Este documento resume los requisitos y reglas de las visas no inmigrantes F, J y M para estudiantes extranjeros, visitantes de intercambio y estudiantes vocacionales. También explica cómo las nuevas políticas de USCIS a partir de agosto de 2018 afectan la determinación de presencia ilegal para titulares de estas visas y las consecuencias de la presencia ilegal.
1. Programa de Visa F, J, y M
por:
COLEMAN JACKSON, P.C.
6060 N Central Expressway Oficina : 214-599-0431
Suite 416 Fax: 469-521-8782
Dallas, Texas 75206 Email: cj@cjacksonlaw.com
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2. VISA NO INMIGRANTE F, J, y M
• ESTUDIANTES EXTRANJEROS SON EXTRANJEROS
QUE ENTRAN A LOS ESTADOS UNIDOS COMO NO
INMIGRANTES BAJO LA SECCION 101(a)(15)(F) de
la INA. La visa del inmigrante principal es la
categoría F-1 (estudiante de tiempo completo) y su
familia acompañante son no inmigrantes F-2. La
categoría F-3 esta reservada para nacionales y
residentes Canadienses y Mexicanos que se
inscriben tiempo completo o tiempo parcial en los
Estados Unidos que viajan a instituciones
aprobados en los Estados Unidos para propósitos
educativos. Requerimientos estrictos deben ser
cumplidos y mantenidos para calificar para estatus
de visa F.
3. VISA NO INMIGRANTE F, J, y M
(Continuado)
• LOS VISITANTES DE INTERCAMBIO SON
EXTRANJEROS QUE ENTRAN A LOS ESTADOS
UNIDOS COMO NO INMIGRANTES BAJO LA
SECCION 101 (A)(15)(J) de la INA. La categoría de
visa del inmigrante principal es J-1 y miembros de
la familia principal del inmigrante es J-2. Los
inmigrantes vienen a los Estados Unidos como
visitantes de intercambio como estudiantes,
aprendices de negocios, estudiantes pasantes,
académicos a corto plazo, maestros, escolares de
investigación, doctores, programas de trabajo de
verano, proveedores de cuidado de niños para
familias y muchas otras pasantías y residencias de
corto plazo.
4. VISA NO INMIGRANTE F, J, y M
(Continuado)
• LOS ESTUDIANTES VOCACIONALES SON
EXTRANJEROS QUE INGRESAN A LOS ESTADOS
UNIDOS COMO N INMIGRANTES BAJO LA
SECCION 101 (a)(15)(m) de la INA. El
inmigrante principal se clasifica como M-1 y los
miembros de su familia acompañantes se
clasifican como M-2. El M-3 esta reservado
para viajeros de Canadá y México que son
admitidos en instituciones educativas
aprobadas en los Estados Unidos. Las
restricciones y reglas aplicables a los titulares
de la visa M son muy similares a las reglas y
requisitos que se aplican a los titulares de la
visa F. Los estudiantes vocacionales no pueden
realizar programas académicos educativos,
como los que persiguen estudiantes
extranjeros en la categoría de visa F.
5. VIOLACIONES DE VISA LLEVAN A PRESENCIA ILEGAL BAJO EL
PROGRAMA DE VISA DE NO INMIGRANTE F, J, Y M
• POLIZA DE USCIS PM-602-1060.1
Efectiva el 9 de Agosto de 2018 cambio
las reglas con respecto al acta de
presencia ilícita de F, J, y M de los
titulares de visa de no inmigrante.
• Los objetivos establecidos por DHS para
el cambio de política son: “reducir el
numero de supervisa y mejorar como
USCIS implementa la presencia ilegal de
inadmisibilidad en las secciones 212 (a)
(9) (B) e INA 212 (a) (c) (i)(I)
6. Impacto de la nueva política en cuanto a F, J, y M no
inmigrantes en violación de la condición antes del 9 de Agosto
de 2018
• F, J y M no inmigrantes que no mantuvieron su estado de
no inmigrante antes del 9 de Agosto de 2018 empiezan a
presentar una presencia ilegal basada en esa falla el 9 de
Agosto de 2018, a menos que ya hayan comenzado a
presentar una presencia ilegal en lo anterior de lo
siguiente:
– El día después de que el Departamento de Seguridad
Nacional (DHS) negó la solicitud de un beneficio de
inmigración, si el DHS determino que el extranjero
violo su estado de visa de no inmigrante al adjudicar
un pedido de otro beneficio de inmigración;
– El día posterior a la fecha de vencimiento del
Formulario I-94, Registro de salida, venció si el no
inmigrante fue admitido en los Estados Unidos para
una fecha determinada, o
– El día después de que un juez de inmigración
ordenara excluir, deportar o expulsar al extranjero de
los Estados Unidos (tanto si se apela la decisión como
si no).
7. Impacto de la nueva póliza en cuanto a: F, J, o M No
inmigrantes en violación de la condición en o después del 9 de
Agosto de 2018
• Un no inmigrante F, J, y M comienza a
presentar une presencia ilegal, debido a una
falta de mantener su estatus en o después
del 9 de Agosto de 2018 en lo mas pronto
de alguno de los siguientes
– El día después de que el no inmigrante F, J, o M
no siga el curso de estudio o la actividad
autorizada, o el día después de que participe
en una actividad no autorizada;
– El día después de completar el curso de estudio
o programa, incluyendo cualquier capacitación
practica autorizada mas cualquier periodo de
gracia autorizado provisto por la ley;
– El día posterior al vencimiento del Formulario I-
94, si el no inmigrante F, J, o M fue admitido
para una fecha determinada; o
– El día después de que un juez ordene al
extranjero excluido, deportado, o expulsado (se
apele o no la decisión).
8. Como sabrá DHS? Si el no inmigrante F,
J, y M esta fuera de estatus?
• El Departamento de Seguridad
Nacional (DHS) tiene acceso a la
información sobre extranjeros en
estatus F, J, Y M desde –
– Información contenida en los sistemas
disponibles para USCIS;
– Información contenida en los registros
del extranjero
– Información accesible para el DHS a
través de una Solicitud de Evidencia de
Intento de negación; e
– Información contenida en registros de
inscripción estudiantil de instituciones
educativas y demás.
9. Por que es importante acabar con la
presencia ilegal?
• La presencia ilegal es motivo de
inadmisibilidad en virtud de la
INA (Ley de Inmigración y
Nacionalidad);
• La presencia ilegal seria motivo
de denegación de otros
beneficios de inmigración ya sea
temporal o permanente
• La presencia ilegal seria motivo
de expulsión, deportación y
exclusión de los Estados Unidos.
10. Programa de Visa F, J, y M
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COLEMAN JACKSON, P.C.
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