This paper describes the institutional strategy to strengthen transparency in the field of municipal public management that is being developed in the Municipality of the Metropolitan District of Quito and its ongoing projects
Este documento analiza las obligaciones constitucionales de los servidores públicos establecidas en la Constitución de Bolivia. Estas obligaciones incluyen cumplir la Constitución y las leyes, asumiendo la responsabilidad de acuerdo con los principios de la función pública como servir los intereses de la colectividad y no de partidos políticos. También deben someterse a la Constitución, la ley y los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad y ética en el desempeño de sus funciones.
Este documento describe los esfuerzos de Costa Rica para promover la ética pública y privada. Se han firmado varios acuerdos internacionales para establecer marcos éticos y combatir la corrupción. En el sector público, la Comisión Nacional de Rescate de Valores y el Sistema Nacional de Ética y Valores se encargan de promover la ética. En el sector privado, los códigos de ética profesional guían la conducta ética pero su cumplimiento es limitado. El documento analiza las tendencias éticas de los gerentes públicos y priv
La Ley 850 de 2003 que reglamenta las veedurías ciudadanas es una institución jurídica que contempla las reglas específicas para su creación, los principios democráticos que rigen su organización interna, sus restricciones y limitaciones así como las condiciones y herramientas especiales para que los ciudadanos ejerzan la función de vigilancia y control.
Este documento presenta una orientación sobre el objeto de vigilancia de las veedurías ciudadanas según la Ley 850 de 2003. Explica que las veedurías pueden vigilar toda la gestión pública, incluyendo la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de programas, proyectos y contratos que involucren recursos públicos. Asimismo, establece que esta vigilancia puede ejercerse de manera permanente en cualquier etapa de la gestión, no solo antes o después, con el fin de garantizar una supervisión efectiva. Finalmente, resume que
LA CORRUPCIÓN Y LA FALTA DE TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN PÚBLICA: UNA PROPUES...Movimiento Justicia
Política publica propuesta por el MADJ en los temas de transparencia y lucha contra la corrupción en el espacio ¨Honduras Debate¨, donde se planteo a candidatos a elección popular 2013
Este documento presenta una guía orientadora sobre la Ley 850 de 2003, que reglamenta las veedurías ciudadanas en Colombia. Explica conceptos clave como qué son las veedurías ciudadanas, sus principios rectores, funciones, deberes y derechos. También describe la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas y el Consejo Nacional de Apoyo a las mismas, encargados de brindar acompañamiento. Finalmente, incluye un glosario y anexos con normatividad relacionada.
México, D.F., a 30 de octubre de 2015
INAI/175/15
LEY GENERAL AMPLÍA RESPONSABILIDADES A CONTADORES PÚBLICOS PARA RENDIR CUENTAS A LA SOCIEDAD: XIMENA PUENTE DE LA MORA
This paper describes the institutional strategy to strengthen transparency in the field of municipal public management that is being developed in the Municipality of the Metropolitan District of Quito and its ongoing projects
Este documento analiza las obligaciones constitucionales de los servidores públicos establecidas en la Constitución de Bolivia. Estas obligaciones incluyen cumplir la Constitución y las leyes, asumiendo la responsabilidad de acuerdo con los principios de la función pública como servir los intereses de la colectividad y no de partidos políticos. También deben someterse a la Constitución, la ley y los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad y ética en el desempeño de sus funciones.
Este documento describe los esfuerzos de Costa Rica para promover la ética pública y privada. Se han firmado varios acuerdos internacionales para establecer marcos éticos y combatir la corrupción. En el sector público, la Comisión Nacional de Rescate de Valores y el Sistema Nacional de Ética y Valores se encargan de promover la ética. En el sector privado, los códigos de ética profesional guían la conducta ética pero su cumplimiento es limitado. El documento analiza las tendencias éticas de los gerentes públicos y priv
La Ley 850 de 2003 que reglamenta las veedurías ciudadanas es una institución jurídica que contempla las reglas específicas para su creación, los principios democráticos que rigen su organización interna, sus restricciones y limitaciones así como las condiciones y herramientas especiales para que los ciudadanos ejerzan la función de vigilancia y control.
Este documento presenta una orientación sobre el objeto de vigilancia de las veedurías ciudadanas según la Ley 850 de 2003. Explica que las veedurías pueden vigilar toda la gestión pública, incluyendo la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de programas, proyectos y contratos que involucren recursos públicos. Asimismo, establece que esta vigilancia puede ejercerse de manera permanente en cualquier etapa de la gestión, no solo antes o después, con el fin de garantizar una supervisión efectiva. Finalmente, resume que
LA CORRUPCIÓN Y LA FALTA DE TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN PÚBLICA: UNA PROPUES...Movimiento Justicia
Política publica propuesta por el MADJ en los temas de transparencia y lucha contra la corrupción en el espacio ¨Honduras Debate¨, donde se planteo a candidatos a elección popular 2013
Este documento presenta una guía orientadora sobre la Ley 850 de 2003, que reglamenta las veedurías ciudadanas en Colombia. Explica conceptos clave como qué son las veedurías ciudadanas, sus principios rectores, funciones, deberes y derechos. También describe la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas y el Consejo Nacional de Apoyo a las mismas, encargados de brindar acompañamiento. Finalmente, incluye un glosario y anexos con normatividad relacionada.
México, D.F., a 30 de octubre de 2015
INAI/175/15
LEY GENERAL AMPLÍA RESPONSABILIDADES A CONTADORES PÚBLICOS PARA RENDIR CUENTAS A LA SOCIEDAD: XIMENA PUENTE DE LA MORA
El documento discute la participación ciudadana en Venezuela. Explica que la Constitución Venezolana garantiza el derecho a la participación a través de varios mecanismos como elecciones, referéndums y revocatorias. Sin embargo, la participación efectiva requiere un proceso de formación e información para que sea adoptada culturalmente. El documento también analiza las bases constitucionales de la participación ciudadana en Venezuela y la importancia de promoverla.
El documento propone una iniciativa de decreto legislativo para que los 125 ayuntamientos de Jalisco otorguen permisos para abrir negocios de manera inmediata y brinden facilidades para cumplir los requisitos de licencias en 12 a 24 meses. Esto con el objetivo de generar empleos y aprovechar la derrama económica de los Juegos Panamericanos. Actualmente Jalisco tiene una tasa de desempleo de 5.91% que no ha podido superar.
Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciu...Jairo Sandoval H
Este documento presenta las estrategias para la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano que deben elaborar anualmente las entidades públicas de Colombia. Explica el marco normativo de este Plan y sus componentes, que incluyen la gestión del riesgo de corrupción, la racionalización de trámites, la rendición de cuentas, la atención al ciudadano y el acceso a la información. También describe las acciones preliminares que deben realizar las entidades antes de elaborar el Plan, como establecer su contexto
Informe-Ley Orgánica de la Contraloría SocialEileen Castro
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Contraloría Social de Venezuela de 2010. Establece que la contraloría social es una función compartida entre el poder público y los ciudadanos para garantizar la transparencia e inversión pública. Define los principios, deberes, medios de ejercicio y responsabilidades de la contraloría social. También describe los programas de formación ciudadana relacionados con este tema.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Capacitan en materia de transparencia a ediles
Piden cerrar el paso a la corrupción y la impunidad. Diputados piden informe sobre investigación contra Gabino Cué.
La administración pública es el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado y otros entes públicos. Se compone de cuatro niveles: nacional, central, descentralizado y entes de descentralización funcional como institutos autónomos y empresas del Estado. La administración pública debe servir a los ciudadanos de forma eficiente y transparente de acuerdo a la Constitución, y los ciudadanos tienen derecho a estar informados sobre los procedimientos administrativos que los afectan.
El documento resume el Sexto Foro Internacional "Desde lo Local: Fortalecimiento Municipal, Tarea de Todos" realizado en Puerto Vallarta, Jalisco. El foro buscó fortalecer la gestión municipal a través de la cooperación entre los tres órdenes de gobierno. Se reconoció a Jalisco por tener el mayor número de municipios certificados en el programa de las Naciones Unidas. El presidente Calderón enfatizó la importancia de coordinar esfuerzos para fortalecer a los municipios. Se presentaron propuestas como reformar el marco jur
Este documento describe el doble papel de la Contraloría General de la República de Costa Rica para garantizar el derecho de los ciudadanos a una buena administración. Por un lado, fiscaliza el uso adecuado de los fondos públicos por parte de las instituciones del gobierno para garantizar la eficiencia, eficacia y transparencia. Por otro lado, también debe administrarse de manera transparente y rendir cuentas a los ciudadanos. El documento analiza estas dos funciones de la Contraloría y cómo promueve los valores de buena gobernanza y
Este documento presenta el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción en Perú. Propone medidas para combatir la corrupción en el país, que los ciudadanos perciben como el principal problema. Se destaca la necesidad de una participación ciudadana activa y de la cooperación de todas las instituciones públicas y privadas para lograr una sociedad libre de corrupción.
El derecho municipal es una parte del derecho público que se encuentra en constante evolución. Es un derecho interrelacional y político cuya institución principal es el municipio, y tiene como objetivo satisfacer las necesidades y problemas de la comunidad local para mejorar el bienestar de la población.
Este documento discute la corrupción en el Perú y las medidas necesarias para combatirla de manera efectiva. Argumenta que se necesita un enfoque integral que involucre al derecho penal, al gobierno, a los ciudadanos y al sector privado. También analiza la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y las reformas que requiere el gobierno, incluyendo códigos de conducta para funcionarios públicos y sistemas de contratación transparentes. El objetivo final es diseñar políticas globales que erradiquen la corrupción
1) El documento habla sobre la participación ciudadana en la contratación estatal en Colombia.
2) Explica que la Constitución Política y leyes como la 80 de 1993 establecen el derecho de los ciudadanos y organizaciones a vigilar la gestión pública contractual.
3) También describe los mecanismos de participación como veedurías ciudadanas y la obligación del Estado de apoyar estas iniciativas de control social.
Carta de los Derechos y Deberes del Ciudadano en relación con la Administrac...Marcelo Pavka
Este documento aprueba la "Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública". Establece el derecho fundamental de las personas a una buena administración pública y define los principios como el servicio objetivo a los ciudadanos, la promoción de la dignidad humana, la racionalidad, la igualdad de trato, la eficacia, la eficiencia, la economía y la responsabilidad sobre los que se basa la obligación de una buena administración.
Coleccionable 2. democracia y participación. veedurías ciudadanasj g
1. La Constitución Política de 1991 otorgó a los ciudadanos el derecho a participar en la vigilancia de la gestión pública a través de mecanismos como las veedurías ciudadanas.
2. Las veedurías ciudadanas permiten a grupos de ciudadanos monitorear programas y proyectos públicos. Se constituyen mediante un acta y su inscripción ante las personerías o cámaras de comercio.
3. Existe una Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas que brinda ases
El documento habla sobre la administración pública. Define la administración pública como el conjunto de organizaciones públicas que realizan funciones administrativas y de gestión para el estado y otros entes públicos. Describe que se encuentra regulada principalmente por el poder ejecutivo y satisface los intereses públicos de forma inmediata. También incluye elementos como los medios personales, económicos y la organización de las entidades administrativas para alcanzar sus fines.
El documento describe la administración pública y el Estado peruano. Explica que la administración pública se ocupa principalmente de la rama ejecutiva del gobierno y tiene como objetivo lograr el bienestar de la colectividad a través de la prestación de servicios públicos. Luego, detalla la organización del Estado peruano, dividiendo los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, y describiendo brevemente sus funciones y organismos principales.
El documento describe las acciones del Poder Judicial de Costa Rica para garantizar el derecho a la buena administración en el acceso a la justicia. Se explica la evolución de la Justicia Abierta en Costa Rica desde 1985 hasta la actualidad, incluyendo la creación de la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia en 1994 y la aprobación de la Política de Justicia Abierta en 2018. También se detallan los pilares de la Justicia Abierta en Costa Rica y su relación con el derecho a la buena administración.
Etica, probidad y transparencia - Aurora CubíasAurora Cubias
Este documento presenta información sobre ética, probidad y transparencia en la gestión pública. Define conceptos como corrupción, estado, gestión pública y ética pública. Explica las funciones del estado como constituyente, legislativa, administrativa y jurisdiccional. Resalta que una buena gestión pública busca transformar las demandas ciudadanas en programas de gobierno con resultados específicos. Finalmente, analiza el informe Nolan sobre estándares éticos para funcionarios públicos como desinterés, integridad, objetividad, responsabilidad y trans
Contexto histórico y características generales del arte islámicoMuchoarte
1) El arte islámico se desarrolló tras la expansión del Islam más allá de la península arábica, asimilando elementos de otras culturas como la bizantina y la romana. 2) En Al-Andalus, el arte islámico mostró una síntesis de estos elementos con la fundamentación religiosa musulmana. 3) El arte islámico se expresa principalmente en la arquitectura y las artes aplicadas, evitando la figuración debido a su concepción religiosa.
The story follows four characters - two mice named Sniff and Scurry, and two little people named Hem and Haw - who search for cheese in a maze. One day they discover their usual cheese station is empty. While the mice quickly set off to find new cheese, Hem and Haw remain stuck in denial. Haw eventually decides to follow the mice's lead and search for new cheese. After overcoming his fears, he discovers a larger supply of new cheese and learns to embrace change.
El documento discute la participación ciudadana en Venezuela. Explica que la Constitución Venezolana garantiza el derecho a la participación a través de varios mecanismos como elecciones, referéndums y revocatorias. Sin embargo, la participación efectiva requiere un proceso de formación e información para que sea adoptada culturalmente. El documento también analiza las bases constitucionales de la participación ciudadana en Venezuela y la importancia de promoverla.
El documento propone una iniciativa de decreto legislativo para que los 125 ayuntamientos de Jalisco otorguen permisos para abrir negocios de manera inmediata y brinden facilidades para cumplir los requisitos de licencias en 12 a 24 meses. Esto con el objetivo de generar empleos y aprovechar la derrama económica de los Juegos Panamericanos. Actualmente Jalisco tiene una tasa de desempleo de 5.91% que no ha podido superar.
Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciu...Jairo Sandoval H
Este documento presenta las estrategias para la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano que deben elaborar anualmente las entidades públicas de Colombia. Explica el marco normativo de este Plan y sus componentes, que incluyen la gestión del riesgo de corrupción, la racionalización de trámites, la rendición de cuentas, la atención al ciudadano y el acceso a la información. También describe las acciones preliminares que deben realizar las entidades antes de elaborar el Plan, como establecer su contexto
Informe-Ley Orgánica de la Contraloría SocialEileen Castro
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Contraloría Social de Venezuela de 2010. Establece que la contraloría social es una función compartida entre el poder público y los ciudadanos para garantizar la transparencia e inversión pública. Define los principios, deberes, medios de ejercicio y responsabilidades de la contraloría social. También describe los programas de formación ciudadana relacionados con este tema.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Capacitan en materia de transparencia a ediles
Piden cerrar el paso a la corrupción y la impunidad. Diputados piden informe sobre investigación contra Gabino Cué.
La administración pública es el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado y otros entes públicos. Se compone de cuatro niveles: nacional, central, descentralizado y entes de descentralización funcional como institutos autónomos y empresas del Estado. La administración pública debe servir a los ciudadanos de forma eficiente y transparente de acuerdo a la Constitución, y los ciudadanos tienen derecho a estar informados sobre los procedimientos administrativos que los afectan.
El documento resume el Sexto Foro Internacional "Desde lo Local: Fortalecimiento Municipal, Tarea de Todos" realizado en Puerto Vallarta, Jalisco. El foro buscó fortalecer la gestión municipal a través de la cooperación entre los tres órdenes de gobierno. Se reconoció a Jalisco por tener el mayor número de municipios certificados en el programa de las Naciones Unidas. El presidente Calderón enfatizó la importancia de coordinar esfuerzos para fortalecer a los municipios. Se presentaron propuestas como reformar el marco jur
Este documento describe el doble papel de la Contraloría General de la República de Costa Rica para garantizar el derecho de los ciudadanos a una buena administración. Por un lado, fiscaliza el uso adecuado de los fondos públicos por parte de las instituciones del gobierno para garantizar la eficiencia, eficacia y transparencia. Por otro lado, también debe administrarse de manera transparente y rendir cuentas a los ciudadanos. El documento analiza estas dos funciones de la Contraloría y cómo promueve los valores de buena gobernanza y
Este documento presenta el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción en Perú. Propone medidas para combatir la corrupción en el país, que los ciudadanos perciben como el principal problema. Se destaca la necesidad de una participación ciudadana activa y de la cooperación de todas las instituciones públicas y privadas para lograr una sociedad libre de corrupción.
El derecho municipal es una parte del derecho público que se encuentra en constante evolución. Es un derecho interrelacional y político cuya institución principal es el municipio, y tiene como objetivo satisfacer las necesidades y problemas de la comunidad local para mejorar el bienestar de la población.
Este documento discute la corrupción en el Perú y las medidas necesarias para combatirla de manera efectiva. Argumenta que se necesita un enfoque integral que involucre al derecho penal, al gobierno, a los ciudadanos y al sector privado. También analiza la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y las reformas que requiere el gobierno, incluyendo códigos de conducta para funcionarios públicos y sistemas de contratación transparentes. El objetivo final es diseñar políticas globales que erradiquen la corrupción
1) El documento habla sobre la participación ciudadana en la contratación estatal en Colombia.
2) Explica que la Constitución Política y leyes como la 80 de 1993 establecen el derecho de los ciudadanos y organizaciones a vigilar la gestión pública contractual.
3) También describe los mecanismos de participación como veedurías ciudadanas y la obligación del Estado de apoyar estas iniciativas de control social.
Carta de los Derechos y Deberes del Ciudadano en relación con la Administrac...Marcelo Pavka
Este documento aprueba la "Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública". Establece el derecho fundamental de las personas a una buena administración pública y define los principios como el servicio objetivo a los ciudadanos, la promoción de la dignidad humana, la racionalidad, la igualdad de trato, la eficacia, la eficiencia, la economía y la responsabilidad sobre los que se basa la obligación de una buena administración.
Coleccionable 2. democracia y participación. veedurías ciudadanasj g
1. La Constitución Política de 1991 otorgó a los ciudadanos el derecho a participar en la vigilancia de la gestión pública a través de mecanismos como las veedurías ciudadanas.
2. Las veedurías ciudadanas permiten a grupos de ciudadanos monitorear programas y proyectos públicos. Se constituyen mediante un acta y su inscripción ante las personerías o cámaras de comercio.
3. Existe una Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas que brinda ases
El documento habla sobre la administración pública. Define la administración pública como el conjunto de organizaciones públicas que realizan funciones administrativas y de gestión para el estado y otros entes públicos. Describe que se encuentra regulada principalmente por el poder ejecutivo y satisface los intereses públicos de forma inmediata. También incluye elementos como los medios personales, económicos y la organización de las entidades administrativas para alcanzar sus fines.
El documento describe la administración pública y el Estado peruano. Explica que la administración pública se ocupa principalmente de la rama ejecutiva del gobierno y tiene como objetivo lograr el bienestar de la colectividad a través de la prestación de servicios públicos. Luego, detalla la organización del Estado peruano, dividiendo los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, y describiendo brevemente sus funciones y organismos principales.
El documento describe las acciones del Poder Judicial de Costa Rica para garantizar el derecho a la buena administración en el acceso a la justicia. Se explica la evolución de la Justicia Abierta en Costa Rica desde 1985 hasta la actualidad, incluyendo la creación de la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia en 1994 y la aprobación de la Política de Justicia Abierta en 2018. También se detallan los pilares de la Justicia Abierta en Costa Rica y su relación con el derecho a la buena administración.
Etica, probidad y transparencia - Aurora CubíasAurora Cubias
Este documento presenta información sobre ética, probidad y transparencia en la gestión pública. Define conceptos como corrupción, estado, gestión pública y ética pública. Explica las funciones del estado como constituyente, legislativa, administrativa y jurisdiccional. Resalta que una buena gestión pública busca transformar las demandas ciudadanas en programas de gobierno con resultados específicos. Finalmente, analiza el informe Nolan sobre estándares éticos para funcionarios públicos como desinterés, integridad, objetividad, responsabilidad y trans
Contexto histórico y características generales del arte islámicoMuchoarte
1) El arte islámico se desarrolló tras la expansión del Islam más allá de la península arábica, asimilando elementos de otras culturas como la bizantina y la romana. 2) En Al-Andalus, el arte islámico mostró una síntesis de estos elementos con la fundamentación religiosa musulmana. 3) El arte islámico se expresa principalmente en la arquitectura y las artes aplicadas, evitando la figuración debido a su concepción religiosa.
The story follows four characters - two mice named Sniff and Scurry, and two little people named Hem and Haw - who search for cheese in a maze. One day they discover their usual cheese station is empty. While the mice quickly set off to find new cheese, Hem and Haw remain stuck in denial. Haw eventually decides to follow the mice's lead and search for new cheese. After overcoming his fears, he discovers a larger supply of new cheese and learns to embrace change.
This document outlines an agenda for a lab comparing Docker Swarm mode, Kubernetes, and Apache Mesos for container orchestration. The lab will be run either on HPE infrastructure accessed via OpenVPN or locally using Vagrant and virtual machines. Setup instructions and detailed lab steps are provided at a GitHub link. The goal is to give participants hands-on experience with each orchestrator in less than two hours without becoming an expert.
The document provides a summary, contact information, and work history for Gabriella D. Wyman, who has experience in customer service management, bookstore management, and administrative and clerical roles. She has over 15 years of experience in customer service, team management, and administrative support. Her experience includes roles at Novitex/Bank of America, Chase Bank, Macy's, Fountain Pen Christian Store, Walmart, and Sears.
Google Glass gafas de realidad aumetada desarolladas por googleuv
Este documento presenta información sobre Google Glass, incluyendo sus características como dispositivo de realidad aumentada desarrollado por Google, su software de aplicaciones gratuitas creadas por desarrolladores de terceros y aplicaciones existentes de Google, y ejemplos de su uso en la vida como la primera transmisión quirúrgica usando Google Glass.
Birthday celebrators for the month of October- Tondo High School Teachers Tea...Olhen Rence Duque
The document discusses the results of a study on the impact of COVID-19 lockdowns on air pollution. Researchers analyzed data from dozens of countries and found that lockdowns led to an average decline of nearly 30% in nitrogen dioxide levels across major cities. However, they also observed that the reductions in air pollution were temporary and that levels began to rise again as restrictions eased and human activity increased.
El documento describe la importancia de considerar el entorno macroeconómico al tomar decisiones empresariales. Explica que la macroeconomía y la microeconomía están vinculadas y que lo que ocurre en una afecta a la otra. Al elaborar un plan estratégico, las empresas deben analizar variables macroeconómicas como el PBI, índices de precios, balanza comercial y estadísticas sectoriales para comprender las tendencias del mercado y oportunidades/amenazas. Este análisis es parte del proceso de toma de decisiones rac
Patrick McDonnell, PA DEP Acting Secretary, “Economics and Environment”Michael Hewitt, GISP
This document outlines Pennsylvania's $30 million Abandoned Mine Land (AML) Economic Revitalization Pilot Program. It includes a map showing the locations of proposed AML projects and a table listing 15 specific AML reclamation projects across 12 counties. The types of projects include re-mining, surface mine restoration, acid mine drainage remediation, waterline extensions, mine drainage treatment, refuse pile reclamation, and underground mine fire extinguishment. The goal is to use AML funds to complete reclamation projects that have economic development or community benefits.
El siglo XVI marcó el apogeo de la pintura renacentista en Italia, liderada por genios como Leonardo da Vinci, Miguel Ángel y Rafael. Dominaron técnicas como la perspectiva, el uso de la luz y la sombra, y buscaron capturar la belleza a través de la proporción y el movimiento más que la mera representación de la realidad. Sus obras se caracterizaron por composiciones sencillas, figuras monumentales y un tratamiento más suelto del color.
Este documento proporciona instrucciones sobre los primeros auxilios básicos para varias lesiones y emergencias médicas comunes. Explica los principios generales de los primeros auxilios como actuar rápidamente pero con calma, no causar más daño, y llamar a emergencias si es necesario. Luego detalla procedimientos específicos para heridas, hemorragias, traumatismos, quemaduras y crisis asmáticas, incluyendo limpiar y vendar heridas, aplicar hielo a las lesiones, y enfriar quemaduras con
Alanine aminotransferase (ALT) is an enzyme found primarily in the liver and kidney that was originally referred to as serum glutamic pyruvic transaminase (SGPT). ALT levels are normally low in the serum but increase with liver damage and are used to screen for and monitor liver disease. The ALT test works by measuring the conversion of L-alanine and α-ketoglutarate to pyruvate and glutamate by SGPT, and then measuring the intensity of the brown colored complex formed between pyruvate and 2,4-dinitrophenyl hydrazine. Elevated ALT can indicate liver damage from viral hepatitis, toxins, drugs, tumors, or chronic liver
The document discusses the importance of setting in stories. It provides examples from three short stories: Battle Royal by Ralph Ellison, which takes place in a wealthy hotel ballroom in the South; Two Kinds by Amy Tan, set in San Francisco, California in 1949; and A Rose for Emily by William Faulkner, located in Jefferson, Mississippi in the late 1800s. The concluding paragraph emphasizes that setting creates mood, atmosphere, and shapes characters and plots. Descriptive settings allow readers to visualize the time period and place, and help form an emotional connection to the story. Setting is a crucial tool for authors to effectively engage their audience.
Informe diagnóstico inicial a la granja en bicialex lopez
Informe gráfico sobre la ENCUESTA de Diagnóstico Inicial del proyecto "Yo puedo ir sólo...a la Granja en Bici". La encuesta fue realizada por más de 300 alumnos de 1º ESO a 1º Bachillerato en Marzo de 2016.
Realizado por Alfonso Fernández, profesor de Biología y miembro del proyecto.
Este documento presenta los resultados de una evaluación de estilos de aprendizaje realizada a Valeria Orozco Ramírez. La evaluación consistió en una serie de preguntas donde Valeria tuvo que asignar valores de 1 a 4 a diferentes formas de aprendizaje, dependiendo de cuál describiera mejor su manera habitual de proceder. Luego, los resultados se graficaron en un plano de coordenadas para identificar su estilo de aprendizaje predominante, el cual resultó ser Divergente, caracterizado por preferir aprender de la experiencia y la observación reflexiva.
Este documento presenta el contexto general del Plan Nacional de Prevención y Lucha Contra la Corrupción de Ecuador. Se basa en el marco normativo establecido en la Constitución de 2008, la cual designa a la Función de Transparencia y Control Social la responsabilidad de prevenir y combatir la corrupción. También se basa en tratados internacionales ratificados por Ecuador. Se define la corrupción y se describe el nuevo modelo de Estado Constitucional de Derechos y Justicia. Finalmente, se explica cómo la corrupción afecta los derechos cons
Este documento propone lineamientos gerenciales para crear una estructura organizativa de contraloría social en Venezuela de acuerdo a la Constitución. Actualmente existe poca participación ciudadana en el control de la gestión pública y altos índices de corrupción. Se justifica la necesidad de contraloría social para fortalecer la democracia y hacerla más participativa. El objetivo es diseñar una estructura de contraloría social que permita canalizar denuncias ciudadanas y dar respuestas oportunas sobre funcionarios públicos.
Iniciativa con Proyecto de Ley Anticorrupción para el Estado de Guerreroricardomejiaberdeja
Este documento presenta una iniciativa de ley anticorrupción para el estado de Guerrero en México. Expone la gravedad del problema de la corrupción en el estado y país. Propone una ley con disposiciones para prevenir, penalizar y recuperar activos derivados de actos de corrupción. La ley aplicaría a funcionarios públicos estatales y municipales, partidos políticos, empresas públicas y proveedores del gobierno. Busca promover la transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad para combatir la corrupción.
Este documento presenta el planteamiento de un trabajo de grado sobre el análisis jurídico de la participación ciudadana en los órganos de control fiscal municipal en Venezuela. El trabajo analizará los marcos teórico y legal de la participación ciudadana y control fiscal municipal, así como la estructura y metodología de la investigación, la cual incluirá una revisión de la literatura, un enfoque cuantitativo y descriptivo, y el uso de técnicas de recolección de datos como encuestas. El objetivo es evaluar cómo la ciudadanía puede participar
Este documento resume los antecedentes y desarrollo de la lucha contra la corrupción en Colombia. Explica cómo el narcotráfico y el afán por el enriquecimiento fácil permearon la sociedad colombiana. También describe cómo la Constitución de 1991 y la descentralización del gobierno llevaron a mayores niveles de corrupción. Finalmente, detalla algunas de las medidas adoptadas por el gobierno colombiano para combatir la corrupción, incluyendo nuevas leyes y la creación de organismos de control e investigación.
El control ciudadano_y_su_aporte_al_desarrollocasadelvocal
El documento describe el concepto de control ciudadano y su importancia para el desarrollo en Colombia. Explica que el control ciudadano permite a los ciudadanos influir en los asuntos del estado para incrementar la responsabilidad y transparencia en la gestión pública. Detalla que el control ciudadano está fundamentado constitucionalmente y normativamente en Colombia y que tiene el potencial de fortalecer la democracia y la rendición de cuentas. También discute los diferentes actores, formas y propósitos del control ciudadano, así como sus costos y beneficios para los ciudadan
D I P U T A D O P E D R O Z A G A I TÁ N F O R O L O L O C A Lguest3ec6c15
El documento resume el Sexto Foro Internacional "Desde lo Local: Fortalecimiento Municipal, Tarea de Todos" realizado en Puerto Vallarta, Jalisco. El foro buscó fortalecer la gestión municipal a través de la planeación estratégica y la participación ciudadana. Contó con la presencia de funcionarios y autoridades federales, estatales y municipales. Se entregaron reconocimientos a municipios por su desempeño y certificaciones a funcionarios. El orador destacó la importancia de los indicadores de gestión para evaluar el desempeño
El documento describe la corrupción, sus tipos, causas y consecuencias. Define la corrupción como el abuso de poder para ganancias personales. Explica que existen diferentes tipos como sobornos, peculado y tráfico de influencias. Las causas incluyen debilidades institucionales, falta de aplicación de la ley y brechas entre el orden jurídico y social. Las consecuencias son la erosión de la legitimidad de gobiernos y la consolidación de élites políticas y económicas. También habla de índices de corrupción como el
Este documento presenta el informe de labores de 2019 de la Función de Transparencia y Control Social de Ecuador. El informe destaca los avances realizados en el marco del Plan Nacional de Integridad Pública y Lucha contra la Corrupción, incluyendo la formulación de políticas públicas, la promoción de la participación ciudadana y la coordinación interinstitucional. El presidente de la Función de Transparencia resalta la importancia de combatir la corrupción a través de acciones sistemáticas a largo plazo que involucren a actores públic
El documento describe los esfuerzos de Costa Rica para combatir la corrupción a través de reformas a su marco jurídico, incluyendo la ratificación de convenciones internacionales como la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. También creó nuevas entidades como la Procuraduría de la Ética Pública y la Fiscalía Adjunta de Probidad para combatir la corrupción. Si bien Costa Rica ha avanzado en este tema, todavía quedan áreas por mejorar en su
Este documento discute la importancia de garantizar la participación efectiva de las víctimas en el diseño e implementación de la política de asistencia y reparación establecida en la Ley 1448 de 2011 en Colombia. Señala que aunque la ley reconoce el derecho a la participación de las víctimas, en la práctica este derecho no se ha garantizado. Propone que para lograr una participación efectiva es necesario precisar las bases normativas del derecho a participar, examinar las disposiciones de la ley sobre este tema, e identificar limitaciones
Memorias del programa en capacitación ciudadana y control social: En la garan...innovalabcun
El documento presenta los lineamientos del programa de capacitación en participación ciudadana y control social llevado a cabo por la Procuraduría General de la Nación. El programa busca fortalecer la participación ciudadana y el control social de la gestión pública a través de la capacitación de ciudadanos y servidores públicos. Se explican conceptos como participación ciudadana, control social y veedurías ciudadanas. Además, se destacan los derechos ciudadanos a la participación y las obligaciones del Estado de garantizar mecanismos que faciliten el ejercicio
Participación ciudadana en el marco de la municipalización de la justicia pen...Marco Araujo
Este documento describe la municipalización de la justicia penal en Venezuela como un esfuerzo para acercar la administración de justicia a los ciudadanos y promover su participación. Bajo este sistema, las fiscalías municipales conocen delitos menores y usan medios alternos de resolución de conflictos como la mediación y el trabajo comunitario para lograr la reinserción social de los infractores. El objetivo es establecer un verdadero Estado social de derecho mediante una justicia más humanizada y democratizada.
Modelo de gobierno desde el centro democraticoUribismoValle
Este documento describe el modelo de gobierno centro democrático propuesto en Colombia. Este modelo se basa en cinco elementos clave: seguridad democrática, libertades, cohesión social, independencia de instituciones y pluralismo ciudadano participativo. El documento luego describe los componentes de este modelo, incluido el estado comunitario, gerencial, participativo y descentralizado, con un enfoque en seguridad democrática, confianza inversionista y cohesión social.
Este documento ofrece una guía sobre conceptos clave relacionados con la participación ciudadana y el control social en Colombia. Explica que la participación ciudadana se refiere a la capacidad de los ciudadanos de incidir en asuntos públicos, mientras que el control social es un derecho y deber de vigilar la gestión pública. También define las veedurías ciudadanas como mecanismos para ejercer vigilancia ciudadana sobre entidades públicas o privadas. Finalmente, resume los principales mecanismos de participación establecidos en la Constitución colombiana como
Este documento presenta una guía sobre conceptos clave relacionados con la participación ciudadana y el control social en Colombia. Explica que la participación ciudadana se refiere a la acción individual o colectiva que permite incidir en procesos públicos, mientras que el control social es un derecho y deber de los ciudadanos para vigilar la gestión pública. También define las veedurías ciudadanas como mecanismos para ejercer vigilancia sobre la gestión pública. Finalmente, resume los fundamentos constitucionales para la participación ciudadana en Colombia y algunos mecan
Ante la situación actual y las diferentes percepciones e interpretaciones a los mecanismos de participación popular presentamos el siguiente comunicado, construido con diferentes profesionales, intelectuales y organizaciones, en donde solicitamos al gobierno Santos que las decisiones de los habitantes, expresadas en las consultas populares y acuerdos municipales, sean respetadas por el gobierno nacional como legales y legítimas. En particular, porque la autonomía de la comunidad es un asunto primordial de la Constitución Política, de la descentralización y del derecho fundamental de las personas a participar en decisiones que las afectan. Si quieren conocer, apoyar y respaldar el comunicado lo pueden realizar en el siguiente link...
Proyecto de ordenanza presentado en julio 2016, para el fortalecimiento de la economía popular y solidaria en las compras públicas del Municipio de Quito
La Unión Europea ha acordado un embargo petrolero contra Rusia en respuesta a la invasión de Ucrania. El embargo prohibirá las importaciones marítimas de petróleo ruso a la UE y pondrá fin a las entregas a través de oleoductos dentro de seis meses. Esta medida forma parte de un sexto paquete de sanciones de la UE destinadas a aumentar la presión económica sobre Moscú y privar al Kremlin de fondos para financiar su guerra.
El documento propone la creación de un Sistema de Protección Integral de Derechos en el Distrito Metropolitano de Quito para garantizar los derechos de los grupos de atención prioritaria reconocidos en la Constitución ecuatoriana. El sistema se basaría en un enfoque de derechos humanos y crearía un Consejo de Protección de Derechos para coordinar las políticas públicas a favor de la niñez, juventud, mujeres, personas con discapacidad y otros grupos. El objetivo es promover la igualdad, inclus
Conferencia sustentada en la Facultad de Arquitectura de la Universidad Central en julio del 2014, sobre el modelo de movilidad que propusimos en la administración municipal de Augusta Barrera (2009 - 2014)
Presentación de octubre del 2014 sobre el proyecto Metro de Quito, planificado en la administración municipal de Augusto Barrera, que responde preguntas que en ese momento se formulaban respecto a su viabilidad y pertinencia
El documento establece la necesidad de regular la explotación de materiales áridos y pétreos en el Distrito Metropolitano de Quito debido a que actualmente se ha desarrollado de manera caótica sin considerar factores ambientales. Se creó una ordenanza municipal en 2014 pero su aplicación fue limitada hasta que el Consejo Nacional de Competencias transfirió las competencias a los gobiernos locales en 2015. Por lo tanto, se requiere una nueva ordenanza metropolitana que se ajuste a la normativa nacional para regular de manera a
Concejales de Quito por PAIS solicitan al alcalde suspender contratación de Quito cables hasta disponer de estudios completos y que se haya socializado adecuadamente
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo ruso. El embargo se aplicaría gradualmente durante seis meses para el petróleo crudo y ocho meses para los productos refinados. Este paquete de sanciones requiere la aprobación unánime de los 27 estados miembros de la UE.
Este documento propone reformar la Ordenanza No. 0539 para fortalecer la economía popular y solidaria en el Distrito Metropolitano de Quito. La ordenanza actual no ha logrado que el 5% del presupuesto de contratación pública se destine a la economía popular y solidaria como estaba planeado. La reforma dotaría a las autoridades municipales de mejores mecanismos para cumplir con este objetivo y así mejorar las condiciones de vida de los quiteños más vulnerables.
Informe para el primer debate del proyecto de ordenanza que declara de interés social a los asentamientos humanos de hecho y consolidados y establece el proceso integral para su regulación. Propuesta de concejales del Mov. PAIS de octubre del 205
Proyecto de ordenanza metropolitana de Quito para la captura de plusvalía por cambios normativos en el uso y ocupación del suelo operados a través de los proyectos urbanísticos arquitectónicos especiales (PUAE)
Proyecto de ordenanza metropolitana para reformar la conformación y funcionamiento de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción "Quito Honesto"
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
Los Estados Contables tienen por objeto dar a conocer la situación patrimonial y de resultados así como presupuestaria de la institución al cierre de cada ejercicio contable. Brindan información a los beneficiarios, abogados, peritos, auditores, organismos de contralor, y a la sociedad en general.
Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
VENEZUELA EN CIFRAS, RESUMEN DE DATOS DE VENEZUELA
Proyecto OM Quito Honesto cpáez 070716
1. 1
ORDENANZA No.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De acuerdo con el reconocido sociólogo peruano Mario Olivera Prado, la corrupción se
define como la acción ilícita o ilegítima encubierta y deliberada de servidores públicos o
personas privadas para favorecer intereses particulares, realizada vía cualquier medio o
cuota de poder en espacios normativos institucionalizados y estructurados, afectando a
intereses públicos, de sujetos colectivos, individuales y a la ética. Complementando el
concepto, según una reciente publicación del Fondo Monetario Internacional titulada
Corrupción: Costos y estrategias para mitigarlos (mayo del 2016), aunque ésta es fre-
cuentemente entendida como transaccional por naturaleza (un soborno como ejemplo
típico), también se puede manifestar por poderosas redes entre los negocios y los go-
biernos que resultan efectivamente en la privatización de la política pública.
El problema se agrava, si se suma la impunidad o falta de castigo frente al cometimiento
de este tipo de delitos. En efecto, la impunidad es un aliado eficaz de la corrupción, ya
que al no sancionar los actos ilegales cometidos por las personas, hacen que éstos se
multipliquen en más espacios y lugares e incluso socave los principios éticos de la con-
vivencia ciudadana y la construcción social. Frases como “que haga obra así robe” o
“de ley toca aceitar para que salga el trámite”, son ejemplos perniciosos de la vulnera-
ción de esos principios y de la penetración del fenómeno en la cotidianidad.
Esta situación, que es una de las características indeseables de los sistemas públicos a
nivel mundial, constituye uno de los principales objetivos de batalla, a fin de cuidar los
recursos públicos y utilizarlos en la promoción del desarrollo. En efecto, según el refe-
rido estudio del FMI, este fenómeno en el sector público retira entre 1.5 y 2 miles de
millones de dólares al año de la economía mundial y genera costos muchísimo más altos
al contener el crecimiento global, impedir una mayor recaudación pública y limitar la
caída de los niveles de pobreza; además, establece que la corrupción también tiene un
efecto corrosivo en la sociedad, ya que afecta la confianza en un gobierno y erosiona los
estándares éticos de los ciudadanos.
En respuesta a esta problemática, a nivel mundial se han definido varios acuerdos inter-
nacionales para orientar a los estados y las sociedades en la definición de sus actuacio-
nes, vale citar por ejemplo la Convención Interamericana Contra la Corrupción (Vene-
zuela, 1996), la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (México,
2003) y el Plan Andino de Lucha Contra la Corrupción (Bolivia, 2007), todos debida-
mente refrendados por el Estado Ecuatoriano. Más allá de sus especificidades, todos es-
tos instrumentos reconocen la necesidad de atacar el problema desde una visión integral,
que reforme y modernice el marco legal para la contratación pública; fortalezca la capa-
cidad investigativa y sancionadora de la función judicial; promueva la participación
ciudadana debidamente formada e informada, como garantía de la transparencia de los
procesos; y, trabaje por crear una cultura de transparencia y rechazo a la corrupción e
impunidad.
En el caso de Quito, por iniciativa del entonces alcalde, la Resolución No. A065 del 20
de agosto de 2002, creó la Comisión de Lucha Contra la Corrupción como un mecanis-
mo novedoso de participación ciudadana en la promoción, prevención e investigación
de las prácticas de corrupción. Posteriormente, mediante la Ordenanza Metropolitana
2. 2
No. 0116 del 17 de marzo del 2004, el Concejo jerarquizó la tarea de esta Comisión,
dotándola de mayor cobertura legal.
El país ha experimentado desde entonces, profundos cambios legales en esta temática,
originados tanto en la aprobación de la nueva Constitución de la República en octubre
del 2008, como en la expedición de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Con-
trol Social (abril del 2010), que han significado una transformación institucional, expre-
sada entre otras cosas en la instauración de una nueva función independiente del Estado,
referida a la participación ciudadana y al control social. Pese a ello, la estructura orgá-
nica y la integración de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción se ha
mantenido inalterada desde su creación, restringiendo posibilidades a la participación
ciudadana y a la atención a los nuevos desafíos y responsabilidades que implica.
Por ello, se hace necesario revisar y actualizar el marco legal para el funcionamiento de
la misma, a fin de profundizar su sentido de agente promotor de una cultura ética en la
administración municipal y de espacio institucional autónomo y con representación di-
recta de la ciudadanía, de prevención e investigación de denuncias de corrupción, con
una lógica de austeridad fiscal y uso eficiente de los recursos públicos.
3. 3
ORDENANZA No.
EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO
CONSIDERANDO
Que, el artículo 3 de la Constitución de la República, establece que son deberes pri-
mordiales del Estado, entre otros: “8. Garantizar a sus habitantes el derecho a
una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democráti-
ca y libre de corrupción”;
Que, los artículos 61, 95 y 102 de la Constitución consagran el derecho a la participa-
ción en los asuntos de interés público, para lo cual las ciudadanas y ciudadanos,
incluidos aquellos domiciliados en el exterior, en forma individual y colectiva,
participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y
gestión de los asuntos públicos, en el control popular de las instituciones del Es-
tado, la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de cons-
trucción del poder ciudadano;
Que, el artículo 83 de la Constitución, indica, entre otros, que son deberes y responsa-
bilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos
en la Constitución y la ley: “8. Administrar honradamente y con apego irrestric-
to a la ley el patrimonio público, y denunciar y combatir los actos de corrup-
ción”;
Que, el artículo 417 de la Constitución, establece los tratados internacionales ratifica-
dos por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la Constitución. En el caso de
los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos se apli-
carán los principios pro ser humano, de no restricción de derechos, de aplicabili-
dad directa y de cláusula abierta establecidos en la Constitución; por lo que la
Convención de las Naciones Contra la Corrupción, Plan Andino de Lucha Con-
tra la Corrupción, son instrumentos de aplicación y lucha contra la corrupción;
Que, el artículo II de la Convención Interamericana contra la Corrupción, establece,
entre otros, que los propósitos de la presente Convención son: 1. Promover y for-
talecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos ne-
cesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción;
Que, el artículo 45 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, expedida el 20 de
abril del 2010, establece que “(l)as distintas funciones del Estado establecerán
mecanismos para garantizar la transparencia de sus acciones, así como los pla-
nes y programas que faciliten la participación activa de la ciudadanía en su ges-
tión”;
Que, El Plan Nacional de Prevención y Lucha Contra la Corrupción 2013-2017, de la
Función de Transparencia y Control Social establece en su capítulo 3, el Proceso
Participativo del Plan Nacional de Prevención y Lucha Contra la Corrupción;
Que, mediante Resolución de Alcaldía No. A065 del 20 de agosto de 2002 fue crea-
da La Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción con plena auto-
4. 4
nomía operacional y de manejo de su presupuesto descentralizado, responsable
de establecer las políticas, directrices y procedimientos para prevenir y erradicar
cualquier forma de corrupción en todas las dependencias municipales del Distri-
to Metropolitano de Quito;
Que, mediante Ordenanza Metropolitana No. 0116 del 17 de marzo de 2004, se expide
la Ordenanza Metropolitana Mediante la cual se incluye un capítulo en el Título
II, del libro primero del Código Municipal que trata de la “Comisión Metropoli-
tana de Lucha Contra la Corrupción”;
Que, la Ordenanza Metropolitana No. 102 del 03 de marzo de 2016, que promueve y
regula el Sistema Metropolitano de Participación Ciudadana y Control Social,
señala en su artículo 4 que la ciudadanía activa “(e)s el compromiso entre ciuda-
danos corresponsables que se involucran activamente en la gestión municipal a
través de la deliberación colectiva sobre sus problemas, promoviendo, apoyan-
do cambios, construyendo propuestas, proyectos y mejoras en la planificación y
gestión de la ciudad”;
Que, el artículo 5 del mismo cuerpo legal, establece que el poder ciudadano “(s)e
ejerce mediante la participación ciudadana en la toma de decisiones en planifi-
cación y gestión de los asuntos públicos, así como a través del ejercicio de los
mecanismos de control social”;
Que, el artículo 17 del mismo cuerpo legal, establece que “(s)in perjuicio del pleno
ejercicio de atribuciones en materia de fiscalización que poseen los miembros
del Concejo Metropolitano de Quito, la Comisión Metropolitana de Lucha con-
tra la Corrupción, Quito Honesto, es el órgano encargado de verificar y dar se-
guimiento al cumplimiento de las directrices establecidas en esta Ordenanza en
lo que tiene que ver con la rendición de cuentas, el control social y la transpa-
rencia de los sujetos obligados”;
En ejercicio de las atribuciones legales establecidas en los artículos 7, 57 literal a) y 87
literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentraliza-
ción y 8 de la Ley Orgánica de Régimen para el Distrito Metropolitano de Quito, el
Concejo Metropolitano:
EXPIDE LA SIGUIENTE:
ORDENANZA METROPOLITANA SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA ME-
TROPOLITANA No. 0116 MEDIANTE LA CUAL SE REEMPLAZA EL CAPÍ-
TULO XII EN EL TÍTULO II, DEL LIBRO PRIMERO DEL CÓDIGO MUNI-
CIPAL QUE TRATA DE LA “COMISIÓN METROPOLITANA DE LUCHA
CONTRA LA CORRUPCIÓN”
Artículo Único.- Sustitúyase el Capítulo XII del Código Municipal del Distrito Metro-
politano de Quito, por el siguiente:
“CAPÍTULO XII
5. 5
Artículo … (1).- Objeto.- la presente Ordenanza tiene por objeto regular la organiza-
ción, funcionamiento y atribuciones de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la
Corrupción, como un instrumento institucional de prevención y procesamiento de de-
nuncias sobre prácticas corruptas en la gestión municipal, de acuerdo con la Constitu-
ción de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y el or-
denamiento jurídico vigente a nivel nacional y local.
Sección I
De la naturaleza, fines, principios, ámbito de acción, objetivos y deberes y atribu-
ciones de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción
Artículo … (2).- Naturaleza y fines.- la Comisión Metropolitana de Lucha Contra Co-
rrupción es una unidad especializada del Municipio del Distrito Metropolitana de Quito,
con autonomía e independencia financiera y administrativa, que actuará en representa-
ción de la ciudadanía del Distrito, Su sede está en el Distrito Metropolitano de Quito y
podrá desenvolver sus acciones en todo el territorio del Ecuador en asuntos concernien-
tes a bienes o recursos del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
La Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción, a través de los mecanismos
de la democracia representativa, directa y comunitaria, de la participación y la construc-
ción del poder ciudadano así como de los demás mecanismos previstos por la Constitu-
ción de la República y las leyes pertinentes, impulsa y establece los procedimientos de
control social orientados a la prevención, investigación, identificación e individualiza-
ción de acciones u omisiones que pudieren implicar la comisión de actos de corrupción,
así como para difundir los valores y principios de transparencia en el manejo de los
asuntos públicos en todas las dependencias municipales del Distrito Metropolitano, sus
empresas públicas metropolitanas y agencias.
Tendrá como sus objetivos fundamentales la prevención y lucha efectiva contra la co-
rrupción, recuperación y protección del patrimonio del Estado y el combate a la impuni-
dad en todos los ámbitos y sectores de la administración municipal manteniendo los
principios de ética y de servicio público en el marco de la Constitución de la República
y la legislación vigente.
Artículo … (3).- Principios.- a más de los principios generales establecidos en la Cons-
titución de la República y las leyes de la materia, la Comisión Metropolitana de Lucha
Contra la Corrupción actuará bajo los siguientes principios:
igualdad.- se garantiza a las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colecti-
va, iguales derechos, condiciones y oportunidades para participar, incidir y decidir
en la vida pública del Estado y la sociedad.
ética laica.- se garantiza el accionar sustentado en la razón, libre de toda presión o
influencia preconcebida y toda creencia confesional, por parte del Estado y sus fun-
cionarios.
diversidad.- se reconocen e incentivan los procesos de participación basados en el
respeto y el reconocimiento del derecho a la diferencia, desde los distintos actores
sociales, sus expresiones y formas de organización; se valoran, respetan y recono-
6. 6
cen las diversas identidades culturales para la construcción de la igualdad en la di-
versidad.
independencia.- la Comisión actuará sin influencia de otros poderes públicos, así
como de factores que afecten su credibilidad y confianza.
complementariedad.- la Comisión propiciará una coordinación adecuada con otros
organismos de las Funciones del Estado, los diferentes niveles de gobierno y la ciu-
dadanía. Podrá requerir la cooperación de otras instancias para alcanzar sus fines.
subsidiaridad.- la Comisión actuará en el ámbito que le corresponda.
transparencia y publicidad.- las acciones de la Comisión serán de libre acceso a la
ciudadanía. La información que genere o posea es pública y de libre acceso, salvo
aquella que se genere y obtenga mientras se desarrollan procesos de investigación de
acuerdo a la Constitución y la ley.
oportunidad y celeridad.- todas las acciones de la Comisión estarán basadas en la
pertinencia y motivación y deben ser prontos y oportunos.
defensa del patrimonio municipal.- todos los ciudadanos y funcionarios tienen la
obligación de precautelar y resguardar los bienes y patrimonio público, protegerlos y
custodiarlos como si fueran propios, en beneficio del bien común, denunciando todo
acto o hecho de corrupción.
Artículo … (4).- Definición de corrupción.- para efectos de esta Ordenanza, se enten-
derá por corrupción como la acción u omisión cometida por una autoridad o funcionario
que da un mal uso del poder público, incluso por parte de una persona natural o jurídica
privada que maneja fondos públicos o presta servicios públicos, con el objeto de obtener
cierta ventaja ilícita o ilegítima, preponderando intereses particulares, en desmedro del
interés público.
Es el abuso del poder público o administrativo perpetrado, en cualquiera de los niveles
de la Municipalidad, por acción u omisión de agentes públicos o de particulares, cual-
quiera que sea la jerarquía o forma de designación o tipo de vinculación, administrativa,
laboral u honorífica, de los primeros, o la naturaleza jurídica de la personería, de los se-
gundos, que tienda a hacer, dejar de hacer, retardar u orientar las acciones o decisiones
que por ley o por sus funciones estén dentro de las obligaciones de dichos agentes o per-
sonas, con el fin de obtener beneficios de cualquier índole (pecuniarios, legales, labora-
les, dádivas, favores, promesas, prebendas y privilegios o ventajas en general), para sí o
para terceros, o con el propósito de causar daños a otras personas; así como cualquier
actuación o práctica que implique acceso irregular o ilegítimo a las acciones o decisio-
nes de las funciones del Municipio, sus órganos, instituciones o servicios, independien-
temente de que tales actos causen o no perjuicio pecuniario al Estado o a los órganos,
entidades o servicios públicos. El presente concepto comprende también el acoso sexual,
la exclusión de género y el racismo.
Artículo… (5).- Ámbito de acción.- la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la
Corrupción ejercerá su acción en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito,
empresas públicas metropolitanas, agencias e institutos, así como en las diversas depen-
7. 7
dencias y organismos en los que el Municipio tuviere acciones, bienes, derechos o inter-
eses. Para los supuestos antes señalados, su campo de acción podrá extenderse a otros
ámbitos territoriales.
Artículo… (6).- Objetivos.- la Comisión tendrá los siguientes objetivos:
1. promover una cultura institucional y ciudadana, vinculada con la gestión municipal,
basada en la transparencia, la participación ciudadana bien formada e informada y
las buenas prácticas éticas.
2. solicitar y promover la difusión de la rendición de cuentas de los directivos munici-
pales, de conformidad con los lineamientos legales vigentes a nivel nacional y local
y con el reglamento que para el efecto elaborará para el efecto la Comisión Metro-
politana de Lucha Contra la Corrupción;
3. coadyudar a garantizar el derecho de la ciudadanía al acceso a la información gene-
rada en la institución municipal; y,
4. proponer, supervisar y fiscalizar las políticas pública, orientadas a prevenir y san-
cionar actos de corrupción, para proteger y recuperar el patrimonio municipal
Artículo … (7).- Deberes y atribuciones de la Comisión Metropolitana de Lucha
Contra la Corrupción.- a la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción le
competen:
1. vigilar el cumplimiento de los objetivos de la presente Ordenanza y recomendar
buenas prácticas sobre el cumplimiento de los mecanismos de rendición de cuentas
legalmente establecidos por la ley, para las dependencias municipales, sus empresas
y las personas jurídicas del sector privado que presten servicios públicos financiados
con fondos municipales;
2. aprobar el plan anual de lucha contra la corrupción elaborado por el presidente de la
Comisión y evaluar su ejecución;
3. promover la conformación, dar seguimiento, apoyar el funcionamiento y llevar re-
gistro de veedurías ciudadanas, observatorios y demás mecanismos de participación
ciudadana y control social;
4. receptar e investigar denuncias ciudadanas sobre potenciales actos de corrupción
atribuibles a los miembros del Concejo, funcionarios, empleados y trabajadores del
Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, así como a personas particulares in-
volucradas en los hechos, garantizando el debido proceso y el respeto a las garantías
constitucionales de los involucrados. Informar debidamente a las instancias corres-
pondientes de control o a la función judicial, según sea el caso, sobre los hallazgos
en el procesamiento de estas denuncias que perfiguren casos de corrupción o consti-
tuyan indicios de ello;
5. conocer y velar por el cumplimiento de las recomendaciones de los informes de au-
ditoría interna y Contraloría que se deriven de casos tratados previamente y debida-
mente informados por la Comisión;
8. 8
6. llamar la atención a los directivos o funcionarios municipales sobre el incumpli-
miento del derecho ciudadano de acceso a la información pública e informar a la au-
toridad competente sobre la reiteración de la falta, para la sanción establecida en el
marco regulatorio vigente;
7. designar de entre sus miembros principales al presidente de la Comisión Metropoli-
tana de Lucha Contra la Corrupción y encargar temporalmente las funciones admi-
nistrativas de la Comisión al asesor jurídico;
8. nombrar al asesor jurídico, en base a una terna propuesta por el presidente de la
Comisión y resolver su remoción con causa justificada;
9. organizar los recursos institucionales y aprobar los instrumentos de planificación y
gestión institucional y cooperación, de acuerdo a las regulaciones y normas vigen-
tes, en función del cumplimiento eficiente de sus objetivos;
10. ejercer las demás atribuciones que establezcan esta Ordenanza y los reglamentos
pertinentes.
Sección II
Integración de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción
Artículo … (8).- Integración.- la Comisión estará integrada por tres miembros desig-
nados por el Concejo Metropolitano de Quito, denominados comisionados, que ejer-
cerán sus funciones por un período de cuatro años. Dos de esos miembros, una mujer y
un hombre, obligatoriamente, serán escogidos de entre los diez postulantes ciudadanos
mejor puntuados en un concurso de méritos, conforme lo dispuesto en esta Ordenanza; y
el otro, de una terna propuesta por el alcalde.
En el mismo acto de designación de los miembros principales, se designarán sus respec-
tivos suplentes de las mismas listas utilizadas para la designación de los principales.
Artículo … (9).- Requisitos básicos.- para ser postulante ciudadano o integrante de la
terna del alcalde para elegir los miembros de La Comisión Metropolitana de Lucha con-
tra la Corrupción, se requiere:
1) ser ecuatoriano;
2) estar en goce de los derechos de participación;
3) haber cumplido 18 años de edad al momento de presentar la postulación; y,
4) estar domiciliado en Quito al menos los cinco años previos a la convocatoria.
Artículo … (10).- Prohibiciones.- no podrán ser designados ni desempeñarse como
miembros de la Comisión Metropolitana de Lucha contra la Corrupción quienes:
1) se hallaren en interdicción judicial, mientras esta subsista, salvo el caso de insolven-
cia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta;
9. 9
2) hayan recibido sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de libertad,
mientras esta subsista, hayan recibido sentencia ejecutoriada del Tribunal Conten-
cioso Electoral o en ejercicio de sus funciones públicas, se haya establecido respon-
sabilidad administrativa, civil o penal;
3) no hayan cumplido con las medidas de rehabilitación resueltas por autoridad compe-
tente, en caso de haber sido sancionado por violencia intrafamiliar o de género;
4) hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto o hayan sido sentenciados
por delitos de lesa humanidad y crímenes de odio;
5) hayan sido en los últimos dos años directivos/as de partidos o movimientos políticos
inscritos en el Consejo Nacional Electoral y/o desempeñado una dignidad de elec-
ción popular en el mismo lapso o hayan terciado como candidatos a alcalde o conce-
jales en cualquiera de las dos últimas elecciones inmediatamente anteriores;
6) mantengan contratos con el Estado como persona natural, socio, representante o
apoderado de personas jurídicas, siempre que el contrato se haya celebrado para la
ejecución de obra pública, prestación de servicio público o explotación de recursos
naturales;
7) tengan obligaciones pendientes con el Servicio de Rentas Internas o con el Munici-
pio del Distrito Metropolitano de Quito o sus empresas; y,
8) sean funcionarios públicos, con excepción de los profesores universitarios, o miem-
bros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo, o sean
cónyuges, tengan unión de hecho o sean parientes hasta el cuarto grado de consan-
guinidad o segundo de afinidad con las autoridades municipales electas o designa-
das.
Artículo … (11).- Mérito de los postulantes a miembros ciudadanos.- para la califi-
cación de los postulantes a miembros ciudadanos de la Comisión Metropolitana de Lu-
cha Contra la Corrupción, se considerarán los siguientes méritos:
1) liderazgo y participación en iniciativas cívicas, de organización, participación y con-
trol social;
2) experiencia laboral en temas relacionados con el control a la gestión pública;
3) capacitación recibida en temas relacionados con gestión pública, control social de la
gestión pública, trabajo comunitario o representación social; y,
4) capacitación impartida y publicaciones en temas relacionados con control social de
la gestión pública.
Las condiciones para acreditar como válidos estos méritos, incluyendo la calidad de la
documentación de soporte, así como la valoración relativa de cada uno de estos rubros,
deberá constar en el reglamento respectivo.
10. 10
Artículo … (12).- Designación de los miembros de la Comisión Metropolitana de
Lucha contra la Corrupción.- el Concejo del Distrito Metropolitano de Quito es el
responsable del proceso de designación de los ciudadanos miembros de la Comisión
Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción. Este proceso implica las siguientes fases:
a) Convocatoria y publicación del reglamento
La Comisión de Participación Ciudadana del Concejo, o la que asuma sus fun-
ciones, será la responsable de presentar el reglamento para la designación de los
miembros de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción. El
Concejo aprobará este reglamento por resolución y en la misma sesión convo-
cará a los interesados a presentar sus postulaciones.
b) Recepción de postulaciones y revisión de cumplimiento de requisitos básicos y for-
males
Los ciudadanos interesados que consideren cumplir con los requisitos básicos,
no estar inmersos en las prohibiciones y estar calificados para ejercer la calidad
de miembros de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción, pre-
sentarán a título personal sus postulaciones ante la Secretaría General del Conce-
jo Metropolitano de Quito, hasta 30 días después de la convocatoria. Sus postu-
laciones deberán contener los siguientes documentos:
i. Carta de postulación (formato)
ii. Declaración juramentada de no estar inmerso en ninguna de las prohibiciones
iii. Ficha de sistematización de experiencia y calificaciones (formato)
iv. Documentos de soporte respectivos legalizados o certificados.
La Secretará General del Concejo, una vez verificado que el expediente presen-
tado contiene los documentos formales requeridos, entregará a cada postulante
un acta de entrega de la documentación, en la que conste los nombres completos
del postulante, fecha y hora de entrega y número de páginas del expediente.
Concluido el plazo de recepción de postulaciones, la Secretaría General del
Concejo remitirá los expedientes a la Comisión de Participación Ciudadana, jun-
to con copias de las actas de entrega, para el procesamiento correspondiente.
c) Calificación de carpetas, impugnación y revisión de impugnaciones
La Comisión de Participación Ciudadana calificará las carpetas de los postulan-
tes, de acuerdo al reglamento emitido para el efecto. Los resultados de esta cali-
ficación serán puestos en conocimiento público a través de los medios electróni-
cos oficiales del Municipio, junto con el llamado a presentar impugnaciones por
parte de la ciudadanía, durante un período de 15 días.
Las impugnaciones que se presenten deberán estar contempladas en el formato
específico definido para tal efecto y deberán contener firma de responsabilidad
de quien impugna, así como los documentos que justifiquen tal acción.
11. 11
La Comisión de Participación Ciudadana procesará cada una de las impugnacio-
nes y validará o descartará las mismas, conforme la documentación entregada y
el juicio de los concejales miembros así lo dictaminen. El trámite y resultado de
cada una de las impugnaciones será comunicado formalmente a sus autores.
Una vez concluida la revisión de las impugnaciones, la Comisión de Participa-
ción Ciudadana generará un informe para el pleno del Concejo que contenga, la
lista ordenada de mayor a menor puntaje de todos los postulantes y sus respecti-
vas calificaciones, discriminada por sexo.
d) Designación y posesión
En un plazo máximo de 15 días después de emitido el informe de la Comisión de
Participación Ciudadana, el Concejo Metropolitano lo conocerá y procederá a
designar mediante resolución, a los dos miembros principales de la Comisión
Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción y sus respectivos suplentes, de en-
tre los diez postulantes (cinco mujeres y cinco hombres) mejor puntuados.
En la misma sesión, el Concejo conocerá la terna presentada por el alcalde para
designar al miembro restante de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la
Corrupción y designará al principal y su respectivo suplente. Será responsabili-
dad del alcalde verificar que los integrantes de su terna cumplen con los requisi-
tos básicos, no están inmersos en las prohibiciones y tienen los méritos suficien-
tes para ser incluidos en ella. Esta acción constará en la misma resolución men-
cionada en el párrafo precedente.
Los miembros principales y suplentes de la Comisión Metropolitana de Lucha
Contra la Corrupción serán posesionados en el pleno del Concejo en la siguiente
sesión ordinaria, luego de su designación.
Artículo … (13).- Cesación de funciones.- los miembros de la Comisión cesarán sus
funciones por cualquiera de las siguientes causas:
1. por muerte;
2. terminación del periodo para el cual fueron designados;
3. por renuncia; y,
4. por destitución debido al incumplimiento de sus responsabilidades o por haber incu-
rrido en una o varias de las prohibiciones establecidas la ley, durante el ejercicio de
sus funciones.
Artículo … (14).- Causales de destitución.- los miembros de la Comisión podrán ser
destituidos por el pleno de la misma, de oficio o por denuncia, por las siguientes causa-
les:
1. haberse dictado en su contra auto de llamamiento a juicio o sentencia penal conde-
natoria;
12. 12
2. violar la reserva a que están sujetas las investigaciones de la Comisión;
3. incurrir en culpa grave en el ejercicio de sus funciones;
4. no excusarse de participar en los procesos de investigación en los que existiere con-
flicto de intereses;
5. obstaculizar trámites de investigación de la Comisión; y,
6. haber presentado, en contra de otro u otros miembros de la Comisión, denuncias que
fueren calificadas por la comisión de maliciosas o temerarias.
Artículo … (15).- Causales de suspensión.- al iniciarse en contra de un miembro de la
Comisión un proceso de investigación y destitución, por las causales previstas en los
numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del artículo anterior, el miembro o los miembros cuestionados
quedarán suspendidos en el ejercicio de su función hasta que la Comisión emita la reso-
lución que corresponda.
Sección III
Normas básicas de funcionamiento de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra
la Corrupción
Artículo … (16).- Sesiones.- las sesiones ordinarias de la Comisión Metropolitana de
Lucha Contra la Corrupción se realizarán una vez al mes y las extraordinarias cuando
exista la necesidad de resolver casos o procesos que a juicio del Presidente sean decla-
rados urgentes.
Artículo … (17).- Quórum.- las reuniones del pleno de la Comisión Metropolitana de
Lucha contra la Corrupción deberán contar con la presencia de al menos dos de sus
miembros. Las resoluciones se adoptarán con el voto concordante de por lo menos dos
de sus integrantes.
Artículo … (18).- Adopción de resoluciones.- las resoluciones de la Comisión Metro-
politana de Lucha contra la Corrupción se adoptarán por mayoría simple. En caso de
empate, el presidente tendrá voto dirimente.
Artículo … (19).- Funciones del presidente.- el presidente de la Comisión Metropoli-
tana de Lucha Contra la Corrupción será electo en la primera sesión de este organismo,
por votación entre los miembros principales dentro de los ocho días posteriores a su de-
signación. El presidente tendrá las siguientes funciones:
1. ejercer la representación de la Comisión;
2. elaborar el plan anual de lucha contra la corrupción para el Municipio del Distrito
Metropolitano de Quito;
3. presentar un informe anual de evaluación del cumplimiento del plan anual de lucha
contra la corrupción, incluidas las resoluciones de la Comisión, a Concejo Metropo-
litano;
13. 13
4. convocar a los miembros principales, y de existir excusas a los suplentes, y presidir
las sesiones de la Comisión y suscribir las actas conjuntamente con el secretario;
5. someter a conocimiento del Concejo Metropolitano de Quito sobre los asuntos que
hubiere resuelto la Comisión;
6. dirigir la investigación integral de cada asunto y someter sus conclusiones a cono-
cimiento de la Comisión;
7. requerir y recibir declaraciones de personas que tuvieren conocimiento de algún acto
de corrupción o que presuntamente hubieren participado en él;
8. solicitar a las autoridades administrativas competentes, en mérito de las investiga-
ciones, las sanciones que correspondan;
9. designar peritos y comisionar por escrito a profesionales o a personas especializadas,
de fuera de su seno, para que, en su nombre y representación, realicen investigacio-
nes o emitan informes, cuyos resultados serán puestos en conocimiento exclusivo de
la comisión.
10. preparar y clasificar la información que estará a disposición de la ciudadanía en ge-
neral.
11. establecer los mecanismos de prevención de la corrupción, entre ellos también la re-
ducción o simplificación de trámites, acceso de la ciudadanía a la información mu-
nicipal, creación de un sistema de estímulos para los servidores municipales;
12. implantar un sistema de recepción y trámite de denuncias, con el objeto de investi-
gar y verificar los hechos, utilizando esquemas modernos de gestión;
13. investigar, de oficio o por denuncia, cualquier acto o indicio de corrupción en acti-
vidades del Municipio del Distrito Metropolitano. Los resultados que arrojaren res-
ponsabilidades administrativas se los canalizará a la autoridad nominadora corres-
pondiente del Municipio, sus empresas, o agencias a fin de que se imponga las san-
ciones pertinentes.
14. proponer a la Comisión programas de prevención de la corrupción y de promoción
de la transparencia en la gestión pública municipal,
15. requerir a los servidores del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en for-
ma directa, la información y documentación necesarias para sus investigaciones.
Podrá conceder un término de cinco días para la entrega de la información o docu-
mentación; y, si su pedido no es atendido, poner el hecho en conocimiento del Con-
cejo Metropolitano de Quito a efecto de que se sancione a quien hubiere incumplido
o desatendido sus requerimientos, y a fin de que arbitre las disposiciones administra-
tivas que corrijan este tipo de conductas.
16. vigilar el cumplimiento de las sanciones administrativas en contra de los servidores
del Distrito Metropolitano que hubieren incurrido en actos u omisiones susceptibles
de sanción y que fueren resultado del proceso previo de la Dirección Metropolitana
14. 14
de Recursos Humanos o de los organismos jerárquicos superiores de las empresas,
agencias, entidades autónomas, descentralizadas y adscritas;
17. nombrar o contratar al asesor jurídico, al secretario de la Comisión y al personal
administrativo necesario;
18. conceder vacaciones o licencia al asesor jurídico, al secretario y al personal adminis-
trativo;
19. poner en conocimiento del Concejo Metropolitano y del Alcalde, sobre las conclu-
siones y resoluciones a las que hubiere llegado la comisión o la Presidencia en los
diversos asuntos que conociere, a efectos de que sean cumplidas.
20. poner en conocimiento de la unidad de auditoría interna correspondiente, sus con-
clusiones y resoluciones a través de un informe previo para que se tomen las accio-
nes que competan a esos funcionarios o entidades, en cumplimiento de la ley;
21. presentar denuncias o acciones judiciales, en el ámbito de sus competencias; ;
22. contratar directamente, de acuerdo a sus disponibilidades presupuestarias, a perso-
nas o entidades que realicen investigaciones específicas, sin el requisito de cotiza-
ciones o proformas previas, en los casos calificados por la Comisión como espe-
cialmente reservados; y
23. administrar recursos en efectivo, que deben ser liquidados y justificados documen-
talmente.
24. en caso de existir una denuncia temeraria, que no sea reservada, informar para cono-
cimiento público.
25. los demás que establecieren las ordenanzas del Distrito Metropolitano de Quito.
Artículo … (20).- Reemplazo del presidente.- en caso de ausencia temporal del presi-
dente, el pleno de la Comisión encargará las funciones administrativas de la misma al
asesor jurídico. En caso de ausencia definitiva, el pleno designará a otro miembro para
que ejerza esas funciones, hasta la terminación del período original para el que fue de-
signado.
Artículo … (21).- Funciones de los miembros de la Comisión.- los miembros de la
Comisión Metropolitana de Lucha contra la Corrupción tendrán las siguientes funcio-
nes:
1. asistir a las sesiones de la Comisión;
2. intervenir en las deliberaciones y resoluciones y dar cumplimiento a las comisiones
que se les encomendare;
3. emitir su voto en las sesiones;
15. 15
4. aprobar la normativa interna institucional y las políticas para ejecución de procesos
concernientes a cumplir los objetivos y cumplir con los procedimientos y normas
pertinentes que allí se decidan; y,
5. los demás que se establecieren en las disposiciones legales y reglamentarias.
Artículo … (22).- De la situación laboral de los comisionados y los funcionarios de
la Comisión.- el presidente de la Comisión ejercerá su cargo a tiempo completo y será
incorporado a la nómina del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito con un gra-
do equivalente al de secretario. Los miembros restantes de la Comisión ganarán dietas
por sesión, según lo establecido por el presidente sobre la base del informe del adminis-
trador general del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
Los funcionarios de la Comisión serán parte de la nómina del Municipio del Distrito
Metropolitano de Quito y en tal condición gozarán de los derechos y tendrán las respon-
sabilidades señaladas en las normas nacionales y locales correspondientes.
Artículo … (23).- Financiamiento de la Comisión.- el presupuesto anual para el fun-
cionamiento de la Comisión constará en el presupuesto general del Municipio del Distri-
to Metropolitano de Quito y se sujetará a lo dispuesto en las normas nacionales y locales
pertinentes.
Sección IV
De las denuncias y del proceso de investigación
Artículo … (24).- Del debido proceso.- el pleno de la Comisión Metropolitana de Lu-
cha Contra la Corrupción, una vez posesionado, expedirá el reglamento de procesos y
protocolos de trámites, recepción, calificación, investigación, resolución y seguimiento
de las denuncias por presuntos actos de corrupción por parte del Municipio del Distrito
Metropolitano de Quito, sus empresas y agencias, basado en los principios de legalidad,
derecho a la defensa, contradicción, presunción de inocencia, protección de derechos en
el proceso, publicidad, comparecencia obligatoria, motivación, e intimidad.
De encontrar indicios de responsabilidad penal en las referidas investigaciones, pondrá
sus conclusiones debidamente fundamentadas en un informe previo de indicios, en co-
nocimiento de la unidad de auditoría interna respectiva, de conformidad con la ley y en
base a sus competencias legales.
Artículo … (25).- Obligación de los servidores del Municipio Metropolitano de
Quito, frente la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción.- autori-
dades, funcionarios, servidores y trabajadores del Municipio del Distrito Metropolitano
de Quito, sus empresas, o de agencias que reciban un pedido de suministro de informa-
ción formulado por la Comisión o su presidente, deben proporcionarla de manera inme-
diata.
El funcionario, servidor o trabajador municipal que incumpliere con el deber determina-
do en este artículo será cesado en su cargo por disposición de la autoridad nominadora,
acto que se producirá como gestión inmediata, luego de que la Comisión Metropolitana
de Lucha Contra la Corrupción o su presidente hubieren puesto el desacato en conoci-
miento de tal autoridad.
16. 16
Artículo … (26).- De las sanciones a cumplirse respaldadas en las Conclusiones y
Resoluciones de la Comisión.- cuando el Concejo Metropolitano de Quito recibiere las
conclusiones y resoluciones a las que hubiere llegado la Comisión Metropolitana de Lu-
cha Contra la Corrupción, deberán tomar acción inmediata y disponer los correctivos
pertinentes dentro del ámbito de su competencia. Si los directores o servidores que reci-
bieren tales conclusiones o resoluciones no las acataren, incurrirán en la falta prevista en
el artículo I.144 literal a) del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito,
y quedarán sujetos a la sanción determinada en dicha norma.
El Concejo Metropolitano de Quito deberá conocer todas las conclusiones y resolucio-
nes para que estas se remitan inmediatamente mediante informe previo de indicios a la
unidad de auditoría interna pertinente, la Contraloría General del Estado o la función ju-
dicial, para el procedimiento legal que corresponda.
Artículo … (27).- Manejo de la Información.- la información obtenida por la Comi-
sión no podrá ser compartida ni publicada en fase de investigación. Igualmente, la Co-
misión brindará protección adecuada contra toda amenaza, agresión, represalia o intimi-
dación a denunciantes y testigos que participan directa o indirectamente en los procesos
de investigación, procesamiento, acusación y juzgamiento.”
Disposiciones Generales
Primera.- los procesos y actuaciones que se hayan iniciado previo a la aprobación de la
presente Ordenanza, se sustanciarán conforme la normativa vigente al tiempo de su ini-
cio y hasta su conclusión.
Segunda.- los funcionarios actualmente adscritos a la Comisión Metropolitana de Lu-
cha Contra la Corrupción no sufrirán ningún cambio en su situación laboral imputable a
la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.
Disposiciones Transitorias
Primera.- hasta que se hayan designado los nuevos miembros de la Comisión de acuer-
do a esta Ordenanza, la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción conti-
nuará funcionando con los miembros actualmente en funciones.
Segunda.- la Comisión de Participación Ciudadana del Concejo tendrá un plazo de 30
días, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para presentar al Concejo Metro-
politano de Quito el reglamento para la designación de los miembros de la Comisión
Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción en base a los lineamientos establecidos en
este mismo cuerpo legal.
Tercera.- En un plazo de 45 días desde la posesión de sus miembros, la Comisión Me-
tropolitana de Lucha Contra la Corrupción aprobará el reglamento y protocolos a seguir
para el proceso de trámites, recepción, calificación, investigación, resolución y segui-
miento de las denuncias por presuntos actos de corrupción por parte del Municipio Me-
tropolitano de Quito, sus empresas y agencias.
17. 17
Dada, en la Sala de Sesiones del Concejo Metropolitano de Quito, el XX de xxxxx del
2016.
CERTIFICADO DE DISCUSIÓN
La infrascrita Secretaria General del Concejo Metropolitano de Quito, certifica que la
presente ordenanza fue discutida y aprobada en dos debates, en sesiones de XX y XX de
xxxxx de 2016.- Quito,
Dra. María Elisa Holmes Roldós
SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO
ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO.- Distrito Metropolitano de
Quito,
EJECÚTESE:
Dr. Mauricio Rodas Espinel
ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
CERTIFICO, que la presente ordenanza fue sancionada por el Dr. Mauricio Rodas Es-
pinel, Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, el
.- Distrito Metropolitano de Quito,
Dra. María Elisa Holmes Roldós
SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO