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Órgano informativo y social de Usaquén - Julio - 2014 - Cel: 321 332 9025
vision
LOCAL
El asunto de prohibir el
consumo de sustancias ilícitas
en vías públicas, parques,
coliseos o colegios no resulta
desproporcionado, porque esa
decisión únicamente busca
fortalecer medidas preventivas
que garanticen el bienestar,
la seguridad general, el orden
público, la salud y la protección y
libertades de las personas.
Si bien, la despenalización
de consumir o portar drogas
sicotrópicas es aceptada
legalmente y con ello, se respeta el
libre desarrollo de la personalidad
de una franja de ciudadanos,
se debe priorizar y proteger a
la población no consumidora
que camina por las calles o va
a los parques a respirar aire puro, a recrearse, a
descansar o a transitar libremente.
Sin embargo, hay que tener en cuenta, que
si los consumidores de drogas ilícitas, ejercen su
derecho a la conocida dosis mínima autorizada
en lugares públicos, de forma abierta y sin control
alguno, los más perjudicados serán quienes hacen
parte del gran conglomerado social, que resultarán
afectados por el accionar de un minúsculo grupo
de ciudadanos a quienes la legislación les respetó
sus derechos.
La tranquilidad y la salud pública
La regulación de limitar el consumo de
sustancias ilícitas en lugares públicos en Colombia,
sin duda, es un tema que sigue respondiendo a la
necesidad de proteger a una mayoría de personas
que hacen parte de nuestro Estado, sus principios
éticos y su salud pública.
En ese orden de ideas, lo que se está
tratando de revivir son normas que fortalezcan
“CONSUMO DE DROGAS ILÍCITAS EN
PÚBLICO, UN ASUNTO DE TODOS”
el orden público, la tranquilidad,
la seguridad, la salubridad, y la
moralidad pública, con lo cual,
se consolidará la convivencia
pacífica y las actividades sociales.
Hay que tener en cuenta que
las normas nacionales insisten
en que los consumidores de
sustancias ilícitas podrán hacer
uso de su dosis mínima. Sin
embargo, muchas son las voces
que insisten en la conveniencia
de revivir las restricciones
para que ellos no consuman
sino exclusivamente en áreas
privadas, es decir, que ni en
vías, plazas, parques o cualquier
espacio de uso y dominio público
estará autorizado el consumo.
-En Colombia hoy
son muchos los que
reclaman que las
normas deben volver a
proteger a la población
no consumidora en
lugares públicos como
vías, colegios, escuelas,
centros comerciales,
parques y coliseos,
entre otros.
USAQUÉN
De acuerdo con los expertos jurídicos, toda la
sociedad colombiana debe entender que cualquier
tipo de restricción que prohíba el consumo de
drogas ilícitas en lugares públicos, “no buscan
impedir el goce de los derechos y libertades
de los consumidores, sino regular y permitir el
cabal ejercicio acorde con las necesidades de
convivencia social y el respeto de los derechos
de la mayoría de ciudadanos que conforman el
conglomerado social”.
Antecedentes contra el consumo
Cabe recordar que el Ejecutivo expidió el
decreto 1108 de 1994, por el cual se sistematizaron,
coordinaron y reglamentaron disposiciones con
relación al porte y consumo de estupefacientes y
sustancias sicotrópicas, en el que se dispuso la
prohibición del uso y consumo de estupefacientes
y sustancias sicotrópicas en lugares públicos o
abiertos al público como parques, vías, centros
comerciales o plazas.
Lo anterior se refrendó con el artículo 2 de la
ley 30 de 1986 que si bien, permitió el porte de
la denominada dosis mínima de estupefacientes o
sustancias sicotrópicas, no autorizó su consumo
en lugares abiertos o públicos, con el argumento
que existen valores supremos a proteger como
la salud, la moral pública y los derechos de los
menores, entre otros.
Hay que resaltar que la Corte Constitucional ha
reiterado a pesar de los numerosos intentos por
revivir las restricciones al consumo, “que el porte
de la dosis mínima es algo lícito, y reconoce que
consumir drogas es una decisión personal, y que
genera adicción”.
Pero también precisa que “el problema no es
penal, que no se resuelve con condenas, sino que el
consumidor es “merecedor de recibir tratamientos
médicos terapéuticos
antes que un castigo,
pena o reducción a
un establecimiento
carcelario”.
La realidad
La discusión de si
el consumo mínimo o
no debe seguir siendo
respetado es un debate
que continúa abierto
y sin resolverse. Sin
embargo, la realidad
del país es otra y
muchos afirman que lo
jurídico en materia de
adquisición y consumo
de drogas ilícitas en
nuestro territorio genera una gran contradicción,
pues mientras la mayoría de ciudadanos reclama
prohibir de una vez por todas su consumo así sea
en privado, incluyendo su cultivo, procesamiento
y comercialización, una minoría tiene derecho
a consumirlas como dosis mínima aunque se
reproche y castigue su procedencia.
Para muchos especialistas resulta casi
que risible que en Colombia se despenalice el
consumo de lo que llamamos la dosis mínima y
siga siendo castigada penalmente a quien realice
la transacción en la que se consigue esa porción
de sustancias ilegales o al responsable de su
producción.
Entonces, como dicen los expertos ¿Cómo se
sabe quién va caminando a venderla o quién viene
caminando de comprarla?
Esas voces especializadas también
advierten que “el problema que se tiene con la
despenalización de la dosis personal es que se
pretende aislar la producción del consumo, cuando
ambos, por obvias razones, están ligados de
manera directa”.
Más recomendaciones
El año anterior la Comisión Asesora para la
Política de Drogas en Colombia, planteó una serie
de “Lineamientos para una política pública frente al
consumo de drogas”, entre los cuales concluye que
“el consumo de drogas en Colombia ha venido en
aumento” por lo que hay que formular verdaderas
estrategias que permitan prevenir y tratar la ingesta
de drogas ilícitas de manera efectiva y reducir sus
posibles daños directos y colaterales entre toda la
población nacional.
Por ello, para muchos, en ese escenario resulta
más que conveniente, revivir las limitaciones al
consumo así sea hasta de la llamada dosis mínima,
VISIÓN LOCAL - USAQUÉN2 - Julio 2014
Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com
especialmente en lugares públicos.
Sin embargo, en el campo de las políticas
públicas para enfrentar el consumo de drogas
ilícitas y en el interior de la mencionada Comisión
Asesora para la Política de Drogas en Colombia,
se sigue debatiendo también la eficiencia o no de
la utilización de la dosis mínima como elemento
para reducir el abuso del consumo y disminuir los
daños de esas prácticas insanas.
No son pocas las críticas en torno a la
despenalización de la dosis mínima entre las
cuales sobresale que no ha servido para reducir
las cifras de marginalización de los adictos, ha
agravado los problemas de salud pública en todo
el territorio nacional y peor aún, no ha logrado
disminuir los grandes fenómenos de producción,
distribución y transacción de sustancias ilícitas en
todo el país.
Encontramos entonces, una realidad
antagónica en la que una mayoría de colombianos
solicita restringir a toda costa el consumo de
drogas ilícitas en todos los lugares públicos de
nuestro territorio y una minoría que acude al
respeto de sus derechos fundamentales, aunque
adquiera y consuma sustancias prohibidas con un
mínimo de sanciones, agrediendo el entorno social
y a quienes no están de acuerdo con sus prácticas
individuales.
DECÁLOGO AMBIENTAL, para ayudar al Planeta Julio 2014 - 3
Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com
“El Lector
Fiel”Participe coleccionando
12 publicaciones de la
revista mensual
VISIÓN LOCAL
USAQUÉN,
a partir del presente
número, y concurse
con el Bono Ganador
que le permitirá adquirir un
excelente Computador o
una hermosísima Tablet.
Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com
¿Sabía Usted que...
…En Cedritos, el servicio de transporte
“alimentador”, “complementario” o “auxiliar” que
circula en la Autopista Norte entre las calles 142 y
146 y sube por la calle 151 hasta la Av. Carrera 9ª y
regresa por la calle 147, debería estar funcionando
todo el día, como cualquier servicio del SITP y que
además, el valor del pasaje debe formar parte de
la tarifa integrada, igual a todo el transporte que
actualmente funciona en Bogotá, para no generar
un sobre costo?
Es decir, que esta ruta no puede estar
trabajando intermitentemente a conveniencia del
operador, con el argumento que la ruta no tiene
suficiente demanda, cuando eso lo puede suplir
regulando la frecuencia en las horas valle. Pero
además, la proliferación de los bicitaxis y los taxis
amarillos demuestran lo contrario, y en cambio
sí, estos han venido creciendo exponencialmente
convirtiéndose en un problema de congestión,
accidentalidad y riesgo tanto para los usuarios
como para los vecinos, por la ocupación del
espacio público, el parqueo indebido en vía y el
desconocimiento de las normas de transito.
Adicionalmente y como si fuera poco, además
del mal servicio, su costo no se está cobrando
dentro de la tarifa integrada convirtiéndose en un
sobrecosto; teniendo en cuenta que el contrato
del SITP, dice, que dentro del “sistema integrado”
cuando se accede al articulado de Transmilenio a
través de alguno de sus otros servicos, sólo se debe
pagar el excedente correspondiente al transbordo,
o sea, $500, y no como sucede actualmente y lo
hemos venido haciendo en Cedritos durante tres
años aproximadamente de pagar $2.500.oo.
La falta de tiempo para enfrentar este problema
o el desconocimiento de la Ley, de parte del
usuario, no es excusa para seguir permitiendo el
mal servicio de parte del operador de esta zona
que según el contrato se comprometió a prestar un
servicio de transporte integrado, seguro, amable
y sostenible, y no, lo que en realidad se está
presentando.
Para ayudar a encontrar una solución a esta
problemática que va en contra de los usuarios
del transporte público, por favor, dirigir peticiones
a la Secretaría Distrital de Movilidad o solicite
información técnica al respecto al celular 321-331
9025, Horacio Estrada.

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REVISTA VISIONLOCALUSAQUEN

  • 1. Órgano informativo y social de Usaquén - Julio - 2014 - Cel: 321 332 9025 vision LOCAL El asunto de prohibir el consumo de sustancias ilícitas en vías públicas, parques, coliseos o colegios no resulta desproporcionado, porque esa decisión únicamente busca fortalecer medidas preventivas que garanticen el bienestar, la seguridad general, el orden público, la salud y la protección y libertades de las personas. Si bien, la despenalización de consumir o portar drogas sicotrópicas es aceptada legalmente y con ello, se respeta el libre desarrollo de la personalidad de una franja de ciudadanos, se debe priorizar y proteger a la población no consumidora que camina por las calles o va a los parques a respirar aire puro, a recrearse, a descansar o a transitar libremente. Sin embargo, hay que tener en cuenta, que si los consumidores de drogas ilícitas, ejercen su derecho a la conocida dosis mínima autorizada en lugares públicos, de forma abierta y sin control alguno, los más perjudicados serán quienes hacen parte del gran conglomerado social, que resultarán afectados por el accionar de un minúsculo grupo de ciudadanos a quienes la legislación les respetó sus derechos. La tranquilidad y la salud pública La regulación de limitar el consumo de sustancias ilícitas en lugares públicos en Colombia, sin duda, es un tema que sigue respondiendo a la necesidad de proteger a una mayoría de personas que hacen parte de nuestro Estado, sus principios éticos y su salud pública. En ese orden de ideas, lo que se está tratando de revivir son normas que fortalezcan “CONSUMO DE DROGAS ILÍCITAS EN PÚBLICO, UN ASUNTO DE TODOS” el orden público, la tranquilidad, la seguridad, la salubridad, y la moralidad pública, con lo cual, se consolidará la convivencia pacífica y las actividades sociales. Hay que tener en cuenta que las normas nacionales insisten en que los consumidores de sustancias ilícitas podrán hacer uso de su dosis mínima. Sin embargo, muchas son las voces que insisten en la conveniencia de revivir las restricciones para que ellos no consuman sino exclusivamente en áreas privadas, es decir, que ni en vías, plazas, parques o cualquier espacio de uso y dominio público estará autorizado el consumo. -En Colombia hoy son muchos los que reclaman que las normas deben volver a proteger a la población no consumidora en lugares públicos como vías, colegios, escuelas, centros comerciales, parques y coliseos, entre otros. USAQUÉN
  • 2. De acuerdo con los expertos jurídicos, toda la sociedad colombiana debe entender que cualquier tipo de restricción que prohíba el consumo de drogas ilícitas en lugares públicos, “no buscan impedir el goce de los derechos y libertades de los consumidores, sino regular y permitir el cabal ejercicio acorde con las necesidades de convivencia social y el respeto de los derechos de la mayoría de ciudadanos que conforman el conglomerado social”. Antecedentes contra el consumo Cabe recordar que el Ejecutivo expidió el decreto 1108 de 1994, por el cual se sistematizaron, coordinaron y reglamentaron disposiciones con relación al porte y consumo de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, en el que se dispuso la prohibición del uso y consumo de estupefacientes y sustancias sicotrópicas en lugares públicos o abiertos al público como parques, vías, centros comerciales o plazas. Lo anterior se refrendó con el artículo 2 de la ley 30 de 1986 que si bien, permitió el porte de la denominada dosis mínima de estupefacientes o sustancias sicotrópicas, no autorizó su consumo en lugares abiertos o públicos, con el argumento que existen valores supremos a proteger como la salud, la moral pública y los derechos de los menores, entre otros. Hay que resaltar que la Corte Constitucional ha reiterado a pesar de los numerosos intentos por revivir las restricciones al consumo, “que el porte de la dosis mínima es algo lícito, y reconoce que consumir drogas es una decisión personal, y que genera adicción”. Pero también precisa que “el problema no es penal, que no se resuelve con condenas, sino que el consumidor es “merecedor de recibir tratamientos médicos terapéuticos antes que un castigo, pena o reducción a un establecimiento carcelario”. La realidad La discusión de si el consumo mínimo o no debe seguir siendo respetado es un debate que continúa abierto y sin resolverse. Sin embargo, la realidad del país es otra y muchos afirman que lo jurídico en materia de adquisición y consumo de drogas ilícitas en nuestro territorio genera una gran contradicción, pues mientras la mayoría de ciudadanos reclama prohibir de una vez por todas su consumo así sea en privado, incluyendo su cultivo, procesamiento y comercialización, una minoría tiene derecho a consumirlas como dosis mínima aunque se reproche y castigue su procedencia. Para muchos especialistas resulta casi que risible que en Colombia se despenalice el consumo de lo que llamamos la dosis mínima y siga siendo castigada penalmente a quien realice la transacción en la que se consigue esa porción de sustancias ilegales o al responsable de su producción. Entonces, como dicen los expertos ¿Cómo se sabe quién va caminando a venderla o quién viene caminando de comprarla? Esas voces especializadas también advierten que “el problema que se tiene con la despenalización de la dosis personal es que se pretende aislar la producción del consumo, cuando ambos, por obvias razones, están ligados de manera directa”. Más recomendaciones El año anterior la Comisión Asesora para la Política de Drogas en Colombia, planteó una serie de “Lineamientos para una política pública frente al consumo de drogas”, entre los cuales concluye que “el consumo de drogas en Colombia ha venido en aumento” por lo que hay que formular verdaderas estrategias que permitan prevenir y tratar la ingesta de drogas ilícitas de manera efectiva y reducir sus posibles daños directos y colaterales entre toda la población nacional. Por ello, para muchos, en ese escenario resulta más que conveniente, revivir las limitaciones al consumo así sea hasta de la llamada dosis mínima, VISIÓN LOCAL - USAQUÉN2 - Julio 2014 Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com
  • 3. especialmente en lugares públicos. Sin embargo, en el campo de las políticas públicas para enfrentar el consumo de drogas ilícitas y en el interior de la mencionada Comisión Asesora para la Política de Drogas en Colombia, se sigue debatiendo también la eficiencia o no de la utilización de la dosis mínima como elemento para reducir el abuso del consumo y disminuir los daños de esas prácticas insanas. No son pocas las críticas en torno a la despenalización de la dosis mínima entre las cuales sobresale que no ha servido para reducir las cifras de marginalización de los adictos, ha agravado los problemas de salud pública en todo el territorio nacional y peor aún, no ha logrado disminuir los grandes fenómenos de producción, distribución y transacción de sustancias ilícitas en todo el país. Encontramos entonces, una realidad antagónica en la que una mayoría de colombianos solicita restringir a toda costa el consumo de drogas ilícitas en todos los lugares públicos de nuestro territorio y una minoría que acude al respeto de sus derechos fundamentales, aunque adquiera y consuma sustancias prohibidas con un mínimo de sanciones, agrediendo el entorno social y a quienes no están de acuerdo con sus prácticas individuales. DECÁLOGO AMBIENTAL, para ayudar al Planeta Julio 2014 - 3 Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com “El Lector Fiel”Participe coleccionando 12 publicaciones de la revista mensual VISIÓN LOCAL USAQUÉN, a partir del presente número, y concurse con el Bono Ganador que le permitirá adquirir un excelente Computador o una hermosísima Tablet.
  • 4. Horacio Estrada - visionlocal.blogspoot.com ¿Sabía Usted que... …En Cedritos, el servicio de transporte “alimentador”, “complementario” o “auxiliar” que circula en la Autopista Norte entre las calles 142 y 146 y sube por la calle 151 hasta la Av. Carrera 9ª y regresa por la calle 147, debería estar funcionando todo el día, como cualquier servicio del SITP y que además, el valor del pasaje debe formar parte de la tarifa integrada, igual a todo el transporte que actualmente funciona en Bogotá, para no generar un sobre costo? Es decir, que esta ruta no puede estar trabajando intermitentemente a conveniencia del operador, con el argumento que la ruta no tiene suficiente demanda, cuando eso lo puede suplir regulando la frecuencia en las horas valle. Pero además, la proliferación de los bicitaxis y los taxis amarillos demuestran lo contrario, y en cambio sí, estos han venido creciendo exponencialmente convirtiéndose en un problema de congestión, accidentalidad y riesgo tanto para los usuarios como para los vecinos, por la ocupación del espacio público, el parqueo indebido en vía y el desconocimiento de las normas de transito. Adicionalmente y como si fuera poco, además del mal servicio, su costo no se está cobrando dentro de la tarifa integrada convirtiéndose en un sobrecosto; teniendo en cuenta que el contrato del SITP, dice, que dentro del “sistema integrado” cuando se accede al articulado de Transmilenio a través de alguno de sus otros servicos, sólo se debe pagar el excedente correspondiente al transbordo, o sea, $500, y no como sucede actualmente y lo hemos venido haciendo en Cedritos durante tres años aproximadamente de pagar $2.500.oo. La falta de tiempo para enfrentar este problema o el desconocimiento de la Ley, de parte del usuario, no es excusa para seguir permitiendo el mal servicio de parte del operador de esta zona que según el contrato se comprometió a prestar un servicio de transporte integrado, seguro, amable y sostenible, y no, lo que en realidad se está presentando. Para ayudar a encontrar una solución a esta problemática que va en contra de los usuarios del transporte público, por favor, dirigir peticiones a la Secretaría Distrital de Movilidad o solicite información técnica al respecto al celular 321-331 9025, Horacio Estrada.