Este documento discute los delitos cometidos contra menores, especialmente a través de Internet, como el sexting, el cyberbullying, el grooming y la sextorsión. Explica que los menores tienen normas penales específicas y son juzgados por tribunales diferentes.
2. Servicios legales y juridicos en
menores
• Los delitos donde de alguna
manera están relacions menores y
especialmente, aquellos delitos
que se pueden cometer a través
de Internet está creciendo
alarmantemente.
• Quizás porque puede parecer que
en la comisión de estos delitos
existe cierto anonimato, pero no
es así, ya que es sencillo obtener
las pruebas de la comisión de un
delito en Internet.
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juridica.
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3. Los distintos delitos en los que el menor
puede verse inmerso son:
• 1. Sexting: Se trata
de una práctica cada
vez más habitual
donde los menores
intercambian
fotografías de índole
sexual o erótica a
través de dispositivos
móviles o de la red.
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4. • 2. Cyber bulling: el
acoso escolar no
termina en las aulas,
si no que ahora
pueden servirse de
un elemento más,
como son las redes.
En múltiples
ocasiones, este
acoso tiene un final
fatal.
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5. • 3. Grooming: Se trata de un acoso cometido por parte
de un adulto sobre menores de edad, con la finalidad de
obtener imágenes de contenido erótico y/o
pornográfico. Logrado su objetivo, en caso de que el
menor se niegue a continuar manteniendo el contacto, el
acosador le amenazará con hacer llegar ese contenido a
sus círculos. El acosador, ocultándose tras una falsa
identidad consigue que el menor confíe en él, de tal
manera que empiezan a crear un verdadero vínculo de
dependencia y tracción del que el menor no puede
liberarse, hasta el punto de que su voluntad queda
sometida al acosador quien consigue del menor todo lo
que necesita para satisfacer su deseo.
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6. • 4. Sextorsion: Se trata de la realización de
chantaje sexual por Internet. Aunque no
está recogida como tal en el Código Penal
sí que implica diversos ilícitos, entre los
cuales están: extorsión, chantaje,
amenazas, explotación sexual, abuso
sexual de menores, corrupción de
menores, revelación de secretos, daños al
honor, interceptación de comunicaciones
y producción, tenencia y/o distribución de
pornografía infantil, siendo éstos
verdaderos
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7. • A los menores de 18 años se les aplican
unas normas penales específicas siendo
asimismo enjuiciados por unos Juzgados
y Tribunales diferentes a los del resto de
los ciudadanos.
• Para ello es necesario que el joven sea
menor de edad el momento en que se
cometieron los hechos que revisten las
características de delito.
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8. • A los menores de 18 años se les aplican
unas normas penales específicas siendo
asimismo enjuiciados por unos Juzgados
y Tribunales diferentes a los del resto de
los ciudadanos.
• Para ello es necesario que el joven sea
menor de edad el momento en que se
cometieron los hechos que revisten las
características de delito.
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9. • A los menores de 18 años se les aplican
unas normas penales específicas siendo
asimismo enjuiciados por unos Juzgados
y Tribunales diferentes a los del resto de
los ciudadanos.
• Para ello es necesario que el joven sea
menor de edad el momento en que se
cometieron los hechos que revisten las
características de delito.
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10. • A los menores de 18 años se les aplican
unas normas penales específicas siendo
asimismo enjuiciados por unos Juzgados
y Tribunales diferentes a los del resto de
los ciudadanos.
• Para ello es necesario que el joven sea
menor de edad el momento en que se
cometieron los hechos que revisten las
características de delito.
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