Este documento propone la creación de un Fondo Municipal para el Fomento del Deporte y la Cultura en el Partido de Zárate. El fondo se financiaría con recursos provenientes de la coparticipación provincial de juegos de azar u otros ingresos municipales. Los recursos se otorgarían anualmente a través de subsidios a instituciones deportivas, culturales, clubes y organizaciones comunitarias que presenten proyectos. Los proyectos elegibles incluyen deporte recreativo, competencias deportivas, equipamiento e infraestructura deportiva/cultural,
El objetivo de este documento es socializar un PROYECTO que sirva a las entidades territoriales que hayan identificado bajos niveles de práctica deportiva o recreativa en su territorio. Además que hayan establecido que el problema puede solucionarse con la construcción y dotación de una cancha en grama sintética para la práctica de fútbol. Se pretende:
•.Aportar una alternativa de solución, agilizando las tareas de formulación y diseño, generando ahorros en costos y tiempo.
•.Mejorar los componentes de diseño e implementación, mediante la definición y desarrollo de los aspectos técnicos esenciales para la ejecución de este tipo de proyectos.
•.Facilitar la estructuración del proyecto para contribuir a los procesos de gestión de los recursos públicos.
Projeto de futebol gerido pelo Centro Social e Cultural Pé no Chão com crianças e adolescentes, do sexo masculino, na faixa etária de 10 a 20 anos, moradores de comunidade do Complexo do Alemão na cidade do Rio de Janeiro.
O projeto busca parceiros na iniciativa pública e privada que possam participar no custeio do investimento operacional a fim de promover uma melhor estrutura esportiva (material ...de trabalho, mão de obra, transporte para amistosos ou competições e taxa de arrendamento do local de treinos e jogos) associada a uma alimentação diária completa (café da manhã, almoço e jantar).
Sua empresa além de ser associada a uma causa nobre, vai ajudar a desenvolver a região do complexo do alemão e principalmente formar cidadãos oferecendo esporte, cultura e lazer para crianças e adolescentes em situação de risco social e sob constante assédio do tráfico de drogas.
Para isto, esperamos conseguir parceiros sérios e dispostos a nos acompanhar nesta caminhada de sucesso.
Propuesta de Plan de Desarrollo Deportivo Comunal, para la ciudad de Linares - Región del Maule, confeccionado por Francisco Retamales Muñoz (ProElite S.P.A.)
Dar a conocer la importancia del Deporte y la Actividad Física, como a si mismo lo que es un Entrenador Deportivo y un profesor de E.F, y que reúnan cada una de las Competencias , para laborar satisfactoriamente.
El objetivo de este documento es socializar un PROYECTO que sirva a las entidades territoriales que hayan identificado bajos niveles de práctica deportiva o recreativa en su territorio. Además que hayan establecido que el problema puede solucionarse con la construcción y dotación de una cancha en grama sintética para la práctica de fútbol. Se pretende:
•.Aportar una alternativa de solución, agilizando las tareas de formulación y diseño, generando ahorros en costos y tiempo.
•.Mejorar los componentes de diseño e implementación, mediante la definición y desarrollo de los aspectos técnicos esenciales para la ejecución de este tipo de proyectos.
•.Facilitar la estructuración del proyecto para contribuir a los procesos de gestión de los recursos públicos.
Projeto de futebol gerido pelo Centro Social e Cultural Pé no Chão com crianças e adolescentes, do sexo masculino, na faixa etária de 10 a 20 anos, moradores de comunidade do Complexo do Alemão na cidade do Rio de Janeiro.
O projeto busca parceiros na iniciativa pública e privada que possam participar no custeio do investimento operacional a fim de promover uma melhor estrutura esportiva (material ...de trabalho, mão de obra, transporte para amistosos ou competições e taxa de arrendamento do local de treinos e jogos) associada a uma alimentação diária completa (café da manhã, almoço e jantar).
Sua empresa além de ser associada a uma causa nobre, vai ajudar a desenvolver a região do complexo do alemão e principalmente formar cidadãos oferecendo esporte, cultura e lazer para crianças e adolescentes em situação de risco social e sob constante assédio do tráfico de drogas.
Para isto, esperamos conseguir parceiros sérios e dispostos a nos acompanhar nesta caminhada de sucesso.
Propuesta de Plan de Desarrollo Deportivo Comunal, para la ciudad de Linares - Región del Maule, confeccionado por Francisco Retamales Muñoz (ProElite S.P.A.)
Dar a conocer la importancia del Deporte y la Actividad Física, como a si mismo lo que es un Entrenador Deportivo y un profesor de E.F, y que reúnan cada una de las Competencias , para laborar satisfactoriamente.
Esta es la presentación que entrego Andrea Carrasco y Jorge Vera del gobierno regional sobre los proyectos FNDR 2011. Esta se realizo el día Jueves 12 de Mayo en la Sede del adulto mayor de Calbuco.
Proyecto de inversión Social cuyo objetivo principal es brindar con el deporte una opción a los jóvenes para que ocupen su tiempo libre en actividades sanas.
Politica del deporte y la recreacion en el valle del caucacarolina botero
Luego de un proceso amplio de consulta y concertación el departamento del Valle del Cauca al noroccidente de Colombia y sobre la costa del pacifico cuenta con una política orientada al deporte, la recreación, la educación física y la actividad física bajo la coordinación de INDERVALLE que es el ente rector de la política en esta región del país.
Los Socialistas entendemos Gandia como una ciudad saludable: un espacio donde se da una alta prioridad a la salud en todas sus actuaciones.
Existen importantes precedentes históricos del papel de los Ayuntamientos en el campo de los esfuerzos de la sociedad para la mejora de la salud de los ciudadanos. De hecho, una buena parte de las aportaciones de los sanitarios de los últimos años son realizadas desde el nivel local. No es nueva en absoluto, por lo tanto, la vinculación de salud y municipio.
Así, como recoge el Proyecto Europeo de Ciudades Saludables (Healthy Cities Project), la ciudad tiene que entenderse como un lugar de convivencia y de vida porque representa un papel determinante en la salud de las personas que viven en ella: todas las actividades que condicionan la vida del individuo, se desarrollan en la ciudad (económicas, sociales, culturales, educativas, de ocio, etc.) y además, es donde se toman las decisiones sobre políticas de vivienda, urbanismo, tráfico, etc.
En este sentido, el entorno urbano como espacio de relaciones y de actividad y el entorno básico como espacio o apoyo natural adaptado y modificado por el hombre, marcan unas pautas que habilitan una manera de vida y de utilización del tiempo (ocio, trabajo, obligaciones, necesidades) que no siempre favorecen el mayor bienestar y equilibrio del individuo, tanto por las dificultades de relación como por la degradación medioambiental que el desarrollo incontrolado provoca.
Desde los ayuntamientos tenemos las herramientas para hacer de estos entornos urbanos y físicos, espacios saludables.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...
Proyecto Ordenanza: Fondo Municipal para el fomento del Deporte y la Cultura
1. PROYECTO DE ORDENANZA
“FONDO MUNICIPAL PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE Y LA
CULTURA”
VISTO:
La necesidad de contar con una política de desarrollo tanto deportivo como
cultural en el ámbito municipal, brindando un amplio abanico de posibilidades
estructurales, de recursos y económicas;
La inmediatez requerida de llevar a cabo iniciativas con el propósito de generar
capacidades de construcción y gestión de proyectos propios, vinculados con las
dimensiones de desarrollo deportivo, recreativo y cultural en nuestra comuna, a través
de la promoción de estilos de vida saludables, y la prevención del consumo de drogas,
tabaco y alcohol; y
CONSIDERANDO:
Que, la actividad física y el deporte se han constituido como uno de los
fenómenos sociales más relevantes de la vida contemporánea, tanto como práctica
activa o cómo espectáculo de masas y ha pasado a formar parte esencial de la vida
cultural del hombre;
Que, está científicamente comprobado que la práctica regular de una actividad
física moderada tiene numerosos efectos sobre la salud, y el ejercicio físico posibilita la
construcción de calidad de vida, y su práctica en forma sistematizada es fundamental
para la prevención de enfermedades y problemas de salud;
Que, las actividades deportiva y cultural son sinónimo de educación,
esparcimiento, salud y de inclusión social. Construyen un bien cultural y un verdadero
derecho;
Que, desde este cuerpo deliberativo debemos bregar por que todos los habitantes
de nuestro Partido tengan la posibilidad de realizar una actividad deportiva, en
cualquiera de sus modalidades, y cultural, como medio de sociabilización e integración
social;
Que, la promoción de proyectos de carácter artístico – cultural redundarán en
una mejora en la calidad de vida de las personas permitiendo el acceso a las artes en
sectores vulnerables de nuestro distrito, debiendo propender al impulso de un desarrollo
cultural sostenible, proponiendo criterios y metodologías e instalando una capacidad de
gestión que ayude a dicho objetivo a largo plazo; fomentar el surgimiento y la difusión
de artistas locales; incentivar el buen uso de los recursos disponibles mediante la
formulación de proyectos de calidad y de impacto cultural real; contribuir al desarrollo
de actividades recreativas orientadas a la educación, el arte, la cultura y medio ambiente
2. en sectores de difícil acceso y alta vulnerabilidad; y fomentar la participación ciudadana
en talleres y presentaciones;
Que, los objetivos de las iniciativas que se formulen deberán estar destinadas a
aumentar y mejorar la práctica sistemática de actividades deportivas y culturales a
través de la formación para el deporte en niños, jóvenes y adultos; aumentar y mejorar
la práctica sistemática de especialidades deportivas y culturales, sujetas a normas y con
programación y calendarios de competencias y eventos; contribuir a la capacitación de
dirigentes y técnicos; asegurar una opción de realización personal y deportiva a los
jóvenes que posean talento; cohesionar nuestra comunidad trasformando el deporte, la
recreación y la cultura en instrumentos aglutinadores;
Que en el Partido de Zárate trabajan en territorio muchísimas y variadas
entidades de bien público que cumplen una responsabilidad social institucional
importantísima y que muchas veces no cuentan con los recursos suficientes ni con la
convocatoria y respaldo municipal, y aun asi en muchos casos sustituyen el rol que
debería cumplir el Estado.
Que, como fuentes de financiamiento se contempla las transferencias a
Municipios bajo el régimen de coparticipación provincial de impuestos, más
específicamente en concepto de Juegos de Azar o el monto equivalente respecto de los
ingresos en concepto de Tasa de Inspeccion, Seguridad e Higiene.
Por ello,
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zarate sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1° Créase por la presente, en el Partido de Zárate, el Fondo Municipal
para el Fomento del Deporte y la Cultura.
ARTICULO 2° Dicho Fondo se ejecutará de acuerdo a reglamentación definida en la
presente, y estará conformado por la totalidad de los recursos provenientes en concepto
de transferencias por coparticipación provincial de Juegos de Azar o, en su defecto, por
su equivalente de los ingresos percibidos por Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene
del ejercicio vigente. Además, podrá recibir aportes del sector privado y de
organizaciones no gubernamentales.
ARTICULO 3° Los recursos serán concursables anualmente, y se otorgarán bajo la
modalidad de subsidio. Los criterios de selección son definidos por reglamento ad hoc.
ARTICULO 4° De los postulantes. Podrán ser beneficiarios del FONDO
MUNICIPAL PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE Y LA CULTURA, todas
aquellas instituciones deportivas, clubes, asociaciones de adultos mayores,
organizaciones comunitarias con fines recreativos, bibliotecas y entidades de bien
público en general, que así lo soliciten mediante nota y presentación de los documentos
que acrediten la correspondiente Personería Jurídica o declaración de entidad de bien
3. público municipal del Partido de Zárate, balances y actas de renovación de autoridades
al día, tal como lo establecen sus estatutos.
ARTICULO 5° Restricciones e inhabilidades. La institución que postule no podrá:
Tener rendiciones de cuenta pendientes de fondos con el gobierno municipal,
provincial y/ó nacional.
Las instituciones que hayan sido favorecidas con el financiamiento de alguna
iniciativa y que la rechacen sin justificación fundada, quedarán impedidas de
presentar un nuevo proyecto por el término de dos (2) años,
Las instituciones que hayan puesto término anticipado a la ejecución de un
proyecto, sin la autorización previa, no podrá postularse para el período
siguiente.
ARTICULO 6° Proyectos a ser financiados. Podrán ser presentado todo tipo de
proyectos que involucren Inversión Deportiva y/ó Cultural en:
Deporte recreativo: dirigido a promocionar, difundir y masificar el deporte como
una actividad saludable para niños, adolescentes, adultos y adultos mayores. Los
proyectos a presentar pueden desarrollarse a través de eventos masivos, talleres
o escuelas de recreación deportiva. Además considerar que los proyectos de
recreación estén dirigidos a los niños, deberán incorporar jornadas de prevención
de drogas y promoción de derechos de niños.
Competencia deportiva: desarrollo de diversos campeonatos en los distintos
deportes practicados en la comuna, las que deberán ser complementadas con
campañas de promoción de estilos de vida saludables.
Equipamiento e infraestructura: se podrán ejecutar obras referentes a
equipamiento, construcción, reparación y mejoras de infraestructura deportiva.
Cultura tradicional y Patrimonio cultural: con acento en el rescate, pertenencia y
valorización de nuestros artistas locales, lugares, estructura urbana y rural,
oficios, cultura ancestral, fiestas, costumbres y tradiciones referidas a nuestra
identidad y diversidad.
Iniciativas culturales y artísticas: de las artes musicales, de la danza, el teatro, la
literatura, las artes audiovisuales, la fotografía, del patrimonio, de gestión
cultural, de la artesanía, el folclore, el turismo cultural y la plástica, entre otras.
Cursos y/ó talleres de formación: se financiarán las disciplinas de las artes
musicales, de la danza, el teatro, la literatura, las artes audiovisuales, la
fotografía, del patrimonio, de la gestión cultural, de la artesanía tradicional, el
patrimonio, el medio ambiente, el folclore, el turismo cultural y la plástica, entre
otras.
ARTICULO 7° Criterios de selección. Se refiere a los juicios que se tomarán en
cuenta al momento de evaluar y elegir los proyectos. Ellos son:
Población beneficiada.
Aporte de la institución.
Número de asociados a la institución.
4. Superficie (en m2) de las instalaciones destinadas a la práctica deportiva y/ó
cultural, para cada institución participante.
Proyecto que incluye temática de Drogas y / o cualquier otro tipo de adiccion.
Factibilidad técnica del proyecto.
Cada criterio a evaluar tendrá una ponderación asignada, la cual será definida vía
reglamentación, la que sumada deberá tener un piso mínimo de calificación para que el
proyecto sea admisible.
Los proyectos deben tener como característica esencial para ser adjudicados, beneficiar
a la mayor cantidad de habitantes.
Es requisito para la aprobación definitiva del proyecto la formalización del acto
administrativo entre el Ejecutivo y la Organización beneficiaria, por el fiel
cumplimiento del proyecto aprobado, dónde además se especifique claramente las
responsabilidades de la organización frente al proyecto a ejecutar.
ARTICULO 8° El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente
Ordenanza dentro de los sesenta (60) días a partir de su promulgación.