Especialización UNA en DDHH
Román Eduardo Reyes Vásquez
   ¿Lugar?, noviembre de 2011.
   Los derechos humanos son derechos
    inherentes a todos los seres humanos, sin
    distinción alguna de nacionalidad, lugar de
    residencia, sexo, origen nacional o
    étnico, color, religión, lengua o cualquier otra
    condición. Todos los seres humanos tenemos
    los mismos derechos.
   Los derechos de primera generación son los derechos
    civiles y políticos vinculados con el principio
    de libertad.

   Los derechos de segunda generación son los derechos
    económicos, sociales y culturales, que están
    vinculados con el principio de igualdad.

   La tercera generación de derechos se vincula con
    la solidaridad, unifica su incidencia en la vida de todos,
    a escala universal, y precisa una serie de esfuerzos y
    cooperaciones en un nivel planetario.
   Universales e inalienables: el principio de la universalidad
    de los derechos humanos es la piedra angular del derecho
    internacional de los derechos humanos. Los derechos
    humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en
    determinadas situaciones y según las debidas garantías
    procesales.
   Interdependientes e indivisibles: todos los derechos son
    indivisibles, interrelacionados e interdependientes.
   Iguales y no discriminatorios: prohíbe la discriminación
    sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales
    como sexo, raza, color, y así sucesivamente.
   De manera amplia se puede afirmar que los
    Derechos Humanos crean un campo de acción
    dentro del cual la persona se puede desenvolver
    libremente y en donde queda protegida contra
    actos ilícitos del estado y los particulares.
   Desde un punto de vista más relacional, los
    derechos humanos sirven para crear una relación
    integrada entre la persona y la sociedad, que
    permita a los individuos ser personas jurídicas,
    identificándose consigo mismos y con los otros.

Román3(rev)

  • 1.
    Especialización UNA enDDHH Román Eduardo Reyes Vásquez ¿Lugar?, noviembre de 2011.
  • 2.
    Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición. Todos los seres humanos tenemos los mismos derechos.
  • 3.
    Los derechos de primera generación son los derechos civiles y políticos vinculados con el principio de libertad.  Los derechos de segunda generación son los derechos económicos, sociales y culturales, que están vinculados con el principio de igualdad.  La tercera generación de derechos se vincula con la solidaridad, unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, y precisa una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario.
  • 4.
    Universales e inalienables: el principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales.  Interdependientes e indivisibles: todos los derechos son indivisibles, interrelacionados e interdependientes.  Iguales y no discriminatorios: prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente.
  • 5.
    De manera amplia se puede afirmar que los Derechos Humanos crean un campo de acción dentro del cual la persona se puede desenvolver libremente y en donde queda protegida contra actos ilícitos del estado y los particulares.  Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos sirven para crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con los otros.