Este documento establece las normas reglamentarias para la aplicación de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo en Perú. Define términos clave como jornada de trabajo, horario de refrigerio y establece procedimientos para la modificación de horarios laborales y para impugnar dichas modificaciones. El objetivo es armonizar la legislación laboral peruana con la Constitución y otorgar un marco jurídico claro para empleadores y trabajadores.
Este documento modifica el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo para armonizarlo con normas internacionales del trabajo. Se modifican artículos relacionados a licencias sindicales y comunicación de huelgas. También se incorpora un nuevo artículo sobre deducción de cuotas sindicales por el empleador. Estas modificaciones buscan fortalecer los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga.
Carlos Enrique Soto Flores presenta una demanda contencioso administrativa contra la Dirección Regional de Salud de Moquegua y el Gobierno Regional de Moquegua solicitando la nulidad de dos resoluciones que le denegaron el pago de una bonificación especial establecida en un decreto de urgencia de 1994. Soto Flores alega que como técnico sanitario le correspondía recibir dicha bonificación. Adjunta documentación que respalda su petitorio y solicita que se declare fundada su demanda y se ordene el pago de la bonificación
El documento analiza jurídicamente una propuesta de reforma a un acuerdo ministerial relacionado con la modificación de la jornada laboral durante la emergencia sanitaria. El análisis concluye que varios artículos propuestos transgredirían derechos laborales establecidos en la constitución, como la irrenunciabilidad de derechos y la no regresividad. Se argumenta que se requieren normas de rango orgánico, no un simple acuerdo ministerial, para establecer excepciones a derechos fundamentales.
Artículo 1 ·del Decreto de Urgencia N° 037-94 estableció que "A partir del 1 de julio de 1994, el Ingreso Total Permanente percibido por los servidores activos y cesantes de la administración Pública no será menor de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300.00)". Beneficiarios del Decreto de Urgencia Nº 037-94
Bonificación D.U. Nº 37·94 e intereses legales
El pago de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N"
37-94, al constituir una obligación laboral, genera automáticamente que se
devengue e! interés legal laboral señalado en el Decreto Ley N" 25920 a partir del
día siguiente de producido el incumplimiento, encontrándose obligado el
empleador a pagarlo, sin que el servidor deba exigirlo judicial o
extrajudicialmente. De lo expresado, se concluye que la bonificación establecida en el Decreto de
Urgencia
Nº 037-94 es otorgada a los servidores bajo el Decreto Legislativo N<> 276,
ubicados en
las escalas señaladas en el presente vinculante del Tribunal Constitucional. CONCLUSION
De lo expresado, se concluye que la bonificación establecida en el Decreto de Urgencia N 037-94 es otorgada a los servidores bajo el Decreto Legislativo N 276, ubicados en las escalas señaladas en el presente vinculante
Este documento establece que los empleados públicos que no puedan disfrutar de su feriado anual debido a que se encuentran de licencia médica o descanso por maternidad tienen derecho a acumular ese feriado. Se reconsideran dictámenes previos que no permitían dicha acumulación.
Este documento aprueba el reglamento del Decreto Legislativo No 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en Perú. El reglamento establece las disposiciones complementarias y reglamentarias relacionadas con el descanso semanal obligatorio, los feriados no laborables y las vacaciones anuales pagadas. Consiste en 24 artículos y una disposición final que deroga normas anteriores contradictorias.
Este documento modifica el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo para armonizarlo con normas internacionales del trabajo. Se modifican artículos relacionados a licencias sindicales y comunicación de huelgas. También se incorpora un nuevo artículo sobre deducción de cuotas sindicales por el empleador. Estas modificaciones buscan fortalecer los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga.
Carlos Enrique Soto Flores presenta una demanda contencioso administrativa contra la Dirección Regional de Salud de Moquegua y el Gobierno Regional de Moquegua solicitando la nulidad de dos resoluciones que le denegaron el pago de una bonificación especial establecida en un decreto de urgencia de 1994. Soto Flores alega que como técnico sanitario le correspondía recibir dicha bonificación. Adjunta documentación que respalda su petitorio y solicita que se declare fundada su demanda y se ordene el pago de la bonificación
El documento analiza jurídicamente una propuesta de reforma a un acuerdo ministerial relacionado con la modificación de la jornada laboral durante la emergencia sanitaria. El análisis concluye que varios artículos propuestos transgredirían derechos laborales establecidos en la constitución, como la irrenunciabilidad de derechos y la no regresividad. Se argumenta que se requieren normas de rango orgánico, no un simple acuerdo ministerial, para establecer excepciones a derechos fundamentales.
Artículo 1 ·del Decreto de Urgencia N° 037-94 estableció que "A partir del 1 de julio de 1994, el Ingreso Total Permanente percibido por los servidores activos y cesantes de la administración Pública no será menor de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300.00)". Beneficiarios del Decreto de Urgencia Nº 037-94
Bonificación D.U. Nº 37·94 e intereses legales
El pago de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N"
37-94, al constituir una obligación laboral, genera automáticamente que se
devengue e! interés legal laboral señalado en el Decreto Ley N" 25920 a partir del
día siguiente de producido el incumplimiento, encontrándose obligado el
empleador a pagarlo, sin que el servidor deba exigirlo judicial o
extrajudicialmente. De lo expresado, se concluye que la bonificación establecida en el Decreto de
Urgencia
Nº 037-94 es otorgada a los servidores bajo el Decreto Legislativo N<> 276,
ubicados en
las escalas señaladas en el presente vinculante del Tribunal Constitucional. CONCLUSION
De lo expresado, se concluye que la bonificación establecida en el Decreto de Urgencia N 037-94 es otorgada a los servidores bajo el Decreto Legislativo N 276, ubicados en las escalas señaladas en el presente vinculante
Este documento establece que los empleados públicos que no puedan disfrutar de su feriado anual debido a que se encuentran de licencia médica o descanso por maternidad tienen derecho a acumular ese feriado. Se reconsideran dictámenes previos que no permitían dicha acumulación.
Este documento aprueba el reglamento del Decreto Legislativo No 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en Perú. El reglamento establece las disposiciones complementarias y reglamentarias relacionadas con el descanso semanal obligatorio, los feriados no laborables y las vacaciones anuales pagadas. Consiste en 24 artículos y una disposición final que deroga normas anteriores contradictorias.
El Decreto Supremo Nº 002-2017-TR aprobó el Reglamento del Sistema de Inspección del Trabajo a fin de garantizar el funcionamiento articulado de sus componentes.
El reglamento establece las funciones de los órganos que integran en sistema:
1. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE
2. Superintendencia Nacional de Fiscalización LAboral - SUNAFIL.
3. Gobiernos Regionales (Gerencias/Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo - G/DRTPE).
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudos de acuerdo a las leyes universitarias y decretos supremos. El remitente fue cesado de la Universidad Nacional de Educación y argumenta que sus pensiones deben nivelarse con las de los magistrados judiciales según la ley. Solicita que en 10 días se atienda su petición de acuerdo a las leyes laborales citadas o presentará una demanda judicial.
PAGO DE BONIFICACION POR 30% DE PREPARACION DE CLASES Y EVALUACIONNelson Zelada Mendoza
Que al amparo de artículo 107 de la Ley Nº 27444, asimismo el Art. 2 Inc. 20 de la Constitución del Estado que consagra el Derecho de Petición, Decreto Regional Nº 005-2014-GRLL-PRE la misma que establece con carácter obligatorio que la bonificación especial por preparación de clases y evaluación sea calculada y abandonada en base a la remuneración integra mensual y no en base a la remuneración total permanente.
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudados de acuerdo a la Ley Universitaria y otras leyes y decretos citados. El remitente afirma haber cumplido con los años de servicio requeridos y que tiene derecho a los beneficios de las leyes 20530, 23495 y otros decretos. Solicita que en un plazo de 10 días se atienda su petición de homologación y pago de remuneraciones de
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudos de acuerdo a las leyes universitarias y decretos supremos. El remitente fue cesado de la Universidad Nacional de Educación y argumenta que sus pensiones deben nivelarse con las de los magistrados judiciales según la ley. Solicita que en 10 días se atienda su petición de acuerdo a las leyes laborales citadas o presentará una demanda judicial.
Este documento establece las normas que regulan la autorización de horarios especiales en el Ecuador. Define los horarios ordinarios que no requieren autorización y los horarios especiales que sí la requieren. Describe el procedimiento para solicitar la autorización de horarios especiales. También establece disposiciones transitorias sobre horarios ya autorizados o en trámite y deroga normas anteriores.
Este documento presenta una sentencia judicial que resuelve una demanda contenciosa administrativa. La demanda solicita el reajuste de varias bonificaciones y beneficios de acuerdo al Decreto de Urgencia No 105-2001. La entidad demandada se opone alegando que dicho reajuste no procede según normas legales. En la sentencia, el juez determina si corresponde ordenar a la entidad demandada el reajuste solicitado o declarar improcedente la demanda.
El demandante solicita:
1. La nulidad de dos resoluciones que le denegaron el pago de una bonificación especial.
2. El pago de dicha bonificación y el reintegro de los montos no pagados con intereses.
3. Que se tramite su demanda contencioso-administrativa declarándola fundada.
El demandante, Sandro Fernández Carpio, solicita la nulidad de dos resoluciones administrativas que le denegaron el pago de una bonificación especial establecida por decreto de urgencia. Argumenta que como técnico sanitario le correspondía recibir dicha bonificación. Pide también el pago de los montos adeudados más intereses legales. Fundamenta su petición en normas legales y jurisprudencia que establecen el derecho a la bonificación para trabajadores de su categoría.
Demanda contenciosa administrativa de preparacion de clasesLuisVasquezHurtado
Este documento presenta una demanda contencioso administrativa contra la Gerencia Regional de Educación de Arequipa por no haber pagado al demandante el 30% de su remuneración total como bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, según establece la Ley del Profesorado. El demandante solicita que se declare la nulidad de las resoluciones que le denegaron el pago y que se le ordene el pago de lo adeudado con sus respectivos devengados. Adjunta documentos que acreditan sus argumentos y solicita la exon
DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DE PREPARACION DE CLASESYajaida Ortiz Calvo
1. La demandante presenta una demanda contencioso administrativa para declarar la nulidad de dos resoluciones que rechazaron el pago de una bonificación especial por preparación de clases equivalente al 30% de la remuneración total.
2. Alega que las resoluciones infringen la ley al calcular la bonificación sobre la remuneración permanente en vez de la total.
3. Solicita que se ordene el pago retroactivo de la bonificación calculada sobre la remuneración total más intereses.
Demanda contenciosa administrativa preparación de clases 30Mack Sshh
Este documento es una demanda presentada ante un juzgado mixto de Moquegua por Sandro Fernández Carpio contra la Unidad de Gestión Educativa Local Moquegua Sur. Fernández Carpio solicita que se declare la nulidad de dos resoluciones y se ordene el pago del 30% de su remuneración total como bonificación por preparación de clases, de acuerdo a la Ley del Profesorado. Alega que las resoluciones vulneran su derecho a recibir dicha bonificación sobre la base de su remuneración total. Pide también una indemn
El demandante presenta una demanda contra la Unidad de Gestión Educativa Local Moquegua Sur solicitando el pago del 30% de su remuneración total como bonificación por preparación de clases, de acuerdo a la Ley del Profesorado. Argumenta que las resoluciones que le denegaron dicho pago son ilegales y no se ajustan a derecho. Solicita que se declaren nulas dichas resoluciones y se ordene el pago de la bonificación adeudada más una indemnización por daños y perjuicios. Adjunta documentos que
La demandante Ana María Pasho Apaza presenta una demanda contra el Gobierno Regional de Moquegua y el Procurador Público de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de Moquegua por despido incausado. Solicita la nulidad de su despido y su reposición en el puesto de Secretaria de la Gerencia de Inversiones u otro equivalente. Trabajó de forma permanente e ininterrumpida por 22 meses y 15 días antes de ser despedida sin expresión de causa a través de una carta. Presenta varios documentos como prueba de su trabajo
Parte anche in Puglia la campagna di vaccinazione antinfluenzale 2015/2016 ma con rinnovata e più incisiva motivazione vista la scarsa copertura dello scorso anno a motivo della dissuasione mediatica che ha portato ad un incremento consistente dei casi gravi e dei decessi.
The document discusses the benefits of exercise for mental health. Regular physical activity can help reduce anxiety and depression and improve mood and cognitive functioning. Exercise boosts blood flow, releases endorphins, and promotes changes in the brain which help enhance one's emotional well-being and mental clarity.
El documento hace una serie de preguntas sobre las opiniones y actitudes de los jóvenes mexicanos hacia sus padres, la religión, los estudios y la educación infantil. También cuestiona sobre la capacidad de sobresalir ante los demás.
This document provides guidance for an English teacher on activities to do with students based on the theme of films, TV, music, and mobile phones. It includes 4 activities:
1. Students generate English words related to the theme and compile master lists in groups. This checks vocabulary and encourages peer learning.
2. Students practice verbs, make sentences about actions, fill in blanks, and connect words from different categories to build language skills.
3. Students act out film titles in groups through miming and the class guesses them, similar to charades. This can generate English through translating titles.
4. For a chosen film title, students generate associated English words to check understanding and vocabulary. Suggestions
El Decreto Supremo Nº 002-2017-TR aprobó el Reglamento del Sistema de Inspección del Trabajo a fin de garantizar el funcionamiento articulado de sus componentes.
El reglamento establece las funciones de los órganos que integran en sistema:
1. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE
2. Superintendencia Nacional de Fiscalización LAboral - SUNAFIL.
3. Gobiernos Regionales (Gerencias/Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo - G/DRTPE).
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudos de acuerdo a las leyes universitarias y decretos supremos. El remitente fue cesado de la Universidad Nacional de Educación y argumenta que sus pensiones deben nivelarse con las de los magistrados judiciales según la ley. Solicita que en 10 días se atienda su petición de acuerdo a las leyes laborales citadas o presentará una demanda judicial.
PAGO DE BONIFICACION POR 30% DE PREPARACION DE CLASES Y EVALUACIONNelson Zelada Mendoza
Que al amparo de artículo 107 de la Ley Nº 27444, asimismo el Art. 2 Inc. 20 de la Constitución del Estado que consagra el Derecho de Petición, Decreto Regional Nº 005-2014-GRLL-PRE la misma que establece con carácter obligatorio que la bonificación especial por preparación de clases y evaluación sea calculada y abandonada en base a la remuneración integra mensual y no en base a la remuneración total permanente.
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudados de acuerdo a la Ley Universitaria y otras leyes y decretos citados. El remitente afirma haber cumplido con los años de servicio requeridos y que tiene derecho a los beneficios de las leyes 20530, 23495 y otros decretos. Solicita que en un plazo de 10 días se atienda su petición de homologación y pago de remuneraciones de
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudos de acuerdo a las leyes universitarias y decretos supremos. El remitente fue cesado de la Universidad Nacional de Educación y argumenta que sus pensiones deben nivelarse con las de los magistrados judiciales según la ley. Solicita que en 10 días se atienda su petición de acuerdo a las leyes laborales citadas o presentará una demanda judicial.
Este documento establece las normas que regulan la autorización de horarios especiales en el Ecuador. Define los horarios ordinarios que no requieren autorización y los horarios especiales que sí la requieren. Describe el procedimiento para solicitar la autorización de horarios especiales. También establece disposiciones transitorias sobre horarios ya autorizados o en trámite y deroga normas anteriores.
Este documento presenta una sentencia judicial que resuelve una demanda contenciosa administrativa. La demanda solicita el reajuste de varias bonificaciones y beneficios de acuerdo al Decreto de Urgencia No 105-2001. La entidad demandada se opone alegando que dicho reajuste no procede según normas legales. En la sentencia, el juez determina si corresponde ordenar a la entidad demandada el reajuste solicitado o declarar improcedente la demanda.
El demandante solicita:
1. La nulidad de dos resoluciones que le denegaron el pago de una bonificación especial.
2. El pago de dicha bonificación y el reintegro de los montos no pagados con intereses.
3. Que se tramite su demanda contencioso-administrativa declarándola fundada.
El demandante, Sandro Fernández Carpio, solicita la nulidad de dos resoluciones administrativas que le denegaron el pago de una bonificación especial establecida por decreto de urgencia. Argumenta que como técnico sanitario le correspondía recibir dicha bonificación. Pide también el pago de los montos adeudados más intereses legales. Fundamenta su petición en normas legales y jurisprudencia que establecen el derecho a la bonificación para trabajadores de su categoría.
Demanda contenciosa administrativa de preparacion de clasesLuisVasquezHurtado
Este documento presenta una demanda contencioso administrativa contra la Gerencia Regional de Educación de Arequipa por no haber pagado al demandante el 30% de su remuneración total como bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, según establece la Ley del Profesorado. El demandante solicita que se declare la nulidad de las resoluciones que le denegaron el pago y que se le ordene el pago de lo adeudado con sus respectivos devengados. Adjunta documentos que acreditan sus argumentos y solicita la exon
DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DE PREPARACION DE CLASESYajaida Ortiz Calvo
1. La demandante presenta una demanda contencioso administrativa para declarar la nulidad de dos resoluciones que rechazaron el pago de una bonificación especial por preparación de clases equivalente al 30% de la remuneración total.
2. Alega que las resoluciones infringen la ley al calcular la bonificación sobre la remuneración permanente en vez de la total.
3. Solicita que se ordene el pago retroactivo de la bonificación calculada sobre la remuneración total más intereses.
Demanda contenciosa administrativa preparación de clases 30Mack Sshh
Este documento es una demanda presentada ante un juzgado mixto de Moquegua por Sandro Fernández Carpio contra la Unidad de Gestión Educativa Local Moquegua Sur. Fernández Carpio solicita que se declare la nulidad de dos resoluciones y se ordene el pago del 30% de su remuneración total como bonificación por preparación de clases, de acuerdo a la Ley del Profesorado. Alega que las resoluciones vulneran su derecho a recibir dicha bonificación sobre la base de su remuneración total. Pide también una indemn
El demandante presenta una demanda contra la Unidad de Gestión Educativa Local Moquegua Sur solicitando el pago del 30% de su remuneración total como bonificación por preparación de clases, de acuerdo a la Ley del Profesorado. Argumenta que las resoluciones que le denegaron dicho pago son ilegales y no se ajustan a derecho. Solicita que se declaren nulas dichas resoluciones y se ordene el pago de la bonificación adeudada más una indemnización por daños y perjuicios. Adjunta documentos que
La demandante Ana María Pasho Apaza presenta una demanda contra el Gobierno Regional de Moquegua y el Procurador Público de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de Moquegua por despido incausado. Solicita la nulidad de su despido y su reposición en el puesto de Secretaria de la Gerencia de Inversiones u otro equivalente. Trabajó de forma permanente e ininterrumpida por 22 meses y 15 días antes de ser despedida sin expresión de causa a través de una carta. Presenta varios documentos como prueba de su trabajo
Parte anche in Puglia la campagna di vaccinazione antinfluenzale 2015/2016 ma con rinnovata e più incisiva motivazione vista la scarsa copertura dello scorso anno a motivo della dissuasione mediatica che ha portato ad un incremento consistente dei casi gravi e dei decessi.
The document discusses the benefits of exercise for mental health. Regular physical activity can help reduce anxiety and depression and improve mood and cognitive functioning. Exercise boosts blood flow, releases endorphins, and promotes changes in the brain which help enhance one's emotional well-being and mental clarity.
El documento hace una serie de preguntas sobre las opiniones y actitudes de los jóvenes mexicanos hacia sus padres, la religión, los estudios y la educación infantil. También cuestiona sobre la capacidad de sobresalir ante los demás.
This document provides guidance for an English teacher on activities to do with students based on the theme of films, TV, music, and mobile phones. It includes 4 activities:
1. Students generate English words related to the theme and compile master lists in groups. This checks vocabulary and encourages peer learning.
2. Students practice verbs, make sentences about actions, fill in blanks, and connect words from different categories to build language skills.
3. Students act out film titles in groups through miming and the class guesses them, similar to charades. This can generate English through translating titles.
4. For a chosen film title, students generate associated English words to check understanding and vocabulary. Suggestions
1) The document discusses various activities teachers can do with students to discuss ambitions and aspirations. It provides suggestions for diary writing, conversations about career choices, poems, and ways professions have changed.
2) The focus is on encouraging students to talk about their dreams and future plans in English. Suggested activities include writing, discussions, role plays, and analyzing poems and songs.
3) The document aims to help students think more clearly about their aspirations and career paths through sharing perspectives in English.
Dominic Norrish digital education show presentation webDominic Norrish
1. Starting with the answer, not the question - The document lists 12 mistakes made when implementing 1-to-1 technology programs. The first mistake is focusing on the solution rather than understanding the problem.
2. Failure to fully embed a mobile learning culture with staff - Another mistake is not getting buy-in from teachers, who are asked to take risks with their time and students' learning without being adequately supported.
3. Apps & content over ecosystem & workflow - One mistake is prioritizing specific apps and content over building a cohesive digital learning environment and workflows that utilize technology.
The document analyzes the word "opportunity" and its relationship to saying "yes". It breaks down "opportunity" as "tune it", meaning to bring something into line with itself. The "it" refers to the id or instinctual self. Similarly, "yes" contains "es", also meaning "the it". Therefore, opportunity shapes the self by following our instincts. To take advantage of opportunities, we must say "yes" more to associate with progress and refine our instinctual selves. In this way, opportunity is truly governed by our willingness to say yes.
Tmp 17861 ensayo de consolidacion1327476924Emanuel Romanï
El documento describe el método de ensayo de consolidación unidimensional para determinar los parámetros de consolidación de un suelo, como el asentamiento, el coeficiente de consolidación y el tiempo de consolidación. El método involucra aplicar cargas axiales incrementales a una muestra de suelo confinada lateralmente y medir la disminución en altura con el tiempo para cada carga, generando curvas de consolidación.
The document provides an overview of Windows Phone, including:
1. A brief history of Windows Mobile and the evolution of Windows Phone.
2. An introduction to Windows Phone, how it differs from other smartphones, and its Metro Style interface.
3. Information on getting started with Windows Phone such as hardware/software requirements, orientation, resolutions, and the architecture and lifecycle of Windows Phone applications.
4. Descriptions of key Windows Phone UI controls like the Application Bar, Panorama, and Pivot as well as launchers and choosers.
5. An overview of top Windows Phone 8 features including tile templates, the lock screen, voice commands, the Wallet, and NFC
Mobile Saturday. Тема 6. Особенности тестирования приложений на iOS (Алексан...GoIT
21 ноября GoITClub совместно с Zeo Alliance провели ивент, посвященный тестированию мобильных приложений.
Рассмотрели 2 самых популярных ОС - Andoird и iOS
Блок Android
1. Особенности операционной системы Android - Иван Мурзак (Android developer, Co-Founder&CTO at Capitan Inc.)
2. Особенности тестирования приложения на Android (Specific functional, Performance, Device park selection) - Михаил Железнов (QC Engineer at SoftServe)
3. Особенности тестирования приложения на Android (Human Interface Guideline, Tools) - Юлия Смирнова (QC Engineer at SoftServe)
4. Автоматизация тестирования верстки - Александр Хотемской (Senior Client Automation QA Enginner at Wargaming)
Блок iOS
1. Особенности операционной системы iOS - Ольга Макаревич (QA Engineer at EPAM)
2. Особенности тестирования приложений на iOS - Александр Буратынский ( Senior QA Analysyt at Global Logic)
3. Тестирование с использованием инструментов xCode - Максим Гонтар (Mobile Developer, Lead Engineer at Global Logic) - презентация отутствуе, было живой показ программы.
Видеозапись мероприятия можно посмотреть на официальном канале GoIT на Youtube
What data do annual giving professionals have available that can help them learn more about their alumni? This presentation provides you with the tools necessary to categorize and analyze your Facebook posts in order to find actionable information.
Smdc training manual (kusuma) 13 january 2015ravitechglobe
The document discusses the results of a study on the impact of climate change on coffee production. Researchers found that suitable land for coffee production could decline by up to 50% by 2050 due to rising temperatures and changing rain patterns associated with climate change. Arabica coffee was found to be most at risk, as its growing regions would shrink significantly according to the study's climate models. The study concludes that climate change poses a serious threat to the coffee industry worldwide if action is not taken to mitigate future warming.
My Final year project on Android app developmentrahulkumargiri
This document summarizes an online football app project. The project aims to provide an interface for users/clients and an admin/server to view live scores and updates from an ongoing college football tournament. Key features include viewing live scores, schedules, and statuses and allowing the admin to update match information and statuses. Future improvements could include adding audio commentary and videos of matches. The conclusion states that the app will provide an easy online solution for users and admin to access live tournament information and updates.
Este documento describe la profundidad de color, que se refiere a la cantidad de bits utilizados para representar el color de cada píxel. Cuanto mayor es la profundidad de color, más amplia es la gama de colores posibles. Se mencionan las profundidades de color más comunes como 1, 2, 4, 8, 16 y 24 bits por píxel, y la cantidad de colores que pueden representar. El documento también explica cómo se codifican los colores RGB a medida que aumenta la profundidad de color.
SAP Business Objects Universe Designer & Introduction to Business Intelligenc...BigClasses Com
Universe is a middle layer between the database and reports that includes only required table structures to avoid burdening the database. It can generate multiple reports from a single universe. Changes to the database will impact the universe and reports, while changes to the universe only impact reports, not the database. The new release of SAP Business Objects BI 4.0 introduces native connectivity to SAP BW and SAP HANA via BICS connections for Web Intelligence reporting.
El documento describe los pasos para crear un proyecto de aplicación Android en Eclipse que muestra una imagen PNG como fondo. Estos pasos incluyen crear un nuevo proyecto Android, agregar una imagen al directorio de recursos, establecer la imagen como fondo en el archivo de diseño XML y ejecutar la aplicación en el emulador.
Este documento establece el Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo del Perú. Incluye disposiciones sobre la jornada ordinaria de trabajo, facultades del empleador para modificar jornadas y horarios, jornadas nocturnas, trabajo en sobretiempo y pagos por horas extras. El objetivo es contar con un texto integral que armonice la regulación sobre estos temas laborales en el marco de la legislación peruana.
Este documento establece la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo en Perú. Define la jornada laboral ordinaria máxima en 8 horas diarias o 48 horas semanales. Autoriza al empleador a modificar jornadas, horarios y turnos previa consulta a los trabajadores. Establece que el trabajo en sobretiempo debe ser voluntario y que se debe pagar un recargo mínimo del 25% por las primeras 2 horas extras y del 35% por horas extras adicionales.
Este decreto modifica el decreto supremo 004-2006-TR sobre el registro de control de asistencia y salida de los trabajadores en el sector privado. Las modificaciones incluyen requerir que el registro contenga información como el nombre del empleador, número de identificación, nombre del trabajador y hora de entrada y salida. También se establecen disposiciones sobre cómo llevar el registro de forma física o digital, exhibir los horarios de trabajo y tiempos permitidos, y conservar los registros. Se presumen horas extras si el trabajador está presente antes o
El documento resume la normativa peruana sobre la jornada de trabajo. Establece que la jornada máxima legal es de 8 horas diarias o 48 horas semanales, y que existen normas específicas para menores de edad, trabajadores nocturnos, horas extras y el registro de control de asistencia que deben llevar los empleadores. También explica las atribuciones de los empleadores respecto a jornadas, horarios y turnos de los trabajadores.
QUE ESCONDE LA "VOLUNTARIEDAD DE LOS SABADOS EN Correos-Cgt Sevilla
Que esconde la voluntariedad de los Sabados en Correos
LEE Y QUE NO TE CUENTEN CUENTOS .....Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas
especiales de trabajo.
Este documento consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en Perú. Establece el derecho a 24 horas consecutivas de descanso semanal, feriados remunerados como Año Nuevo, Navidad, etc. y 30 días de vacaciones anuales después de cumplir 260 días de trabajo en el año. También regula aspectos como la remuneración por descansos, la oportunidad de las vacaciones, y la compensación en caso de no gozar de los descansos.
Este documento presenta información sobre decretos legales y reglamentos relacionados con el descanso vacacional remunerado de los trabajadores del sector público y privado en Perú. Se establecen regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional favorezca la conciliación entre la vida laboral y familiar de los servidores públicos. Se modifican normas existentes para otorgar 30 días de descanso vacacional por año de servicio a todos los trabajadores. Los decretos son reglamentados por el Poder Ejecutivo para su aplicación.
Esta ley introduce reformas al Código Sustantivo del Trabajo de Colombia. Algunas de las reformas incluyen: 1) aclara los elementos esenciales de un contrato de trabajo, 2) establece presunciones sobre la naturaleza de las relaciones laborales, 3) regula los contratos a término fijo y su renovación, 4) regula causales de suspensión y terminación del contrato, 5) establece indemnizaciones por terminación unilateral del contrato sin justa causa.
El documento describe las normas y conceptos clave relacionados con la jornada de trabajo en Perú. Establece que la jornada máxima legal es de 8 horas diarias o 48 horas semanales, pero permite jornadas menores. También cubre temas como horas extras, jornadas nocturnas, refrigerios y el registro obligatorio de horas de los empleadores.
El documento describe el marco normativo de la jornada de trabajo en Perú, incluyendo que la jornada máxima legal es de 8 horas diarias o 48 horas semanales, y que existen normas específicas para menores de edad, trabajadores nocturnos, y aquellos excluidos de la jornada máxima como directivos y de confianza. También explica conceptos como horas extras, refrigerios y el registro obligatorio de control de asistencia para empleadores.
Decreto Leg N° 713-Descansos remunerados.docAkemmy123
Este decreto legislativo consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Establece el derecho a 24 horas consecutivas de descanso semanal, feriados no laborables como días de descanso remunerado, y 30 días calendario de vacaciones anuales pagadas después de un año de servicio cumpliendo un mínimo de días trabajados. También regula aspectos como el pago por trabajar en días de descanso y feriados, la oportunidad de las vacaciones,
Este documento resume un Real Decreto-Ley español de 2013 que modifica varias leyes relacionadas con el empleo. El decreto modifica artículos del Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Empleo Urgente de 2012, la Ley de Empresas de Trabajo Temporal de 1994, y otras leyes relacionadas con el apoyo al emprendimiento, la seguridad social y el impuesto sobre sociedades. El documento proporciona detalles sobre qué artículos específicos de cada ley son modificados o derogados.
Este documento presenta el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral del Perú. En menos de 3 oraciones: Aprueba el texto único ordenado de esta ley, la cual regula aspectos como los tipos de contratos laborales, causas de suspensión y terminación de la relación laboral, derechos de los trabajadores, y fomenta la capacitación y productividad laboral para mejorar los ingresos. El decreto entra en vigencia un día después de su publicación en el diario oficial.
Este documento define y explica la jornada laboral según la legislación venezolana. Describe los tipos de jornadas permitidas, los límites legales de la duración de la jornada, los días feriados y los derechos a descanso de los trabajadores. También cubre temas como horas extras, bonificaciones nocturnas y los registros que deben llevarse sobre el tiempo trabajado.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa Constructora Pacífico S.A. Establece normas sobre ingreso de personal, contratos laborales, jornada de trabajo, remuneraciones, permisos y obligaciones de los trabajadores. Se redactó de acuerdo a la ley chilena y tiene por objeto regular las relaciones laborales y prevención de riesgos en la empresa.
Este documento presenta el reglamento interno de trabajo de la empresa Legno Desing S.A.S. Establece disposiciones sobre el proceso de admisión, período de prueba, horarios de trabajo, horas extras, días de descanso, vacaciones remuneradas y otros aspectos laborales. El reglamento busca regular las condiciones de trabajo de acuerdo a la legislación colombiana para tanto la empresa como sus empleados.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Trabajo de ENLASEGUROS LTDA. Establece disposiciones sobre condiciones de admisión, contratos de aprendizaje, períodos de prueba, horarios de trabajo, días de descanso obligatorio, vacaciones remuneradas y otros aspectos laborales. El reglamento aplica a todos los empleados de ENLASEGUROS LTDA. y sus sucursales en Colombia.
Este documento describe los aspectos generales relacionados con el registro de asistencia y la jornada laboral según la legislación peruana. Explica que la jornada ordinaria máxima es de 8 horas diarias o 48 horas semanales y que el empleador puede establecer jornadas menores. También cubre temas como los diferentes tipos de trabajadores no comprendidos en la jornada máxima, las facultades del empleador para modificar jornadas y horarios siguiendo ciertos procedimientos, y disposiciones sobre horario de refrigerio.
El documento resume las leyes laborales de Colombia sobre vacaciones pagadas y cómo se calculan cuando un empleado se enferma durante su periodo de vacaciones. Según la ley, los empleados tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones pagadas después de un año de trabajo. Si un empleado se enferma durante sus vacaciones, tiene derecho a reanudar los días de vacaciones que le faltan una vez se recupere.
Este documento presenta el reglamento interno de trabajo de una institución que atiende trastornos del desarrollo. Describe la estructura organizacional, los procesos de admisión y periodo de prueba para nuevos empleados, así como las condiciones de horario laboral, horas extras, días de descanso, vacaciones y diferentes tipos de permisos. También establece las personas facultadas para imponer sanciones disciplinarias y especifica los documentos requeridos de los aspirantes a un cargo en la institución.
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Palabras clave: Avances tecnológicos, Derecho en la era digital, Habeas Data, Marco jurídico y Protección de datos personales.
vehiculo importado desde pais extrajero contien documentos respaldados como ser la factura comercial de importacion un seguro y demas tambien indica la partida arancelaria que deb contener este vehículo 3. La importadora PARISBOL TRUCK IMPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA perteneciente a Bolivia, trae desde CHILE , un vehículo Automóvil con un número de ruedas de 6 Número del chasis YV2RT40A0HB828781 De clase tractocamión, con dos puertas . El precio es de 35231,46 dólares, la importadora tiene los siguientes datos para el cálculo de sus costos:
• Flete de $ 1500 por contenedor
• El deducible es de 10 % de la SA y la prima neta de 0.02% de la SA
• ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20% • ALMACÉN ADUANERO 1.5%
• DESPACHO ADUANERO 2.1%
• IVA 14.94%
• PERCEPCIÓN 0.3%
• OTROS GASTOS DE IMPORTACIÓN $US
• Derecho de emisión 4.20
• Handling 58 • Descarga 69
• Servicios aduana 30
• Movilización de carga 70.10
• Transporte interno 150
• Gastos operativos 70
• Otros gastos 100 • Comisión agente de 0.05% CIF
GASTOS FINANCIEROS o GASTOS APERTURA DE L/C (0.3 % FOB) o Intereses proveedor $ 1050 CALULAR:
i) El valor FOB
j) hallar la suma asegurada de la mercancía y la prima neta que se debe pagar a la compañía aseguradora, y el valor CIF
k) El total de derechos e impuestos
l) El costo total de importación y el factor
m) El costo unitario de importación de cada alfombra en $us y Bs. (tipo de cambio: Bs.6.85)
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1. REGLAMENTO DEL TUO DE LA LEY DE JORNADA DE TRABAJO, HORARIO Y TRABAJO
EN SOBRETIEMPO
DECRETO SUPREMO Nº 008-2002-TR
REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 854 MODIFICADO POR LA LEY Nº
27671, SOBRE JORNADA DE TRABAJO, HORARIO Y TRABAJO EN SOBRETIEMPO
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, regula
de manera integral el tratamiento de la jornada de trabajo, el horario y el trabajo en sobretiempo, a fin de
otorgar a los trabajadores y empleadores un marco jurídico en armonía con el texto constitucional vigente;
Que, el Congreso de la República mediante Ley Nº 27671 ha modificado diversos artículos del Decreto
Legislativo Nº 854, Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, así como incorporado
articulado al mismo;
Que, por Decreto Supremo Nº 007-2002-TR se ha aprobado el Texto Único Ordenado del Decreto
Legislativo Nº 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, el mismo que
incorpora las modificaciones introducidas por la Ley Nº 27671;
Que, es necesario dictar las normas reglamentarias que permitan la adecuada aplicación del Decreto
Legislativo Nº 854 con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 27671;
De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
DECRETA:
Artículo 1.- Cuando en el presente Decreto Supremo haga mención a la Ley, se entenderá referida al
Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en
Sobretiempo aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2002-TR.
Artículo 2.- El empleador deberá dar a conocer por medio de carteles colocados en un lugar visible de su
establecimiento o por cualquier otro medio adecuado, las horas en que se inicia y culmina la jornada de
trabajo. Asimismo, el empleador deberá dar a conocer la oportunidad en que se hace efectivo el horario de
refrigerio.
Artículo 3.- La reducción de la jornada por convenvio o decisión unilateral del empleador a que se refiere
el segundo párrafo del Artículo 1 de la Ley, no podrá originar una reducción en la remuneración que el
trabajador haya venido percibiendo, salvo pacto expreso en contrario.
Artículo 4.- Las modificaciones que se introduzcan en los horarios de trabajo de acuerdo a lo establecido
en el literal e), del inciso 1) del Artículo 2 de la Ley, se regirán por el procedimiento establecido en el
Artículo 6 de la Ley.
Artículo 5.- La facultad del empleador de establecer jornadas compensatorias de trabajo, o el prorrateo de
horas de trabajo previstos en los incisos b) y c) del Artículo 2 de la Ley, no podrá afectar el derecho del
trabajador al descanso semanal obligatorio ni al que corresponde a los días feriados no laborables, los
cuales deberán hacerse efectivos de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 713.
Artículo 6.- La reducción de días laborables de la jornada semanal a que se refiere el inciso c) del
Artículo 2 de la Ley, independientemente de que se aplique el prorrateo de horas de trabajo, no afectará el
respectivo récord vacacional de los trabajadores.
Artículo 7.- La solicitud del sindicato, o a falta de éste de los representantes de los trabajadores, o en su
defecto, de los trabajadores afectados, para llevar a cabo la reunión a que hace referencia el segundo
2. párrafo, inciso 2) del Artículo 2 de la Ley deberá realizarse dentro de los tres días siguientes de recibida la
comunicación del empleador. En dicha solicitud se deberá sustentar la medida distinta a la propuesta por
el empleador y justificar las razones de la oposición a la medida planteada por éste. Recibida la solicitud,
el empleador citará a la correspondiente reunión dentro de los tres días siguientes.
De ocurrir un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor que haga indispensable introducir alguna de las
modificaciones previstas en el numeral 1) del Artículo 2 de la Ley será suficiente para proceder a ellas,
contar con la aceptación escrita del o los trabajadores involucrados.
Artículo 8.- En el caso previsto en el Artículo 3 de la Ley, no se podrá ampliar la jornada de trabajo para
alcanzar la jornada ordinaria máxima, cuando la reducción de ésta haya sido establecida por ley o
convenio colectivo, salvo que se haga por la misma vía.
Artículo 9.- El establecimiento de la jornada ordinaria máxima diaria o semanal no impide el ejercicio de
la facultad del empleador de fijar jornadas alternativas, acumulativas o atípicas de trabajo, de
conformidad con el Artículo 4 de la Ley, siempre que resulte necesario en razón de la naturaleza especial
de las labores de la empresa.
En este caso, el promedio de horas trabajadas en el ciclo o período correspondiente no podrá exceder los
límites máximos previstos por la Ley. Para establecer el promedio respectivo deberá dividirse el total de
horas laboradas entre el número de días del ciclo o período completo, incluyendo los días de descanso.
Artículo 10.- Para efectos del Artículo 5 de la Ley se considera como:
a) Trabajadores de dirección, a los que reúnen las características previstas en el primer párrafo del
Artículo 43 del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto
Supremo Nº 003-97-TR.
b) Trabajadores que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia, a aquellos que
regularmente prestan servicios efectivos de manera alternada con lapsos de inactividad; y,
c) Trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata, aquellos trabajadores que realizan sus labores o parte
de ellas sin supervisión inmediata del empleador, o que lo hacen parcial o totalmente fuera del centro de
trabajo, acudiendo a él para dar cuenta de su trabajo y realizar las coordinaciones pertinentes.
*Artículo 11.- No se encuentran comprendidos en la jornada máxima los trabajadores de confianza,
cuyas características se encuentran definidas en el Artículo 43 de la Ley de Productividad y
Competitividad Laboral aprobada por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, exceptuándose de lo previsto en
este artículo, a los trabajadores de confianza sujetos a un control efectivo del tiempo de trabajo.
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-2002-TR, del 09-08-2002.
Artículo 12.- Para impugnar la modificación del horario de trabajo mayor a una hora, de acuerdo al
Artículo 6 de la Ley, se observarán los siguientes procedimientos:
a) Tratándose de una modificación colectiva del horario de trabajo, los trabajadores afectados, dentro del
plazo de 5 días siguientes de la adopción de la medida, podrán presentar el recurso correspondiente,
debidamente sustentado, ante la Subdirección de Negociaciones Colectivas o dependencia que haga sus
veces, adjuntando una declaración jurada suscrita por la mayoría de los trabajadores afectados y la
documentación que acredite la modificación del horario de trabajo.
Dentro del segundo día hábil de admitido el recurso impugnatorio, la Autoridad Administrativa de
Trabajo notificará de éste al empleador, quien dentro del tercer día hábil de su recepción podrá
contradecir los hechos alegados por los trabajadores o justificar su decisión en base a un informe técnico.
Recibida la contestación del empleador o vencido el término para tal efecto, la Autoridad Administrativa
de Trabajo resolverá la impugnación dentro del quinto día hábil, determinando si existe o no justificación
para la modificación del horario. La Resolución de primera instancia es apelable dentro del término de
tres días hábiles de recibida la notificación.
3. b) Tratándose de una modificación individual del horario de trabajo, de conformidad con el último
párrafo del Artículo 6 de la Ley, el trabajador podrá impugnar dicha medida ante el Poder Judicial, de
acuerdo al procedimiento de cese de hostilidad regulado por el T.U.O. de la Ley de Productividad y
Competitividad Laboral, en cuyo caso el trabajador deberá cumplir previamente con el emplazamiento a
que se refiere el párrafo final del Artículo 30 de la indicada Ley.
Artículo 13.- Para efectos de la impugnación administrativa regulada en el Artículo 2 de la Ley, ésta
deberá interponerse ante la Subdirección de Negociaciones Colectivas o dependencia que haga sus veces.
Dentro de los dos días siguientes de recibida la impugnación, la Autoridad Administrativa de Trabajo,
correrá el correspondiente traslado al empleador, para que en el término de tres días se pronuncie.
La resolución de primera instancia es apelable dentro del término de tres días hábiles de recibida la
notificación.
Artículo 14.- Horario de refrigerio es el tiempo establecido por la Ley que tiene como finalidad que el
trabajador lo destine a la ingesta de su alimentación principal cuando coincida con la oportunidad del
desayuno, almuerzo o cena, o de un refrigerio propiamente dicho, y/o al descanso.
Artículo 15.- En el caso de las jornadas que se cumplan en horario corrido según el Artículo 7 de la Ley,
el tiempo de refrigerio no podrá ser inferior a cuarenticinco (45) minutos y deberá coincidir en lo posible
con los horarios habituales del desayuno, almuerzo o cena. El empleador establecerá el tiempo de
refrigerio dentro del horario de trabajo, no pudiendo otorgarlo, ni antes ni luego del mismo.
El horario de refrigerio no forma parte de la jornada ordinaria, salvo que por convenio colectivo o pacto
individual se disponga lo contrario.
La adecuación del horario del refrigerio a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley, no implicará un
incremento en la jornada de trabajo.
Si como consecuencia de la exclusión del tiempo dedicado al refrigerio, se incrementara el número de
horas efectivas de trabajo, a fin de alcanzar la jornada ordinaria máxima, corresponderá otorgar el
aumento de remuneración previsto en el Artículo 3 de la Ley.
Artículo 16.- Para la adecuación a lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley se podrá optar entre
incrementar el tiempo de permanencia en quince (15) minutos o en adecuar a los turnos el tiempo de
refrigerio.
Artículo 17.- Cuando la jornada del trabajador se cumpla en horario diurno y nocturno, la sobretasa, para
determinar la remuneración mínima a que se refiere el Artículo 8 de la Ley, se aplicará en forma
proporcional al tiempo laborado en horario nocturno.
Artículo 18.- El trabajo en sobretiempo supone la prestación efectiva de servicios en beneficio del
empleador. En consecuencia, los tiempos que puedan dedicar los trabajadores fuera de la jornada
ordinaria en actividades distintas, no serán consideradas como sobretiempo.
Artículo 19.- Para los fines del Artículo 9 de la Ley, constituye caso fortuito o fuerza mayor, el hecho
que tiene carácter inevitable, imprevisible e irresistible que haga necesaria la continuación de la
prestación de labores del trabajador fuera de su jornada ordinaria. En este caso el trabajo en sobretiempo
es obligatorio para el trabajador y se remunera con la sobretasa que establece el Artículo 10 de la Ley.
Artículo 20.- Se considera trabajo en sobretiempo a aquel que exceda de la jornada ordinaria vigente en
el centro de trabajo, aun cuando se trate de una jornada reducida.
Artículo 21.- El trabajo efectuado en sobretiempo, es por naturaleza extraordinario, por lo que en
promedio mensual no podrá exceder de cuatro quintos de la jornada ordinaria semanal. (*)
RECTIFICADO POR FE DE ERRATAS (*)
(*) Artículo derogado por el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 012-2002-TR, del 09-08-2002.
4. Artículo 22.- En el caso del último párrafo del Artículo 9 de la Ley, la prestación de servicios en
sobretiempo que no cuente con disposición expresa del empleador se entenderá prestada con su
autorización tácita y en forma voluntaria por el trabajador.
La prestación efectiva de servicios en sobretiempo, deberá ser acreditada por los servicios inspectivos del
Ministerio de Trabajo, con los medios técnicos o manuales a que hace referencia el Artículo 10-A de la
Ley y con los demás medios probatorios previstos en la Ley Nº 26636, Ley Procesal del Trabajo.
Artículo 23.- Cuando el sobretiempo se realice en forma previa o posterior a la jornada prestada en
horario diurno, el valor de la hora extra trabajada se calculará sobre la base del valor de la remuneración
establecida para la jornada diurna. Igual criterio se aplicará para el sobretiempo realizado en forma previa
o posterior a la jornada prestada en horario nocturno, conforme al tercer párrafo del Artículo 10 de la Ley.
Si el sobretiempo se realiza en forma previa o posterior a una jornada prestada en horario diurno y
nocturno, el valor de la hora extra trabajada se calculará sobre la base del valor de la remuneración
establecida para el horario en que se realiza la hora extra, según corresponda. En este caso y en forma
complementaria debe tenerse en consideración el criterio de cálculo establecido en el primer párrafo del
Artículo 10 de la Ley.
Artículo 24.- Para efectos de establecer las sobretasas a que se refiere el Artículo 10 de la Ley, se deberá
tomar en consideración la remuneración ordinaria percibida por el trabajador de que trata el Artículo 11
de la Ley.
Artículo 25.- El pago de las labores prestadas en sobretiempo deberá realizarse en la oportunidad en que
se efectúe el pago de la remuneración ordinaria del trabajador.
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-2002-TR, del 09-08-2002.
Artículo 26.- El acuerdo referido a la compensación del trabajo en sobretiempo con el otorgamiento de
períodos equivalentes de descanso, a que se refiere el cuarto párrafo del Artículo 10 de la Ley, deberá
constar por escrito, debiendo realizarse tal compensación, dentro del mes calendario siguiente a aquel en
que se realizó dicho trabajo, salvo pacto en contrario.
Artículo 27.- Para efectos de registrar las horas extras trabajadas, conforme lo señala el Artículo 10-A de
la Ley, deberá entenderse como medios técnicos o manuales las planillas, boletas de pago u otros medios
idóneos.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Derógase el Decreto Supremo Nº 008-97-TR.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de julio del año dos mil dos.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo