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SELECCIÓN Y
CONTRATACIÓN
PRUEBAS DE
SELECCIÓN
¿QUÉ SON?
Son pruebas para determinar las características personales del
candidato e intentar prever su conducta futura en el puesto de
trabajo. Intentan medir distintos aspectos del candidato como:
 Capacidad de aprendizaje.
 Capacidad de concentración y atención.
 Capacidad para seguir instrucciones.
 Capacidad de resistencia.
 Personalidad.
 Conocimientos.
 Actitudes y habilidades.
 Intereses
TIPOS
Pruebas psicotécnicas:
 Test de inteligencia.
 Test de personalidad.
 Proyectivo
 Introspectivos
 Test de aptitudes.
Pruebas profesionales o de conocimientos.
Pruebas de intereses vocacionales .
Pruebas situacionales .
PRUEBAS PSICOTÉCNICAS
Los test psicotécnicos son pruebas diseñadas para evaluar tus
capacidades intelectuales para la realización de tareas relacionadas
con un determinado puesto de trabajo.
Tienen un límite de tiempo por realizarlos. Por lo tanto, la
interpretación o corrección se hace basándose en dos criterios: los
aciertos y errores, y la rapidez.
TEST DE INTELIGENCIA
Suele estar compuesto por 11 test o cuyos resultados respectivos
serán llevados a una escala común haciendo posible su
comparación. El tiempo es aproximadamente de una hora.
 Test de información general
 Test de comprensión verbal
 Test de memoria de cifras
 Test de aritmética
 Test de semejanzas
 Test de vocabulario
• Test de cubos
• Test del código
• Test de ensamblaje de
objetos
• Test de clasificación de
imágenes
• Test de complementos
de imágenes
EJEMPLOS.
 Series de letras:
P-P-Q-P-Q-Q-P-Q-Q
a) P b) R c) O d)
Q
E-F-H-I-K-L-M-N-P
a) Q b) R c) S d) T
• Fluidez verbal:
Escribir palabras que
empiecen por P:
1. Puerta
3……………..
2. ………..
4…………….
• Razonamiento verbal:
 ........... es a masculino, como mujer es a ..............
a) Hombres / señoras b) malicioso / femenino
 c) hombre / femenino d) hombre / muchacha
 Razonamiento no verbal
1)
2) 3)
TEST DE PERSONALIDAD
Intentan extraer a través de preguntas de índole personal los
principales rasgos del carácter de un individuo lo que permitirá
deducir su adaptabilidad al puesto de trabajo ofertado.
Las contestaciones no son malas ni buenas, simplemente reflejan el
carácter del candidato o su forma de pensar ante determinadas
situaciones.
PROYECTIVOS
Son aquellos que permiten llegar fácilmente al inconsciente, debido
a que el sujeto desconoce qué aspecto de su personalidad están
evaluando y, por tanto, no puede controlar las respuestas de forma
consciente.
Aportan datos sobre la forma de procesar la información de las
personas, sobre aspectos de la personalidad, pensamientos,
percepciones, emociones, etc.
TEST DE RORSCHACH
Es una prueba proyectiva de aplicación individual, aporta información
sobre la forma de operar mentalmente del sujeto, habilidad
emocional, distorsión en la percepción de la realidad, uso de la
inteligencia o emoción en la solución de problemas, etc.
TEST DEL ÁRBOL
El test del árbol es un test proyectivo que evalúa la personalidad
profunda y que consiste en dibujar un árbol. Es una técnica muy
utilizada tanto en la práctica clínica como en la práctica laboral.
TEST DEL DIBUJO DE LA FIGURA
HUMANA:
Este test consiste en el dibujo de una figura humana reflejando cómo
se ve y qué piensa de sí mismo, qué imagen tiene de sí mismo y de
su cuerpo, etc.
TEST DE GRAFOLOGÍA
Objeto de estudio es la escritura; a través de su análisis y con una
metodología propia, permite conocer la personalidad de un individuo
de forma integral. En términos generales se analizan ocho aspectos
fundamentales de la escritura: Orden, tamaño, inclinación, dirección,
presión, rapidez, continuidad y forma.
INTROSPECTIVOS
Suelen consistir en un listado de preguntas cerradas con 3 opciones
de respuesta en cada pregunta. Una opción indica un polo, otra indica
el otro polo opuesto y, finalmente, la tercera quedaría indicada para
los indecisos.
Ejemplo:
Su relación con su familia es...
a) buena b) depende c) mala
¿Ha tenido alguna vez problemas en la escuela cuando era niño?
a) si b) a veces c) nunca
¿Alguna vez se ha mirado al espejo y no se ha reconocido en el?
a) si b) no se c) no
¿Alguna vez ha sentido las ganas de golpear a alguien sin motivo
aparente?
a) si b) no se c) no
PRUEBAS PROFESIONALES O DE
CONOCIMIENTOS
Son ejercicios que evalúan los conocimientos y el grado de destreza
necesarios para desarrollar un trabajo concreto. Pretenden obtener
información sobre la formación, experiencia y conocimientos
específicos que dan valor a la persona candidata.
Las distintas empresas los elaboran a medida en función de los
requerimientos del puesto. Generalmente los prepara el
departamento de personal de la empresa que ofrece el trabajo.
EJEMPLO
Esta prueba puede realizarse oralmente o por escrito, y, según el
puesto de trabajo al que aspiras, puede consistir en:
 Test de mecanografía
 Test de dominio de herramientas informáticas
 Test de idiomas
 Realización de una traducción
 Elaboración de un informe a partir de una información dada
 Reparar o montar un aparato
 Buscar una solución a un problema concreto
PRUEBAS DE INTERÉS VOCACIONAL
Indican la ocupación en la que esta mas
interesado la persona y en la que es mas
probable que encuentre satisfacción. Estas
pruebas comparan los intereses del individuo
con los de los empleados exitosos en un
puesto especifico. Su uso principal ha estado
en el asesoramiento y conserjería
vocacional.
PRUEBAS SITUACIONALES
De naturaleza conductual, en el que los candidatos se enfrentan de
manera real o simulada a situaciones parecidas en sus
características y contenidos a aquellas que deberán de resolver en
la ejecución de las tareas del cargo para el que están realizando.
EJEMPLO
 Discusión en grupos: se le plantea una situación problema a un
grupo de participantes y deben llegar a una solución conjunta.
Habitualmente son problemas complejos donde no hay solución
correcta.
 Presentaciones orales: en las que el candidato puede elegir el
tema de su exposición, el tema se le impone o puede escoger
entre una lista de temas.
Es necesario contextualizar la audiencia, las circunstancias y el
tipo de presentación.
VENTAJAS Y
DESVENTAJAS DE
C/U DE LAS
PRUEBAS
TEST DE
INTELIGENCIA
VENTAJAS:
• Los test sirven como complemento del diagnóstico y deben
utilizarse combinados para garantizar la confiabilidad
necesaria, lo cual se verifica en la obtención de idénticos
resultados obtenidos por distintos profesionales a una misma
persona, con un mismo test.
•
Optimizan los recursos disponibles, acotan tiempos y aportan
elementos objetivos.
DESVENTAJAS:
• Los test individuales no arrojan resultados fidedignos, porque no puede
estimularse el comportamiento siempre de la misma forma.
•
Los test de inteligencia son relativos, miden un determinado tipo de
inteligencia, que apenas conforma un sector de la inteligencia humana.
• Los resultados, sobre todo en el área lógico-matemática, varían con el tiemp.
• Los resultados de las pruebas suelen servir para etiquetar individuos. Por lo
cual pierden valor en la práctica.
• Los test permiten elaborar estadísticas de aproximación sobre determinadas
tendencias de comportamiento, pero no permiten establecer el
comportamiento individual.
TEST DE PERSONALIDAD
VETAJAS:
• Son más fáciles y por ende más baratos para administrar.
• Cubren extensamente un área mayor de conocimiento.
• Aprecian la capacidad y la organización de las ideas, con
confrontación rápida de los resultados.
• Revelan requisitos difíciles de ser apreciados.
• Tienden a estar menos sujetas a los prejuicios, ofrecen un juicio
objetivo.
• Permiten reunir una gran cantidad de información sobre una
persona en un período de tiempo relativamente corto.
DESVENTAJAS:
• Posible inexactitud en el análisis.
• Los costos de tasar los resultados.
• Son extensos y se necesita tiempo para realizarlos.
PRUEBAS PSICOTÉCNICAS.
VENTAJAS:
• Fácil aplicación.
• Permiten conocer las habilidades, intereses, características de
personalidad que poseen los aspirantes a ocupar un puesto dentro de la
empresa.
• Predicen el comportamiento futuro del candidato en su puesto.
DESVENTAJAS:
• Deben ser administrados por especialistas.
• Es posible que movilicen reacciones negativas
• No deben tomarse como único criterio de selección, sino en
complemento con entrevistas.
• Deben ser administrados y analizados con criterio ético, y revelar sólo lo
necesario para el requerimiento del puesto.
Conclusión de las pruebas (ventajas &
desventajas)
conocer más datos relevantes sobre el candidato
mayor libertad al entrevistado y entrevistador y, por lo
tanto, es lo que da mayores resultados.
descubrir la tendencia no a mentir
evaluar la cultura general, las facultades de
abstracción, la memoria y los conocimientos de un
sujeto.
permite la evaluación de la atención, de la organización
especial, de la rapidez perceptiva, de la capacidad de
razonamiento de un sujeto.
VENTAJAS
DESVENTAJAS
No permite obtener una libertad al momento de realizarse, para el
entrevistado al no poder cuestionar las preguntas.
Su validez es a menudo puesta en duda.
TIPOS DE CONTRATOS
- Contrato indefinido de fijos-discontinuos
- Contratación de minusválidos
- Contrato para el fomento de la contratación indefinida
- Contrato para la formación
- Contratos en prácticas
- Contrato temporal para trabajadores desempleados en situación
de exclusión social
- Contrato de obra o servicio determinado
- Contrato eventual por circunstancias de la producción
- Contrato de interinidad
- Contratación en sustitución por anticipación de la edad de
jubilación
- Contrato de relevo
- Contrato a tiempo parcial
- Contratos de inserción
- Contrato de trabajo de grupo
- Contrato de trabajo a domicilio
CONTRATO INDEFINIDO
 Es todo contrato que concierta la prestación de servicios por un
tiempo ilimitado.
Puede ser tanto de palabra o como escrito, con la excepción, de
los acogidos al programa de fomento de la contratación
indefinida, minusválidos, etc. Además, se convertirán en fijos,
independientemente de su modalidad contractual:
Los trabajadores que no son dados de alta en la Seguridad
Social.
Los trabajadores con contratos temporales en fraude de ley.
CONTRATO INDEFINIDO DE FIJOS-
DISCONTINUOS
 Es el que se realiza para trabajos que son fijos pero no se repiten
en determinadas fechas, produciendo discontinuidad en el
tiempo. Imprescindible es que figure:
La jornada estimada y su distribución horaria
La duración prevista para la actividad.
La forma y el orden del llamamiento, según el convenio colectivo
que le corresponda. Los trabajadores contratados bajo esta
modalidad se regirán por el convenio colectivo que le
corresponda. En convenio colectivo sectorial se puede acordar,
cuando las peculiaridades de la actividad lo justifiquen, el uso de
contratos de fijos-discontinuos en la modalidad de tiempo parcial,
así como la conversión de temporales a fijos-discontinuos.
CONTRATACIÓN DE MINUSVÁLIDOS
 Esta modalidad fue creada para facilitar la integración laboral de las
personas con discapacidad.
Existe la obligación de contratar a minusválidos en todas las
empresas públicas y privadas que tengan 50 o más trabajadores. De
la plantilla total de la empresa, al menos el 2% serán trabajadores
minusválidos.
La contratación para los trabajadores con alguna discapacidad
puede tener distintas modalidades, tales como:
Indefinida minusválidos
Este tipo de contratación se realiza a trabajadores con un mínimo de
minusvalía reconocida del 33% ó más, y que estén inscritos en el
INEM.
CONTRATO PARA EL FOMENTO DE
LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
 Tiene como objetivo facilitar el empleo estable para trabajadores
desempleados y aquellos sujetos a una relación laboral de carácter temporal.
El contrato se concertará por tiempo indefinido.
Pueden ser objeto de este tipo de contrato los siguientes:
Trabajadores desempleados inscritos en INEM y que ostenten alguna de las
siguientes condiciones:
Tener entre 16 y 30 años, ambos inclusive.
Ser mujeres desempleadas, y contratadas para prestar servicios en
profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino.
Trabajadores mayores de 45 años de edad.
Parados de larga duración, con más de seis meses inscritos
ininterrumpidamente como demandantes de empleo.
Ser minusválido.
Trabajadores que, en la fecha de inicio del contrato de fomento de la
contratación indefinida, estuvieran empleados en la misma empresa
mediante un contrato de duración determinada o temporal, incluidos los
contratos formativos.
CONTRATO PARA LA FORMACIÓN
 Este contrato tiene como finalidad la adquisición de formación teórico-práctica
necesaria para la realización adecuada de un trabajo que requiera algún tipo de
cualificación o acreditación.
Para ello, los trabajadores deben ser mayores de 16 años y menores de 21. No
aplicándose ningún límite de edad cuando el contrato vaya dirigido a
desempleados minusválidos, trabajadores extranjeros, desempleados que lleven
más de tres años sin trabajo, los que estén en situación de exclusión social y Los
que se incorporen como alumnos-trabajadores a los programas de escuelas-taller,
casas de oficios y talleres de empleo.
Los requisitos necesarios son:
No tener la titulación correspondiente para el ejercicio de la profesión.
No haber estado en el puesto para el que se contrata con anterioridad, dentro de
la misma empresa, más de 12 meses.
Si se hubiera tenido una contratación en aprendizaje con anterioridad, inferior a
dos años, se podrá contratar para formación sólo por el tiempo que quede hasta
completar la duración establecida.
CONTRATOS EN PRÁCTICAS
 Sirven para facilitar las prácticas profesionales a los trabajadores
con título universitario o formación profesional de grado medio o
superior, e incluso otros títulos, siempre y cuando estén reconocidos
oficialmente como equivalentes y que habiliten para el ejercicio
profesional.
Además de dichas titulaciones, se exige no haber transcurrido más
de cuatro años desde que se acabaron los estudios o de seis años
cuando el contrato se concierte con un trabajador discapacitado.
El puesto de trabajo deberá permitir la obtención de estas prácticas
según el nivel de estudios cursados. Por convenio se podrá
determinar que puestos de trabajo, grupos, niveles o categorías
profesionales serán objeto de este tipo de contratos.
La duración no podrá ser menor de seis meses ni mayor de dos
años, sin perjuicio de lo que se suscriba mediante convenios
colectivos.
CONTRATO TEMPORAL PARA
TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN
SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL
 El objetivo es fomentar la contratación de aquellos trabajadores
en situación de exclusión social, que están desempleados.
La situación de exclusión social se acreditará y se determinará
por la pertenencia a colectivos tales como los perceptores de
rentas mínimas de inserción, personas que no puedan acceder a
las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo
anterior, jóvenes de entre dieciocho y treinta años de instituciones
de protección de menores. También, personas con problemas de
drogadicción o alcoholismo que están en proceso de
rehabilitación o reinserción; así como, los internos de centros
penitenciarios cuya situación les permita acceder a un empleo y
ex reclusos.
CONTRATO DE OBRA O SERVICIO
DETERMINADO
 En convenios se podrán identificar aquellos trabajos o tareas que
pueden cubrirse con estos tipos de contratos.
La duración vendrá marcada en función del tiempo estipulado
para la realización de una obra o servicio. Si se trata de un
tiempo superior a un año, para efectuar la extinción del contrato
se necesita un preaviso de 15 días. Si el empresario lo
incumpliera, se indemnizará por el equivalente al salario del plazo
incumplido.
CONTRATO EVENTUAL POR
CIRCUNSTANCIAS DE LA
PRODUCCIÓN
 Se celebra para responder a las exigencias del mercado,
acumulación de tareas o exceso de pedidos, que surgen en la
empresa, en un momento determinado. Por convenio colectivo se
podrán fijar las actividades en las que pueden contratarse
trabajadores eventuales y los criterios de adecuación a la
plantilla.
La duración máxima será de seis meses en un período de un
año. Aunque, por convenio se podrá modificar la duración
máxima de los mismos, así como, el período en el que se
realizarán.
CONTRATO DE INTERINIDAD
 Este contrato tiene como finalidad sustituir a un trabajador con
derecho a reserva de puesto de trabajo para cubrir
temporalmente ese puesto de trabajo durante el proceso de
selección o promoción, para su ocupación definitiva.
El contrato durará mientras subsista el derecho del trabajador
sustituido a la reserva de puesto de trabajo, o por el tiempo que
dure el proceso de selección o promoción para cubrir dicho
puesto, en cuyo caso no se excederá de tres meses. Se
extinguirá por la reincorporación del trabajador sustituido; o por el
tiempo establecido para la incorporación; así como por el
transcurso del plazo de tres meses para el caso de un proceso de
selección.
CONTRATACIÓN EN SUSTITUCIÓN
POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE
JUBILACIÓN
 Su fin es la contratación de trabajadores desempleados para
sustituir a aquellos trabajadores que anticipen su edad ordinaria
de jubilación de 65 a 64 años.
Los Requisitos de los trabajadores son:
Que el trabajador que se jubile, le quede un año para alcanzar la
jubilación.
Y que el trabajador que le sustituya esté inscrito como
desempleado en EL INEM.
CONTRATO DE RELEVO
 Se concierta con un trabajador en situación de desempleo o que
tuviera concertado con la empresa un contrato de duración
determinada, para sustituir parcialmente a un trabajador de la
empresa que se jubila de manera parcial, ya que
simultáneamente trabaja a tiempo parcial en la empresa, además
de estar jubilado.
CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Se celebra cuando se haya acordado la prestación de servicios
durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año,
inferiores a la jornada a tiempo.
En esta modalidad se puede contratar por tiempo indefinido o por
duración determinada. El contrato a tiempo parcial se entenderá
celebrado por tiempo indefinido cuando se concierte para realizar
trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de actividad
de la empresa. No está permitida la celebración a tiempo parcial
en los contratos para la formación y en la modalidad contractual
de anticipación de la edad de jubilación como medida de fomento
del empleo.
CONTRATOS DE INSERCIÓN
 Para participar en programas públicos de realización de obras y
servicios de interés general y social. El objetivo que se persigue
es por un lado, la adquisición de experiencia laboral, y por otro,
facilitar la mejora de la ocupación al desempleado.
Hay que señalar, que uno de los rasgos principales es la
temporalidad de estos contratos, pues se conciertan por un
periodo de tiempo determinado, y siempre entre Administración o
entidad sin ánimo de lucro y un desempleado para la realización
de servicio de interés general o social.
CONTRATO DE TRABAJO DE GRUPO
 Se caracteriza por acordarse entre un empresario y el jefe de un
grupo de trabajadores considerado en global, no teniendo el
empresario derechos y deberes, sobre cada uno de los
miembros, ya que el Jefe de Grupo tiene la representación de
estos trabajadores, respondiendo de las obligaciones de dicha
representación.
CONTRATO DE TRABAJO A
DOMICILIO
 Este tipo de contrato se da cuando la prestación del servicio se
realiza en el domicilio del trabajador, o en un lugar libremente
elegido por él, sin vigilancia del empresario.
TIPOS DE CONTRATOS
DE TRABAJO EN
MEXICO
La Ley Federal del Trabajo (LFT), establece en su artículo 25, que
los contratantes se encuentran obligados a establecer las
condiciones de trabajo con sus empleados, a través de Contratos
por escrito, en caso de no cumplirse con dicha obligación legal,
éstos se hacen acreedores a sanciones de carácter administrativo y
legal.
CONTRATOS INDIVIDUALES
 especifican las condiciones de trabajo a que se refiere el
artículo mencionado y que a continuación se detallan:
1. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio del
trabajador y del patrón.
2. Tipo de la relación de trabajo.
3. El servicio que debe prestarse.
4. El lugar en el que deba prestarse el servicio.
5. La duración de la jornada.
6. La forma y el monto del salario.
7. El día y el lugar de pago del salario.
8. Capacitación o adiestramiento en término de los planes y
programas establecidos.
9. Condiciones de trabajo tales como días de descanso,
vacaciones y demás que convengan el patrón y el trabajador
CONTRATO COLECTIVO
 Documento en el que trabajadores y patrones determinan de
manera libre las condiciones de trabajo que van a estar
vigentes durante un determinado tiempo, tomando como
base los mínimos que establece la Ley Federal del Trabajo.
CONTRATO-LEY
 Convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores
y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones
 Establece las condiciones según las cuales debe prestarse el
trabajo en una rama determinada de la industria.
 Puede ser declarado obligatorio en una o varias Entidades
Federativas, en una o varias zonas económicas o en todo el
territorio nacional.
CONTRATO POR TIEMPO
INDETERMINADO
 Se encuentran regulados por el artículo 35 de nuestra ley, y
aplican a casos en los cuales la naturaleza de las funciones
que desempeñan los empleados son de carácter
permanente.
CONTRATO POR TIEMPO
DETERMINADO
 El artículo 37 de la LFT, establece que este tipo de contrato se
justifica siempre y cuando, lo exija la naturaleza del trabajo que
se va a llevar a cabo y cuando tenga por objeto sustituir
temporalmente a un trabajador.
 se trata de una contratación a 6 meses
CONTRATO POR OBRA
DETERMINADA
 Este contrato únicamente es permitido cuando lo exija la
naturaleza de las labores a realizar.
ESTIPULACIONE
S DE CONTRATO
Laboral
CONTRATO POR CATEGORÍAS
 Contrato Individual Para Trabajo De Temporada
 Contrato Individual De Trabajo Por Tiempo Indeterminado Con
Período De Prueba
 Contrato Individual De Trabajo Por Tiempo Indeterminado “A
Destajo” (Art. 112, Ley 20.744)
 Contrato Individual De Trabajo Por Tiempo Indeterminado (Ley
20.744)
 Contrato Individual De Trabajo Por Plazo Indeterminado, A
Tiempo Parcial (Con Período De Prueba)
 Contrato Individual De Trabajo Eventual (Arts. 99 Y 100, Ley
20.744, Ref. Ley 24.013)
 Contrato Individual De Trabajo Agrario No Permanente (Temporario
Ley 22.248 Ref: 23.808; 24.013; 24.557)
 Contrato Individual De Trabajo A Plazo Fijo Y Tiempo Parcial (Art. 90
Inc. “A” Y “B” Y 92 Ter, Ley 20.744, Ref. 24.465)
 Contrato Individual De Trabajo A Plazo Fijo Para Extranjeros Que
Inician Trámite Pro Radicación En El País
 Contrato Individual De Trabajo A Plazo Fijo (Art. 90 Inc. “A” Y “B” Y
93 A 95, Ley 20.744)
 Contrato Individual De Pasantía Para Formación Profesional (Ley
25.013 Y Dec. 1227/01 )
 Contrato De Habilitación (Cuasi sociedad Con Vínculo)
 Contrato Colectivo De Trabajo De Grupo O Por Equipo (Tiempo
Indeterminado Con Período De Prueba)
ESTIPULACIONES QUE DEBE
CONTENER EL CONTRATO
 1° LUGAR Y FECHA DEL CONTRATO.
 2° INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES CON INDICACIÓN DE
 LA NACIONALIDAD Y FECHAS DE NACIMIENTO E INGRESO
 DEL TRABABAJADOR.
 3° NATURALEZA DE LOS SERVICIOS Y DEL LUGAR O CIUDAD EN QUE
HAYAN DE
 PRESTARSE. EL CONTRATO PODRÁ SEÑALAR DOS O MAS FUNCIONES
 ESPECÍFICAS, SEAN ESTAS ALTERNATIVAS O COMPLEMENTARIAS.
 4.- MONTO, FORMA Y PERDIODO DE PAGO DE LA REMUNERACIÓN
ACORDADA.
 5.- DURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO, SALVO QUE
LA
 EMPRESA EXISTIERE EL CONTRATO DE TRABAJO POR TURNO, CASO EN
EL CUAL
 SE ESTARÁ A LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO INTERNO.
 6.- PLAZO DEL CONTRATO.
 7.- DEMÁS PACTOS QUE ACORDAREN LAS PARTES.
TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN
LABORAL
 - Indemnización por años de servicio: el artículo 163 del código
del trabajo en el inciso primero nos dice que si el empleador
despide a un trabajador aplicando la causal de necesidades de la
empresa, debe pagar al trabajador una indemnización por años
de servicio.
 - El inciso 2° del mismo artículo dice :”el empleador deberá pagar
al trabajador una indemnización equivalente a treinta días de la
ultima
CLAUSULAS DE
LOS CONTRATOS
ART. 123
Del trabajo y la prevención social
 Articulo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y
socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos
y la organización social de trabajo, conforme ala ley.
 Jornadas de trabajo máximas de 8 horas.
 Turnos nocturnos(prohibido para menores de 16 años).
 7dias de trabajo, 1 día de descanso.
 Queda prohibida la utilización del trabajo
de menores(-14 años) .
 Salarios mínimos serán generales
(A:$64.76 B:$61.38)
 Trabajo igual salario igual
 Derecho a utilidades
 Empresarios responsables de los accidentes y enfermedades en
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 Capacitación y adiestramiento
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Seleccion y contratos

  • 3. ¿QUÉ SON? Son pruebas para determinar las características personales del candidato e intentar prever su conducta futura en el puesto de trabajo. Intentan medir distintos aspectos del candidato como:  Capacidad de aprendizaje.  Capacidad de concentración y atención.  Capacidad para seguir instrucciones.  Capacidad de resistencia.  Personalidad.  Conocimientos.  Actitudes y habilidades.  Intereses
  • 4. TIPOS Pruebas psicotécnicas:  Test de inteligencia.  Test de personalidad.  Proyectivo  Introspectivos  Test de aptitudes. Pruebas profesionales o de conocimientos. Pruebas de intereses vocacionales . Pruebas situacionales .
  • 5. PRUEBAS PSICOTÉCNICAS Los test psicotécnicos son pruebas diseñadas para evaluar tus capacidades intelectuales para la realización de tareas relacionadas con un determinado puesto de trabajo. Tienen un límite de tiempo por realizarlos. Por lo tanto, la interpretación o corrección se hace basándose en dos criterios: los aciertos y errores, y la rapidez.
  • 6. TEST DE INTELIGENCIA Suele estar compuesto por 11 test o cuyos resultados respectivos serán llevados a una escala común haciendo posible su comparación. El tiempo es aproximadamente de una hora.  Test de información general  Test de comprensión verbal  Test de memoria de cifras  Test de aritmética  Test de semejanzas  Test de vocabulario • Test de cubos • Test del código • Test de ensamblaje de objetos • Test de clasificación de imágenes • Test de complementos de imágenes
  • 7. EJEMPLOS.  Series de letras: P-P-Q-P-Q-Q-P-Q-Q a) P b) R c) O d) Q E-F-H-I-K-L-M-N-P a) Q b) R c) S d) T • Fluidez verbal: Escribir palabras que empiecen por P: 1. Puerta 3…………….. 2. ……….. 4…………….
  • 8. • Razonamiento verbal:  ........... es a masculino, como mujer es a .............. a) Hombres / señoras b) malicioso / femenino  c) hombre / femenino d) hombre / muchacha
  • 9.  Razonamiento no verbal 1) 2) 3)
  • 10. TEST DE PERSONALIDAD Intentan extraer a través de preguntas de índole personal los principales rasgos del carácter de un individuo lo que permitirá deducir su adaptabilidad al puesto de trabajo ofertado. Las contestaciones no son malas ni buenas, simplemente reflejan el carácter del candidato o su forma de pensar ante determinadas situaciones.
  • 11. PROYECTIVOS Son aquellos que permiten llegar fácilmente al inconsciente, debido a que el sujeto desconoce qué aspecto de su personalidad están evaluando y, por tanto, no puede controlar las respuestas de forma consciente. Aportan datos sobre la forma de procesar la información de las personas, sobre aspectos de la personalidad, pensamientos, percepciones, emociones, etc.
  • 12. TEST DE RORSCHACH Es una prueba proyectiva de aplicación individual, aporta información sobre la forma de operar mentalmente del sujeto, habilidad emocional, distorsión en la percepción de la realidad, uso de la inteligencia o emoción en la solución de problemas, etc.
  • 13. TEST DEL ÁRBOL El test del árbol es un test proyectivo que evalúa la personalidad profunda y que consiste en dibujar un árbol. Es una técnica muy utilizada tanto en la práctica clínica como en la práctica laboral.
  • 14. TEST DEL DIBUJO DE LA FIGURA HUMANA: Este test consiste en el dibujo de una figura humana reflejando cómo se ve y qué piensa de sí mismo, qué imagen tiene de sí mismo y de su cuerpo, etc.
  • 15. TEST DE GRAFOLOGÍA Objeto de estudio es la escritura; a través de su análisis y con una metodología propia, permite conocer la personalidad de un individuo de forma integral. En términos generales se analizan ocho aspectos fundamentales de la escritura: Orden, tamaño, inclinación, dirección, presión, rapidez, continuidad y forma.
  • 16. INTROSPECTIVOS Suelen consistir en un listado de preguntas cerradas con 3 opciones de respuesta en cada pregunta. Una opción indica un polo, otra indica el otro polo opuesto y, finalmente, la tercera quedaría indicada para los indecisos. Ejemplo: Su relación con su familia es... a) buena b) depende c) mala ¿Ha tenido alguna vez problemas en la escuela cuando era niño? a) si b) a veces c) nunca ¿Alguna vez se ha mirado al espejo y no se ha reconocido en el? a) si b) no se c) no ¿Alguna vez ha sentido las ganas de golpear a alguien sin motivo aparente? a) si b) no se c) no
  • 17. PRUEBAS PROFESIONALES O DE CONOCIMIENTOS Son ejercicios que evalúan los conocimientos y el grado de destreza necesarios para desarrollar un trabajo concreto. Pretenden obtener información sobre la formación, experiencia y conocimientos específicos que dan valor a la persona candidata. Las distintas empresas los elaboran a medida en función de los requerimientos del puesto. Generalmente los prepara el departamento de personal de la empresa que ofrece el trabajo.
  • 18. EJEMPLO Esta prueba puede realizarse oralmente o por escrito, y, según el puesto de trabajo al que aspiras, puede consistir en:  Test de mecanografía  Test de dominio de herramientas informáticas  Test de idiomas  Realización de una traducción  Elaboración de un informe a partir de una información dada  Reparar o montar un aparato  Buscar una solución a un problema concreto
  • 19. PRUEBAS DE INTERÉS VOCACIONAL Indican la ocupación en la que esta mas interesado la persona y en la que es mas probable que encuentre satisfacción. Estas pruebas comparan los intereses del individuo con los de los empleados exitosos en un puesto especifico. Su uso principal ha estado en el asesoramiento y conserjería vocacional.
  • 20. PRUEBAS SITUACIONALES De naturaleza conductual, en el que los candidatos se enfrentan de manera real o simulada a situaciones parecidas en sus características y contenidos a aquellas que deberán de resolver en la ejecución de las tareas del cargo para el que están realizando.
  • 21. EJEMPLO  Discusión en grupos: se le plantea una situación problema a un grupo de participantes y deben llegar a una solución conjunta. Habitualmente son problemas complejos donde no hay solución correcta.  Presentaciones orales: en las que el candidato puede elegir el tema de su exposición, el tema se le impone o puede escoger entre una lista de temas. Es necesario contextualizar la audiencia, las circunstancias y el tipo de presentación.
  • 23. TEST DE INTELIGENCIA VENTAJAS: • Los test sirven como complemento del diagnóstico y deben utilizarse combinados para garantizar la confiabilidad necesaria, lo cual se verifica en la obtención de idénticos resultados obtenidos por distintos profesionales a una misma persona, con un mismo test. • Optimizan los recursos disponibles, acotan tiempos y aportan elementos objetivos.
  • 24. DESVENTAJAS: • Los test individuales no arrojan resultados fidedignos, porque no puede estimularse el comportamiento siempre de la misma forma. • Los test de inteligencia son relativos, miden un determinado tipo de inteligencia, que apenas conforma un sector de la inteligencia humana. • Los resultados, sobre todo en el área lógico-matemática, varían con el tiemp. • Los resultados de las pruebas suelen servir para etiquetar individuos. Por lo cual pierden valor en la práctica. • Los test permiten elaborar estadísticas de aproximación sobre determinadas tendencias de comportamiento, pero no permiten establecer el comportamiento individual.
  • 25. TEST DE PERSONALIDAD VETAJAS: • Son más fáciles y por ende más baratos para administrar. • Cubren extensamente un área mayor de conocimiento. • Aprecian la capacidad y la organización de las ideas, con confrontación rápida de los resultados. • Revelan requisitos difíciles de ser apreciados. • Tienden a estar menos sujetas a los prejuicios, ofrecen un juicio objetivo. • Permiten reunir una gran cantidad de información sobre una persona en un período de tiempo relativamente corto. DESVENTAJAS: • Posible inexactitud en el análisis. • Los costos de tasar los resultados. • Son extensos y se necesita tiempo para realizarlos.
  • 26. PRUEBAS PSICOTÉCNICAS. VENTAJAS: • Fácil aplicación. • Permiten conocer las habilidades, intereses, características de personalidad que poseen los aspirantes a ocupar un puesto dentro de la empresa. • Predicen el comportamiento futuro del candidato en su puesto. DESVENTAJAS: • Deben ser administrados por especialistas. • Es posible que movilicen reacciones negativas • No deben tomarse como único criterio de selección, sino en complemento con entrevistas. • Deben ser administrados y analizados con criterio ético, y revelar sólo lo necesario para el requerimiento del puesto.
  • 27. Conclusión de las pruebas (ventajas & desventajas)
  • 28. conocer más datos relevantes sobre el candidato mayor libertad al entrevistado y entrevistador y, por lo tanto, es lo que da mayores resultados. descubrir la tendencia no a mentir evaluar la cultura general, las facultades de abstracción, la memoria y los conocimientos de un sujeto. permite la evaluación de la atención, de la organización especial, de la rapidez perceptiva, de la capacidad de razonamiento de un sujeto. VENTAJAS
  • 29. DESVENTAJAS No permite obtener una libertad al momento de realizarse, para el entrevistado al no poder cuestionar las preguntas. Su validez es a menudo puesta en duda.
  • 30. TIPOS DE CONTRATOS - Contrato indefinido de fijos-discontinuos - Contratación de minusválidos - Contrato para el fomento de la contratación indefinida - Contrato para la formación - Contratos en prácticas - Contrato temporal para trabajadores desempleados en situación de exclusión social - Contrato de obra o servicio determinado - Contrato eventual por circunstancias de la producción - Contrato de interinidad - Contratación en sustitución por anticipación de la edad de jubilación - Contrato de relevo - Contrato a tiempo parcial - Contratos de inserción - Contrato de trabajo de grupo - Contrato de trabajo a domicilio
  • 31. CONTRATO INDEFINIDO  Es todo contrato que concierta la prestación de servicios por un tiempo ilimitado. Puede ser tanto de palabra o como escrito, con la excepción, de los acogidos al programa de fomento de la contratación indefinida, minusválidos, etc. Además, se convertirán en fijos, independientemente de su modalidad contractual: Los trabajadores que no son dados de alta en la Seguridad Social. Los trabajadores con contratos temporales en fraude de ley.
  • 32. CONTRATO INDEFINIDO DE FIJOS- DISCONTINUOS  Es el que se realiza para trabajos que son fijos pero no se repiten en determinadas fechas, produciendo discontinuidad en el tiempo. Imprescindible es que figure: La jornada estimada y su distribución horaria La duración prevista para la actividad. La forma y el orden del llamamiento, según el convenio colectivo que le corresponda. Los trabajadores contratados bajo esta modalidad se regirán por el convenio colectivo que le corresponda. En convenio colectivo sectorial se puede acordar, cuando las peculiaridades de la actividad lo justifiquen, el uso de contratos de fijos-discontinuos en la modalidad de tiempo parcial, así como la conversión de temporales a fijos-discontinuos.
  • 33. CONTRATACIÓN DE MINUSVÁLIDOS  Esta modalidad fue creada para facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad. Existe la obligación de contratar a minusválidos en todas las empresas públicas y privadas que tengan 50 o más trabajadores. De la plantilla total de la empresa, al menos el 2% serán trabajadores minusválidos. La contratación para los trabajadores con alguna discapacidad puede tener distintas modalidades, tales como: Indefinida minusválidos Este tipo de contratación se realiza a trabajadores con un mínimo de minusvalía reconocida del 33% ó más, y que estén inscritos en el INEM.
  • 34. CONTRATO PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA  Tiene como objetivo facilitar el empleo estable para trabajadores desempleados y aquellos sujetos a una relación laboral de carácter temporal. El contrato se concertará por tiempo indefinido. Pueden ser objeto de este tipo de contrato los siguientes: Trabajadores desempleados inscritos en INEM y que ostenten alguna de las siguientes condiciones: Tener entre 16 y 30 años, ambos inclusive. Ser mujeres desempleadas, y contratadas para prestar servicios en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino. Trabajadores mayores de 45 años de edad. Parados de larga duración, con más de seis meses inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo. Ser minusválido. Trabajadores que, en la fecha de inicio del contrato de fomento de la contratación indefinida, estuvieran empleados en la misma empresa mediante un contrato de duración determinada o temporal, incluidos los contratos formativos.
  • 35. CONTRATO PARA LA FORMACIÓN  Este contrato tiene como finalidad la adquisición de formación teórico-práctica necesaria para la realización adecuada de un trabajo que requiera algún tipo de cualificación o acreditación. Para ello, los trabajadores deben ser mayores de 16 años y menores de 21. No aplicándose ningún límite de edad cuando el contrato vaya dirigido a desempleados minusválidos, trabajadores extranjeros, desempleados que lleven más de tres años sin trabajo, los que estén en situación de exclusión social y Los que se incorporen como alumnos-trabajadores a los programas de escuelas-taller, casas de oficios y talleres de empleo. Los requisitos necesarios son: No tener la titulación correspondiente para el ejercicio de la profesión. No haber estado en el puesto para el que se contrata con anterioridad, dentro de la misma empresa, más de 12 meses. Si se hubiera tenido una contratación en aprendizaje con anterioridad, inferior a dos años, se podrá contratar para formación sólo por el tiempo que quede hasta completar la duración establecida.
  • 36. CONTRATOS EN PRÁCTICAS  Sirven para facilitar las prácticas profesionales a los trabajadores con título universitario o formación profesional de grado medio o superior, e incluso otros títulos, siempre y cuando estén reconocidos oficialmente como equivalentes y que habiliten para el ejercicio profesional. Además de dichas titulaciones, se exige no haber transcurrido más de cuatro años desde que se acabaron los estudios o de seis años cuando el contrato se concierte con un trabajador discapacitado. El puesto de trabajo deberá permitir la obtención de estas prácticas según el nivel de estudios cursados. Por convenio se podrá determinar que puestos de trabajo, grupos, niveles o categorías profesionales serán objeto de este tipo de contratos. La duración no podrá ser menor de seis meses ni mayor de dos años, sin perjuicio de lo que se suscriba mediante convenios colectivos.
  • 37. CONTRATO TEMPORAL PARA TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL  El objetivo es fomentar la contratación de aquellos trabajadores en situación de exclusión social, que están desempleados. La situación de exclusión social se acreditará y se determinará por la pertenencia a colectivos tales como los perceptores de rentas mínimas de inserción, personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, jóvenes de entre dieciocho y treinta años de instituciones de protección de menores. También, personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que están en proceso de rehabilitación o reinserción; así como, los internos de centros penitenciarios cuya situación les permita acceder a un empleo y ex reclusos.
  • 38. CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO  En convenios se podrán identificar aquellos trabajos o tareas que pueden cubrirse con estos tipos de contratos. La duración vendrá marcada en función del tiempo estipulado para la realización de una obra o servicio. Si se trata de un tiempo superior a un año, para efectuar la extinción del contrato se necesita un preaviso de 15 días. Si el empresario lo incumpliera, se indemnizará por el equivalente al salario del plazo incumplido.
  • 39. CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN  Se celebra para responder a las exigencias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, que surgen en la empresa, en un momento determinado. Por convenio colectivo se podrán fijar las actividades en las que pueden contratarse trabajadores eventuales y los criterios de adecuación a la plantilla. La duración máxima será de seis meses en un período de un año. Aunque, por convenio se podrá modificar la duración máxima de los mismos, así como, el período en el que se realizarán.
  • 40. CONTRATO DE INTERINIDAD  Este contrato tiene como finalidad sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo para cubrir temporalmente ese puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su ocupación definitiva. El contrato durará mientras subsista el derecho del trabajador sustituido a la reserva de puesto de trabajo, o por el tiempo que dure el proceso de selección o promoción para cubrir dicho puesto, en cuyo caso no se excederá de tres meses. Se extinguirá por la reincorporación del trabajador sustituido; o por el tiempo establecido para la incorporación; así como por el transcurso del plazo de tres meses para el caso de un proceso de selección.
  • 41. CONTRATACIÓN EN SUSTITUCIÓN POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN  Su fin es la contratación de trabajadores desempleados para sustituir a aquellos trabajadores que anticipen su edad ordinaria de jubilación de 65 a 64 años. Los Requisitos de los trabajadores son: Que el trabajador que se jubile, le quede un año para alcanzar la jubilación. Y que el trabajador que le sustituya esté inscrito como desempleado en EL INEM.
  • 42. CONTRATO DE RELEVO  Se concierta con un trabajador en situación de desempleo o que tuviera concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para sustituir parcialmente a un trabajador de la empresa que se jubila de manera parcial, ya que simultáneamente trabaja a tiempo parcial en la empresa, además de estar jubilado.
  • 43. CONTRATO A TIEMPO PARCIAL  Se celebra cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferiores a la jornada a tiempo. En esta modalidad se puede contratar por tiempo indefinido o por duración determinada. El contrato a tiempo parcial se entenderá celebrado por tiempo indefinido cuando se concierte para realizar trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de actividad de la empresa. No está permitida la celebración a tiempo parcial en los contratos para la formación y en la modalidad contractual de anticipación de la edad de jubilación como medida de fomento del empleo.
  • 44. CONTRATOS DE INSERCIÓN  Para participar en programas públicos de realización de obras y servicios de interés general y social. El objetivo que se persigue es por un lado, la adquisición de experiencia laboral, y por otro, facilitar la mejora de la ocupación al desempleado. Hay que señalar, que uno de los rasgos principales es la temporalidad de estos contratos, pues se conciertan por un periodo de tiempo determinado, y siempre entre Administración o entidad sin ánimo de lucro y un desempleado para la realización de servicio de interés general o social.
  • 45. CONTRATO DE TRABAJO DE GRUPO  Se caracteriza por acordarse entre un empresario y el jefe de un grupo de trabajadores considerado en global, no teniendo el empresario derechos y deberes, sobre cada uno de los miembros, ya que el Jefe de Grupo tiene la representación de estos trabajadores, respondiendo de las obligaciones de dicha representación.
  • 46. CONTRATO DE TRABAJO A DOMICILIO  Este tipo de contrato se da cuando la prestación del servicio se realiza en el domicilio del trabajador, o en un lugar libremente elegido por él, sin vigilancia del empresario.
  • 47. TIPOS DE CONTRATOS DE TRABAJO EN MEXICO
  • 48. La Ley Federal del Trabajo (LFT), establece en su artículo 25, que los contratantes se encuentran obligados a establecer las condiciones de trabajo con sus empleados, a través de Contratos por escrito, en caso de no cumplirse con dicha obligación legal, éstos se hacen acreedores a sanciones de carácter administrativo y legal.
  • 49. CONTRATOS INDIVIDUALES  especifican las condiciones de trabajo a que se refiere el artículo mencionado y que a continuación se detallan: 1. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio del trabajador y del patrón. 2. Tipo de la relación de trabajo. 3. El servicio que debe prestarse. 4. El lugar en el que deba prestarse el servicio. 5. La duración de la jornada. 6. La forma y el monto del salario. 7. El día y el lugar de pago del salario. 8. Capacitación o adiestramiento en término de los planes y programas establecidos. 9. Condiciones de trabajo tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el patrón y el trabajador
  • 50. CONTRATO COLECTIVO  Documento en el que trabajadores y patrones determinan de manera libre las condiciones de trabajo que van a estar vigentes durante un determinado tiempo, tomando como base los mínimos que establece la Ley Federal del Trabajo.
  • 51. CONTRATO-LEY  Convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones  Establece las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria.  Puede ser declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas o en todo el territorio nacional.
  • 52. CONTRATO POR TIEMPO INDETERMINADO  Se encuentran regulados por el artículo 35 de nuestra ley, y aplican a casos en los cuales la naturaleza de las funciones que desempeñan los empleados son de carácter permanente.
  • 53. CONTRATO POR TIEMPO DETERMINADO  El artículo 37 de la LFT, establece que este tipo de contrato se justifica siempre y cuando, lo exija la naturaleza del trabajo que se va a llevar a cabo y cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a un trabajador.  se trata de una contratación a 6 meses
  • 54. CONTRATO POR OBRA DETERMINADA  Este contrato únicamente es permitido cuando lo exija la naturaleza de las labores a realizar.
  • 56. CONTRATO POR CATEGORÍAS  Contrato Individual Para Trabajo De Temporada  Contrato Individual De Trabajo Por Tiempo Indeterminado Con Período De Prueba  Contrato Individual De Trabajo Por Tiempo Indeterminado “A Destajo” (Art. 112, Ley 20.744)  Contrato Individual De Trabajo Por Tiempo Indeterminado (Ley 20.744)  Contrato Individual De Trabajo Por Plazo Indeterminado, A Tiempo Parcial (Con Período De Prueba)  Contrato Individual De Trabajo Eventual (Arts. 99 Y 100, Ley 20.744, Ref. Ley 24.013)
  • 57.  Contrato Individual De Trabajo Agrario No Permanente (Temporario Ley 22.248 Ref: 23.808; 24.013; 24.557)  Contrato Individual De Trabajo A Plazo Fijo Y Tiempo Parcial (Art. 90 Inc. “A” Y “B” Y 92 Ter, Ley 20.744, Ref. 24.465)  Contrato Individual De Trabajo A Plazo Fijo Para Extranjeros Que Inician Trámite Pro Radicación En El País  Contrato Individual De Trabajo A Plazo Fijo (Art. 90 Inc. “A” Y “B” Y 93 A 95, Ley 20.744)  Contrato Individual De Pasantía Para Formación Profesional (Ley 25.013 Y Dec. 1227/01 )  Contrato De Habilitación (Cuasi sociedad Con Vínculo)  Contrato Colectivo De Trabajo De Grupo O Por Equipo (Tiempo Indeterminado Con Período De Prueba)
  • 58. ESTIPULACIONES QUE DEBE CONTENER EL CONTRATO  1° LUGAR Y FECHA DEL CONTRATO.  2° INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PARTES CON INDICACIÓN DE  LA NACIONALIDAD Y FECHAS DE NACIMIENTO E INGRESO  DEL TRABABAJADOR.  3° NATURALEZA DE LOS SERVICIOS Y DEL LUGAR O CIUDAD EN QUE HAYAN DE  PRESTARSE. EL CONTRATO PODRÁ SEÑALAR DOS O MAS FUNCIONES  ESPECÍFICAS, SEAN ESTAS ALTERNATIVAS O COMPLEMENTARIAS.  4.- MONTO, FORMA Y PERDIODO DE PAGO DE LA REMUNERACIÓN ACORDADA.  5.- DURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO, SALVO QUE LA  EMPRESA EXISTIERE EL CONTRATO DE TRABAJO POR TURNO, CASO EN EL CUAL  SE ESTARÁ A LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO INTERNO.  6.- PLAZO DEL CONTRATO.  7.- DEMÁS PACTOS QUE ACORDAREN LAS PARTES.
  • 59. TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL  - Indemnización por años de servicio: el artículo 163 del código del trabajo en el inciso primero nos dice que si el empleador despide a un trabajador aplicando la causal de necesidades de la empresa, debe pagar al trabajador una indemnización por años de servicio.  - El inciso 2° del mismo artículo dice :”el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente a treinta días de la ultima
  • 60.
  • 61. CLAUSULAS DE LOS CONTRATOS ART. 123 Del trabajo y la prevención social
  • 62.  Articulo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme ala ley.
  • 63.  Jornadas de trabajo máximas de 8 horas.  Turnos nocturnos(prohibido para menores de 16 años).  7dias de trabajo, 1 día de descanso.
  • 64.  Queda prohibida la utilización del trabajo de menores(-14 años) .  Salarios mínimos serán generales (A:$64.76 B:$61.38)  Trabajo igual salario igual
  • 65.  Derecho a utilidades  Empresarios responsables de los accidentes y enfermedades en el trabajo.  Capacitación y adiestramiento  Higiene y seguridad