GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
Responsabilidad disciplinaria
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITECNICO
“SANTIAGO MARIÑO”
EXTENSION PUERTO ORDAZ
ESCUELA: INGENIERIA ELECTRICA
CÁTEDRA: ÉTICA Y DEONTOLOGÍA PROFESIONAL
MAPAS CONCEPTUALES SOBRE:
LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA Y
EL REGLAMENTO DEL COLEGIO DE INGENIERO DE VENEZUELA
PROFESORA:
Johanna Tapia
ALUMNO:
Gilberto Marcano
C.I: 10.393.140
Puerto Ordaz, Agosto de 2015
2. Es la responsabilidad
de toda persona de
conocer y aceptar
como consecuencia
de un acto suyo,
inteligente y libre;
cuando se afecta a un
tercero.
Clases
de
responsabilidades
PENAL
Es la sujeción de una
persona que vulnera un
deber de conducta; se
debe afrontar a lo que
impone la ley
CIVIL
Donde el particular o funcionario
publico tiene responsabilidad
frente al individual o estado, en
causadas en EL cumplimiento en
función de su cargo
DISCIPLINARIA
Actos o hechos de un
funcionario o empleado, que sin
tipificarse perturban el normal,
cabal y adecuado cumplimiento
de las funciones asignadas a la
persona
FISCAL
Esta relacionada con el manejo y
administración de los recursos
públicos. Se deriva de la gestión
fiscal que hagan los funcionarios
ADMINISTRATIVA
Surge de la comisión de una
contravención administrativa
propias de quienes ejercen
cargos directivos en una
organización publica o privada
Normas
en la
Responsabilidad
CULPA
Es la que consiste en no manejar
los negocios ajenos con aquel
cuidado que aun las personas
negligentes suelen emplear en sus
negocios
DOLO
Concuerda con la noción
doctrinaria que lo sitúa y destaca
en cualquier pretensión de alcanzar
un resultado contrario al derecho,
quebranta una obligación o interés
jurídico
3. FINES
Servir como guardián del
interés publico y actuar
como asesor del estado en
los asuntos de su
competencia
OBJETIVOS
Velar por los intereses de la
colectividad, Designar
profesionales, Fomentar el
progreso de la Cultura,
Ciencia, etc., Enaltecer el
ejercicio profesional
CLASES DE MIEMBROS
Miembros Activos: Profesionales inscritos.
Miembros Temporales: Profesionales
autorizados. Miembros Aspirantes:
Profesionales del Ultimo año en el colegio.
Miembros Correspondientes: Profesionales
con títulos extranjeros y miembros
honorarios: Profesionales designado por
la asamblea del C.I.V
DE LAS INSCRIPCIONES Y
AUTORIZACIONES
Profesionales que hayan obtenido su
titulo en Venezuela y los graduados
en el exterior con equivalencia en
Venezuela
DEL REGIMEN PARA
“INSCRIPCIONES DE TITULOS
Y CONCECIONARIO DE
AUTORIZACIONES”
Para que el profesional pueda ejercer
legalmente debe inscribirse o estar
autorizado.
DE LOS ORGANOS
NACIONALES DEL C.I.V
La Asamblea de Representantes,
Junta Directiva, Tribunal
Disciplinario y el Consejo Electoral
del C.I.V
C.I.V
Cuerpo Moral con
personalidad jurídica y
patrimonio propio, con
todos los derechos,
obligaciones y poder,
señalado por la ley de
ejercicio.
REGLAMENTO