Esta exposición realizada por el Lic. Luis Oscar Martínez de la Municipalidad de Neuquén muestra el sistema de RR.HH y realiza un muestreo de la forma en que vive el mundo municipal de la Argentina.
Sistema de Recursos Humanos Municipalidades Argentinas
1. Lic. Luis Oscar Martinez
SECRETARIO DE RELACIONES INTERNACIONALES
Programa 2016
Nueva Ley de Plantas, para un nuevo Municipio
SISTEMA CONTRATOS PERMANENTES
MUNICIPIO DE NEUQUEN
2. JERARQUIZACION DE LOS MUNICIPIOS
ARGENTINA
La REFORMA de la Constitución Nacional de 1994, impuso a las provincias
la obligatoriedad de garantizar constitucionalmente el régimen municipal
sustentado en los principios de la autonomía.
3. Según la Secretaria de Asuntos Municipales del Gobierno Nacional.
En la Argentina existen 2.200 Municipios de diversa
categoría y tipo de organización institucional.
SINDICALIZACIÓN
En el sector de los trabajadores Municipales, la sindicalización es
muy diversa, desde sindicatos locales cercanos al 90% o más y de
municipios donde la sindicalización del colectivo laboral, está
dividida entre varias organizaciones sindicales de base, que
generalmente no superan el 10% de afiliaciones cada una.
4. Podríamos establecer la tasa de sindicalización promedio de la
rama de actividad municipal en el 50%, o sea en 300 mil
trabajadores/ras sindicalizados, sobre unos 600 mil
trabajadores/ras formales con aportes al sistema de seguridad social
provincial o nacional, según sea la provincia y que forman parte del
colectivo laboral total.
5. PRECARIZACION LABORAL
La ley 14.656 establece un límite máximo de cinco (5) años para reducir la planta transitoria del
personal (CONTRATADOS) a solo el 20% de la fuerza laboral total, período y porcentual que puede ser
mejorado por la negociación colectiva de partes.
CONTRATOS precarizados VS PLANTA PERMANENTE.
Caso testigo SAN ISIDRO – BUENOS AIRES
EJEMPLO: SAN ISIDRO Gran Buenos Aires
Ubicación: Zona Norte del Gran Buenos Aires (GBA).
Habitantes: 320.000.
Superficie: 48 Km cuadrados.
Colectivo laboral total: 6000.
Contratados: 1600.
Características generales: totalmente urbanizado, sistema de salud propio municipalizado, gran
cantidad y variedad de servicios municipales vía administración y algunos privatizados; el 80% de
los servicios se brindan vía administración con personal propio.
Partido político gobernante: Alianza Cambiemos (centro derecha).
Sindicato negociador: Sindicato de Trabajadores Municipales de San Isidro, adherido a la
Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (Fe.Si.Mu.Bo), afiliado a la Confederación de
Trabajadores Municipales (CTM).
6. Marco legal que regula la negociación: Ley Provincial 14.656 de
Relaciones Laborales y Negociación Colectiva para los Municipios de la
Provincia de Buenos Aires.
Instituto de negociación colectiva: Unidad Negociadora Paritaria
Municipal, instituida por la ley.
Norma obtenida como producto de la negociación paritaria: Convenio
Colectivo de Trabajo para la Actividad Laboral del Municipio de San Isidro
(CCT).
Registros y convalidación del CCT: ante el Ministerio de Trabajo y Empleo
de la Provincia de Buenos Aires (lleva el N° 2) y convalidado por la sanción
de la Ordenanza N° 8850 por el Concejo Deliberante del Municipio de San
Isidro (sancionada por unanimidad de todos los bloques) y promulgada por
decreto del Dpto. ejecutivo Municipal N° 3257/2015.
7. CARACTERISTICAS GENERALES:
Año 1994 En el proceso de Reforma Constitucional Argentina y
Reforma Constitucional de la Provincia del Neuquén jerarquizando a
los Municipios Política y Económicamente.
MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN CAPITAL - NEUQUEN
CASO TESTIGO
Año 1995 mediante la Ley 2129 se sanciona la Carta Orgánica de la
Ciudad de Neuquén la cual jerarquiza como Municipio de Primera
Categoría a la mencionada ciudad.
8. PERSONAL MUNICIPAL. CARRERA ADMINISTRATIVA
Artículo 133° La Municipalidad, por ordenanza, regulará el acceso a la función pública y la
carrera administrativa, de acuerdo con los principios de mérito, capacidad e idoneidad,
instrumentando el ingreso por concurso público y examen de salud; la capacitación permanente e
integral, y examen de promoción. Se garantizará la libre agremiación y el régimen de estabilidad.
Los concursos por los cuales se acceda a los cargos de planta permanente de la función pública
priorizarán la residencia de los postulantes dentro del ejido municipal. Serán deberes de los
agentes municipales desempeñarse con cortesía, buena conducta, reserva en los asuntos, respeto
a las normas de ética y cumplimiento de las funciones asignadas.
Artículo 134° El personal municipal, cualquiera sea su régimen de vinculación laboral con la
Municipalidad, no podrá exceder del uno por ciento (1%) de la población de la ciudad. Sólo en
caso de presentarse circunstancias excepcionales podrá superarse ese porcentaje. Para ello se
requerirá una ordenanza especial, dictada con el voto de la mayoría absoluta de los miembros del
Concejo Deliberante, que autorice el incremento, la que además de los fundamentos justificativos
indicará el límite temporal de la autorización y el sector o sectores al que será asignado el
personal.
Lo cual se encuentra REGLAMENTADO por el ESTATUTO DEL EMPLEADO MUNICIPAL
ORDENAZA N° 7694/96
ORGANIZACION ADMINISTRATIVA
CAPITULO I - ESTRUCTURA Y PROCEDIMIENTOS
Fuente: Carta Orgánica Municipal Neuquén Capital
9. PERSONAL DE PLANTA
ARTICULO 6º) Comprende a todo el personal que reúna las condiciones para el ingreso
previstas en el Capítulo II del Estatuto para el Personal Municipal, y cuyo nombramiento mediante acto
administrativo expreso origina la incorporación a la carrera administrativa.
ARTICULO 7º) El nombramiento del Personal de Planta tendrá carácter provisional durante los
dieciocho (18) meses de servicio efectivo, al término de los cuales se transformará automáticamente en
definitivo siempre y cuando el agente haya demostrado idoneidad y condiciones para las funciones del cargo
conferido, según informe del Director del área, los que deberán expedirse en caso de no reunir los requisitos
y no obstante haber aprobado el examen de competencia o requisito de admisión, quedará revocado el acto
que dispuso su ingreso.
PERSONAL DE GABINETE Y DE PLANTA POLITICA
ARTICULO 8º) Comprende al personal que desempeña funciones de colaboradores o asesores
directos de: 1) Órgano Ejecutivo. 2) Concejo Deliberante. Este personal solo podrá ser designado en cargos
previstos presupuestariamente, cesando automáticamente al término de la gestión para el cual fue
designado.
PERSONAL CONTRATADO
ARTICULO 9º) Es aquel cuya relación laboral está regida por un contrato de plazo determinado
en el que se especifica el término de finalización del mismo, el que no podrá ser mayor a un año,
improrrogable; y que preste servicios en forma personal y directa, con una retribución sujeta al cumplimiento
de los objetivos que se determinen, o aquel que se emplee para la ejecución de servicios, explotación, obras,
o tareas de carácter temporario, eventual y/o estacional.
Fuente: Ordenanza N°
7694/96
CLASIFICACION DEL PERSONAL
10. El Sindicato ha denunciado todo tipo de ilegalidad, incluso acudiendo a
la justicia, sin tener respuestas positivas.
No obstante, producto de la LUCHA SINDICAL ha disminuido
considerablemente el nivel de PRECARIZACION LABORAL.
ORGANISMOS DE CONTROL
-establecidos por Carta Orgánica-
LOS QUE DEBEN
VELAR POR SU FIEL
CUMPLIMIENTO
SON EL
INTENDENTE Y LOS
CONCEJALES.
DEFENSORIA
DEL PUEBLO
SINDICATURA
MUNICIPAL
11. EJEMPLO:
MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN CAPITAL – PCIA. DE NEUQUEN
Ubicación: Patagonia Argentina
Habitantes: 231.198 censo Año 2010
Colectivo laboral total: 3.268
Planta Permanente: 1.927
Contratados:
1. C.A.C: 980
2. C.M.F: 5
3. FUNC: 48
4. P. POL: 247
5. CUIT: 61
REFERENCIAS:
CAC: Contrato Asimilado a Categoría
CMF: Contrato Monto Fijo
FUNC: Funcionarios
P. POL: Planta Política
59%
30%
1% 8% 2%
MUNICIPALIDADDENEUQUENCAPITAL
COLECTIVOLABORALTOTAL3268 EMPLEADOS
P.PERMANENTE
CAC
M.FIJO
FUNCIONARIOS
P.POLITICA
CUIT
CANTIDAD DE AGENTES SEGÚN SEXO:
FEMENINO: 1.406
MASCULINO: 1.862
12. SINDICALIZACION NEUQUEN CAPITAL
Sindicato Negociador: Sindicato de Trabajadores Municipales de
Neuquén (SI.TRA.MU.NE), adherido a la Federación de la Agrupación de
Sindicatos de Empleados Municipales Patagónicos (FASEMP), afiliado a la
Confederación de Trabajadores Municipales (CTM).
CANTIDAD DE AFILIADOS: 1.697
DIVIDIDOS POR SEXO:
FEMENINOS: 733
MASCULINOS: 964
COMPARACION PLANTA MUNICIPAL:
EMPLEADOS: 3.268
AFILIADOS: 1.697
AFILIADOS SITRAMUNE SOBRE PLANTAMUNICIPAL DE 3.268
48%
52%
AFILIADOS
NO AFILIADOS
El grado de Sindicalización esta íntimamente ligado a la condición de
PRECARIZACION LABORAL
13. IMPORTANCIA DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL NACIONAL
E INTERNACIONAL
En un país como la Argentina, cuya extensión territorial es la octava del
mundo, y que posee un régimen municipal federal que presupone una extrema
diversidad político-institucional que debe ser abordada (desde el punto de vista
laboral) como un todo por los trabajadores/ras municipales, se redobla la
necesidad de contar con una organización nacional extendida y fortalecida,
esta necesidad ha sido el motor de construcción de la CTM (Confederación de
Trabajadores Municipales).
La CTM ha emprendido dos ejes de construcción centrales (no los únicos):
extender la negociación colectiva formalizada en ley a todo el país y
profundizar la coordinación y acción internacional a través de la CONTRAM y
la ISP como herramientas en la lucha global por las reivindicaciones del
trabajo decente y digno.
14. No hay luchas locales con resultados permanentes en el
tiempo, sin organización provincial y nacional que la
respalde y sustente, pero en el mundo de los patrones
capitalistas (públicos y privados) globalizado, no hay futuro
sin Sindicato Mundial, ni siquiera lo impone hoy la
ideología internacionalista de antaño, sino que la propia
realidad y dinámica global capitalista así lo requiera y lo
impone.
MUCHAS GRACIAS!!!!