1. REFLEXIÓN Los modelos humanistas serán posibles en la medida en que podamos todos crear un nuevo hombre . Un hombre capaz de conocerse, de buscar permanentemente el mejoramiento de su salud física, sicológica y espiritual. Que no tenga anestesiada su conciencia, que posea una gran capacidad de aprendizaje y cambio. Que su quehacer en la vida lo juzgue a través de la calidad y productividad, que planifique su vida a futuro, teniendo así un concepción proactiva, preparando el mañana con base en su presente y en su pasado. Ese es nuestro desafío. Tomado de líderes para el siglo XXI, Síliceo Aguilar Alfonso.
2. PRESENTADO POR DIEGO CAMACHO LILIANA MUÑOZ LUZ ALBA QUICENO ORLANDO MOLANO OSPINA UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN ESPECIALIZACIÓN EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS -VALORES Y TALENTOS HUMANOS- PROFESOR: DAVID JOSÉ LEAL RAMÓN
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13. PRINCIPIOS RECTORES DE LA ADMINISTRACIÓN Y EL SERVICIO PÚBLICO PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE PUBLICIDAD CELERIDAD ECONOMÍA EFICIENCIA EFICACIA IMPARCIALIDAD IGUALDAD MORALIDAD TRANSPARENCIA RESPONSABILIDAD
18. EL SECTOR PÚBLICO Y EL DESARROLLO UN DESAFÍO PERMANENTE Y CADA DÍA MÁS APREMIANTE, CONSTITUYE PARA COLOMBIA, LA BÚSQUEDA DE ESTRATEGIAS Y TECNOLOGÍAS ADMINISTRATIVAS QUE LE PERMITAN ENFRENTAR UN NUEVO SIGLO DE CAMBIOS TURBULENTOS, ECONOMÍAS INTERNACIONALES, MERCADOS GLOBALIZANTES E INCERTIDUMBRE SOCIO-ECONÓMICO, PARA EQUILIBRAR Y DISTRIBUIR LOS RECURSOS Y LA RIQUEZA, LOGRANDO DEMOCRÁCTICAMENTE UNA SOCIEDAD CON UN ADECUADO BIENESTAR Y UNA CALIDAD DE VIDA DIGNA, MEDIANTE SERVIDORES PÚBLICOS TRANSPARENTES QUE SERÁN PROTAGONISTAS PARA ADMINISTRAR EL CAMBIO Y LA JUSTICIA SOCIAL.
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23. Vale la pena destacar que con la expedición del decreto-ley 1569 en el cual se señalan los requisitos generales para el ejercicio de los empleos públicos del orden territorial se da cumplimento a lo expresado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-570 de 1997, magistrado ponente doctor carlos Gaviria Díaz, a través de la cual declaró inexequible el articulo 192 de la ley 136 que le atribuyó a los concejos municipales la competencia para fijar los requisitos para el desempeño de los empleos municipales .