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LA GESTIÓN Y
MANEJO DE LOS
RESIDUOS DE
APARATOS
ELÉCTRICOS Y
ELECTRÓNICOS
Ing. Raymundo Máximo Del Carmen
Carranza Noriega
Correo: raymundocarranzanoriega@gmail.com
DECRETO SUPREMO 014-2017-MINAM
• DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASTRANSITORIAS
CUARTA.- Reglamento Nacional para la Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos
Eléctricos Electrónicos En tanto se apruebe el Decreto Supremo al que se hace referencia el
Título VII del presente Reglamento, la gestión y manejo de los residuos de aparatos
eléctricos y electrónicos serán regulados mediante el Decreto Supremo N° 001-2012-
MINAM que aprueba el Reglamento Nacional para la Gestión y Manejo de Residuos de
Aparatos Eléctricos Electrónicos – RAEE y sus normas complementarias.
Reglamento del Decreto Legislativo N° 12078,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de
Gestión Integral de Residuos Sólidos.
¿QUE SON LOS RAEE?
Son Residuos de Aparatos Eléctricos y
electrónicos que han alcanzado el fin de su vida
útil por uso u obsolescencia y que se convierten
en residuos. Comprende también todos los
componentes, subconjuntos, periféricos y
consumibles de algunas categorías de aparatos.
GESTIÓN Y MANEJO DE LOS
RESIDUOS DE APARATOS
ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS
• EXISTEN 10 CATEGORÍAS DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y
ELECTRÓNICOS
1. Grandes
electrodomésticos
2. Pequeños
electrodomésticos
3. Equipos de
informática y
telecomunicaciones
4. Aparatos
electrónicos de
consumo
5. Aparatos de
alumbrado
6. Herramientas
eléctricas y
electrónicas
7. Juguetes o
equipos deportivos
y de tiempo libre
8. Aparatos
médicos
9. Instrumentos de
vigilancia y control
10. Máquinas
expendedoras
REGLAMENTO NACIONAL PARA LA GESTIÓN Y MANEJO
DE LOS RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y
ELECTRÓNICOS
Entró en vigencia a partir del Decreto Supremo N° 001-2012-MINAM el 28 de junio del
año 2012.
• Establecer un conjunto de derechos y obligaciones para la adecuada gestión y manejo
ambiental de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) a través de las
diferentes etapas de manejo: generación, recolección, transporte, almacenamiento,
tratamiento, reaprovechamiento y disposición final.
• Establecer las responsabilidades de los actores involucrados en el manejo de los RAEE y
que los productores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), para que conjuntamente
con las municipalidades, los operadores de RAEE y consumidores o usuarios de AAE,
asuman algunas etapas de este manejo, como parte de un sistema de responsabilidad
compartida.
OBJETIVOS:
• Promover el manejo responsable de los RAEE, dando
prioridad a la minimización y al reaprovechamiento
mediante la reutilización, reciclaje y recuperación.
• Promover que las autoridades competentes se
involucren en la sensibilización, promoción, difusión,
control y fiscalización del manejo adecuado de los
RAEE.
• Promover el enfoque de la responsabilidad compartida
para la gestión integral de los RAEE.
• Promover la asociatividad público privada para el manejo ambientalmente adecuado de
los RAEE, ponderando el rol de los diferentes actores (autoridades gubernamentales,
productores, operadores de RAEE y usuarios), que intervienen en el ciclo de vida de los
AEE.
LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL DE LOS RAEE:
ACTORES INSTITUCIONALES
• Autoridades competentes
Conforme a sus competencias, la regulación de la gestión y manejo de RAEE
corresponde a las siguientes entidades:
1. Ministerio del
Ambiente (MINAM)
2. Organismo de
Evaluación y
Fiscalización
Ambiental (OEFA)
3. Autoridades
sectoriales
competentes
4. Ministerio de
Salud – DIGESA
5. Gobiernos locales
(provinciales y
distritales)
1. Generadores de RAEE
• Obligaciones de los Generadores de RAEE
Se considera Generador de RAEE a toda persona natural o jurídica que en razón de sus
actividades productivas, comerciales, domésticas o de servicios genera estos residuos.
Segregar los RAEE de los residuos
sólidos municipales.
Entregar los RAEE a los sistemas de
manejo establecidos, a una EPS-RS
o a una EC-RS que se encuentren
debidamente autorizadas.
En el caso de los generadores del sector
público, realizar los trámites necesarios
para la baja administrativa de los RAEE,
previo a su entrega a los sistemas de
manejo establecidos, o a una EPS-RS o
a una EC-RS autorizada.
Son responsables de los RAEE desde su generación
hasta su entrega, de manera segura, a los sistemas
de manejo individuales o colectivos registrados.
RESPONSABILIDAD DE LOS GENERADORES, PRODUCTORES Y OPERADORES:
2. Productores de AEE
• Obligaciones de los Productores de AEE
Se considera como Productor de AEE a toda persona natural o jurídica que realiza
actividades vinculadas a los aparatos eléctricos o electrónicos sea como fabricante o
ensamblador, importador, distribuidor o comercializador.
1. Diseñar, implementar y administrar un sistema de manejo de RAEE, el cual puede ser:
individual, colectivo o ambos.
2. Recibir, sin costo, los RAEE de sus clientes dentro del área geográfica correspondiente al
sistema de manejo de RAEE establecido.
3. Garantizar el manejo ambiental adecuado de los RAEE, mediante su entrega a operadores
de RAEE debidamente registrados.
4. Presentar un plan de manejo de RAEE a la autoridad sectorial competente para su
aprobación.
7. Informar a sus clientes que los RAEE generados serán recibidos, sin costo, en los
respectivos sistemas de manejo de RAEE implementados.
8. Informar a los operadores de RAEE, cuáles componentes contienen material peligroso.
5. Implementar el Plan de Manejo de RAEE aprobado.
6. Proveer a sus clientes información, al momento de la venta de sus equipos, acerca de la
forma de manejo ambiental de los RAEE que se generen, haciendo hincapié en que deben
ser separados de los residuos sólidos municipales y manejados por operadores de RAEE.
9. En caso de exportar RAEE deberán cumplir los procedimientos establecidos por la
autoridad competente en concordancia con la normatividad vigente.
Es un instrumento de gestión ambiental mediante el cual el productor
(sistema individual) o una agrupación de productores (sistema
colectivo) presenta a la autoridad competente (PRODUCE y MTC) las
acciones a desarrollar para el manejo adecuado de los RAEE.
Los planes de manejo de RAEE deben ser elaborados por los
importadores, fabricantes, ensambladores y comercializadores de
aparatos eléctricos y electrónicos (AEE). A diciembre del 2014 se
cuenta con 38 planes de RAEE aprobados.
Planes de Manejo
¿QUÉ ES UN PLAN DE MANEJO RAEE?
a) Nombre del productor o agrupación de productores de AEE.
b) Sistema (individual o colectivo) con el que manejará los RAEE: Si corresponde al sistema colectivo,
la lista de operadores de RAEE y municipalidades que intervienen. En caso se opte por el sistema
colectivo deberá precisarse la responsabilidad individual de cada actor integrante del sistema.
c) Nombre del representante y datos de contacto.
d) La(s) marca(s) que maneja(n).
e) Descripción de las etapas de recolección, transporte, almacenamiento y reaprovechamiento, y de
los operadores que utilizarán.
f) Meta anual de manejo de RAEE (en unidades de peso), considerando los lineamientos que señale
el MINAM al respecto
g) Forma de financiamiento del manejo de los RAEE.
h) Destino de los RAEE: centro de acopio, beneficiarios, centros de tratamiento o disposición final,
según sea el caso. Nombre y dirección de los servicios que utilizarán o de los beneficiarios.
i) Descripción de la estrategia de comunicación y sensibilización para promover y/o incentivar el
acopio de los RAEE.
EL PLAN DE MANEJO DE RAEE COMPRENDE:
Operadores de RAEE
• Obligaciones de los Operadores de RAEE
Estar debidamente registrados por la autoridad competente como EPS-RS o EC-RS.
Contar con almacenes para los componentes desmontados y recipientes adecuados para
almacenar pilas, acumuladores y otros componentes que deriven de la descontaminación
RAEE.
Realizar la disposición final en lugares destinados para tal fin de acuerdo a la Ley General
de Residuos Sólidos y su Reglamento.
En caso de exportar RAEE deberán cumplir los procedimientos establecidos por la
autoridad competente en concordancia con la normatividad vigente.
Las instalaciones deberán cumplir los requisitos técnicos que se exigen en la Ley General
de Residuos Sólidos y su Modificatoria, así como, considerar los requisitos técnicos que se
señalen en las normas técnicas peruanas respectivas.
SISTEMAS DE MANEJO DE RAEE
• Los sistemas de manejo de los RAEE pueden ser de dos tipos:
Sistema Individual
Es aquel que involucra a un conjunto o
agrupación mixta entre productores,
operadores de RAEE y/o gobiernos
locales y/o gobiernos regionales para la
implementación conjunta del sistema de
manejo de RAEE, en el que la
formulación, presentación e
implementación del sistema es
compartida por los diferentes actores.
Es aquel en el cual un productor
o asociación de productores
establece su propio Sistema de
Manejo de RAEE, en cuyo caso
la formulación, presentación,
financiación e implementación
del sistema es de su exclusiva
responsabilidad.
Sistema Colectivo
Recolección de los RAEE
• De la recolección selectiva:
Se realizará la recolección selectiva de los RAEE generados por las diferentes
fuentes o usuarios de AEE, por medio de operadores de RAEE o por los medios
logísticos del productor o generador, bajo su responsabilidad, para ser transportados
y entregados de manera segura a los productores, centros de acopio o a operadores
de tratamiento o disposición final de RAEE registrados, según los sistemas de
manejo o planes de manejo autorizados.
• De los Centros de Acopio RAEE
Los centros de acopio pueden ser municipales, privados, mixtos u otros y ser temporales
o permanentes, de acuerdo a los sistemas de manejo de RAEE.
Centros de Acopio
Temporales
Son los que se
implementan sólo durante
las campañas y su
duración está limitada al
tiempo que dure la
misma. Requieren de
coordinación con la
municipalidad donde se
realiza.
Centros de Acopio
Permanentes
Son los centros instalados
en lugares destinados al
acopio permanente de
RAEE, dotados de pisos
impermeables y que
cuentan con seguridad y
facilidades para recibir
RAEE de diferentes
fuentes.
Almacenes
Privados
Son los almacenes
de los productores
que trabajan con el
sistema individual.
Los almacenes
permanentes deben
tener pisos
impermeables y
seguridad.
ACTUALIDAD:
Disponen la prepublicación del proyecto de “Decreto
Supremo que aprueba el Régimen Especial de Gestión de
Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 090-2019-MINAM
Fecha: 30/03/2019

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RAEE

  • 1. LA GESTIÓN Y MANEJO DE LOS RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS Ing. Raymundo Máximo Del Carmen Carranza Noriega Correo: raymundocarranzanoriega@gmail.com
  • 2. DECRETO SUPREMO 014-2017-MINAM • DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASTRANSITORIAS CUARTA.- Reglamento Nacional para la Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos Electrónicos En tanto se apruebe el Decreto Supremo al que se hace referencia el Título VII del presente Reglamento, la gestión y manejo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos serán regulados mediante el Decreto Supremo N° 001-2012- MINAM que aprueba el Reglamento Nacional para la Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos Electrónicos – RAEE y sus normas complementarias. Reglamento del Decreto Legislativo N° 12078, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
  • 3. ¿QUE SON LOS RAEE? Son Residuos de Aparatos Eléctricos y electrónicos que han alcanzado el fin de su vida útil por uso u obsolescencia y que se convierten en residuos. Comprende también todos los componentes, subconjuntos, periféricos y consumibles de algunas categorías de aparatos. GESTIÓN Y MANEJO DE LOS RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS
  • 4. • EXISTEN 10 CATEGORÍAS DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS 1. Grandes electrodomésticos 2. Pequeños electrodomésticos 3. Equipos de informática y telecomunicaciones 4. Aparatos electrónicos de consumo 5. Aparatos de alumbrado 6. Herramientas eléctricas y electrónicas 7. Juguetes o equipos deportivos y de tiempo libre 8. Aparatos médicos 9. Instrumentos de vigilancia y control 10. Máquinas expendedoras
  • 5. REGLAMENTO NACIONAL PARA LA GESTIÓN Y MANEJO DE LOS RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS Entró en vigencia a partir del Decreto Supremo N° 001-2012-MINAM el 28 de junio del año 2012. • Establecer un conjunto de derechos y obligaciones para la adecuada gestión y manejo ambiental de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) a través de las diferentes etapas de manejo: generación, recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento, reaprovechamiento y disposición final. • Establecer las responsabilidades de los actores involucrados en el manejo de los RAEE y que los productores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), para que conjuntamente con las municipalidades, los operadores de RAEE y consumidores o usuarios de AAE, asuman algunas etapas de este manejo, como parte de un sistema de responsabilidad compartida. OBJETIVOS:
  • 6. • Promover el manejo responsable de los RAEE, dando prioridad a la minimización y al reaprovechamiento mediante la reutilización, reciclaje y recuperación. • Promover que las autoridades competentes se involucren en la sensibilización, promoción, difusión, control y fiscalización del manejo adecuado de los RAEE. • Promover el enfoque de la responsabilidad compartida para la gestión integral de los RAEE. • Promover la asociatividad público privada para el manejo ambientalmente adecuado de los RAEE, ponderando el rol de los diferentes actores (autoridades gubernamentales, productores, operadores de RAEE y usuarios), que intervienen en el ciclo de vida de los AEE. LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL DE LOS RAEE:
  • 7. ACTORES INSTITUCIONALES • Autoridades competentes Conforme a sus competencias, la regulación de la gestión y manejo de RAEE corresponde a las siguientes entidades: 1. Ministerio del Ambiente (MINAM) 2. Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) 3. Autoridades sectoriales competentes 4. Ministerio de Salud – DIGESA 5. Gobiernos locales (provinciales y distritales)
  • 8. 1. Generadores de RAEE • Obligaciones de los Generadores de RAEE Se considera Generador de RAEE a toda persona natural o jurídica que en razón de sus actividades productivas, comerciales, domésticas o de servicios genera estos residuos. Segregar los RAEE de los residuos sólidos municipales. Entregar los RAEE a los sistemas de manejo establecidos, a una EPS-RS o a una EC-RS que se encuentren debidamente autorizadas. En el caso de los generadores del sector público, realizar los trámites necesarios para la baja administrativa de los RAEE, previo a su entrega a los sistemas de manejo establecidos, o a una EPS-RS o a una EC-RS autorizada. Son responsables de los RAEE desde su generación hasta su entrega, de manera segura, a los sistemas de manejo individuales o colectivos registrados. RESPONSABILIDAD DE LOS GENERADORES, PRODUCTORES Y OPERADORES:
  • 9. 2. Productores de AEE • Obligaciones de los Productores de AEE Se considera como Productor de AEE a toda persona natural o jurídica que realiza actividades vinculadas a los aparatos eléctricos o electrónicos sea como fabricante o ensamblador, importador, distribuidor o comercializador. 1. Diseñar, implementar y administrar un sistema de manejo de RAEE, el cual puede ser: individual, colectivo o ambos. 2. Recibir, sin costo, los RAEE de sus clientes dentro del área geográfica correspondiente al sistema de manejo de RAEE establecido. 3. Garantizar el manejo ambiental adecuado de los RAEE, mediante su entrega a operadores de RAEE debidamente registrados. 4. Presentar un plan de manejo de RAEE a la autoridad sectorial competente para su aprobación.
  • 10. 7. Informar a sus clientes que los RAEE generados serán recibidos, sin costo, en los respectivos sistemas de manejo de RAEE implementados. 8. Informar a los operadores de RAEE, cuáles componentes contienen material peligroso. 5. Implementar el Plan de Manejo de RAEE aprobado. 6. Proveer a sus clientes información, al momento de la venta de sus equipos, acerca de la forma de manejo ambiental de los RAEE que se generen, haciendo hincapié en que deben ser separados de los residuos sólidos municipales y manejados por operadores de RAEE. 9. En caso de exportar RAEE deberán cumplir los procedimientos establecidos por la autoridad competente en concordancia con la normatividad vigente.
  • 11. Es un instrumento de gestión ambiental mediante el cual el productor (sistema individual) o una agrupación de productores (sistema colectivo) presenta a la autoridad competente (PRODUCE y MTC) las acciones a desarrollar para el manejo adecuado de los RAEE. Los planes de manejo de RAEE deben ser elaborados por los importadores, fabricantes, ensambladores y comercializadores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE). A diciembre del 2014 se cuenta con 38 planes de RAEE aprobados. Planes de Manejo ¿QUÉ ES UN PLAN DE MANEJO RAEE?
  • 12. a) Nombre del productor o agrupación de productores de AEE. b) Sistema (individual o colectivo) con el que manejará los RAEE: Si corresponde al sistema colectivo, la lista de operadores de RAEE y municipalidades que intervienen. En caso se opte por el sistema colectivo deberá precisarse la responsabilidad individual de cada actor integrante del sistema. c) Nombre del representante y datos de contacto. d) La(s) marca(s) que maneja(n). e) Descripción de las etapas de recolección, transporte, almacenamiento y reaprovechamiento, y de los operadores que utilizarán. f) Meta anual de manejo de RAEE (en unidades de peso), considerando los lineamientos que señale el MINAM al respecto g) Forma de financiamiento del manejo de los RAEE. h) Destino de los RAEE: centro de acopio, beneficiarios, centros de tratamiento o disposición final, según sea el caso. Nombre y dirección de los servicios que utilizarán o de los beneficiarios. i) Descripción de la estrategia de comunicación y sensibilización para promover y/o incentivar el acopio de los RAEE. EL PLAN DE MANEJO DE RAEE COMPRENDE:
  • 13. Operadores de RAEE • Obligaciones de los Operadores de RAEE Estar debidamente registrados por la autoridad competente como EPS-RS o EC-RS. Contar con almacenes para los componentes desmontados y recipientes adecuados para almacenar pilas, acumuladores y otros componentes que deriven de la descontaminación RAEE. Realizar la disposición final en lugares destinados para tal fin de acuerdo a la Ley General de Residuos Sólidos y su Reglamento. En caso de exportar RAEE deberán cumplir los procedimientos establecidos por la autoridad competente en concordancia con la normatividad vigente. Las instalaciones deberán cumplir los requisitos técnicos que se exigen en la Ley General de Residuos Sólidos y su Modificatoria, así como, considerar los requisitos técnicos que se señalen en las normas técnicas peruanas respectivas.
  • 14. SISTEMAS DE MANEJO DE RAEE • Los sistemas de manejo de los RAEE pueden ser de dos tipos: Sistema Individual Es aquel que involucra a un conjunto o agrupación mixta entre productores, operadores de RAEE y/o gobiernos locales y/o gobiernos regionales para la implementación conjunta del sistema de manejo de RAEE, en el que la formulación, presentación e implementación del sistema es compartida por los diferentes actores. Es aquel en el cual un productor o asociación de productores establece su propio Sistema de Manejo de RAEE, en cuyo caso la formulación, presentación, financiación e implementación del sistema es de su exclusiva responsabilidad. Sistema Colectivo
  • 15. Recolección de los RAEE • De la recolección selectiva: Se realizará la recolección selectiva de los RAEE generados por las diferentes fuentes o usuarios de AEE, por medio de operadores de RAEE o por los medios logísticos del productor o generador, bajo su responsabilidad, para ser transportados y entregados de manera segura a los productores, centros de acopio o a operadores de tratamiento o disposición final de RAEE registrados, según los sistemas de manejo o planes de manejo autorizados.
  • 16. • De los Centros de Acopio RAEE Los centros de acopio pueden ser municipales, privados, mixtos u otros y ser temporales o permanentes, de acuerdo a los sistemas de manejo de RAEE. Centros de Acopio Temporales Son los que se implementan sólo durante las campañas y su duración está limitada al tiempo que dure la misma. Requieren de coordinación con la municipalidad donde se realiza. Centros de Acopio Permanentes Son los centros instalados en lugares destinados al acopio permanente de RAEE, dotados de pisos impermeables y que cuentan con seguridad y facilidades para recibir RAEE de diferentes fuentes. Almacenes Privados Son los almacenes de los productores que trabajan con el sistema individual. Los almacenes permanentes deben tener pisos impermeables y seguridad.
  • 17. ACTUALIDAD: Disponen la prepublicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Régimen Especial de Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 090-2019-MINAM Fecha: 30/03/2019