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Seguridad en el salón de
clases
Recurso: Lcda.Emy Moreu
Objetivos
• Orientar sobre el manejo de situaciones de maltrato
institucional: (maestro - estudiante), (estudiante - maestro).
• Trabajar el manejo, el protocolo y los indicadores de situaciones de
maltrato y negligencia.
• Que el personal y los representantes escolares conozcan en
detalle todas las leyes, reglamentos y cartas circulares
relacionados aprovechamiento académico, entre otros.
• Definir disciplina restaurativa y su importancia para el proceso de
enseñanza aprendizaje.
Actividad #1
Definiciones
• Retención se define como la capacidad que tiene el sistema educativo
para logara la permanencia de los estudiantes en las escuelas,
garantizando la terminación de semestres en los tiempos previstos y
asegurando el dominio de las competencias y conocimientos
correspondientes .
• Negligencia tipo de maltrato que consiste en faltar a los deberes o
dejar de ejercer las facultades de proveer adecuadamente los
alimentos ,ropa, albergue ,educación atención de salud a un menor;
faltar al deber de supervisión ;no visitar al a menor o no haber
mantenido contacto o comunicación frecuentemente con el menor.
Definiciones
• Negligencia— tipo de maltrato que consiste en faltar a los deberes o
dejar de ejercer las facultades de proveer adecuadamente los alimentos,
ropa, albergue, educación o atención de salud a un menor; faltar al deber
de supervisión; no visitar al menor o no haber mantenido contacto o
comunicación frecuente con el menor.
• Negligencia Institucional— la negligencia en que incurre o se sospecha
que incurre un operador de un hogar temporero o cualquier empleado o
funcionario de una institución pública o privada que ofrezca servicios de
cuido durante un día de veinticuatro (24) horas o parte de éste o que
tenga bajo su control o custodia a un menor para su cuido, educación,
tratamiento o detención, que cause daño o ponga en riesgo a un menor
de sufrir daño a su salud e integridad física, mental y/o emocional,
incluyendo abuso sexual.
Definiciones
• Maltrato— todo acto u omisión intencional en el que incurre el
padre, la madre o persona responsable del menor de tal naturaleza
que ocasione o ponga a éste en riesgo de sufrir daño o perjuicio a su
salud e integridad física, mental y/o emocional, incluyendo abuso
sexual, o la trata humana según es definido en esta Ley.
• Maltrato Institucional— cualquier acto en el que incurre un operador
de un hogar de crianza o cualquier empleado o funcionario de una
institución pública o privada que ofrezca servicios de cuido durante
un día de veinticuatro (24) horas o parte de éste o que tenga bajo su
control o custodia a un menor para su cuido, educación, tratamiento
o detención, que cause daño o ponga en riesgo a un menor.
Ley para la seguridad, bienestar y protección de
menores
• Según la Ley núm 246 del 16 de diciembre del 2011 el Departamento
de Educación debe:
• Desarrollar políticas y protocolos escolares para informar situaciones de
maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional.
• Realizar evaluaciones educativas, psicológicas y/o psiquiátricas; ofrecer
servicios de apoyo y seguimiento en las situaciones de maltrato, maltrato
institucional, negligencia y/o negligencia institucional
• Intervenir y ofrecer servicios relacionados con situaciones de negligencia
escolar.
• Ofrecer ayuda a los padres y madres a través de programas auspiciados por
las escuelas, según las obligaciones y deberes que impone la Ley Orgánica del
Departamento de Educación.
• Facilitar y garantizar la ubicación escolar y la transportación para los
menores que están bajo la custodia del Departamento, en un término
no mayor de setenta y dos (72) horas, de modo que no se
interrumpan los servicios escolares de los menores.
• Ofrecer asesoramiento pericial en aspectos educativos y su
experiencia en situaciones de maltrato institucional y/o negligencia
institucional en instituciones educativas.
• Facilitar la investigación e intervención en los referidos y casos de
maltrato institucional y negligencia institucional.
• Solicitar órdenes de protección a favor de los menores.
Ley 149-1999
Articulo 1.03 Asistencia Obligatoria
Ley 149-1999
• Inciso (a)- La asistencia a la escuela es obligatoria para niños de 5 a 18
años.
• Inciso (b)- Prohibido la salida de estudiantes del plantel escolar en
horario de clases.
• Inciso (c)- Todo padre, tutor o persona encargada de un menor que
alentase, permitiese o tolerase la ausencia de este a la escuela, o que
descuidase su obligación de velar que asista a la misma, incurrirá en
delito menos grave y será sancionado con una multa no mayor de
quinientos (500) dólares o una pena de reclusión que no exceda de
seis (6) meses y/o ambas penas a discreción del Tribunal.
Perfil del estudiante en riesgo
• Generalmente ,presenta algunas de las siguientes características :
• Bajo aprovechamiento
• Fracaso escolar
• Problemas de disciplina
• Hijos de padres que no finalizaron la escuela superior
• Problemas con la justicia
• Carece de motivación e interés para realizar la labor escolar
• problemas de ausentismo
• Problemas de salud
• Estudiante embarazada o con hijos
Perfil del estudiante desertor
Combinación de
factores que se
generan en la
escuela, como en
lo social,
ambiental
familiar e
individual
Irrevalancia al
ambiente escolar
No lo apoyan
Estrategias de intervención para lograr la
retención escolar:
1. Atender la transición académica por niveles escolares
2. Desarrollar un ambiente escolar de aprendizaje
efectivo(director, maestro, personal de apoyo ,personal
clasificado ) capaces de brindar atención afectiva y sensible a
todos los estudiante de la comunidad escolar.
3. Ofertas académicas atractivas
4. Seleccionar y capacitar maestros receptivos a las
necesidades del estudiante a riego
5. Auspiciar organizaciones estudiantiles
6. Intervención preventiva
7. Participación de los maestros padres y encargados
Obligaciones del Estado Departamento de
Educación, artículo 7.
• Facilitar y garantizar la ubicación escolar y la transportación
para los menores que estén la custodia del Departamento ,en
un término no mayor de setenta y dos (72)horas, que no
interrumpa los servicios escolares de los menores.
• En el caso de que los menores de edad con impedimento ,cuya
ubicación de emergencia en una escuela requiera de la
educación del programa especial de estudios que haya sido
diseñado para estos ,la Directora escolar ,la maestra de
educación especial que representa los servicios ,así como la
trabajadora social escolar se reunirán y en forma coordinada
trabajaran en la ubicación del menor en el tiempo estipulado en
este inciso.
Obligaciones del Estado Departamento de
Educación, artículo 7.
• A estos efectos ,todas las escuelas ,públicas o privadas
,mantendrán actualizados un directorio o catalogo de recursos
y facilidades especializadas que faciliten y agilicen la ubicación
del menor con impedimentos .
• Ofrecer asesoramiento pericial en aspectos educativos y sus
experiencia en situaciones de maltrato institucional y]o
negligencia institucional en instituciones educativas .
• Facilitar la investigación e intervención en los referidos y casos
de maltrato institucional y negligencia institucional .
Obligaciones del Estado Departamento de
Educación, artículo 7.
• El trabajador social escolar podrá radicar querellas ante la
policía cuando identifique o le sean referidas situaciones donde
exista o se sospeche que existe maltrato institucional
,negligencia yo negligencia institucional y que atienda casos de
maltrato referidos por los maestros ,mantendrá comunicación
periódica con los trabajadores sociales del Departamento de la
Familia de manera que participe activamente en el protocolo de
intervención que se haya diseñadora para el menor referido,
así como para su familia ,incluyendo al maltratante.
• Solicitar ordenes de protección a favor de los menores .
Procedimiento de intervención
por ausencias
Tipos de ausencias
El ausentismo se considera una de las principales variables que
inciden en el aprovechamiento académico de los estudiantes, y
por ende, la retención escolar. Para lidiar con esta realidad, se
pretende asegurar que se disminuya gradualmente erradicarlos
patrones de conducta de ausentismo y cortes de clases.
oAusencias
y tardanzas
justificadas
Ausencias
injustificadas
Cortes de
clase
Procedimiento de intervención
para tardanzas y cortes de clases
de estudiantes
Procedimiento del maestro
• Comenzará el procedimiento de atención y referido de acuerdo
a información recopilada con el estudiante.
• Referirá al director para que en colaboración con el Personal
de Apoyo (trabajador social, consejero escolar) se desarrolle un
Plan de Intervención, de ser necesario.
• El personal escolar que incumpla con esta responsabilidad está
incurriendo en negligencia institucional y será procesado,
según lo establecido por ley.
Procedimiento para estudiantes
con problemas de disciplina
Problemas de disciplina
• Aquellos aspectos actitudinales que interrumpen los procesos en una
sala de clases o dentro del plantel escolar, que violentan las normas,
reglas y el orden institucional establecido.
• Constituyen conductas tales como:
Llegar tarde
Vandalismo
Ruidos innecesarios
Faltar el respeto
Reto a la autoridad
Procedimiento
• Serán evaluados por el Comité de Disciplina Escolar.
• Se determinara la sanción de acuerdo a lo que estipule el Reglamento
Escolar vigente y el Reglamento interno.
• El trabajador social y el consejero participarán del Comité de
Disciplina, para asesorar a los funcionarios. Además de velar por los
derechos del estudiante.
Problemas de disciplina
• Aquellos estudiantes cuyos problemas de disciplina estén
relacionados con situaciones de índole emocional, social o familiar se
debe:
• Referir al trabajador social o al consejero escolar mediante hoja de endoso o
referido por escrito
• El documento debe evidenciar las gestiones realizadas por e; personal escolar.
• El estudiante será intervenido por el personal de apoyo.
Procedimiento de la toma
y manejo de referidos en
la administración de familia y
niños
El Referido es…
• Aquella información verbal o escrita ofrecida por una persona
obligada a informar o por cualquier otra persona, a través de la
línea directa, la policía de Puerto Rico o la oficina local del
Departamento, donde se narran situaciones en que se alega la
sospecha o existencia de maltrato, maltrato institucional,
negligencia o negligencia institucional.
Importancia del referido
• Es el primer paso en el proceso de investigación
• Ofrece información sobre el riesgo y la seguridad del menor
• Ayuda a establecer la prioridad en el proceso de investigación
Contenido del referido
• Información que permita identificar los menores victimas del
maltrato.
• Información del alegado causante y su relación con la víctima.
• Información suficiente que permita localizar a la alegada victima.
• Una descripción de lo que ha visto o escuchado relacionado al
maltrato o negligencia
• Que la situación del maltrato haya ocurrido en Puerto Rico.
RECIBO DEL REFERIDO EN DEPARTAMENTO DE LA
FAMILIA
• Entrevista del teleoperadora
• Detalles del evento(quién ,dónde, cuándo a y qué )
• Condiciones de los menores (vulnerabilidad)
• Seguridad de los menores
• Elementos de peligrosidad
• Acceso al perpetrador
• Severidad y magnitud
• Explorar quien es el alegado perpetrador
• Medidas de protección que tomo el padre ,madre o persona
responsable
• Otros indicadores de maltrato ,por ejemplo negligencia en la
supervisión
Criterios para determinar la prioridad del referido
• Edad del menor
• Menor con impedimento físico o mental
• Situación referida y su severidad
• Necesidades de servicio medico inmediato
• Cuándo ocurrió la situación
• Lesiones,heridas o golpes
• Situación de abuso sexual
• Si el comportamiento del padre, madre o persona responsable
al momento es violenta o esta fuera de control, lo cual resulto o
puede resultar lesivo al menor.
Medidas de protección que
se pueden tomarse durante
la investigación de un referido
Custodia de Emergencia
Artículo -23 Ley 246 -2011
• Cualquier policía estatal o municipal, técnico o trabajador
especialmente designado por el departamento, director
escolar, maestro, trabajador social, funcionario de la agencia
estatal para el manejo de emergencia ,profesionales de la
salud, incluyendo de la salud mental que tenga a un menor
bajo tratamiento, ejercerá custodia de emergencia sin el
consentimiento del padre ,madre o responsable del menor,
cuando tuviere conocimiento o sospecha de que existe un
riesgo para la seguridad, salud e integridad física, emocional
del menor .
Importante- Artículo .23
• Cualquier persona que ejerza custodia de emergencia de un
menor informara tal hecho a la local de directa de Maltrato
institucional del Departamento en la forma que dispone esta
ley.
• El departamento tomara las medidas protectoras para el menor
y atenderá las necesidades .
Procesos y deberes de Protección Personal de
Educación
• Solicitar orden de protección a favor del menor
• Artículo 64-Personas autorizadas a solicitar ordene de protección a
menores. (8L.P.R.A.s1181) { nota la Ley 80 -2018 añadió un nuevo
art.32 y renumeró este anterior art. 63 como 64}
• El padre o la madre, director escolar maestro o un oficial del orden
publico o el procurador de menores o el Procurador de Asuntos de
Familia, o cualquier fiscal o funcionario autorizado por el secretario
del Departamento de la Familia, el trabajador social escolar, o
cualquier familiar o persona responsable del menor, podrá solicitar al
tribunal que expida una orden de protección a menores en contra de
la persona que maltrata o se sospecha que maltrata o es negligente
hacia un menor o cuando existe riesgo inminente de un menor sea
maltratado.
Acciones Posteriores
• Notificara cualquier información donde sospeche que el menor esta
teniendo contacto con el alegado agresor a pesar de las acciones de
seguridad tomadas
• Mantendrá la confidencialidad en todo momento y evitara que se
revictimice al menor a través de otras entrevistas
Actividad de aplicación
Discusión de casos
Primer caso
• Mientras la maestra explica un problema de
matemáticas en la pizarra, Yandel se levanta de
la silla a conversar con otro compañero. La
maestra se percata y le dice: “Pero muchacho del
carajo, es que te pica el trasero, corriendo como
los caballos, que tú tienes, es que no te puede
sentarte”.
Segundo caso
•Desde su escritorio, la maestra llama a sus
alumnos para entregarles los resultados del
examen de Ciencias Naturales. Cuando
llega el turno de Carmen, la maestra dice:
“Carmen Díaz, tiene un 0. Todo lo hiciste
mal…¿Qué es lo que te esta pasando? ¿Es
vacía que tienes la cabeza?
Tercer caso
• La maestra mira a Julio en el mismo momento en
que este le da un puñetazo al compañero
sentado delante de él. La maestra se pone de
pie, se acerca a Julio y le pregunta qué pasa.
Entonces, él comienza a insultar y increpar a la
maestra.
Cómo actuó ….
• Cuando un alumno interrumpe tu tiempo de clases con
un mal comportamiento …
• Cuando un alumno juega en clases, en vez de prestar
atención…
• Cuando descubre en un examen al alumno copiándose
del compañero. ..
• Cuando dos alumnos del curso se pelean…
• Cuando dos alumnos del curso se pelean…
La disciplina restaurativa como
apoyo al aprendizaje estudiantil
¿Qué es disciplina?
• Crear estructura, clarificar roles y manejar los conflictos en
el salón de clases con el propósito de facilitar que los
estudiantes alcancen las metas académicas y de
socialización del currículo escolar.
Disciplina restaurativa
• Busca reparar el daño que los problemas, agresiones y
conflictos causan en las personas y en las relaciones, a través
de que se asuman responsabilidades y se reconozcan los
errores, más que culpando o castigando.
• La disciplina restaurativa pretende que el niño que cometió el
error se responsabilice, repare el daño causado y, siempre que
se pueda, exista reconciliación de las partes.
Objetivos primordiales de la disciplina restaurativa
• Promover el bienestar físico, psicológico, emocional y social de los estudiantes.
• Enseñar a los niños la autodisciplina y comprensión de las consecuencias de su
comportamiento.
• Fomentar el respeto, sanación y restauración, tanto para los perjudicados, como
para aquellos que causan el daño.
• Educar a los estudiantes hacia un comportamiento autodirigido, cooperativo y
respetuoso.
• Promover, fomentar y proteger relaciones sanas entre los miembros de la
comunidad.
• Permitir que los estudiantes fomenten una responsabilidad personal hacia el
desarrollo de habilidades de reflexión y empatía con los demás.
• Orientar a los maestros en sus respuestas al comportamiento de los
estudiantes.
• Informar a los estudiantes y padres de familia acerca de las expectativas de
comportamiento de los estudiantes. (Esquivel Marín, 2018, p. 216)
Tecnicas de disciplina restaurativa
• Reenfoque y elogie
• Consiste en dirigir la atención hacia otra cosa o situación, de
manera que el estudiante no reciba la atención .Esta
estrategia también se le llama la técnica de extensión. Al
mismo tiempo el maestro elogia las conductas adecuadas
cuando se presentan.
• Costo de la respuesta
• En esta técnica retiramos un refuerzo o privilegio al
estudiante cuando presenta una conducta inadecuada.
• Sobre corrección
• Pretende lograr que los alumnos no solo restituyan el daño
causado con una conducta inadecuada, sino que vayan más
allá realizando practica positivas.
• Corrección verbal
• Consiste en dar instrucciones o en llamar la atención de
manera firme a los adolescentes. Realizándose con una
expresión clara y firme, mirándoles a los ojos y en un tono
de voz que solo él/ella escuche.
CONTACTO FÍSICO
Reforzador muy poderoso
•Muy eficaz en niños pequeños
•Formas de expresarlo:
• Sentarse cerca del niño, abrazo, diálogo, palmada en el hombro,
juegos que impliquen actividad física
AUTORREFUERZO
• Tiene como finalidad enseñar a los niños/as establecer
objetivos de mejorar y autorreforzarse por la conducta
correcta.
• Cada niño se va a plantear su propio objetivo.
• Ayudar al niño/a a elegir conductas claramente
especificadas y en términos positivos.
• Colorearán una casilla o pondrán un “sticker” en una
cartulina cada vez que cumplan el objetivo.
AUTORREFUERZO: UTILIDAD
• Hace que el niño/a intente objetivos de mejorar
• Le ayuda a autoevaluarse
• Le enseña autorrefozarse.
• Le hace ver que puede mejorar su conducta con su propio
esfuerzo.
• Le refuerza socialmente.
• Mejora su autoestima
• Le anima a intentar nuevos objetivos.
Actividad Disciplina Restaurativa
• Trabajaremos la hoja
Mediación de Conflictos
Mediación
• 1. Se concibe como una intervención en un conflicto o en una
negociación por parte de una tercera persona aceptable a las
partes, imparcial y neutra, sin ningún poder de decisión y que
pretende ayudarlas a que ellas mismas desarrollen un acuerdo.
• 2. La mediación puede referirse a la reparación del daño, a la
restitución o resarcimiento de los perjuicios causados; a la
realización o abstención de determinada conducta, y a la
prestación de servicios a la comunidad.
• “La mediación nada tiene que ver con soluciones impuestas por
una tercera persona ajena a las partes, sino que es una decisión
emanada de ellas mismas, a la cual han arribado alentadas y
ayudadas por un mediador” (Wilde, 2000, p. 9 en Mazo, 2013, p.
“La mediación nada tiene que ver con soluciones
impuestas por una tercera persona ajena a las partes,
sino que es una decisión emanada de ellas mismas, a
la cual han arribado alentadas y ayudadas por un
mediador” (Wilde, 2000, p. 9 en Mazo, 2013, p. 105).
Diálogo
Justicia restauradora
Reconciliación
Estrategias de Mediación
Función de los Mediadores
Ayudan a que las
partes expresen
sus posiciones,
intereses y valores.
•Contribuyen a que
se genere confianza
entre ellas.
•Facilitan la
búsqueda de
soluciones,
no aconsejan.
Valores de la mediación
•AYUDA A TOMAR DECISIONES
SOBRE UNO MISMO
•PROMUEVE EL RESPETO Y LA
COOPERACIÓN (todos ganan)
•LOS COMPROMISOS SON ASUMIDOS
COMO PROPIOS, NO SE IMPONEN
•SE FAVORECE LA
JUSTICIA, NO EL PODER
Caso I
• Juan y Leo pelearon en el plantel escolar y rompieron la mesa del
comedor.
• Que posibles remedios podemos recomendar
• Recomendaciones Mediador
Caso II
• Maestro encontr0 lo que parece un arma en el bulto de estudiante…
• Que debe hacer
Caso III
• Menor llego a la escuela con moretones en todo el cuerpo y dijo a
maestra que tiene miedo de regresar al hogar
• Que debe hacer maestro
Referencias
• https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/leyesreferencia/PDF/Justicia/
246-2011/246-2011.pdf
• Reglamento de Estudiante y asistencia obligatoria del
Departamento de Educación de Puerto Rico . 17 de diciembre de
2020 Número 9243
• Carta Circular núm.: 16-2013-2014 POLÍTICA PÚBLICA ESTABLECER
EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS
NORMAS DE RETENCIÓN ESCOLAR EN EL DEPARTAMENTO DE
EDUCACIÓN
• Ley 246- del 16 de diciembre de 2011 derogo la ley núm. 177-
2000, Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la niñez.
•

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  • 1. Seguridad en el salón de clases Recurso: Lcda.Emy Moreu
  • 2.
  • 3. Objetivos • Orientar sobre el manejo de situaciones de maltrato institucional: (maestro - estudiante), (estudiante - maestro). • Trabajar el manejo, el protocolo y los indicadores de situaciones de maltrato y negligencia. • Que el personal y los representantes escolares conozcan en detalle todas las leyes, reglamentos y cartas circulares relacionados aprovechamiento académico, entre otros. • Definir disciplina restaurativa y su importancia para el proceso de enseñanza aprendizaje.
  • 5. Definiciones • Retención se define como la capacidad que tiene el sistema educativo para logara la permanencia de los estudiantes en las escuelas, garantizando la terminación de semestres en los tiempos previstos y asegurando el dominio de las competencias y conocimientos correspondientes . • Negligencia tipo de maltrato que consiste en faltar a los deberes o dejar de ejercer las facultades de proveer adecuadamente los alimentos ,ropa, albergue ,educación atención de salud a un menor; faltar al deber de supervisión ;no visitar al a menor o no haber mantenido contacto o comunicación frecuentemente con el menor.
  • 6. Definiciones • Negligencia— tipo de maltrato que consiste en faltar a los deberes o dejar de ejercer las facultades de proveer adecuadamente los alimentos, ropa, albergue, educación o atención de salud a un menor; faltar al deber de supervisión; no visitar al menor o no haber mantenido contacto o comunicación frecuente con el menor. • Negligencia Institucional— la negligencia en que incurre o se sospecha que incurre un operador de un hogar temporero o cualquier empleado o funcionario de una institución pública o privada que ofrezca servicios de cuido durante un día de veinticuatro (24) horas o parte de éste o que tenga bajo su control o custodia a un menor para su cuido, educación, tratamiento o detención, que cause daño o ponga en riesgo a un menor de sufrir daño a su salud e integridad física, mental y/o emocional, incluyendo abuso sexual.
  • 7. Definiciones • Maltrato— todo acto u omisión intencional en el que incurre el padre, la madre o persona responsable del menor de tal naturaleza que ocasione o ponga a éste en riesgo de sufrir daño o perjuicio a su salud e integridad física, mental y/o emocional, incluyendo abuso sexual, o la trata humana según es definido en esta Ley. • Maltrato Institucional— cualquier acto en el que incurre un operador de un hogar de crianza o cualquier empleado o funcionario de una institución pública o privada que ofrezca servicios de cuido durante un día de veinticuatro (24) horas o parte de éste o que tenga bajo su control o custodia a un menor para su cuido, educación, tratamiento o detención, que cause daño o ponga en riesgo a un menor.
  • 8. Ley para la seguridad, bienestar y protección de menores • Según la Ley núm 246 del 16 de diciembre del 2011 el Departamento de Educación debe: • Desarrollar políticas y protocolos escolares para informar situaciones de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional. • Realizar evaluaciones educativas, psicológicas y/o psiquiátricas; ofrecer servicios de apoyo y seguimiento en las situaciones de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional • Intervenir y ofrecer servicios relacionados con situaciones de negligencia escolar. • Ofrecer ayuda a los padres y madres a través de programas auspiciados por las escuelas, según las obligaciones y deberes que impone la Ley Orgánica del Departamento de Educación.
  • 9. • Facilitar y garantizar la ubicación escolar y la transportación para los menores que están bajo la custodia del Departamento, en un término no mayor de setenta y dos (72) horas, de modo que no se interrumpan los servicios escolares de los menores. • Ofrecer asesoramiento pericial en aspectos educativos y su experiencia en situaciones de maltrato institucional y/o negligencia institucional en instituciones educativas. • Facilitar la investigación e intervención en los referidos y casos de maltrato institucional y negligencia institucional. • Solicitar órdenes de protección a favor de los menores.
  • 10. Ley 149-1999 Articulo 1.03 Asistencia Obligatoria
  • 11. Ley 149-1999 • Inciso (a)- La asistencia a la escuela es obligatoria para niños de 5 a 18 años. • Inciso (b)- Prohibido la salida de estudiantes del plantel escolar en horario de clases. • Inciso (c)- Todo padre, tutor o persona encargada de un menor que alentase, permitiese o tolerase la ausencia de este a la escuela, o que descuidase su obligación de velar que asista a la misma, incurrirá en delito menos grave y será sancionado con una multa no mayor de quinientos (500) dólares o una pena de reclusión que no exceda de seis (6) meses y/o ambas penas a discreción del Tribunal.
  • 12. Perfil del estudiante en riesgo • Generalmente ,presenta algunas de las siguientes características : • Bajo aprovechamiento • Fracaso escolar • Problemas de disciplina • Hijos de padres que no finalizaron la escuela superior • Problemas con la justicia • Carece de motivación e interés para realizar la labor escolar • problemas de ausentismo • Problemas de salud • Estudiante embarazada o con hijos
  • 13. Perfil del estudiante desertor Combinación de factores que se generan en la escuela, como en lo social, ambiental familiar e individual Irrevalancia al ambiente escolar No lo apoyan
  • 14. Estrategias de intervención para lograr la retención escolar: 1. Atender la transición académica por niveles escolares 2. Desarrollar un ambiente escolar de aprendizaje efectivo(director, maestro, personal de apoyo ,personal clasificado ) capaces de brindar atención afectiva y sensible a todos los estudiante de la comunidad escolar. 3. Ofertas académicas atractivas 4. Seleccionar y capacitar maestros receptivos a las necesidades del estudiante a riego 5. Auspiciar organizaciones estudiantiles 6. Intervención preventiva 7. Participación de los maestros padres y encargados
  • 15. Obligaciones del Estado Departamento de Educación, artículo 7. • Facilitar y garantizar la ubicación escolar y la transportación para los menores que estén la custodia del Departamento ,en un término no mayor de setenta y dos (72)horas, que no interrumpa los servicios escolares de los menores. • En el caso de que los menores de edad con impedimento ,cuya ubicación de emergencia en una escuela requiera de la educación del programa especial de estudios que haya sido diseñado para estos ,la Directora escolar ,la maestra de educación especial que representa los servicios ,así como la trabajadora social escolar se reunirán y en forma coordinada trabajaran en la ubicación del menor en el tiempo estipulado en este inciso.
  • 16. Obligaciones del Estado Departamento de Educación, artículo 7. • A estos efectos ,todas las escuelas ,públicas o privadas ,mantendrán actualizados un directorio o catalogo de recursos y facilidades especializadas que faciliten y agilicen la ubicación del menor con impedimentos . • Ofrecer asesoramiento pericial en aspectos educativos y sus experiencia en situaciones de maltrato institucional y]o negligencia institucional en instituciones educativas . • Facilitar la investigación e intervención en los referidos y casos de maltrato institucional y negligencia institucional .
  • 17. Obligaciones del Estado Departamento de Educación, artículo 7. • El trabajador social escolar podrá radicar querellas ante la policía cuando identifique o le sean referidas situaciones donde exista o se sospeche que existe maltrato institucional ,negligencia yo negligencia institucional y que atienda casos de maltrato referidos por los maestros ,mantendrá comunicación periódica con los trabajadores sociales del Departamento de la Familia de manera que participe activamente en el protocolo de intervención que se haya diseñadora para el menor referido, así como para su familia ,incluyendo al maltratante. • Solicitar ordenes de protección a favor de los menores .
  • 19. Tipos de ausencias El ausentismo se considera una de las principales variables que inciden en el aprovechamiento académico de los estudiantes, y por ende, la retención escolar. Para lidiar con esta realidad, se pretende asegurar que se disminuya gradualmente erradicarlos patrones de conducta de ausentismo y cortes de clases. oAusencias y tardanzas justificadas Ausencias injustificadas Cortes de clase
  • 20.
  • 21. Procedimiento de intervención para tardanzas y cortes de clases de estudiantes
  • 22. Procedimiento del maestro • Comenzará el procedimiento de atención y referido de acuerdo a información recopilada con el estudiante. • Referirá al director para que en colaboración con el Personal de Apoyo (trabajador social, consejero escolar) se desarrolle un Plan de Intervención, de ser necesario. • El personal escolar que incumpla con esta responsabilidad está incurriendo en negligencia institucional y será procesado, según lo establecido por ley.
  • 23.
  • 24. Procedimiento para estudiantes con problemas de disciplina
  • 25. Problemas de disciplina • Aquellos aspectos actitudinales que interrumpen los procesos en una sala de clases o dentro del plantel escolar, que violentan las normas, reglas y el orden institucional establecido. • Constituyen conductas tales como: Llegar tarde Vandalismo Ruidos innecesarios Faltar el respeto Reto a la autoridad
  • 26. Procedimiento • Serán evaluados por el Comité de Disciplina Escolar. • Se determinara la sanción de acuerdo a lo que estipule el Reglamento Escolar vigente y el Reglamento interno. • El trabajador social y el consejero participarán del Comité de Disciplina, para asesorar a los funcionarios. Además de velar por los derechos del estudiante.
  • 27. Problemas de disciplina • Aquellos estudiantes cuyos problemas de disciplina estén relacionados con situaciones de índole emocional, social o familiar se debe: • Referir al trabajador social o al consejero escolar mediante hoja de endoso o referido por escrito • El documento debe evidenciar las gestiones realizadas por e; personal escolar. • El estudiante será intervenido por el personal de apoyo.
  • 28. Procedimiento de la toma y manejo de referidos en la administración de familia y niños
  • 29. El Referido es… • Aquella información verbal o escrita ofrecida por una persona obligada a informar o por cualquier otra persona, a través de la línea directa, la policía de Puerto Rico o la oficina local del Departamento, donde se narran situaciones en que se alega la sospecha o existencia de maltrato, maltrato institucional, negligencia o negligencia institucional.
  • 30. Importancia del referido • Es el primer paso en el proceso de investigación • Ofrece información sobre el riesgo y la seguridad del menor • Ayuda a establecer la prioridad en el proceso de investigación
  • 31. Contenido del referido • Información que permita identificar los menores victimas del maltrato. • Información del alegado causante y su relación con la víctima. • Información suficiente que permita localizar a la alegada victima. • Una descripción de lo que ha visto o escuchado relacionado al maltrato o negligencia • Que la situación del maltrato haya ocurrido en Puerto Rico.
  • 32. RECIBO DEL REFERIDO EN DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA • Entrevista del teleoperadora • Detalles del evento(quién ,dónde, cuándo a y qué ) • Condiciones de los menores (vulnerabilidad) • Seguridad de los menores • Elementos de peligrosidad • Acceso al perpetrador • Severidad y magnitud
  • 33. • Explorar quien es el alegado perpetrador • Medidas de protección que tomo el padre ,madre o persona responsable • Otros indicadores de maltrato ,por ejemplo negligencia en la supervisión
  • 34. Criterios para determinar la prioridad del referido • Edad del menor • Menor con impedimento físico o mental • Situación referida y su severidad • Necesidades de servicio medico inmediato • Cuándo ocurrió la situación • Lesiones,heridas o golpes • Situación de abuso sexual • Si el comportamiento del padre, madre o persona responsable al momento es violenta o esta fuera de control, lo cual resulto o puede resultar lesivo al menor.
  • 35. Medidas de protección que se pueden tomarse durante la investigación de un referido
  • 36. Custodia de Emergencia Artículo -23 Ley 246 -2011 • Cualquier policía estatal o municipal, técnico o trabajador especialmente designado por el departamento, director escolar, maestro, trabajador social, funcionario de la agencia estatal para el manejo de emergencia ,profesionales de la salud, incluyendo de la salud mental que tenga a un menor bajo tratamiento, ejercerá custodia de emergencia sin el consentimiento del padre ,madre o responsable del menor, cuando tuviere conocimiento o sospecha de que existe un riesgo para la seguridad, salud e integridad física, emocional del menor .
  • 37. Importante- Artículo .23 • Cualquier persona que ejerza custodia de emergencia de un menor informara tal hecho a la local de directa de Maltrato institucional del Departamento en la forma que dispone esta ley. • El departamento tomara las medidas protectoras para el menor y atenderá las necesidades .
  • 38. Procesos y deberes de Protección Personal de Educación • Solicitar orden de protección a favor del menor • Artículo 64-Personas autorizadas a solicitar ordene de protección a menores. (8L.P.R.A.s1181) { nota la Ley 80 -2018 añadió un nuevo art.32 y renumeró este anterior art. 63 como 64} • El padre o la madre, director escolar maestro o un oficial del orden publico o el procurador de menores o el Procurador de Asuntos de Familia, o cualquier fiscal o funcionario autorizado por el secretario del Departamento de la Familia, el trabajador social escolar, o cualquier familiar o persona responsable del menor, podrá solicitar al tribunal que expida una orden de protección a menores en contra de la persona que maltrata o se sospecha que maltrata o es negligente hacia un menor o cuando existe riesgo inminente de un menor sea maltratado.
  • 39. Acciones Posteriores • Notificara cualquier información donde sospeche que el menor esta teniendo contacto con el alegado agresor a pesar de las acciones de seguridad tomadas • Mantendrá la confidencialidad en todo momento y evitara que se revictimice al menor a través de otras entrevistas
  • 41. Primer caso • Mientras la maestra explica un problema de matemáticas en la pizarra, Yandel se levanta de la silla a conversar con otro compañero. La maestra se percata y le dice: “Pero muchacho del carajo, es que te pica el trasero, corriendo como los caballos, que tú tienes, es que no te puede sentarte”.
  • 42. Segundo caso •Desde su escritorio, la maestra llama a sus alumnos para entregarles los resultados del examen de Ciencias Naturales. Cuando llega el turno de Carmen, la maestra dice: “Carmen Díaz, tiene un 0. Todo lo hiciste mal…¿Qué es lo que te esta pasando? ¿Es vacía que tienes la cabeza?
  • 43. Tercer caso • La maestra mira a Julio en el mismo momento en que este le da un puñetazo al compañero sentado delante de él. La maestra se pone de pie, se acerca a Julio y le pregunta qué pasa. Entonces, él comienza a insultar y increpar a la maestra.
  • 44. Cómo actuó …. • Cuando un alumno interrumpe tu tiempo de clases con un mal comportamiento … • Cuando un alumno juega en clases, en vez de prestar atención… • Cuando descubre en un examen al alumno copiándose del compañero. .. • Cuando dos alumnos del curso se pelean… • Cuando dos alumnos del curso se pelean…
  • 45. La disciplina restaurativa como apoyo al aprendizaje estudiantil
  • 46. ¿Qué es disciplina? • Crear estructura, clarificar roles y manejar los conflictos en el salón de clases con el propósito de facilitar que los estudiantes alcancen las metas académicas y de socialización del currículo escolar.
  • 47. Disciplina restaurativa • Busca reparar el daño que los problemas, agresiones y conflictos causan en las personas y en las relaciones, a través de que se asuman responsabilidades y se reconozcan los errores, más que culpando o castigando. • La disciplina restaurativa pretende que el niño que cometió el error se responsabilice, repare el daño causado y, siempre que se pueda, exista reconciliación de las partes.
  • 48. Objetivos primordiales de la disciplina restaurativa • Promover el bienestar físico, psicológico, emocional y social de los estudiantes. • Enseñar a los niños la autodisciplina y comprensión de las consecuencias de su comportamiento. • Fomentar el respeto, sanación y restauración, tanto para los perjudicados, como para aquellos que causan el daño. • Educar a los estudiantes hacia un comportamiento autodirigido, cooperativo y respetuoso. • Promover, fomentar y proteger relaciones sanas entre los miembros de la comunidad. • Permitir que los estudiantes fomenten una responsabilidad personal hacia el desarrollo de habilidades de reflexión y empatía con los demás. • Orientar a los maestros en sus respuestas al comportamiento de los estudiantes. • Informar a los estudiantes y padres de familia acerca de las expectativas de comportamiento de los estudiantes. (Esquivel Marín, 2018, p. 216)
  • 49. Tecnicas de disciplina restaurativa • Reenfoque y elogie • Consiste en dirigir la atención hacia otra cosa o situación, de manera que el estudiante no reciba la atención .Esta estrategia también se le llama la técnica de extensión. Al mismo tiempo el maestro elogia las conductas adecuadas cuando se presentan. • Costo de la respuesta • En esta técnica retiramos un refuerzo o privilegio al estudiante cuando presenta una conducta inadecuada.
  • 50. • Sobre corrección • Pretende lograr que los alumnos no solo restituyan el daño causado con una conducta inadecuada, sino que vayan más allá realizando practica positivas. • Corrección verbal • Consiste en dar instrucciones o en llamar la atención de manera firme a los adolescentes. Realizándose con una expresión clara y firme, mirándoles a los ojos y en un tono de voz que solo él/ella escuche.
  • 51. CONTACTO FÍSICO Reforzador muy poderoso •Muy eficaz en niños pequeños •Formas de expresarlo: • Sentarse cerca del niño, abrazo, diálogo, palmada en el hombro, juegos que impliquen actividad física
  • 52. AUTORREFUERZO • Tiene como finalidad enseñar a los niños/as establecer objetivos de mejorar y autorreforzarse por la conducta correcta. • Cada niño se va a plantear su propio objetivo. • Ayudar al niño/a a elegir conductas claramente especificadas y en términos positivos. • Colorearán una casilla o pondrán un “sticker” en una cartulina cada vez que cumplan el objetivo.
  • 53. AUTORREFUERZO: UTILIDAD • Hace que el niño/a intente objetivos de mejorar • Le ayuda a autoevaluarse • Le enseña autorrefozarse. • Le hace ver que puede mejorar su conducta con su propio esfuerzo. • Le refuerza socialmente. • Mejora su autoestima • Le anima a intentar nuevos objetivos.
  • 56. Mediación • 1. Se concibe como una intervención en un conflicto o en una negociación por parte de una tercera persona aceptable a las partes, imparcial y neutra, sin ningún poder de decisión y que pretende ayudarlas a que ellas mismas desarrollen un acuerdo. • 2. La mediación puede referirse a la reparación del daño, a la restitución o resarcimiento de los perjuicios causados; a la realización o abstención de determinada conducta, y a la prestación de servicios a la comunidad. • “La mediación nada tiene que ver con soluciones impuestas por una tercera persona ajena a las partes, sino que es una decisión emanada de ellas mismas, a la cual han arribado alentadas y ayudadas por un mediador” (Wilde, 2000, p. 9 en Mazo, 2013, p.
  • 57. “La mediación nada tiene que ver con soluciones impuestas por una tercera persona ajena a las partes, sino que es una decisión emanada de ellas mismas, a la cual han arribado alentadas y ayudadas por un mediador” (Wilde, 2000, p. 9 en Mazo, 2013, p. 105).
  • 59. Función de los Mediadores Ayudan a que las partes expresen sus posiciones, intereses y valores. •Contribuyen a que se genere confianza entre ellas. •Facilitan la búsqueda de soluciones, no aconsejan.
  • 60. Valores de la mediación •AYUDA A TOMAR DECISIONES SOBRE UNO MISMO •PROMUEVE EL RESPETO Y LA COOPERACIÓN (todos ganan) •LOS COMPROMISOS SON ASUMIDOS COMO PROPIOS, NO SE IMPONEN •SE FAVORECE LA JUSTICIA, NO EL PODER
  • 61. Caso I • Juan y Leo pelearon en el plantel escolar y rompieron la mesa del comedor. • Que posibles remedios podemos recomendar • Recomendaciones Mediador
  • 62. Caso II • Maestro encontr0 lo que parece un arma en el bulto de estudiante… • Que debe hacer
  • 63. Caso III • Menor llego a la escuela con moretones en todo el cuerpo y dijo a maestra que tiene miedo de regresar al hogar • Que debe hacer maestro
  • 64.
  • 65.
  • 66. Referencias • https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/leyesreferencia/PDF/Justicia/ 246-2011/246-2011.pdf • Reglamento de Estudiante y asistencia obligatoria del Departamento de Educación de Puerto Rico . 17 de diciembre de 2020 Número 9243 • Carta Circular núm.: 16-2013-2014 POLÍTICA PÚBLICA ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS NORMAS DE RETENCIÓN ESCOLAR EN EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN • Ley 246- del 16 de diciembre de 2011 derogo la ley núm. 177- 2000, Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la niñez. •

Notas del editor

  1. Buscar palabras relacionadas a la conducta. También podría trabajarse un nube de ideas. Ellos la tendrán de manera impresa.
  2. Discutir cada caso con los participantes y lo que se aplicaría a cada uno de ellos. Se puede utilizar un padlet para la discusión de cada uno de ellos
  3. Discutir cada caso con los participantes y lo que se aplicaría a cada uno de ellos.
  4. Discutir cada caso con los participantes y lo que se aplicaría a cada uno de ellos.
  5. Reflexionen acerca de cada premisa