguridad social. Chile Crece Contigo : SE TRATA DEL PROYECTO QUE CREA EL SISTEMA INTERSECTORIAL DE PROTECCIÓN SOCIAL E INSTITUCIONALIZA EL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA CHILE CRECE CONTIGO , aprobado en tercer trámite legislativo de forma unánime por la Cámara de Diputados y que quedó en condiciones de ser promulgado como ley de la República. Actualmente se encuentra en trámite de aprobación presidencial y posteriormente puede ser promulgada. Según el texto legal, el sistema estará compuesto por Chile Crece Contigo, que acompaña a casi 750 mil niños y niñas de hasta cuatro años y 200 mil mujeres embarazadas, garantizándoles acceso preferente a programas sociales y subsidios monetarios. Ley 19.968 (tribunales de Familia) Ley 20.032 subvenciones Sename Ley 20.084 Responsabilidad Penal Ley de Protección de Derechos (en trámite) Ley 19.949 (Chile Crece Contigo, en trámite de aprobación presidencial)
  • #4 Conceptos desde el IIN Subsistema de Protección Legal : Está integrado por diferentes regulaciones jurídicas construidas en cada país, respecto de la población menor de 18 años (códigos, leyes, que definen la relación entre infancia y estado, y comunidad, y familia y respecto de la sociedad como un todo. Muchos países incluido Chile tiene una convivencia de matrices jurídicas, que entrena en contradicción, como las centradas en la irregularidad social (ley de menores) y aquellas con enfoque de derecho (convención). La protección legal en el marco de la convención, debe crear instancias administrativas y judiciales de protección que intervengan en caso que los derechos sean amenazados o vulnerados. Subsistema de Protección Judicial : Está integrado por las instancias encargadas de aplicar las leyes y códigos jurídicos concernientes a la población menor de 18 años. Generalmente la responsabilidad recae sobre el poder judicial (tribunales de familia en el caso de Chile). Este subsistema debe velar por dos componentes, una administración de justicia dirigida a niños/as vulnerados en sus derechos y otra, dirigida a la responsabilidad penal de adolescentes. Subsistema de Protección Social : Se logra a través de un conjunto de acciones dirigidas a propiciar las condiciones necesarias para el desarrollo de los niños/as y adolescentes, para satisfacer sus necesidades básicas, para garantizar sus derechos fundamentales y para restituirlos cuando éstos han sido vulnerados. Para ello es necesario un subsistema que integre una red de organismos y programas vinculados al estado y a las organizaciones sociales, a través de las cuales se abarque potencialmente a toda la infancias, dependiendo de las situaciones y de la población objetivo definida en las políticas y programas. Este subsistema concibe dos tipos de políticas públicas : Políticas Universales : Se refiere principalmente a servicios básciso de salud, educación, vivienda, alimentación, dirigida a toda la población infantil. Políticas focalizadas : pensadas para igualar las oportunidades a aquellos sectores de niños7as que se encuentran en situación de vulneración de derechos. Definición Política Pública : Conjunto de definiciones, orientaciones, normas y estrategias ligadas a opciones, a elecciones entre diversas posibilidades, destinadas a abordar fenómenos, por tanto, están vinculadas a sistemas de valores que orientan las decisiones, que le dan coherencia, finalidad y ciertos medios, en el dominio específico en que está (o están) operando. Definición Política Social : “E s la acción organizada del Estado en materia social. Consiste “en el conjunto más o menos coherente de principios y acciones gestionadas por el Estado, que determinan la distribución y el control social del bienestar de una población por vía política” (Herrera y Castón, 2003, en Raczynski y Serrano, 2005). Los temas prioritarios siempre han sido educación, la salud, la nutrición, la vivienda y la seguridad social. Chile Crece Contigo : SE TRATA DEL PROYECTO QUE CREA EL SISTEMA INTERSECTORIAL DE PROTECCIÓN SOCIAL E INSTITUCIONALIZA EL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA CHILE CRECE CONTIGO , aprobado en tercer trámite legislativo de forma unánime por la Cámara de Diputados y que quedó en condiciones de ser promulgado como ley de la República. Actualmente se encuentra en trámite de aprobación presidencial y posteriormente puede ser promulgada. Según el texto legal, el sistema estará compuesto por Chile Crece Contigo, que acompaña a casi 750 mil niños y niñas de hasta cuatro años y 200 mil mujeres embarazadas, garantizándoles acceso preferente a programas sociales y subsidios monetarios. Ley 19.968 (tribunales de Familia) Ley 20.032 subvenciones Sename Ley 20.084 Responsabilidad Penal Ley de Protección de Derechos (en trámite) Ley 19.949 (Chile Crece Contigo, en trámite de aprobación presidencial)
  • #5 Conceptos desde el IIN Subsistema de Protección Legal : Está integrado por diferentes regulaciones jurídicas construidas en cada país, respecto de la población menor de 18 años (códigos, leyes, que definen la relación entre infancia y estado, y comunidad, y familia y respecto de la sociedad como un todo. Muchos países incluido Chile tiene una convivencia de matrices jurídicas, que entrena en contradicción, como las centradas en la irregularidad social (ley de menores) y aquellas con enfoque de derecho (convención). La protección legal en el marco de la convención, debe crear instancias administrativas y judiciales de protección que intervengan en caso que los derechos sean amenazados o vulnerados. Subsistema de Protección Judicial : Está integrado por las instancias encargadas de aplicar las leyes y códigos jurídicos concernientes a la población menor de 18 años. Generalmente la responsabilidad recae sobre el poder judicial (tribunales de familia en el caso de Chile). Este subsistema debe velar por dos componentes, una administración de justicia dirigida a niños/as vulnerados en sus derechos y otra, dirigida a la responsabilidad penal de adolescentes. Subsistema de Protección Social : Se logra a través de un conjunto de acciones dirigidas a propiciar las condiciones necesarias para el desarrollo de los niños/as y adolescentes, para satisfacer sus necesidades básicas, para garantizar sus derechos fundamentales y para restituirlos cuando éstos han sido vulnerados. Para ello es necesario un subsistema que integre una red de organismos y programas vinculados al estado y a las organizaciones sociales, a través de las cuales se abarque potencialmente a toda la infancias, dependiendo de las situaciones y de la población objetivo definida en las políticas y programas. Este subsistema concibe dos tipos de políticas públicas : Políticas Universales : Se refiere principalmente a servicios básciso de salud, educación, vivienda, alimentación, dirigida a toda la población infantil. Políticas focalizadas : pensadas para igualar las oportunidades a aquellos sectores de niños7as que se encuentran en situación de vulneración de derechos. Definición Política Pública : Conjunto de definiciones, orientaciones, normas y estrategias ligadas a opciones, a elecciones entre diversas posibilidades, destinadas a abordar fenómenos, por tanto, están vinculadas a sistemas de valores que orientan las decisiones, que le dan coherencia, finalidad y ciertos medios, en el dominio específico en que está (o están) operando. Definición Política Social : “E s la acción organizada del Estado en materia social. Consiste “en el conjunto más o menos coherente de principios y acciones gestionadas por el Estado, que determinan la distribución y el control social del bienestar de una población por vía política” (Herrera y Castón, 2003, en Raczynski y Serrano, 2005). Los temas prioritarios siempre han sido educación, la salud, la nutrición, la vivienda y la seguridad social. Chile Crece Contigo : SE TRATA DEL PROYECTO QUE CREA EL SISTEMA INTERSECTORIAL DE PROTECCIÓN SOCIAL E INSTITUCIONALIZA EL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA CHILE CRECE CONTIGO , aprobado en tercer trámite legislativo de forma unánime por la Cámara de Diputados y que quedó en condiciones de ser promulgado como ley de la República. Actualmente se encuentra en trámite de aprobación presidencial y posteriormente puede ser promulgada. Según el texto legal, el sistema estará compuesto por Chile Crece Contigo, que acompaña a casi 750 mil niños y niñas de hasta cuatro años y 200 mil mujeres embarazadas, garantizándoles acceso preferente a programas sociales y subsidios monetarios. Ley 19.968 (tribunales de Familia) Ley 20.032 subvenciones Sename Ley 20.084 Responsabilidad Penal Ley de Protección de Derechos (en trámite) Ley 19.949 (Chile Crece Contigo, en trámite de aprobación presidencial)
  • #6 Conceptos desde el IIN Subsistema de Protección Legal : Está integrado por diferentes regulaciones jurídicas construidas en cada país, respecto de la población menor de 18 años (códigos, leyes, que definen la relación entre infancia y estado, y comunidad, y familia y respecto de la sociedad como un todo. Muchos países incluido Chile tiene una convivencia de matrices jurídicas, que entrena en contradicción, como las centradas en la irregularidad social (ley de menores) y aquellas con enfoque de derecho (convención). La protección legal en el marco de la convención, debe crear instancias administrativas y judiciales de protección que intervengan en caso que los derechos sean amenazados o vulnerados. Subsistema de Protección Judicial : Está integrado por las instancias encargadas de aplicar las leyes y códigos jurídicos concernientes a la población menor de 18 años. Generalmente la responsabilidad recae sobre el poder judicial (tribunales de familia en el caso de Chile). Este subsistema debe velar por dos componentes, una administración de justicia dirigida a niños/as vulnerados en sus derechos y otra, dirigida a la responsabilidad penal de adolescentes. Subsistema de Protección Social : Se logra a través de un conjunto de acciones dirigidas a propiciar las condiciones necesarias para el desarrollo de los niños/as y adolescentes, para satisfacer sus necesidades básicas, para garantizar sus derechos fundamentales y para restituirlos cuando éstos han sido vulnerados. Para ello es necesario un subsistema que integre una red de organismos y programas vinculados al estado y a las organizaciones sociales, a través de las cuales se abarque potencialmente a toda la infancias, dependiendo de las situaciones y de la población objetivo definida en las políticas y programas. Este subsistema concibe dos tipos de políticas públicas : Políticas Universales : Se refiere principalmente a servicios básciso de salud, educación, vivienda, alimentación, dirigida a toda la población infantil. Políticas focalizadas : pensadas para igualar las oportunidades a aquellos sectores de niños7as que se encuentran en situación de vulneración de derechos. Definición Política Pública : Conjunto de definiciones, orientaciones, normas y estrategias ligadas a opciones, a elecciones entre diversas posibilidades, destinadas a abordar fenómenos, por tanto, están vinculadas a sistemas de valores que orientan las decisiones, que le dan coherencia, finalidad y ciertos medios, en el dominio específico en que está (o están) operando. Definición Política Social : “E s la acción organizada del Estado en materia social. Consiste “en el conjunto más o menos coherente de principios y acciones gestionadas por el Estado, que determinan la distribución y el control social del bienestar de una población por vía política” (Herrera y Castón, 2003, en Raczynski y Serrano, 2005). Los temas prioritarios siempre han sido educación, la salud, la nutrición, la vivienda y la seguridad social. Chile Crece Contigo : SE TRATA DEL PROYECTO QUE CREA EL SISTEMA INTERSECTORIAL DE PROTECCIÓN SOCIAL E INSTITUCIONALIZA EL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA CHILE CRECE CONTIGO , aprobado en tercer trámite legislativo de forma unánime por la Cámara de Diputados y que quedó en condiciones de ser promulgado como ley de la República. Actualmente se encuentra en trámite de aprobación presidencial y posteriormente puede ser promulgada. Según el texto legal, el sistema estará compuesto por Chile Crece Contigo, que acompaña a casi 750 mil niños y niñas de hasta cuatro años y 200 mil mujeres embarazadas, garantizándoles acceso preferente a programas sociales y subsidios monetarios. Ley 19.968 (tribunales de Familia) Ley 20.032 subvenciones Sename Ley 20.084 Responsabilidad Penal Ley de Protección de Derechos (en trámite) Ley 19.949 (Chile Crece Contigo, en trámite de aprobación presidencial)
  • #7 Conceptos desde el IIN Subsistema de Protección Legal : Está integrado por diferentes regulaciones jurídicas construidas en cada país, respecto de la población menor de 18 años (códigos, leyes, que definen la relación entre infancia y estado, y comunidad, y familia y respecto de la sociedad como un todo. Muchos países incluido Chile tiene una convivencia de matrices jurídicas, que entrena en contradicción, como las centradas en la irregularidad social (ley de menores) y aquellas con enfoque de derecho (convención). La protección legal en el marco de la convención, debe crear instancias administrativas y judiciales de protección que intervengan en caso que los derechos sean amenazados o vulnerados. Subsistema de Protección Judicial : Está integrado por las instancias encargadas de aplicar las leyes y códigos jurídicos concernientes a la población menor de 18 años. Generalmente la responsabilidad recae sobre el poder judicial (tribunales de familia en el caso de Chile). Este subsistema debe velar por dos componentes, una administración de justicia dirigida a niños/as vulnerados en sus derechos y otra, dirigida a la responsabilidad penal de adolescentes. Subsistema de Protección Social : Se logra a través de un conjunto de acciones dirigidas a propiciar las condiciones necesarias para el desarrollo de los niños/as y adolescentes, para satisfacer sus necesidades básicas, para garantizar sus derechos fundamentales y para restituirlos cuando éstos han sido vulnerados. Para ello es necesario un subsistema que integre una red de organismos y programas vinculados al estado y a las organizaciones sociales, a través de las cuales se abarque potencialmente a toda la infancias, dependiendo de las situaciones y de la población objetivo definida en las políticas y programas. Este subsistema concibe dos tipos de políticas públicas : Políticas Universales : Se refiere principalmente a servicios básciso de salud, educación, vivienda, alimentación, dirigida a toda la población infantil. Políticas focalizadas : pensadas para igualar las oportunidades a aquellos sectores de niños7as que se encuentran en situación de vulneración de derechos. Definición Política Pública : Conjunto de definiciones, orientaciones, normas y estrategias ligadas a opciones, a elecciones entre diversas posibilidades, destinadas a abordar fenómenos, por tanto, están vinculadas a sistemas de valores que orientan las decisiones, que le dan coherencia, finalidad y ciertos medios, en el dominio específico en que está (o están) operando. Definición Política Social : “E s la acción organizada del Estado en materia social. Consiste “en el conjunto más o menos coherente de principios y acciones gestionadas por el Estado, que determinan la distribución y el control social del bienestar de una población por vía política” (Herrera y Castón, 2003, en Raczynski y Serrano, 2005). Los temas prioritarios siempre han sido educación, la salud, la nutrición, la vivienda y la seguridad social. Chile Crece Contigo : SE TRATA DEL PROYECTO QUE CREA EL SISTEMA INTERSECTORIAL DE PROTECCIÓN SOCIAL E INSTITUCIONALIZA EL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA CHILE CRECE CONTIGO , aprobado en tercer trámite legislativo de forma unánime por la Cámara de Diputados y que quedó en condiciones de ser promulgado como ley de la República. Actualmente se encuentra en trámite de aprobación presidencial y posteriormente puede ser promulgada. Según el texto legal, el sistema estará compuesto por Chile Crece Contigo, que acompaña a casi 750 mil niños y niñas de hasta cuatro años y 200 mil mujeres embarazadas, garantizándoles acceso preferente a programas sociales y subsidios monetarios. Ley 19.968 (tribunales de Familia) Ley 20.032 subvenciones Sename Ley 20.084 Responsabilidad Penal Ley de Protección de Derechos (en trámite) Ley 19.949 (Chile Crece Contigo, en trámite de aprobación presidencial)