MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
RÉGIMEN ÉTICA Y DISCIPLINARIO DE LA LEY 41-08 Educacion.pptx
1. DATOS IMPORTANTES
1 Ministerio
18 Regionales ()
122 Distritos Educativos ()
00000 Centros Educativos ()
00000 Estudiantes ()
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2. OPOSICIONISMO
• Una patología de los seres humanos que
afecta varios sentidos (oído, vista, olfato y
tacto).
• Con ámbito indefinido (Político, Familiar,
Religioso, Social, Cultural, Jurídico, entre
otros).
• Generador de conflictos con dimensiones
inimaginables que muchas veces no
estamos en capacidad de mediar.
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4. RÉGIMEN ÉTICO Y
DISCIPLINARIO DE LA LEY 41-
08 DE FUNCIÓN PÚBLICA Y SU
REGLAMENTOS
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5. Socializar con los y las participantes el Régimen
Ético y Disciplinario de los Servidores Públicos
según lo establecido en la Ley No. 41-08 de
Función Pública y el Reglamento No. 523-09 de
Relaciones Laborales en la Administración
Pública.
OBJETIVO
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7. COMPENDIO DE NORMAS SOBRE
PROFESIONALIZACIÓN DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA
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8. CONTENIDOS DEL
COMPENDIO
• Ley No. 41-08 de Función Pública.
• Reglamento de Relaciones Laborales en la
Administración Pública No. 523-09.
• Reglamento de Reclutamiento y Selección de Personal en
la Administración Pública No. 251-15.
• Reglamento de Evaluación del Desempeño y Promoción
de los Servidores y Funcionarios de la Administración
Público No. 525-09.
• Reglamento de Estructura Organizativa, Cargos y Política
No. 527-09.
• Ley 247-12, Orgánica de Función Administración Pública.
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10. Es la persona que ejerce un cargo permanente
de la función pública, designado por autoridad
competente. (Art. 4, numeral 4).
SERVIDOR PÚBLICO
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11. CATEGORÍA DE SERVIDORES
PÚBLICOS
• Libre Nombramiento (Arts.19 y 21) Alto Nivel.
• Funcionarios de Carrera (Arts. 22 y 23) Concurso
y mérito.
• Funcionarios de Estatuto Simplificado (Art. 24).
• Empleados T
emporales (Art. 25).
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12. TITULO I (Disposiciones Generales);
Artículo I: La presente ley 41-08 tiene por
objeto regular las relaciones de trabajo de las
personas designadas por autoridades
competentes para desempeñar los cargos
presupuestados para la realización de
funciones públicas en el Estado, los
municipios y las entidades autónomas, en un
marco de profesionalización y dignificación
laboral de sus servidores.
OBJETO DE LA LEY DE FUNCIÓN
PÚBLICA
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13. EL ESTADO
Es el conjunto de instituciones jurídicas y políticas sobre cuyas
bases se organiza la Nación. (MINERD entre otras)
Constitución 6 de noviembre de 1844-2015
• Poder Legislativo.
• Poder Ejecutivo.
• Poder Judicial.
Finalidad del Estado: EL BIEN COMÚN o BIENESTAR SOCIAL
Administración Pública.
Administrare = Ad- a o para Administrar o Servir para
/Servir a
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14. ¿POR QUÉ ES DIFICIL MANEJAR
PERSONAS?
• Guardar Secreto.
• Aprovechar el Tiempo.
• Perdonar Agravios u Ofensas.
• 67% de las personas son EXACERBADAS.
• 20% sufren de patología de salud mental.
• 3% del 20 es grave. (Capaz de cualquier cosa).
• El 9% de la población mundial sufre algún tipo
de fobia (Beatriz Pujante).
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15. ÉTICA
• ÉTICA=ETHOS:(Carácter) MODO DE SER
ADQUIRIDO
Es la parte de la filosofía que trata de la
moral y de las obligaciones del hombre.
Es la ciencia que de manera vigorosa orienta
las actuaciones del individuo para el logro
de los fines mas elevados mediante la
recta razón inspirada en la moralidad.
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16. ÉTICA Y MORAL
MORAL = “MORIS” O “MOS”
(Latín)
USO, COSTUMBRE o COMPORTAMIENTO.
• Es el conjunto de hechos y normas que conducen al
hombre hacia la practica de las buenas costumbres, la
honestidad y el cumplimiento del deber.
• “La moral no es algo que se enseña, la moral es algo
que se practica”.
Hostos
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17. 6/4/2023 Rafael Ant. Ramírez Rodríguez M.A. 17
MATERIALES SOPORTES
• Constitución de República Dominicana.
• Ley General de educacion 66-97.
• Reglamento del Estatuto del docente.
• Ley No. 1-12 Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.
• Ley 41-08 de Función Pública y sus Reglamentos.
• Ley No. 247-12 Orgánica de la Administración Pública.
• Ley Orgánica de la Administración Pública, No. 247-12.
G. O. No. 10691 del 14 de agosto de 2012.
• Ley No. 136-03.
• Todos los decretos, Resoluciones y Ordenanzas
vigentes del Minerd
18. Órganos responsables de la
Administración del Sistema
•El Ministerio de Administración Pública
•Las Oficinas de Personal de los organismos públicos
•Las unidades de Adiestramiento del sector público
•Las Comisiones de Personal
•El Tribunal Superior Administrativo
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19. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
• MERITO PROFESIONAL.
• IGUALDAD DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.
• ESTABILIDAD EN LOS CARGOS DE CARRERA.
• EQUIDAD RETRIBUTIVA.
• FLELXIBILIDAD ORGANIZACIONAL.
• IRRENUNCIABILIDAD.
• TUTELA JUDICIAL.
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20. DERECHOS INDIVIDUALES
Son derechos de todos los servidores públicos
sujetos a la presente ley, los siguientes:
• 1. Percibir una remuneración por sus servicios.
• 2. Recibir inducción, formación y capacitación
adecuadas.
• 3. Participar y beneficiarse de los programas y
actividades de bienestar social que se establezcan.
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21. DERECHOS INDIVIDUALES
• 4. Recibir el sueldo anual número trece
(13), cuando el servidor público haya
laborado un mínimo de tres (3) meses en
el año calendario en curso.
• 5. Disfrutar de las licencias y permisos
establecidos en la presente ley.
• 6. Recibir el beneficio de las prestaciones
sociales, jubilaciones y pensiones que les
correspondan.
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22. • 7. Recibir un tratamiento justo en las
relaciones interpersonales con compañeros
de trabajo, superiores y subalternos,
derivadas de las relaciones de trabajo.
• 8. Tener garantizadas condiciones y medio
ambiente de trabajo sanos.
• 9. Derecho a Vacaciones.
• 10. Los demás derechos que legalmente les
correspondan contemplados en la presente
ley.
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23. DERECHOS COLECTIVOS
• Se reconoce el derecho de los servidores
públicos a organizarse dentro del marco
de las disposiciones de la presente ley y
de cualquier otra norma legal vigente
sobre la materia, conforme lo establece la
Constitución de la República, así como a
separarse en cualquier momento de la
organización a que pertenezcan.
• El Fuero Organizativo hasta por un año.
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24. DERECHOS ESPECIALES
• A la titularidad de un cargo permanente de la
administración pública clasificado como de
carrera.
• Disfrutar de Estabilidad.
• A la promoción dentro de la carrera
administrativa.
• Ser ascendido por sus méritos.
• Ejercer los Recursos.
• Ser reintegrado a su cargo.
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25. REGIMEN ÉTICO Y
DISCIPLINARIO
• PRINCIPIOS RECTORES:
• Cortesía (El respecto con que trata una persona a otra).
• Decoro (Respetar a los demás).
• Discreción.
• Disciplina (Instruido en la moral).
• Honestidad.
• Vocación de Justicia.
• Lealtad.
• Probidad (Honradez, probo).
• Pulcritud (Entraña manejo adecuado y transparente de los bienes del Estado).
• Vocación de Servicio.
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26. DEBERES DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS
• 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución de
la República, las leyes, los reglamentos,
manuales, instructivos, y otras disposiciones
emanadas de autoridades competentes.
• 2. Prestar el servicio personalmente con
dedicación, eficiencia, eficacia, honestidad e
imparcialidad en las funciones que se le
encomienden de acuerdo con su jerarquía y
cargo.
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27. 3. CUMPLIR LA JORNADA DE
TRABAJO
Diaria
Min. 6 h
Máx. 8 h
Semana
l
Min. 30
h
Máx. 40
h
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28. DEBERES DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS
• 4. Obedecer toda orden de su superior
jerárquico que tenga por objeto la realización de
servicio acorde con las funciones propias y
complementarias del servidor público.
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29. DEBERES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
• 5. Actuar imparcialmente en el desempeño de
sus tareas dando trato y servicio por igual a
quien la ley señale, sin discriminaciones político
partidista, de género, religiosas, étnicas o de otro
tipo.
• 6. Responder del ejercicio de la autoridad que les
haya sido otorgada y de la ejecución de las
órdenes que impartan y por la que corresponde a
sus subordinados.
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30. • 7. Dar un tratamiento cortés y considerado a sus
superiores, compañeros de labores y
subordinados, y compartir sus tareas con
espíritu de solidaridad y unidad de propósito.
• 8. Observar permanentemente en sus relaciones
con el público toda la consideración y cortesía
debidas a la dignidad de éste.
DEBERES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
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31. DEBERES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
• 9. Guardar la reserva y confidencialidad que
requieren los asuntos relacionados con su
trabajo, y especialmente los concernientes al
Estado en razón de su naturaleza o en virtud de
instrucciones especiales, aún después de haber
cesado en el cargo;
• 10. Denunciar ante cualquier superior jerárquico
los hechos ilícitos y delictivos de los que tuvieran
conocimiento.
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32. DEBERES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
• 11. Hacer del conocimiento de las
autoridades correspondientes los hechos
que puedan perjudicar al Estado, a la
sociedad y al órgano o entidad en donde
laboran.
• 12. Desarrollar las iniciativas que sean
útiles para el mejoramiento del servicio.
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33. DEBERES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
• 13. Vigilar y salvaguardar los intereses,
valores, bienes, equipos y materiales del
Estado, principalmente los que
pertenezcan a su área de trabajo o estén
bajo su responsabilidad.
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34. • 14. Responder por el oportuno y debido
manejo de los documentos, expedientes y
útiles confiados a su guarda o
administración, procurar con esmero su
conservación y rendir debida y oportuna
cuenta de su utilización, tramitación y
cuidado.
DEBERES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
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35. DEBERES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
• 15. Atender debidamente las actividades de
inducción, formación y capacitación y efectuar
las prácticas y las tareas que tales actividades
conlleven.
• 16. Cualquier otro que se encuentre previsto en
el ordenamiento jurídico.
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36. PROHIBICIONES
• 1. Solicitar, aceptar o recibir, directamente
o por medio de persona interpuesta,
gratificaciones, dádivas, obsequios,
comisiones o recompensas, como pago
por actos inherentes a sus cargos.
• 2. Solicitar, aceptar o recibir ventajas o
beneficios en dinero o en especie, por
facilitar a terceros la adquisición de bienes
y servicios del Estado, o facilitar a éstos la
venta de los mismos.
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37. PROHIBICIONES
• 3. Prestar, a título particular y en forma
remunerada, servicios de asesoría o de
asistencia al Estado, relacionados con las
funciones propias de sus cargos.
• 4. Recibir más de una remuneración con
cargo al erario excepto que estuviera
expresamente prevista en las leyes o
reglamentos.
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38. PROHIBICIONES
• 5. Aceptar designación para desempeñar en forma
simultánea más de un cargo del Estado, salvo
cuando se trate de labores docentes, culturales, de
investigación y las de carácter honorífico, no
afectadas por incompatibilidad legal, y con la
debida reposición horaria cuando hubiera
superposición de este tipo.
• 6. Obtener préstamos y contraer obligaciones con
personas naturales o jurídicas con las cuales se
tengan relaciones oficiales en razón de los cargos
públicos que desempeñan.
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39. • 7. Intervenir, directa o indirectamente, en
la suscripción de contratos con el Estado a
través de la institución donde labora y en
la obtención de concesiones o beneficios
que impliquen privilegio oficial en su
favor, salvo en los casos en que por
mandato de la ley los deban suscribir.
PROHIBICIONES
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40. PROHIBICIONES
• 8. Asistir al lugar de trabajo en estado de
embriaguez o bajo el influjo de drogas o
sustancias estupefacientes;
• 9. Participar en actividades oficiales en las
que se traten temas sobre los cuales el
servidor público tenga intereses particulares
económicos, patrimoniales o de índole
política que en algún modo planteen
conflictos de intereses;
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41. PROHIBICIONES
• 10. Valerse de sus influencias jerárquicas
para acosar sexualmente a servidores
públicos en el Estado, o valerse del cargo
para hacerlo sobre ciudadanos que sean
usuarios o beneficiarios de servicios del
órgano o entidad a la que pertenezca el
servidor público.
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42. • 11. Requisar, sustraer o copiar
informaciones de manejo exclusivo propio
o de otros compañeros de trabajo, sin la
expresa autorización de éstos o de su
superior inmediato, todo esto sin
desmedro de lo establecido en
legislaciones vigentes.
PROHIBICIONES
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43. PROHIBICIONES
• 12. Representar o patrocinar a litigantes o
intervenir en gestiones extrajudiciales contra la
administración pública, excepto en casos de
defensa de intereses personales de servidor
público, de su cónyuge y de sus parientes
consanguíneos o afines en primer grado.
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44. • 13. Servir intereses de partidos en el ejercicio de
sus funciones, y en consecuencia, organizar o
dirigir demostraciones, pronunciar discursos
partidistas, distribuir propaganda de carácter
político, o solicitar fondos para los mismos fines,
así como utilizar con este objetivo los bienes y
fondos de la institución.
• 14. Requerir, inducir u obligar a sus subalternos
a participar en actividades políticas o partidistas,
sea en su provecho o en provecho de terceros.
PROHIBICIONES
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45. • 15. Prestar servicios en la misma institución que
su cónyuge y quienes estén unidos por lazos de
consanguinidad o afinidad hasta el segundo
grado inclusive, cuando tuvieran relación de
jerarquía.
• 16. Actuar en aquellos casos en que tengan
intereses particulares que planteen conflictos de
intereses para el servidor público.
PROHIBICIONES
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46. FALTAS DISCIPLINARIAS Y
SANCIONES, Art.81 al 84
• 1er Grado- Amonestaciones tanto verbal o
escrita. Art. 81, Pag. 43 al 44.
• 2do Grado- Suspensión de sus funciones
hasta por 90 días sin disfrute de sueldo.
Art. 82, Pag. 44.
• 3er Grado- Desvinculación. Art. 84, Pag.
45.
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47. RECURSOS CONTRA LAS ACCIONES
DISCIPLINARIAS
RECONSIDERACIÓN
15-30
JERÁRQUICO
15-30
CONTENCIOSO ADMINISTRA
TIVO 30
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48. LA CORRUPCIÓN
• La palabra corrupción proviene del latín:
CORRUPTIERE “echar a perder”
• Es toda conducta que se desvíe de los
deberes normales inherentes a la función
pública, con el objeto de obtener beneficios
personales en dinero o en posición social.
• Es cualquier violación del interés público
para obtener ventajas especiales.
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49. FORMAS DE CORRUPCIÓN
CLIENTELISMO POLITICO
TRAFICO DE INFLUENCIAS
ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO
PERSONALISMO
USO INADECUADO DE EQUIPOS
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50. LA GRANDEZA DE UN PAIS DESCANSA
EN EL BUEN FUNCIONAMIENTO DEL
ESTADO Y SUS INSTITUCIONES.
LA GRANDEZA ESTA EN CADA UNO DE
USTEDES.
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