Vulnerabilidad del Derecho de seguridad de locomoción de los habitantes del municipio de Pajapita del Departamento de San Marcos, debido a la inaplicabilidad del artículo 2 de la Constitución Política de la República de Guatemala
3. HIPÓTESIS
La siguiente hipótesis es derivada de la investigación realizada con habitantes del Municipio de Pajapita del
Departamento de San Marcos, con la ayuda del método deductivo y del marco lógico:
“Vulnerabilidad del Derecho de seguridad de locomoción de los habitantes del municipio de Pajapita del
Departamento de San Marcos, debido a la inaplicabilidad del artículo 2 de la Constitución Política de la
República de Guatemala”
4. OBJETIVOS
- Objetivo General
Garantizarle a los habitantes del Municipio de Pajapita del departamento de San Marcos, el cumplimiento de la
garantía constitucional de la seguridad de locomoción.
- Objetivos Específicos
1. Comprobar o rechazar la hipótesis: “Vulnerabilidad del Derecho de seguridad de locomoción de los habitantes del
municipio de Pajapita del Departamento de San Marcos, debido a la inaplicabilidad del artículo 2 de la Constitución
Política de la República de Guatemala”;
2. Crear la Policía Municipal de Tránsito y su reglamento en el Municipio de Pajapita del Departamento de San
Marcos.
5. JUSTIFICACIÓN
El Estado tiene como deber garantizar a los habitantes de la República de Guatemala la vida, la libertad, la justicia, la
seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.
Tomando en consideración, que los habitantes de la Republica, no podrán acercarse de manera individual al gobierno central,
el Estado se organiza para que a través de la Constitución se reconozca y establezca el nivel de Gobierno Municipal, con
autoridades electas directa y popularmente.
Para lo cual, Gobierno Municipal será ejercido por un concejo el cual se integra con un alcalde, los síndicos y concejales,
electos directamente por sufragio universal y secreto para un periodo de cuatro años pudiendo ser reelectos (art. 254 CPRG y
art. 9 CMyLSM).
Atribuciones del Consejo Municipal; (art. 35 CMyLSM).
Entre otras están:
a) La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales;
b) El ordenamiento territorial y control urbanístico de la circunscripción municipal;
c) La creación del cuerpo de policía municipal.
7. TÉCNICAS
En la presente investigación fueron utilizadas las técnicas siguientes:
1. La Observación Directa: esta técnica se utilizo directamente al observar el desorden vial en el municipio
de Pajapita. De manera mas especifica, los puntos donde se observa mayor peligro para los
transportistas y peatones son:
8. A) “EL CRUCERO”, LUGAR EN EL QUE SE TOMA EL CAMINO
HACIA NUEVO PROGRESO;
9. B) “EL CRUCERO”, LUGAR EN EL QUE SE TOMA EL CAMINO HACIA EL
TUMBADOR;
13. PRESENTACIÓN Y ANÁLISIS DE RESULTADOS
ENCUESTA HECHA A LOS POBLADORES DEL MUNICI0PIO DE PAJAPITA, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.
14. ¿Considera usted que es necesaria la creación del departamento de Policía
Municipal de Tránsito y su reglamento en este municipio?
86
14
SI NO
15. ¿Considera usted que en las calles y avenidas de este municipio existe un
ordenamiento vial adecuado?
13
85
2
SI NO NO SABE
16. ¿Cree usted que la Policía Municipal actual tiene un buen control vial en el
municipio?
13
86
1
SI NO NO SABE
17. ¿Considera usted que se cuenta con el apoyo de la Policía Nacional Civil para el
ordenamiento vial en este municipio?
25
72
3
SI NO NO SABE
18. ¿Considera usted que en este municipio existe cultura vial?
12
87
1
SI NO NO SABE
19. ¿Como ciudadano, estaría usted de acuerdo en la creación del Departamento de la Policía
Municipal de Transito y su reglamento en este municipio?
92
8
SI NO
20. ¿Considera usted que con la creación del Departamento de la Policía Municipal de Transito y su
reglamento en este municipio, se tendría un mejor control y orden vial?
99
1
SI NO
21. CONCLUSIONES
A través de la creación del departamento de la Policía Municipal de Transito en el municipio de Pajapita, del
departamento de San Marcos obtendremos los siguientes beneficios:
1. Brindar mayor protección a los ciudadanos del municipio de Pajapita, y a las personas que lo visiten;
2. Brindar mejor atención y servicio a las personas que lo visiten;
3. Tener un mejor control del tránsito vehicular, disminuyendo así los accidentes que puedan ocasionar los
diferentes tipos de vehículos que circulan en dicho municipio;
4. Se podrá imponer sanciones económicas a quienes infrinjan los reglamentos de tránsito, sin que estos
sean impugnados y dejados sin efecto por algún recurso que se plantee en su contra;
22. RECOMENDACIONES
De acuerdo con el planteamiento del problema, y de las conclusiones a las que se ha llegado, hacemos
las recomendaciones siguientes:
1. Que el Señor Alcalde Municipal y su Consejo, adopten la propuesta que se hace, dándole el tramite
respectivo, hasta lograr la creación del departamento de la Policía Municipal de Transito en este
municipio;
2. Que se tomen las medidas necesarias para llevar a cabo la creación del departamento de la Policía
Municipal de Transito en el Municipio de Pajapita, toda vez que, derivado del crecimiento poblacional,
se ha convertido en una necesidad;
23. 3. Que al crear el departamento de la Policía Municipal de Transito, se adopten las medidas necesarias para
que el mismo sea de una manera legal, y de esa forma tenga la facultad de sancionar a quienes infrinja el
Reglamento de Tránsito, sin que haya recurso que deje sin efecto dichas sanciones;
4. Que los agentes del departamento de la Policía Municipal de Transito sean capacitados de una manera
correcta, para que puedan dar un mejor servicio a los habitantes y visitantes que transiten por las calles y
avenidas del municipio de Pajapita;
5. Que en el casco urbano del Municipio de Pajapita, las calles, avenidas, y todo lo relacionado con la
señalización vial, estén debidamente identificados.