1. UNED/FACULTAD DE PSICOLOGÍA/Prácticum Virtual de intervención psicopedagógica en ámbito escolar
Nombre y Apellidos: M.ª del Valle Rodríguez Larios
e-mail UNED: mrodrigue1363@alumno.uned.es
Curso: 4º
Fecha: 10/12/2020
Módulo/Actividad: Módulo 0 / Actividad 1
1. El organismo que gestiona y la A.T. (Consejería de Asuntos Sociales, Salud, Educación,
Ayuntamiento, etc.)
La derivación puede realizarse por la Consejería de Sanidad, la Consejería de Educación y
Juventud y la Consejería de Políticas Sociales. Desde la Consejería de Sanidad a través del
SERMAS y desde la Consejería de Educación a través de los EOEPs o en el caso de centros
concertados a través del orientador del centro se hace la derivación al CRECOVI (consejería
de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad).
El CRECOVI es el encargado de la primera valoración y realiza el informe que determina si el
niño necesita A.T. y si debe ir a un centro de tratamiento o a un centro de apoyo y
seguimiento. Estos centros son los Centros Base o los C.A.T.
2. Funciones de la A.T.
Acogida a la familia y al niño disminuyendo la ansiedad y la angustia de los padres,
explicándoles de forma clara en que consiste la A.T. y como funciona y como está formado
el equipo y se les pone en contacto con su profesional de referencia
Se crea la Historia con todos los datos médicos, familiares y del entorno, se recogen los
informes médicos o de otros profesionales que traigan, se les pide consentimiento escrito
para poder contactar con los profesionales que requiera el niño o su terapia
Evaluación del niño/a y Evaluación de la Familia y de su entorno para establecer un plan
de intervención que incluya estos 3 factores, por ejemplo, observando y pasando pruebas
estandarizadas y no estandarizadas al niño para evaluar todos los aspectos de su desarrollo
en las áreas Cognitiva, Socio-Afectiva, Motora (fina y gruesa), Lenguaje y Comunicación.
Atendiendo a la familia en momentos críticos o de cambios, orientándola y dotándola de
recursos y formando a grupos de padres en temas concretos; coordinándose con centros
educativos, atención primaria o especializada, con servicios sociales y otros profesionales
relacionados con el niño; y estableciendo un Plan de Intervención Individualizado para el
niño atendiendo a todas las áreas de desarrollo.
Otras funciones: Evaluaciones sucesivas del menor, corrección de pruebas, Llamadas,
reuniones y otras gestiones. Elaboración de: programas de tratamiento e informes para
padres/profesores u otros especialistas, informe previo a la escolarización, material
específico (adaptaciones, PECs, etc)
3. Profesionales implicados en la A.T. y cuáles son las funciones de cada uno de ellos
Psicólogo: Intervención psicológica dirigida a problemas relacionados con el desarrollo del
área socio-emocional y de la conducta.
Logopeda: intervención dirigida a los niños que presentan dificultades en la comunicación y
el desarrollo del lenguaje, tanto comprensivo como expresivo, estimulando y enseñando
códigos comunicativos adaptados a la edad y posibilidades de cada niño.
2. 2
Fisioterapeuta y psicomotricista: Intervención dirigida a mejorar la psicomotricidad para
superar las dificultades en el movimiento (coordinación, equilibrio, programación motora,
etc.) y fisioterapia para prevenir o evitar la aparición de deformidades músculo-esqueléticas
en niños con alteraciones sensomotrices específicas.
Médicos: encargados de la prevención de enfermedades o riesgo de padecerlas, así como
diagnosticar los posibles trastornos del desarrollo, o problemas neursosensoriales.
4. Ámbitos de intervención (prevención, familia, infancia, etc.)
Ámbito sanitario: Se realiza una labor preventiva, a través de los Servicios de Salud
comunitarios, atención primaria, obstetricia y Pediatría, se realizar una prevención Primaria:
se realiza programas de planificación familiar, control de embarazo y del niño sano,
vacunaciones, prevención de factores de riesgo. Secundaria para detectar y diagnosticar
precozmente las enfermedades, trastornos o situaciones de riesgo de trastornos
neurosensoriales y prever las complicaciones de los que tienen patología diagnosticada, se
debe iniciarse en la etapa prenatal. Terciaria: para poner remedio a problemas de desarrollo
ya presentes, con asistencia médica y coordinación entre distintos profesionales (Pediatras,
Neuropediatras, Rehabilitadores, Fisioterapeutas, Psiquiatras y Psicólogos de Salud Mental
Infantil y especialistas médicos que intervienen en tratamientos) Servicios sanitarios
Servicios Sociales: Su función se enmarca en la atención a las familias, ya que es muy
importante para el bienestar y desarrollo del niño Realizan intervenciones de prevención
primaria de situaciones de riesgo social y de maltrato por acción u omisión al menor.
Secundaria: detección de factores de riesgo social para el desarrollo del niño (droga,
marginación social familiar, bajos ingresos, etc). Terciaria: para facilitar la socialización del
niño (sonrisa social, apego seguro, emergencia del juego y del mundo simbólico propio)
Ámbito educativo: Función preventiva y compensatoria de las consecuencias negativas
derivadas de deficiencias y de entornos de alto riesgo. Función Educativa: estimulación
consciente, con rigor y planificada de los procesos madurativos sin forzar el desarrollo
natural. Función Integradora: Atención a la diversidad, la escuela infantil es uno de los sitios
en los que se puede cumplir este principio
5. Legislación más importante que regula la A.T. atendiendo al tipo de leyes y su denominación,
si dependen de algún Ministerio o de alguna Consejería y sobre qué versa la legislación
referenciada.
Legislación Comunidad de Madrid:
Decreto 46/2015, de 7 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
coordinación en la prestación de la atención temprana en la Comunidad de Madrid y se
establece el procedimiento para determinar la necesidad de atención temprana.
Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir en el Acuerdo Marco para la gestión
del servicio público especializado de atención temprana, publicado el 21 de febrero de
2018 en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
Orden 868/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se
aprueba el modelo normalizado de solicitud de valoración de necesidad de atención
temprana de la Comunidad de Madrid (anexo modificado por la Orden 1649/2017, de
19 de octubre, del Consejero de Políticas Sociales y Familia publicada en el BOCM de 10
de noviembre de 2017).
Orden 1228/2015, de 19 de junio, del Consejero de Asuntos Sociales, por la que se
aprueba el modelo normalizado de solicitud de plaza en centro de atención temprana
(anexo modificado por la Orden 1649/2017, de 19 de octubre, del Consejero de Políticas
Sociales y Familia publicada en el BOCM de 10 de noviembre de 2017)