Pág. 221865NORMASLEGALESLima, jueves 25 de abril de 2002
de Seguridad Nuclear, se llevará a cabo en la ciudad de
Viena, República de Austria, del 15 al 26 de abril de 2002;
Que el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN),
institución que ha preparado el Informe Nacional sobre
Seguridad Nuclear, ha manifestado que no está en condi-
ciones de enviar a un experto a la referida Conferencia;
Que el Perú en dicha reunión deberá presentar el men-
cionado informe nacional y contestar las preguntas ade-
lantadas por los expertos de los gobiernos de Argentina,
Croacia, Finlandia y Japón respecto al referido informe;
Que dado lo anterior es necesario designar a la delega-
ción que represente al Perú en dicho evento;
De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del
Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático
de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m)
del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del
Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre
de 1992;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana
que participará en la Conferencia de examen de los infor-
mes presentados por los Estados Parte en cumplimiento
de la Convención de Seguridad Nuclear a realizarse en la
ciudad de Viena, República de Austria, del 15 al 26 de abril
de 2002, y que estará conformada por los siguientes
funcionarios:
- Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli-
ca, Javier Paulinich Velarde, Representante Permanente
del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en
Viena, república de Austria; y,
- Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la
República, Carmen Azurín Araujo, funcionaria de la Re-
presentación Permanente del Perú ante los Organismos
Internacionales con sede en Viena, República de Austria.
Artículo Segundo.- La presente Resolución no oca-
siona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio
de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO GARCÍA-SAYÁN
Ministro de Relaciones Exteriores
7440
Designan delegación peruana que parti-
cipará en la XI Reunión Ordinaria de la
Comisión Mixta Permanente Peruano-
Boliviana de Reposición y Densificación
de Hitos de la Frontera Común
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0440-2002-RE
Lima, 23 de abril de 2002
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Artículo IX del Reglamento Ge-
neral de la Comisión Mixta Permanente Peruano-Boliviana
de Reposición y Densificación de Hitos de la Frontera Co-
mún (COMIPERDH) y al Acta Final de la X Reunión Plena-
ria, corresponde al Perú realizar la XI Reunión Ordinaria
de la Comisión Mixta Permanente Peruano-Boliviana de
Reposición y Densificación de Hitos de la Frontera Común,
a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, del 22 al 24 de abril
de 2002;
Que los señores Presidentes de las Repúblicas de Perú
y Bolivia, han manifestado su voluntad de concluir con los
trabajos de reposición del Hito Nº 27, ubicado en la IV Sec-
ción, Sector Norte de la frontera común y continuar con las
labores de reposición, reparación y densificación en la lí-
nea de frontera;
Que en consecuencia, es necesario designar a la
delegación peruana que participará en dicho evento;
Teniendo en cuenta lo expuesto en el Memorándum
(DSL-LIM) Nº 182, de la Dirección Nacional de Soberanía
y Límites, de 19 de abril de 2002;
De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del
Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático
de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m)
del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del
Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre
de 1992;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana
que participará en la XI Reunión Ordinaria de la Comisión
Mixta Permanente Peruano-Boliviana de Reposición y Den-
sificación de Hitos de la Frontera Común, a realizarse en la
ciudad de Lima, del 22 al 24 de abril de 2002, la que estará
conformada por los siguientes funcionarios:
- Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli-
ca, César Castillo Ramírez, Director Nacional de Sobera-
nía y Límites, quien la presidirá;
- Ministro en el Servicio Diplomático de la República,
Roberto Seminario Portocarrero, Director de Límites;
- Capitán de Navío AP Fernando Zavala Claux,
representante de la Secretaría de Asuntos Intersectoriales
e Internacionales del Ministerio de Defensa;
- Coronel EP Félix Pradinett Mendoza, representante
del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;
- Coronel EP Walter Suárez Gómez, representante del
Instituto Geográfico Nacional (IGN);
- Coronel FAP Carlos Tassara Las Heras, representan-
te del Servicio Aerofotográfico Nacional (SAN);
- Capitán de Fragata AP Fernando Peñaranda Muñoz,
representante de la Dirección de Hidrografía y Navegación
de la Marina de Guerra del Perú;
- Mayor PNP Julio Rojas Briones, representante de la
Dirección de Defensa Nacional y Control de Fronteras de
la Policía Nacional del Perú;
- Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la
República, Rafael Suárez, Jefe del Departamento de Boli-
via de la Dirección de América del Sur;
- Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la
República, Ana Lucía Nieto, funcionaria del Departamento
de Bolivia de la Dirección de América del Sur;
- Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la
República, Julissa Macchiavello, funcionaria de la Direc-
ción de Límites;
- Geógrafo Juan Meléndez De la Cruz, Coordinador del
Departamento de Cartografía de la Dirección de Límites;
- Cartógrafo Angel Gozar Manyari, del Departamento
de Cartografía de la Dirección de Límites; y,
- Técnico Armando Zacarías Poma, del Instituto
Geográfico Nacional (IGN).
Artículo Segundo.- La presente Resolución no oca-
siona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio
de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO GARCÍA-SAYÁN
Ministro de Relaciones Exteriores
7441
SALUD
Aprueban Directiva denominada "Valo-
res Nutricionales Mínimos de la Ración
del Programa del Vaso de Leche"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 711-2002-SA/DM
Lima, 17 de abril del 2002
Visto, el Oficio Nº 0321-2002-J-OPD/INS de la Jefa en-
cargada del Instituto Nacional de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27470, Ley que establece Normas Com-
plementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de
Leche, señala en su Artículo 4º que la ración alimenticia
Pág. 221866 NORMASLEGALES Lima, jueves 25 de abril de 2002
diaria debe estar constituida por alimentos nacionales pu-
diendo ser leche en cualquiera de sus formas y/o enrique-
cidos con lácteos y/o alimentos que contengan un mínimo
de 90% de insumos nacionales, tales como harina de qui-
nua, quiwicha, cebada, arroz, soya y otros productos na-
cionales. De acuerdo al citado dispositivo será el Ministe-
rio de Salud, específicamente el Instituto Nacional de Sa-
lud el que determine su valor nutricional mínimo de esta
ración alimenticia;
Que, el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición-
CENAN, órgano de línea del Instituto Nacional de Salud,
tiene entre otras funciones la de promover, programar, eje-
cutar y evaluar investigaciones, y el desarrollo de tecnolo-
gías apropiadas en el ámbito de la alimentación y nutrición
humana;
Que, mediante Informe Nº 035-02-DG-CENAN/INS,
la Dirección General del Centro Nacional de Alimenta-
ción y Nutrición remite el Proyecto de Directiva "Valo-
res Nutricionales Mínimos de la ración del Programa
del Vaso de Leche", elaborado conjuntamente con la
Oficina General de Asesoría Técnica, con el objetivo
de establecer los parámetros de los valores nutriciona-
les mínimos que debe cumplir la ración diaria del Pro-
grama del Vaso de Leche; el cual será aprobado por
Resolución Ministerial;
Estando a lo informado y con la opinión favorable de la
Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Salud;
En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo
8º Inc. l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.-Aprobar la Directiva denominada "Va-
lores Nutricionales Mínimos de la Ración del Programa del
Vaso de Leche", elaborada por el Centro Nacional de Ali-
mentación y Nutrición - CENAN del Instituto Nacional de
Salud, la cual consta de 7 numerales que serán de aplica-
ción a las raciones diarias del Programa del Vaso de Le-
che, ejecutado por las Municipalidades del ámbito Nacio-
nal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE
Ministro de Salud
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
DIR-INS-014
1º EDICIÓN
2002-2-4
VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS DE
LA RACIÓN ALIMENTICIA DIARIA DEL
PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
1 OBJETIVO
2 CAMPO DE APLICACIÓN
3 POLÍTICA
4 DOCUMENTOS DE REFERENCIA
5 DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
6 RESPONSABILIDADES
7 VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS QUE DE-
BERÁ CUMPLIR LA RACIÓN DIARIA DEL PRO-
GRAMA DEL VASO DE LECHE
VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS DE LA
RACIÓN DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
1. OBJETIVO
El objetivo de la presente directiva es establecer los
parámetros de los valores nutricionales mínimos que
debe cumplir la ración diaria del programa del Vaso de
Leche.
2. CAMPO DE APLICACIÓN
Los valores nutricionales mínimos establecidos en la
presente directiva son de aplicación a las raciones diarias
del Programa del Vaso de Leche, ejecutados por las muni-
cipalidades del ámbito nacional.
3. POLÍTICA
Es política del Ministerio de Salud promover la Lactan-
cia Materna Exclusiva los seis primeros meses de vida
del niño y a partir de entonces complementarla con ali-
mentos cuyos valores nutricionales cumplan las exigen-
cias establecidas en la presente norma.
El Instituto Nacional de Salud, contribuye mediante la
investigación al mejor conocimiento de los problemas nu-
tricionales ejecutando acciones que coadyuven a mejorar
el estado alimentario nutricional de la población.
4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
4.1 Ley Nº 27470: Ley que establece Normas Comple-
mentarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche.
4.2 Decreto Supremo Nº 007-98-SA; Reglamento so-
bre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas.
5. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
5.1 Ración: cantidad de producto según tipo de alimento
por persona por día.
5.2 Valor Nutricional Mínimo: cantidad mínima de ma-
cro y micronutrientes que debe contener la ración del Pro-
grama del Vaso de Leche para cubrir, para el niño menor
de 6 años, el 15% del requerimiento diario de energía, 100%
de los recomendaciones de Vit. A, Vit. C y Hierro y 60% de
las recomendaciones de las demás vitaminas y minerales.
6. RESPONSABILIDADES
6.1 Instituto Nacional de Salud: a través del Centro Na-
cional de Alimentación y Nutrición, establece, revisa y ac-
tualiza los valores nutricionales mínimos que debe conte-
ner la ración diaria del programa del Vaso de Leche.
7. VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS QUE DE-
BERÁ CUMPLIR LA RACIÓN DIARIA DEL PROGRAMA
DEL VASO DE LECHE (para niños menores de 6 años)
Tabla 1. Requerimiento Mínimo de Energía por Ración / día
Cantidad (kcal)
Energía 207
Tabla 2. Requerimiento mínimo de Vitaminas y Minerales
Por Ración / dia
Vitaminas Cantidad
Vitamina A - µg de retinol 425
Vitamina C - mg 41,5
Tiamina - mg 0,45
Riboflavina - mg 0,49
Vitamina B6 - mg 0,60
Vitamina B12 - µg 0,46
Niacina - mg 5,85
Acido Fólico - µg 41,25
Minerales Cantidad
Hierro - mg 10
Yodo - µg 42
Calcio - mg 465
Fósforo - mg 390
Zinc - mg 6
Tabla 3. Distribución Energética diaria por ración del
Programa del Vaso de Leche
Distribución Energética Cantidad
Nutriente (%) (g)
Proteínas 12 15 6.21 7.76
Grasas 20 25 4.6 5.75
Carbohidratos 68 60 35.19 31.05
total 100 100
7383

Rm 711-2002-sa-dm

  • 1.
    Pág. 221865NORMASLEGALESLima, jueves25 de abril de 2002 de Seguridad Nuclear, se llevará a cabo en la ciudad de Viena, República de Austria, del 15 al 26 de abril de 2002; Que el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), institución que ha preparado el Informe Nacional sobre Seguridad Nuclear, ha manifestado que no está en condi- ciones de enviar a un experto a la referida Conferencia; Que el Perú en dicha reunión deberá presentar el men- cionado informe nacional y contestar las preguntas ade- lantadas por los expertos de los gobiernos de Argentina, Croacia, Finlandia y Japón respecto al referido informe; Que dado lo anterior es necesario designar a la delega- ción que represente al Perú en dicho evento; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la Conferencia de examen de los infor- mes presentados por los Estados Parte en cumplimiento de la Convención de Seguridad Nuclear a realizarse en la ciudad de Viena, República de Austria, del 15 al 26 de abril de 2002, y que estará conformada por los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Javier Paulinich Velarde, Representante Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, república de Austria; y, - Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Carmen Azurín Araujo, funcionaria de la Re- presentación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, República de Austria. Artículo Segundo.- La presente Resolución no oca- siona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 7440 Designan delegación peruana que parti- cipará en la XI Reunión Ordinaria de la Comisión Mixta Permanente Peruano- Boliviana de Reposición y Densificación de Hitos de la Frontera Común RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0440-2002-RE Lima, 23 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Artículo IX del Reglamento Ge- neral de la Comisión Mixta Permanente Peruano-Boliviana de Reposición y Densificación de Hitos de la Frontera Co- mún (COMIPERDH) y al Acta Final de la X Reunión Plena- ria, corresponde al Perú realizar la XI Reunión Ordinaria de la Comisión Mixta Permanente Peruano-Boliviana de Reposición y Densificación de Hitos de la Frontera Común, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, del 22 al 24 de abril de 2002; Que los señores Presidentes de las Repúblicas de Perú y Bolivia, han manifestado su voluntad de concluir con los trabajos de reposición del Hito Nº 27, ubicado en la IV Sec- ción, Sector Norte de la frontera común y continuar con las labores de reposición, reparación y densificación en la lí- nea de frontera; Que en consecuencia, es necesario designar a la delegación peruana que participará en dicho evento; Teniendo en cuenta lo expuesto en el Memorándum (DSL-LIM) Nº 182, de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites, de 19 de abril de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la XI Reunión Ordinaria de la Comisión Mixta Permanente Peruano-Boliviana de Reposición y Den- sificación de Hitos de la Frontera Común, a realizarse en la ciudad de Lima, del 22 al 24 de abril de 2002, la que estará conformada por los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, César Castillo Ramírez, Director Nacional de Sobera- nía y Límites, quien la presidirá; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Roberto Seminario Portocarrero, Director de Límites; - Capitán de Navío AP Fernando Zavala Claux, representante de la Secretaría de Asuntos Intersectoriales e Internacionales del Ministerio de Defensa; - Coronel EP Félix Pradinett Mendoza, representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; - Coronel EP Walter Suárez Gómez, representante del Instituto Geográfico Nacional (IGN); - Coronel FAP Carlos Tassara Las Heras, representan- te del Servicio Aerofotográfico Nacional (SAN); - Capitán de Fragata AP Fernando Peñaranda Muñoz, representante de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú; - Mayor PNP Julio Rojas Briones, representante de la Dirección de Defensa Nacional y Control de Fronteras de la Policía Nacional del Perú; - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Rafael Suárez, Jefe del Departamento de Boli- via de la Dirección de América del Sur; - Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Ana Lucía Nieto, funcionaria del Departamento de Bolivia de la Dirección de América del Sur; - Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Julissa Macchiavello, funcionaria de la Direc- ción de Límites; - Geógrafo Juan Meléndez De la Cruz, Coordinador del Departamento de Cartografía de la Dirección de Límites; - Cartógrafo Angel Gozar Manyari, del Departamento de Cartografía de la Dirección de Límites; y, - Técnico Armando Zacarías Poma, del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Artículo Segundo.- La presente Resolución no oca- siona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 7441 SALUD Aprueban Directiva denominada "Valo- res Nutricionales Mínimos de la Ración del Programa del Vaso de Leche" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 711-2002-SA/DM Lima, 17 de abril del 2002 Visto, el Oficio Nº 0321-2002-J-OPD/INS de la Jefa en- cargada del Instituto Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27470, Ley que establece Normas Com- plementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche, señala en su Artículo 4º que la ración alimenticia
  • 2.
    Pág. 221866 NORMASLEGALESLima, jueves 25 de abril de 2002 diaria debe estar constituida por alimentos nacionales pu- diendo ser leche en cualquiera de sus formas y/o enrique- cidos con lácteos y/o alimentos que contengan un mínimo de 90% de insumos nacionales, tales como harina de qui- nua, quiwicha, cebada, arroz, soya y otros productos na- cionales. De acuerdo al citado dispositivo será el Ministe- rio de Salud, específicamente el Instituto Nacional de Sa- lud el que determine su valor nutricional mínimo de esta ración alimenticia; Que, el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición- CENAN, órgano de línea del Instituto Nacional de Salud, tiene entre otras funciones la de promover, programar, eje- cutar y evaluar investigaciones, y el desarrollo de tecnolo- gías apropiadas en el ámbito de la alimentación y nutrición humana; Que, mediante Informe Nº 035-02-DG-CENAN/INS, la Dirección General del Centro Nacional de Alimenta- ción y Nutrición remite el Proyecto de Directiva "Valo- res Nutricionales Mínimos de la ración del Programa del Vaso de Leche", elaborado conjuntamente con la Oficina General de Asesoría Técnica, con el objetivo de establecer los parámetros de los valores nutriciona- les mínimos que debe cumplir la ración diaria del Pro- grama del Vaso de Leche; el cual será aprobado por Resolución Ministerial; Estando a lo informado y con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 8º Inc. l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Unico.-Aprobar la Directiva denominada "Va- lores Nutricionales Mínimos de la Ración del Programa del Vaso de Leche", elaborada por el Centro Nacional de Ali- mentación y Nutrición - CENAN del Instituto Nacional de Salud, la cual consta de 7 numerales que serán de aplica- ción a las raciones diarias del Programa del Vaso de Le- che, ejecutado por las Municipalidades del ámbito Nacio- nal. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DIR-INS-014 1º EDICIÓN 2002-2-4 VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS DE LA RACIÓN ALIMENTICIA DIARIA DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE 1 OBJETIVO 2 CAMPO DE APLICACIÓN 3 POLÍTICA 4 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 5 DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 6 RESPONSABILIDADES 7 VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS QUE DE- BERÁ CUMPLIR LA RACIÓN DIARIA DEL PRO- GRAMA DEL VASO DE LECHE VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS DE LA RACIÓN DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE 1. OBJETIVO El objetivo de la presente directiva es establecer los parámetros de los valores nutricionales mínimos que debe cumplir la ración diaria del programa del Vaso de Leche. 2. CAMPO DE APLICACIÓN Los valores nutricionales mínimos establecidos en la presente directiva son de aplicación a las raciones diarias del Programa del Vaso de Leche, ejecutados por las muni- cipalidades del ámbito nacional. 3. POLÍTICA Es política del Ministerio de Salud promover la Lactan- cia Materna Exclusiva los seis primeros meses de vida del niño y a partir de entonces complementarla con ali- mentos cuyos valores nutricionales cumplan las exigen- cias establecidas en la presente norma. El Instituto Nacional de Salud, contribuye mediante la investigación al mejor conocimiento de los problemas nu- tricionales ejecutando acciones que coadyuven a mejorar el estado alimentario nutricional de la población. 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA 4.1 Ley Nº 27470: Ley que establece Normas Comple- mentarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche. 4.2 Decreto Supremo Nº 007-98-SA; Reglamento so- bre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas. 5. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 5.1 Ración: cantidad de producto según tipo de alimento por persona por día. 5.2 Valor Nutricional Mínimo: cantidad mínima de ma- cro y micronutrientes que debe contener la ración del Pro- grama del Vaso de Leche para cubrir, para el niño menor de 6 años, el 15% del requerimiento diario de energía, 100% de los recomendaciones de Vit. A, Vit. C y Hierro y 60% de las recomendaciones de las demás vitaminas y minerales. 6. RESPONSABILIDADES 6.1 Instituto Nacional de Salud: a través del Centro Na- cional de Alimentación y Nutrición, establece, revisa y ac- tualiza los valores nutricionales mínimos que debe conte- ner la ración diaria del programa del Vaso de Leche. 7. VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS QUE DE- BERÁ CUMPLIR LA RACIÓN DIARIA DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (para niños menores de 6 años) Tabla 1. Requerimiento Mínimo de Energía por Ración / día Cantidad (kcal) Energía 207 Tabla 2. Requerimiento mínimo de Vitaminas y Minerales Por Ración / dia Vitaminas Cantidad Vitamina A - µg de retinol 425 Vitamina C - mg 41,5 Tiamina - mg 0,45 Riboflavina - mg 0,49 Vitamina B6 - mg 0,60 Vitamina B12 - µg 0,46 Niacina - mg 5,85 Acido Fólico - µg 41,25 Minerales Cantidad Hierro - mg 10 Yodo - µg 42 Calcio - mg 465 Fósforo - mg 390 Zinc - mg 6 Tabla 3. Distribución Energética diaria por ración del Programa del Vaso de Leche Distribución Energética Cantidad Nutriente (%) (g) Proteínas 12 15 6.21 7.76 Grasas 20 25 4.6 5.75 Carbohidratos 68 60 35.19 31.05 total 100 100 7383