1. Órgano informativo y social de Usaquén - Julio - 2014 - Cel: 321 332 9025
vision
LOCAL
El asunto de prohibir el
consumo de sustancias ilícitas
en vías públicas, parques,
coliseos o colegios no resulta
desproporcionado, porque esa
decisión únicamente busca
fortalecer medidas preventivas
que garanticen el bienestar,
la seguridad general, el orden
público, la salud y la protección y
libertades de las personas.
Si bien, la despenalización
de consumir o portar drogas
sicotrópicas es aceptada
legalmente y con ello, se respeta el
libre desarrollo de la personalidad
de una franja de ciudadanos,
se debe priorizar y proteger a
la población no consumidora
que camina por las calles o va
a los parques a respirar aire puro, a recrearse, a
descansar o a transitar libremente.
Sin embargo, hay que tener en cuenta, que
si los consumidores de drogas ilícitas, ejercen su
derecho a la conocida dosis mínima autorizada
en lugares públicos, de forma abierta y sin control
alguno, los más perjudicados serán quienes hacen
parte del gran conglomerado social, que resultarán
afectados por el accionar de un minúsculo grupo
de ciudadanos a quienes la legislación les respetó
sus derechos.
La tranquilidad y la salud pública
La regulación de limitar el consumo de
sustancias ilícitas en lugares públicos en Colombia,
sin duda, es un tema que sigue respondiendo a la
necesidad de proteger a una mayoría de personas
que hacen parte de nuestro Estado, sus principios
éticos y su salud pública.
En ese orden de ideas, lo que se está
tratando de revivir son normas que fortalezcan
“CONSUMO DE DROGAS ILÍCITAS EN
PÚBLICO, UN ASUNTO DE TODOS”
el orden público, la tranquilidad,
la seguridad, la salubridad, y la
moralidad pública, con lo cual,
se consolidará la convivencia
pacífica y las actividades sociales.
Hay que tener en cuenta que
las normas nacionales insisten
en que los consumidores de
sustancias ilícitas podrán hacer
uso de su dosis mínima. Sin
embargo, muchas son las voces
que insisten en la conveniencia
de revivir las restricciones
para que ellos no consuman
sino exclusivamente en áreas
privadas, es decir, que ni en
vías, plazas, parques o cualquier
espacio de uso y dominio público
estará autorizado el consumo.
-En Colombia hoy
son muchos los que
reclaman que las
normas deben volver a
proteger a la población
no consumidora en
lugares públicos como
vías, colegios, escuelas,
centros comerciales,
parques y coliseos,
entre otros.
USAQUÉN
2. De acuerdo con los expertos jurídicos, toda la
sociedad colombiana debe entender que cualquier
tipo de restricción que prohíba el consumo de
drogas ilícitas en lugares públicos, “no buscan
impedir el goce de los derechos y libertades
de los consumidores, sino regular y permitir el
cabal ejercicio acorde con las necesidades de
convivencia social y el respeto de los derechos
de la mayoría de ciudadanos que conforman el
conglomerado social”.
Antecedentes contra el consumo
Cabe recordar que el Ejecutivo expidió el
decreto 1108 de 1994, por el cual se sistematizaron,
coordinaron y reglamentaron disposiciones con
relación al porte y consumo de estupefacientes y
sustancias sicotrópicas, en el que se dispuso la
prohibición del uso y consumo de estupefacientes
y sustancias sicotrópicas en lugares públicos o
abiertos al público como parques, vías, centros
comerciales o plazas.
Lo anterior se refrendó con el artículo 2 de la
ley 30 de 1986 que si bien, permitió el porte de
la denominada dosis mínima de estupefacientes o
sustancias sicotrópicas, no autorizó su consumo
en lugares abiertos o públicos, con el argumento
que existen valores supremos a proteger como
la salud, la moral pública y los derechos de los
menores, entre otros.
Hay que resaltar que la Corte Constitucional ha
reiterado a pesar de los numerosos intentos por
revivir las restricciones al consumo, “que el porte
de la dosis mínima es algo lícito, y reconoce que
consumir drogas es una decisión personal, y que
genera adicción”.
Pero también precisa que “el problema no es
penal, que no se resuelve con condenas, sino que el
consumidor es “merecedor de recibir tratamientos
médicos terapéuticos
antes que un castigo,
pena o reducción a
un establecimiento
carcelario”.
La realidad
La discusión de si
el consumo mínimo o
no debe seguir siendo
respetado es un debate
que continúa abierto
y sin resolverse. Sin
embargo, la realidad
del país es otra y
muchos afirman que lo
jurídico en materia de
adquisición y consumo
de drogas ilícitas en
nuestro territorio genera una gran contradicción,
pues mientras la mayoría de ciudadanos reclama
prohibir de una vez por todas su consumo así sea
en privado, incluyendo su cultivo, procesamiento
y comercialización, una minoría tiene derecho
a consumirlas como dosis mínima aunque se
reproche y castigue su procedencia.
Para muchos especialistas resulta casi
que risible que en Colombia se despenalice el
consumo de lo que llamamos la dosis mínima y
siga siendo castigada penalmente a quien realice
la transacción en la que se consigue esa porción
de sustancias ilegales o al responsable de su
producción.
Entonces, como dicen los expertos ¿Cómo se
sabe quién va caminando a venderla o quién viene
caminando de comprarla?
Esas voces especializadas también
advierten que “el problema que se tiene con la
despenalización de la dosis personal es que se
pretende aislar la producción del consumo, cuando
ambos, por obvias razones, están ligados de
manera directa”.
Más recomendaciones
El año anterior la Comisión Asesora para la
Política de Drogas en Colombia, planteó una serie
de “Lineamientos para una política pública frente al
consumo de drogas”, entre los cuales concluye que
“el consumo de drogas en Colombia ha venido en
aumento” por lo que hay que formular verdaderas
estrategias que permitan prevenir y tratar la ingesta
de drogas ilícitas de manera efectiva y reducir sus
posibles daños directos y colaterales entre toda la
población nacional.
Por ello, para muchos, en ese escenario resulta
más que conveniente, revivir las limitaciones al
consumo así sea hasta de la llamada dosis mínima,
VISIÓN LOCAL - USAQUÉN2 - Julio 2014
Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com
3. especialmente en lugares públicos.
Sin embargo, en el campo de las políticas
públicas para enfrentar el consumo de drogas
ilícitas y en el interior de la mencionada Comisión
Asesora para la Política de Drogas en Colombia,
se sigue debatiendo también la eficiencia o no de
la utilización de la dosis mínima como elemento
para reducir el abuso del consumo y disminuir los
daños de esas prácticas insanas.
No son pocas las críticas en torno a la
despenalización de la dosis mínima entre las
cuales sobresale que no ha servido para reducir
las cifras de marginalización de los adictos, ha
agravado los problemas de salud pública en todo
el territorio nacional y peor aún, no ha logrado
disminuir los grandes fenómenos de producción,
distribución y transacción de sustancias ilícitas en
todo el país.
Encontramos entonces, una realidad
antagónica en la que una mayoría de colombianos
solicita restringir a toda costa el consumo de
drogas ilícitas en todos los lugares públicos de
nuestro territorio y una minoría que acude al
respeto de sus derechos fundamentales, aunque
adquiera y consuma sustancias prohibidas con un
mínimo de sanciones, agrediendo el entorno social
y a quienes no están de acuerdo con sus prácticas
individuales.
DECÁLOGO AMBIENTAL, para ayudar al Planeta Julio 2014 - 3
Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com
“El Lector
Fiel”Participe coleccionando
12 publicaciones de la
revista mensual
VISIÓN LOCAL
USAQUÉN,
a partir del presente
número, y concurse
con el Bono Ganador
que le permitirá adquirir un
excelente Computador o
una hermosísima Tablet.
4. Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com
¿Sabía Usted que...
…En Cedritos, el servicio de transporte
“alimentador”, “complementario” o “auxiliar” que
circula en la Autopista Norte entre las calles 142 y
146 y sube por la calle 151 hasta la Av. Carrera 9ª y
regresa por la calle 147, debería estar funcionando
todo el día, como cualquier servicio del SITP y que
además, el valor del pasaje debe formar parte de
la tarifa integrada, igual a todo el transporte que
actualmente funciona en Bogotá, para no generar
un sobre costo?
Es decir, que esta ruta no puede estar
trabajando intermitentemente a conveniencia del
operador, con el argumento que la ruta no tiene
suficiente demanda, cuando eso lo puede suplir
regulando la frecuencia en las horas valle. Pero
además, la proliferación de los bicitaxis y los taxis
amarillos demuestran lo contrario, y en cambio
sí, estos han venido creciendo exponencialmente
convirtiéndose en un problema de congestión,
accidentalidad y riesgo tanto para los usuarios
como para los vecinos, por la ocupación del
espacio público, el parqueo indebido en vía y el
desconocimiento de las normas de transito.
Adicionalmente y como si fuera poco, además
del mal servicio, su costo no se está cobrando
dentro de la tarifa integrada convirtiéndose en un
sobrecosto; teniendo en cuenta que el contrato
del SITP, dice, que dentro del “sistema integrado”
cuando se accede al articulado de Transmilenio a
través de alguno de sus otros servicos, sólo se debe
pagar el excedente correspondiente al transbordo,
o sea, $500, y no como sucede actualmente y lo
hemos venido haciendo en Cedritos durante tres
años aproximadamente de pagar $2.500.oo.
La falta de tiempo para enfrentar este problema
o el desconocimiento de la Ley, de parte del
usuario, no es excusa para seguir permitiendo el
mal servicio de parte del operador de esta zona
que según el contrato se comprometió a prestar un
servicio de transporte integrado, seguro, amable
y sostenible, y no, lo que en realidad se está
presentando.
Para ayudar a encontrar una solución a esta
problemática que va en contra de los usuarios
del transporte público, por favor, dirigir peticiones
a la Secretaría Distrital de Movilidad o solicite
información técnica al respecto al celular 321-331
9025, Horacio Estrada.