ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
Propuestas y modificaciones Protocolo de Acuerdo Municipal
1. Valparaíso, 30 de marzo de 2015.-
Señores
Honorables Diputados de la República
Presente
De nuestra consideración,
Somos un grupo de dirigentes municipales de Bases que representamos a diversas
comunas del país, y que nos hemos convocado en noviembre del 2014 como consecuencia de las
falencias del Protocolo de Acuerdo suscrito entre el Gobierno, por intermedio de la SUBDERE, la
ACHM y la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales, ASEMUCH, fechado el 14 de
Noviembre del año pasado, acuerdo en el que estamos ausentes, no por voluntad propia, sino por
decisión de nuestro Directorio Nacional, los que han manejado este proceso de forma muy
reservada hacia sus Bases.
Es por ello que con recursos propios, al margen de la negociación liderada por ASEMUCH,
nos hemos hecho partícipes de este trabajo en forma paralela, porque creemos que este acuerdo
cumple con las sentidas demandas de nuestro sector, pero que no considera relevantes aspectos
que beneficiarían a miles de trabajadoras y trabajadores municipales del país, y que estamos
convencidos de la importancia que estos sean incluidos.
Hacemos llegar este documento adjunto, el que expresa de forma clara y sucinta, cada
uno de los puntos del protocolo con un análisis que refleja las deficiencias de éste, para lo cual,
hacemos sugerencias para mejorarlos.
Adjuntamos, además, Protocolo de Acuerdo para la Modernización del Sistema Municipal;
un Análisis de Plantas Municipales por Región a Nivel País, un estudio de Plantas Municipales
Desocupadas, y Algunas Cartas de Rechazo al Protocolo de Acuerdo, éstas últimas que surgieron
desde la auto convocatoria a una Asamblea Nacional para manifestar nuestro desacuerdo con la
propuesta del Gobierno y a la vez, mejorarla, las que no tuvieron eco en la Directiva Nacional.
Esperamos que esta documentación les entregue luces y conocimiento de nuestras justas
demandas y sirvan como base para su análisis y discusión previa y por tanto, sean un reflejo
efectivo de un voto en conciencia, que proteja los sueños de miles de funcionarias y funcionarios
municipales del país y sus familias.
Atentamente,
2. DIFERENCIAS, OBSERVACIONES Y PROPUESTAS
AL PROTOCOLO FIRMADO ENTRE ASEMUCH, la ACHM Y LA SUBDERE
En Diciembre del año 2014 se firmo un protocolo de acuerdo entre la
Confederación de Funcionarios Municipales de Chile, Asemuch Chile, la
Asociación de Municipalidades de Chile y el Gobierno por medio de la SUBDERE,
a medida que se analiza su contenido surgen numerosas dudas, y también
numerosas certezas y resultados del protocolo.
El protocolo abre una gran puerta a las aspiraciones de los Funcionarios
Municipales, sin embargo la forma de cómo lo entrega es el problema, tiene
además una serie de imprecisiones principalmente porque encontramos que
afectan de forma negativa la carrera funcionaria por varios motivos:
1.-Porque le brinda a la autoridad (Alcalde), la posibilidad de discriminar acerca
de movimientos de personal en el municipio, lo cual debiese estar normado y
que no fuera a discreción de cada Alcalde, sino que las Asociaciones en
conjunto con la autoridad realicen los movimientos necesarios respetando la
carrera funcionaria con objetividad (ejemplo: Aquel funcionario que lleve cierta
cantidad de años en un grado, por lo que ya es experto en lo que realiza, debe
tener la posibilidad de entrar a la planta municipal).
2.- En este Protocolo no se observa la protección del personal de planta o de
carrera, quienes son la continuidad del estado y los encargados de fiscalizar el
gasto fiscal.
3.- No se observa alguna acción real de terminar con la precarización de
puestos de contrata y honorarios, los que se desempeñan sin los derechos
mínimos laborales, entre ellos los previsionales y los de salud.
4.- La carrera funcionaria es un sistema integral de regulación del empleo
municipal, aplicable al personal titular de planta fundado en principios
jerárquicos profesionales y técnicos que garantiza la igualdad de oportunidades
para el ingreso, la dignidad de la función municipal, la capacitación y el
ascenso, la estabilidad en el empleo y la objetividad en las calificaciones en
función del merito y la autoridad (ley N° 18.833 art. 3 e), y en este protocolo no
se protege este concepto.
3. Que nos ofrece el
Protocolo
Cuáles son las falencias
Principios de la Modernización
Municipal
En este punto los trabajadores municipales no
nos oponemos a la modernización de los
municipios, por el contrario encontramos que
es sumamente importante, siempre y cuando
sea con la participación vinculante de las
organizaciones que representan a los
trabajadores y con respeto a la carrera
funcionaria.
Ejes de la Modernización En este punto también estamos de acuerdo,
sin embargo quienes aseguran la estabilidad
institucional son los funcionarios municipales
de carrera. Cualquier esfuerzo modernizador
de la función municipal exige recursos
Los servicios municipales garantizados debe
ser sin embargo, para todas las
municipalidades en igualdad de condiciones,
no solo para aquellas que tienen mayores
recursos.
Nuestro temor es cómo será financiado un
proceso modernizador por aquellos municipios
que no tienen los recursos necesarios puesto
que este hecho solo aumentaría la brecha
entre municipios más ricos y los más pobres y
como resultado servicios deficitarios
Fortalecimiento de los Recursos
Humanos
En este punto el protocolo debe contener los
derechos conculcados que los funcionarios
municipales tenían históricamente, tales como,
asignaciones de responsabilidad, técnica y
profesional, entre otras, en forma transversal
para todos los escalafones, toda vez que de la
forma que se presenta discrimina de manera
negativa y desincentiva cualquier proceso
modernizador
Ampliación y readecuación de las plantas
municipales.- La ampliación de las plantas no
es algo antojadizo de parte de los
trabajadores municipales, obedece a cambios
propios de la modernidad, tales como:
-El aumento de la población.- A pesar de ello,
la dotación municipal está estancada desde
4. 1994, esto sin dudas dificulta una atención
acorde a las demandas de una ciudadanía
cada vez mas empoderada y exigente,
-Nuevos servicios y nuevas tecnologías.- Las
que se han incorporado a las municipalidades
y que nos obliga a capacitar a nuestros
funcionarios.
Finalmente creemos que los actores
principales son los funcionarios municipales,
los que son el brazo ejecutor de las Políticas
Sociales del Gobierno, nexo directo entre los
habitantes y el Gobierno, la cara visible de
quienes concurren diariamente en busca de
ayuda o solución a las diversas problemáticas
sociales presentadas por la comunidad, lo que
nos obliga a estar preparados suficientemente
tanto en conocimiento, como con la espertiz
adecuada, es por ello que es de suyo
relevante la capacitación constante
Estamos convencidos que las asociaciones de
funcionarios deben ser entes vinculantes en la
ejecución de la ley ya que los funcionarios de
carrera pueden y deben ser un contrapeso que
garantice la institucionalidad (probidad,
transparencia, fiscalización y continuidad del
servicio)
Homologación de Programas de
Mejoramiento de Gestión
El protocolo solo menciona financiamiento
para el año 2015, la preocupación es que
ocurrirá en los años posteriores. Si queda
sujeto a la disponibilidad presupuestaria de los
municipios, generará otra desigualdad en los
trabajadores municipales, ya que dependerá
de los recursos financieros de sus comunas.
Si bien es cierto el programa de mejoramiento
de gestión, está regulada por la ley N°19803,
no trae aparejado financiamiento permanente,
lo cual genera desigualdades a nivel nacional.
5. Asignación Profesional El protocolo solo reconoce la asignación
profesional, a los escalafones de
Profesionales, Jefaturas y Directivos
quedando en deuda el reconocimiento a
quienes siendo profesionales están en otros
escalafones. Tampoco menciona a los
Técnicos, ni el reconocimiento a la
Especialización, tal y como existe en otros
servicios públicos.
El avance en este punto es claramente una
discriminación, en primer lugar no incentiva la
capacitación ni la profesionalización, ya que
solo viene a compensar (con justicia) a
quienes han estado en estos escalafones por
años, pero no provoca el incentivo necesario
para lograr interés en la profesionalización o
capacitación o permanencia en los municipios
por parte de los funcionarios más capaces.
Readecuación de las Plantas
Municipales.- Cada 10 años, a
propuesta del Alcalde con
acuerdo del concejo municipal y
dentro de sus disponibilidades
presupuestarias, actualicen su
dotación, amplíen el límite de
gasto en personal hasta un 40%
de sus ingresos propios
municipales y amplíen el límite
de gasto en personal a contrata
hasta el 40% en gasto de
personal de planta.
Este punto no cumple el objetivo primordial
que es el aumento de las plantas, porque va a
depender de la capacidad presupuestaria de
cada municipio, conociendo la realidad de
nuestro país claramente habrá municipios que
no podrán realizar las readecuaciones. Ya que
hoy por hoy hay municipios que sobrepasan el
40% de gasto en personal.
Por otra parte se da mayor facilidad a la
precarización del trabajo municipal al aumentar
el gasto en contratas.
Los funcionarios a contrata con previos
requisitos preestablecidos (por ej.: 5 años de
antigüedad en el grado) deberían acceder
directamente a las plantas municipales, lo cual
no significara una mayor cantidad de recursos.
Además se debe considerar estructuras base
de tipos de plantas donde se permite
incorporar las características diferenciadoras
de cada municipio.
Solicitamos además que sea un decreto con
fuerza de ley para que a nivel nacional sea
igualitario a todos los municipios, y con
participación vinculante de las Asociaciones de
funcionarios
6. Incremento de Grados “Entre el
2015 y 2016 se aumentara 1
grado para los técnicos,
administrativos y auxiliares que
se encuentran a la fecha entre
los grados 20 al 10 y tengan 5
años de antigüedad en el
municipio. En 2017 se aumentara
1 grado adicional a los técnico,
administrativos y auxiliares que
en el 2014 se hayan encontrado
entre los grados 20 al 15”
Este ascenso no da la respuesta esperada a
nuestras demandas ya que no genera un gran
beneficio para los trabajadores municipales de
los grados más bajos y mucho menos si este
se les paga en forma parcelada ( 50% en un
primer año y 50% en el siguiente)
Un ejemplo claro en este punto seria el
ascenso del grado 20 al 19, esto significara un
monto de $4.765 pagado en 2 años.
Para dignificar a estos grados más bajos se
sugiere que el aumento sea en 1 año y no
parcializado como se pagaría actualmente
Qué puntos deja fuera este protocolo:
1.- Reconocimiento y pago del incremento previsional; este incremento nace al
modificarse arbitrariamente el sistema previsional chileno por medio del decreto
ley 3.500, que ordena la capitalización individual, y posteriormente el decreto ley
3.501, en su artículo 2°, ordena un incremento en las remuneraciones equivalente
al descuento previsional, esto para evitar la disminución de la liquidez salarial de
las y los trabajadores.
En el caso de los trabajadores municipales este incremento no fue aplicado en su
totalidad, tal como lo reconoce la Contraloría General en su dictamen N°8.466 del
2008.
Para lograr justicia en este aspecto, muchas asociaciones de funcionarios
demandaron y numerosos tribunales han reconocido judicialmente este derecho,
sin embargo el gobierno niega rotundamente el reconocimiento del mismo,
actuando por medio del Consejo de Defensa del Estado y la misma Contraloría
General de la República.
Este punto ni siquiera es mencionado en el protocolo, siendo que actualmente hay
municipios que pagan el incremento previsional, otros que se encuentran en
juicios de cuentas.
Lo que se solicita es que, atendiendo las diferentes realidades de cada municipio
se debe buscar una solución que termine con estas diferencias y reconozca el
derecho que tienen las trabajadoras y los trabajadores municipales.
7. 2.- Academia de Formación y Capacitación; aunque esta ley se aprobó mucho
antes de firmar el protocolo, nadie se explica porque está inserto en el mismo, más
aún que en el marco de la ley, está claramente definida como apoyo a la gestión
de la autoridad política comunal, hoy no posee recursos suficientes y carece de
claridad de postulación a las becas que ofrece, además los funcionarios de
escalafones que no sean de directivos, jefaturas o profesionales, no tendrán
derecho a asignación profesional una vez terminada la capacitación, lo que atenta
claramente a la profesionalización de los municipios.
3.- Finalmente se expresa nuestra preocupación que en el Protocolo de Acuerdo
aparezca en el numeral 3.2 letra c, el traspaso de recursos por un monto de
$15.691 millones para complementar el servicio de recolección de residuos
domiciliarios, ya que el Estado estaría financiando a empresas privadas por
servicios que en su inmensa mayoría se encuentran licitados y lo que es peor,
aparece abultando un aporte a los funcionarios municipales, lo que claramente no
lo es.
El proyecto de ley debe contener obligadamente y como
factor fundamental; El respeto a la carrera funcionaria y la
participación vinculante de las asociaciones municipales de cada
comuna, las que sin duda alguna, contribuyen a crear un clima
organizacional sano, lo que se traduce en una mejor atención la
comunidad.
Valparaiso, 24 de Marzo de 2015