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Presentacion 2
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
I.U .P “SANTIAGO MARIÑO”
MATURIN-EDO.MONAGAS
LA CARTA DEL RESTAURO 1972
PROFESORA:
BEATRIZ REGARDIZ
BACHILLERES:
YAIDERLIN LAREZ
YRENE ALCALA
2. EN LA CARTA DE RESTAURO DE 1972
En ella el Ministerio de Educación italiano
intentó establecer unos criterios uniformes en
la labor desarrollada por la administración en
materia de conservación del Patrimonio.
El texto se dirigía a los responsables de los
centros de restauración y a los propios
profesionales de la restauración, y tenía valor
de norma de obligado cumplimiento en todo
el Estado italiano. Será éste, por tanto, el
primer documento con verdaderas
implicaciones de cumplimiento con vigilancia
y tutela por parte del Estado y de
trascendencia fundamental en todo el ámbito
europeo posterior.
3. En la presentación destaca la necesidad de elaborar una
serie de normas que evitaran actuaciones incontroladas y
arbitrarias.
En los artículos se hace referencia a numerosos casos
independientemente de su procedencia y datación.
Destaca la distinción entre salvaguardia (más próxima al
concepto de conservación preventiva) y restauración,
siendo fundamental la planificación de programas para los
que era necesaria la elaboración previa de informes
técnicos
4. Se veía también como un aspecto fundamental el registro de
la intervención, con todo material gráfico que reflejara el
proceso.
Se especifica asimismo qué operaciones estaban
prohibidas, cómo podría ser el añadido de complementos
estilísticos y cuáles eran válidas, como los añadidos
accesorios con fines estructurales y/o estático
Se consideraba también fundamental la reversibilidad de las
intervenciones (aquí por ejemplo, el caso del teatro de Sagunto que
aunque por resolución del Tribunal Constitucional se tendría que
eliminar son demasiado altos los costos patrimoniales sobre el
edificio antiguo) y el mantenimiento de las pátinas generadas por
el paso del tiempo.
5. Del mismo modo era imprescindible recurrir a disciplinas
científicas y a los métodos analíticos aportados por la física, la
química o la biología.
Se permitía el uso de nuevos materiales con fines estáticos
siempre y cuando se comprobara que los tradicionales
resultaban insuficientes. Para la adopción de numerosos de
estos criterios resultaba fundamental la decisión del ya citado
Instituto Central del Restauro.
6. La Carta se encuentra organizada en una presentación previa,
a continuación doce artículos que hacen referencia a la
salvaguarda y restauración del patrimonio y finalmente cuatro
anexos. Los anexos eran los siguientes:
1. Instrucciones para la salvaguarda y restauración de
objetos arqueológicos
2. Instrucciones para las restauraciones arquitectónicas.
3. Instrucciones para la ejecución de restauraciones
pictóricas y escultóricas.
4. Instrucciones para la tutela de los centros históricos.
7. Este es un documento indispensable en la historia de la
conservación y restauración porque define los conceptos de
conservación, restauración, salvaguardia y reversibilidad,
además de dar instrucciones precisas para la salvaguardia del
Patrimonio. Esta es la primera vez que aparece un documento
técnico explícito que orienta los trabajos de conservación y
restauración.
8. El concepto de autenticidad comienza a hacerse vigente
a partir de este mismo año de 1972, pues se firma la
convención de UNESCO para la Protección del
Patrimonio Mundial, donde la autenticidad tiene un papel
fundamental para la postulación e inscripción de los
Monumentos en la Lista del Patrimonio Mundial.