Comunicado de prensa 208/2011

                                                                       México, D.F., a 23 de diciembre de 2011


   EXIGIR COMPROBANTES FISCALES ES OBLIGACIÓN DE TODOS
              La no expedición de comprobantes fiscales puede llegar a constituir un delito

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que cuando se compra un bien o se
contrata algún servicio, el comerciante está obligado a entregar un comprobante con requisitos
fiscales.

Exigir el comprobante fiscal es la forma de ayudar a evitar la evasión de impuestos.

Son infracciones en materia de comprobantes fiscales:

       No expedir o no entregar comprobante de las actividades cuando las disposiciones
        fiscales lo establezcan, o expedirlos sin requisitos fiscales.

       Expedir comprobantes fiscales asentando nombre, denominación, razón social o
        domicilio de una persona distinta a la que adquiere el bien o contrate el servicio.

       No expedir o acompañar la documentación que ampare mercancías en transporte en
        territorio nacional.

       No cumplir con los supuestos señalados para la expedición de los comprobantes que
        amparen donativos, y sin embargo expedir dichos comprobantes.

Los gastos por la adquisición de bienes o el uso de servicios, se pueden deducir para efectos
fiscales.

Además, la no expedición de comprobantes fiscales puede llegar a constituir un delito, que
puede sancionarse con prisión.

Si el contribuyente solicita su comprobante fiscal, el otorgante de este bien o servicio tiene la
obligación de dárselo, de no ser así, se debe denunciar.

Todas las denuncias son confidenciales y se pueden realizar a través del portal del SAT en
www.sat.gob.mx, en el apartado de quejas y denuncias o también llamando al 01 800 INFOSAT
(46 36 728).


                                                           --0--



       Administración Central de Comunicación Institucional │ Av. Paseo de la Reforma núm. 37, mod. VII, planta baja,   1
  col. Guerrero │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ www.sat.gob.mx │ www.aduanas.gob.mx │ www.youtube.com/satmx
                                  │www.twitter.com/satmx │www.flickr.com/photos/satmx

SAT - Comunicado de Prensa

  • 1.
    Comunicado de prensa208/2011 México, D.F., a 23 de diciembre de 2011 EXIGIR COMPROBANTES FISCALES ES OBLIGACIÓN DE TODOS  La no expedición de comprobantes fiscales puede llegar a constituir un delito El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que cuando se compra un bien o se contrata algún servicio, el comerciante está obligado a entregar un comprobante con requisitos fiscales. Exigir el comprobante fiscal es la forma de ayudar a evitar la evasión de impuestos. Son infracciones en materia de comprobantes fiscales:  No expedir o no entregar comprobante de las actividades cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin requisitos fiscales.  Expedir comprobantes fiscales asentando nombre, denominación, razón social o domicilio de una persona distinta a la que adquiere el bien o contrate el servicio.  No expedir o acompañar la documentación que ampare mercancías en transporte en territorio nacional.  No cumplir con los supuestos señalados para la expedición de los comprobantes que amparen donativos, y sin embargo expedir dichos comprobantes. Los gastos por la adquisición de bienes o el uso de servicios, se pueden deducir para efectos fiscales. Además, la no expedición de comprobantes fiscales puede llegar a constituir un delito, que puede sancionarse con prisión. Si el contribuyente solicita su comprobante fiscal, el otorgante de este bien o servicio tiene la obligación de dárselo, de no ser así, se debe denunciar. Todas las denuncias son confidenciales y se pueden realizar a través del portal del SAT en www.sat.gob.mx, en el apartado de quejas y denuncias o también llamando al 01 800 INFOSAT (46 36 728). --0-- Administración Central de Comunicación Institucional │ Av. Paseo de la Reforma núm. 37, mod. VII, planta baja, 1 col. Guerrero │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ www.sat.gob.mx │ www.aduanas.gob.mx │ www.youtube.com/satmx │www.twitter.com/satmx │www.flickr.com/photos/satmx